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    <title><![CDATA[elDiario.es - OCU - Organización de Consumidores y Usuarios]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/temas/ocu/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - OCU - Organización de Consumidores y Usuarios]]></description>
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    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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      <title><![CDATA[Una futura sentencia de la Unión Europea podría agilizar las devoluciones en los casos de 'pishing']]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/futura-sentencia-union-europea-agilizar-devoluciones-casos-pishing-pm_1_13095591.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/84427227-cf97-413f-9e2b-25b9791b43d1_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Una futura sentencia de la Unión Europea podría agilizar las devoluciones en los casos de &#039;pishing&#039;"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El abogado general del TJUE plantea “reembolsar primero y discutir después”, estrategia que garantizaría la liquidez inmediata de las víctimas que sufren ciberestafas</p><p class="subtitle">Nueva campaña de 'pishing' que busca estafar a través de Mi Carpeta Ciudadana: así funciona y cómo evitarla</p><p class="subtitle">En qué consiste el ciberengaño que pretende obtener tus datos bancarios haciéndose pasar por Netflix</p></div><p class="article-text">
        Las <strong>v&iacute;ctimas</strong> de estafas digitales como el '<strong>phishing</strong>' podr&iacute;an contar pronto con una <strong>protecci&oacute;n jur&iacute;dica sin precedentes</strong> gracias a la <strong>Uni&oacute;n Europea</strong>. Y es que el <a href="https://www.eldiario.es/temas/tjue/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n Europea (TJUE)</a> estudia actualmente un caso que podr&iacute;a obligar a los bancos a <strong>agilizar las devoluciones</strong> de dinero sustra&iacute;do. Seg&uacute;n las conclusiones del Abogado General, las entidades financieras deber&iacute;an realizar reembolsos autom&aacute;ticos incluso ante sospechas de descuido por parte del usuario afectado. Esta postura busca equilibrar la balanza en un escenario donde los ataques de ciberdelincuentes son cada vez m&aacute;s sofisticados y dif&iacute;ciles de detectar. Si el tribunal confirma este criterio, el proceso de recuperaci&oacute;n de fondos dejar&aacute; de ser una carrera de obst&aacute;culos para los ciudadanos estafados por la <a href="https://www.eldiario.es/temas/ciberdelincuencia/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">ciberdelincuencia</a>.
    </p><p class="article-text">
        El cambio normativo afectar&iacute;a directamente a c&oacute;mo los proveedores de servicios gestionan los fraudes por enlaces falsos o suplantaci&oacute;n de identidad. En la actualidad, el principal escollo para los usuarios es que los bancos suelen rechazar sistem&aacute;ticamente el reembolso alegando una supuesta <strong>negligencia grave del cliente</strong>. Esta pr&aacute;ctica obliga a la parte m&aacute;s d&eacute;bil del contrato a soportar el golpe econ&oacute;mico inicial y a iniciar procesos judiciales costosos. Muchas personas terminan renunciando a su dinero debido al desgaste emocional y al tiempo que conlleva litigar contra una gran entidad financiera. Organizaciones de consumidores como la <a href="https://www.eldiario.es/temas/ocu/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">OCU</a> denuncian que las entidades usan este argumento de forma gen&eacute;rica y sin aportar pruebas concretas de la falta de cuidado.
    </p><p class="article-text">
        Este vac&iacute;o legal permite en la actualidad que los bancos desplacen la responsabilidad al consumidor desde el primer momento de la reclamaci&oacute;n. La futura sentencia europea pretende acabar con esta indefensi&oacute;n estructural permitiendo que el afectado recupere su liquidez de forma inmediata y sencilla. El Abogado General del <a href="https://www.eldiario.es/temas/tjue/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">TJUE</a>, Athanasios Rantos, ha defendido concretamente y con claridad que el <strong>reembolso</strong> debe ser la <strong>prioridad absoluta tras una estafa</strong>. Sus conclusiones, aunque no son vinculantes para el tribunal, suelen marcar la l&iacute;nea que seguir&aacute; la sentencia definitiva en los pr&oacute;ximos meses. Rantos sostiene que la normativa europea de servicios de pago exige que el banco devuelva el importe el mismo d&iacute;a h&aacute;bil de la queja.&nbsp;
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                    alt="Lo que se busca es equilibrar la balanza en un escenario donde los ataques de ciberdelincuentes son cada vez más sofisticados y difíciles de detectar"
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                Lo que se busca es equilibrar la balanza en un escenario donde los ataques de ciberdelincuentes son cada vez más sofisticados y difíciles de detectar                            </span>
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        Bajo esta premisa, la entidad no podr&iacute;a bloquear el dinero bas&aacute;ndose &uacute;nicamente en su propia sospecha subjetiva sobre el comportamiento del usuario. Se trata de un <strong>cambio de paradigma</strong>: primero se restablece el saldo de la cuenta y despu&eacute;s se discute la culpabilidad. Esta interpretaci&oacute;n refuerza los derechos financieros de los consumidores frente a la creciente ola de fraudes en la banca electr&oacute;nica actual. El origen de esta controversia legal se encuentra en un juzgado de Polonia que elev&oacute; una cuesti&oacute;n prejudicial al alto tribunal comunitario. El caso involucra a una mujer que fue v&iacute;ctima de un enga&ntilde;o tras recibir un enlace falso que imitaba a su entidad bancaria. Los estafadores consiguieron sus claves de acceso y realizaron un pago no autorizado que el banco se neg&oacute; a cubrir inicialmente.
    </p><p class="article-text">
        La entidad argument&oacute; que la divulgaci&oacute;n de las credenciales, incluso bajo enga&ntilde;o, constitu&iacute;a una infracci&oacute;n grave de las obligaciones de seguridad. La afectada defendi&oacute; ante los tribunales que solo el fraude propio o la mala fe probada deber&iacute;an impedir el reintegro inmediato. Esta disputa ha servido para que el <a href="https://www.eldiario.es/temas/tjue/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">TJUE</a> defina si la negligencia es motivo suficiente para retener fondos sustra&iacute;dos fraudulentamente. La tesis defendida por el Abogado General distingue n&iacute;tidamente entre la devoluci&oacute;n inmediata y la <strong>responsabilidad final del incidente econ&oacute;mico</strong>. El banco debe reintegrar el dinero sin dilaciones, pero esto no significa que el cliente quede exento de toda responsabilidad posterior.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Es decir, si m&aacute;s adelante se demuestra que el usuario actu&oacute; con un descuido inexcusable, el banco podr&aacute; reclamar legalmente el importe devuelto. Este mecanismo evita que la simple acusaci&oacute;n de negligencia sirva como excusa autom&aacute;tica para que el banco no pague desde el inicio. El objetivo es que el usuario no cargue con la p&eacute;rdida inicial mientras se resuelve la compleja investigaci&oacute;n t&eacute;cnica del fraude. Es una estrategia de &ldquo;<strong>reembolsar primero y discutir despu&eacute;s</strong>&rdquo; que garantiza la <strong>liquidez inmediata</strong> de las v&iacute;ctimas de estos delitos.
    </p><h2 class="article-text">Futuro precedente obligatorio</h2><p class="article-text">
        Seg&uacute;n el Derecho europeo, solo existe una excepci&oacute;n v&aacute;lida para que un banco frene el reembolso autom&aacute;tico de una operaci&oacute;n no autorizada. La entidad solo podr&iacute;a negarse si tiene <strong>motivos razonables para sospechar un fraude</strong> cometido por el propio usuario de la cuenta. En tal caso, el banco est&aacute; obligado a comunicar sus sospechas por escrito al organismo supervisor nacional, como el <strong>Banco de Espa&ntilde;a</strong>. Fuera de este supuesto, la sospecha de haber pinchado en un enlace malicioso no bastar&iacute;a para retener el dinero. La carga de la prueba recae sobre la instituci&oacute;n financiera, que debe demostrar ante un juez la negligencia espec&iacute;fica del cliente. De este modo, se protege a los aut&oacute;nomos y consumidores de la indefensi&oacute;n que supone enfrentarse a algoritmos bancarios opacos.
    </p><p class="article-text">
        En Espa&ntilde;a, la situaci&oacute;n es cr&iacute;tica debido al <strong>aumento exponencial de casos de 'phishing'</strong> que terminan en largas disputas sin resoluci&oacute;n r&aacute;pida. La <a href="https://www.eldiario.es/temas/ocu/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">OCU</a> se&ntilde;ala que muchas entidades rechazan los reembolsos de forma autom&aacute;tica, obligando a los afectados a acudir al <strong>Banco de Espa&ntilde;a</strong>. Sin embargo, el supervisor nacional reconoce a menudo que determinar la existencia de negligencia grave excede sus competencias administrativas. Esto deja a los ciudadanos en un callej&oacute;n sin salida legal que solo se resuelve mediante demandas judiciales lentas y costosas. La futura sentencia del <a href="https://www.eldiario.es/temas/tjue/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">TJUE</a> sentar&aacute; un precedente obligatorio que todos los juzgados de la <strong>Uni&oacute;n Europea</strong> deber&aacute;n acatar y aplicar. Los protocolos internos de las cajas y bancos espa&ntilde;oles tendr&aacute;n que ser revisados profundamente para cumplir con el nuevo marco protector.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alberto Gómez]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/futura-sentencia-union-europea-agilizar-devoluciones-casos-pishing-pm_1_13095591.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 25 Mar 2026 10:30:25 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Una futura sentencia de la Unión Europea podría agilizar las devoluciones en los casos de 'pishing']]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[TJUE - Tribunal de Justicia de la Unión Europea,Ciberdelincuencia,Consumo,Compras online,OCU - Organización de Consumidores y Usuarios]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Alerta alimentaria por posible presencia de astillas de madera en lotes de queso rallado Alteza, Albéniz y Froiz]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/castilla-la-mancha/agroalimentaria/alerta-alimentaria-posible-presencia-astillas-madera-lotes-queso-rallado-alteza-albeniz-froiz_1_13015817.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/88d96514-6535-461c-abb3-bf3cd713d9a9_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Alerta alimentaria por posible presencia de astillas de madera en lotes de queso rallado Alteza, Albéniz y Froiz"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La distribución inicial ha llegado a varias comunidades autónomas entre ellas Castilla-La Mancha. La Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición ha recomendado a las personas que tengan en su domicilio productos afectados por esta alerta que se abstengan de consumirlos
</p><p class="subtitle">Dos bebés afectados y uno sospechoso por consumir leche de fórmula contaminada en Castilla-La Mancha</p></div><p class="article-text">
        La Agencia Espa&ntilde;ola de Seguridad Alimentaria y Nutrici&oacute;n (AESAN) ha alertado este lunes de la posible presencia de astillas de madera en lotes de queso rallado de las marcas Alteza, Alb&eacute;niz y Froiz, a ra&iacute;z de una notificaci&oacute;n trasladada por las autoridades sanitarias de Navarra.
    </p><p class="article-text">
        Los productos afectados son 'Queso rallado gouda', de la marca Alteza, con n&uacute;mero de lote 2426026, fecha de caducidad 05.06.2026 y un peso por unidad de 200 gramos. Adem&aacute;s, 'Queso rallado gouda', de la marca Alb&eacute;niz, con n&uacute;mero de lote 2426026, fecha de caducidad 05.06.2026 y peso por unidad de 1 kilogramo.
    </p><p class="article-text">
        Junto a estos, est&aacute; afectado por la alerta 'Queso rallado mozzarella y provolone', de la marca Froiz, con n&uacute;mero de lote 2426026, fecha de caducidad 05.06.2026 y un peso por unidad de 200 gramos.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n la informaci&oacute;n disponible, la distribuci&oacute;n inicial ha sido a las comunidades aut&oacute;nomas de Andaluc&iacute;a, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y Le&oacute;n, Galicia y Navarra, aunque no se descarta que puedan existir redistribuciones a otros territorios.
    </p><p class="article-text">
        La AESAN, dependiente del Ministerio de Consumo, ha recomendado a las personas que tengan en su domicilio productos afectados por esta alerta que se abstengan de consumirlos.
    </p><p class="article-text">
        Esta informaci&oacute;n ha sido trasladada a las autoridades competentes de las comunidades aut&oacute;nomas a trav&eacute;s del Sistema Coordinado de Intercambio R&aacute;pido de Informaci&oacute;n (SCIRI) con el objeto de que se verifique la retirada de los productos afectados de los canales de comercializaci&oacute;n.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Europa Press]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/castilla-la-mancha/agroalimentaria/alerta-alimentaria-posible-presencia-astillas-madera-lotes-queso-rallado-alteza-albeniz-froiz_1_13015817.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 24 Feb 2026 11:30:56 +0000]]></pubDate>
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      <media:keywords><![CDATA[Consumo,Alimentos,Alimentación,Queso,Supermercados,OCU - Organización de Consumidores y Usuarios]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[En qué consiste el ciberengaño que pretende obtener tus datos bancarios haciéndose pasar por Netflix]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/consiste-ciberengano-pretende-obtener-datos-bancarios-haciendose-pasar-netflix-pm_1_12984958.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/dff161a8-f5b5-4340-95de-657e35f8dbcb_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="En qué consiste el ciberengaño que pretende obtener tus datos bancarios haciéndose pasar por Netflix"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El usuario siente que hay un problema de pago con la plataforma por culpa de un falso correo electrónico, previo a una operación matemática que genera la sensación de seguridad</p><p class="subtitle">Este es el nuevo intento de estafa que puede llegarte a través de un correo electrónico falso de la Agencia Tributaria</p></div><p class="article-text">
        El <strong>Instituto Nacional de Ciberseguridad</strong> (<strong>INCIBE</strong>) ha identificado una nueva y peligrosa campa&ntilde;a de &lsquo;<strong>phishing</strong>&rsquo;, que en este caso suplanta a <a href="https://www.eldiario.es/temas/netflix/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Netflix</a>, para robar datos financieros. La estafa comienza con un correo electr&oacute;nico que alega un problema de pago que impide al usuario acceder a su cuenta. Seg&uacute;n los informes oficiales del <strong>INCIBE</strong>, el asunto m&aacute;s com&uacute;n utilizado por los atacantes es &ldquo;NETFLIX &ndash; Actualiza tu cuenta para volver a ver&rdquo;. Esta notificaci&oacute;n busca enga&ntilde;ar a los suscriptores creando un f<strong>also sentido de urgencia</strong>. El instituto recalca que estos correos no son leg&iacute;timos y deben ser manejados con extrema precauci&oacute;n por los usuarios en pro de la <a href="https://www.eldiario.es/temas/ciberseguridad/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">ciberseguridad</a>.
    </p><p class="article-text">
        La estrategia empleada por los <strong>ciberdelincuentes</strong> se centra esta vez en la presi&oacute;n psicol&oacute;gica de perder el acceso al servicio. Los usuarios reciben un mensaje indicando que no ha sido posible procesar el pago asociado a su suscripci&oacute;n. Para resolver este supuesto incidente, se les incita a pulsar un bot&oacute;n para actualizar su <strong>informaci&oacute;n personal</strong>. Este gancho resulta muy efectivo porque imita a la perfecci&oacute;n la est&eacute;tica visual y el dise&ntilde;o de la plataforma. Tanto <strong>INCIBE</strong> como la <a href="https://www.eldiario.es/temas/ocu/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">OCU</a> advierten que se trata de una trampa dise&ntilde;ada para capturar datos sensibles.
