<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<rss xmlns:media="http://search.yahoo.com/mrss/" xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/" xmlns:dcterms="http://purl.org/dc/terms/" xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"  xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/" version="2.0">
  <channel>
    <title><![CDATA[elDiario.es - Tribunales]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - Tribunales]]></description>
    <language><![CDATA[es]]></language>
    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
    <ttl>10</ttl>
    <atom:link href="https://www.eldiario.es/rss/canariasahora/tribunales/" rel="self" type="application/rss+xml"/>
    <item>
      <title><![CDATA[Ratificada la condena a un hombre por acosar durante dos años a su vecina con ruidos, insultos y amenazas]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/condenado-acosar-vecina-ruidos-insultos-amenazas_1_13311120.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/d727dfae-f664-4458-8e92-d19ba699bdba_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Ratificada la condena a un hombre por acosar durante dos años a su vecina con ruidos, insultos y amenazas"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La víctima tuvo que recibir tratamiento psiquiátrico en la Unidad de Salud Mental y recibir medicación psicofarmacológica</p></div><p class="article-text">
        La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha ratificado la condena a un acusado de un delito de acoso vecinal a un a&ntilde;o de prisi&oacute;n y adem&aacute;s le obliga a alejarse y no comunicarse con la denunciante durante dos a&ntilde;os, y a pagar dos multas de 1.000 euros cada una as&iacute; como la responsabilidad civil que se fije cuando el fallo sea firme.
    </p><p class="article-text">
        La sentencia da por probado que el acusado entre junio de 2020 y febrero de 2022 protagoniz&oacute; desde su domicilio constantes ruidos, gritos, amenazas e improperios dirigidos a la denunciante &ldquo;con el fin de atentar contra su vecina colindante&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        La Sala considera que su objetivo final no era otro que afectar &ldquo;su vida cotidiana, libertad de movimientos, integridad ps&iacute;quica y leg&iacute;timo disfrute de su descanso e intimidad familiar y domiciliaria&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Por ejemplo, alrededor de las 2:30 del 18 de abril de 2021 el procesado hizo sobrevolar un dron sobre la ventana del dormitorio de la mujer mientras lanzaba frases de contenido sexual o amenazas como que le iba a pegar fuego a su vivienda, &ldquo;para que te vayas relajando de una vez&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        La sentencia tambi&eacute;n cita que otra vez desde las 23.30 horas hasta las 04.30 de la madrugada estuvo tocando el claxon de su veh&iacute;culo y puso m&uacute;sica a un elevado volumen mientras le dec&iacute;a que estaba harto de sus denuncias y arremet&iacute;a contra su afiliaci&oacute;n pol&iacute;tica y que iba a denunciar a su marido, que es guardia civil.
    </p><p class="article-text">
        En diversas ocasiones golpeaba violentamente las paredes contiguas, pon&iacute;a m&uacute;sica a un volumen &ldquo;desproporcionado&rdquo; lo que daba lugar a que aumentara el estado de ansiedad de la denunciante y su hija menor y le provoc&oacute; migra&ntilde;as, entre otros desequilibrios.
    </p><p class="article-text">
        La sentencia da por probado que todo ello gener&oacute; un importante estado de nerviosismo en la mujer, alter&oacute; su descanso nocturno y el de su hija de seis a&ntilde;os.
    </p><p class="article-text">
        La v&iacute;ctima tuvo que recibir tratamiento psiqui&aacute;trico en la Unidad de Salud Mental y recibir medicaci&oacute;n psicofarmacol&oacute;gica aunque en la actualidad no le constan secuelas.
    </p><p class="article-text">
        En su momento el Juzgado de La Orotava tom&oacute; medidas cautelares como era la prohibici&oacute;n de que el acusado se comunicara con ella por cualquier medio hasta que no se emita una resoluci&oacute;n judicial firme.
    </p><p class="article-text">
        Ante la Audiencia el acusado aleg&oacute; cuestiones de quebrantamiento de normas como que la magistrada que presidi&oacute; el juicio no fue quien dict&oacute; y firm&oacute; la sentencia y que durante la vista se plantearon alegaciones que hab&iacute;an sido inadmitidas al principio de la sesi&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Entre ellas falta de concreci&oacute;n en los hechos denunciados lo que impidi&oacute; ejercer su defensa, que se le acusaba de lesiones cuando el procedimiento se centraba en un presunto acoso y que tampoco se determinaron fechas y hechos de forma exacta.
    </p><p class="article-text">
        La Audiencia explica que el cambio de magistrado se debi&oacute; a una baja certificada por parte de quien dirigi&oacute; el juicio y que el sistema inform&aacute;tico utilizado en los juzgados permite este tipo de sustituciones.
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n se considera que en el fallo han quedado explicados y detallados los distintos hechos ocurridos y que el acusado ha tenido la posibilidad de conocerlos por medio de denuncias y partes m&eacute;dicos, entre otros documentos.
    </p><p class="article-text">
        La defensa cuestion&oacute; que la condena se base en el &uacute;nico testimonio de la denunciante y de guardias civiles de la profesi&oacute;n de su marido o de personal de un Centro de Salud donde trabaja ella, lo que seg&uacute;n la Audiencia no es raz&oacute;n suficiente para rechazar sus testimonios.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Efe]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/condenado-acosar-vecina-ruidos-insultos-amenazas_1_13311120.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 17 Jun 2026 10:07:10 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/d727dfae-f664-4458-8e92-d19ba699bdba_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="139561" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/d727dfae-f664-4458-8e92-d19ba699bdba_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="139561" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Ratificada la condena a un hombre por acosar durante dos años a su vecina con ruidos, insultos y amenazas]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/d727dfae-f664-4458-8e92-d19ba699bdba_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Tribunales,Tenerife,Acoso,Juicios,Audiencia Provincial]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Fiscalía se abre a retirar la petición de condena al jugador del Real Madrid Raúl Asencio si pide perdón en el juicio]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/fiscalia-retirar-peticion-condena-jugador-real-madrid-raul-asencio-video-sexual-menor_1_13309924.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/2213b164-9d21-4342-9a50-f9e1baf60a1a_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Fiscalía se abre a retirar la petición de condena al jugador del Real Madrid Raúl Asencio si pide perdón en el juicio"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El Ministerio Público había solicitado dos y medio de cárcel para el futbolista por haber mostrado a otra persona un vídeo sexual grabado sin permiso, con dos jóvenes, una de ellas menor</p><p class="subtitle">La Fiscalía pide dos años y medio de cárcel para el jugador del Real Madrid Raúl Asencio
</p></div><p class="article-text">
        La <strong>Fiscal&iacute;a </strong>de Canarias est&aacute; dispuesta a retirar la condena de prisi&oacute;n que solicita contra el defensa del <strong>Real Madrid Ra&uacute;l Asencio</strong> por haber mostrado a otra persona un <strong>v&iacute;deo sexual </strong>grabado sin permiso, a condici&oacute;n de que pida perd&oacute;n en el juicio a las dos mujeres que salen en las im&aacute;genes.
