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El Gobierno refuerza la protección de seis especies migratorias en peligro

El Gobierno destina 25 millones a la protección del medio marino hasta 2021

EFE

Madrid —

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El Gobierno se ha sumado a la modificación de la Convención sobre la Conservación de Especies Migratorias (CMS) que prevé la incorporación o el refuerzo de la protección de 34 especies, seis de ellas con presencia en España.

Se trata de dos especies de aves incluidas en el Catálogo Español de Especies Amenazadas, el alcaudón chico y el alcaudón norteño, y cuatro de peces, el pez guitarra común, en peligro de extinción, y el angelote, el tiburón arenero y el tiburón azul, en la categoría de Especies Amenazadas.

Según explica el Ministerio para la Transición Ecológica (MITECO), el Consejo de Ministros ha tomado en consideración hoy la entrada en vigor de las enmiendas a los apéndices I y II de la CMS, que en su reunión del pasado octubre en Manila decidió incluir 34 especies migratorias, seis de ellas con área de distribución en España.

En el caso del pez guitarra común (Rhinobatos rhinobatos), cuya población mediterránea está en peligro de extinción, la decisión adoptada hoy supone la prohibición de extraer ejemplares de su ambiente natural y el compromiso de conservar su área de distribución, restaurar sus hábitats y minimizar las actividades u obstáculos que dificultan o impiden su migración.

El pez guitarra común, un ribonátido presente desde el sur del golfo de Vizcaya a Angola y afectado por presiones pesqueras en la mayor parte de su área de distribución, es la única de las seis especies que pasa a formar parte del Apéndice I del Convenio, que incluye las especies amenazadas de extinción.

Al pasar a formar parte de esta lista, los países firmantes del convenio, entre ellos España, se comprometen a asegurar su protección estricta y a buscar acuerdos internacionales de conservación con otros países de sus respectivas áreas de distribución.

Las otras cinco especies han sido incluidas en el Apéndice II del Convenio, que engloba a las especies migratorias en situación de conservación desfavorable y obliga a los estados suscriptores a articular acuerdos internacionales para su conservación y gestión con otros países de su área de distribución.

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