    </p><p class="article-text">
        Un detalle curioso de este fraude es la inclusi&oacute;n de una <strong>operaci&oacute;n matem&aacute;tica</strong> sencilla antes de acceder al sitio. Una vez que el usuario hace clic en el enlace, se le pide resolver una suma para continuar. Esta t&aacute;ctica se utiliza para generar una <strong>falsa sensaci&oacute;n de seguridad</strong> y legitimidad en todo el proceso. Simula un sistema de verificaci&oacute;n com&uacute;n en p&aacute;ginas oficiales, logrando que la v&iacute;ctima conf&iacute;e plenamente en el sitio. Sin embargo, no es m&aacute;s que otra capa de enga&ntilde;o para ocultar la naturaleza maliciosa del portal. Tras la falsa verificaci&oacute;n, la v&iacute;ctima es redirigida a una p&aacute;gina que luce exactamente igual al inicio de sesi&oacute;n de <a href="https://www.eldiario.es/temas/netflix/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Netflix</a>. En este espacio, los delincuentes solicitan las credenciales de acceso, incluyendo el correo electr&oacute;nico y la contrase&ntilde;a. Posteriormente, aparece un formulario que solicita detalles personales y la informaci&oacute;n completa de la tarjeta bancaria. Al facilitar estos datos, el usuario otorga a los atacantes <strong>acceso total</strong> a sus cuentas y finanzas.&nbsp;
    </p><figure class="ni-figure">
        
                                            






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                    alt="Los ciberdelincuentes piden resolver una suma para continuar, táctica utilizada para generar una falsa sensación de seguridad y legitimidad"
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                Los ciberdelincuentes piden resolver una suma para continuar, táctica utilizada para generar una falsa sensación de seguridad y legitimidad                            </span>
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        Para identificar este fraude, la <a href="https://www.eldiario.es/temas/ocu/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">OCU</a> recomienda prestar especial atenci&oacute;n a la direcci&oacute;n del remitente del correo. Aunque el dise&ntilde;o y la maquetaci&oacute;n parezcan oficiales, <strong>el dominio del correo no se corresponde</strong> con el de <strong>Netflix</strong>. Adem&aacute;s, se debe pasar el rat&oacute;n sobre cualquier enlace para visualizar la direcci&oacute;n URL de destino real. Habitualmente, estas direcciones est&aacute;n acortadas o no tienen relaci&oacute;n alguna con el sitio oficial del gigante del streaming. <a href="https://www.eldiario.es/temas/netflix/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Netflix</a> aclara en su ayuda que nunca solicita datos de pago a trav&eacute;s de correos.
    </p><p class="article-text">
        La prevenci&oacute;n es la mejor herramienta contra estos ataques que acechan constantemente a los usuarios en el entorno digital. Es fundamental evitar ir a enlaces incluidos en <strong>correos electr&oacute;nicos</strong> o mensajes de texto que resulten <strong>sospechosos</strong>. Si existe una duda real sobre el estado de un pago, se debe acudir directamente a la web oficial: acceder a trav&eacute;s del navegador y consultar el centro de ayuda es la &uacute;nica v&iacute;a segura de comprobaci&oacute;n. Tanto <strong>INCIBE</strong> como <strong>OCU</strong> recalcan que nunca se deben facilitar claves personales en mensajes no solicitados.
    </p><p class="article-text">
        Si un usuario ya ha facilitado sus <strong>datos bancarios</strong>, es estrictamente necesario tomar medidas de forma inmediata. El primer paso recomendado por <strong>INCIBE</strong> es ponerse en contacto con el banco para bloquear la tarjeta. Es vital reportar la situaci&oacute;n para que la entidad pueda supervisar o anular cualquier movimiento que resulte sospechoso. Revisar los &uacute;ltimos cargos en la cuenta bancaria es tambi&eacute;n una prioridad para detectar extracciones no autorizadas. Actuar con rapidez puede evitar p&eacute;rdidas financieras mayores y ayudar a la entidad a asegurar los fondos.
    </p><h2 class="article-text">Recopilar pruebas</h2><p class="article-text">
        La <strong>protecci&oacute;n legal </strong>es otro aspecto fundamental al enfrentarse a estos casos de suplantaci&oacute;n de identidad digital. <strong>INCIBE</strong> sugiere recopilar todas las evidencias posibles, como capturas de pantalla y enlaces maliciosos, para realizar un informe. Esta informaci&oacute;n es clave a la hora de presentar una denuncia ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Adem&aacute;s, es aconsejable practicar el &lsquo;egosurfing&rsquo; para comprobar si los datos personales se han filtrado. Esto consiste en buscar el nombre de uno mismo en internet para detectar posibles usos no autorizados de la informaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Finalmente, las v&iacute;ctimas de <strong>fraudes cibern&eacute;ticos</strong> no est&aacute;n solas y cuentan con recursos especializados para gestionar estos ciberdelitos de manera efectiva. La OCU ofrece su apoyo a los consumidores afectados, mientras que INCIBE dispone de un buz&oacute;n de incidentes espec&iacute;fico. Enviar el correo fraudulento a este buz&oacute;n ayuda a prevenir que otras personas caigan en la misma trampa. Cambiar las contrase&ntilde;as en todas las cuentas que compartan las mismas credenciales es tambi&eacute;n una medida obligatoria. La concienciaci&oacute;n continua y la denuncia son, aseguran los expertos en <a href="https://www.eldiario.es/temas/ciberseguridad/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">ciberseguridad</a>, las mejores defensas ante las cambiantes amenazas del &lsquo;phishing&rsquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alberto Gómez]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/consiste-ciberengano-pretende-obtener-datos-bancarios-haciendose-pasar-netflix-pm_1_12984958.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 12 Feb 2026 12:30:48 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[En qué consiste el ciberengaño que pretende obtener tus datos bancarios haciéndose pasar por Netflix]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Ciberseguridad,Netflix,OCU - Organización de Consumidores y Usuarios]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Alerta por posible presencia de plástico en hamburguesas de Cárnicas Gallego, distribuidas en Castilla-La Mancha]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/castilla-la-mancha/agroalimentaria/alerta-posible-presencia-plastico-hamburguesas-carnicas-gallego-distribuidas-castilla-mancha_1_12984329.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/3695eba7-c9bc-4456-9af4-83f0012bef9a_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Alerta por posible presencia de plástico en hamburguesas de Cárnicas Gallego, distribuidas en Castilla-La Mancha"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Se trata de los productos 'burger meat' picada de vacuno y 'burger meat' picada mixta. La Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición recomienda a las personas que tengan en su domicilio estos productos afectados por esta alerta que se abstengan de consumirlos</p><p class="subtitle">En información pública las nuevas hojas de reclamación de consumo de Castilla-La Mancha que permiten el trámite online</p></div><p class="article-text">
        La Agencia Espa&ntilde;ola de Seguridad Alimentaria y Nutrici&oacute;n (Aesan) ha lanzado una alerta este mi&eacute;rcoles por la posible presencia de fragmentos de pl&aacute;stico en carne de hamburguesa picada de vacuno y carne de hamburguesa picada mixta de la marca C&aacute;rnicas Gallego.
    </p><p class="article-text">
        En concreto, se trata de los productos 'burger meat' picada de vacuno y 'burger meat' picada mixta (vacuno y cerdo) de la marca C&aacute;rnicas G&aacute;llego, ambos del lote 6061 y con fecha de caducidad 13/02/2026.
    </p><p class="article-text">
        La informaci&oacute;n ha sido facilitada por la propia empresa, que ha comunicado la incidencia a las autoridades competentes, en cumplimiento de la legislaci&oacute;n y a fin de no poner a disposici&oacute;n de la poblaci&oacute;n alimentos no seguros.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n la informaci&oacute;n disponible, la distribuci&oacute;n inicial ha sido a las comunidades aut&oacute;nomas de Arag&oacute;n, Castilla-La Mancha, Castilla y Le&oacute;n, Madrid y Comunidad Valenciana, si bien no es descartable que puedan existir redistribuciones a otras comunidades aut&oacute;nomas.
    </p><p class="article-text">
        Esta informaci&oacute;n ha sido trasladada a las autoridades competentes de las comunidades aut&oacute;nomas a trav&eacute;s del Sistema Coordinado de Intercambio R&aacute;pido de Informaci&oacute;n (Sciri) con el objeto de que se verifique la retirada de los productos afectados de los canales de comercializaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        La Aesan recomienda a las personas que tengan en su domicilio estos productos afectados por esta alerta que se abstengan de consumirlos.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[AgroalimentariaCLM]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/castilla-la-mancha/agroalimentaria/alerta-posible-presencia-plastico-hamburguesas-carnicas-gallego-distribuidas-castilla-mancha_1_12984329.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 12 Feb 2026 09:33:20 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Alerta por posible presencia de plástico en hamburguesas de Cárnicas Gallego, distribuidas en Castilla-La Mancha]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Carne,Alimentación,Consumo,OCU - Organización de Consumidores y Usuarios,Alimentos]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[En información pública las nuevas hojas de reclamación de consumo de Castilla-La Mancha que permiten el trámite online]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/castilla-la-mancha/agroalimentaria/informacion-publica-nuevas-hojas-reclamacion-consumo-castilla-mancha-permiten-tramite-online_1_12968425.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/4983680d-0582-4c34-8383-111cc30cfcc8_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="En información pública las nuevas hojas de reclamación de consumo de Castilla-La Mancha que permiten el trámite online"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Este proyecto de decreto estará a disposición de las personas interesadas durante 20 días en el Tablón de Anuncios Electrónico de la Administración de la Junta de Comunidades 
</p><p class="subtitle">Los huevos son el alimento que más ha subido en el último año, mientras que el aceite de oliva es el que más ha bajado</p></div><p class="article-text">
        El Gobierno de Castilla-La Mancha ha dispuesto la apertura de un periodo de informaci&oacute;n p&uacute;blica durante 20 d&iacute;as, a partir de este viernes, sobre el proyecto de decreto de las hojas de reclamaciones de las personas consumidoras en la regi&oacute;n. As&iacute; figura en la resoluci&oacute;n de la Secretar&iacute;a General, publicada este jueves en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM).
    </p><p class="article-text">
        Las principales novedades de esta norma son la posibilidad de presentar las reclamaciones mediante medios electr&oacute;nicos as&iacute; como el establecimiento de un criterio com&uacute;n de tramitaci&oacute;n de las mismas para determinar el &oacute;rgano territorialmente competente, que ser&aacute; el del domicilio de la persona consumidora reclamante
    </p><p class="article-text">
        Este proyecto de decreto estar&aacute; a disposici&oacute;n de las personas interesadas en el<a href="https://www.jccm.es/servicios/tablon-de-anuncios/32244" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"> Tabl&oacute;n de Anuncios Electr&oacute;nico de la Administraci&oacute;n de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha</a>, incluido en la direcci&oacute;n de la sede electr&oacute;nica: https://www.jccm.es/servicios/tablon-deanuncios, para que puedan presentar las alegaciones u observaciones que estimen oportunas.
    </p><p class="article-text">
        Las alegaciones se podr&aacute;n presentar en cualquiera de los registros y oficinas previstos en el art&iacute;culo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, as&iacute; como a trav&eacute;s de la direcci&oacute;n de correo electr&oacute;nico <a href="mailto:sgsanidad@jccm.es" target="_blank" class="link">sgsanidad@jccm.es</a>.
    </p><h2 class="article-text">Decreto</h2><p class="article-text">
        El decreto consta de cuatro cap&iacute;tulos, una disposici&oacute;n adicional, una disposici&oacute;n derogatoria, dos disposiciones finales y tres anexos. El cap&iacute;tulo I establece las disposiciones generales; el cap&iacute;tulo II regula las hojas de reclamaciones y cartel anunciador; el cap&iacute;tulo III fija el procedimiento a seguir y el cap&iacute;tulo IV dispone el r&eacute;gimen de inspecci&oacute;n y sancionador.
    </p><p class="article-text">
        La disposici&oacute;n adicional hace referencia a la adaptaci&oacute;n del modelo de hoja de reclamaciones a personas consumidoras con discapacitadad. La disposici&oacute;n derogatoria establece la derogaci&oacute;n del Decreto 72/1997, de 24 de junio, y la Orden de 28 de julio de 1997, de la Consejer&iacute;a de Sanidad. Las dos disposiciones finales se refieren a la habilitaci&oacute;n para el desarrollo y ejecuci&oacute;n y la entrada en vigor.
    </p><p class="article-text">
        En el texto se han tenido en cuenta el principio de seguridad jur&iacute;dica, con el objetivo de lograr un texto claro, integrado con el resto de las normas que conforman el &aacute;mbito del derecho de consumo, as&iacute; como el principio de transparencia para posibilitar el acceso de las potenciales personas destinatarias a los documentos propios de su proceso de elaboraci&oacute;n, y su participaci&oacute;n en dicho proceso. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Pilar Virtudes]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/castilla-la-mancha/agroalimentaria/informacion-publica-nuevas-hojas-reclamacion-consumo-castilla-mancha-permiten-tramite-online_1_12968425.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 06 Feb 2026 10:03:28 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[En información pública las nuevas hojas de reclamación de consumo de Castilla-La Mancha que permiten el trámite online]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[OCU - Organización de Consumidores y Usuarios,Consumo,Información pública]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Charter, la franquicia de Consum para pequeñas poblaciones y barrios urbanos, abre un establecimiento en Priego]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/castilla-la-mancha/agroalimentaria/charter-franquicia-consum-pequenas-poblaciones-barrios-urbanos-abre-establecimiento-priego_1_12955558.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/7e97372d-73b5-48ea-88e4-0a9087fb712e_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Charter, la franquicia de Consum para pequeñas poblaciones y barrios urbanos, abre un establecimiento en Priego"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Se trata de la primera tienda que la marca inaugura en este 2026 a nivel nacional. Ya tiene presencia en otras localidades de la provincia de Cuenca
</p><p class="subtitle">El fenómeno gastronómico ‘Las Tartas de Julita’ abre tienda en Albacete con más de 40 sabores</p></div><p class="article-text">
        La marca de supermercados Consum ha abierto un establecimiento de su franquicia Charter en Priego (Cuenca). Charter es una franquicia que da servicio a las peque&ntilde;as poblaciones y barrios urbanos que no disponen de poblaci&oacute;n suficiente para la implantaci&oacute;n de un gran supermercado, pero necesitan una buena instalaci&oacute;n a su medida donde realizar sus compras diarias.
    </p><p class="article-text">
        El nuevo establecimiento se encuentra en la calle Gorgonio de la Llana,22 y abre de lunes a s&aacute;bado en horario de 9 a 21 horas. Cuenca con secciones de fruta y verdura, congelados, refrigerados, perfumer&iacute;a, bodega y droguer&iacute;a.
