La Fiscalía pide inhabilitar al alcalde de Puerto de la Cruz por prevaricar con la autorización de los mercadillos

Lope Afonso, alcalde del PP en Puerto de la Cruz

David Cuesta

Santa Cruz de Tenerife —

La Fiscalía Provincial de Santa Cruz de Tenerife, mediante un escrito de acusación al que ha tenido acceso mirametv.com, solicita para el alcalde del municipio tinerfeño de Puerto de la Cruz, Lope Afonso (del PP), nueve años y tres meses de inhabilitación especial por un delito de prevaricación.

El Ministerio Público concluye que el dirigente del PP (también es coordinador general del PP en Canarias, en el equipo de Asier Antona), cuando ocupaba el puesto de concejal de Comercio durante el mandato pasado, autorizó la instalación de diversos mercadillos en el municipio sin respetar el procedimiento administrativo que establece la legislación.

El escrito, donde también se describe la prueba que se analizará durante el juicio oral a Lope Afonso, limita la pena solicitada para el dirigente municipal a la inhabilitación para el cargo de concejal.

El fiscal basa su argumentación en las distintas autorizaciones que concedió en los años 2013 y 2014 el entonces máximo responsable del área de Desarrollo Económico, Comercio y Concesiones Administrativas en el Ayuntamiento de Puerto de la Cruz. El hoy alcalde permitió la instalación de varios mercadillos “con ausencia de todo procedimiento” administrativo y pese al “conocimiento de su ilegalidad”.

Los hechos que la acusación pública considera delictivos, que tendrán que ser probados en la vista oral que sentará en el banquillo de los acusados al actual alcalde de Puerto de la Cruz, comienzan con la autorización que Lope Afonso concedió el 7 de febrero de 2013 para la instalación de un mercadillo durante la mañana de los domingos en la calle Villanueva del Prado.

El trámite se simplificó hasta el punto de que solo constan en el expediente el escrito de solicitud y el posterior permiso del entonces concejal de Comercio. Una resolución dictada “sin seguir procedimiento alguno ni respetar las exigencias de concurrencia competitiva (...), todo ello con pleno conocimiento de la vulneración de las normas y del carácter obligatorio de estas”, según las conclusiones del fiscal después de la investigación que ha llevado el Juzgado de Instrucción número 1 de Puerto de la Cruz.

La fórmula empleada por Lope Afonso en la primera autorización, que el Ministerio Público considera prevaricadora, se repitió en los meses sucesivos mediante nuevos permisos, incluso en ocasiones únicamente de forma verbal, lo que permitió que el puesto ambulante pudiera instalarse “días concretos todos los meses hasta julio de 2014”.

A principios de 2014, también consta la autorización de otro mercadillo en la plaza Francisco Afonso Carrillo “con idéntica ausencia de procedimiento, falta de concurrencia y conocimiento de su ilegalidad” por parte de Lope Afonso. El permiso “se fue prorrogando, de idéntica manera, ininterrumpidamente, de forma que estuvo en funcionamiento desde enero hasta mayo del mismo año”, concluye el escrito de acusación.

“Un asunto administrativo”

Durante una entrevista en Mírame Televisión, el pasado mes de julio, Lope Afonso restó importancia a los hechos y aseguró que no es una cuestión de corrupción sino “un asunto administrativo”. El alcalde defendió que “no se ha puesto en entredicho que me haya quedado con un céntimo que no me correspondiera” y explicó que “no había ningún informe que dijera que no se ajustaran a derecho” los permisos concedidos.

“Había una práctica tradicional de autorizar provisionalmente determinado tipo de actividades sobre suelo público, que fue el camino que se siguió porque se entendía que eran autorizaciones temporales y que nunca tuvieron vocación de permanencia”, relató durante su intervención televisiva el dirigente del PP, que limitó la presunta actuación delictiva a una discrepancia con la ordenanza municipal.

En el escrito de acusación del fiscal se considera que los incumplimientos van mucho más allá de la norma local, al no respetar las exigencias de concurrencia competitiva establecidas en la Ley de Ordenación del Comercio Minorista de 1996, desarrollada por Real Decreto en 2010, ni la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas.

Las diligencias previas que han culminado con la apertura de juicio oral se iniciaron a raíz de una denuncia de la Fiscalía, después de que los hechos presuntamente delictivos fueran puestos en conocimiento del Ministerio Público por la Asociación Vigía de los Derechos Públicos y Privados.

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