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    <title><![CDATA[elDiario.es - Irene Torres Márquez]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/autores/irene_torres_marquez/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - Irene Torres Márquez]]></description>
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    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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      <title><![CDATA[Lo que esconde la publicación de animales silvestres disfrazados]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/caballodenietzsche/esconde-publicacion-animales-silvestres-disfrazados_132_8430552.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/8534a823-3c05-4762-99c2-0815e945bcdd_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Lo que esconde la publicación de animales silvestres disfrazados"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Un vídeo publicado en Instagram causó profunda indignación entre muchísimas personas y entidades de protección animal, pero también aplausos y risas de otras, lo que sirve para reabrir el amplio debate sobre el uso de animales para el entretenimiento humano, así como lo muy negativo que resulta que personas con cierta influencia difundan contenidos tan inapropiados y perjudiciales</p></div><p class="article-text">
        El domador de caballos Santi Serra Camps subi&oacute; recientemente a Instagram un v&iacute;deo que caus&oacute; profunda indignaci&oacute;n entre much&iacute;simas personas y entidades de protecci&oacute;n animal, pero tambi&eacute;n aplausos, risas y admiraci&oacute;n de sus miles de seguidores y seguidoras. Este hecho sirve para abrir un amplio debate sobre el uso de animales para el entretenimiento humano. En este art&iacute;culo pretendo arrojar un poco de luz (sin llegar a abarcar cada tema en profundidad) sobre diferentes cuestiones, todas ellas conectadas entre s&iacute;: el uso de animales silvestres como <em>animales de compa&ntilde;&iacute;a</em> y su exhibici&oacute;n en redes sociales, la legalidad y la &eacute;tica de esta utilizaci&oacute;n, los espect&aacute;culos con animales y, por &uacute;ltimo, su uso en medios audiovisuales. Comencemos.
    </p><p class="article-text">
        En la publicaci&oacute;n de Santi Serra Camps se le pod&iacute;a observar sentado como copiloto en un coche de golf conducido por un orangut&aacute;n, estando otro situado en la parte del cap&oacute; y uno m&aacute;s en el techo del veh&iacute;culo, adem&aacute;s de otras tres humanos ocupando la parte de atr&aacute;s. En este v&iacute;deo de 24 segundos de duraci&oacute;n, el domador graba el trayecto mientras se r&iacute;e y dice que est&aacute;n en Dubai, que han alquilado un coche y que tienen un nuevo piloto que les llevar&aacute; a un sitio donde &ldquo;se come banana buen&iacute;sima&rdquo;, mientras los dem&aacute;s acompa&ntilde;antes tambi&eacute;n r&iacute;en. Los tres orangutanes van vestidos con atuendo humano, el que conduce muestra una clara obesidad y los que se encuentran en las otras posiciones corren riesgo de sufrir un accidente. Adem&aacute;s, en la publicaci&oacute;n figuraban los perfiles de tres personas (<a href="https://www.instagram.com/alk7aileh_almaktoum/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">@alk7aileh_ almaktoum</a> <a href="https://www.instagram.com/rbj/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">@rbj</a> <a href="https://www.instagram.com/latifaalmaktoum/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">@latifaalmaktoum</a>) a las que Serra agradece que les abra las puertas de su casa y cuiden a estos animales. En estas tres cuentas de la red social, abiertas al p&uacute;blico, se pueden ver muchos otros v&iacute;deos similares; destacan los de tigres y otros felinos siendo sacados de sus jaulas y paseados con cadenas por la calle y por las playas, y de un orangut&aacute;n conduciendo un cochecito de golf, vestido de humano y con su cr&iacute;a en brazos.&nbsp;La cuenta original ha sido borrada, tras haber bloqueado primero los comentarios.
    </p><figure class="embed-container embed-container--type-youtube ratio">
    
                    
                            
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            </figure><p class="article-text">
        La <a href="https://fundacionmona.org/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Fundaci&oacute;n Mona</a>, comparti&oacute; el v&iacute;deo poco despu&eacute;s mostrando su preocupaci&oacute;n y su clara oposici&oacute;n al uso de primates como &ldquo;mascotas&rdquo;, insistiendo en que ello fomenta el tr&aacute;fico de especies y es contrario al bienestar de los animales. Lo mismo hicieron otros centros de rescate y recuperaci&oacute;n de primates, como <a href="https://www.aap-primadomus.org/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">AAP Primadomus</a> o&nbsp; <a href="http://rainfer.org/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Centro Rainfer</a>. Muchas personas comenzamos a denunciar la publicaci&oacute;n y a escribir comentarios negativos sobre la misma, siendo borrados y bloqueadas nuestras cuentas casi al instante. En menos de un d&iacute;a se elimin&oacute; la opci&oacute;n de realizar comentarios al v&iacute;deo.
    </p><p class="article-text">
        Pese a la respuesta general de indignaci&oacute;n de aquellas personas y entidades defensoras de los derechos de los animales, resultaban preocupantes otros muchos comentarios a favor de este tipo de contenidos en redes sociales. Ver a animales silvestres comport&aacute;ndose como humanos todav&iacute;a genera la diversi&oacute;n y aprobaci&oacute;n de muchas y muchos, probablemente desconocedores de la realidad que existe tras ellos, y por eso es muy negativo que personas con cierta influencia difundan contenidos tan inapropiados y perjudiciales.
    </p><p class="article-text">
        El maltrato detr&aacute;s de este tipo de v&iacute;deos y fotograf&iacute;as en las que aparentemente los animales no sufren puede no ser tan sencillo de apreciar para quien no est&aacute; familiarizado con el &aacute;mbito de la protecci&oacute;n animal. &iquest;Por qu&eacute; no est&aacute; bien que un orangut&aacute;n vaya disfrazado y conduzca un veh&iacute;culo, o pasear a un tigre con una cadena cuando no parece que muestren signos de tristeza o malestar? &iquest;Qu&eacute; maltrato puede implicar abrazar y acariciar a una cr&iacute;a de le&oacute;n o a otro animal silvestre?
    </p><h3 class="article-text">&iquest;Qu&eacute; se esconde detr&aacute;s del &ldquo;mascotismo&rdquo; de animales silvestres?</h3><p class="article-text">
        El uso de animales silvestres como <em>animales de compa&ntilde;&iacute;a</em>, com&uacute;nmente denominado &ldquo;mascotismo&rdquo;, es una de las principales causas del tr&aacute;fico de animales, que es el tercer negocio il&iacute;cito m&aacute;s da&ntilde;ino y rentable del mundo. De hecho, los primates son el segundo grupo de especies m&aacute;s traficadas dentro de los mam&iacute;feros, lo que est&aacute; relacionado con su uso y venta como &ldquo;mascotas&rdquo;. Actualmente un 60% de las especies de primates se encuentra en riesgo de extinguirse, y un 75 % est&aacute;n gravemente amenazadas.
    </p><p class="article-text">
        Para que los animales silvestres realicen comportamientos antinaturales, y solo propios del ser humano, han tenido que ser capturados y separados de sus madres y de sus familias (a quienes suelen matar mientras intentan defenderlos) cuando son todav&iacute;a cr&iacute;as, algo que los traumatiza y les causa estr&eacute;s de por vida. Asimismo, <a href="https://www.eldiario.es/caballodenietzsche/mayoria-animales-mueren-decomisados_132_1247695.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">hasta que llegan a su destino, muchas cr&iacute;as mueren durante el trayecto</a>, ya sea por inanici&oacute;n, por ser transportadas en jaulas u otros espacios que incluso les impiden respirar adecuadamente, por enfermedades, por estr&eacute;s o por la falta del calor que les proporcionan sus madres a edades tan tempranas. Los animales que consiguen llegar al lugar de quienes los adquirieron comienzan a ser entrenados y habituados a repetir comportamientos humanos o propios de animales de familia.
    </p><p class="article-text">
        Al convertirse en adultos, muchos animales empiezan a desarrollar actitudes agresivas, al estar privados de su entorno, por lo que suelen ser enjaulados de por vida. <a href="https://fundacionmona.org/nuestros-primates/chimpances/victor/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Ese fue el caso de V&iacute;ctor,</a> un chimpanc&eacute; que a los pocos meses de nacer fue capturado por cazadores furtivos, separado de su madre y vendido para ser utilizado como animal <em>de compa&ntilde;&iacute;a</em>. Cuando V&iacute;ctor se volvi&oacute; incontrolable lo encadenaron de forma permanente. Afortunadamente, aunque tras much&iacute;simos a&ntilde;os de sufrimiento, fue rescatado y vive ahora en la Fundaci&oacute;n Mona. Pero V&iacute;ctor, como la inmensa mayor&iacute;a de animales mantenidos en cautividad durante mucho tiempo, nunca podr&aacute; ser devuelto a la naturaleza, pues no conseguir&iacute;a sobrevivir.
