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    <title><![CDATA[elDiario.es - Alberto Priego]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/autores/alberto-priego/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - Alberto Priego]]></description>
    <language><![CDATA[es]]></language>
    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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      <title><![CDATA[De la Alemania nazi a los países bálticos: la 'ley de nietos' de España no es ninguna excepción]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/internacional/alemania-nazi-paises-balticos-ley-nietos-espana-no-excepcion_1_13351881.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/147c7f30-0625-4c3d-a41f-104b40ab42ae_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x335y270.jpg" width="1200" height="675" alt="De la Alemania nazi a los países bálticos: la &#039;ley de nietos&#039; de España no es ninguna excepción"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Alemania, Austria o las repúblicas bálticas son algunos de los países que aplicaron estos modelos de justicia restaurativa para curar las heridas provocadas por el nazismo o la Unión Soviética</p><p class="subtitle">PP y Vox callaron 15 meses de tramitación de la 'ley de nietos'</p></div><p class="article-text">
        La ley de nietos de Espa&ntilde;a que algunos han denunciado como una herramienta para <a href="https://www.eldiario.es/politica/pp-vox-callaron-cortes-durante-15-meses-tramitacion-ley-nietos-cuestionar-nacionalizaciones_1_13349481.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">llevar a cabo un complot para ama&ntilde;ar las elecciones</a> no es ninguna excepci&oacute;n a nivel internacional. De hecho, Espa&ntilde;a sigue la estela de pa&iacute;ses como Alemania, Austria o las rep&uacute;blicas b&aacute;lticas que curaron las heridas provocadas por sus pasados no democr&aacute;ticos y que dificultan la convivencia pac&iacute;fica.
    </p><p class="article-text">
        En el caso de Alemania, la Ley Fundamental de Bonn &mdash;constituci&oacute;n alemana&mdash; recoge en su art&iacute;culo 116.2 la posibilidad de recuperar la nacionalidad a aquellos alemanes que fueron excluidos de esta condici&oacute;n por ser jud&iacute;os o estar dentro de los grupos perseguidos por el nazismo en el periodo que va desde 1933 hasta 1945. Posteriormente, en 2019 y 2021 se ampli&oacute; el plazo a sus descendientes, ya que los hijos y nietos de los perseguidos por los nazis se exiliaron en estados que s&iacute; les otorgaron la nacionalidad. 
    </p><p class="article-text">
        As&iacute;, existen casos famosos como la psic&oacute;loga Ruth Westheimer o el cineasta Thomas Markle (padre de Meghan Markle) que, habiendo adquirido la nacionalidad estadounidense y brit&aacute;nica, posteriormente recuperaron la alemana. Otro caso similar fue el del m&uacute;sico Billy Joel, autor de la famosa canci&oacute;n <em>Piano man</em>, quien, si bien cumpl&iacute;a los requisitos para volver a ser alem&aacute;n, nunca lo reclam&oacute;. 
    </p><p class="article-text">
        Gracias al art&iacute;culo 116.2 de la Ley Fundamental de Bonn y a las leyes posteriores, Alemania no solo reconoc&iacute;a que hab&iacute;a cometido una injusticia, sino que adem&aacute;s restauraba un v&iacute;nculo jur&iacute;dico que hab&iacute;a sido roto ileg&iacute;timamente mediante las Leyes de N&uacute;remberg y asum&iacute;a la responsabilidad hist&oacute;rica del Estado alem&aacute;n. En Alemania, m&aacute;s de 200.000 personas han recuperado su nacionalidad, pero en los pr&oacute;ximos a&ntilde;os se espera que el n&uacute;mero crezca, ya que, desde las reformas de 2019 y 2021, tambi&eacute;n pueden acogerse a la recuperaci&oacute;n de la nacionalidad los hijos nacidos fuera del matrimonio y los descendientes de personas que nunca reclamaron su nacionalidad. Por ello a pesar de que Hitler despoj&oacute; de la nacionalidad a figuras de la talla de Thomas Mann o Albert Einstein, sus familias hoy podr&iacute;an solicitar la recuperaci&oacute;n de la nacionalidad alemana.
