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El Papa da un año a las iglesias católicas de todo el mundo para crear organismos que atiendan las denuncias de abusos

El papa Francisco en la Misa de clausura del Encuentro Mundial de Familias llega en el Phoenix Park de Dublín

Jesús Bastante

Religiondigital.com —

La cumbre anti-pederastia del pasado mes de febrero comienza a dar sus frutos. Si hace un mes el Papa cambiaba la normativa antiabusos en el interior del Estado vaticano, ahora presenta un nuevo Motu Proprio, de obligado cumplimiento para la Iglesia en todo el mundo, en el que establece por ley la obligación de denunciar los abusos, y da un año a los episcopados de todo el mundo para crear organismos que atiendan e investiguen, en el plazo de 90 días, las denuncias que lleguen.

Hasta ahora, un menor víctima de abusos -o una monja violada por un sacerdote, o un adulto vulnerable- no lo tenía fácil para denunciar. Con Vox estis lux mundi, esto cambia, al establecer el Papa nuevos procedimientos para denunciar el acoso y la violencia, y hacer a los obispos y superiores religiosos responsables de las investigaciones, sus resultados y los posibles encubrimientos. Se acabó el mirar hacia otro lado por parte de los responsables eclesiásticos.

El texto incluye normas contra las acciones u omisiones de obispos y superiores religiosos “con la intención de interferir o evadir” las investigaciones de los abusos. Así, el Papa recuerda que “los crímenes de abuso sexual ofenden a Nuestro Señor, causan daños físicos, psicológicos y espirituales a las víctimas y dañan a la comunidad de los fieles”, y menciona la responsabilidad especial que tienen los obispos en la prevención de estos crímenes.

Entre las novedades previstas se encuentra la obligación para todas las diócesis del mundo de contar para junio de 2020 con “uno o más sistemas estables y fácilmente accesibles al público para presentar informes” sobre los abusos sexuales cometidos por clérigos y religiosos, el uso de pornografía infantil y la cobertura de los mismos abusos.

El objetivo, señala la Santa Sede, es que las personas que han sufrido abusos puedan recurrir a la Iglesia local con la seguridad de que serán bien recibidas, que estarán protegidas de las represalias y que sus informes serán tratados con la máxima seriedad.

Otra novedad se refiere a la obligación de todos los clérigos, religiosos y religiosas, de “informar con prontitud” a la autoridad eclesiástica de todas las denuncias de abusos de las que tengan conocimiento, así como de las omisiones y encubrimiento en la gestión de los casos de abusos. Si hasta ahora esta obligación se refería, en cierto sentido, sólo a la conciencia individual, a partir de ahora se convierte en un precepto legal universalmente establecido.

El texto abarca no sólo el acoso y la violencia contra los niños y los adultos vulnerables, sino también la violencia sexual y el acoso resultante del abuso de autoridad. Esta obligación también incluye cualquier caso de violencia contra las religiosas por parte de clérigos, así como el caso de acoso a seminaristas o novicios mayores de edad.

Uno de los elementos más importantes es la identificación, como categoría específica, del encubrimiento, consistente en “acciones u omisiones destinadas a interferir o evadir investigaciones civiles o investigaciones canónicas, administrativas o penales, contra un clérigo o religioso en relación con los delitos” de abuso sexual, y que a partir de ahora deben ser juzgados por las diócesis. Todos los resultados de los informes se tramitarán en distintos dicasterios, pero siempre bajo el control de la Secretaría de Estado, lo que da una muestra de la importancia que desde Roma se da al tema.

La nueva normativa se aplicará “sin perjuicio de los derechos y obligaciones establecidos en cualquier lugar por las leyes del Estado, en particular las relativas a las obligaciones de información a las autoridades civiles competentes”. Esto es: que no basta con denunciar ante la Iglesia. Los clérigos que conozcan los abusos también tendrán que dirigirse a la justicia ordinaria. Aquellos que denuncian no podrán ser objeto de “prejuicios, represalias o discriminación”. Y más aún: a las víctimas “no se les puede” imponer “ninguna obligación de silencio con respecto al contenido” del informe. En la nueva normativa, no obstante, no se modifica el secreto confesional.

Con este nuevo instrumento jurídico, la Iglesia Católica da un paso nuevo e incisivo en la prevención y lucha contra los abusos que pone el énfasis en acciones concretas. Como escribe el Papa al principio del documento: “Para que estos casos, en todas sus formas, no ocurran más, es necesaria una conversión continua y profunda de los corazones, atestiguada por acciones concretas y eficaces que involucren a todos en la Iglesia”.

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