    </p><p class="article-text">
        La fiscal Mercedes Gil Castillo, que hasta ahora solicitaba para Ra&uacute;l Asencio <a href="#" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link" target="_blank">dos a&ntilde;os y medio de c&aacute;rcel</a>, se ha pronunciado en estos t&eacute;rminos durante una vista preliminar previa al juicio que se ha celebrado este martes en la Plaza n&uacute;mero 5 de la Secci&oacute;n Penal del Tribunal de Instancia de Las Palmas de Gran Canaria, ha adelantado el peri&oacute;dico <em>Canarias 7</em> y han confirmado fuentes personadas en la causa.
    </p><p class="article-text">
        En ese contexto, el Ministerio P&uacute;blico pedir&aacute; que Asencio se siente en el banquillo junto con sus tres antiguos compa&ntilde;eros de la cantera del Real Madrid acusados de haber filmado y difundido ese v&iacute;deo sexual con dos j&oacute;venes -una de ellas menor de edad (16 a&ntilde;os)- en Gran Canaria en un reservado de un club de playa el verano de 2023 a trav&eacute;s de cinco chats grupales con m&aacute;s futbolistas, porque sigue defendiendo que cometi&oacute; un delito al mostrarlo a otra persona a sabiendas de que se grab&oacute; sin permiso.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, acepta el planteamiento que la defensa ha expuesto en la vista preliminar: la responsabilidad penal puede quedar extinguida por el perd&oacute;n de las ofendidas, ya que a Asencio se le acusa solo de delitos contra la intimidad, de car&aacute;cter semip&uacute;blico, en los que la legislaci&oacute;n espa&ntilde;ola reconoce esa posibilidad.
    </p><p class="article-text">
        En este caso, est&aacute;n procesados tambi&eacute;n Ferr&aacute;n Ruiz, Juan Rodr&iacute;guez y Andr&eacute;s Garc&iacute;a, los tres futbolistas a los que se les atribuye el hecho de haber grabado el v&iacute;deo durante una relaci&oacute;n sexual consentida que mantuvieron con dos j&oacute;venes en un club de la playa de Amadores y de haberlo difundido por WhatsApp a varios contactos y chats colectivo a pesar de las chicas les pidieron que lo borraran.
    </p><p class="article-text">
        La solicitud de condena para ellos es m&aacute;s severa: cuatro a&ntilde;os y siete meses de c&aacute;rcel, porque la Fiscal&iacute;a considera que filmaron y difundieron esas im&aacute;genes sexuales sin consentimiento y a sabiendas de que aparec&iacute;a una menor, lo que le lleva a formular el cargo de distribuci&oacute;n de pornograf&iacute;a infantil, delito este en el que un hipot&eacute;tico perd&oacute;n de las v&iacute;ctimas no tendr&iacute;a efecto legal alguno.
    </p><p class="article-text">
        En cambio, a Asencio solo le imputa dos delitos contra la intimidad. Adem&aacute;s, el defensa tiene a su favor que las dos v&iacute;ctimas ya han retirado la acusaci&oacute;n contra &eacute;l, tras haber sido indemnizadas.
    </p><p class="article-text">
        En septiembre pasado, el futbolista del Real Madrid remiti&oacute; a ambas una carta donde reconoce expresamente que cometi&oacute; &ldquo;el error&rdquo; de ense&ntilde;ar a un amigo el v&iacute;deo grabado por Ruiz, Rodr&iacute;guez y Garc&iacute;a.
    </p><p class="article-text">
        En la vista preliminar celebrada este martes, la fiscal del caso se ha dado por enterada de esa carta y de las declaraciones de aceptaci&oacute;n de las disculpas que han hecho las dos v&iacute;ctimas.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, ha recalcado que quiere que se cumplan las formalidades legales, que Asencio se siente en el banquillo (ya hace meses que se decret&oacute; la apertura de juicio oral) y que sea en la vista oral donde pida perd&oacute;n a las ofendidas y estas se pronuncien.&nbsp;
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[EFE / Canarias Ahora]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/fiscalia-retirar-peticion-condena-jugador-real-madrid-raul-asencio-video-sexual-menor_1_13309924.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 16 Jun 2026 18:01:27 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/2213b164-9d21-4342-9a50-f9e1baf60a1a_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="100184" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/2213b164-9d21-4342-9a50-f9e1baf60a1a_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="100184" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[La Fiscalía se abre a retirar la petición de condena al jugador del Real Madrid Raúl Asencio si pide perdón en el juicio]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/2213b164-9d21-4342-9a50-f9e1baf60a1a_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Real Madrid,Fútbol,Fiscalía]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La mesa de la comisión de investigación del caso Mascarillas admite las dos únicas enmiendas que se presentan al dictamen]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/mesa-comision-investigacion-caso-mascarillas-admite-unicas-enmiendas-presentan-dictamen_1_13305093.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/ba0930f6-c5cc-4d4f-a69a-ece2aa5d6034_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La mesa de la comisión de investigación del caso Mascarillas admite las dos únicas enmiendas que se presentan al dictamen"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El dictamen saliente será elevado al pleno del Parlamento de Canarias para su debate posiblemente en el mes de julio</p><p class="subtitle">La comisión del caso Mascarillas en el Parlamento canario abre el periodo de enmiendas al informe
</p></div><p class="article-text">
        La Mesa de la comisi&oacute;n parlamentaria que ha investigado la compra de <strong>material sanitario</strong> durante la <strong>pandemia</strong> ha tramitado este lunes las dos &uacute;nicas enmiendas presentadas a la propuesta de dictamen.
    </p><p class="article-text">
        Fuentes parlamentarias han informado a EFE de que estas dos enmiendas, presentadas de forma conjunta por los grupos parlamentarios Nacionalista Canario y Popular, no var&iacute;an el contenido del informe y solo hacen apreciaciones t&eacute;cnicas.
    </p><p class="article-text">
        Las fuentes han se&ntilde;alado que las dos enmiendas ser&aacute;n remitidas a los grupos parlamentarios y ser&aacute;n votadas junto con la propuesta del dictamen en la comisi&oacute;n que est&aacute; previsto celebrarse a final de este mes de junio.
    </p><p class="article-text">
        Tras la comisi&oacute;n, el dictamen saliente ser&aacute; elevado al pleno del Parlamento de <strong>Canarias</strong> para su debate posiblemente en el mes de julio.
    </p><p class="article-text">
        La diputada de Nueva Canarias, Esther Gonz&aacute;lez, ha se&ntilde;alado a EFE que su grupo no ha presentado enmiendas porque no quiere participar &ldquo;en el circo&rdquo; en el que, en su opini&oacute;n, han convertido a esta comisi&oacute;n los partidos que apoyan al Gobierno.
    </p><p class="article-text">
        Gonz&aacute;lez ha insistido en que antes del inicio de la comisi&oacute;n, CC y PP ya hab&iacute;an sentenciado al anterior presidente del Ejecutivo canario , &Aacute;ngel V&iacute;ctor Torres, y a su consejo de gobierno.
