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Ley libertad sexual creará un fondo para víctimas con decomisos de proxenetas

La Ley de libertad sexual contempla centros especializados para atender a niños
Madrid —

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Madrid, 22 oct (EFE).- La futura ley de libertad sexual establecerá la creación de un fondo de reparación para las víctimas de violencia sexual que se nutrirá de los bienes y ganancias decomisados a los proxenetas y a la industria de la explotación sexual.

Fuentes de Igualdad han avanzado este jueves que ese fondo tendrá como objetivo financiar las ayudas a las víctimas de violencia sexual, entre ellas la integración de mujeres víctimas de trata y explotación sexual.

Así, se destinarán a ese proyecto los decomisos efectuados por jueces y tribunales a los condenados por trata de seres humanos y delitos relativos a la prostitución, la explotación sexual y corrupción de menores y a abusos y agresiones sexuales a menores de 16 años.

Se trata de una de las novedades introducidas en el anteproyecto de ley orgánica de garantía integral de la libertad sexual, que ha recibido alrededor de 70 alegaciones durante su fase de consulta pública y ya ha sido enviado al Consejo General del Poder Judicial, a la Fiscalía General del Estado y al Consejo Económico y Social.

Una vez emitan sus informes, Igualdad estudiará sus aportaciones por si ha de cambiar el texto y enviará el anteproyecto resultante al Consejo de Estado.

Desde el Ministerio consideran difícil que el texto llegue al Consejo de Ministros para su aprobación antes de final de año.

Además, han reconocido que aún no está elaborada la memoria económica de la ley y que esperan que los fondos para hacer frente a las medidas recogidas procedan tanto de la dotación del Pacto de Estado contra la Violencia de Género como de los fondos europeos para la recuperación.

Entre las actualizaciones que se han hecho del anteproyecto desde marzo está la incorporación en el Código Penal del delito de tercería locativa: castigar que terceros alquilen lugares donde se produce explotación sexual ajena.

Según fuentes del Ministerio, el cierre de estos locales podrá ser una medida tanto cautelar como accesoria en las sentencias, así como las multas y la disolución de las personas jurídicas responsables de estos lugares.

El nuevo texto también refuerza el reconocimiento de delitos en el ámbito digital, en concreto considera violencia sexual aquella transmitida por medios tecnológicos, la extorsión sexual digital y la pornografía no consentida.

Otra de las novedades es la incorporación de la accesibilidad, la interseccionalidad y el enfoque de género como principios rectores de la norma. Además, también los niños y niñas menores de 16 años formarán parte de esta legislación, que prevé atención específica a la infancia y a la discapacidad.

Desde Igualdad se ha hecho hincapié en que la identidad de género será uno de los motivos de discriminación reconocidos por la ley.

La futura legislación considerará como violencia sexual la agresión, el acoso, el exhibicionismo, el acecho o acoso callejero, la provocación sexual, la prostitución ajena, la explotación sexual, la corrupción de menores, la mutilación genial femenina, el matrimonio forzado, el feminicidio sexual y, en el ámbito digital, la violencia sexual transmitida por medios tecnológicos, la extorsión sexual y la pornografía no consentida.

Esta legislación entiende la violencia como sexual un problema estructural y público, no privado, y basa la tipificación de los delitos sexuales en el consentimiento. En consonancia con ello, acaba con la actual diferencia entre abuso y agresión sexual cuando se produce una violación.

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