    </p><p class="article-text">
        animal
    </p><p class="article-text">
        Como indican las y los expertos en la materia, los animales silvestres, que viven en bosques, pastizales, lagunas o r&iacute;os, est&aacute;n adaptados a esos h&aacute;bitats y acostumbrados a alimentarse de una determinada manera, seg&uacute;n sus h&aacute;bitos y las particularidades de la especie a la que pertenezcan. Al arrancarlos de su ambiente y criarlos como animales de familia, por m&aacute;s esfuerzo que en algunas ocasiones pueda llegar a realizarse, presentar&aacute;n deficiencias alimentarias, problemas de crecimiento, cambios de comportamiento y estr&eacute;s. El cautiverio y la humanizaci&oacute;n generan consecuencias nefastas en el estado f&iacute;sico y emocional de estos animales, como miedo, ansiedad y dificultades de aprendizaje y del desarrollo cognitivo. Como bien afirma Pedro Pozas, director ejecutivo de Proyecto Gran Simio, en el art&iacute;culo <a href="https://www.eldiario.es/caballodenietzsche/crueldad-neuronal-cautividad-seres-sintientes-maltrato-animal-zoologicos_132_6282714.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"><em>La crueldad neuronal en la cautividad de seres sintientes</em></a>, &ldquo;la cautividad ejerce una cruel presi&oacute;n neuronal en estos animales (...) Respecto a los grandes simios, no solo necesitan entretenimiento, sino poder interactuar subiendo a los &aacute;rboles, buscando comida y haciendo sus nidos nocturnos, patrullando su territorio y en contacto permanente con su familia, con su cultura, solucionando problemas y jerarqu&iacute;as, buscando nuevos territorios de asentamiento, como lo hac&iacute;an los humanos prehist&oacute;ricos&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        En el caso concreto de los chimpanc&eacute;s <em>(Pan troglodytes)</em>, <a href="https://www.sciencedirect.com/science/article/abs/pii/S1558787820301404" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">una reciente investigaci&oacute;n ha concluido que existen nueve categor&iacute;as principales de diagn&oacute;stico de trastornos mentales en ellos muy parecidas a las de los seres humanos.</a> Por todo ello, quienes de verdad se dedican a rescatar y rehabilitar a animales silvestres intentan mantener el menor contacto posible con ellos (salvo aquellas ocasiones en las que resulte necesario y adecuado), facilit&aacute;ndoles la posibilidad de que vuelvan a desarrollar sus comportamientos naturales y ser lo m&aacute;s libres y aut&oacute;nomos que resulte posible.
    </p><p class="article-text">
        Por otra parte, las actividades descritas tienen un impacto en la seguridad de las personas en caso de accidentes (reacciones violentas, escapes de animales, seguridad vial, etc).
    </p><p class="article-text">
        Los y las especialistas y los organismos internacionales alertan asimismo sobre el v&iacute;nculo entre el comercio de animales silvestres (legal o ilegal) y la propagaci&oacute;n de enfermedades zoon&oacute;ticas. Por supuesto, el riesgo de importaci&oacute;n de enfermedades no desaparece o se disipa cuando el comercio de fauna silvestre va destinado a alimentar la demanda de animales ex&oacute;ticos <em>de compa&ntilde;&iacute;a</em> (legal o ilegal), y as&iacute; se hace notar en el n&uacute;mero de marzo de 2020 de la revista de la <a href="https://www.bva.co.uk/our-journals/vet-record/vol-186-issue-11/keeping-dangerous-pets/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">British Veterinary Association</a>.&nbsp; A su vez, &#8203;&#8203;el aumento de enfermedades zoon&oacute;ticas est&aacute; relacionado con la p&eacute;rdida de biodiversidad, como se desprende, entre otros, del <a href="https://ipbes.net/sites/default/files/2020-12/IPBES%20Workshop%20on%20Biodiversity%20and%20Pandemics%20Report_0.pdf" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">informe&nbsp; del IPBES (Intergovernmental Science-Policy Platform on Biodiversity and Ecosystem Services): &ldquo;Biodiversity and Pandemics</a>&rdquo;.&nbsp;
    </p><h3 class="article-text">&iquest;Es legal tener animales silvestres como <em>animales de compa&ntilde;&iacute;a</em>?</h3><p class="article-text">
        Depende de la especie, de c&oacute;mo se adquiera y de las condiciones en las que se mantenga. A nivel internacional, el comercio de animales silvestres se rige por la <a href="https://cites.org/esp/disc/what.php" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Convenci&oacute;n sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres</a> (CITES). Esta Convenci&oacute;n divide a las especies en tres ap&eacute;ndices diferentes.&nbsp;El Ap&eacute;ndice I incluye a todas las especies en peligro de extinci&oacute;n, cuya cr&iacute;a y comercio est&aacute; prohibido salvo algunas excepciones, como la importaci&oacute;n de los mismos para fines cient&iacute;ficos, para exhibiciones no lucrativas o programas de cr&iacute;a en cautividad <em>bona-fide</em>, entre otras. Por ejemplo, los orangutanes <em>(Pongo</em> spp.) se encuentran incluidos en el Ap&eacute;ndice I, al igual que los tigres <em>(Panthera tigris)</em>. En el Ap&eacute;ndice II se incluyen especies que no se encuentran necesariamente en peligro de extinci&oacute;n, pero que se entiende que su comercio debe controlarse a fin de evitar una utilizaci&oacute;n incompatible con su supervivencia. Si un criador comercial de una especie del Ap&eacute;ndice I de la CITES cumple ciertas condiciones y est&aacute; registrado ante la Secretar&iacute;a CITES, los espec&iacute;menes de dicho establecimiento pueden considerarse como especies del Ap&eacute;ndice II, lo que significa que s&iacute; pueden comercializarse. CITES lo deja claro en su secci&oacute;n de preguntas frecuentes:<a href="https://cites.org/esp/resources/faq.php" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">&nbsp;&ldquo;Si los animales no fueron criados con fines comerciales, pueden comercializarse sencillamente con un certificado de cr&iacute;a en cautividad&rdquo;</a>.
    </p><p class="article-text">
        El trabajo de la abogada Anna Mul&agrave;, titulado<em> </em><a href="https://dspace.unia.es/bitstream/handle/10334/3492/0642_Mula.pdf?sequence=3" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"><em>La protecci&oacute;n de los animales en la Convenci&oacute;n sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres</em></a>, analiza en detalle en qu&eacute; medida CITES toma en consideraci&oacute;n la protecci&oacute;n de los animales considerados individualmente como seres sintientes, examinando situaciones inaceptables, as&iacute; como conflictivas, y formulando recomendaciones para conseguir una protecci&oacute;n real de los animales en este contexto.
    </p><p class="article-text">
        Es habitual que muchas personas dedicadas a la cr&iacute;a y al comercio de animales consigan obtener los permisos de forma relativamente sencilla y continuar criando y vendiendo animales. Adem&aacute;s, gran parte del tr&aacute;fico ilegal de animales se acaba revirtiendo en v&iacute;as de comercio&nbsp;autorizadas mediante procesos de blanqueo, ya que se comercia y trafica con las mismas especies. Se ha detectado que algunos centros de cr&iacute;a autorizados en los pa&iacute;ses de origen act&uacute;an como lugares en los que blanquear y obtener certificados CITES para individuos capturados de las poblaciones silvestres. Existen tambi&eacute;n algunos vac&iacute;os legales y lagunas administrativas que hacen que resulte m&aacute;s f&aacute;cil obtener los permisos necesarios para comercializar animales.
    </p><p class="article-text">
        Por otro lado, muchos animales silvestres no est&aacute;n incluidos en CITES, puesto que no se encuentran en peligro de extinci&oacute;n ni amenazados, ni tampoco pertenecen al cat&aacute;logo de especies invasoras, por lo que su comercializaci&oacute;n es legal.
    </p><p class="article-text">
        Es importante, adem&aacute;s, tener en cuenta que, no obstante CITES regula las transacciones internacionales de animales, si las especies se cr&iacute;an y mantienen dentro de las fronteras de un pa&iacute;s, habr&aacute; que estar a lo dispuesto en la normativa propia del mismo.