    </p><p class="article-text">
        De hecho, ha a&ntilde;adido, la propuesta de dictamen responsabiliza a Torres y su consejo de gobierno por &ldquo;acci&oacute;n y omisi&oacute;n&rdquo; desde el inicio, incluye informes que no existen y no recoge testimonios aclaratorios.&nbsp;
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[EFE]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/mesa-comision-investigacion-caso-mascarillas-admite-unicas-enmiendas-presentan-dictamen_1_13305093.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 15 Jun 2026 14:23:23 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/ba0930f6-c5cc-4d4f-a69a-ece2aa5d6034_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="2426668" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/ba0930f6-c5cc-4d4f-a69a-ece2aa5d6034_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="2426668" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[La mesa de la comisión de investigación del caso Mascarillas admite las dos únicas enmiendas que se presentan al dictamen]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/ba0930f6-c5cc-4d4f-a69a-ece2aa5d6034_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Mascarillas,Canarias,Pandemia]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Un juez procesa a un empresario herreño por difundir datos médicos de una consejera del Cabildo]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/juez-procesa-empresario-herreno-difundir-datos-medicos-consejera-cabildo_1_13304316.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/c0d821c2-e58b-4575-9029-ec280439c1e1_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Un juez procesa a un empresario herreño por difundir datos médicos de una consejera del Cabildo"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Aprovechó la información disponible en una causa judicial de la que era parte, para entregarla a la primera Corporación de la isla, y pedir la dimisión de María del Mar Suárez Armas</p></div><p class="article-text">
        El Juzgado de Primera Instancia e Instrucci&oacute;n n&uacute;mero 1 de Valverde ha acordado continuar una causa contra un <strong>empresario de El Hierro</strong> tras apreciar indicios de que difundi&oacute; datos m&eacute;dicos de la consejera de Turismo del <strong>Cabildo de El Hierro</strong>, <strong>Mar&iacute;a del Mar Su&aacute;rez Armas</strong>, &ldquo;sin su consentimiento&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        As&iacute; lo expresa el <strong>Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC)</strong> que, seg&uacute;n informa, en el auto dictado el pasado 3 de junio, el juez Antonio Mazuecos considera que existen &ldquo;s&oacute;lidos indicios de criminalidad&rdquo; y acuerda transformar las diligencias previas en procedimiento abreviado, y dar traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal y a las acusaciones personadas para que soliciten la apertura de juicio oral, el sobreseimiento de la causa o, de forma excepcional, la pr&aacute;ctica de diligencias complementarias.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n recoge la resoluci&oacute;n judicial, la consejera hab&iacute;a aportado un informe m&eacute;dico a un procedimiento judicial previo relacionado con una solicitud de conciliaci&oacute;n por presuntas injurias y calumnias. 
    </p><p class="article-text">
        El auto describe que el investigado recibi&oacute; copia de esa documentaci&oacute;n en el marco de dicho procedimiento, y posteriormente la incorpor&oacute; a una solicitud presentada ante el Cabildo de El Hierro en la que reclamaba la dimisi&oacute;n de la consejera de Turismo.
    </p><p class="article-text">
        El Juzgado sostiene de forma indiciaria que el investigado, &ldquo;lejos de hacer un uso responsable de la documentaci&oacute;n que le fue entregada, destin&aacute;ndola a la defensa de sus pretensiones en aquel procedimiento&rdquo;, la present&oacute; ante la administraci&oacute;n insular, &ldquo;dejando as&iacute; al descubierto todos los datos m&eacute;dicos de las patolog&iacute;as que padece la denunciante&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        La resoluci&oacute;n a&ntilde;ade que esa actuaci&oacute;n habr&iacute;a generado &ldquo;un enorme perjuicio personal y laboral&rdquo;, al tratarse de informaci&oacute;n m&eacute;dica que &ldquo;no era conocida en su entorno laboral&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Durante la investigaci&oacute;n, varios testigos confirmaron que el informe m&eacute;dico qued&oacute; incorporado a un expediente administrativo al que pudieron tener acceso distintos empleados p&uacute;blicos del Cabildo.
    </p><p class="article-text">
        El auto se&ntilde;ala que las diligencias practicadas permiten sostener provisionalmente que el investigado tuvo acceso a &ldquo;datos especialmente sensibles relativos a su estado de salud, patolog&iacute;as y tratamientos m&eacute;dicos&rdquo; y que, &ldquo;con pleno conocimiento de la naturaleza reservada de dicha informaci&oacute;n y sin consentimiento de su titular&rdquo;, incorpor&oacute; el documento a una solicitud administrativa acompa&ntilde;ada de manifestaciones sobre la capacidad de la perjudicada para ejercer sus funciones p&uacute;blicas.
    </p><p class="article-text">
        Asimismo, el juez destaca que las declaraciones recabadas durante la instrucci&oacute;n evidencian que el contenido del informe m&eacute;dico &ldquo;pudo ser conocido por diversos empleados p&uacute;blicos del Cabildo&rdquo;, estim&aacute;ndose que entre nueve y quince personas tuvieron acceso potencial a la documentaci&oacute;n. 
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n recoge la resoluci&oacute;n, varias de esas personas desconoc&iacute;an previamente las patolog&iacute;as reflejadas en el informe.
    </p><p class="article-text">
        La investigaci&oacute;n tambi&eacute;n incorpor&oacute; diligencias tecnol&oacute;gicas para determinar el origen del registro electr&oacute;nico mediante el que se present&oacute; la documentaci&oacute;n. El juzgado indica que se pudo acreditar que la solicitud fue remitida desde una direcci&oacute;n IP asociada al investigado, circunstancia que, seg&uacute;n el auto, &ldquo;refuerza as&iacute; su vinculaci&oacute;n directa con la remisi&oacute;n de la documentaci&oacute;n&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        En sus conclusiones provisionales, el magistrado afirma que existen indicios racionales de que el empresario &ldquo;obtuvo conocimiento de datos especialmente protegidos relativos a la salud de la perjudicada y procedi&oacute; posteriormente a su comunicaci&oacute;n o difusi&oacute;n a terceros sin autorizaci&oacute;n de su titular, provocando el acceso de diversas personas a informaci&oacute;n reservada perteneciente a su intimidad personal&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Por todo ello, el juez acuerda continuar la tramitaci&oacute;n de las diligencias por un presunto delito de revelaci&oacute;n de secretos previsto en el art&iacute;culo 197, apartados 2, 3 y 5 del C&oacute;digo Penal.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        EL TSJC se&ntilde;ala que la resoluci&oacute;n &ldquo;no es firme y contra ella cabe interponer recurso de reforma ante el propio tribunal&rdquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Canarias Ahora]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/juez-procesa-empresario-herreno-difundir-datos-medicos-consejera-cabildo_1_13304316.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 15 Jun 2026 13:58:07 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/c0d821c2-e58b-4575-9029-ec280439c1e1_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="854408" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/c0d821c2-e58b-4575-9029-ec280439c1e1_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="854408" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Un juez procesa a un empresario herreño por difundir datos médicos de una consejera del Cabildo]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/c0d821c2-e58b-4575-9029-ec280439c1e1_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[El Hierro,Cabildos]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Condenado a seis años de cárcel por agredir sexualmente a una menor a la que conoció por redes sociales]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/condenado-seis-anos-carcel-agredir-sexualmente-menor-conocio-redes-sociales_1_13301019.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/d727dfae-f664-4458-8e92-d19ba699bdba_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Condenado a seis años de cárcel por agredir sexualmente a una menor a la que conoció por redes sociales"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La Fiscalía de Santa Cruz de Tenerife pedía inicialmente 13 años de cárcel y 2.000 euros por los daños morales sufridos por la menor, pero en el juicio celebrado a puerta cerrada el acusado accedió a aceptar la mencionada pena</p></div><p class="article-text">
        Un hombre acusado de <strong>agredir sexualmente</strong> a una ni&ntilde;a de 11 a&ntilde;os a la que conoci&oacute; por medio de una red social ha sido condenado a seis a&ntilde;os de c&aacute;rcel y al pago de 6.000 euros de indemnizaci&oacute;n y 4.000 de multa.
