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El Supremo confirma la condena de 19 años de cárcel a un hombre que asesinó a su hijo para vengarse de su mujer

Protesta de estudiantes en el centro de Madrid contra la violencia machista / Olmo Calvo

eldiario.es / EFE

Madrid —

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 19 años de prisión a un padre por asesinar a su hijo de 13 años, de una puñalada en el pecho en 2011 en San Sebastián, en venganza contra su mujer que le acababa de pedir el divorcio, un acto que la sala tacha de “antinatura, gran maldad y perversidad”.

En la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Vicente Magro, la Sala de lo Penal desestima el recurso del hombre contra la resolución de la Audiencia de Gipuzkoa que le condenó por un delito de asesinato con la agravante de parentesco y le impuso una responsabilidad civil de 314.000 euros para la madre y los tres hermanos del niño asesinado, todos menores que él.

El fallo considera probado que el acusado, como venganza contra su mujer, por la decisión de ésta de divorciarse –algo que le comunicó 13 días antes–, asesinó a su hijo de forma repentina e inesperada el 1 de diciembre de 2011 sin que el menor tuviera alguna oportunidad de defenderse. 

La resolución destaca “la especial gravedad del acto de matar a su propio hijo, y ello asociado, como motivación específica, a la decisión de su mujer de querer divorciarse, lo que implica un acto de gran maldad y perversidad por la que el condenado quiso dirigir su venganza al hijo común con la circunstancia de querer vengarse de ella”.

Una forma de actuar que supone “un mensaje de propiedad que se quiere evidenciar en estos casos del hombre sobre la mujer” y “un grave acto antinatura de gran perversidad y rechazo”, que los magistrados advierten que “se están produciendo con frecuencia”, esto es “matar a sus propios hijos para vengarse de su mujer”.

“Se busca, con ello, causar el máximo dolor a la mujer”, dicen los magistrados, “a fin de trasladarle un sufrimiento atroz permanente para toda su vida, como lo es el ver muerto a su propio hijo en semejantes circunstancias, por el hecho de ella de no querer cambiar su decisión de divorciarse”

El juez Vicente Magro es el mismo que este martes fue ponente del acuerdo adoptado en pleno por el que el Supremo considera que cualquier agresión cometida por un hombre hacia una mujer que sea o haya sido su pareja es violencia de género. La sentencia corregía la decisión de la Audiencia Provincial de Zaragoza, que absolvió a una pareja que se había agredido mutuamente. Según el nuevo fallo, que condena al hombre por violencia de género y a la mujer por violencia doméstica, “no es preciso acreditar una específica intención machista debido a que cuando el hombre agrede a la mujer ya es por sí mismo un acto de violencia de género con connotaciones de poder y machismo”.

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