    </p><h3 class="article-text">Emiratos &Aacute;rabes, cuna de animales silvestres utilizados como &ldquo;mascotas&rdquo;</h3><p class="article-text">
        El v&iacute;deo de Santi Serra fue grabado en Dubai (Emiratos &Aacute;rabes Unidos) y esto no es coincidencia. Los animales silvestres son considerados un signo de estatus y poder especialmente en ese pa&iacute;s, lo que hace que sea muy com&uacute;n que las clases altas los mantengan como<em> animales de compa&ntilde;&iacute;a</em> en sus fincas privadas. Es habitual ver en redes sociales y otros medios de comunicaci&oacute;n a <em>influencers </em>paseando a tigres u otros felinos por las calles, o asomando la cabeza por la ventanilla de sus&nbsp; coches de lujo. Incluso el pr&iacute;ncipe de la corona de Dubai y de los Emiratos &Aacute;rabes Unidos, Hamdan bin Mohammed Al Maktoum, publica habitualmente fotos y v&iacute;deos con m&uacute;ltiples especies de animales silvestres.
    </p><p class="article-text">
        Pese a que en los &uacute;ltimos a&ntilde;os se han probado nuevas regulaciones para la tenencia de animales silvestres en residencias particulares, en circos, en zool&oacute;gicos y en centros de cr&iacute;a, siguen siendo totalmente insuficientes y no existe un control efectivo de las mismas.&nbsp;
    </p><h3 class="article-text">Santi Serra Camps y la est&eacute;tica del dominio de animales</h3><p class="article-text">
        Con una r&aacute;pida b&uacute;squeda, podemos averiguar que <a href="https://santiserracamps.com/santi-serra/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Santi Serra Camps</a> es un domador de caballos a los que utiliza para realizar espect&aacute;culos con la compa&ntilde;&iacute;a Sercam Shows, de la que es propietario junto con su hermano. Como &eacute;l mismo afirma en la presentaci&oacute;n de su web, en 2005, aprovechando la manada de caballos &aacute;rabes que ten&iacute;a su familia en casa para la cr&iacute;a, se puso a estudiar su comportamiento a fondo y en 2007 debut&oacute; en su primer show.
    </p><p class="article-text">
        Es importante tener en cuenta que los circos con animales silvestres est&aacute;n actualmente prohibidos en muchas comunidades aut&oacute;nomas, y todo apunta a que pronto lo estar&aacute;n a nivel estatal. Pero, &iquest;qu&eacute; sucede con el uso recreativo de los animales que no pertenecen a la fauna silvestre? Estos quedan, en general, fuera del &aacute;mbito de aplicaci&oacute;n de estas reformas legales, y por tanto se legitima el uso de &eacute;quidos en espect&aacute;culos como los de Santi Serra. Como bien afirma la doctora en filosof&iacute;a Marta Tafalla, en la comparecencia ante el Parlament de Catalunya con motivo de la propuesta de Ley para prohibir los circos con animales: &ldquo;<a href="https://www.youtube.com/watch?v=X6ypWfRWIT8" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Los espect&aacute;culos circenses se basan en una est&eacute;tica del dominio: el ser humano, mediante la figura del domador, demuestra su dominio sobre los animales porque consigue borrar su propia identidad y forzarlos a realizar conductas antinaturales. En esta est&eacute;tica del dominio cobra fuerza la ridiculizaci&oacute;n del animal</a>&rdquo;. En otras comparecencias en el Parlament ese mismo motivo se profundiza en la argumentaci&oacute;n sobre el uso de animales (no solo silvestres) para el entretenimiento de los seres humanos. <a href="https://www.parlament.cat/document/dspcc/56711.pdf" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">En este documento figuran todas las brillantes exposiciones de diferentes personas expertas en cada una de las materias relacionadas con la protecci&oacute;n de los animales</a> que se posicionaron en contra de los circos con animales.
    </p><p class="article-text">
        Es habitual ver a Serra en programas de ferias taurinas, aprovechando el espacio en las plazas de toros para actuar con sus caballos, mostrando c&oacute;mo puede ponerse de pie encima de ellos, rodearlos de fuego, hacer que se tumben, se sienten o se arrodillen varios de ellos a la vez, que sus otros animales les salten por encima o que den la pata, entre otras muchas acrobacias. El catal&aacute;n realiza espect&aacute;culos a nivel nacional e internacional y su cuenta de Instagram tiene 93,1k seguidores. Algunas famosas, como la modelo Malena Costa, aficionada a la h&iacute;pica, han recibido numerosas y sonadas cr&iacute;ticas por acudir a sus shows y por utilizar a sus caballos para campa&ntilde;as publicitarias.
    </p><p class="article-text">
        Pero&nbsp;Santi no solamente se dedica a la doma del caballo, sino que tambi&eacute;n <a href="https://animalespararodajes.com/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">alquila animales para rodajes</a>. Equinos, grandes felinos, primates, reptiles, perros, aves, invertebrados&hellip;; pr&aacute;cticamente ninguna especie existe que este domador catal&aacute;n no pueda conseguir para que directores de pel&iacute;culas, series, anuncios y dem&aacute;s rodajes cuenten con ellos. Y este es otro debate.
    </p><h3 class="article-text">&iquest;Es &eacute;tico utilizar animales en medios audiovisuales?&nbsp;</h3><p class="article-text">
        De nuevo nos encontramos ante una situaci&oacute;n en la que no hay violencia expl&iacute;cita hacia los animales (o esta no se ve y no se muestra), pero que les provoca un gran sufrimiento. Sea para su uso en circos, para exhibiciones en zool&oacute;gicos o para rodajes, el fin es el mismo: el entretenimiento del ser humano. Y para lograr ese objetivo, los animales silvestres son capturados en sus h&aacute;bitats o criados en cautividad y obligados a vivir fuera de su entorno y a realizar comportamientos antinaturales que les causan sufrimiento f&iacute;sico y ps&iacute;quico de por vida.
    </p><p class="article-text">
        En muchas ocasiones los animales que son alquilados a productoras de televisi&oacute;n o agencias de publicidad provienen de circos o actividades similares, donde llevan una vida itinerante y pasan pr&aacute;cticamente toda su vida enjaulados, siendo utilizados solamente para grabar determinadas escenas, a veces hasta que terminan exhaustos.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, el hecho de utilizar animales silvestres para producciones audiovisuales fomenta que las y los espectadores quieran adquirir a esos animales. &iquest;Qui&eacute;n no recuerda, por ejemplo, al mono Marcel de la famosa serie Friends? En esa &eacute;poca todo el mundo quer&iacute;a tener un tit&iacute; en casa. Incluso a ra&iacute;z de la pel&iacute;cula de animaci&oacute;n <em>Buscando a Nemo</em>, se aument&oacute; la compraventa del pez payaso (<em>Amphiprion ocellaris</em>), y tambi&eacute;n su exhibici&oacute;n por parte de acuarios, como el <a href="https://www.zoomadrid.com/en/blog/tres-peces-curiosos-que-puedes-ver-en-el-zoo-aquarium-de-madrid" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Zoo Aquarium de Madrid</a>, pese a que en la pel&iacute;cula se pretend&iacute;a dar el mensaje contrario.
    </p><p class="article-text">
        Muchas son las pel&iacute;culas, series, anuncios, videoclips o programas de televisi&oacute;n en los que se ha utilizado animales. Result&oacute; especialmente pol&eacute;mico en 2015 el estreno del programa de Mediaset <em>Vaya Fauna</em>, presentado por Cristian G&aacute;lvez, que recibi&oacute; numerosas cr&iacute;ticas e incluso gener&oacute; varias peticiones de firmas para ponerle fin. Ese mismo a&ntilde;o fue tambi&eacute;n muy criticado el uso de una tigresa (a la que hab&iacute;an extirpado las u&ntilde;as) en el videoclip&nbsp; <em>Amanecer</em>, de la cantante Edurne. Otro ejemplo muy reciente es el uso de un mono tit&iacute; en la serie <em>L&rsquo;ultima nit de karaoke</em>, estrenada hace unos d&iacute;as en el canal de televisi&oacute;n catal&aacute;n TV3. Resulta parad&oacute;jico que en el propio argumento de la serie el mono sea rescatado e incluso el personaje que interact&uacute;a con &eacute;l le diga que pronto estar&aacute; en la selva saltando como a ellos les gusta, y que por otro lado en realidad est&eacute;n utilizando ellos mismos a un animal que nunca deber&iacute;a haber sido apartado de su verdadero hogar. El mensaje que se da es totalmente contradictorio.