    </p><figure class="ni-figure">
        
                                            






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                Pogromo de Kaunas en la Lituania ocupada por los alemanes, junio de 1941.                            </span>
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        El caso de Austria es muy similar al de Alemania, aunque la reparaci&oacute;n no lleg&oacute; hasta octubre de 2019, cuando el Parlamento austr&iacute;aco aprob&oacute; por unanimidad una reforma de la Ley de Nacionalidad (art. 58) que no solo otorgaba la nacionalidad austriaca a las v&iacute;ctimas del nazismo, sino tambi&eacute;n a sus descendientes directos. En el caso de Austria, un total de 45.000 austr&iacute;acos han recuperado su condici&oacute;n, entre ellos Eva Schloss, hermana de Ana Frank. 
    </p><p class="article-text">
        Otros casos similares al austr&iacute;aco y al alem&aacute;n son los de Estonia, Letonia y Lituania, que permitieron recuperar la nacionalidad a quienes huyeron del pa&iacute;s para escapar de la ocupaci&oacute;n nazi y sovi&eacute;tica. Cuando estos pa&iacute;ses recuperaron su independencia entre 1990 y 1991, sus parlamentos decidieron que no estaban creando nuevos Estados, sino restaurando las rep&uacute;blicas que exist&iacute;an antes de la anexi&oacute;n sovi&eacute;tica. 
    </p><p class="article-text">
        En Lituania, por ejemplo, la ley ofrece restituir la nacionalidad a los descendientes de hasta tercera generaci&oacute;n de <a href="https://www.migration.lt/lithuanian-citizenship-reinstatement-and-dual-citizenship-requirements" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link" target="_blank">aquellos que tuvieran la nacionalidad antes del 15 de junio de 1940</a>, fecha en que la URSS invadi&oacute; Lituania. El pa&iacute;s fue posteriormente invadido y ocupado por la Alemania nazi entre junio de 1941 hasta 1945. Adem&aacute;s, permite mantener la doble nacionalidad a los deportados antes de marzo de 1990 y sus descendientes o a que se exiliaron antes de esa fecha.
    </p><p class="article-text">
        Pa&iacute;ses como Italia e Irlanda han puesto el foco en el exilio econ&oacute;mico y no en la persecuci&oacute;n pol&iacute;tica. Al tratarse de dos Estados con di&aacute;sporas muy importantes, Dubl&iacute;n y Roma buscaron recuperar el v&iacute;nculo afectivo y jur&iacute;dico con los que buscaron la dignidad m&aacute;s all&aacute; de sus fronteras. Por ello, jugadores como Messi o actores como Gene Kelly recuperaron su v&iacute;nculo jur&iacute;dico con sus pa&iacute;ses de origen. 
    </p><p class="article-text">
        El caso de Espa&ntilde;a, lejos de ser una excepci&oacute;n, es un referente en el uso de la nacionalidad como instrumento de justicia restaurativa. En concreto, nuestro pa&iacute;s ha aprobado dos leyes: una (2015), centrada en los jud&iacute;os sefard&iacute;es expulsados en 1492, y otra (2020), para los perseguidos durante el r&eacute;gimen de Franco. 
    </p><p class="article-text">
        En el caso de Espa&ntilde;a, la restauraci&oacute;n no se basa en la idea de que la nacionalidad fue robada, sino en la posibilidad de ejercer un derecho que nunca se les ofreci&oacute; a determinados colectivos, ya fueran los jud&iacute;os expulsados por los Reyes Cat&oacute;licos o los perseguidos por Franco. En lo que se refiere a los jud&iacute;os sefard&iacute;es, un total de 72.297 han obtenido la nacionalidad espa&ntilde;ola, con un elevado porcentaje de &eacute;xito, ya que se presentaron 88.869 solicitudes. La denominada ley de nietos es un caso diferente. A fecha de abril de 2026 las solicitudes de nacionalizaci&oacute;n <a href="https://www.eldiario.es/politica/pp-azuza-ley-memoria-democratica-denuncias-pruebas-pucherazo-electoral_1_13343192.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">ascend&iacute;an a 2,6 millones</a> (el plazo de solicitudes se cerr&oacute; en octubre de 2025), de las cuales se hab&iacute;an aprobado 557.709.
