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El Estado deniega el permiso de maternidad subrogada aunque la justicia lo concede

Foto: AFP

Laura Galaup

La Seguridad Social deniega sistemáticamente la prestación por maternidad a las familias que han tenido hijos por gestación subrogada -técnica conocida también como vientre de alquiler-, a pesar de que los padres estén cotizando. Una situación sobre la que varios tribunales superiores de justicia se han pronunciando. En Canarias y Madrid los magistrados han señalado, en sentencias emitidas en 2013 y 2014, que esta denegación vulnera el artículo 14 de la Constitución y discrimina al menor por el hecho de “haber nacido a través de gestación por sustitución”.

“No entiendo por qué me tratan como madre de segunda. Me levanto por las noches a cuidar a mis hijos, no se cuidan solos, son igualitos que el resto. Están discriminados, siento que mis hijos también son de segunda”, responde Leyre, madre de mellizos de 18 meses que nacieron mediante gestación subrogada en Estados Unidos.

“En el trabajo me dieron el permiso que me correspondía por parto múltiple, pero obviamente no me pagaron porque lo tenía que hacer la Seguridad Social. Así que además yo tuve que hacer frente a la cotización durante esos meses”. Ella ha decidido llevar esta decisión ante los tribunales.

“Los tribunales superiores de justicia españoles se han pronunciado ya en 20 sentencias sobre este asunto, y 17 de ellas reconocen el derecho de estas familias a la prestación por maternidad”, explican en una reclamación emitida en noviembre contra el Ministerio de Empleo y Seguridad Social y firmada por una decena de asociaciones LGTBI y de familias homoparentales. eldiario.es se ha puesto en contacto con la Seguridad Social para contrastar estos datos, sin haber recibido respuesta por el momento.

La Administración justifica su postura señalando, por un lado, que la gestación subrogada no es legal en nuestro país ya que la Ley 14/2006 de técnicas de reproducción humana asistida “sanciona con la nulidad de pleno derecho” el contrato por el que se acuerda la gestación a cargo de una mujer que renuncia a la filiación de sus hijos en favor de un tercero. Por otro lado, el Real Decreto 295/2009 que regula la concesión de estos permisos no reconoce la prestación por maternidad en este tipo de gestación, pero sí que lo concede en casos de acogimiento o adopción.

Los padres consiguen registrar a sus hijos en libros de familia en España ya que una Instrucción de la Dirección General de los Registros emitida en 2010 permite que estos menores sean inscritos en el registro al proceder de países en los que sí está permitida esta técnica. La FELGTB (Federación estatal de lesbianas, gais, transexuales y bisexuales) es una de las asociaciones que suscribió la reclamación enviada a la Seguridad Social. Aunque esta Federación no se posiciona ni a favor ni en contra de la maternidad por sustitución, considera que una vez que han sido registrados deben tener los mismos derechos que el resto de niños.

'No somos vasijas'

“Si ya ha habido una filiación y ya se les ha reconocido como españoles, no entendemos por qué hay niños que sí reciben esa prestación y ellos no”, explica Isabel Gómez, portavoz de la Federación. La gestación subrogada provoca opiniones polarizadas en asociaciones y partidos políticos, el pasado mes de julio un grupo de académicas y juristas se posicionaron en contra de este procedimiento, en una manifiesto que lanzaron bajo el título 'No somos vasijas' denunciaban que las gestantes son “usadas como contenedoras” y que “sus capacidades reproductivas son compradas”.

En 2009, durante el Gobierno socialista, entró en vigor el Real Decreto que regula las prestaciones por maternidad, decenas de familias afectadas decidieron judicializar la decisión de la Administración. Leyre presentó la primera denuncia en 2014, ha perdido en primera instancia y ha recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

Por su parte, el TSJ de Murcia decidió conceder la prestación a Juan Guerra que tuvo junto a su marido mellizos en la India. “Denuncié la situación porque me dolió mucho que invalidasen a mi familia”, explica. Dos años después sigue a la espera de que la reconozcan definitivamente porque la Seguridad Social ha anunciado que va a recurrir ante el Tribunal Supremo. “Seguimos con el asunto judicializado por orgullo, ya no es una cuestión económica”.

“Ante la inconcreción [del Real Decreto] algunas sentencias hacen hincapié en que se trata de una práctica prohibida o incluso delictiva para nuestro ordenamiento y por eso deniegan la prestación. Y otras la reconocen destacando el interés del menor, al que se privaría de un sustento económico ya que la prestación de maternidad tiene también esta finalidad”, señala Hilda Irene Arbonés, abogada y profesora de Derecho del Trabajo en la Universidad de Girona.

Si el próximo Gobierno no decide modificar la normativa, el Tribunal Supremo podrá tomar una decisión que siente jurisprudencia si acepta alguno de los recursos anunciados por la Seguridad Social. Según la información facilitada por las asociaciones, en 2015 los tribunales superiores de justicia se pronunciaron en nueve ocasiones sobre este tema, solo en una de ellas dieron la razón a la Seguridad Social y este organismo ha anunciado a las familias afectadas que recurrirá la mayor parte de las dictadas en su contra ante el Supremo.

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