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Las epifanías de ida y vuelta del Supremo y de Sánchez

El tribunal del juicio del procés.

Garbiñe Biurrun Mancisidor

Dicen que podría haber investidura de Sánchez como presidente del Gobierno antes del 6 de enero. Como de costumbre, no lo sé. Pero, en todo caso, antes de que esto ocurra, ha habido ya y va a tener que haber todavía varias epifanías, todo antes del día bajo cuyo nombre la Iglesia católica celebra la fiesta dicha “de Reyes”.

El Diccionario de la RAE define “epifanía” como “manifestación, aparición o revelación” y es claro que tales hechos o sensaciones se han producido, sin duda, en el Tribunal Supremo y en el PSOE –y en Sánchez y su Gobierno actual–. De lo contrario, algunos acontecimientos ya ocurridos no serían explicables y otros por llegar no serían comprensibles.

La Sala Segunda del Tribunal Supremo (TS) ha actuado en el “juicio del procés” de manera unánime, en todas sus decisiones –al menos las fundamentales, las que se han conocido–, siendo así que su composición, desde el punto de vista de la visión del Derecho de sus integrantes –en lo que conozco– es bien variada. Por ello, es claro que algo ha debido unirles y que ese algo, acerca de la inmunidad del eurodiputado electo y acusado Junqueras no ha sido, tal como ahora ya sabemos, la defensa del Estado de Derecho, pues ni las normas españolas ni las europeas avalaban de manera solvente la decisión en su día adoptada.

Tanto es así que el propio TS dudó e hizo lo que, en tal caso, debía, esto es, consultar al Tribunal de Justicia de la Unión Europea –TJUE–, lo que pidió que fuera por procedimiento acelerado, pero solo hizo lo debido en parte, ya que, tras elevar tres cuestiones prejudiciales, no esperó –como era exigible– su respuesta ni suspendió el proceso, tal como determina el procedimiento para la tramitación de tales cuestiones. Es más, continuó como si tal cosa, como si nada dependiera de la futura resolución del TJUE y dictó la sentencia que conocemos.

¿A qué se sometió el TS para tal decisión? ¿Por qué, si no reconocía a Junqueras su condición de eurodiputado electo y su correspondiente inmunidad y su derecho a tomar posesión como tal, no esperó, al menos, como venía obligado, a la respuesta del TJUE para, en su caso, solicitar que el Parlamento Europeo suspendiera aquella inmunidad para continuar el proceso? ¿Qué razón movió al TS a saltarse así el procedimiento, de manera unánime y sin fisuras, y a jugársela ante toda Europa?

No pudo ser sino una “revelación”, contraria a la razón en general y a la razón del Derecho en particular. Una revelación que desconozco, pero que ha debido de ser muy poderosa, tanto como se intuye cuando alguien cree tener en sus manos la libertad y la seguridad de la ciudadanía y la unidad de España, tal como desde muchos ámbitos se ha ido expresando. Pero resulta que el TJUE no está sometido a las mismas revelaciones, sino al Derecho, al de la Unión Europea –que es también el de este Estado–, como lo están todos los restantes tribunales españoles. Y en esa razón del Derecho ha resuelto como ya sabemos, esto es, que la persona oficialmente proclamada electa al Parlamento Europeo que se halla en situación de prisión provisional y que no ha sido autorizada a cumplir los requisitos previstos por el Derecho interno goza de inmunidad, y que ello implica el levantamiento de la medida de prisión provisional para permitirle desplazarse al Parlamento Europeo y cumplir allí las formalidades requeridas, si bien también resuelve que, si el tribunal nacional estima que debe mantenerse la medida de prisión provisional, ha de solicitar a la mayor brevedad al Parlamento Europeo que suspenda dicha inmunidad.

Por otra parte, en cuestión no menor, no puede desconocerse la postura que el Gobierno español mantuvo en el proceso ante el TJUE que, tal como la propia sentencia recoge, fue la siguiente: el Gobierno estimó que, en el caso de que el Sr. Junqueras gozara de inmunidad, tal inmunidad no tendría ninguna incidencia; que ninguna inmunidad impediría que se le mantuviera en prisión provisional y que, además, desde la sentencia del TS de 14 de octubre, su situación no es tal, sino que debe cumplir la pena de privación de libertad. Y ello, resumido por el propio TJUE, según el cual “el Gobierno español parece así considerar que las cuestiones prejudiciales, por cuanto versan esencialmente sobre la existencia de inmunidad, tienen carácter hipotético”. ¿Tuvo también el Gobierno una revelación? ¿Se hallaba el Gobierno, cuando expresó esta posición ante el TJUE, bajo la misma influencia que, por poner un solo ejemplo, llevó al candidato Sánchez a proponer en el debate electoral del pasado 4 de noviembre una reforma del Código Penal para volver a considerar delito la convocatoria de un referéndum ilegal?

Pues bien, la sentencia del TJUE ha supuesto, sin duda, un duro golpe para el TS, con trascendencia actual y futura. De un lado, veremos cómo sale de este complicado atolladero y la decisión que adopta sobre la propia validez de la sentencia de 14 de octubre y la situación de Junqueras y, de otro, también veremos en su día cómo valora todos estos acontecimientos el Tribunal Europeo de Derechos Humanos cuando tenga ocasión de pronunciarse al respecto. ¿Necesitará el TS, para tomar una decisión diferente, una nueva epifanía o habrá sido suficiente el repaso dado por el TJUE?

Lo mismo cabe preguntarse respecto del Gobierno. Claro que, en su caso, hay otros “alicientes” para cambiar de “revelación”, para modificar radicalmente su postura. Y me refiero al Gobierno, porque estos días anda lanzando al aire sus opiniones al respecto –véanse las declaraciones de la vicepresidenta Calvo y de la portavoz Celaá–. Y necesitará un cambio radical para sostener lo que ERC está demandando para continuar las negociaciones y terminar pactando. Cambio que, no dudo, se va a producir cuando la Abogacía del Estado haga sus alegaciones al respecto, alegaciones que van a tener muy poco que ver, como se ha visto, con las vertidas ante el TJUE tras la sentencia del 14 de octubre. Sin duda, Sánchez y el PSOE tienen epifanías a la carta, pero resultaría bien necesario que se admitiera que cambiar no siempre es negativo y que, en ocasiones, es lo único que permite avanzar. Pero, por favor, ¡reconózcase así!

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