    </p><p class="article-text">
        A pesar de que la legislaci&oacute;n de la inmensa mayor&iacute;a de comunidades aut&oacute;nomas establece que se ha de garantizar que el da&ntilde;o a los animales sea simulado y que los productos y medios empleados no les provoquen perjuicio alguno, en numerosas pel&iacute;culas se ha podido probar el maltrato animal e incluso la matanza de animales contraviniendo las leyes. Un caso paradigm&aacute;tico, y que en gran parte inici&oacute; este debate en la sociedad, fue la conocida pel&iacute;cula <em>Babe, el cerdito valiente</em>, del director Chirs Noonan, para la que hasta 48 cerditos fueron sacrificados porque engordaban y crec&iacute;an muy r&aacute;pido y ya no ten&iacute;an las condiciones requeridas para el papel que protagonizaban. De entre muchos otros ejemplos, podemos destacar el de la pel&iacute;cula de <em>El Hobbit: un viaje inesperado</em>, denunciada por la muerte de 27 animales (entre ellos, caballos, cabras, ovejas y pollos) o <em>Como agua para elefantes</em>, en la que se utiliza a una elefanta que hab&iacute;a sido brutalmente entrenada mediante un instrumento llamado <em>bullhook </em>(un barrote con un gancho de acero al final que se utiliza para empujar, agarrar y pinchar a los elefantes). <a href="https://www.elephantvoices.org/elephants-in-captivity-7/about-the-bull-hook.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Como explica la entidad Elephant Voices, esta herramienta es utilizada por muchos manipuladores de elefantes en zool&oacute;gicos o&nbsp;circos para conseguir que realicen determinadas conductas</a>.&nbsp; En el art&iacute;culo <a href="https://www.eldiario.es/cultura/cine/ningun-animal-sufrio-danos-rodaje_1_5135202.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"><em>Ning&uacute;n animal sufri&oacute; da&ntilde;os durante el rodaje (salvo los que murieron a golpes, ahogados o empalados)</em></a> se citan otros ejemplos y se cuestiona el trabajo de la AHA (American Humane Association), una entidad no gubernamental cuyo trabajo es monitorizar el trato que reciben los animales en las producciones cinematogr&aacute;ficas y conceder o no la etiqueta 'Ning&uacute;n animal result&oacute; herido en el rodaje de esta pel&iacute;cula'.
    </p><p class="article-text">
        En Espa&ntilde;a, se desvel&oacute; que durante el rodaje de la pel&iacute;cula <em>Blancanieves</em> (una versi&oacute;n en blanco y negro con una protagonista torera) nueve novillos fueron torturados y matados. <a href="https://intercids.org/episodio-40-caso-pelicula-blancanieves-arancha-sanz/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Lo explica perfectamente la abogada que llev&oacute; el caso, Arancha Sanz, en el podcast de INTERcids, operadores jur&iacute;dicos por los animales</a>. En esta ocasi&oacute;n, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid oblig&oacute; a la CAM a invocar un expediente sancionador contra los responsables de la pel&iacute;cula, pero &eacute;ste no es, en absoluto, un caso aislado. Con una r&aacute;pida investigaci&oacute;n se pueden encontrar decenas de pel&iacute;culas que han sido denunciadas por maltrato animal. Lo mismo ocurre con series, anuncios, videoclips y otro tipo de rodajes.
    </p><p class="article-text">
        Por otro lado, esta industria, adem&aacute;s de generar un gran sufrimiento a los animales, implica graves peligros para todas las personas que trabajan con ellos (actores, actrices y resto del equipo de producci&oacute;n), y as&iacute; lo reconocen los propietarios y entrenadores de diferentes empresas de alquiler de animales para rodajes en <a href="https://www.publico.es/actualidad/cientos-animales-salvajes-son-actores.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">una publicaci&oacute;n difundida por el diario P&uacute;blico</a>. Augusto Peralta, fundador de Fauna y Acci&oacute;n, aseguraba a ese medio: &ldquo;Si un lobo quiere probarte, porque son muy jer&aacute;rquicos, puede marcarte con los dientes; por ejemplo, en un muslo. Y si retrocedes, entonces puede morderte en serio&rdquo;; &ldquo;Un &aacute;guila real, cuya fuerza en las garras es incre&iacute;ble, tom&oacute; man&iacute;a a un adiestrador y, cuando la volamos, &eacute;l se meti&oacute; en el coche para evitar incidentes. Una vez el ave estaba en el aire, &eacute;l sali&oacute;, confiado. Pero la rapaz gir&oacute; en picado y le clav&oacute; las garras&rdquo;. Por su parte, Andr&eacute;s Albarrac&iacute;n, de Zooko Producciones, afirmaba: &ldquo;Sencillamente, sucede con frecuencia que un animal salvaje, aunque lo hayas criado t&uacute;, a partir de un momento deja de servir. Un tigre sabe que es un tigre&rdquo;, lo que nos hace reflexionar sobre qu&eacute; pasa con aquellos animales que &ldquo;dejan de servir&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n los animales de familia, al ser obligados a realizar determinadas conductas, pueden resultar peligrosos. En el medio citado,&nbsp;Antonio Valor, especialista de Animales en Acci&oacute;n Resican, sosten&iacute;a que &ldquo;precisamente ahora estoy buscando c&oacute;mo sustituir a un perro, que no era m&iacute;o y ha mordido al actor despu&eacute;s de semanas de rodaje. Se trata de acabar la grabaci&oacute;n sin que se note que es otro animal&rdquo;.
    </p><h3 class="article-text">Reflexi&oacute;n final</h3><p class="article-text">
        Dicen que rectificar es de sabios. Yo misma he acudido hace a&ntilde;os a espect&aacute;culos con animales silvestres, e incluso he llegado a interactuar con ellos, algo de lo que estoy profundamente arrepentida. No era consciente, como estoy segura de que much&iacute;sima gente todav&iacute;a no lo es, del enorme perjuicio que esas actividades provocan a los animales. Pero siempre estamos a tiempo de rectificar. Hoy en d&iacute;a tenemos much&iacute;sima informaci&oacute;n de la que antes carec&iacute;amos y es necesario que, especialmente las personas que disponen de un gran altavoz en sus redes sociales y en otros medios, hagan llegar el mensaje adecuado. No podemos seguir siendo c&oacute;mplices del maltrato animal, que no por ser encubierto es menos maltrato animal. Adquirir animales silvestres para compa&ntilde;&iacute;a, acudir a espect&aacute;culos con animales o compartir y comentar positivamente publicaciones como las de Santi Serra nos hace ser c&oacute;mplices. Ojal&aacute; tambi&eacute;n &eacute;l y otras muchas personas rectifiquen, porque siempre se est&aacute; a tiempo de cambiar de actitud, y eso es lo que hace al ser humano evolucionar. Cada decisi&oacute;n de cada persona en su d&iacute;a a d&iacute;a cuenta. Porque al final lo que termina siendo com&uacute;nmente aceptable no es m&aacute;s que un c&uacute;mulo de decisiones individuales.
    </p><h3 class="article-text">&iquest;Quieres ser parte del cambio?</h3><p class="article-text">
        Escribe a las productoras que utilizan animales en sus rodajes y p&iacute;deles que dejen de hacerlo. Expl&iacute;calo de forma amable y constructiva pero contundente, para que entiendan lo que hay detr&aacute;s de la industria del alquiler de animales para rodajes. A ra&iacute;z del uso de chimpanc&eacute;s en un anuncio televisivo en 2006, la Fundaci&oacute;n Mona propone <a href="https://fundacionmona.org/06122006-la-marato-de-tv3/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">un texto muy acertado</a>, que se puede adaptar.
    </p><p class="article-text">
        Algunas de las productoras que utilizan o han utilizado animales son, entre otras muchas, Diagonal TV, EL Terrat, Globomedia, Vancouver media, Arcadia Motion Pictures, Noodles Production, El Deseo, Contubernio o F&oacute;rmula TV.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Irene Torres Márquez]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/caballodenietzsche/esconde-publicacion-animales-silvestres-disfrazados_132_8430552.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 29 Oct 2021 04:01:02 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Lo que esconde la publicación de animales silvestres disfrazados]]></media:title>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La nueva ley de protección animal en Galicia: avances, retrocesos y retos]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/caballodenietzsche/proteccion-animal-galicia-avances-retrocesos_132_3263970.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/056eec97-8196-404d-af7e-99d6f11b41e8_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="880" height="495" alt="Un perro abandonado en la Sociedad Protectora de Animales y Plantas de Lugo. Foto: Fernando González"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La autora, abogada experta en Derecho Animal que ha participado en la coordinación de enmiendas a la Ley de Protección y Bienestar de los Animales de Compañía en Galicia, realiza un exahustivo análisis del nuevo texto.</p><p class="subtitle">Supondrá un paso adelante en la protección animal siempre y cuando se incluyan  ciertas enmiendas. De lo contrario, se habrá perdido una gran oportunidad en Galicia y para que la norma sirva de referente a otros territorios.</p></div><p class="article-text">
        El pasado 25 de abril se public&oacute; en el Bolet&iacute;n Oficial del Parlamento de Galicia (BOPG) el Proyecto de Ley de Protecci&oacute;n y Bienestar de los Animales de Compa&ntilde;&iacute;a en Galicia (PL), a iniciativa del Partido Popular gallego, cuya aprobaci&oacute;n definitiva est&aacute; prevista para el mes de septiembre.
