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Cuando la autorregulación en el periodismo es solo impunidad

La presidenta de la FAPE, Elsa González

Pascual Serrano

Dos de las últimas resoluciones de la Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del Periodismo de la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE) nos dan pie a algunas reflexiones sobre el sistema de autorregulación que tanto gustan de defender algunas voces del periodismo y, sobre todo, de las empresas de comunicación.

Una de ellas hace referencia a una “entrevista imaginaria” de la entonces princesa Letizia en la revista Diez Minutos, el pasado 28 de mayo. Ocupaba la portada con el título “Letizia la Princesa cumple 10 años”, seguida de dos sumarios también en portada: “Entrevista imaginaria: recreamos con datos contrastados y testimonios fiables la conversación que podría haber tenido con nuestra revista”.

Según la conclusión de la FAPE, “desde la defensa de la libertad de expresión, así como de la necesidad de velar por la calidad y credibilidad del periodismo y a partir de que la primera exigencia del periodismo es el respeto a la verdad, sin tergiversación o deformación, no nos hallamos ante una buena práctica periodística”.

Más recatada no puede ser la resolución: “Sobre la vulneración del compromiso con la búsqueda de la verdad, que obliga al periodista a informar sólo sobre hechos de los cuales conozca su origen, sin falsificar documentos ni omitir informaciones esenciales, así como a no publicar material informativo falso, engañoso o deformado (art. 13 del Código Deontológico).

Dicha vulneración pudo haber sido cometida por la revista Diez Minutos (…) por la difusión de una entrevista imaginaria con Doña Letizia Ortiz, en aquellas fechas Princesa de Asturias“. El informe añade algo bastante obvio: ”el tratamiento informativo utilizado por la citada publicación no constituye una buena práctica periodística, pues no tiene la misma garantía de veracidad que una entrevista real con la persona concernida“.

Las argumentaciones presentadas por la directora de la revista para justificar su “buen hacer” profesional es que estas entrevistas son bastante habituales en los medios periodísticos, tanto en el pasado como en el momento actual. La directora aporta un total de 25 documentos con muestras de entrevistas imaginarias difundidas en España y firmadas por destacados profesionales: María Teresa Campos, Víctor Márquez Reviriego, Antonio Burgos, etc., además de otros textos aparecidos en blogs más o menos anónimos. A ello le añade el dictamen de un catedrático de Periodismo en la Universidad San Pablo-CEU, donde analiza la presencia de las entrevistas imaginarias en los medios de comunicación. Para concluir con las siguientes contundentes palabras: “Los periodistas que se escandalizan ante una muestra tan honesta y respetable como la de Diez Minutos lo que ponen de manifiesto es su ignorancia ante una práctica absolutamente consolidada en los medios escritos de nuestro país”. Es decir, inventarse una entrevista es algo honesto y respetable, y escandalizarse por ello es una muestra de ignorancia.

La otra resolución se dedica a una información sobre la violación de una mujer publicada en el diario digital “Periodista digital” el día 5 de mayo de 2014 con el título “Un falso novio de postín camela a una pardilla en Barcelona y se la lleva de esclava a Rumanía”. El título se ilustra con una fotografía de una mujer maniatada, tomada de una página de Internet dedicada a prácticas sexuales consentidas, conocidas como BDSM. Según la resolución de la Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología, el medio y su director, Alfonso Rojo, vulneraron diversos artículos del Código Deontológico, en el título y la fotografía publicados conjuntamente, en relación con la violación de una mujer con efectos de especial relevancia jurídica y deontológica y de gran sensibilidad social que exige el máximo rigor en el tratamiento informativo.

Asimismo, señalan, el calificativo de “pardilla” atribuido a la mujer violada, es “sin duda humillante en relación a su dignidad como persona, cuando precisamente ha sido objeto de una violencia sexual acompañada de un secuestro. Este calificativo tiene una resonancia peyorativa y despectiva que además no refleja la realidad de una situación de indefensión en que, en todo caso se encuentra la mujer agredida”. Además, “la fotografía e imagen de la mujer no se corresponde con la veracidad de unos hechos de una mujer sometida a la violencia de una violación, en contra del necesario rigor y la deontología informativa, con escenas que fomentan el morbo, el sensacionalismo y los estereotipos superficiales. En todo caso la fotografía que es parte esencial e indisoluble de la noticia, es claramente no veraz y afecta al derecho de la propia imagen de la mujer violada, lo que supone una grave manipulación informativa”.

A todo ello se añade que el medio utilizó para el agresor el término “lover boy”, que debería haberse sustituido por el de violador, vulnerando así, según la Comisión, la normativa jurídica dispuesta en la ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

En conclusión, “el tratamiento periodístico de este caso de violencia de género, contra la mujer carece del rigor informativo y de la deontología exigible, abriendo especulaciones contrarias a la realidad y gravedad de los hechos en un tema de gran impacto y repercusión social. El titular de la noticia y su fotografía abordan una tragedia humana con enorme frivolidad y manipulación de la información”.

Durante el proceso de análisis, ni el periodista ni el medio denunciado presentaron alegaciones a pesar de que el Secretario General de la FAPE les comunicó la posibilidad de hacerlo. Simplemente, ante el revuelo surgido en las redes sociales, reaccionaron diciendo que “si han herido a alguien, nuestras disculpas más sinceras, aunque uno no acaba de ver dónde está el trato vejatorio”. Por tanto, según el informe de la FAPE, “no se han pedido disculpas ni se rectifica 'motu propio' y además estas disculpas generales no se concretan en ningún caso dirigidas a la mujer víctima de la violencia de género”.

Estos últimos informes fueron presentados con motivo del balance de primer semestre de la Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del Periodismo de la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE). Según señaló su presidente, Manuel Núñez Encabo, en este semestre se han estudiado un total de 17 resoluciones, una cifra que supera a las que se han emitido en años anteriores, y se espera que al finalizar 2014 lleguen a la treintena.

Pero lo que, en mi opinión, es de destacar de estos ejemplos es que, después de apreciar la evidencia y la contundencia con la que se señala la mala praxis periodística, la falta de deontología y la ausencia de los mínimos principios de rigor, veracidad o respeto a las personas, no existe ninguna medida sancionadora ni siquiera obligación que les exija rectificación. Estos casos que acabamos de exponer son unos ejemplos de autorregulación en base a códigos deontológicos no vinculantes: Unos medios y periodistas hacen lo que les apetece sin respetar ningún principio ni personas, unos ciudadanos se quejan a la Federación de Periodistas, esta organización hace un estudio y emite un informe y fin del asunto.

Las medidas que se han aprobado en países como Ecuador, Argentina, Bolivia o Venezuela; y que diferentes personas o colectivos, como Pablo Iglesias y Podemos, han pedido que se estudien en España, solo tratan de que estas violaciones, ya constatadas y documentadas, puedan ser sancionadas y no queden sin castigo. Para las grandes empresas de comunicación eso es atentar contra la libertad de expresión. Creo que, después de conocer casos como los aquí informados por la Federación de Periodistas donde las entrevistas se inventan y las violadas son unas “pardillas”, el atentado a la libertad de expresión procede de quienes pueden seguir ejerciendo así el periodismo impunemente.

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