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Jusiticia estima petición hosteleros vascos y no tendrán que cerrar a la 1:30

Jusiticia estima petición hosteleros vascos y no tendrán que cerrar a la 1:30
Bilbao —

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Bilbao, 14 ago (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por las asociaciones de hostelería de Bizkaia y Gipuzkoa en el que reclamaban la suspensión cautelar de las restricciones horarias y de uso de las pistas de baile del ocio nocturno ordenadas por el Gobierno Vasco, por lo que no tendrán que cerrar a la 1:30 de la madrugada.

La decisión judicial ha sido adoptada poco antes de que el ministro de Sanidad, Salvador Illa, anunciase el acuerdo por unanimidad de todas las comunidades autónomas y el Gobierno de España para cerrar el ocio nocturno y limitar el horario de bares y restaurantes hasta la una de la madrugada.

Según han informado a EFE fuentes de estas asociaciones, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJPV ha resuelto este viernes el recurso interpuesto por las mismas y ha fallado suspender la ejecutividad de la orden del Gobierno Vasco referida a los horarios de cierre de pubes y discotecas, por lo que estos establecimientos podrán cerrar a las 3 y las 5 de la madrugada, respectivamente.

La Sala ha rechazado, sin embargo, la pretensión de los hosteleros de que se pueda utilizar la pista de baile de las discotecas, por lo que se mantendrá la prohibición del Gobierno Vasco de bailar en el interior de estos establecimientos y la obligatoriedad de ocupar las pistas de baile con mesas y sillas.

En los fundamentos jurídicos de su fallo, la Sala de lo Contencioso entiende que el mantenimiento de la limitación de horarios en el ocio nocturno pude generar a los empresarios de hostelería un perjuicio económico “de muy difícil o imposible reparación” y considera que, de la documentación aportada al caso por el Gobierno Vasco, se desprende que los brotes en pubes y discotecas “no representan un número especialmente significativo”.

A estas consideraciones añade el hecho de que el horario que se fija en la orden del 28 de julio del Gobierno Vasco para pubes y discotecas “se solapa con el de bares y restaurantes, sin dejar franja específica alguna para el ocio nocturno”, motivos por los que ha aceptado la suspensión cautelar de la limitación de horarios solicitada por los hosteleros.

En lo referido a la obligación de ocupar las pistas de baile con sillas y mesas para impedir que se utilicen para el fin a que están destinadas, la Sala señala que pese a ser un elemento identificativo de las discotecas, su uso seria “extremadamente difícil” con la obligación de cumplir las medidas de seguridad personal de metro y medio y el uso de mascarillas.

“El hecho de que se instalen mesas (en las pistas) -aprecia el tribunal-, permite la separación de los grupos que no acudan juntos y ha de considerarse proporcionada a las exigencias sanitarias actuales que se imponen al sector de la hostelería”.

Por ello, la Sala rechaza la adopción de la medida cautelar de eliminar la obligatoriedad de instalar mesas y sillas en las pistas de baile, instada por los hosteleros y mantiene su vigencia

El tribunal no impone costas a ninguna de las partes y recuerda que este fallo es recurrible ante la propia Sala de lo Contencioso.

Este viernes, las comunidades autónomas y el Gobierno de España por unanimidad han acordado cerrar los locales de ocio nocturno en todo el país: discotecas, salas de baile y bares de copas con y sin actuaciones en directo, por lo que las asociaciones de hostelería de Bizkaia y Gipuzkoa volverán a presentar recurso contra la orden del Gobierno Vasco que decrete nuevamente esta limitación.

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