    </p><p class="article-text">
        La ley plantea tres supuestos que permiten obtener la nacionalidad: los hijos de quienes perdieron la nacionalidad por persecuci&oacute;n, los hijos de espa&ntilde;olas que perdieron la nacionalidad al casarse y los hijos de quienes obtuvieron la nacionalidad en otros procesos. 
    </p><p class="article-text">
        La denominada ley de nietos es, por un lado, un instrumento de justicia restaurativa que busca curar las heridas del exilio y, por otro, una herramienta que pretende erradicar las discriminaciones jur&iacute;dicas que provocaron que muchas espa&ntilde;olas perdieran la nacionalidad al casarse con extranjeros y sigue la estela de muchas leyes similares en Europa.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alberto Priego]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/internacional/alemania-nazi-paises-balticos-ley-nietos-espana-no-excepcion_1_13351881.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 02 Jul 2026 20:02:30 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[De la Alemania nazi a los países bálticos: la 'ley de nietos' de España no es ninguna excepción]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Franquismo,Nazismo,Alemania]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Qué opciones tiene la Corte Penal Internacional para juzgar a Trump por el crimen de agresión]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/internacional/opciones-corte-penal-internacional-juzgar-trump-crimen-agresion_129_12919516.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/f493c3e2-87cb-4eca-ae48-89b0747f9b31_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Qué opciones tiene la Corte Penal Internacional para juzgar a Trump por el crimen de agresión"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Un análisis jurídico de las acciones de Washington en Venezuela y Groenlandia evidencia que Trump es responsable de un crimen de agresión de acuerdo con los estatutos de la Corte Penal Internacional y que EEUU ha violado múltiples tratados perseguibles bajo la Corte Internacional de Justicia de la ONU</p><p class="subtitle">Trump redobla la presión sobre Cuba tras derrocar a Maduro y amenaza con aranceles a los países que suministren petróleo a La Habana
</p></div><p class="article-text">
        En la cuarta temporada de <em>Borgen</em>, Groenlandia se convert&iacute;a en objeto de disputa de varias potencias. En la segunda de <em>Jack Ryan</em> surg&iacute;a una conspiraci&oacute;n en Venezuela en la que EEUU estaba implicado. Sin embargo, los guionistas de <em>Borgen </em>no pudieron imaginar a un presidente estadounidense que declarara que se quedar&iacute;a Groenlandia por las buenas o por las malas. En el caso de <em>Jack Ryan</em> tampoco se les ocurri&oacute; un final en el que las fuerzas de Estados Unidos entraran en la residencia de Nicol&aacute;s Maduro para secuestrar al presidente de Venezuela y llevarlo a EEUU de manera ilegal. 
    </p><p class="article-text">
        Con la llegada de Trump, la pol&iacute;tica exterior de Estados Unidos no solo sirve para crear buenos guiones de series, sino tambi&eacute;n para que los acad&eacute;micos estudien violaciones al derecho internacional con ejemplos reales. Sus acciones pueden conllevar responsabilidades ante la Corte Penal Internacional y la Corte Internacional de Justicia.
    </p><blockquote class="quote">

    
    <div class="quote-wrapper">
      <div class="first-quote"></div>
      <p class="quote-text">Aunque Trump decidiera no dar un paso más en sus pretensiones de adhesión de Groenlandia, ya ha vulnerado varios preceptos del Derecho Internacional Público. El primero y más grave es el Artículo 2.4 de la Carta de la ONU donde se prohíbe no solo el uso de la fuerza, sino también la mera amenaza. La Corte Internacional de Justicia estableció en el caso EEUU v. Nicaragua (1986) que no era necesario el uso de la fuerza para que una acción fuera considerada una amenaza; solo era necesario que esa amenaza fuera creíble</p>
          </div>

  </blockquote><p class="article-text">
        A lo largo de la historia de los EEUU, Washington ha tratado de hacerse con Groenlandia en reiteradas ocasiones. La primera vez se produjo en 1867 tras la compra de Alaska. Entonces, el secretario de Estado, William H. Seward, trat&oacute; de hacer lo mismo con Groenlandia. Unos a&ntilde;os m&aacute;s tarde, en 1910, Washington busc&oacute; un canje de territorios con Dinamarca y, finalmente, en 1941, ocup&oacute; la isla cuando Dinamarca cay&oacute; en manos de las fuerzas alemanas. Entonces EEUU plante&oacute; tres opciones para Groenlandia: compra, alquiler u ocupaci&oacute;n. Finalmente, se logr&oacute; un acuerdo para el establecimiento de bases militares que se materializ&oacute; en la base de Thule. Con la llegada de Trump, EEUU volvi&oacute; a la carga con la anexi&oacute;n de Groenlandia. En su primer mandato plante&oacute; de nuevo la opci&oacute;n de compra, aunque no pas&oacute; de una excentricidad m&aacute;s. Ahora s&iacute; que parece que Trump ha <a href="https://www.eldiario.es/internacional/trump-no-descarta-accion-militar-anexionarse-groenlandia-pregunta-directa-responde-comentarios_1_12919546.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">tomado m&aacute;s en serio su obsesi&oacute;n por la isla danesa </a>y, para ello, ha presionado a todos los gobiernos europeos.