    </p><p class="article-text">
        La <strong>Fiscal&iacute;a de Santa Cruz de Tenerife </strong>ped&iacute;a inicialmente 13 a&ntilde;os de c&aacute;rcel y 2.000 euros por los da&ntilde;os morales sufridos por la menor, pero en el juicio celebrado a puerta cerrada el acusado accedi&oacute; a aceptar la mencionada pena.
    </p><p class="article-text">
        El encausado admiti&oacute; que en noviembre de 2022 hab&iacute;a contactado con la v&iacute;ctima a trav&eacute;s de una red social y que pese a conocer su edad intercambiaron sus tel&eacute;fonos y se gan&oacute; su confianza con promesas de recompensas econ&oacute;micas y conversaciones de fuerte contenido sexual.
    </p><p class="article-text">
        A trav&eacute;s de estos medios consigui&oacute; que la menor le enviara fotograf&iacute;as de contenido pornogr&aacute;fico suyas o de terceros, logrando finalmente mantener relaciones plenas en su veh&iacute;culo en al menos tres ocasiones, entre febrero y abril de 2023.
    </p><p class="article-text">
        A consecuencia de todo ello la joven sufre ansiedad y depresiones despu&eacute;s de decidirse a contar lo ocurrido.
    </p><p class="article-text">
        En la imposici&oacute;n de la pena se ha tenido en cuenta la atenuante de reparaci&oacute;n del da&ntilde;o al depositar el acusado 1.900 euros antes de la celebraci&oacute;n del juicio.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s de la pena de c&aacute;rcel, tendr&aacute; prohibido a acercarse o comunicarse con la joven durante 13 a&ntilde;os, permanecer otros ocho en libertad vigilada.
    </p><p class="article-text">
        Adicionalmente, no podr&aacute; ejercer actividad o profesi&oacute;n que implique contacto con menores durante 14 a&ntilde;os, periodo que comenzar&aacute; a contar una vez salga de prisi&oacute;n. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Efe]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/condenado-seis-anos-carcel-agredir-sexualmente-menor-conocio-redes-sociales_1_13301019.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sun, 14 Jun 2026 15:05:40 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/d727dfae-f664-4458-8e92-d19ba699bdba_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="139561" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/d727dfae-f664-4458-8e92-d19ba699bdba_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="139561" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Condenado a seis años de cárcel por agredir sexualmente a una menor a la que conoció por redes sociales]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/d727dfae-f664-4458-8e92-d19ba699bdba_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Audiencia de Santa Cruz de Tenerife falla que no cabe condenar al migrante que pilota un cayuco cuando el patrón abandona]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/audiencia-santa-cruz-tenerife-falla-no-condenar-migrante-pilota-cayuco-patron-abandona_1_13298855.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/1b1463c8-a9fc-42dc-a10e-f9da7f11921a_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Audiencia de Santa Cruz de Tenerife falla que no cabe condenar al migrante que pilota un cayuco cuando el patrón abandona"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El tribunal absuelve así por falta de pruebas a cuatro ciudadanos senegaleses que llegaron en un cayuco a Tenerife en 2025. Solo uno de ellos reconoció que cogió el timón temporalmente, pero siempre precisando que lo hizo cuando ya estaban cerca de la isla y los verdaderos patrones dejaron esa función</p><p class="subtitle">La migración irregular hacia Canarias cae un 71% en primeros cinco meses año, según Frontex
</p></div><p class="article-text">
        La Audiencia de Santa Cruz de Tenerife ha fallado que no se puede condenar como autor de un delito de favorecimiento de la inmigraci&oacute;n ilegal a la persona que coge el tim&oacute;n de su patera o cayuco para intentar llevarlo a tierra cuando los verdaderos patrones de la embarcaci&oacute;n abandonan esa tarea.
    </p><p class="article-text">
        En una sentencia a la que ha tenido acceso EFE, el tribunal absuelve por falta de pruebas a cuatro ciudadanos senegaleses que ya hab&iacute;an pasado un a&ntilde;o de reclusi&oacute;n preventiva, acusados de ser los patrones de un cayuco con otros 68 migrantes a bordo que fue rescatado el 4 de abril del a&ntilde;o pasado al sur de Tenerife.
    </p><p class="article-text">
        Desde su detenci&oacute;n, los cuatro hab&iacute;an negado que formaran parte de la organizaci&oacute;n que flet&oacute; la embarcaci&oacute;n desde Gambia y Senegal hacia Canarias y tambi&eacute;n que hubieran desempe&ntilde;ado funci&oacute;n alguna a bordo de la embarcaci&oacute;n, como pilotarla o distribuir el agua y la comida.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n su versi&oacute;n, solo eran cuatro migrantes m&aacute;s que intentaban llegar a Espa&ntilde;a y hab&iacute;an pagado entre 400.000 y 450.00 francos CFA (entre 610 y 690 euros) por tener un hueco a bordo del cayuco.
    </p><p class="article-text">
        En su contra se presentaban una serie de testimonios recabados por la Polic&iacute;a entre algunos de sus compa&ntilde;eros de traves&iacute;a, que los se&ntilde;alaban como las personas que llevaban el tim&oacute;n y el GPS.
    </p><p class="article-text">
        Uno de los procesados s&iacute; reconoci&oacute; que pilot&oacute; temporalmente la embarcaci&oacute;n, pero siempre precisando que lo hizo cuando ya estaban cerca de Tenerife y los verdaderos patrones abandonaron esa funci&oacute;n para mezclarse ente el resto del pasaje y evitar que los arrestaran.
    </p><p class="article-text">
        La sentencia deja constancia, de hecho, de que un menor testific&oacute; que eso es lo que verdaderamente ocurri&oacute;: que algunas personas tomaron el tim&oacute;n cuando los patrones dejaron la barca sin gobierno y trataron de convencer a varios menores de que fueran ellos los que guiaran el cayuco, argumentando que no les iba a pasar nada.
