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Una jueza suspende la entrada en prisión de una mujer que no pagó una multa de 1.440 euros

La valenciana Sara González junto a sus dos hijas

Laura Galaup

Hace dos años la inminente entrada en prisión de Sara González acaparó la atención mediática. Esta joven madre de dos hijas –una de ellas un bebé de dos meses de edad– debía cumplir una pena de seis meses de prisión por el impago de una multa de 1.440 euros, tras ser condenada por utilizar documentación de otras personas para abrir varias líneas de teléfono y vender los móviles.

Esta valenciana aseguró que cometió el delito en 2009 porque “sufría trastornos alimentarios y destinó el dinero de la venta de los terminales para saciar su ansiedad”, pero recordó que en 2015 ya estaba recuperada y reinsertada. Cientos de miles de internautas se unieron a ella en su petición de indulto al Ministerio de Justicia.

La primera solicitud de indulto fue denegada y su abogado estaba tramitando una segunda petición. Finalmente la suspensión de esta condena no ha dependido del Consejo de Ministros, sino de un juzgado penal de Valencia. De acuerdo al auto emitido en diciembre, al que ha tenido acceso eldiario.es, una magistrada ha cancelado la pena de manera condicional. González no tendrá que entrar en la cárcel siempre y cuando no cometa ningún delito en los próximos dos años y se encuentre a disposición del juzgado comunicando cualquier cambio de domicilio.

Según fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la región, esta decisión ha sido posible gracias a la reforma del Código Penal, aprobada en 2015. “Antes se exigía no tener antecedentes, tras la modificación se permite que tengan. Por lo tanto, hasta ahora nunca se había podido valorar, porque estos requisitos no concurrían”, añaden.

González asegura que está satisfecha y sorprendida con esta decisión judicial. “Todavía no me lo creo. De vez en cuando me vuelvo a preguntar: ¿De verdad, soy libre? Han sido ocho años de sufrimiento”, apunta. Una vez que ha conseguido dar portazo a ese capítulo de su vida, continúa con la búsqueda de trabajo en Valencia.

Los hechos por los que sentenciaron a González se remontan a 2009. Fue condenada por un delito continuado de falsedad en documento mercantil a un año y nueve meses de prisión, y por otro delito de estafa a seis meses de prisión. Al hacer público su caso, explicó que se “encontró una cartera en la que había unas tarjetas y documentación”, expuso que con estas identificaciones compró varios teléfonos móviles y posteriormente los revendió para adquirir alimentos que ingirió de forma compulsiva.

“Estaba enferma, sufría bulimia y anorexia y desconocía que estaba cometiendo un delito”, asegura a eldiario.es, “cuando me notificaron la entrada en prisión tenía ya una vida normal, dejé mi puesto de trabajo porque creía que iba a tener que cumplir condena”.

Los hechos probados que recoge la sentencia dictada en su contra en 2012 difieren del relato de González, la magistrada aseguró que esta mujer “urdió un plan para lucrarse ilegítimamente con la adquisición de teléfonos moviles”.

En “circunstancias no precisadas” –continúa el fallo judicial– obtuvo la documentación de dos personas y con ella, contrató ocho líneas telefónicas en diferentes compañías, así llegó a abrir una cuenta bancaria a nombre de una de las denunciantes en la que domicilió algunas facturas telefónicas. Además, en esta decisión no se recoge ninguna referencia sobre los trastornos alimentarios que González alega.

Según informan desde Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, la pena de año y nueves meses quedó suspendida por ser la primera vez que cometía un delito y ser una condena inferior a dos años de prisión. La segunda, la del delito de estafa, fue sustituida, en el momento en el que se dictó sentencia, por la multa de 1.440 euros que nunca abonó y que desembocó en un conflicto social y judicial que se ha extendido hasta hace un mes.

¿Por qué no pagó la multa en su momento? “Sara asegura que el letrado que le asesoró tras la sentencia le comentó que al ser declarada insolvente no tenía que hacer frente esa sanción. Pero esta afirmación no es cierta”, explica Honorio López, el abogado que le ha defendido los últimos meses en la petición de la suspensión de la pena, “como no pagó, recibió el aviso de entrada en prisión. En ese momento fue corriendo a abonar la sanción, pero en ese momento le advirtieron que no, que ese no así no era el procedimiento y que debía entrar en prisión”.

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