    </p><p class="article-text">
        Desde entonces, la pol&eacute;mica ha estado servida y numerosas son las entidades de protecci&oacute;n animal que han venido solicitando diversas modificaciones para que esta nueva Ley garantice de forma efectiva un claro avance hacia la protecci&oacute;n de los animales.
    </p><p class="article-text">
        Lo cierto es que el inicio de la tramitaci&oacute;n de este Proyecto (hasta el mes de abril, Anteproyecto) data del 2 de marzo de 2016 y ya entonces recibi&oacute; un total de 229 alegaciones. Una vez convertido en Proyecto, se presentaron 1 enmienda a la totalidad y 175 enmiendas al articulado. Dando respuesta a algunas de las muchas demandas ciudadanas, el pasado 19 de julio se public&oacute; en el BOPG el Informe de la Ponencia sobre el PL.
    </p><p class="article-text">
        La actual Ley de Protecci&oacute;n de Animales Dom&eacute;sticos y Salvajes en Cautividad de Galicia entr&oacute; en vigor en el a&ntilde;o 1993 y fue desarrollada por el reglamento que aprob&oacute; el Decreto 153/1998. Esta Ley se modific&oacute; en el a&ntilde;o 2014, fundamentalmente para actualizar y aumentar la cuant&iacute;a de las sanciones, irrisorias hasta el momento. Teniendo en cuenta las fechas en que se redact&oacute; el contenido principal de la norma, parece l&oacute;gico que existiera la necesidad urgente de tramitar una nueva ley, acorde al tiempo en que vivimos y a los numerosos cambios que se han ido produciendo en la sociedad gallega.
    </p><p class="article-text">
        Galicia, desgraciadamente, no ha destacado nunca por ser una tierra en la que se diese un buen trato a los animales, sino m&aacute;s bien al contrario. Siempre fue (y todav&iacute;a es) habitual ver a <a href="http://www.eldiario.es/caballodenietzsche/Perros-encadenados-jaulas-invisibles_6_378372168.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">perros permanentemente encadenados</a>, cosificados como si de alarmas se tratasen, con el &uacute;nico fin de vigilar propiedades, especialmente en el rural (aunque en zonas urbanas muchos de ellos habitan en balcones o peque&ntilde;os patios, con lo que la situaci&oacute;n no siempre es mejor). Tampoco es inusual toparse con perros y gatos perdidos, abandonados, desnutridos, enterrados vivos, ahogados, tirados en contenedores, a <a href="http://www.eldiario.es/caballodenietzsche/Caballos-cepos-barbarie-medieval-Galicia_6_241185900.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">caballos con trancas (pexas) en las patas</a>, y un largo etc&eacute;tera. Crueles pr&aacute;cticas &ldquo;deportivas&rdquo; como el tiro al pich&oacute;n (que la asociaci&oacute;n animalista Libera! consigui&oacute; prohibir en esta nueva Ley) o las corridas de toros que a&uacute;n perviven en algunas zonas, siendo adem&aacute;s dotadas de fondos p&uacute;blicos, denigran la imagen de esta maravillosa tierra.
    </p><p class="article-text">
        No obstante, a pesar del important&iacute;simo n&uacute;mero de animales que se siguen abandonando y maltratando, lo cierto es que la inmensa mayor&iacute;a de la sociedad ya no tolera este tipo de pr&aacute;cticas abominables. La repulsa a estas conductas ha generado un mayor n&uacute;mero de denuncias en los &uacute;ltimos a&ntilde;os y la exigencia a los poderes p&uacute;blicos de leyes que protejan de forma efectiva a los animales.
    </p><p class="article-text">
        La iniciativa privada apenas puede solucionar unos pocos casos de los miles que se presentan. Desde hace d&eacute;cadas, las protectoras est&aacute;n saturadas de animales, muchas de ellas endeudadas y con enormes dificultades para recaudar fondos, m&aacute;s en esta &eacute;poca. Sin el apoyo de los poderes p&uacute;blicos, las asociaciones y protectoras que d&iacute;a a d&iacute;a se enfrentan, sin apenas recursos, a la peor parte del ser humano y salvan la vida de cientos de animales, quedar&aacute;n totalmente desprotegidas y no podr&aacute;n continuar realizando tan loable labor.
    </p><p class="article-text">
        Teniendo todo lo anterior en cuenta, <strong>&iquest;ser&aacute; esta nueva Ley una herramienta eficaz para proteger y defender a los animales?</strong>
    </p><p class="article-text">
        Para tratar de dar respuesta a esta cuesti&oacute;n resultar&aacute; de ayuda imaginar que la Ley es como un sem&aacute;foro, con art&iacute;culos en verde (aspectos en los que la norma enriquece a la actual), en &aacute;mbar (art&iacute;culos que pod&iacute;an mejorarse pero que permanecen como dispone la todav&iacute;a vigente Ley del 93) y en rojo (aquellos en los que se retrocede con respecto a la ley actual).
    </p><p class="article-text">
        Es preciso tener muy presente que realizar&eacute; este an&aacute;lisis tomando principalmente en consideraci&oacute;n la redacci&oacute;n inicial del PL publicada en el BOPG el 25 de abril, que es el que pretend&iacute;a aprobarse y que gener&oacute; un gran rechazo social. No obstante, gracias a las m&uacute;ltiples reuniones de diversas entidades de protecci&oacute;n animal con las distintas fuerzas pol&iacute;ticas y a la movilizaci&oacute;n general de la sociedad gallega, muchos de art&iacute;culos que se situaban en el sem&aacute;foro en rojo acaban de ser modificados, seg&uacute;n consta en la &uacute;ltima publicaci&oacute;n del BOPG del d&iacute;a 17 de julio, por lo que har&eacute; tambi&eacute;n menci&oacute;n a estos importantes cambios.
    </p><p class="article-text">
        Debido a que el Proyecto consta de m&aacute;s de 80 p&aacute;ginas, solamente me detendr&eacute; en los art&iacute;culos, a mi juicio, m&aacute;s relevantes.
    </p><h4 class="article-text">El sem&aacute;foro en verde</h4><p class="article-text">
        Comencemos con un poco de color esperanza. Hay bastantes aspectos del PL que mejoran la Ley actual. De todos modos, existen algunos que son enga&ntilde;osos ya que, si no se llevan a cabo paralelamente otras pol&iacute;ticas p&uacute;blicas de protecci&oacute;n animal y si no se cuenta con los mecanismos y recursos materiales, humanos y econ&oacute;micos necesarios, ser&aacute; inviable su aplicaci&oacute;n pr&aacute;ctica.
    </p><p class="article-text">
        Tomando lo antedicho en consideraci&oacute;n, algunos de los avances del PL son los siguientes:
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li><strong>Prohibici&oacute;n de utilizar cualquier mecanismo que limite o impida la movilidad de los animales produci&eacute;ndoles dolor o estr&eacute;s. Se proh&iacute;be de forma expresa el uso de collares el&eacute;ctricos.</strong></li>
                            </ul>
            </div><p class="article-text">
        No son pocos los casos en los que la mala utilizaci&oacute;n de este tipo de aparatos ha producido quemaduras y otros importantes da&ntilde;os a los animales. Pero es que, aun haciendo un uso &ldquo;correcto&rdquo; de los mismos, numerosos estudios realizados por profesionales veterinarios y et&oacute;logos han demostrado que estos artefactos provocan estr&eacute;s y sufrimiento a los animales y, por tanto, recomiendan otros m&eacute;todos de adiestramiento, siempre en positivo.
    </p><p class="article-text">
        No podemos olvidar que los collares de pinchos, castigo o ahorque tambi&eacute;n deber&iacute;an ser prohibidos de forma expl&iacute;cita, si bien se entiende igualmente que su uso no est&aacute; permitido, ya que son un mecanismo que limita la movilidad de los perros provoc&aacute;ndoles dolor, como se afirma en varios informes, como <a href="https://avatma.org/2016/04/03/informe-sobre-el-uso-de-los-collares-de-pinchos-y-asfixiantes-en-el-perro/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">este de AVATMA</a>.
