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El presidente de Costa Rica sanciona ley para evitar abusos en huelgas públicas

En la imagen el presidente de Costa Rica, Carlos Alvarado.

EFE

San José —

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El presidente de Costa Rica, Carlos Alvarado, sancionó este lunes una ley que busca regular los abusos en huelgas del sector público y así brindar seguridad jurídica al país.

En un acto oficial celebrado en Casa Presidencial, Alvarado firmó la Ley para brindar seguridad jurídica sobre las huelgas y sus procedimientos (N° 9808), que permite a los trabajadores manifestarse en libertad sin afectar el derecho del resto de los ciudadanos.

“Esta ley viene a solventar una seguridad jurídica para todas las personas tanto para aquellas que se manifiestan como las instituciones y la ciudadanía, y ahora hay reglas y procedimientos más claros, y eso lo agradece el país”, manifestó en su discurso el mandatario costarricense.

La ley declara ilegal las huelgas en los servicios públicos esenciales cuya suspensión, discontinuidad o paralización pueda causar daño significativo a los derechos a la vida, la salud y la seguridad pública. Además, suspende el pago de los salarios de los trabajadores que participen en estos movimientos.

La ministra de Trabajo, Geannina Dinarte, dijo que, si bien la huelga es un derecho reconocido en el Código de Trabajo concebido para toda persona trabajadora era una necesidad establecer un balance de ese derecho.

“La ley tiene características muy importantes como el reconocimiento de que el derecho a huelga es necesario y que las huelgas a lo largo de la vida han sido un factor relevante para reivindicar importantes derechos de la ciudadanía, ha sido un medio importante para alcanzar grandes logros, pero también es cierto que estamos ante la necesidad de establecer un balance entre el derecho a la huelga y los derechos y libertades de la ciudadanía”, destacó Dinarte.

El Congreso aprobó la semana pasada con 35 diputados a favor y 13 en contra, de un total de 57, el proyecto de ley. Los legisladores indicaron que la iniciativa resuelve vacíos existentes en la legislación vigente respecto a la regulación de las huelgas, ya que ha sido tomado en forma abusiva por algunos dirigentes sindicales.

La nueva legislación regula los servicios esenciales en donde estará prohibida la huelga, como consulta externa, exámenes médicos, pruebas de laboratorio, farmacia, cirugías, policía pública, controladores aéreos y migratorios, transporte ferroviario, carga y descarga en muelles, fuentes de energía, entre otros.

El sector educativo forma parte de estos servicios y se establece que durante la huelga deberá mantenerse el personal necesario para la prestación de labores. En este último caso, la huelga no podrá superar los 21 días naturales consecutivos o de 10 días naturales discontinuos.

El proyecto fue modificado después de que la Sala Constitucional encontrara roces con la Constitución Política en varias de sus disposiciones por lo que se debió excluir de los servicios esenciales a varias actividades entre las que se encuentran las que brinda el Poder Judicial.

El proyecto de ley, impulsado por varios partidos, y apoyado por el Gobierno, surgió luego de que a finales del 2018 ocurriera una huelga sindical de tres meses en contra de una reforma fiscal, que posteriormente fue aprobada, que establecía nuevos impuestos y recortes a pluses salariales en el sector público.

Además, durante el 2019 también han habido huelgas contra la implementación de la reforma tributaria y particularmente dos en el sector salud que generaron mucho descontento social y a nivel político.

Los grupos sindicales han manifestado que esta ley implica una “mordaza para el pueblo”, a la vez que señalaron que jamás renunciarán al derecho a huelga así sea prohibida o limitada.

Por su parte, los empresarios han aplaudido la aprobación de la nueva legislación sobre huelgas, pues aseguran que esos movimientos perjudican la economía y al competitividad del país, así como la salud y la educación de la población.

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