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El Supremo venezolano declara inconstitucional la ley para atender la crisis de la salud

El Supremo venezolano declara inconstitucional la ley para atender la crisis de la salud

EFE

Caracas —

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El Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela (TSJ) declaró inconstitucional la llamada “Ley especial para atender la crisis humanitaria en salud” que aprobó el Parlamento de mayoría opositora por considerar que la norma “usurpa” competencias del Ejecutivo en materia de relaciones exteriores.

La decisión, publicada hoy, responde a una solicitud hecha por el jefe de Estado, Nicolás Maduro, que pidió a la Sala Constitucional del TSJ que señalara si esta norma era “constitucional” debido a la “insensatez de los diputados de la oposición” al plantearla y darle visto bueno.

En el fallo se señala que la ley, aprobada por la Asamblea Nacional (AN, Parlamento) en su sesión del pasado 3 de mayo, infringe una decena de artículos de la Constitución venezolana.

Se indica en la decisión que la norma es “inconstitucional (...) al usurpar competencias atribuidas al Presidente de la República en materia de dirección de la acción de Gobierno en el ámbito de los estados de excepción, así como en materia de relaciones internacionales”.

Asimismo, se señala que la Sala Constitucional fundamentó su decisión en el “carácter exclusivo de las competencias que ejerce el Presidente de la República en virtud de la vigencia del Estado de Excepción” que decretó el mandatario hace exactamente un mes.

Maduro decretó entonces el Estado de Excepción y Emergencia Económica “dadas las circunstancias de orden social, económico, político, natural y ecológico que afectan gravemente la economía nacional, el orden constitucional, la paz social, la seguridad de la nación”.

Al justificar el decreto, el presidente dijo que con esta norma se hará frente, además, a supuestas amenazas de golpe de Estado que se fraguan desde Estados Unidos.

En la sentencia difundida hoy, se indica que el TSJ “verificó” que la ley para atender la crisis de salud “le confiere” al Parlamento “competencias para formular, dirigir y ejecutar las relaciones internacionales”.

Esto, dice la Sala Constitucional, le permitiría a la AN “servir de intermediario receptor de la cooperación internacional, sin que esta haya sido solicitada por el Ejecutivo Nacional”.

En la sentencia se exhorta a los poderes públicos “a que actúen de forma coordinada con miras a lograr el bien común de la población, siempre dentro del marco de la Constitución”.

Al aprobar la ley, la oposición parlamentaria argumentó que en el país faltan 872 medicamentos y describió el severo deterioro de las instalaciones hospitalarias, la bancada chavista criticó la norma por considerar que hablar de “crisis humanitaria” invita a una “posible intervención extranjera”.

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