    </p><p class="article-text">
        Se echaba de menos la prohibici&oacute;n expresa de mantener a un animal permanentemente encadenado, y este aspecto s&iacute; ha sido incluido en la &uacute;ltima versi&oacute;n publicada del PL, a&ntilde;adi&eacute;ndose lo siguiente: &ldquo;Se proh&iacute;be mantener a los animales de la especie canina atados de forma permanente o limitarles los movimientos que son necesarios durante la mayor parte del d&iacute;a&rdquo;.
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li><strong>Prohibici&oacute;n de exhibici&oacute;n de animales en escaparates</strong></li>
                            </ul>
            </div><p class="article-text">
        Sin duda alguna el hecho de exhibir a animales en escaparates fomenta la compra de los mismos, en lugar de su adopci&oacute;n. Adem&aacute;s, los animales son mantenidos en peque&ntilde;os espacios totalmente inadecuados para cubrir sus necesidades f&iacute;sicas y etol&oacute;gicas y su venta hace tambi&eacute;n que se separe a los cachorros de sus madres a edades muy tempranas, por su mayor demanda de compra.
    </p><p class="article-text">
        A pesar de este avance, la venta de animales en tiendas contin&uacute;a permiti&eacute;ndose, por lo que esperamos que en el reglamento que desarrolle la Ley se establezcan minuciosamente las medias en las que se los debe mantener para garantizar su bienestar ya que actualmente nada dispone la Ley y solo en algunas ordenanzas municipales se recoge alg&uacute;n escas&iacute;simo requisito a este respecto.
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li><strong>Prohibici&oacute;n de uso de animales silvestres en los circos</strong></li>
                            </ul>
            </div><p class="article-text">
        Setenta ayuntamientos en Galicia han sido declarados libres de circos con animales por sus acuerdos plenarios; no obstante, en la pr&aacute;ctica, seguimos viendo c&oacute;mo numerosos espect&aacute;culos con animales salvajes siguen celebr&aacute;ndose en algunas de estas ciudades gallegas, por lo que lleg&oacute; el momento de hacer efectiva la prohibici&oacute;n en toda Galicia y que estos acuerdos dejen de ser &uacute;nicamente una declaraci&oacute;n de intenciones. En cuanto al destino de estos animales, corresponder&aacute; a los poderes p&uacute;blicos establecer procesos de reconversi&oacute;n en el sector de forma que se pueda garantizar su bienestar.
    </p><p class="article-text">
        &iquest;Y que pasa con el uso de animales dom&eacute;sticos? &iquest;No sufren en los circos?
    </p><p class="article-text">
        Anna Mul&aacute;, abogada especialista en Derecho y Animales, respondi&oacute; notoriamente a esta pregunta en su comparecencia en el Parlament de Catalunya, ante el proceso de prohibici&oacute;n del uso de animales en circos: &ldquo;Si la naturaleza no distingui&oacute; entre especies al momento de otorgarles capacidad de sufrimiento, la Ley tampoco deber&iacute;a hacerlo&rdquo;. Esperamos, al menos, que pueda crearse un observatorio para los animales dom&eacute;sticos con vistas a prohibir tambi&eacute;n su uso en un futuro no muy lejano, tal y como sucedi&oacute; en Catalunya en 2015.
    </p><p class="article-text">
        Cabe destacar que&nbsp;<a href="http://www.eldiario.es/sociedad/Parlament-Ley-regulacion-proteccion-Baleares_0_668433550.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">en las Islas Baleares acaba de aprobarse, el 24 de Julio, una nueva ley de protecci&oacute;n animal</a> que proh&iacute;be los circos con todo tipo de animales. Se trata de una important&iacute;sima noticia, ya que Baleares acaba de convertirse en la primera autonom&iacute;a espa&ntilde;ola que proh&iacute;be el uso no solo de los animales silvestres en circos, sino tambi&eacute;n de los dom&eacute;sticos.
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li><strong>M&aacute;s obligaciones para los/las poseedores/as y propietarios/as de animales en aras a su bienestar f&iacute;sico y etol&oacute;gico.</strong></li>
                            </ul>
            </div><p class="article-text">
        Entre ellas: suministrarles alimentaci&oacute;n, agua y cuidados en consonancia con sus necesidades fisiol&oacute;gicas y etol&oacute;gicas, proporcionarles el necesario ejercicio f&iacute;sico y descanso, as&iacute; como la posibilidad de interacci&oacute;n necesaria para su normal desarrollo, someterlos a las revisiones veterinarias necesarias as&iacute; como a los pertinentes tratamientos veterinarios preventivos, paliativos o curativos, etc.
    </p><p class="article-text">
        En la redacci&oacute;n del proyecto de Ley se mencionan reiteradamente las necesidades etol&oacute;gicas, y no solo f&iacute;sicas, de los animales, adem&aacute;s de aumentar los cuidados que se les deben proporcionar.
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li><strong>Prohibici&oacute;n de la compra y venta ambulante de animales de compa&ntilde;&iacute;a</strong></li>
                            </ul>
            </div><p class="article-text">
        En la &uacute;ltima redacci&oacute;n del PL se han a&ntilde;adido tambi&eacute;n las prohibiciones de cesi&oacute;n y donaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Actualmente solo se proh&iacute;be la venta ambulante en caso de no estar autorizado el mercado o la venta, por lo que este apartado constituye un importante avance.
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li><strong>Menci&oacute;n a las colonias felinas y a la posibilidad de los ayuntamientos de regularlas</strong></li>
                            </ul>
            </div><p class="article-text">
        Cada vez m&aacute;s ayuntamientos est&aacute;n regulando las colonias felinas mediante el conocido&nbsp;<a href="https://avatma.org/2016/10/15/informe-veterinario-sobre-las-colonias-felinas-y-su-control-por-el-metodo-de-captura-esterilizacion-y-suelta-ces/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">m&eacute;todo CES (captura, esterilizaci&oacute;n y suelta)</a> y, por tanto, se queda corta la posibilidad que se menciona en el proyecto para que los ayuntamientos destinen determinados lugares a colonias felinas, porque esa posibilidad ya la tienen en la actualidad, por lo que el t&eacute;rmino correcto deber&iacute;a ser &ldquo;tendr&aacute;n que o deber&aacute;n establecer lugares destinados a colonias felinas&rdquo;, porque los gatos asilvestrados tambi&eacute;n son su responsabilidad.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, supone un avance que por primera vez se mencione a las colonias felinas, hasta ahora inexistentes en la Ley de protecci&oacute;n animal de Galicia. Tambi&eacute;n se han presentado enmiendas con el fin de mejorar sustancialmente este apartado del proyecto.
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li><strong>&ldquo;Sacrificio cero&rdquo;</strong></li>
                            </ul>
            </div><p class="article-text">
        El sacrificio cero no es cuesti&oacute;n balad&iacute; sino, bien al contrario, se trata de una de las medidas que m&aacute;s preocupa a la sociedad y que debe abordarse con la importancia que denota. Estamos hablando de la posibilidad de matar (s&iacute;, por muy mal que suene es as&iacute;) a animales por cuestiones aritm&eacute;ticas, y no de salud p&uacute;blica o por motivos de bienestar animal, como trata de encubrirse mediante la redacci&oacute;n de los art&iacute;culos que versan sobre este aspecto.
    </p><p class="article-text">
        Hay que diferenciar muy claramente el sacrificio de la eutanasia. El primero implica dar muerte a un animal sano, y normalmente se produce por falta de medios suficientes para proporcionarle una vida digna, esto es, debido a que las perreras est&aacute;n saturadas o bien porque median intereses econ&oacute;micos y, por tanto, no se puede o no se quiere mantener al animal con vida. Cosa muy distinta es la eutanasia, que supone dar muerte a un animal para evitarle sufrir in&uacute;tilmente ante un padecimiento incurable.
    </p><p class="article-text">
        En el PL se incluye el sacrificio dentro del apartado de eutanasia, disponiendo lo siguiente: &ldquo;No se puede dar muerte a animales acogidos en un centro de recogida o hogar de acogida temporal&hellip;&rdquo;, pero, a continuaci&oacute;n se hace constar que se except&uacute;an de la prohibici&oacute;n anterior los supuestos de eutanasia de un animal debidamente motivados por un veterinario a fin de evitarle sufrimiento grave e irremediable o bien, por razones de sanidad o bienestar animal, de salud p&uacute;blica, de seguridad de las personas y medioambiental. Se est&aacute;n confundiendo ambos t&eacute;rminos y se deja una amplia v&iacute;a abierta para posibilitar el sacrificio de animales. De todos modos, tal y como se encuentran actualmente los centros de recogida de animales (totalmente desbordados) se hace pr&aacute;cticamente imposible el sacrificio cero, a no ser que se comiencen a llevar a cabo pol&iacute;ticas p&uacute;blicas eficientes para reducir el abandono (campa&ntilde;as de tenencia responsable, de identificaci&oacute;n y esterilizaci&oacute;n, educaci&oacute;n en centros de alumnos de todas las edades, interposici&oacute;n de sanciones por infringir las normas de protecci&oacute;n animal, dotaci&oacute;n de fondos a los ayuntamientos, etc.).