    </p><p class="article-text">
        La defensa, ejercida por los letrados Sara Rodr&iacute;guez, Mila Hristov y El&iacute;as Yanes, aleg&oacute; que los testimonios aportados por la Polic&iacute;a y el Ministerio Fiscal incurr&iacute;an en varias contradicciones sobre qu&eacute; es lo que realmente hizo cada uno de los procesados.
    </p><p class="article-text">
        El tribunal les da la raz&oacute;n: &ldquo;Concurren serias dudas sobre la concreta participaci&oacute;n de cada uno de los acusados, sin poder afirmar, con la contundencia necesaria para posibilitar una condena en el &aacute;mbito penal, que alguno de ellos sea responsable penal de los delitos por los que han venido siendo acusados&rdquo;, apunta la magistrada ponente, Mar&iacute;a Jes&uacute;s Garc&iacute;a, de la secci&oacute;n sexta de la Audiencia.
    </p><p class="article-text">
        En cuanto al procesado que s&iacute; ha admitido que cogi&oacute; el tim&oacute;n cuando los patrones lo soltaron, los magistrados entienden que esa conducta no puede considerarse como constitutiva de delito.
    </p><p class="article-text">
        De hecho, dan verosimilitud al testigo menor de edad que corroboran que as&iacute; ocurri&oacute; y estiman que la reacci&oacute;n del procesado al ponerse al tim&oacute;n fue &ldquo;movida por una situaci&oacute;n de necesidad&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        A otros de los acusados, los testigos de cargo los describ&iacute;an como &ldquo;amigos&rdquo; de la persona que hab&iacute;a fletado el cayuco. Sin embargo, el tribunal contesta que de esa amistad, por s&iacute; sola y sin m&aacute;s pruebas, &ldquo;no puede inferirse la ejecuci&oacute;n de labores directivas o u organizativas&rdquo; como las que castiga en estos casos el C&oacute;digo Penal.&nbsp;
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[EFE]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/audiencia-santa-cruz-tenerife-falla-no-condenar-migrante-pilota-cayuco-patron-abandona_1_13298855.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 12 Jun 2026 19:44:20 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/1b1463c8-a9fc-42dc-a10e-f9da7f11921a_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="289773" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/1b1463c8-a9fc-42dc-a10e-f9da7f11921a_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="289773" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[La Audiencia de Santa Cruz de Tenerife falla que no cabe condenar al migrante que pilota un cayuco cuando el patrón abandona]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/1b1463c8-a9fc-42dc-a10e-f9da7f11921a_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Migraciones,Canarias,Pateras]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Fiscalía acusa a la pareja de Juana Ramos de su muerte y desaparición en 2016]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/fiscalia-acusa-pareja-juana-ramos-muerte-desaparicion_1_13297782.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/3628e30a-884b-4cdd-9d65-4ec43da9d9b2_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Fiscalía acusa a la pareja de Juana Ramos de su muerte y desaparición en 2016"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Pide para él la pena máxima por un delito de homicidio, 15 años de cárcel, pese a que el cuerpo de ella no ha sido hallado</p></div><p class="article-text">
        El fiscal delegado de Violencia sobre la Mujer de Las Palmas ha formulado escrito de acusaci&oacute;n contra la pareja de Juana Ramos, Miguel &Aacute;ngel Ramos Quesada, como presunto autor de su muerte y desaparici&oacute;n la noche del 20 de agosto de 2016 en Gran Canaria, y pide que se le imponga una pena de 17 a&ntilde;os de prisi&oacute;n, han confirmado a EFE fuentes judiciales.
    </p><p class="article-text">
        En su escrito, adelantado por <em>Canarias7</em>, el fiscal Jes&uacute;s Javier Lomba acusa a Ramos Quesada de un delito de homicidio para que el reclama la pena m&aacute;xima, 15 a&ntilde;os de c&aacute;rcel, pese a que el cuerpo de Juana Ramos no ha sido hallado, y de otro contra la integridad moral por el que pide dos a&ntilde;os de prisi&oacute;n para Miguel &Aacute;ngel Ramos, que ser&aacute; juzgado por un Tribunal del Jurado.
    </p><p class="article-text">
        El escrito de acusaci&oacute;n mantiene que Ramos la mat&oacute; &ldquo;de forma voluntaria&rdquo; y, posteriormente, hizo desaparecer el cad&aacute;ver para ocultar el crimen y dificultar su esclarecimiento.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n la calificaci&oacute;n provisional del fiscal, la noche del 20 de agosto de 2016 Miguel &Aacute;ngel Ramos recogi&oacute; a Juana Ramos en su domicilio de La Paterna, en Las Palmas de Gran Canaria, y ambos abandonaron la capital en direcci&oacute;n a Arucas en una furgoneta Renault Kangoo.
    </p><p class="article-text">
        Conforme a lo que sostiene el Ministerio P&uacute;blico, en alg&uacute;n momento de ese trayecto o durante las horas posteriores, el acusado &ldquo;acab&oacute; con la vida de la mujer&rdquo;, aunque no ha podido determinarse ni el lugar exacto ni la forma en que se produjo la muerte.&nbsp;
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Efe]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/fiscalia-acusa-pareja-juana-ramos-muerte-desaparicion_1_13297782.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 12 Jun 2026 13:19:09 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/3628e30a-884b-4cdd-9d65-4ec43da9d9b2_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="1643042" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/3628e30a-884b-4cdd-9d65-4ec43da9d9b2_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="1643042" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[La Fiscalía acusa a la pareja de Juana Ramos de su muerte y desaparición en 2016]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/3628e30a-884b-4cdd-9d65-4ec43da9d9b2_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Tribunales,Canarias,Violencia,Violencia machista,Gran Canaria]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[CC atribuye a la expresidenta del Cabildo de Lanzarote la condición de investigada tras denunciarla ante la Fiscalía]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/cc-atribuye-expresidenta-cabildo-lanzarote-condicion-investigada-denunciarla-fiscalia_1_13291508.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/20abd16d-1693-4063-86e5-9a26b7f595eb_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="CC atribuye a la expresidenta del Cabildo de Lanzarote la condición de investigada tras denunciarla ante la Fiscalía"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El denunciante es el director insular de Presidencia, que atribuye a Dolores Corujo (PSOE) haber blindado con un sueldo al consejero que evitó el regreso de Pedro Sanginés. La denuncia está en fase “preprocesal”, según el Ministerio Fiscal
</p><p class="subtitle">Dolores Corujo (PSOE) denuncia que el presidente del Cabildo de Lanzarote maniobra para impedir que acuda a los plenos
</p></div><p class="article-text">
        El director insular de Presidencia del Cabildo de Lanzarote, David Monte (Coalici&oacute;n Canaria), ha llevado a la Fiscal&iacute;a a la expresidenta insular y diputada en el Congreso <strong>Dolores Corujo (PSOE)</strong>. Los hechos denunciados se remontan a 2020, cuando Corujo estaba al frente del Cabildo tras diez a&ntilde;os de gobierno del nacionalista Pedro Sangin&eacute;s. Monte, seg&uacute;n ha explicado a Canarias Ahora, ha denunciado supuestas irregularidades en la incorporaci&oacute;n del exconsejero Juan Manuel Sosa al grupo de gobierno socialista. En su opini&oacute;n, el objetivo habr&iacute;a sido garantizar la legislatura de Corujo y evitar supuestamente una moci&oacute;n de censura de CC y el PP.&nbsp;&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Dolores Corujo fue citada para declarar como testigo este mi&eacute;rcoles 10 de junio. El denunciante, que tambi&eacute;n ha sido abogado defensor de Pedro Sangin&eacute;s, afirm&oacute; en diferentes medios de comunicaci&oacute;n locales que la diputada socialista entr&oacute; al juzgado como testigo y sali&oacute; ''en calidad de investigada''. Sin embargo, preguntada por <strong>Canarias Ahora</strong>, la Fiscal&iacute;a ha aclarado que todav&iacute;a no hay ning&uacute;n procedimiento abierto en los juzgados y que se est&aacute;n tramitando diligencias de investigaci&oacute;n preprocesales &ldquo;como consecuencia de una denuncia presentada por David Monte, director insular de la Presidencia del Cabildo&rdquo;.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        ''Dolores Corujo estaba citada para declarar como testigo, pero en base a lo que ha declarado el denunciante y la documentaci&oacute;n aportada, el fiscal investigador ha decidido suspender su declaraci&oacute;n como testigo y le ha vuelto a citar como persona sospechosa que tiene derecho a ser asistida por abogado'', concretan desde la Fiscal&iacute;a, y a&ntilde;aden que es muy ''prematuro hablar de imputaci&oacute;n'' porque el caso est&aacute; en fase preprocesal.