    </p><p class="article-text">
        Esta franquicia es la primera de Consum en 2026 a nivel nacional. En la provincia de Cuenca, Charter ya est&aacute; presente en Huete, Montalbo, Ca&ntilde;ete, Carboneras de Guadaz&oacute;n y Las Valeras, entre otros.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Pilar Virtudes]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/castilla-la-mancha/agroalimentaria/charter-franquicia-consum-pequenas-poblaciones-barrios-urbanos-abre-establecimiento-priego_1_12955558.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 02 Feb 2026 11:48:03 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Charter, la franquicia de Consum para pequeñas poblaciones y barrios urbanos, abre un establecimiento en Priego]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Consumo,Cuenca,Supermercados,Alimentación,OCU - Organización de Consumidores y Usuarios]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La OCU advierte fraudes telefónicos de 50 euros por llamada al marcar números que empiezan por 807]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/ocu-advierte-fraudes-telefonicos-50-euros-llamada-marcar-numeros-empiezan-807-pm_1_12942284.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/18c61e51-712f-4025-907d-dcb9388ef50e_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La OCU advierte fraudes telefónicos de 50 euros por llamada al marcar números que empiezan por 807"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El engaño hace que el consumidor sea redirigido a una “línea específica” o al "departamento" correspondiente que resulta ser siempre una línea de tarificación especial</p><p class="subtitle">Rebajas de enero que no lo son: consejos para evitar descuentos falsos y publicidad engañosa</p></div><p class="article-text">
        La <a href="https://www.eldiario.es/temas/ocu/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Organizaci&oacute;n de Consumidores y Usuarios (OCU)</a> ha advertido sobre un sofisticado fraude telef&oacute;nico que suplanta servicios de atenci&oacute;n al cliente. Esta estafa, basada en el uso de n&uacute;meros de tarificaci&oacute;n adicional que comienzan por el <strong>prefijo 807</strong>, puede llegar a costar hasta 50 euros por cada llamada realizada por el usuario desprevenido o enga&ntilde;ado. Seg&uacute;n la organizaci&oacute;n, se han detectado numerosos anuncios patrocinados en motores de b&uacute;squeda dise&ntilde;ados espec&iacute;ficamente para enga&ntilde;ar a los ciudadanos que buscan ayuda t&eacute;cnica o administrativa oficial. La <strong>OCU</strong> advierte que esta pr&aacute;ctica ilegal est&aacute; ganando terreno y afecta a miles de personas en todo el territorio nacional de manera preocupante. Se trata de una t&aacute;ctica que aprovecha la vulnerabilidad de quien necesita solucionar un problema urgente con una empresa o una administraci&oacute;n p&uacute;blica determinada.
    </p><p class="article-text">
        El proceso del enga&ntilde;o comienza cuando un consumidor realiza una b&uacute;squeda en internet para encontrar, por ejemplo, el contacto de una empresa de mensajer&iacute;a, un servicio de gr&uacute;a o una cita en el SEPE. Los estafadores compran espacios publicitarios para que sus enlaces aparezcan en las primeras posiciones de los resultados de Google, superando a menudo a las p&aacute;ginas oficiales de las entidades. Estos anuncios suelen mostrar n&uacute;meros de tel&eacute;fono con <strong>prefijos geogr&aacute;ficos</strong> convencionales, como el 91 o el 93, para generar una <strong>falsa sensaci&oacute;n de seguridad y confianza</strong> en la v&iacute;ctima. Al ver un n&uacute;mero que parece local, el usuario asume err&oacute;neamente que la llamada estar&aacute; incluida en su tarifa plana contratada y procede a marcarlo. De este modo, el primer contacto se establece sin que el ciudadano sospeche en absoluto que est&aacute; ante una estafa.
    </p><p class="article-text">
        Una vez que el usuario marca el n&uacute;mero geogr&aacute;fico que aparece en el anuncio fraudulento, es atendido por un operador que solicita datos personales b&aacute;sicos para ganarse su confianza. Tras esta breve toma de contacto, el interlocutor redirige la llamada o indica al consumidor que debe marcar una <strong>&ldquo;l&iacute;nea espec&iacute;fica&rdquo;</strong> o un departamento correspondiente para resolver su duda. Este nuevo n&uacute;mero resulta ser siempre <strong>una l&iacute;nea 807 de tarificaci&oacute;n especial</strong>, aunque se presente como un paso necesario para completar la gesti&oacute;n solicitada por el cliente. En este punto exacto comienza el verdadero <strong>perjuicio econ&oacute;mico</strong>, ya que el usuario entra en un sistema de <strong>cobro por minuto extremadamente elevado</strong> y ajeno a su tarifa. La transici&oacute;n entre el n&uacute;mero aparentemente gratuito y el de pago se realiza de forma tan sutil que el afectado apenas lo nota inicialmente.
    </p><figure class="ni-figure">
        
                                            






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                    alt="Para evitar caer en estas trampas, se recomienda verificar siempre el número oficial de la empresa o institución antes de llamar"
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                Para evitar caer en estas trampas, se recomienda verificar siempre el número oficial de la empresa o institución antes de llamar                            </span>
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                </figure><p class="article-text">
        La <a href="https://www.eldiario.es/temas/ocu/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">OCU</a> denuncia que, una vez que el consumidor est&aacute; en la <strong>l&iacute;nea 807</strong>, los operadores prolongan la comunicaci&oacute;n de manera deliberada mediante diversas <strong>t&aacute;cticas enga&ntilde;osas y malintencionadas</strong>. Estas incluyen largas esperas innecesarias, la solicitud repetitiva de informaci&oacute;n ya facilitada o el suministro de datos confusos que obligan a permanecer al tel&eacute;fono mucho m&aacute;s tiempo. El objetivo final de los estafadores es maximizar la duraci&oacute;n de la llamada para que la factura final ascienda lo m&aacute;ximo posible, llegando al l&iacute;mite de los <strong>50 euros</strong>. Es un negocio basado exclusivamente en el tiempo que la v&iacute;ctima permanece conectada a este tipo de numeraci&oacute;n especial sin ser plenamente consciente del gasto acumulado. Por ello, cada segundo de espera se traduce en un beneficio directo para los organizadores detr&aacute;s de este lucrativo fraude telef&oacute;nico.
    </p><p class="article-text">
        Es fundamental recordar que la normativa vigente proh&iacute;be taxativamente el uso de numeraciones 807 como l&iacute;neas de <strong>atenci&oacute;n al cliente</strong>, ya que estas est&aacute;n reservadas para servicios profesionales. Seg&uacute;n explica la organizaci&oacute;n, estos prefijos deber&iacute;an utilizarse <strong>solo para consultas jur&iacute;dicas, t&eacute;cnicas o m&eacute;dicas</strong> muy espec&iacute;ficas y nunca para dar apoyo general a usuarios de empresas. Al emplear estas l&iacute;neas para la atenci&oacute;n al ciudadano, las empresas implicadas est&aacute;n vulnerando de forma clara los derechos de los consumidores y las leyes de telecomunicaciones. La <a href="https://www.eldiario.es/temas/ocu/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">OCU</a> insiste en que se trata de un <strong>fraude</strong> que utiliza vac&iacute;os en la supervisi&oacute;n para lucrarse a costa del bolsillo del ciudadano medio.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Ante los hechos detectados, la <strong>OCU</strong> ha elevado una denuncia solicitando medidas urgentes y sanciones ejemplares para los infractores que operan bajo estas modalidades. La organizaci&oacute;n de consumidores pide que se bloqueen estas pr&aacute;cticas y se garantice la protecci&oacute;n efectiva de los usuarios frente a este tipo de enga&ntilde;os masivos. Adem&aacute;s, reivindican que cualquier servicio de tarificaci&oacute;n adicional, incluidos los <strong>SMS premium</strong>, requiera siempre una <strong>autorizaci&oacute;n expresa</strong> y clara del consumidor antes del cobro. Sin esta autorizaci&oacute;n previa y consciente, el usuario queda totalmente expuesto a cargos autom&aacute;ticos que a menudo no descubre hasta que recibe su factura mensual. Esta medida de consentimiento expl&iacute;cito ser&iacute;a la barrera defensiva m&aacute;s eficaz para terminar con los cobros telef&oacute;nicos indebidos.
    </p><h2 class="article-text">Verificar antes de llamar</h2><p class="article-text">
        Otra de las grandes demandas de la organizaci&oacute;n es el impulso de una normativa que permita <strong>identificar</strong> de forma sencilla al <strong>titular </strong>empresarial de <strong>cualquier n&uacute;mero </strong>telef&oacute;nico. Esta transparencia es considerada esencial para combatir el spam y las pr&aacute;cticas enga&ntilde;osas que proliferan en la actualidad sin mecanismos de control realmente eficaces. Tambi&eacute;n se solicita que se refuercen los sistemas de supervisi&oacute;n para impedir que las numeraciones especiales se utilicen como falsas l&iacute;neas de ayuda al cliente. La <a href="https://www.eldiario.es/temas/ocu/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">OCU</a> califica estas acciones como una forma directa de &ldquo;meter la mano en el bolsillo&rdquo; del consumidor mediante el enga&ntilde;o absoluto. La impunidad con la que operan estas redes es uno de los puntos que m&aacute;s preocupa a los expertos en derecho del consumo.
    </p><p class="article-text">
        Para evitar caer en estas trampas, se recomienda <strong>verificar</strong> siempre el <strong>n&uacute;mero</strong> oficial en la <strong>p&aacute;gina web leg&iacute;tima</strong> de la empresa o instituci&oacute;n antes de realizar cualquier llamada. Es vital desconfiar de los primeros resultados patrocinados que aparecen en los buscadores, incluso si muestran n&uacute;meros geogr&aacute;ficos aparentemente inofensivos o locales en su texto. Si se detecta que la llamada est&aacute; siendo redirigida a un n&uacute;mero que comienza por el prefijo 807, lo m&aacute;s prudente es colgar de inmediato para evitar cargos. En caso de haber sido ya v&iacute;ctima de este fraude, se aconseja revisar detalladamente la factura y presentar la correspondiente reclamaci&oacute;n formal ante el operador. La vigilancia constante y la desconfianza ante resultados de b&uacute;squeda dudosos son actualmente las mejores herramientas de protecci&oacute;n ciudadana seg&uacute;n las asociaciones de consumidores.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alberto Gómez]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/ocu-advierte-fraudes-telefonicos-50-euros-llamada-marcar-numeros-empiezan-807-pm_1_12942284.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 28 Jan 2026 11:00:02 +0000]]></pubDate>
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      <media:keywords><![CDATA[OCU - Organización de Consumidores y Usuarios,Fraude,Estafas]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Los huevos son el alimento que más ha subido en el último año, mientras que el aceite de oliva es el que más ha bajado]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/castilla-la-mancha/agroalimentaria/huevos-son-alimento-subido-ultimo-ano-aceite-oliva-bajado_1_12925227.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/29e92f84-4635-4af8-a07f-8eefb01423d1_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Los huevos son el alimento que más ha subido en el último año, mientras que el aceite de oliva es el que más ha bajado"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Castilla-La Mancha es la primera productora de huevos a nivel nacional y la segunda en producción de aceite de oliva
</p><p class="subtitle">El precio del huevo “no debería subir” por la gripe aviar aunque en los dos últimos meses no ha dejado de crecer</p></div><p class="article-text">
        Dos alimentos que produce Castilla-La Mancha, los <a href="https://www.eldiario.es/castilla-la-mancha/agroalimentaria/precio-huevo-no-deberia-subir-gripe-aviar-ultimos-meses-no-dejado-crecer_1_12761130.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">huevos </a>y el <a href="https://www.eldiario.es/castilla-la-mancha/agroalimentaria/campana-aceituna-castilla-mancha-sera-similar-ano-pasado-calidad-excepcional_1_12825382.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">aceite de oliva</a> est&aacute;n en cabeza&nbsp;y cola respectivamente en el precio de los alimentos a lo largo del &uacute;ltimo a&ntilde;o. As&iacute; los huevos medianos son el alimento que m&aacute;s ha incrementado de precio en el &uacute;ltimo a&ntilde;o tras dispararse de media un 38,2%, mientras que el litro de aceite de oliva es lo que m&aacute;s baja con una ca&iacute;da de media del 27,4%, seg&uacute;n el estudio de la evoluci&oacute;n de los precios realizado por Facua-Consumidores en Acci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        En concreto, donde m&aacute;s se ha encarecido los huevos entre enero de 2025 y el mismo mes de este a&ntilde;o ha sido en Aldi, donde la docena de su marca propia ha pasado de 2,05 a 3,10 euros, lo que supone un 51,2% m&aacute;s.
    </p><p class="article-text">
        Las cebollas, por su parte, cuestan actualmente un 15,7% m&aacute;s que hace un a&ntilde;o, mientras que el encarecimiento de los limones ha sido del 14% en este mismo periodo.
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n ha registrado un aumento de precio significativo el aceite de girasol, que se ha elevado un 11,1%, los champi&ntilde;ones laminados (7,4%), las manzanas golden (7,1%), los ajos (7,1%), las zanahorias (5,4%), las patatas (2,6%), las uvas blancas sin pepitas (1,4%), el brik de leche entera (un 1,3%) y el arroz redondo (1,1%).
    </p><p class="article-text">
        De los productos analizados por Facua, el litro de aceite de oliva es el producto que m&aacute;s ha bajado de precio en el &uacute;ltimo a&ntilde;o con una ca&iacute;da de media del 27,4%.
    </p><p class="article-text">
        Por su parte, las peras conferencia acumulan una bajada del 7,7%, los macarrones un 4,2%, la malla de naranjas un 3,7%, las lentejas pardina un 3%, las lechugas iceberg un 0,8% y la harina de trigo un 0,1%.
    </p><p class="article-text">
        Uvas blancas, lo que m&aacute;s sube en enero
    </p><p class="article-text">
        Las uvas blancas, con un alza del 8,5%, los champi&ntilde;ones laminados y las manzanas golden son los alimentos b&aacute;sicos que m&aacute;s se han encarecido en el mes de enero,
    </p><p class="article-text">
        En concreto, la bandeja de uvas blancas sin pepitas (500 gramos) ha experimentado de media un incremento de precio del 8,5%. La mayor subida se ha registrado en Carrefour, donde ha pasado de 2,09 euros en diciembre a 2,39 euros en enero, lo que supone un 14,3% m&aacute;s.
    </p><p class="article-text">
        Por su parte, los champi&ntilde;ones laminados se encarecen de media un 5% en las &uacute;ltimas semanas, protagonizando la subida m&aacute;s acusada en Alcampo, con un 20,6% de incremento (de 1,65 en diciembre a 1,99 euros en enero).
    </p><p class="article-text">
        Mientras que el kilo de manzanas golden es un 4,3% m&aacute;s caro de media que hace unas semanas. La mayor subida se ha dado en Hipercor, donde ha pasado de 2,29 euros en diciembre a 2,79 euros en enero (un 21,8% m&aacute;s).
    </p><p class="article-text">
        El informe revela que en este periodo tambi&eacute;n ha aumentado el precio del aceite de girasol (3% de media), del aceite de oliva (2,3%), la harina de trigo (0,8%), el brik de leche entera (0,5%), la docena de huevos medianos (0,5%), las lechugas iceberg (0,2%) y las peras conferencia (0,2%).
    </p><p class="article-text">
        Por otro lado, el arroz redondo y las zanahorias son los &uacute;nicos alimentos de los analizados en enero que mantienen un precio id&eacute;ntico al mes anterior.
    </p><p class="article-text">
        Entre los alimentos que cuestan de media en enero menos que en diciembre est&aacute;n los limones (-0,2%), los ajos (-0,4%), las lentejas pardina (-0,5%), las cebollas (-1,0%), los macarrones (-2,8%), las mallas de patatas (-8,3%) y las naranjas (-8,4%).