    </p><p class="article-text">
        Aunque Trump decida ahora no dar un paso m&aacute;s en sus pretensiones de adhesi&oacute;n de Groenlandia, ya ha vulnerado varios preceptos del Derecho Internacional P&uacute;blico. El primero y m&aacute;s grave es el Art&iacute;culo 2.4 de la Carta de la ONU donde se proh&iacute;be no solo el uso de la fuerza, sino tambi&eacute;n la mera amenaza. De hecho, la Corte Internacional de Justicia estableci&oacute; en el caso EEUU. vs. Nicaragua (1986) que no era necesario el uso de la fuerza para que una acci&oacute;n fuera considerada una amenaza; solo era necesario que esa amenaza fuera cre&iacute;ble. Y lo es. La prohibici&oacute;n del uso de la fuerza e incluso la amenaza de esta no solo est&aacute; recogida en el antes mencionado Art&iacute;culo 2.4, sino que es considerada por la Corte Internacional de Justicia (caso RDC vs. Uganda) como una &ldquo;piedra angular de la Carta de las Naciones Unidas&rdquo;, por lo que su violaci&oacute;n es una amenaza contra el propio sistema internacional.
    </p><p class="article-text">
        En una l&iacute;nea similar estar&iacute;an las amenazas de Trump contra Groenlandia y contra los Estados que le apoyan, un hecho que supone una clara violaci&oacute;n del <em>principio de prohibici&oacute;n de coerci&oacute;n en las Relaciones Internacionales</em> (Resoluci&oacute;n 2625), ya que dicho principio proh&iacute;be cualquier forma de&nbsp;coacci&oacute;n econ&oacute;mica, pol&iacute;tica o militar&nbsp;destinada a subordinar el ejercicio de los derechos soberanos de un Estado como es Dinamarca. 
    </p><blockquote class="quote">

    
    <div class="quote-wrapper">
      <div class="first-quote"></div>
      <p class="quote-text">Si bien es cierto que EEUU no ha ratificado el Estatuto de Roma (1998), el acto que puede ser objeto de su jurisdicción ocurrió en un Estado, Venezuela, que es parte del tratado desde el año 2000. Esta es la situación a la que están haciendo frente tanto Putin como Netanyahu, dos líderes que cuyos Estados tampoco forman parte de la Corte Penal Internacional</p>
          </div>

  </blockquote><p class="article-text">
        Las afirmaciones de Trump en relaci&oacute;n con Groenlandia tambi&eacute;n constituyen una violaci&oacute;n del <em>principio de libre determinaci&oacute;n</em> recogido en los art&iacute;culos 1.2 y 55 de la Carta de la ONU, en el art. 1 de ambos Pactos Internacionales de Derechos Humanos, de las Resoluciones 1514 y 2625 de la ONU y de un gran n&uacute;mero de sentencias del Tribunal Internacional de Justicia (Namibia 1971, S&aacute;hara 1975, Timor Oriental 1995 y Kosovo 2010, entre otras).