    </p><p class="article-text">
        ''Nosotros tramitamos esas diligencias preprocesales para determinar si hay indicios de delito y, en caso afirmativo, que la Fiscal&iacute;a presente denuncia o querella en los juzgados. Si entendi&eacute;ramos que no hay indicios de delito, archivamos nuestras diligencias de investigaci&oacute;n, sin llegar al Juzgado'', insisten desde el Ministerio Fiscal.
    </p><p class="article-text">
        Para tomar esa decisi&oacute;n, matizan, se practican diferentes diligencias como la declaraci&oacute;n del denunciante, de testigos y, en su caso, de la persona denunciada, que no es imputada ni investigada a&uacute;n porque ''no hay procedimiento judicial abierto''. ''En este tr&aacute;mite se habla de persona sospechosa'', aclaran.&nbsp;
    </p><blockquote class="quote">

    
    <div class="quote-wrapper">
      <div class="first-quote"></div>
      <p class="quote-text">Pretenden utilizar a la Fiscalía como arma política en su campaña electoral, preparándose para mayo de 2027</p>
                <div class="quote-author">
                        <span class="name">Dolores Corujo</span>
                                        <span>—</span> Expresidenta del Cabildo de Lanzarote
                      </div>
          </div>

  </blockquote><p class="article-text">
        La raz&oacute;n por la que se ha vuelto a citar a Dolores Corujo como persona sospechosa es porque tiene derecho a ser asistida por un abogado. ''Esto se ha hecho exclusivamente para garantizar sus derechos. Es el &uacute;nico significado que se puede atribuir a ese cambio de condici&oacute;n'', afirma la Fiscal&iacute;a. Para saber si hay o no indicios de delito y &ldquo;no conculcar&rdquo; los derechos de la expresidenta, se ha decidido recibirle declaraci&oacute;n como persona sospechosa asistida por abogado.&nbsp;
    </p><h2 class="article-text"><strong>La denuncia de Monte</strong></h2><p class="article-text">
        En declaraciones a este peri&oacute;dico, David Monte subraya que &eacute;l se limit&oacute; a trasladar en marzo unos hechos a la Fiscal&iacute;a, y que es el Ministerio P&uacute;blico el que est&aacute; determinando si son constitutivos o no de delito. Aunque afirma que no ha denunciado a nadie, s&iacute; reconoce que en su escrito apunta a un decreto de Presidencia firmado por Dolores Corujo. &ldquo;Yo pongo en conocimiento de la Fiscal&iacute;a estos hechos y, en concreto, la existencia de un decreto que, en mi opini&oacute;n, intent&oacute; blindar la situaci&oacute;n econ&oacute;mica del consejero Juan Manuel Sosa sin derecho a ello&rdquo;, resume.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Juan Manuel Sosa fue consejero de Sanidad y Planificaci&oacute;n Sanitaria en el Cabildo de Lanzarote. Formaba parte del partido San Borond&oacute;n, que en las elecciones a la corporaci&oacute;n insular de 2019 concurri&oacute; conjuntamente con Coalici&oacute;n Canaria (CC). Por ello, formaba parte del Grupo Nacionalista en el pleno. En noviembre de 2019, San Borond&oacute;n anunci&oacute; su ruptura con CC al considerar que no hab&iacute;an sido tratados como socios, sino como &ldquo;enemigos&rdquo;. Despu&eacute;s, pas&oacute; a formar parte del gobierno socialista.
    </p><blockquote class="quote">

    
    <div class="quote-wrapper">
      <div class="first-quote"></div>
      <p class="quote-text">Esto se ha hecho exclusivamente para garantizar sus derechos. Es el único significado que se puede atribuir a ese cambio de condición</p>
                <div class="quote-author">
                        <span class="name">Fiscalía</span>
                                  </div>
          </div>

  </blockquote><p class="article-text">
        Seg&uacute;n Monte, los cobros de Sosa podr&iacute;an ser constitutivos de un delito de &ldquo;prevaricaci&oacute;n o de malversaci&oacute;n&rdquo;. Sosa, m&eacute;dico en el Servicio Canario de Salud, &ldquo;ven&iacute;a cobrando por la asistencia a plenos cuando solo pueden cobrar por esto los consejeros que no tienen dedicaci&oacute;n exclusiva, es decir, los que est&aacute;n en la oposici&oacute;n&rdquo;, subray&oacute; a la SER.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Su incorporaci&oacute;n al gobierno imped&iacute;a la posibilidad de que se pudiera presentar una moci&oacute;n de censura contra Corujo. El 13 de mayo de 2021, Sosa present&oacute; una denuncia en la que aseguraba que Sangin&eacute;s le exigi&oacute; que renunciara a su acta de consejero en el Cabildo de Lanzarote, amenaz&aacute;ndole con interponer una querella en su contra por seguir cobrando su sueldo como portavoz de CC. La Audiencia de Las Palmas orden&oacute; entonces al Juzgado de Instrucci&oacute;n n&uacute;mero 2 de Arrecife <a href="https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/audiencia-manda-investigar-coacciones-expresidente-cabildo-lanzarote-recuperar_1_8712773.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">que investigara si el dirigente nacionalista hab&iacute;a coaccionado al consejero</a> para facilitar su regreso al gobierno. La denuncia se archiv&oacute;.