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Europa Press, AgroalimentariaCLM]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/castilla-la-mancha/agroalimentaria/huevos-son-alimento-subido-ultimo-ano-aceite-oliva-bajado_1_12925227.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 21 Jan 2026 16:18:53 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Los huevos son el alimento que más ha subido en el último año, mientras que el aceite de oliva es el que más ha bajado]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[huevos,Precios,Consumo,Aceite de oliva,OCU - Organización de Consumidores y Usuarios]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Así hay que comprar las entradas para fiestas de Nochevieja si queremos evitar una estafa según la OCU]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/hay-comprar-entradas-fiestas-nochevieja-si-queremos-evitar-estafa-ocu-pm_1_12878441.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/c4e50f98-7bbf-4d69-a66c-1c90cfa1f764_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Así hay que comprar las entradas para fiestas de Nochevieja si queremos evitar una estafa según la OCU"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Se recomienda comprobar que incluyan el CIF y el domicilio social de la empresa organizadora, además de evitar la reventa y conservar toda la documentación del evento</p><p class="subtitle">Estos son los productos navideños que más están subiendo estos días</p></div><p class="article-text">
        Quedan pocas horas para que, sentados frente al televisor, nos comamos las doce uvas y estrenemos un <strong>nuevo a&ntilde;o</strong>. Pocas horas para que miles de personas acudan a fiestas, celebraciones, cotillones y otras tantas citas organizadas por diferentes empresas y en las que es posible pasar muchas horas celebrando la llegada de 2026 junto a amigos y familiares. <strong>Fiestas</strong> en las que la m&uacute;sica y los bailes ir&aacute;n de la mano de abrazos y brindis. Pero desde asociaciones de consumidores como la <a href="https://www.eldiario.es/temas/ocu/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">OCU</a> advierten que no est&aacute; de m&aacute;s tomar una serie de precauciones para no entrar con mal pie en el mes de enero y sufrir una mala experiencia a ra&iacute;z de una mala o deficiente organizaci&oacute;n de la propia fiesta a la que hayamos decidido acudir.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        De hecho, la llegada de la <a href="https://www.eldiario.es/temas/nochevieja/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Nochevieja</a> supone para muchos espa&ntilde;oles el punto &aacute;lgido de las fiestas de <strong>Navidad</strong>, marcando una jornada de celebraci&oacute;n intensa en toda la pen&iacute;nsula. Seg&uacute;n los datos obtenidos por la <a href="https://www.eldiario.es/temas/ocu/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Organizaci&oacute;n de Consumidores y Usuarios</a>, estas fechas se caracterizan por una proliferaci&oacute;n de eventos masivos conocidos como <strong>macrofiestas</strong>, los cuales atraen a miles de personas que buscan despedir el a&ntilde;o. De hecho, se calcula que aproximadamente el 30% de los ciudadanos espa&ntilde;oles opta por celebrar el fin de a&ntilde;o en establecimientos como pubs, discotecas o salas de fiesta. Ante este escenario de alta demanda, la OCU advierte que no todos los organizadores garantizan la calidad o las medidas de seguridad m&iacute;nimas necesarias para los asistentes, lo que puede derivar en experiencias negativas.
    </p><p class="article-text">
        Uno de los consejos primordiales que destaca la entidad es que, antes de adquirir cualquier entrada, verifiquemos si la empresa cuenta con la <strong>autorizaci&oacute;n municipal obligatoria</strong> para realizar el evento. Del mismo modo, resulta esencial confirmar que el evento disponga de un seguro de responsabilidad civil y, preferiblemente, coberturas espec&iacute;ficas para el servicio de guardarropa y la presencia de seguridad privada. En cuanto al proceso de compra de las entradas, la <a href="https://www.eldiario.es/temas/ocu/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">OCU</a> recomienda encarecidamente obtenerlas directamente de la empresa organizadora o mediante sus portales web oficiales. Es vital comprobar que la entrada, ya sea f&iacute;sica o digital, incluya datos fiscales claros como el <strong>CIF, </strong>el<strong> domicilio social</strong> y los <strong>detalles de contacto</strong>, adem&aacute;s de especificar qu&eacute; consumiciones est&aacute;n incluidas en el precio.
    </p><figure class="ni-figure">
        
                                            






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                    alt="Las entradas de cotillones o fiestas deben llevar el CIF, el domicilio social de la empresa organizadora y los detalles de contacto, además de especificar qué consumiciones están incluidas en el precio"
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            <span class="title">
                Las entradas de cotillones o fiestas deben llevar el CIF, el domicilio social de la empresa organizadora y los detalles de contacto, además de especificar qué consumiciones están incluidas en el precio                            </span>
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        La prevenci&oacute;n de estafas es otro pilar fundamental en los consejos de la <a href="https://www.eldiario.es/temas/ocu/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">OCU</a>, ya que para la entidad la mayor&iacute;a de los <strong>enga&ntilde;os</strong> ocurren durante la transacci&oacute;n inicial de las entradas. Por ello, se sugiere realizar las compras en establecimientos de confianza o, si existe la posibilidad, adquirir la entrada en el mismo momento de la fiesta, de cara a evitar el riesgo de eventos inexistentes o cancelaciones inesperadas, estafas que ocurren en m&aacute;s de una ocasi&oacute;n en m&aacute;s de una ciudad espa&ntilde;ola tras las campanadas de <strong>A&ntilde;o Nuevo</strong>. Al navegar por internet para buscar precisamente este tipo de planes, la OCU insta a los consumidores a cerciorarse de que el sitio web sea seguro y a leer detenidamente las condiciones generales del contrato antes de aceptar.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        L&oacute;gicamente, desde la OCU se recomienda <strong>evitar</strong> <strong>la reventa</strong> de cualquier tipo, ya que suele ser foco de fraudes. Y, para evitar males mayores, es recomendable conservar siempre un comprobante o copia de la transacci&oacute;n realizada tras comprar la entrada a la fiesta deseada. Una vez dentro del recinto, la seguridad personal debe ser la prioridad seg&uacute;n las directrices de la <a href="https://www.eldiario.es/temas/ocu/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">OCU</a>, por lo que se deben localizar de inmediato las salidas de emergencia. Es obligatorio que las v&iacute;as de evacuaci&oacute;n sean practicables y no tengan obst&aacute;culos, que formen parte del dise&ntilde;o del local que permita que el desalojo total se complete en menos de tres minutos para evitar grandes incidentes.
    </p><h2 class="article-text">Reclamar o llamar a la polic&iacute;a</h2><p class="article-text">
        Las desagradables situaciones m&aacute;s habituales recogidas por la OCU incluyen desde la venta de entradas falsas hasta el <strong>exceso de aforo</strong> descontrolado en los locales de moda. Estos problemas no solo suponen una estafa econ&oacute;mica para el usuario, sino que ponen en grave riesgo la integridad f&iacute;sica de los asistentes, al no respetarse las normas de seguridad b&aacute;sicas. En el caso de que el organizador modifique aspectos esenciales de la celebraci&oacute;n, como el horario, el local o los servicios ofrecidos, la OCU recuerda que se tiene el <strong>derecho a reclamar</strong>. Estas quejas pueden tramitarse ante la Direcci&oacute;n General de Consumo para solicitar la devoluci&oacute;n &iacute;ntegra del importe pagado si las condiciones originales no se cumplen.
    </p><p class="article-text">
        Si el consumidor sospecha de una estafa directa por entradas falsificadas o nota que la densidad del p&uacute;blico impide la movilidad segura, la <a href="https://www.eldiario.es/temas/ocu/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">OCU</a> recomienda <strong>acudir directamente a la polic&iacute;a</strong>. La intervenci&oacute;n de las autoridades es fundamental cuando se detecta una falta de licencia administrativa para la actividad o un peligro inminente por hacinamiento. Adem&aacute;s de todo lo se&ntilde;alado, la OCU tambi&eacute;n pone el foco en peligros externos, como el uso de <strong>pirotecnia</strong>, que causa anualmente unos 1.700 accidentes durante estas celebraciones, recomendando mantener siempre la distancia de seguridad. Asimismo, se advierte sobre las dificultades del transporte p&uacute;blico en Nochevieja, donde la baja frecuencia y la alta demanda pueden multiplicar las tarifas habituales de taxis y VTC.
    </p><p class="article-text">
        En cualquier caso y para asegurar una resoluci&oacute;n favorable en cualquier disputa posterior, la OCU insiste en la importancia de <strong>conservar toda la documentaci&oacute;n</strong>, facturas y tickets del evento. Estar informado y ser un consumidor precavido, aunque sea en medio de una gran macrofiesta llena de personas felices y deseando pasarlo bien durante unas horas, permite precisamente disfrutar de la primera noche del a&ntilde;o minimizando los riesgos de fraude, inseguridad o desalojos administrativos.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alberto Gómez]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/hay-comprar-entradas-fiestas-nochevieja-si-queremos-evitar-estafa-ocu-pm_1_12878441.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 31 Dec 2025 12:00:22 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Así hay que comprar las entradas para fiestas de Nochevieja si queremos evitar una estafa según la OCU]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Nochevieja,Fiestas,Consumo,OCU - Organización de Consumidores y Usuarios,Navidad]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Qué debes saber si vas a utilizar petardos, cohetes o fuegos artificiales durante las fiestas navideñas]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/castilla-la-mancha/social/debes-si-vas-utilizar-petardos-cohetes-fuegos-artificiales-durante-fiestas-navidenas_1_12868143.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/fdd2232e-31c3-415e-8f7e-e64e91906f34_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Qué debes saber si vas a utilizar petardos, cohetes o fuegos artificiales durante las fiestas navideñas"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La Delegación de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) en Castilla-La Mancha ofrece consejos para disfrutar sin riesgos</p></div><p class="article-text">
        La Organizaci&oacute;n de Consumidores y Usuarios (OCU) en Castilla-La Mancha ha recordado la necesidad de extremar la precauci&oacute;n en el uso de artefactos pirot&eacute;cnicos durante las celebraciones navide&ntilde;as y de fin de a&ntilde;o, ya que su utilizaci&oacute;n inadecuada, advierte, puede provocar accidentes, quemaduras, lesiones auditivas e incluso incendios.
    </p><p class="article-text">
        La organizaci&oacute;n subraya la importancia de respetar la normativa vigente en cada municipio de la regi&oacute;n, dado que son los ayuntamientos los que regulan el uso de petardos, cohetes, tracas y otros elementos similares en la v&iacute;a p&uacute;blica. 
    </p><p class="article-text">
        En muchos casos, estas ordenanzas municipales limitan o proh&iacute;ben su utilizaci&oacute;n, permiti&eacute;ndola &uacute;nicamente en fechas concretas y dentro de determinadas franjas horarias, con el objetivo de garantizar la seguridad ciudadana, el descanso vecinal y la protecci&oacute;n de colectivos especialmente sensibles al ruido.
    </p><p class="article-text">
        OCU insiste en que el uso de petardos, cohetes y fuegos artificiales &ldquo;entra&ntilde;a riesgos importantes, especialmente cuando se manipulan sin las debidas precauciones o se utilizan en espacios inadecuados&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        De hecho, en Espa&ntilde;a se registra un accidente relacionado con estos productos por cada 10.000 habitantes, una cifra que pone de manifiesto que no se trata de sucesos aislados. Muchos de estos accidentes afectan a menores y provocan lesiones que podr&iacute;an evitarse con un uso responsable, el cumplimiento de las normas de seguridad y la supervisi&oacute;n de adultos.
    </p><p class="article-text">
        No todos los artificios pirot&eacute;cnicos son iguales. La directiva europea establece una serie de clasificaciones y criterios de seguridad que deben respetarse siempre:
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li>Categor&iacute;a I: Riesgo bajo, ruido bajo. Pueden estar indicados para interiores. Prohibidos para menores de 12 a&ntilde;os.</li>
                                    <li>Categor&iacute;a II: Riesgo bajo, ruido bajo. &Uacute;nicamente en exteriores. Prohibidos para menores de 16 a&ntilde;os.</li>
                                    <li>Categor&iacute;a III: Riesgo medio y un ruido superior al de las anteriores categor&iacute;as pero sin ser da&ntilde;ino para la salud. Indicados para amplios espacios abiertos en exteriores. Prohibidos para menores de 18 a&ntilde;os.</li>
                                    <li>Categor&iacute;a IV: Material solo para uso profesional.</li>
                            </ul>
            </div><h2 class="article-text"> Consejos para divertirse sin sustos</h2><div class="list">
                    <ol>
                                    <li>Comprar la pirotecnia s&oacute;lo en comercios autorizados. Revisar la etiqueta, leer las normas de uso y comprobar que figuran nombre y categor&iacute;a del producto, etiquetado CE y direcci&oacute;n del fabricante o distribuidor. </li>
                                    <li>No comprar la pirotecnia nunca sin su correspondiente envase o embalaje.</li>
                                    <li>Usar una mecha de encender para los petardos. El uso directo de un mechero o una cerilla, puede hacer que la llama se desv&iacute;e y explotar el petardo sin dar tiempo de alejarse.</li>
                                    <li>Respetar las edades indicadas y no dejar que los ni&ntilde;os jueguen con ellos. Siempre debe haber un adulto vigilando. </li>
                                    <li>No encenderlos a menos de 500 metros de &aacute;rboles o lugares con riesgo de incendio ni en d&iacute;as de viento.</li>
                                    <li>No manipularlos intentando extraer su contenido ni guardarlos en los bolsillos.</li>
                                    <li>Nunca dispararlos directamente desde la mano, podr&iacute;an sufrirse da&ntilde;os irreversibles.</li>
                                    <li>No encender m&aacute;s de uno a la vez. Si son artilugios a&eacute;reos, no lanzarlos donde haya obst&aacute;culos en su trayectoria.</li>
                                    <li>Procurar que no haya ninguna parte del cuerpo por encima del artilugio al encenderlo.</li>
                                    <li>Encender la mecha por su extremo m&aacute;s alejado. No encenderlos dentro de botellas o latas.</li>
                                    <li>Si el artilugio no se enciende o no explota, no acercarse. Hay que esperar un tiempo prudencial y, salvo que la mecha est&eacute; intacta, no volver a encenderlo. Debe sumergirse en un cubo con agua para inutilizarlo.</li>
                                    <li>No fumar mientras se maneja material pirot&eacute;cnico y no encender petardos si se sostienen otros en las manos.</li>
                                    <li>Si se van a transportar en un veh&iacute;culo, tomar precauciones con el calor excesivo y no sacarlos de su envoltorio original hasta que se vayan a disparar.</li>
                                    <li>No lanzarlos jam&aacute;s contra personas, animales o bienes.</li>
                                    <li>Tener a mano un cubo de agua o una manguera de jard&iacute;n para cualquier imprevisto.</li>
                                    <li>Una vez disparados, mojar los restos con agua antes de tirarlos a la basura.</li>
                                    <li>Escoger para su uso un lugar abierto, preferiblemente un descampado con una superficie lisa, sin vegetaci&oacute;n y en el caso de artificios voladores siempre alejado de edificios.</li>
                                    <li>Nunca lanzar petardos desde ventanas o balcones.</li>
                                    <li>Mantener a las mascotas en lugares cerrados, con agua, comida y ventilaci&oacute;n, donde el ruido les afecte lo menos posible.</li>
                            </ol>
            </div>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[elDiarioclm.es]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/castilla-la-mancha/social/debes-si-vas-utilizar-petardos-cohetes-fuegos-artificiales-durante-fiestas-navidenas_1_12868143.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 23 Dec 2025 17:17:58 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Qué debes saber si vas a utilizar petardos, cohetes o fuegos artificiales durante las fiestas navideñas]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/fdd2232e-31c3-415e-8f7e-e64e91906f34_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Navidad,Consumo,OCU - Organización de Consumidores y Usuarios,Pirotecnia]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Guardia Civil inmoviliza 5.500 latas de refresco en Ciudad Real por estar mal etiquetadas]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/castilla-la-mancha/agroalimentaria/inmovilizadas-5-500-latas-refresco-ciudad-real-mal-etiquetadas-riesgo-salud_1_12782672.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/e2f34a17-4879-4e2e-844d-8eb727e78efb_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Guardia Civil inmoviliza 5.500 latas de refresco en Ciudad Real por estar mal etiquetadas"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Las bebidas son de una conocida marca internacional, sin etiqueta en la lengua oficial, contraviniendo lo estipulado en la Norma General sobre defensa de los consumidores ya que un etiquetaje claro y correcto ofrece las garantías necesarias 
</p><p class="subtitle">Alerta alimentaria por presencia de listeria en embutidos de los supermercados Dia y Aldi</p></div><p class="article-text">
        La Guardia Civil de Ciudad Real ha inmovilizado en un comercio mayorista de la provincia una partida de 5.496 envases de refresco preparados para ser distribuidos, por incumplir la normativa general en materia de etiquetado de productos alimenticios.