    </p><p class="article-text">
        Aunque el caso de Groenlandia puede considerarse un ejemplo de violaciones reiteradas del Derecho Internacional P&uacute;blico, resulta dif&iacute;cil atribuir responsabilidad penal al presidente Trump. Sin embargo, en Venezuela la situaci&oacute;n es diferente, donde el mandatario americano s&iacute; que ha cometido un crimen de agresi&oacute;n que puede ser objeto de jurisdicci&oacute;n de la Corte Penal Internacional.  El Art&iacute;culo 8b de la enmienda del Estatuto de Roma plantea como crimen de agresi&oacute;n &ldquo;el uso de la fuerza armada por un Estado contra la soberan&iacute;a, la integridad territorial o la independencia pol&iacute;tica de otro Estado, o en cualquier otra forma incompatible con la Carta de las Naciones Unidas&rdquo;.  &ldquo;Una persona comete un 'crimen de agresi&oacute;n' cuando, estando en condiciones de controlar o dirigir efectivamente la acci&oacute;n pol&iacute;tica o militar de un Estado, dicha persona planifica, prepara, inicia o realiza un acto de agresi&oacute;n que por sus caracter&iacute;sticas, gravedad y escala constituya una violaci&oacute;n manifiesta de la Carta de las Naciones Unidas&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        La &ldquo;Operaci&oacute;n Resoluci&oacute;n Absoluta&rdquo; responde a estas caracter&iacute;sticas y, por lo tanto, entrar&iacute;a en el crimen de agresi&oacute;n. De hecho, los planes de Trump con Maduro no son muy diferentes a los que Putin ten&iacute;a con Zelenski. La &uacute;nica diferencia entre ambos es que, mientras la operaci&oacute;n americana fue un &eacute;xito, la rusa fue un fracaso. 
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, que eso acabe en un procesamiento penal real contra el presidente es pr&aacute;cticamente imposible. Cuando se incluy&oacute; el crimen de agresi&oacute;n en el Estatuto de Roma, este no estaba definido y quedaba en suspenso hasta aprobar una enmienda espec&iacute;fica sobre el mismo. Esa enmienda, creada en 2010, establece las condiciones necesarias para juzgar un crimen de agresi&oacute;n y una de ellas es que el Estado en cuesti&oacute;n haya firmado la enmienda, algo que Venezuela no ha hecho. Es m&aacute;s, Venezuela ha decidido salirse del tratado que regula la Corte Penal Internacional, aunque dicha salida se hace efectiva un a&ntilde;o despu&eacute;s de la comunicaci&oacute;n oficial al organismo.
    </p><p class="article-text">
        Aunque la Corte tiene jurisdicci&oacute;n contra nacionales de pa&iacute;ses que no han firmado el tratado si cometen el crimen en territorio de un Estado miembro, en el caso del crimen de agresi&oacute;n, seg&uacute;n la enmienda, es necesario que tambi&eacute;n el Estado del que es nacional el acusado sea miembro del Estatuto de Roma y haya firmado la reforma en cuesti&oacute;n. Cuando estas condiciones no se dan, la &uacute;nica alternativa es que el Consejo de Seguridad de la ONU remita el caso al tribunal, pero teniendo a EEUU con capacidad de veto, resulta imposible. Este debate se dio tambi&eacute;n con la invasi&oacute;n rusa de Ucrania y, de hecho, Ucrania y el Consejo de Europa firmaron en 2025 <a href="https://www.coe.int/es/web/portal/-/ukraine-and-the-council-of-europe-sign-agreement-on-establishing-a-special-tribunal-for-the-crime-of-aggression-against-ukraine" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link" target="_blank">un acuerdo para la creaci&oacute;n de un Tribunal Especial para el Crimen de Agresi&oacute;n en Ucrania</a> y as&iacute; solventar este problema de jurisdicci&oacute;n de la CPI.
    </p><p class="article-text">
        Por otro lado, los ataques contra embarcaciones civiles, supuestamente dedicadas al narcotr&aacute;fico, podr&iacute;an ser calificados como &ldquo;perfidia&rdquo; (<a href="https://www.icrc.org/es/document/protocolo-i-adicional-convenios-ginebra-1949-proteccion-victimas-conflictos-armados-internacionales-1977#GUERRA" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link" target="_blank">art. 37 del Protocolo I adicional a los Convenios de Ginebra</a>). Si consideramos que existe un contexto de conflicto armado, el asalto a embarcaciones civiles podr&iacute;a considerarse un crimen de guerra tipificado en el art. 8 del Estatuto de Roma. 
