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El Supremo obliga a readmitir a la profesora de religión despedida por casarse con un divorciado

La profesora Resurrección Galera y su marido

elDiario.es

“La Sala de lo Social del Tribunal Supremo considera despido nulo por violación de derechos fundamentales la falta de llamamiento para el curso escolar 2012-2013 de la profesora de religión Resurrección Galera Ramos”. Es decir, la dejaron fuera del proceso para trabajar injustamente.

Después de un viacrucis judicial, esta docente que denunció haber sido despedida en del colegio religioso Ferrer Guardia de La Cañada por casarse con un divorciado, ha vuelto a ganar una sentencia. En este caso, del Supremo, que considera que el despido “tiene los síntomas de ser una represalia por el pleito judicial que ella emprendió once años antes por su exclusión como profesora para el curso 2001-2002 tras casarse en 2000 con un divorciado”. El Tribunal le concedió su amparo en 2011 y aquel primer despido se declaró nulo.

El Supremo condena además a los demandados –Ministerio de Educación, Consejería de Educación andaluza y Obispado de Almería– a readmitirla y pagarle los salarios de tramitación que se devenguen hasta que la readmisión tenga lugar. Es decir, por todo el tiempo que ha estado esperando su readmisión. La pidió en el curso 2012-2013 tras declarar la justicia nulo su despido, pero el colegio no la admitió. Ahora tendrá que pagarle el salario desde ese momento hasta que la readmita.

“Tras once años pleiteando por el despido (…), despido declarado, finalmente, nulo por violación de derechos fundamentales, cuando llega el momento de reanudar el contrato indefinido a tiempo parcial existente, conforme a los artículos 12-3 del ET y 4 del RD 696/2007, se niega esa reanudación sin motivar, cual requiere el art. 7-b) del citado Real Decreto”, dice la sentencia.

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