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li><strong>Obligatoriedad de entregar a los animales en adopci&oacute;n esterilizados</strong></li>
                            </ul>
            </div><div class="list">
                    <ul>
                                    <li><strong>Medidas Provisionales</strong></li>
                            </ul>
            </div><p class="article-text">
        Este avance resulta de vital importancia para aquellos casos urgentes en los que los animales corren peligro y no se puede esperar a la tramitaci&oacute;n de un expediente sancionador para que sean decomisados, pues pueden llegar a fallecer o a sufrir da&ntilde;os graves.
    </p><p class="article-text">
        La medida provisional de decomiso de animales (una de las previstas en el Proyecto, junto con el cierre de establecimientos, la revocaci&oacute;n de licencias o la confiscaci&oacute;n de efectos utilizados para la comisi&oacute;n de la presunta infracci&oacute;n) permite que, de forma previa a la incoaci&oacute;n de un procedimiento administrativo sancionador, se pueda poner a salvo la vida del animal, algo que, hasta el momento no recog&iacute;a la Ley actual.
    </p><h4 class="article-text">El sem&aacute;foro en &aacute;mbar</h4><p class="article-text">
        Empezamos a adentrarnos en las partes menos prometedoras de la Ley. Ni mucho menos todo son progresos. Exist&iacute;a una buena ocasi&oacute;n para mejorar aquellos aspectos negativos de la actual norma y parece que, o mucho cambia el texto final del PL o no se habr&aacute; avanzado en determinadas cuestiones, como las siguientes:
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li><strong>Permanencia de exclusi&oacute;n de los espect&aacute;culos taurinos</strong></li>
                            </ul>
            </div><p class="article-text">
        Galicia no tiene tradici&oacute;n taurina, y, de hecho, se ha demostrado la escas&iacute;sima afici&oacute;n que guardan este tipo de espect&aacute;culos crueles en los que, de forma tan abierta, se aplaude el maltrato animal con ensa&ntilde;amiento, siendo adem&aacute;s subsidiado con fondos p&uacute;blicos.
    </p><p class="article-text">
        La nueva Ley conced&iacute;a una gran posibilidad para prohibir esta barbarie, pero no ha sido as&iacute;.
    </p><p class="article-text">
        La Ley de protecci&oacute;n animal que se aprob&oacute;&nbsp;el d&iacute;a 24 de julio,&nbsp;<a href="http://www.eldiario.es/caballodenietzsche/Baleares-nuevo-horizonte-esperanzas-tauromaquia_6_667443269.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">en las Islas Baleares implica, en la pr&aacute;ctica, el fin de las corridas de toros</a> en las islas, ya que recoge una regulaci&oacute;n basada en los est&aacute;ndares m&aacute;ximos posibles de protecci&oacute;n de los animales (dentro de la limitaci&oacute;n competencial impuesta por el Tribunal Constitucional), con el objetivo de eliminar sistem&aacute;ticamente todos aquellos componentes de la lidia que afectan directamente al toro y le producen sufrimiento.
    </p><p class="article-text">
        Algo similar pudo haber ocurrido en Galicia pero, desgraciadamente, no hubo voluntad por parte del legislador.
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li><strong>Continuidad de eventos con animales si se dispone de autorizaci&oacute;n previa</strong></li>
                            </ul>
            </div><div class="list">
                    <ul>
                                    <li><strong>Continuidad de aumento de razas de perros potencialmente peligrosos con respecto a la ley estatal</strong></li>
                            </ul>
            </div><p class="article-text">
        Numerosos profesionales veterinarios y et&oacute;logos han demostrado que un perro no es peligroso debido a su raza o a su constituci&oacute;n f&iacute;sica, sino por el trato que se le d&eacute;, y se han mostrado contrarios a cualquier normativa espec&iacute;fica para animales potencialmente peligrosos.
    </p><p class="article-text">
        Debido a la existencia del Real Decreto 287/2002, que modifica la ley estatal de 1999 que rige la &ldquo;tenencia de animales potencialmente peligrosos&rdquo;, no se puede suprimir ninguna de las razas que en ella figuran, por ser una norma de rango superior a la Ley gallega. No obstante, lo que de ning&uacute;n modo deber&iacute;a hacerse es aumentar el listado de razas de animales que deban considerarse potencialmente peligrosos, provoc&aacute;ndoles, tanto a ellos como a sus propietarios/as y poseedores/as, numerosos perjuicios. En el PL se mantienen las siguientes razas, que no est&aacute;n previstas en la norma estatal: Bullmastif, Doberman, Dogo de Burdeos, Dogo del T&iacute;bet, Mast&iacute;n Napolitano, Presa Canario, Presa Mallorqu&iacute;n e Bull Terrier.
    </p><h4 class="article-text">Sem&aacute;foro en rojo. No se puede pasar</h4><p class="article-text">
        No se puede pasar por que el PL retroceda en cuanto a lo dispuesto en la Ley vigente. Es incomprensible que existan aspectos, no solo uno, y tampoco de escasa relevancia, en los que el texto del Proyecto no solo no avance sino que implique una desprotecci&oacute;n mayor de los animales.
    </p><p class="article-text">
        Estos aspectos no han pasado desapercibidos para las entidades de protecci&oacute;n animal, que han reivindicado en numerosas ocasiones su modificaci&oacute;n. Afortunadamente, algunas de estas cuestiones s&iacute; han sido tenidas en cuenta en la nueva redacci&oacute;n del PL.
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li><strong>Exclusi&oacute;n de los animales de producci&oacute;n destinados a su aprovechamiento y exclusi&oacute;n expresa de los animales pertenecientes a la familia de los &eacute;quidos.</strong></li>
                            </ul>
            </div><p class="article-text">
        Esta es una de las regresiones m&aacute;s importantes, si no la que m&aacute;s, del PL. La actual Ley ampara a todos los animales dom&eacute;sticos y salvajes en cautividad, y el PL reduce esta protecci&oacute;n &uacute;nica y exclusivamente a los animales de compa&ntilde;&iacute;a, como ya directamente se desprende de su t&iacute;tulo.
    </p><p class="article-text">
        &iquest;C&oacute;mo es esto posible? &iquest;Qu&eacute; pasar&aacute; ahora cuando se maltrate o mantenga en la malas condiciones higi&eacute;nico-sanitarias a alguno de estos otros animales? Es m&aacute;s, incluso dejando de lado a los animales de producci&oacute;n, los &eacute;quidos son, en muchos casos, animales de compa&ntilde;&iacute;a, cuyos/as propietarios/as mantienen para disfrutar de y con ellos, sin otro inter&eacute;s que el de gozar de su compa&ntilde;&iacute;a. &iquest;Por qu&eacute; entonces excluir por completo, tengan la finalidad que tengan, a todos los equinos? No existe ninguna norma auton&oacute;mica que los proteja, ni siquiera estatal, &uacute;nicamente se encuentran unas escas&iacute;simas e insuficientes obligaciones en cuanto a su bienestar en el Real Decreto 804/2011, de 10 de junio.
    </p><p class="article-text">
        &iquest;Y qu&eacute; pasar&aacute; tambi&eacute;n con un cerdo, una vaca o un pato al que se utilice para alg&uacute;n evento (que, recordemos, ser&aacute;n legales si se cuenta con autorizaci&oacute;n)?
    </p><p class="article-text">
        Es absolutamente incomprensible que se desproteja de tal modo a un sinf&iacute;n de animales indefensos y, que, adem&aacute;s, est&aacute;n amparados por la ley todav&iacute;a vigente.
    </p><p class="article-text">
        No se prev&eacute; que este art&iacute;culo vaya a enmendarse.