    </p><p class="article-text">
        Con motivo de los diferentes operativos encaminados al control fiscal y aduanero en la provincia de Ciudad Real, efectivos de la Guardia Civil del Destacamento de Fiscal y de Fronteras realizaron varias inspecciones administrativas en comercios mayoristas de la provincia, dedicados a la distribuci&oacute;n de bebidas, descubriendo en uno de ellos que se estaban comercializando refrescos de una conocida marca internacional, sin estar etiquetados en la lengua oficial, contraviniendo lo estipulado en la Norma General sobre etiquetado y la defensa de los consumidores.
    </p><p class="article-text">
        Tras realizar un recuento, fueron inmovilizados 5490 envases de refrescos que proven&iacute;an de Alemania que han quedado depositadas en las instalaciones del distribuidor a disposici&oacute;n de la Delegaci&oacute;n Provincial de la Consejer&iacute;a de Sanidad de Ciudad Real. En principio los refrescos inmovilizados no comportan riesgo o efectos nocivos para la salud, pero dicha medida se tom&oacute; por precauci&oacute;n ya que un etiquetaje claro y correcto ofrece las garant&iacute;as necesarias a los consumidores.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, se ha comprobado que la introducci&oacute;n de estos refrescos  lleva aparejados unos costes de distribuci&oacute;n inferiores a los precios de compraventa a trav&eacute;s de distribuidores oficiales del producto intervenido, por lo que se podr&iacute;a tambi&eacute;n incurrir en alguna otra infracci&oacute;n de car&aacute;cter tributaria, por posible introducci&oacute;n paralela de productos.
    </p><p class="article-text">
        Los agentes han conseguido localizar a una de las empresas que introduce y distribuye estas bebidas a empresas distribuidoras de la provincia, aunque contin&uacute;an con la investaci&oacute;n al objeto de poder localizar a otras de estas empresas introductoras.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[AgroalimentariaCLM]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/castilla-la-mancha/agroalimentaria/inmovilizadas-5-500-latas-refresco-ciudad-real-mal-etiquetadas-riesgo-salud_1_12782672.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 20 Nov 2025 09:25:31 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La Guardia Civil inmoviliza 5.500 latas de refresco en Ciudad Real por estar mal etiquetadas]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Consumo,Alimentos,Etiquetado frontal,OCU - Organización de Consumidores y Usuarios,Ciudad Real]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Unión de Consumidores de Cantabria estudiará las ordenanzas sobre la tasa de basuras para defender una aplicación "justa"]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/cantabria/ultimas-noticias/consumidores-cantabria-estudiara-ordenanzas-tasazo-basuras-defender-aplicacion-justa_1_12763211.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/08e1c9f5-68f6-4563-9023-d6310f053dbd_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Unión de Consumidores de Cantabria estudiará las ordenanzas sobre la tasa de basuras para defender una aplicación &quot;justa&quot;"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Muestra su "disconformidad" ante la falta de criterios unificados entre los ayuntamientos encargados de implementar el denominado 'tasazo de basuras'</p><p class="subtitle">La tasa de basuras aboca a un aluvión de reclamaciones y “severos problemas” a los ayuntamientos: “Produce desigualdad”
</p></div><p class="article-text">
        La Uni&oacute;n de Consumidores de Cantabria-UCC estudiar&aacute; las ordenanzas municipales de aplicaci&oacute;n en la comunidad sobre el conocido como 'tasazo de basuras', que se implantar&aacute; en 2026, en la defensa de una aplicaci&oacute;n &ldquo;justa para los usuarios, consumidores, y sobre todo, los vecinos de Cantabria&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        La UCC lo ha anunciado este mi&eacute;rcoles en un comunicado, en el que ha expresado &ldquo;disconformidad&rdquo; con su aplicaci&oacute;n ante la falta de criterios unificados entre los distintos ayuntamientos encargados de implementarla y la consiguiente desigualdad territorial que ello supone.
    </p><p class="article-text">
        El 'tasazo' se basa en una normativa, la Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados, en trasposici&oacute;n de una Directiva europea, que postula que el coste total del servicio de recogida, transporte y tratamiento de residuos sea cubierto por los usuarios bajo el principio de &ldquo;quien contamina paga&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        En opini&oacute;n de la Uni&oacute;n de Consumidores, la ley &ldquo;es clara&rdquo; por lo que &ldquo;no resulta de recibo que se vincule la tasa (o precio p&uacute;blico) al consumo de agua o al n&uacute;mero de personas empadronadas en un domicilio&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        En este sentido, ha defendido que &ldquo;no deja de ser una suposici&oacute;n&rdquo; que el consumo de agua vaya ligado a una mayor carga contaminante necesariamente. &ldquo;Y no deja de resultar un absurdo que se penalice a una unidad familiar por el hecho de que un mayor n&uacute;mero de empadronados en un domicilio hagan m&aacute;s uso del agua que otro domicilio donde no hay tantos habitantes&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Tampoco a su juicio parece t&eacute;cnica ni jur&iacute;dicamente correcto establecer una tasa o un precio p&uacute;blico &ldquo;en funci&oacute;n de suposiciones que no se corresponden con el objeto de la normativa que se pretende cumplir. Pues esto no supone nada m&aacute;s que incumplir la norma en s&iacute;, v&iacute;a ordenanza municipal&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Igualmente no resulta comprensible para la UCC &ldquo;que no se tenga en cuenta el principio constitucional de progresividad que debe regir la exacci&oacute;n de cualquier tributo en nuestro pa&iacute;s&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        En este sentido las medidas de bonificaci&oacute;n a colectivos vulnerables &ldquo;no dejan de ser parches o bufandas para acallar las cr&iacute;ticas de los ciudadanos a una medida injusta y poco o nada acorde al sentido de la ley a la que se pretende ajustar. Mera caridad&rdquo;, ha considerado.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Pero sobre la mera caridad no puede constituirse un sistema tributario constitucionalmente adecuado que constantemente califica a los usuarios como menesterosos que deben justificar su propia vulnerabilidad para no verse castigados por la aplicaci&oacute;n de una normativa injusta. Tal vez si la normativa fuera justa, no har&iacute;a falta caridad&rdquo;, ha abundado.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[elDiario.es Cantabria]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/cantabria/ultimas-noticias/consumidores-cantabria-estudiara-ordenanzas-tasazo-basuras-defender-aplicacion-justa_1_12763211.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 12 Nov 2025 18:57:00 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La Unión de Consumidores de Cantabria estudiará las ordenanzas sobre la tasa de basuras para defender una aplicación "justa"]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Cantabria,Tasas,Justicia,Ayuntamientos,OCU - Organización de Consumidores y Usuarios]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La OCU denuncia a ocho festivales de música por "malas prácticas y condiciones abusivas"]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/cultura/ocu-denuncia-ocho-festivales-musica-aire-libre-malas-practicas_1_12546271.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/49a1ce9b-4b37-4d95-ab80-5707824970ed_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La OCU denuncia a ocho festivales de música por &quot;malas prácticas y condiciones abusivas&quot;"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La Organización de Consumidores y Usuarios considera que hasta 400.000 personas se han visto afectadas y que "el festival siempre gana" </p><p class="subtitle">Las claves detrás del fenómeno de ‘Las guerreras k-pop’, el éxito sorpresa de Netflix este verano</p></div><p class="article-text">
        La Organizaci&oacute;n de Consumidores y Usuarios (OCU) ha denunciado ante las autoridades de consumo de distintas comunidades aut&oacute;nomas a ocho <a href="https://www.eldiario.es/cultura/musica/festivales-musica-siguen-incluir-mujeres-tres-artistas-son-hombres_1_12473031.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">festivales de m&uacute;sica</a> al aire libre por presuntas malas pr&aacute;cticas, que podr&iacute;an haber afectado a m&aacute;s de 400.000 personas. Se trata, seg&uacute;n informa la OCU este mi&eacute;rcoles, de los siguientes: el Degusta Fest (Granada), Ic&oacute;nica Fest (Sevilla), Bella Festival (Marbella), el Boombastic Costa del Sol (M&aacute;laga), el FIB (Benic&agrave;ssim), Movida Sound (Barbate), Dreambeach (Almer&iacute;a) y el Reggaet&oacute;n Millennial Fest (Alicante).
    </p><p class="article-text">
        Entre estas supuestas malas pr&aacute;cticas realizadas por la mayor&iacute;a de esos festivales estar&iacute;a el cobrar una comisi&oacute;n de entre dos y tres euros para poder recuperar el saldo que queda a los asistentes en la denominada pulsera o tarjeta 'cashless'. Este sistema 'casheless' es un m&eacute;todo de pago que reemplaza al efectivo por medios electr&oacute;nicos, como tarjetas o pulseras, con tecnolog&iacute;a, que se utilizan para cargarlas de dinero y realizar compras dentro del recinto.
    </p><p class="article-text">
        Otra supuesta mala pr&aacute;ctica ser&iacute;a cobrar un recargo por salir y volver a entrar al festival, algo, seg&uacute;n la OCU, bastante com&uacute;n, que no responde a ning&uacute;n servicio adicional, porque, argumenta, &ldquo;el control de aforo es inherente a la organizaci&oacute;n del evento&rdquo;. Puede tener adem&aacute;s un coste de hasta 35 euros, tal y como asegura la OCU, que piensa que esto podr&iacute;a considerarse una retenci&oacute;n ilegal.
    </p><h2 class="article-text">Exigen la devoluci&oacute;n de entrada por cambio de cartel</h2><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, consideran abusivo que no se contemple la devoluci&oacute;n de la entrada por causas climatol&oacute;gicas o por el <a href="https://www.eldiario.es/cultura/musica/cartel-ocho-bajas-quejas-asistentes-fib-edicion-polemica-fondo-proisraeli-kkr_1_12466666.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">cambio del cartel</a>, cuando en un festival los artistas que intervienen &ldquo;son el elemento esencial para que los usuarios decidan comprar la entrada y asistir&rdquo;. Otra situaci&oacute;n, que este a&ntilde;o admiten que se realiza con menos frecuencia, es la prohibici&oacute;n de entrar con alimentos y bebidas, que aunque se contempla en la normativa de varias autonom&iacute;as, la OCU la considera abusiva, porque la actividad principal del festival es art&iacute;stica y musical, no alimentaria.
    </p><p class="article-text">
        Todo ello obliga, a su juicio, a que el Ministerio de Consumo desarrolle una normativa homog&eacute;nea sobre los derechos b&aacute;sicos de los asistentes que establezca adem&aacute;s compensaciones autom&aacute;ticas en caso de malas pr&aacute;cticas. Hasta que llegue, la OCU anima a los afectados a que soliciten la hoja de reclamaciones para denunciar estas pr&aacute;cticas y si el establecimiento no dispusiera de ella, llamar a la polic&iacute;a local para que se persone.
    </p><p class="article-text">
        Algunas de estas acciones, como la suspensi&oacute;n de un festival o los cambios de &uacute;ltima hora en el cartel de grupos podr&iacute;an implicar, adem&aacute;s del reembolso del dinero, una reclamaci&oacute;n por da&ntilde;os y perjuicios derivados de los gastos asociados que hubiera supuesto el traslado del consumidor, como por ejemplo el transporte o el alojamiento.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[EFE]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/cultura/ocu-denuncia-ocho-festivales-musica-aire-libre-malas-practicas_1_12546271.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 20 Aug 2025 12:42:00 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/49a1ce9b-4b37-4d95-ab80-5707824970ed_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="7413363" type="image/jpeg"/>
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      <media:title><![CDATA[La OCU denuncia a ocho festivales de música por "malas prácticas y condiciones abusivas"]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/49a1ce9b-4b37-4d95-ab80-5707824970ed_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Cultura,Música,Festivales de música,Festivales,OCU - Organización de Consumidores y Usuarios]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Reclamaciones por daños causados por el apagón: esto recomiendan las asociaciones de consumidores]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/consumoclaro/reclamaciones-danos-causados-apagon-recomiendan-asociaciones-consumidores_1_12255420.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/090ab86d-5f86-40f8-a7e3-1e5591258fb6_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x2503y1696.jpg" width="1200" height="675" alt="Recomendaciones clave para los consumidores tras el apagón eléctrico"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Las asociaciones de consumidores ofrecen pautas sobre cómo reclamar los daños causados por el apagón eléctrico, incluyendo los pasos a seguir y las pruebas necesarias para respaldar las denuncias</p><p class="subtitle">Qué hacer con los alimentos del frigorífico y el congelador tras el apagón</p></div><p class="article-text">
        El apag&oacute;n el&eacute;ctrico del 28 de abril de 2025 ha dejado una importante huella en millones de hogares y empresas en todo el territorio espa&ntilde;ol. El corte de suministro, que afect&oacute; a varios sectores, ha generado inquietud entre los consumidores, que se preguntan sobre sus derechos y qu&eacute; pasos deben seguir para reclamar por los da&ntilde;os sufridos. 
    </p><p class="article-text">
        En medio de la confusi&oacute;n, las organizaciones de consumidores como FACUA y OCU han dado algunas pautas sobre c&oacute;mo proceder ante este tipo de incidentes, recordando que las circunstancias excepcionales dificultan la posibilidad de obtener compensaciones inmediatas. A pesar de ello, los afectados tienen opciones y deben estar informados sobre c&oacute;mo presentar reclamaciones de manera efectiva.
    </p><p class="article-text">
        Uno de los principales perjuicios ha sido la p&eacute;rdida de alimentos debido a la interrupci&oacute;n de la cadena de fr&iacute;o, pero tambi&eacute;n se han registrado da&ntilde;os en electrodom&eacute;sticos y alteraciones en los planes de transporte. 
    </p><p class="article-text">
        Ante esta situaci&oacute;n, el portavoz de la OCU (Uni&oacute;n de Consumidores), Enrique Garc&iacute;a, destac&oacute; en <a href="https://www.rtve.es/play/audios/24-horas/enrique-garcia-ocu-aunque-no-se-puede-determinar-responsable-consumidores-tienen-guardar-acreditar-todas-pruebas/16558221/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">una entrevista en Radio 5 (RNE)</a> que las empresas no estar&iacute;an obligadas a indemnizar a los usuarios en casos de apagones de este tipo, ya que la interrupci&oacute;n del servicio se considera fuera de su control. 