    </p><h2 class="article-text"><strong>&ldquo;Utilizar a la Fiscal&iacute;a como arma pol&iacute;tica&rdquo;&nbsp;</strong></h2><p class="article-text">
        La secretaria general del PSOE en Lanzarote ha tachado de &ldquo;intolerable&rdquo; que se mienta sobre su situaci&oacute;n procesal. Adem&aacute;s, ha expresado su rechazo ante el uso de la Fiscal&iacute;a &ldquo;para campa&ntilde;as pol&iacute;ticas con denuncias falsas&rdquo;. &ldquo;Pretenden utilizar a la Fiscal&iacute;a como arma pol&iacute;tica en su campa&ntilde;a electoral, prepar&aacute;ndose para mayo de 2027&rdquo;, ha aseverado. La l&iacute;der socialista ha manifestado su convencimiento de que est&aacute; denuncia no prosperar&aacute;: &ldquo;Tengo total confianza en que la investigaci&oacute;n de la Fiscal&iacute;a acreditar&aacute; plenamente la legalidad de mis actuaciones&rdquo;.&nbsp;
    </p><blockquote class="quote">

    
    <div class="quote-wrapper">
      <div class="first-quote"></div>
      <p class="quote-text">Venía cobrando por la asistencia a plenos cuando solo pueden cobrar por esto los consejeros que no tienen dedicación exclusiva</p>
                <div class="quote-author">
                        <span class="name">David Monte</span>
                                        <span>—</span> Director insular de Presidencia 
                      </div>
          </div>

  </blockquote><p class="article-text">
        Por su parte, el Cabildo de Lanzarote emiti&oacute; durante la tarde de este mi&eacute;rcoles un comunicado en el que insist&iacute;a en que David Monte hab&iacute;a comparecido ante la Fiscal&iacute;a como director insular de Presidencia y asesor&iacute;a jur&iacute;dica del Cabildo de Lanzarote, dentro de las funciones que tiene atribuidas, y no en calidad de abogado de ninguna formaci&oacute;n pol&iacute;tica. En la aclaraci&oacute;n, no matiza las afirmaciones en las que asegur&oacute; que Corujo estaba &ldquo;investigada&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        David Monte fue nombrado nuevo director insular del &Aacute;rea de Presidencia el 31 de diciembre de 2025, para &ldquo;fortalecer el asesoramiento legal y la seguridad jur&iacute;dica de la instituci&oacute;n&rdquo;, as&iacute; como &ldquo;garantizar el rigor en la toma de decisiones y la correcta defensa del inter&eacute;s general&rdquo;. Entonces, el presidente del Cabildo de Lanzarote, Oswaldo Betancort, subray&oacute; que &ldquo;la experiencia profesional y la formaci&oacute;n especializada&rdquo; de Monte suponen un &ldquo;valor a&ntilde;adido para el funcionamiento interno del Cabildo y para seguir avanzando en una gesti&oacute;n responsable, transparente y eficaz&rdquo;. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Natalia G. Vargas]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/cc-atribuye-expresidenta-cabildo-lanzarote-condicion-investigada-denunciarla-fiscalia_1_13291508.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 11 Jun 2026 09:42:19 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/20abd16d-1693-4063-86e5-9a26b7f595eb_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="429661" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/20abd16d-1693-4063-86e5-9a26b7f595eb_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="429661" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[CC atribuye a la expresidenta del Cabildo de Lanzarote la condición de investigada tras denunciarla ante la Fiscalía]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/20abd16d-1693-4063-86e5-9a26b7f595eb_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Condenado por apropiación indebida el ex administrador de Seguridad Integral Canaria Héctor de Armas]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/condenado-apropiacion-indebida-ex-administrador-seguridad-integral-canaria-hector-armas_1_13290893.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/a83d1e0e-2433-44a6-8d8a-1caab02f87db_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Condenado por apropiación indebida el ex administrador de Seguridad Integral Canaria Héctor de Armas"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La justicia lo encuentra culpable de un delito de apropiación indebida por el que le impone año y medio de prisión y le obliga a devolver 83.000 euros a varios bancos clientes entonces de la compañía</p></div><p class="article-text">
        La Secci&oacute;n Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado a a&ntilde;o y medio de prisi&oacute;n al que fuera administrador &uacute;nico de la empresa <strong>Seguridad Integral Canari</strong>a, H&eacute;ctor de Armas, por un delito continuado de apropiaci&oacute;n indebida, cometido cuando orden&oacute; al personal encargado de la custodia de dinero en las cajas fuertes de la compa&ntilde;&iacute;a que le entregaran determinadas sumas de dinero que emple&oacute; en gastos personales. De Armas deber&aacute; indemnizar a esos clientes, seis entidades bancarias, la cantidad que se apropi&oacute;, 83.000 euros.
    </p><p class="article-text">
        La sentencia da por probado que en el per&iacute;odo comprendido entre el 29 de enero de 2018 y el 26 de junio de 2018, H&eacute;ctor de Armas dio &oacute;rdenes en siete ocasiones distintas al personal de las c&aacute;maras de seguridad de Seguridad Integral Canaria &ldquo;para que le entregasen dinero en efectivo, mediante la firma del correspondiente resguardo,
    </p><p class="article-text">
        recibiendo la cantidad total de 83.000 euros&ldquo;. Se trataba de cantidades depositadas por las diversas entidades bancarias: CaixaBank, Bankia, Cajasiete, BBVA, Banco Santander, Bankinter y Banco de Cr&eacute;dito Social Corporativo.
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n se ha concluido como probado que De Armas &ldquo;dispuso libremente de ese importe y no procedi&oacute; a su devoluci&oacute;n pese a que en varias ocasiones fue requerido a ello por los empleados de Seguridad Integral Canaria a trav&eacute;s de los cuales hab&iacute;a gestionado la retirada de ese dinero&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        El tribunal, del que ha sido ponente la magistrada Inocencia Eugenia Cabello D&iacute;az, rechaz&oacute; el delito de administraci&oacute;n desleal que promovi&oacute; el BBVA por considerar que &ldquo;el dinero objeto de apropiaci&oacute;n no pertenec&iacute;a a la entidad Sociedad Integral Canaria, de la que el acusado era administrador &uacute;nico, sino a terceros que ten&iacute;a contratada con ella la custodia, dep&oacute;sito y transporte, por lo que, en definitiva&rdquo;.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Aunque la defensa del acusado no lo pidi&oacute; durante la vista oral, el tribunal ha aplicado la atenuante de dilaciones indebidas por el tiempo transcurrido desde la incoaci&oacute;n de la causa (febrero de 2019) hasta la celebraci&oacute;n del juicio, con diversas incidencias en la instrucci&oacute;n, conducida por el Juzgado de Instrucci&oacute;n 6 de Las Palmas de Gran Canaria.
