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El Gobierno aprueba los reglamentos de igualdad laboral entre mujeres y hombres

El Gobierno aprueba los reglamentos de igualdad laboral entre mujeres y hombres
Madrid —

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Madrid, 13 oct (EFECOM).- El Consejo de Ministros ha aprobado este martes dos reales decretos con los reglamentos que desarrollan la ley de igualdad laboral, “para ayudar a aflorar desigualdades en el mundo del trabajo y dotar de herramientas a los trabajadores para eliminarlas”.

Así lo ha explicado en rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros la titular de Igualdad, Irene Montero, junto a la de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, quien ha añadido que la desigualdad laboral de género supone “una aberración democrática que excluye, diferencia y vulnera los derechos de las mujeres”.

En concreto, el Gobierno ha aprobado dos reales decretos con los reglamentos de los planes de igualdad y las tablas de transparencia retributiva, que desarrollan la ley del 1 de marzo sobre medidas urgentes para garantizar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.

“Se acabó que en las empresas las mujeres no podamos ejercer los derechos de ciudadanía”, ha explicado la titular de Trabajo, para señalar que con los registros retributivos va a “aflorar la desigualdad”, dando la “herramienta” a los trabajadores para que puedan denunciar, lo que puede conllevar multas de hasta 187.000 euros para las empresas infractoras en la Inspección de Trabajo.

Actualmente, han recordado, la brecha salarial en España ronda el 22 % y, en muchos casos, ni se conocen dónde están esas desigualdades.

Estas normas, que han sido fruto del diálogo social aunque han salido sin el acuerdo de la patronal, permitirá al Gobierno evaluar los puestos de trabajo, ya que los ejercidos por las mujeres “son los peor valorados y retribuidos en el conjunto de la sociedad”.

Por su parte, Montero ha advertido del riesgo de que, sin políticas públicas, las mujeres pierdan derechos conquistados en esta crisis del coronavirus.

Y ha reconocido que aunque estos reglamentos son “un paso de gigante” para atajar las desigualdades que sufren las mujeres “no basta” solo con esto y hay que “atajar” lo que pasa fuera del trabajo, en alusión a las cargas en los cuidados familiares, para atajar lo que ocurre dentro.

El Real Decreto que regula los planes de igualdad y su registro implica la obligación de presentarlo en aquellas empresas con más de 50 trabajadores cualquiera que sea el número de centros de trabajo o la forma de contratación laboral.

Los planes de igualdad de empleo en las empresas estarán vigentes según pacten las partes y por un máximo de cuatro años, pero una vez aprobados seguirán activos aunque la empresa reduzca su plantilla por debajo de los 50 trabajadores.

Los planes de igualdad deben informar de la clasificación profesional, de la formación que ofrece la empresa, de la promoción profesional o de las condiciones de trabajo, incluida la auditoría salarial entre mujeres y hombres, así como del ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral del empleado.

También deben contemplar las retribuciones, la infrarrepresentación femenina si la hubiera, y los planes de Prevención del acoso sexual y por razón de sexo.

Además, el Gobierno ha aprobado otro real decreto que explica el desarrollo reglamentario de la igualdad retributiva entre mujeres y hombres y que contempla que las medidas se extiendan a la Administración Pública, así como la obligación de elaborar una Guía técnica para las auditorías retributivas.

En los próximos seis meses las empresas de más de 50 trabajadores tendrán que tener listas y publicadas estas tablas salariales aun cuando el número de personas trabajadoras se sitúe por debajo de 50, una vez constituida la comisión negociadora.

La empresa registrará su plan de igualdad en un Registro público de Convenios y Acuerdos Colectivos y la Administración le concederá el distintivo de “Igualdad en la empresa”.

El registro deberá contar con información retributiva desagregada por sexos de toda la plantilla, incluido el personal directivo y los altos cargos, desglosada y promediada por clasificación profesional y por trabajos de igual valor, e incluyendo salario base, complementos salariales y percepciones extrasalariales.

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