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, las organizaciones siguen recomendando a los consumidores que guarden las pruebas que puedan demostrar los perjuicios sufridos, ya que estas pruebas ser&aacute;n fundamentales si se decide presentar una reclamaci&oacute;n formal ante las autoridades competentes.
    </p><h2 class="article-text">&iquest;Qu&eacute; pasos seguir para reclamar los da&ntilde;os?</h2><p class="article-text">
        Los consumidores afectados por el apag&oacute;n deben seguir ciertos pasos fundamentales para presentar una reclamaci&oacute;n ante las empresas responsables o, en su caso, ante los tribunales de consumo. Las organizaciones de consumidores insisten en que lo primero que debe hacer cualquier afectado es recopilar todas las pruebas posibles que puedan demostrar los da&ntilde;os sufridos. 
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Es esencial que los consumidores guarden los recibos de productos da&ntilde;ados, como alimentos y electrodom&eacute;sticos, y que documenten las circunstancias en las que ocurri&oacute; el apag&oacute;n&rdquo;, se&ntilde;ala Enrique Garc&iacute;a, portavoz de la OCU.
    </p><p class="article-text">
        El proceso comienza con la recopilaci&oacute;n de pruebas documentales, como facturas, informes t&eacute;cnicos de los electrodom&eacute;sticos da&ntilde;ados, fotograf&iacute;as de los da&ntilde;os y cualquier otro tipo de documentaci&oacute;n que pueda demostrar el perjuicio sufrido. 
    </p><p class="article-text">
        Estas pruebas no solo son cruciales para sustentar una posible reclamaci&oacute;n, sino que tambi&eacute;n son necesarias si el consumidor decide acudir a la v&iacute;a judicial en caso de que no reciba una compensaci&oacute;n por parte de las empresas correspondientes. Las organizaciones como FACUA y OCU han resaltado que la falta de pruebas podr&iacute;a dificultar enormemente la posibilidad de obtener una respuesta favorable.
    </p><p class="article-text">
        Si los da&ntilde;os est&aacute;n relacionados con productos o servicios adicionales, como los da&ntilde;os en electrodom&eacute;sticos o la p&eacute;rdida de alimentos, los consumidores tambi&eacute;n pueden presentar reclamaciones ante las aseguradoras si tienen una p&oacute;liza que cubra este tipo de incidentes. En general, las empresas tienen un plazo para responder a las reclamaciones, por lo que es importante presentar las solicitudes lo antes posible.
    </p><h2 class="article-text">&iquest;Es posible obtener compensaci&oacute;n por los da&ntilde;os sufridos?</h2><p class="article-text">
        Una de las principales preocupaciones de los afectados por el apag&oacute;n es si las empresas de servicios est&aacute;n obligadas a indemnizar por los da&ntilde;os sufridos. Seg&uacute;n las declaraciones de Enrique Garc&iacute;a, &ldquo;la empresa no est&aacute; obligada a indemnizar por un apag&oacute;n, ya que este tipo de situaciones se consideran excepcionales&rdquo;. Esto significa que, en principio, los consumidores no tienen derecho a recibir compensaci&oacute;n por los da&ntilde;os causados por un evento que no est&aacute; dentro del control de las compa&ntilde;&iacute;as de servicios.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, subrayan que los usuarios no deben desistir de presentar sus reclamaciones, incluso si las probabilidades de obtener una indemnizaci&oacute;n son reducidas. Las reclamaciones deben basarse en las pruebas recopiladas, y en el caso de que la empresa responsable no responda adecuadamente. 
    </p><p class="article-text">
        En cuanto a los da&ntilde;os derivados de fluctuaciones de tensi&oacute;n, como los da&ntilde;os en electrodom&eacute;sticos, las compa&ntilde;&iacute;as podr&iacute;an asumir una compensaci&oacute;n si se demuestra que estas fluctuaciones fueron causadas por un fallo en el sistema el&eacute;ctrico.
    </p><p class="article-text">
        Las aseguradoras tambi&eacute;n juegan un papel importante en este tipo de situaciones, ya que muchos seguros de hogar incluyen coberturas por da&ntilde;os derivados de cortes de electricidad. FACUA aconseja a los consumidores que revisen sus p&oacute;lizas para determinar si est&aacute;n cubiertos por estos da&ntilde;os. 
    </p><h2 class="article-text">La situaci&oacute;n del transporte: &iquest;se puede reclamar?</h2><p class="article-text">
        El apag&oacute;n tambi&eacute;n afect&oacute; a los medios de transporte, como los vuelos, trenes y otros servicios de transporte, que se vieron interrumpidos por la falta de electricidad. En este sentido, las organizaciones de consumidores han aclarado que las empresas de transporte no est&aacute;n obligadas a indemnizar a los pasajeros afectados por los retrasos y cancelaciones causadas por el apag&oacute;n. Seg&uacute;n la OCU, &ldquo;la empresa transportista no est&aacute; obligada a buscar alojamiento o compensaci&oacute;n, aunque podr&iacute;a hacerlo si la situaci&oacute;n lo exige&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Aunque las compa&ntilde;&iacute;as de transporte no son responsables por los da&ntilde;os causados directamente por el apag&oacute;n, los consumidores a&uacute;n pueden presentar reclamaciones por los inconvenientes sufridos si el apag&oacute;n alter&oacute; significativamente sus planes de viaje. Sin embargo, las asociaciones de consumidores aclaran que esto depender&aacute; de las pol&iacute;ticas de cada empresa. 
    </p><p class="article-text">
        Las reclamaciones podr&iacute;an incluir la solicitud de un reembolso parcial por los billetes no utilizados o el alojamiento adicional necesario debido a la cancelaci&oacute;n de viajes, aunque no existen garant&iacute;as de que estas reclamaciones sean atendidas favorablemente.
    </p><p class="article-text">
        Las recomendaciones de FACUA y OCU son las siguientes: los consumidores afectados por alteraciones en el transporte deben guardar todos los documentos relacionados con sus viajes, como billetes, recibos de alojamiento y cualquier otro gasto derivado del apag&oacute;n, para poder presentar una reclamaci&oacute;n formal si lo desean.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Edu Molina]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/consumoclaro/reclamaciones-danos-causados-apagon-recomiendan-asociaciones-consumidores_1_12255420.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 29 Apr 2025 09:26:16 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Reclamaciones por daños causados por el apagón: esto recomiendan las asociaciones de consumidores]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/090ab86d-5f86-40f8-a7e3-1e5591258fb6_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x2503y1696.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Electricidad,facua,OCU - Organización de Consumidores y Usuarios,Consumo,Derechos del consumidor]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El BOE publica la modificación de la norma de calidad de la miel aunque no entrará en vigor hasta junio de 2026]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/castilla-la-mancha/agroalimentaria/boe-publica-modificacion-norma-calidad-miel-no-entrara-vigor-junio-2026_1_12066086.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/cfb00a3d-40be-41ae-bd5f-732ff8bf696d_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El BOE publica la modificación de la norma de calidad de la miel aunque no entrará en vigor hasta junio de 2026"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Esta normativa recoge los cambios introducidas en la directiva de la Unión Europea relativos a especificar en el etiquetado la procedencia y a la eliminación de la variedad miel filtrada

</p><p class="subtitle">Miel en la mesa: ¿pureza o fraude? Lo que debes saber</p></div><p class="article-text">
        El Bolet&iacute;n Oficial del Estado (BOE) ha publicado este mi&eacute;rcoles el real decreto por el que se modifica la norma de calidad relativa a la miel, estableciendo la obligaci&oacute;n de indicar en el campo visual principal de la etiqueta el porcentaje que representa cada uno de los pa&iacute;ses de origen de la miel, en el caso de las mezclas.
    </p><p class="article-text">
        En concreto, esta modificaci&oacute;n, que entrar&aacute; en vigor el 14 de junio de 2026, se ha llevado a cabo con el objeto de incorporar a la legislaci&oacute;n nacional las modificaciones introducidas en la directiva de la Uni&oacute;n Europea, relativas a la miel, a los zumos de frutas y otros productos similares destinados a la alimentaci&oacute;n humana y las confituras, jaleas y 'marmalades' de frutas, as&iacute; como a la crema de casta&ntilde;as edulcorada, destinadas a la alimentaci&oacute;n humana, impulsadas durante la Presidencia espa&ntilde;ola del Consejo en el segundo semestre de 2023 y culminadas en 2024.
    </p><p class="article-text">
        Con la <a href="https://www.eldiario.es/castilla-la-mancha/agroalimentaria/gobierno-traspone-directiva-europea-obliga-especificar-porcentajes-pais-etiquetado-miel_1_12026183.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">incorporaci&oacute;n de esta modificaci&oacute;n a la legislaci&oacute;n nacional</a>, se pretende proteger y aumentar la competitividad de las mieles de origen espa&ntilde;ol y reforzar el mercado nacional, al dotarlo de mayor transparencia e informaci&oacute;n, y posicionar los productos frente a las mieles importadas.
    </p><p class="article-text">
        Con este cambio se elimina la variedad miel filtrada y se establece que, aquella a la que se le haya retirado una parte importante del polen, ser&aacute; considerada miel para uso industrial, y no podr&aacute; comercializarse directamente al consumidor final, ya que el polen es un componente clave de la miel y proporciona un v&iacute;nculo con su origen bot&aacute;nico.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, deber&aacute; mencionarse en la etiqueta el pa&iacute;s de origen en que la miel haya sido recolectada, mientras que si la miel procede de m&aacute;s de un pa&iacute;s, deber&aacute;n mencionarse en la etiqueta los pa&iacute;ses de origen en que la miel haya sido recolectada, en el campo visual principal, en orden decreciente de proporci&oacute;n en el peso, junto con el porcentaje que representa cada uno de los pa&iacute;ses de origen.
    </p><p class="article-text">
        Mientras que en el caso de los envases que contengan menos de 30 gramos netos de miel, los nombres de los pa&iacute;ses de origen podr&aacute;n sustituirse por un c&oacute;digo compuesto por dos letras, de conformidad con la &uacute;ltima versi&oacute;n de los c&oacute;digos de dos letras de la norma internacional ISO 3166-1 (alfa-2) en vigor.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n recoge la norma, los productos comercializados o etiquetados antes del 14 de junio de 2026 de conformidad con la redacci&oacute;n anterior de esta norma podr&aacute;n seguir comercializ&aacute;ndose hasta que se agoten las existencias, siempre antes de transcurrir 18 meses desde esa fecha.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[AgroalimentariaCLM]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/castilla-la-mancha/agroalimentaria/boe-publica-modificacion-norma-calidad-miel-no-entrara-vigor-junio-2026_1_12066086.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 19 Feb 2025 10:58:30 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El BOE publica la modificación de la norma de calidad de la miel aunque no entrará en vigor hasta junio de 2026]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/cfb00a3d-40be-41ae-bd5f-732ff8bf696d_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Apicultura,Miel,UE - Unión Europea,OCU - Organización de Consumidores y Usuarios,Etiquetado frontal,Ganaderos]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La OCU pide al Ayuntamiento de Cuenca la "inmediata" puesta en marcha de una conexión "eficiente" al AVE]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/castilla-la-mancha/cuenca/ocu-pide-ayuntamiento-cuenca-inmediata-puesta-marcha-conexion-eficiente-ave_1_12055402.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/fce43d27-0a66-4c34-b671-e886119b9880_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La OCU pide al Ayuntamiento de Cuenca la &quot;inmediata&quot; puesta en marcha de una conexión &quot;eficiente&quot; al AVE"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La organización de consumidores reclama las lanzaderas prometidas desde el centro urbano a la estación, que está a siete kilómetros y es el único servicio de tren que existe desde 2022, "a fin de paliar la deficiente comunicación existente y garantizar a los usuarios de este servicio la mejora de las condiciones actuales"</p><p class="subtitle">Hemeroteca - Adiós al tren convencional que une Cuenca con Madrid: una historia de 140 años que llegará a los tribunales
</p></div><p class="article-text">
        La organizaci&oacute;n de consumidores OCU Castilla-La Mancha ha instado formalmente al Ayuntamiento de Cuenca a que proceda de manera &ldquo;inmediata&rdquo; a la puesta en marcha de un servicio de lanzadera que conecte &ldquo;de manera efectiva, r&aacute;pida, econ&oacute;mica y sostenible&rdquo; el centro urbano de la ciudad con la estaci&oacute;n de AVE, &ldquo;a fin de paliar la deficiente comunicaci&oacute;n existente y garantizar a los usuarios de este servicio la mejora de las condiciones actuales&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Recuerda que,  en julio del <a href="https://www.eldiario.es/castilla-la-mancha/cuenca/adios-tren-convencional-une-cuenca-madrid-historia-140-anos-llegara-tribunales_1_9180652.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">a&ntilde;o 2022, los vecinos de la ciudad de Cuenca sufrieron el cierre definitivo de su estaci&oacute;n </a>de trenes regionales ADIF, situada en el mismo centro urbano de la ciudad.
    </p><p class="article-text">
        Desde entonces, a&ntilde;ade, la estaci&oacute;n de AVE Fernando Z&oacute;bel, situada a m&aacute;s de siete kil&oacute;metros del n&uacute;cleo urbano, es la &uacute;nica estaci&oacute;n ferroviaria que da servicio a sus ciudadanos. &ldquo;Sin embargo, la misma, carece hasta la fecha, de una conexi&oacute;n suficiente con el centro mediante transporte p&uacute;blico&rdquo;.
    </p><h2 class="article-text">Una &uacute;nica l&iacute;nea con escasa frecuencia</h2><p class="article-text">
        Seg&uacute;n a&ntilde;ade, la existencia de una &uacute;nica l&iacute;nea de autob&uacute;s urbano (l&iacute;nea 1) que conecta el centro con dicha estaci&oacute;n, con una frecuencia y duraci&oacute;n de trayecto &ldquo;que en nada suple las necesidades de sus usuarios, genera que estos prefieran elegir el uso del veh&iacute;culo privado o p&uacute;blico (taxi) para trasladarse hasta all&iacute;, con los consecuentes gastos e inconvenientes que esto genera&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Desde el Ayuntamiento de la ciudad, dice la organizaci&oacute;n, siguen sin habilitar y poner en marcha, &ldquo;por motivos totalmente ajenos a la ciudadan&iacute;a, el servicio de autobuses lanzadera que llevan prometiendo desde hace m&aacute;s de un a&ntilde;o y que pretende conectar la estaci&oacute;n de AVE con el centro urbano cada 17 minutos (tiempo que aseguran que durar&aacute; el trayecto), lo que supone una falta de atenci&oacute;n total y absoluta de las obligaciones correspondientes a sus competencias&rdquo;.
    </p><h2 class="article-text">El Ministerio dot&oacute; de subvenci&oacute;n la puesta en marcha de lanzaderas</h2><p class="article-text">
        OCU considera que la infraestructura ferroviaria debe, &ldquo;con urgencia&rdquo;, optimizar sus recursos y fomentar la conexi&oacute;n con el centro urbano de Cuenca.
