Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
La izquierda presiona para que Pedro Sánchez no dimita
Illa ganaría con holgura y el independentismo perdería la mayoría absoluta
Opinión - Sánchez no puede más, nosotros tampoco. Por Pedro Almodóvar
Noticia de agencia

Noticia servida automáticamente por la Agencia EFE

Esta información es un teletipo de la Agencia EFE y se publica en nuestra web de manera automática como parte del servicio que nos ofrece esta agencia de noticias. No ha sido editado ni titulado por un periodista de eldiario.es.

Los afectados por la huelga en El Prat podrán solicitar una compensación, según Facua

Los afectados por la huelga en El Prat podrán solicitar una compensación, según Facua

EFE

Sevilla —

0

Los pasajeros que se vean afectados por la huelga de personal de Iberia en el aeropuerto del Prat de Barcelona, prevista para los días 27 y 28 de julio, tienen derecho a solicitar compensaciones y a la devolución del importe del billete, ha explicado la organización de consumidores Facua en un comunicado.

Los trabajadores de la aerolínea han convocado los paros uno de los fines de semana del verano con mayor tránsito de pasajeros, lo que podría afectar no sólo a los vuelos de Iberia, sino también a los de Vueling, British Airways, Emirates y Avianca, ya que el 65 % de las compañías que operan en El Prat lo hacen utilizando el personal de “handling” (atención directa a pasajeros) de la primera, según la fuente.

Facua ha defendido “el legítimo derecho de los trabajadores a la huelga”, aunque ha recordado que las aerolíneas no pueden desentenderse de los perjuicios que puedan suponer a los usuarios los retrasos y cancelaciones en los vuelos debido a los paros del personal de tierra.

Entre las obligaciones de las aerolíneas se encuentran la asistencia a los afectados por cambios o cancelaciones en el caso de que la necesiten, proporcionando comida y bebida suficientes para el tiempo de espera y el alojamiento gratuito en un hotel cuando sea necesario pernoctar una o varias noches, además de reintegrar el coste del transporte de vuelta desde el hotel hasta el aeropuerto.

Las compensaciones económicas, según el artículo 7 del Reglamento Europeo 261/2004 podrán ser solicitadas “por valor de 250 euros para vuelos de hasta 1.500 kilómetros, 400 euros para los intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros y para todos los demás entre 1.500 y 3.500, y 600 euros para el resto”.

La asociación también incide en la sentencia que publicó el TJUE en abril de 2018, donde alegaba que una huelga de trabajadores no se considera dentro del concepto “circunstancias extraordinarias”, por lo que la aerolínea no puede negarse a pagar las indemnizaciones que se le exijan.

Etiquetas
stats