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li><strong>Necesidad de que una asociaci&oacute;n haya sido declarada como entidad de utilidad p&uacute;blica para que se considere 'Asociaci&oacute;n de Protecci&oacute;n Animal'</strong></li>
                            </ul>
            </div><p class="article-text">
        La actual Ley otorga directamente a estas asociaciones la utilidad p&uacute;blica y el PL vendr&iacute;a no solo a no concederle estes estatus, sino a exig&iacute;rselo. Es decir, que ser&iacute;a requisito esencial para ser una 'Asociaci&oacute;n de Protecci&oacute;n Animal' haber sido declarada previamente de utilidad p&uacute;blica, lo que implica, como primera exigencia, que lleve legalmente constituida m&aacute;s de dos a&ntilde;os. Son muchas las asociaciones de protecci&oacute;n animal creadas recientemente, por lo que no podr&iacute;an tener consideraci&oacute;n de entidades de utilidad p&uacute;blica si se hubiera mantenido este art&iacute;culo en su redacci&oacute;n original.
    </p><p class="article-text">
        Afortunadamente, s&iacute; ha sido modificado este art&iacute;culo, en el sentido de no exigir este requisito.
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li><strong>Prohibici&oacute;n de alimentar a los animales vagabundos o extraviados en las v&iacute;as p&uacute;blicas, sin contar con la correspondiente autorizaci&oacute;n municipal.</strong></li>
                            </ul>
            </div><p class="article-text">
        Otro important&iacute;simo atraso ser&iacute;a que no se permita ni siquiera alimentar a animales en peligro o moribundos. Es decir, se estar&iacute;a castigando a quienes intentan salvar vidas, realizando la labor que corresponder&iacute;a a los ayuntamientos. Cosa distinta es que se establezcan unos requisitos a la hora de alimentar a los animales, para que se realice de forma higi&eacute;nica y sin perturbar el bienestar de los vecinos; pero, &iquest;prohibir bajo sanciones de hasta 500 euros la piedad de aquellas personas que intentan que los animales callejeros tengan una vida digna o que los perdidos o abandonados sobrevivan? Es inaceptable y, por ello, este art&iacute;culo tambi&eacute;n se ha enmendado en el sentido de excluir de esta prohibici&oacute;n general la alimentaci&oacute;n por motivos de bienestar animal. Una excepci&oacute;n que, en la pr&aacute;ctica, puede significar su aplicaci&oacute;n sistem&aacute;tica puesto que si se alimenta a los animales vagabundos o extraviados en la calle es, obviamente, en aras a su bienestar.
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li><strong>Exigencia de acreditar que un animal est&aacute; libre de toda enfermedad para poder venderlo o darlo en acogida o en adopci&oacute;n</strong></li>
                            </ul>
            </div><p class="article-text">
        Precisamente el hecho de que un animal est&eacute; enfermo es muchas veces el motivo para que salga antes en acogida o en adopci&oacute;n, ya que se le da prioridad dentro de los animales albergados en un refugio, por lo que esta disposici&oacute;n carece de sentido y s&iacute; se ha previsto su modificaci&oacute;n en el sentido de no exigirse tal acreditaci&oacute;n para los casos de acogida o adopci&oacute;n.
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li><strong>Plazos para la recogida de animales extraviados</strong></li>
                            </ul>
            </div><p class="article-text">
        En el caso de animales no identificados, el plazo para que la persona propietaria lo retire del centro de recogida (probando su propiedad) pasa de veinte d&iacute;as previstos en la actual Ley a tres d&iacute;as h&aacute;biles.
    </p><p class="article-text">
        En el supuesto de que el animal est&eacute; identificado, la situaci&oacute;n se complica. Si en la actual Ley el plazo para recogerlo es de diez d&iacute;as, el PL establece que &ldquo;si transcurridos dos d&iacute;as desde la comunicaci&oacute;n al propietario/a, este/a no procediera a la retirada del animal, el centro le notificar&aacute; que dispone de un plazo m&aacute;ximo de tres d&iacute;as h&aacute;biles, a contar desde el d&iacute;a siguiente al de la notificaci&oacute;n, para recuperar al animal&rdquo;. Es decir, que no queda del todo claro el n&uacute;mero de d&iacute;as de que dispone, ya que depender&aacute; de cu&aacute;ndo se realice esa notificaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        La opini&oacute;n mayoritaria entre las personas pertenecientes a entidades protectoras es que esta disminuci&oacute;n de los plazos es excesiva y contraproducente, ya que se puede evitar que una persona recupere a su animal. No obstante, otro colectivo opina que es positivo reducir los plazos, ya que si la persona propietaria no lo reclama con brevedad poco inter&eacute;s puede tener en su fiel compa&ntilde;ero/a, pese a casos de fuerza mayor.
    </p><p class="article-text">
        Los plazos han sido ampliados a 10 d&iacute;as.
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li><strong>&Uacute;nico destino de los animales recogidos previsto: los centros autorizados </strong></li>
                            </ul>
            </div><p class="article-text">
        Curioso es que en el apartado de definiciones no aparezcan los centros autorizados.
    </p><p class="article-text">
        Son muchas las asociaciones que, legalmente constituidas, y sin &aacute;nimo de lucro, se encargan de recoger y mantener a los animales en casas de acogida para posteriormente darlos es adopci&oacute;n. Estas asociaciones, que sobreviven como pueden con escasos fondos de sus socios, les dan otra oportunidad a animales v&iacute;ctimas de maltrato y/o abandono, y obviamente sin recursos no pueden permitirse disponer de unas instalaciones para el albergue de animales, por los m&uacute;ltiples y costosos requisitos exigidos. En estas casas de acogida los animales tienen una calidad de vida que no pueden obtener en los centros autorizados por estar, la inmensa mayor&iacute;a de ellos, saturados. Por tanto, siempre con un control, se deber&iacute;a permitir que las asociaciones de protecci&oacute;n animal pudieran recoger y mantener a animales, cumpliendo, eso s&iacute;, determinados requisitos que les son tambi&eacute;n exigidos a los centros autorizados. De lo contrario, ser&aacute; inviable el sacrificio cero porque habr&aacute; una mayor masificaci&oacute;n, si cabe, en los centros autorizados.
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li><strong>Prohibici&oacute;n de recoger a animales vagabundos o extraviados sin la correspondiente autorizaci&oacute;n municipal</strong></li>
                            </ul>
            </div><p class="article-text">
        Otro de los art&iacute;culos m&aacute;s pol&eacute;micos. Una vez m&aacute;s se pretend&iacute;a castigar la caridad, y bajo sanciones de hasta 5000 euros. Un aut&eacute;ntico desatino que s&iacute; ha sido modificado, (tras la insistencia de los colectivos animalistas), aunque no del modo en que nos hubiera satisfecho m&aacute;s, sino mediante una excepci&oacute;n por situaciones de emergencia.
    </p><p class="article-text">
        Y ahora s&iacute;, tras este breve an&aacute;lisis resumido de la Ley, podemos hacernos una idea de los cambios que implicar&aacute; la entrada en vigor de esta norma. <strong>&iquest;Supone pues un paso adelante en la protecci&oacute;n animal?</strong>
    </p><p class="article-text">
        En mi opini&oacute;n, siempre y cuando se incluyan finalmente las enmiendas mencionadas para los art&iacute;culos que se sit&uacute;an en el sem&aacute;foro en rojo, s&iacute; supondr&iacute;a un importante avance. Ahora bien, si no se insertan, se habr&aacute; perdido una gran oportunidad para mejorar la protecci&oacute;n de los animales en Galicia y para que la norma sirva de referente a otros territorios.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s de ello, si algo hemos podido aprender del caso de Barcelona, como el mejor ejemplo y m&aacute;s asentado y sostenible en el tiempo en materia de pol&iacute;ticas p&uacute;blicas de protecci&oacute;n animal, es que de nada sirve promulgar una ley sin recursos econ&oacute;micos y humanos destinados para llevarla a cabo. La Xunta de Galicia deber&iacute;a responder con la creaci&oacute;n de una oficina que ofrezca servicios de asesoramiento y coordinaci&oacute;n a todos los ayuntamientos, que ser&aacute;n las administraciones que tendr&aacute;n que llevar a la pr&aacute;ctica la mayor&iacute;a del texto, as&iacute; como un fondo econ&oacute;mico bien coordinado para aplicarlo con la m&aacute;xima eficiencia. De ser as&iacute;, nos encontrar&iacute;amos frente a un escenario de lo m&aacute;s esperanzador. Pero en caso contrario, estar&iacute;amos hablando de papel mojado con tinta, sin mayor trascendencia para los animales y para nuestra sociedad.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Irene Torres Márquez]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/caballodenietzsche/proteccion-animal-galicia-avances-retrocesos_132_3263970.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 25 Jul 2017 18:55:43 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La nueva ley de protección animal en Galicia: avances, retrocesos y retos]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Leyes,Galicia,Maltrato animal]]></media:keywords>
    </item>
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