    </p><p class="article-text">
        Recuerda tambi&eacute;n la firma de convenio con el Ministerio de Transportes en 2022, a partir de la cual se dispon&iacute;a de una subvenci&oacute;n anual para la puesta en marcha del servicio de lanzaderas desde el centro de la ciudad a la actual estaci&oacute;n por un periodo de cinco a&ntilde;os y que hasta la fecha no se ha iniciado.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Consideramos que las administraciones deben procurar que los ciudadanos contemplen siempre como primera opci&oacute;n para desplazarse el uso de transporte p&uacute;blico, a fin de fomentar h&aacute;bitos de movilidad sostenible, reducir el impacto ambiental y ahorrar costes a sus usuarios&rdquo;, se&ntilde;ala.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[elDiarioclm.es]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/castilla-la-mancha/cuenca/ocu-pide-ayuntamiento-cuenca-inmediata-puesta-marcha-conexion-eficiente-ave_1_12055402.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 14 Feb 2025 15:36:15 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/fce43d27-0a66-4c34-b671-e886119b9880_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="1745942" type="image/jpeg"/>
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      <media:title><![CDATA[La OCU pide al Ayuntamiento de Cuenca la "inmediata" puesta en marcha de una conexión "eficiente" al AVE]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Trenes,AVE,Cuenca,Ayuntamiento de Cuenca,OCU - Organización de Consumidores y Usuarios,Transporte,Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[No, no vamos a comer harina de gusano sin saberlo: qué implica su aprobación para consumo por parte de la UE]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/consumoclaro/no-no-comer-harina-gusano-saberlo-implica-aprobacion-consumo-parte-ue_1_12046638.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/2a454569-5c08-4118-a913-261bfd45381b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="No, no vamos a comer harina de gusano sin saberlo: qué implica su aprobación para consumo por parte de la UE"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Los bulos sobre una supuesta imposición del consumo de harina de gusano han generado alarma en redes sociales, pero la normativa de la UE solo permite su uso como ingrediente opcional, con un etiquetado claro y sin afectar la libertad de elección de los consumidores</p><p class="subtitle">Cómo evitar que lentejas, garbanzos y otras legumbres produzcan gases: cinco trucos de cocina</p></div><p class="article-text">
        En los &uacute;ltimos d&iacute;as, han circulado en las redes sociales y en algunos portales una serie de informaciones alarmistas que sugieren que la Uni&oacute;n Europea (UE) obligar&aacute; a los consumidores a comer harina de gusano sin su conocimiento. Este tipo de rumores ha generado desconcierto entre los consumidores. Sin embargo, la realidad es muy diferente y las autoridades competentes han salido al paso para aclarar la situaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Estas informaciones son completamente err&oacute;neas. La UE no ha aprobado ninguna medida que imponga el consumo obligatorio de harina de gusano o insectos en general. En todo caso, se trata de una medida que autoriza el uso de ciertos insectos como ingredientes dentro de una regulaci&oacute;n espec&iacute;fica, permitiendo su inclusi&oacute;n en productos alimenticios de manera voluntaria y bajo estrictos controles sanitarios.
    </p><p class="article-text">
        La <a href="https://www.ocu.org/alimentacion/alimentos/noticias/bulo-comer-insectos" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Organizaci&oacute;n de Consumidores y Usuarios</a> (OCU) tambi&eacute;n ha desmentido las afirmaciones m&aacute;s alarmistas. Seg&uacute;n la OCU, lo que realmente ha sucedido es que la UE ha aprobado el uso de la harina de gusano como un ingrediente alimenticio en productos procesados, tal y como ocurre con otros ingredientes aprobados. Concretamente, el motivo que ha disparado las falsas alarmas es que este mes de enero de 2025 el organismo europeo ha aprobado la solicitud de una empresa francesa, Nutriearth, para comercializar este polvo tratado con radiaci&oacute;n ultravioleta a partir de larvas enteras del gusano de la harina, como se&ntilde;alaban desde el verificador <a href="https://maldita.es/alimentacion/20250129/larvas-gusano-alimentos-union-europea/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Maldita</a>.
    </p><p class="article-text">
        Esto no implica, bajo ninguna circunstancia, que los consumidores est&eacute;n obligados a consumirla ni mucho menos que se oculten en productos sin que se informe adecuadamente sobre su presencia. La transparencia y el etiquetado claro son principios fundamentales en la normativa alimentaria europea, y todo producto que contenga harina de gusano deber&aacute; cumplir con los requisitos de informaci&oacute;n al consumidor.
    </p><h2 class="article-text"><strong>El origen de los rumores</strong></h2><p class="article-text">
        La pol&eacute;mica comenz&oacute; cuando varios medios de comunicaci&oacute;n y cuentas en redes sociales empezaron a difundir que la UE hab&iacute;a aprobado una normativa que obligar&iacute;a a los consumidores a consumir harina de gusano en productos alimenticios, sin que pudieran detectarlo. Este tipo de informaciones alarmistas no solo carecen de base factual, sino que tambi&eacute;n parecen jugar con la percepci&oacute;n negativa que muchas personas tienen respecto a los insectos como alimento.
    </p><p class="article-text">
        Para comprender mejor la situaci&oacute;n, es importante revisar lo que realmente ha sucedido. La <a href="https://spain.representation.ec.europa.eu/noticias-eventos/noticias-0/falso-la-ue-no-va-obligar-comer-harina-de-gusano-2025-01-29_en?prefLang=it" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Comisi&oacute;n Europea</a>, dentro de su estrategia de promover alimentos m&aacute;s sostenibles y la diversificaci&oacute;n de fuentes proteicas, ha aprobado recientemente la harina de gusano como uno de los ingredientes que pueden ser utilizados en la industria alimentaria. Esta aprobaci&oacute;n responde a un proceso largo y riguroso, que incluye evaluaciones de seguridad y estudios cient&iacute;ficos para garantizar que su consumo sea seguro para los seres humanos. Sin embargo, esta autorizaci&oacute;n no implica en modo alguno que los consumidores tengan que consumirla sin su conocimiento.
    </p><p class="article-text">
        La harina de gusano, que se obtiene de larvas de insectos como el Tenebrio molitor, se considera una <a href="https://www.eldiario.es/consumoclaro/comer/virtudes-nutricionales-insectos-autorizados-ue_1_9949615.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">fuente de valor nutricional</a>. Es un ingrediente que podr&iacute;a incorporarse en diversos productos, pero siempre con la informaci&oacute;n clara en las etiquetas para que los consumidores puedan elegir conscientemente si desean consumirlo o no. No hay ning&uacute;n mecanismo que obligue a que esta harina se oculte en productos sin el debido etiquetado.
    </p><h2 class="article-text"><strong>El contexto regulatorio en la UE</strong></h2><p class="article-text">
        La Uni&oacute;n Europea ha adoptado un enfoque muy estricto en cuanto a la regulaci&oacute;n de los <a href="https://www.eldiario.es/consumoclaro/comer/virtudes-nutricionales-insectos-autorizados-ue_1_9949615.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">alimentos provenientes de insectos</a>. A lo largo de los &uacute;ltimos a&ntilde;os, la normativa ha evolucionado para permitir la inclusi&oacute;n de ciertos insectos en la alimentaci&oacute;n humana, pero siempre con la condici&oacute;n de que se cumplan rigurosos requisitos de seguridad alimentaria. El proceso para autorizar nuevos ingredientes alimentarios, como es el caso de la harina de gusano, incluye una exhaustiva evaluaci&oacute;n por parte de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA).
    </p><p class="article-text">
        Este proceso es transparente y est&aacute; dise&ntilde;ado para proteger la salud de los consumidores. Adem&aacute;s, la normativa europea exige que cualquier alimento que contenga ingredientes como la harina de gusano sea etiquetado de forma clara y precisa, informando al consumidor sobre su composici&oacute;n. Es decir, que el consumidor tendr&aacute; siempre la opci&oacute;n de decidir si quiere o no consumir productos que contengan este tipo de ingredientes.
    </p><h2 class="article-text"><strong>Los mitos sobre el consumo obligatorio de harina de gusano</strong></h2><p class="article-text">
        Los rumores sobre la obligatoriedad del consumo de harina de gusano han sido desmentidos por varios medios y organizaciones de verificaci&oacute;n. Estos desmentidos se&ntilde;alan que la UE no ha impuesto ninguna ley que obligue a los consumidores a ingerir harina de gusano o insectos. Por el contrario, lo que la normativa europea ha hecho es permitir que los productos que contengan harina de gusano, siempre que sean aprobados y cumplan con los est&aacute;ndares de seguridad alimentaria, puedan estar disponibles en el mercado.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, las etiquetas de estos productos deber&aacute;n ser claras y espec&iacute;ficas, cumpliendo con los requisitos establecidos por la legislaci&oacute;n europea sobre etiquetado y la informaci&oacute;n al consumidor. En ning&uacute;n caso se ocultar&aacute; el contenido de estos ingredientes, y siempre habr&aacute; informaci&oacute;n accesible para aquellos consumidores que deseen saber qu&eacute; est&aacute;n comiendo.
    </p><p class="article-text">
        Es fundamental recalcar que la inclusi&oacute;n de insectos en la alimentaci&oacute;n no es una imposici&oacute;n, sino una opci&oacute;n. El objetivo de la UE es fomentar la sostenibilidad y la diversificaci&oacute;n de las fuentes de prote&iacute;nas en la dieta, en un contexto de creciente preocupaci&oacute;n por la huella ecol&oacute;gica de la producci&oacute;n de alimentos.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Edu Molina]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/consumoclaro/no-no-comer-harina-gusano-saberlo-implica-aprobacion-consumo-parte-ue_1_12046638.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 12 Feb 2025 15:31:35 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/2a454569-5c08-4118-a913-261bfd45381b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="12949681" type="image/jpeg"/>
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      <media:title><![CDATA[No, no vamos a comer harina de gusano sin saberlo: qué implica su aprobación para consumo por parte de la UE]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[UE - Unión Europea,Alimentos,Comida,Insectos,OCU - Organización de Consumidores y Usuarios,Alimentación,Consumo]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La OCU denuncia por "malas prácticas" a siete festivales por las pulseras 'cashless' y los vasos no retornables]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/cultura/ocu-denuncia-malas-practicas-siete-festivales-pulseras-cashless-vasos-no-retornables_1_11571235.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/93191cf8-3cb5-415a-902c-3dd73aa27a0b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La OCU denuncia por &quot;malas prácticas&quot; a siete festivales por el uso de las pulseras &#039;cashless&#039; y los vasos no retornables"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">FIB, Monegros Desert Festival, Puro Latino, Sonórica, Zevra Festival, Bilbao BBK Live y Fortaleza Sound han sido acusadas de estas y otras malas prácticas que podrían afectar a hasta un total de 947.000 asistentes</p><p class="subtitle">El vaso reutilizable, un ingreso lucrativo para muchos festivales que vulnera la ley</p></div><p class="article-text">
        La mayor&iacute;a de festivales de m&uacute;sica al aire libre espa&ntilde;oles utilizan un sistema de pagos por los servicios ofrecidos &ndash;principalmente comida y bebida, pero tambi&eacute;n merchandishing&ndash; que comprende una pulsera con un chip RFID, lo que vendr&iacute;a a ser una &ldquo;pulsera monedero&rdquo;. Este sistema permite por un lado que la persona asistente al festival cargue directamente desde su cuenta bancaria dinero en la pulsera y posteriormente pague con este dinero los productos que adquiera. 
    </p><p class="article-text">
        La principal ventaja del sistema es la eliminaci&oacute;n de los pagos en moneda o billete en el festival, al menos de manera oficial, cosa que impide la acumulaci&oacute;n de efectivo en barras y tiendas dentro del recinto, y por lo tanto disminuye el riesgo de atracos al mover la recaudaci&oacute;n a lugares seguros o a bancos. 
    </p><p class="article-text">
        No obstante, con ello se vulnera un derecho todav&iacute;a contemplado en nuestro pa&iacute;s: el de pagar con dinero en efectivo y no tener que disponer de una cuenta bancaria para realizar dicho pago. Pero si bien algunos festivales permiten la carga de la tarjeta con dinero en efectivo, el principal abuso se produce en el momento de recuperar el dinero que no se ha gastado, cuando como condici&oacute;n para dicha recuperaci&oacute;n el festival impone una tasa que va de uno a tres euros. 
    </p><h2 class="article-text">Siete festivales acusados de m&uacute;ltiples irregularidades</h2><p class="article-text">
        As&iacute; <a href="https://www.ocu.org/organizacion/prensa/notas-de-prensa/2024/festivalbbklive110724" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link" target="_blank">lo denunci&oacute; la Organizaci&oacute;n de Consumidores de Espa&ntilde;a (OCU) hace unas semanas respecto de los festivales Bilbao BBK Live</a> y <a href="https://www.ocu.org/organizacion/prensa/notas-de-prensa/2024/fortalezafestival280624" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link" target="_blank">el Fortaleza Sound</a> (Lorca), a los que ahora <a href="https://www.ocu.org/organizacion/prensa/notas-de-prensa/2024/festivales050824" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link" target="_blank">ha unido en su denuncia a otros cinco m&aacute;s</a>: FIB (Benic&agrave;ssim),Monegros Desert Festival (Fraga), Puro Latino (Puerto de Santa Mar&iacute;a, Sevilla, Arganda, Torremolinos y Almer&iacute;a), Son&oacute;rica (Castro Urdiales) y Zevra Festival (Cullera). 
    </p><p class="article-text">
        Dice en su nota de prensa la OCU que &ldquo;los siete festivales coinciden en&nbsp;cobrar una comisi&oacute;n de entre 2 y 3 euros para poder recuperar el saldo que quedara en la tarjeta&nbsp;<em>cashless</em>&rdquo;, e insiste en que se trata de &ldquo;un medio de pago obligatorio que limita adem&aacute;s el derecho de los asistentes a&nbsp;usar el efectivo&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Y suma a su denuncia el que &ldquo;a veces se impone un plazo de unos pocos d&iacute;as para reclamar la devoluci&oacute;n (5 d&iacute;as en el FIB), superado el cual se pierde el dinero y permite un enriquecimiento injusto del promotor&rdquo;. A todos ellos los acusa de esta pr&aacute;ctica, a la que agrega algunas otras m&aacute;s, que califica de &ldquo;abusos&rdquo; a los derechos de los asistentes.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n la OCU, los festivales denunciados no permiten el retorno de los vasos reutilizables, por cuya adquisici&oacute;n pueden llegar a cobrar hasta 2,5 euros, como es el caso del FIB. Tal como este medio explic&oacute; en su d&iacute;a, en muchos casos el vaso reutilizable es <a href="https://www.eldiario.es/cultura/musica/vaso-reutilizable-ingreso-lucrativo-festivales-vulnera-ley_1_11393693.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">un ingreso lucrativo para muchos festivales que vulnera la ley</a>. 
    </p><p class="article-text">
        El motivo es que los cert&aacute;menes obligan al p&uacute;blico a pagar por este tipo de vaso, que puede utilizarse durante todo el festival, pero no ofrecen ninguna alternativa gratuita, con lo que si se quiere ingerir l&iacute;quido, se debe adquirir el vaso. La OCU observa al respecto en verano el riesgo de deshidrataci&oacute;n por las altas temperaturas. 
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Debe haber suficientes puntos de agua potable gratuita; lo contrario puede causar problemas de hidrataci&oacute;n y supone un peligroso riesgo de&nbsp;aglomeraciones&rdquo;, apostilla en su escrito esta organizaci&oacute;n, que se&ntilde;ala especialmente al festival Fortaleza Sound por su sistema de &ldquo;alquiler de vasos para poder beber agua potable&rdquo;.