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, la operaci&oacute;n para secuestrar a Maduro no solo supuso una violaci&oacute;n clara del Art&iacute;culo 2.4 de la Carta de las Naciones Unidas, sino tambi&eacute;n del &Aacute;rt&iacute;culo 8b del Estatuto de Roma (1998) y del Pacto Briand-Kellog (1928) &mdash;considerado el precedente inmediato del art&iacute;culo 2.4 de la Carta de las Naciones Unidas, en el que se consagra con car&aacute;cter general la prohibici&oacute;n del uso de la fuerza&mdash;. Este &uacute;ltimo documento fue utilizado en los juicios de N&uacute;remberg para formalizar las acusaciones contra los l&iacute;deres de la Alemania Nazi y del Jap&oacute;n Imperial. Entonces no hab&iacute;a ley espec&iacute;fica y se vulner&oacute; el principio de legalidad. Aqu&iacute; hay ley, pero aplicarla es dif&iacute;cil.
    </p><p class="article-text">
        Si bien Maduro es un presidente que <a href="https://www.eldiario.es/internacional/paul-seils-relator-onu-nadie-sano-juicio-dudar-hay-abusos-torturas-venezuela_128_6228832.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">ha violado reiteradamente los derechos humanos de los venezolanos</a>, su detenci&oacute;n fue absolutamente ilegal y viola el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Pol&iacute;ticos (1966), la Convenci&oacute;n contra la Tortura (1984) y la Convenci&oacute;n de Ginebra (1949), al ser una detenci&oacute;n ilegal, arbitraria y de car&aacute;cter secreto. Adem&aacute;s, en el caso de Maduro, al tratarse de un jefe de Estado, goza de inmunidad y solo puede ser detenido por un tribunal internacional como la Corte Penal Internacional. Esta opci&oacute;n no fue utilizada por Trump, ya que EEUU no solo no ha ratificado el Estatuto de Roma, sino que adem&aacute;s el actual presidente americano ha impuesto sanciones a los funcionarios de la Corte Penal Internacional. 
    </p><p class="article-text">
        El ataque del 3 enero supuso una agresi&oacute;n de Washington a Venezuela de car&aacute;cter ilegal, ya que esta acci&oacute;n no entra en ninguna de las dos excepciones al uso de la fuerza: una acci&oacute;n autorizada por el Consejo de Seguridad o una acci&oacute;n contemplada en la leg&iacute;tima defensa del Art&iacute;culo 51 Carta de la ONU. Al tratarse de una acci&oacute;n ilegal, Venezuela tendr&iacute;a derecho a reclamar una compensaci&oacute;n o incluso a ejercer la leg&iacute;tima defensa, algo que evidentemente no har&aacute;. Sin embargo, EEUU lo enmarca como la detenci&oacute;n de un criminal buscado por la justicia estadounidense, sin embargo, su secuestro viola m&uacute;ltiples tratados internacionales.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, resulta complicado pensar que la Fiscal&iacute;a de la Corte Penal Internacional emita una orden internacional de arresto contra Trump, lo cual no impide que Trump sea procesable, al menos, por un crimen de agresi&oacute;n. Una v&iacute;a posible podr&iacute;a ser, por ejemplo, la jurisdicci&oacute;n universal que contemplan pa&iacute;ses como Alemania &mdash;y Espa&ntilde;a hasta la reforma de la Ley Org&aacute;nica del Poder Judicial de 2014&mdash; y que permite que los mandatarios puedan ser juzgados cuando hayan cometido cr&iacute;menes internacionales.
    </p><p class="article-text">
        En palabras de uno de los padres del Derecho Penal Internacional, Antonio Cassese, la arquitectura jur&iacute;dica internacional est&aacute; pensada para aquel &ldquo;individuo que asesina con sus propias manos a un grupo de personas (y) sabe que tiene las espaladas cubiertas, es decir, su propio Estado no lo castigar&aacute; o de alguna manera tratar&aacute; de aliviar su castigo&rdquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alberto Priego]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/internacional/opciones-corte-penal-internacional-juzgar-trump-crimen-agresion_129_12919516.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sun, 01 Feb 2026 20:28:57 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Qué opciones tiene la Corte Penal Internacional para juzgar a Trump por el crimen de agresión]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Estados Unidos,Donald Trump,Corte Penal Internacional]]></media:keywords>
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