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El asesino de Pioz, condenado a prisión permanente revisable

Condenado a prisión permanente revisable el autor de los crímenes de Pioz

EUROPA PRESS

GUADALAJARA —

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Patrick Nogueira, autor confeso de las muertes de sus tíos Marco y Janaina y de los dos hijos menores de la pareja –de uno y cuatro años de edad– ha sido condenado a la pena de prisión permanente revisable tras ser considerado autor de cuatro delitos de asesinato. Los hechos se produjeron en agosto de 2016 en la localidad alcarreña de Pioz.

En concreto, es condenado a prisión permanente revisable por los asesinatos de los dos menores y de su tío, mientras que por la muerte de su tía, la primera que acometió, se le imponen 25 años de prisión. En todos los casos, la sentencia considera que no hay circunstancias que modifiquen la responsabilidad penal de Nogueira.

Así se desprende de la sentencia de la Audiencia Provincial de Guadalajara, leída en audiencia pública por María Elena Mayor Rodrigo, la magistrada que presidió el juicio en el que un jurado popular consideró a Nogueira culpable de haber dado muerte de forma intencionada a sus familiares.

Nogueira, que ha escuchado el contenido de la sentencia por videoconferencia desde la cárcel de Estremera, se sometió a un juicio que arrancó el pasado 24 de octubre y del que no se conoció el veredicto hasta el 3 de noviembre, tras casi dos días de deliberación por parte del jurado popular.

Durante el juicio, el autor confeso de los crímenes de Pioz pidió perdón en su turno de última palabra. “He causado demasiado daño e hice sufrir a gente a la que tengo mucho cariño, pero yo también sufro”, señaló, para agregar que quiere “cambiar”.

La defensa de Nogueira solicitaba 25 años de cárcel alegando daño cerebral y arrebato, mientras que las acusaciones coincidían en solicitar prisión permanente revisable por las cuatro muertes, a excepción del Ministerio Fiscal, que pedía 20 años por cada una de las muertes de los dos adultos.

Marlaska recuerda que el TC aún no se ha pronunciado

El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, ha recordado poco después de conocerse la sentencia que el Tribunal Constitucional todavía tiene que pronunciarse sobre este tipo de condenas.

A preguntas de los medios tras visitar el Hospital de Parapléjicos de Toledo, Grande-Marlaska ha aseverado que el concepto de prisión permanente revisable es “abstracto” si no se aclara cuándo puede ser revisada, algo que podría vulnerar en su opinión el artículo 25.2 de la Constitución. En concreto, este epígrafe de la Carta Magna contempla que las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social.

Ha apuntado además que la defensa del condenado ha anunciado recurso, por lo que habrá que esperar a que los tribunales resuelvan y la sentencia sea firme. En este punto, ha insistido en que la justicia tiene una “función resocializadora y reeducadora ante la patología que supone la comisión de un delito”.

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