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La Agencia Española de Protección de Datos multa con 900.000 euros a Google

Google black. Foto: BrionV

Maite Garrido Courel

Madrid —

Según la investigación realizada por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), Google recoge y trata ilegítimamente información personal, tanto de los usuarios autenticados (dados de alta en sus servicios) como de los no autenticados, e incluso de quienes son usuarios pasivos, es decir, que no han solicitado sus servicios pero acceden a páginas que incluyen elementos gestionados por la compañía sin explicitarlo.

La resolución, emitida por la Agencia, declara la existencia de tres infracciones graves de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) e impone a Google una sanción de 300.000 euros por cada una de ellas -900.000 euros en total-. También requiere a la compañía para que adopte sin dilación las medidas necesarias para cumplir con las exigencias legales.

Para la Agencia, existe una constatación de que Google recopila información personal a través de casi un centenar de servicios y productos que ofrece en España, sin proporcionar en muchos casos una información adecuada sobre qué datos se recogen, para qué fines se utilizan y sin obtener un consentimiento válido de sus titulares.

“Cuando se informa, se utiliza una terminología imprecisa, con expresiones genéricas y poco claras que impiden a los usuarios conocer el significado real de lo que se plantea. Google emplea términos como ”podremos“, ”podrá“, ”podrán“ o ”es posible“. Todo ello, sumado a otras expresiones sumamente ambiguas como ”mejorar la experiencia del usuario“, da lugar a una política de privacidad indeterminada y poco clara”, asegura la AEPD.

Desde eldiario.es hemos intentado conocer la versión del buscador, pero su respuesta ha consistido en remitirnos a las palabras del comunicado que han enviado a todos los medios: “Hemos estado totalmente involucrados con la Agencia Española de Protección de Datos a lo largo de este proceso para explicar nuestra política de privacidad y cómo esta nos permite crear servicios más sencillos y efectivos, algo que continuaremos haciendo. Leeremos con atención su informe y tomaremos una decisión en cuanto a los siguientes pasos a dar”.

Acción conjunta

Google modificó la política de privacidad y las condiciones de uso de la mayoría de sus servicios en marzo de 2012, creando un modelo de tratamiento de datos que posibilita que la información que una persona da para un servicio pueda combinarse con la de otros y por periodos de tiempo indeterminados o injustificados. Esto genera que pueda utilizarse con cualquier finalidad.

En contra de lo que exige la legislación española, Google almacena y conserva datos personales y la AEPD añade además que Google obstaculiza -“y en algunos casos impide”- el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

En abril de 2013, las Autoridades de Protección de Datos de Alemania, España, Francia, Holanda, Italia y Reino Unido iniciaron actuaciones de investigación y procedimientos sancionadores con arreglo a las previsiones de sus ordenamientos nacionales, pero actuando en estrecha coordinación.

La resolución de la Agencia Española sería parte de esa acción conjunta. Ahora, el balón está en el tejado de Google que en unos días ampliará su comunicado.

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