    </p><h2 class="article-text">Tasa por salir y volver a entrar al festival&nbsp;</h2><p class="article-text">
        El pago de una tasa si se quiere volver a entrar en el festival despu&eacute;s de haber salido es, seg&uacute;n la OCU, &ldquo;otra mala pr&aacute;ctica bastante com&uacute;n que no responde a ning&uacute;n servicio adicional, pues el control de aforo es inherente a la organizaci&oacute;n del evento&rdquo;. A este respecto la organizaci&oacute;n aventura que &ldquo;podr&iacute;a considerarse una retenci&oacute;n ilegal&rdquo; y asegura que &ldquo;se observa en el FIB, el Fortaleza Sound, el Puro Latino, el Zevra Festival y el Monegros Desert Festival&rdquo;. El coste por volver a ingresar en los citados festivales puede ascender hasta los 25 euros. 
    </p><p class="article-text">
        Otra pr&aacute;ctica que la OCU adjetiva como &ldquo;frecuente&rdquo; es la&nbsp;prohibici&oacute;n&nbsp;de entrar con alimentos y bebidas dentro del recinto donde se desarrolla el festival. Si bien la asociaci&oacute;n de consumidores reconoce que &ldquo;se contempla en la normativa de varias autonom&iacute;as&rdquo;, considera que &ldquo;es abusiva, por cuanto la actividad principal del festival es art&iacute;stica y musical, no alimentaria&rdquo;. La OCU ha detectado dicha prohibici&oacute;n en &ldquo;el Bilbao BBK Live, el FIB, el Fortaleza Sound y el Monegros Desert Festival&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Por todas estas incidencias e irregularidades, calificadas de &ldquo;abusos&rdquo;, solicita al Ministerio de Consumo una normativa homog&eacute;nea sobre los derechos b&aacute;sicos de los asistentes a los festivales de m&uacute;sica al aire libre y que establezca compensaciones autom&aacute;ticas en caso de malas pr&aacute;cticas. 
    </p><p class="article-text">
        Pero mientras dicha normativa no exista, la OCU urge a las autoridades de consumo de las comunidades aut&oacute;nomas donde se han detectado estos abusos para que determinen el car&aacute;cter contrario a la normativa de protecci&oacute;n de los consumidores, impongan las sanciones establecidas y obliguen a la empresa a devolver los cargos indebidamente cobrados. La organizaci&oacute;n cierra su nota animando a los afectados &ldquo;a&nbsp;solicitar la hoja de reclamaciones&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Si el establecimiento no dispusiera de ella, debe llamar a la polic&iacute;a local para que se persone&rdquo;, indica y recuerda que &ldquo;la suspensi&oacute;n de un festival o los cambios de &uacute;ltima hora en el cartel de grupos podr&iacute;an implicar, adem&aacute;s del reembolso del dinero, una reclamaci&oacute;n por da&ntilde;os y perjuicios derivados de los&nbsp;gastos asociados que hubiera supuesto el traslado del aficionado (por ejemplo, por el transporte y el alojamiento)&rdquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[elDiarioes Cultura]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/cultura/ocu-denuncia-malas-practicas-siete-festivales-pulseras-cashless-vasos-no-retornables_1_11571235.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 05 Aug 2024 12:19:56 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La OCU denuncia por "malas prácticas" a siete festivales por las pulseras 'cashless' y los vasos no retornables]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Festivales,Festivales de música,Música,Derechos del consumidor,OCU - Organización de Consumidores y Usuarios,Conciertos]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La OCU denuncia a Ticketmaster por cobrar dos comisiones en la venta de entradas online]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/cultura/musica/ocu-denuncia-ticketmaster-cobrar-comisiones-venta-entradas-online_1_11565014.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/db14bc14-63b2-4b3c-b053-773740bd82f6_16-9-discover-aspect-ratio_default_1099835.jpg" width="2034" height="1144" alt="La OCU denuncia a Ticketmaster por cobrar dos comisiones en la venta de entradas online"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La Organización de Consumidores y Usuarios considera que suponen un gasto "injustificado, abusivo y poco transparente" y reclama a Consumo que impulse una normativa que limite el recargo online al 20%</p><p class="subtitle">Triana, hasta el Supremo: el único miembro vivo de la banda original pelea hasta el final por el uso de su legado
</p></div><p class="article-text">
        La <a href="https://www.eldiario.es/castilla-la-mancha/provincias/toledo/criticas-puy-du-fou-espectaculo-no-cancelo-pesar-tormenta-habia-rio-agua-lodo_1_10633406.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Organizaci&oacute;n de Consumidores y Usuarios (OCU)</a> ha denunciado a <a href="https://www.eldiario.es/cultura/ee-uu-denuncia-compania-duena-ticketmaster-practicas-monopolisticas_1_11391481.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Ticketmaster</a> al <a href="https://www.eldiario.es/comunitat-valenciana/limitar-licencias-prohibir-cajetines-llave-sancionar-plataformas-medidas-controlar-apartamentos-turisticos_1_11549139.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Ministerio de Consumo</a> por el cobro &ldquo;irregular y abusivo&rdquo; de dos comisiones que graban el precio de la venta de las entradas online que la empresa comercializa a trav&eacute;s de su p&aacute;gina web. 
    </p><p class="article-text">
        La compa&ntilde;&iacute;a cobra una comisi&oacute;n fija de dos euros en concepto de &ldquo;cuota de servicio&rdquo; por la transacci&oacute;n que, seg&uacute;n ha comunicado la asociaci&oacute;n este jueves, &ldquo;no se visualiza hasta el mismo momento de la compra&rdquo;. Posteriormente cobra una segunda comisi&oacute;n que alcanza hasta el 13% sobre el precio del boleto en concepto de &ldquo;gastos de gesti&oacute;n&rdquo;, semioculta en un link junto a su precio.
    </p><p class="article-text">
        OCU considera que la combinaci&oacute;n de ambas comisiones supone un gasto &ldquo;injustificado, abusivo y poco transparente&rdquo; de un mismo servicio cuando, adem&aacute;s, tal y como la propia empresa se&ntilde;ala, &ldquo;es el &uacute;nico canal que tienen los usuarios de adquirir las entradas en Ticketmaster. 
    </p><p class="article-text">
        La organizaci&oacute;n indica que es injustificado porque &ldquo;es el propio usuario, no el vendedor, quien asume el peso de la gesti&oacute;n de la compra&rdquo;; y que es abusivo dado que &ldquo;siendo una empresa intermediaria, no presta ning&uacute;n servicio adicional que justifique el cobro&rdquo;, como podr&iacute;a ser &ldquo;un aviso personalizado de cancelaci&oacute;n&rdquo; o el &ldquo;env&iacute;o de las entradas a domicilio&rdquo;. Por &uacute;ltimo, lo tachan de poco transparente, debido a que el  &ldquo;cobro de estos gastos 'extra' suele estar oculto hasta el mismo momento en el que el usuario va a realizar el pago, incrementando inesperadamente el precio anunciado&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Por todo ello, OCU solicita al Ministerio de Consumo &ldquo;sancionar a la empresa y obligarla a cesar este tipo de pr&aacute;cticas, al tiempo que se reconozca el derecho de los afectados a reclamar la devoluci&oacute;n de estos gastos indebidamente cobrados&rdquo;. La organizaci&oacute;n justifica que las &uacute;nicas p&aacute;ginas web que pueden aplicar gastos de gesti&oacute;n son las de reventa, &ldquo;pero deber&iacute;an incluirse desde un inicio y aplicarse por gesti&oacute;n, no por entrada&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Al valorar como el &ldquo;mayor abuso&rdquo; el procedente del &ldquo;excesivo recargo online&rdquo; de los citados gastos, OCU insiste a la administraci&oacute;n para que &ldquo;impulse una normativa que limite su recargo al 20%, tal y como recoge la normativa para la reventa de entradas en la taquilla&rdquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Laura García Higueras]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/cultura/musica/ocu-denuncia-ticketmaster-cobrar-comisiones-venta-entradas-online_1_11565014.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 01 Aug 2024 12:40:28 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La OCU denuncia a Ticketmaster por cobrar dos comisiones en la venta de entradas online]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[OCU - Organización de Consumidores y Usuarios,Ministerio de Consumo,Conciertos,Música]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La OCU avisa de que algunas cremas solares infantiles no alcanzan el nivel de protección SPF 50 con el que se anuncian]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/consumoclaro/ocu-alerta-cremas-solares-no-alcanzan-nivel-proteccion-spf-50-anuncian_1_11502676.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/39d72e4b-a304-4ca4-8ae6-f5fc984d5be9_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x958y740.jpg" width="1200" height="675" alt="La OCU avisa de que algunas cremas solares infantiles no alcanzan el nivel de protección SPF 50 con el que se anuncian"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La organización de consumidores publica un exhaustivo estudio que concluye que tres cremas a la venta en supermercados y farmacias tienen deficiencias en la proteccion a los rayos UVA y la resistencia al agua</p><p class="subtitle">Sanidad retira del mercado seis cremas solares por no tener el nivel de protección que anuncian</p></div><p class="article-text">
        La <a href="https://www.eldiario.es/temas/ocu/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Organizaci&oacute;n de Consumidores y Usuarios (OCU)</a> ha publicado un an&aacute;lisis exhaustivo sobre la eficacia de varias cremas solares con protecci&oacute;n 50 disponibles en el mercado espa&ntilde;ol. Para el estudio, que la organizaci&oacute;n publica cada vez que se acerca la &eacute;poca de vacaciones de verano, se han examinado 21 cremas corporales disponibles para la venta en supermercados, perfumer&iacute;as y farmacias. Los resultados revelan que tres de estas cremas no cumplen con los est&aacute;ndares de protecci&oacute;n solar con los que se anuncian y comercializan.
    </p><p class="article-text">
        En concreto, se trata de las cremas:
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li>Ecran Denenes Leche protectora infantil pieles sensibles y at&oacute;picas FPS 50+</li>
                                    <li>Nivea Sun Kids Ultra protege &amp; cuida SPF 50+</li>
                                    <li>Cien Sun Crema solar infantil SPF 50, de la marca Lidl</li>
                            </ul>
            </div><p class="article-text">
        Ninguno de estos productos alcanzan el nivel de protecci&oacute;n SPF 50 prometido en sus etiquetas. La OCU ha evaluado diversos factores como la aplicaci&oacute;n, la resistencia al agua, y el tiempo de exposici&oacute;n al sol, concluyendo que estas cremas no cumplen con los est&aacute;ndares m&iacute;nimos requeridos para una protecci&oacute;n efectiva. Adem&aacute;s, el primer protector solar, de Ecran, tampoco cumple con las condiciones de UVA indicadas. 
    </p><p class="article-text">
        El principal problema que ha identificado el informe de la organizaci&oacute;n es que la protecci&oacute;n real ofrecida por estas cremas es significativamente inferior a la anunciada. En algunos de los tres casos, de hecho, las cremas proporcionan un SPF mucho menor, lo que expone a los usuarios a un mayor riesgo de da&ntilde;o solar. Tambi&eacute;n se han encontrado deficiencias en la resistencia al agua que prometen.
    </p><p class="article-text">
        El an&aacute;lisis se ha realizado en colaboraci&oacute;n con otras organizaciones del ICRT (International Consumer Research and Testing) en un laboratorio certificado, experto e independiente mediante el m&eacute;todo HDRS (Espectroscopia de Reflectancia Difusa H&iacute;brida), que combina mediciones 'in vivo' e 'in vitro' y que es reconocido por la industria cosm&eacute;tica.
    </p><p class="article-text">
        <strong>&iquest;Qu&eacute; es el SPF?</strong>
    </p><p class="article-text">
        El SPF, o Factor de Protecci&oacute;n Solar, es una medida que indica el nivel de protecci&oacute;n que ofrece un producto contra los rayos ultravioleta B (UVB), responsables de causar quemaduras solares y contribuir al c&aacute;ncer de piel. Un SPF 50 deber&iacute;a permitir a una persona permanecer al sol 50 veces m&aacute;s tiempo sin quemarse en comparaci&oacute;n con no usar protecci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        El an&aacute;lisis que ha publicado la OCU se enmarca dentro de la normativa europea, que exige que los productos solares ofrezcan la protecci&oacute;n indicada en sus etiquetas. Las cremas solares deben pasar rigurosos controles para asegurar que, efectivamente, protegen contra los rayos UVB y UVA, aunque en este caso tres de ellas no lo hagan.
    </p><p class="article-text">
        La OCU ha <a href="https://www.eldiario.es/internacional/theguardian/holanda-regalara-proteccion-solar-luchar-niveles-record-cancer-piel_1_10288110.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">instado a las autoridades competentes a retirar estos productos del mercado</a> hasta que se garantice su conformidad con los est&aacute;ndares de protecci&oacute;n. Ha denunciado ante la Agencia Espa&ntilde;ola de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps) los resultados del estudio y ha solicitado que los haga p&uacute;blicos, con el objetivo de que los consumidores puedan realizar una compra &ldquo;informada&rdquo; y se les pueda &ldquo;garantizar que la protecci&oacute;n anunciada en el etiquetado se corresponde con la que realmente ofrece el producto&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, recomiendan a los consumidores que eviten el uso de estas cremas y opten por otras marcas que hayan demostrado cumplir con los requisitos de protecci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        La organizaci&oacute;n tambi&eacute;n ha hecho un llamamiento a los fabricantes para que revisen y mejoren la formulaci&oacute;n de sus productos, y ha reclamado a las empresas que ofrezcan con sinceridad la protecci&oacute;n indicada y cumplan con la normativa vigente.
    </p><p class="article-text">
        Ya en marzo de este a&ntilde;o, <a href="https://www.eldiario.es/sociedad/sanidad-retira-mercado-seis-cremas-solares-no-nivel-proteccion-anuncian_1_11236412.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Sanidad retir&oacute; del mercado seis cremas por no cumplir los niveles de protecci&oacute;n</a> con los que se comercializaban a ra&iacute;z de conocer, a trav&eacute;s de uno de estos informes de la OCU, que su etiquetado era incorrecto. La Agencia Espa&ntilde;ola de Medicamentos confirm&oacute; que no se hab&iacute;an notificado incidentes de quemaduras solares relacionados con ninguno de los productos hasta ese momento, pero detuvo su venta.
    </p><p class="article-text">
        El estudio de la organizaci&oacute;n de consumidores recuerda que la protecci&oacute;n solar es fundamental para prevenir da&ntilde;os a largo plazo en la piel, incluyendo el c&aacute;ncer. Usar cremas solares adecuadas es una de las medidas m&aacute;s efectivas para protegerse de los efectos nocivos de los rayos UV, y anima a los consumidores a que elijan con conciencia los productos que son confiables y a que los apliquen correctamente para maximizar su eficacia.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[elDiario.es]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/consumoclaro/ocu-alerta-cremas-solares-no-alcanzan-nivel-proteccion-spf-50-anuncian_1_11502676.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 05 Jul 2024 10:51:01 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/39d72e4b-a304-4ca4-8ae6-f5fc984d5be9_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x958y740.jpg" length="750302" type="image/jpeg"/>
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      <media:title><![CDATA[La OCU avisa de que algunas cremas solares infantiles no alcanzan el nivel de protección SPF 50 con el que se anuncian]]></media:title>
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