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Un cambio en la ley permite más blindaje para las urbanizaciones ilegales

Marina Isla de Valdecañas / EA.

Raúl Rejón

Las urbanizaciones levantadas de manera ilegal, declaradas así por los jueces, cuentan desde el 1 de octubre con un pilar nuevo para resistir la demolición. Ese día entró en vigor una modificación legislativa que obliga a los tribunales a exigir, antes de derruir esas edificaciones, garantías económicas para aquellos que, por ejemplo, hubieran adquirido una de esas construcciones. La única condición es que esa tercera parte sea “de buena fe”. Una pequeña enmienda ha añadido complejidad a la lucha contra el urbanismo ilegal.

Esta nueva norma fue introducida mediante una enmienda en el Senado –presentada por el Grupo Socialista– a la Ley Orgánica del Poder Judicial. Afecta a construcciones sobre suelos protegidos, promociones recalificadas a posteriori para convertirlas en legales, invasiones del dominio público, destrucciones de parajes naturales... La enmienda se tradujo en una disposición final tercera que cambia el artículo 108 de la ley que regula la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Allí se establece que los jueces que hayan sentenciado que un inmueble se construyó ilegalmente y “ordene motivadamente la demolición del mismo y la reposición a su estado originario de la realidad física alterada” tiene que garantizar “el pago de las indemnizaciones debidas a terceros de buena fe” antes de la demolición.

Es decir, sin el dinero por delante, un delito urbanístico puede permanecer plantado en el terreno. “Se va a convertir en casi imposible una demolición. Lo que se fortalece es la impunidad”, reflexiona Mª Ángeles Nieto, de Ecologistas en Acción. Es una dinámica que está bien establecida: las sentencias llegan tarde y reparan poco. La construcciones urbanísticas, normalmente, se realizan con la autorización de una administración pública. Estas decisiones son recurribles ante los tribunales pero el proceso judicial es muy largo. Mientras tanto, urbanizaciones de chalés, complejos turísticos de lujo o negocios de restauración van para adelante: se venden residencias, se conceden licencias de apertura... Cuando llega el fallo judicial han pasado años.

Ahora, además de esta dilación, revertir un desmán urbanístico “se convierte en casi misión imposible”, añade Nieto. Además de ganar el caso, el juez deberá “motivar” la necesidad de tirar las construcciones. Hasta ahora, una vez declarada ilegal una obra, se daba por implícita la demolición (según dejó establecido el Tribunal Supremo). Luego vendrán los pagos a terceros. “Es decir, si no se consigue el dinero no habrá derribo”.

Legalizaciones 'a posteriori'

Todas estos vericuetos legales tienen sus efectos en la realidad. Por ejemplo, en el entorno extremeño de Valdecañas, todavía están presentes las urbanizaciones de chalés y los campos de golf que se montaron en un paraje protegido. Desde que se inició el proyecto hasta la última sentencia firme que los declaró ilegales se construyeron fases, se concedieron permisos para habitarlas y se vendieron chalés (a sabiendas de que había un proceso judicial y se estaban dando sentencias en primeras instancias en contra del complejo). Se construyeron 185 villas, un campo de golf de 18 hoyos, un hotel de 80 habitaciones, un puerto con 76 atraques...

De igual manera, en Cantabria, el Ayuntamiento de Piélagos aprobó un plan urbanístico de 395 viviendas en la ladera de su monte en 2004. El proceso judicial se alargó hasta 2011. Las casas estaban más que terminadas. Ejemplos hay muchos y variados. “En definitiva, los trámites solo servirán para alargar y complicar la ejecución de las sentencias que van a ser casi imposibles de hacerse efectivas”, rematan los ecologistas.

A día de hoy, hay proyectos como el de la Ciudad del Medio Ambiente en Soria, todavía dirimiéndose en los tribunales. Este proyecto contó con una ley dictada en 2007 específica para autorizar su construcción (en terrenos protegidos recalificados como urbanizables). Tras una sentencia en contra del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL), el Constitucional lo declaró fuera de la ley en 2013. Faltaba ejecutar la sentencia.

Un juzgado de los Contencioso-administrativo de Soria ordenó el derribo de algunas edificaciones en noviembre de 2014. Pero como el Gobierno regional había transformado el proyecto inicial en otra cosa, un Parque Empresarial del Medio Ambiente (PEMA), la situación está en suspenso. Tanto que el Tribunal Superior de Justicia paró la demolición al decir que “no procede por el momento ni derribar o demoler todo vestigio de construcción existente, pero tampoco amparar cualquier legalización”. Hay que esperar. A eso se le añade el recurso que el grupo ecologista Asden presentó contra el decreto de creación de ese PEMA en mayo de este año.

“Sacrifica el interés general por el interés particular”

El magistrado José Ramón Chaves, autor del blog Contencioso, ha analizado que este texto “salva un derecho privado de terceros y, a cambio, se sacrifica el derecho de todos pues el urbanismo es una función pública”. La cuestión es que si un proyecto urbanístico invade terreno para dotaciones públicas, o se construye en suelos protegidos medioambientalmente, si no hay dinero para indemnizar, no se recuperará para su función.“No deja de ser un sarcasmo que si hay que tirar un chalé con piscina por ser terrenos destinados a equipamiento hospitalario o reserva natural, la falta de pago compensatorio al propietario de buena fe del mismo, obligue a dejar sine die consolidada la edificación ilegal”, expone Chaves. “Sacrifica el interés general por el interés particular”. La presentación de la enmienda legislativa subrayaba esta línea: “Dar adecuada protección a los derechos de terceros de buena fe” en términos parecidos a los del Código Penal, decía.

Como colofón, cada juez en cada caso va a tener que encargarse de decir quién tiene que poner el dinero para las indemnizaciones y establecer qué terceros se compraron, por ejemplo, una vivienda en zonas prohibidas sin tener conocimiento de que el suelo no era adecuado (“de buena fe”). Todas estas decisiones están sujetas a alegaciones y recursos de las partes para tratar de convencer al juez de su postura. Por ejemplo, una constructora puede exigir que se le indemnice aduciendo que no sabía que el suelo autorizado por una administración no podía urbanizarse. “Así solo se obstaculiza lucha contra la corrupción”, rematan en Ecologistas.

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