Corrales culpa al alcalde de su imputación por el supuesto cobro indebido en la Comisión de Quejas

José Manuel Corrales, exconcejal de XTF en Santa Cruz

Noé Ramón

Santa Cruz de Tenerife —

José Manuel Corrales, exconcejal del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, ha culpado al alcalde, José Manuel Bermúdez, de todo lo ocurrido con su imputación por supuesta malversación y prevaricación administrativa. En concreto, Corrales está acusado del cobro indebido de unas cantidades como vicepresidente de la Comisión de Quejas y Sugerencias. Intervención consideró en su momento que al ser funcionario de la Comunidad Autónoma no podía percibir una cantidad fija a menos que así lo solicitara previamente al Gobierno de Canarias.

Durante su declaración, Corrales indicó que nunca pidió la dedicación exclusiva ni parcial al considerar que quien debía pedirlo era el alcalde. El origen del cobro lo sitúa en el decreto emitido por Bermúdez y en cualquier caso no lo califica de sueldo sino de indemnización. Pero eso sí, aunque era idea del primer edil, Corrales niega que en ningún momento hubiese un pacto previo. “La cantidad la fijó el alcalde y el pago era estipulado cada mes a través de un decreto”, admitió.

También culpó a Bermúdez de haber fijado la cantidad que la acusación cifra en 1.000 euros mensuales y él limitó a 650, y de no haberle exigido nunca que justificara gasto alguno. Todo ello pese a que en el decreto se estipula que estaba obligado a demostrar documentalmente los gastos en los que incurriese. Pero a la vez, aseguró, que parte de ese dinero iba destinado al grupo municipal, aunque eso sí, admitió que inicialmente lo ingresaba en su cuenta personal. “Si me hubieran dicho que lo tenía que hacer lo hubiese hecho, pero nunca he conocido a ningún concejal que hubiese tenido que justificar el desempeño de su cargo documentalmente”, dijo.

Corrales aseguró que desconocía porqué en un momento dado se le dejó de pagar cantidad alguna, y lo atribuyó a la presentación de una denuncia por parte de la Fiscalía que inicialmente había sido interpuesta por el abogado de Izquierda Unida (IU), José Pérez Ventura, tal y como luego se le confirmó.

El exconcejal defendió el trabajo realizado, señaló que en varias ocasiones sustituyó al presidente, y dijo que en esos años apenas se llegó a coger unos pocos días de vacaciones. El abogado de IU incidió en que por su puesto en la Dirección General de Trabajo debería saber que estaba obligado a cumplir con determinados trámites para poder recibir esos fondos.

El secretario del Ayuntamiento, Luis Pietro, que también compareció en calidad de imputado por presunta prevaricación administrativa y malversación, señaló que en ningún momento se acordó la dedicación parcial o exclusiva del exconcejal. Bajo su punto de vista es legal que los ediles perciban dinero en concepto de indemnización para compesar los daños y perjuicios que genere su actividad, y además no cree necesario que se presenten justificantes, pese a que así figuraba en el decreto. No obstante, admite que era Intervención el que estaba obligado a requerir estos documentos.

En cualquier caso Prieto apunta que hay resoluciones judiciales que avalan el punto de vista defendido por Corrales y él mismo. Incluso llega a dudar de un documento aportado por el interventor ya que, según el secretario, nunca se llegó a advertir sobre la posible existencia de una ilegalidad en el año 2012. Este informe fue presentado en sede judicial y no ante Fiscalía y Prieto cuestiona su veracidad dado que no se encontraba en el expediente y carece de firma y de sello.

La diferencia, según Prieto, es que el cobro es viable por el desempeño del cargo, no por el nombramiento. El secretario recuerda que, en su momento, advirtió que era el pleno y no el alcalde el que debía avalar esta indemnización, pero la designación es responsabilidad de la propia comisión. Tanto Corrales como Prieto coincidieron en indicar que entre ambos había existido siempre determinadas diferencias, por lo que su relación no era cordial pero tampoco podía ser calificada de enfrentamiento.

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