Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
Noticia de agencia

Noticia servida automáticamente por la Agencia EFE

Esta información es un teletipo de la Agencia EFE y se publica en nuestra web de manera automática como parte del servicio que nos ofrece esta agencia de noticias. No ha sido editado ni titulado por un periodista de eldiario.es.

Es tiempo de cigüeñas, prohibido dañar sus nidos bajo pena de cárcel

Es tiempo de cigüeñas, prohibido dañar sus nidos bajo pena de cárcel

EFE

Madrid —

0

La retirada o destrucción de nidos de cigüeña blanca puede acarrear penas de seis meses a dos años de prisión si se realiza en el periodo de reproducción de la especie, que se inicia hoy, festividad de San Blas, “de manera oficiosa”.

Así lo ha explicado en declaraciones a Efe el técnico del área de Conservación de SEO/BirdLife Nicolás López, quien ha recordado que, tras la modificación en julio de 2015 del Código Penal, realizar actividades que impidan o dificulten la reproducción de una especie protegida -como es el caso- “ha pasado de ser infracción a delito”.

“El Código Penal se ha vuelto más garantista y ahora protege a todas las especies, no solo a las amenazadas”, ha reconocido Nicolás López; además, al tener categoría de protegida, también la Directiva de Aves y la Ley 42/2007, que contempla la norma europea, establecen la defensa de la cigüeña blanca, sus polluelos y sus nidos.

El técnico ha recordado que “existen múltiples alternativas para armonizar la convivencia con las cigüeñas”, además de un periodo amplio -desde finales de septiembre hasta finales de enero- para realizar los trabajos necesarios de acondicionamiento de los nidos.

En torno a San Blas comienza un periodo “fundamental” para la supervivencia de la especie, su ciclo reproductor, con pequeñas variaciones en función de la latitud o la climatología; “concretamente este año tan cálido se ha adelantado la temporada”.

Por ello, Nicolás López ha advertido de que la prohibición de dañar los nidos de estas aves se aplica este año desde enero, aunque ha matizado que su manipulación o retirada debe contar siempre, incluso fuera del periodo de cría, con autorización, que sólo se concede “bajo criterios estrictos o si no existe otra alternativa”.

Son los ayuntamientos los que deben solicitar dicha autorización a las comunidades autónomas, ha aclarado, y éstas deben encargar un informe preliminar que determine si la especie se encuentra o no en periodo de cría.

No obstante, ha matizado el técnico de SEO/BirdLife, puede haber excepciones para la retirada de un nido en pleno ciclo reproductor cuando se acredite que existe peligro para las personas, “como la caída de una torre u otra estructura por el peso”.

Nicolás López ha explicado que las cigüeñas “son muy cabezotas y suelen anidar cada año en el mismo lugar”, por lo que en caso de detectarse cualquier peligro, los ayuntamientos deben intentar atraerlas a una colonia artificial, nunca disuadirlas con descargas eléctricas, como se ha hecho en algunos municipios de España“.

Etiquetas
stats