    </p><p class="article-text">
        S&iacute; que fueron desestimadas por el tribunal las alegaciones del acusado respecto a la nulidad de actuaciones por defectos formales durante la instrucci&oacute;n de la causa referidas a pr&oacute;rrogas an&oacute;malas del procedimiento y la presencia como acusaci&oacute;n particular de una empleada de Seguridad Integral Canaria y de esta misma empresa en esa misma condici&oacute;n y como responsable civil subsidiaria.
    </p><p class="article-text">
        La sentencia puede ser recurrida en casaci&oacute;n ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias.
    </p><p class="article-text">
        Puestos en contacto con H&eacute;ctor de Armas, este ha manifestado a este peri&oacute;dico su intenci&oacute;n de recurrir &ldquo;hasta la &uacute;ltima instancia&rdquo; por estar &ldquo;convencido&rdquo; de su inocencia.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Canarias Ahora]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/condenado-apropiacion-indebida-ex-administrador-seguridad-integral-canaria-hector-armas_1_13290893.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 10 Jun 2026 12:15:42 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/a83d1e0e-2433-44a6-8d8a-1caab02f87db_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="301769" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/a83d1e0e-2433-44a6-8d8a-1caab02f87db_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="301769" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Condenado por apropiación indebida el ex administrador de Seguridad Integral Canaria Héctor de Armas]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/a83d1e0e-2433-44a6-8d8a-1caab02f87db_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Canarias,Tribunales,Seguridad,Juicios]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El colectivo ecologista Turcón recurre ante el Supremo la autorización al Bombeo Reversible Soria - Chira]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/ecologista-turcon-recurre-supremo-bombeo-reversible-soria-chira_1_13286219.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/6782faf6-a66b-4fce-8ce3-632ac2234163_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El colectivo ecologista Turcón recurre ante el Supremo la autorización al Bombeo Reversible Soria - Chira"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La futura central afecta directamente a tres espacios de la Red Natura 2000, indirectamente a otros dos y, en especial, al Barranco de Arguineguín</p><p class="subtitle">Más de 30 colectivos exigen a Costas explicaciones por los movimientos de tierra que se están realizando en Veneguera
</p></div><p class="article-text">
        El colectivo ecologista Turc&oacute;n Ecologistas en Acci&oacute;n ha presentado un recurso de casaci&oacute;n ante el Tribunal Supremo contra el Decreto del Gobierno de Canarias que autoriz&oacute; el proyecto de Bombeo Reversible Soria &ndash; Chira. 
    </p><p class="article-text">
        La organizaci&oacute;n ha explicado que acude al Alto Tribunal despu&eacute;s de la sentencia desestimatoria del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) del pasado mes de abril.
    </p><p class="article-text">
        Turc&oacute;n recuerda recordar que el Decreto (noviembre de 2025) del Gobierno canario acord&oacute; la ejecuci&oacute;n del proyecto denominado <em>Central hidroel&eacute;ctrica de bombeo Chira- Soria; reformado del proyecto de construcci&oacute;n. Modificado II</em>, promovido por Red El&eacute;ctrica de Espa&ntilde;a, SAU y que suspend&iacute;a el planeamiento urban&iacute;stico y territorial vigente para dar encaje al proyecto citado. Un procedimiento, remarca Turc&oacute;n, &ldquo;totalmente in&eacute;dito, sin precedentes, utilizando art&iacute;culos excepcionales, desprotegiendo varios espacios naturales para legitimar la construcci&oacute;n de la obra en beneficio de Red El&eacute;ctrica&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        La Central de Bombeo Reversible de Soria &ndash; Chira afecta directamente a tres espacios de la Red Natura 2000, indirectamente a otros dos y, en especial, al Barranco de Arguinegu&iacute;n. &ldquo;El proyecto&nbsp;mancilla nuestra rica biodiversidad y desprotege el territorio de las zonas afectadas&rdquo;, denuncia el colectivo ecologista.
    </p><p class="article-text">
        Despu&eacute;s del an&aacute;lisis de la sentencia del TSJC, Turc&oacute;n-EeA presenta los recursos de casaci&oacute;n, distinguiendo el recurso de casaci&oacute;n estatal, que ser&aacute; conocido por el Tribunal Supremo, y el recurso de casaci&oacute;n auton&oacute;mico, que corresponde al Tribunal Superior de Justicia de Canarias. Ambos recursos se presentan siguiendo una arquitectura jur&iacute;dica coherente y una adecuada separaci&oacute;n entre las cuestiones de Derecho estatal y europeo, por un lado, y las de Derecho auton&oacute;mico canario, por otro, explica la organizaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Respecto al recurso estatal, una de las claves planteadas son las infracciones del Derecho ambiental europeo y estatal, &ldquo;inoponibles&rdquo; al Decreto canario. La argumentaci&oacute;n jur&iacute;dica considera especialmente s&oacute;lida la fundamentaci&oacute;n basada en la Directiva H&aacute;bitats, la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n Europea y el principio de no regresi&oacute;n ambiental.
    </p><p class="article-text">
        Asimismo, se subraya la importancia general de la cuesti&oacute;n debatida, al afectar a la compatibilidad entre los reg&iacute;menes excepcionales de implantaci&oacute;n de infraestructuras energ&eacute;ticas y las obligaciones de conservaci&oacute;n de los espacios integrados en la Red Natura 2000.
    </p><p class="article-text">
        En cuanto al recurso auton&oacute;mico, Turc&oacute;n-EeA cuestiona la argumentaci&oacute;n que hace el Gobierno de Canarias apoy&aacute;ndose en el art&iacute;culo 6 bis de la Ley del Sector El&eacute;ctrico de Canarias y los l&iacute;mites de las facultades que atribuye a la administraci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        En resumen, los ecologistas, consideran que el litigio trasciende el caso concreto de Gran Canaria, al abordar uno de los principales desaf&iacute;os jur&iacute;dicos de la transici&oacute;n energ&eacute;tica: garantizar el desarrollo de las infraestructuras energ&eacute;ticas sin menoscabar las obligaciones de protecci&oacute;n ambiental derivadas del Derecho europeo y de la normativa de conservaci&oacute;n de la biodiversidad.
    </p><p class="article-text">
        Turc&oacute;n considera que estos recursos de casaci&oacute;n siguen una clara estrategia de maximizar las opciones de que los tribunales superiores se pronuncien sobre cuestiones de gran relevancia para la protecci&oacute;n de los espacios naturales y para el futuro de la planificaci&oacute;n energ&eacute;tica en el pa&iacute;s.
    </p><p class="article-text">
        Insiste Turc&oacute;n-EeA que este proyecto de Bombeo Reversible Soria &ndash; Chira es &ldquo;un s&iacute;ntoma de un modelo de transici&oacute;n energ&eacute;tica errado.&nbsp;Queremos la transici&oacute;n energ&eacute;tica, pero no de esta manera. Frente a los oligopolios y monopolios en el sector el&eacute;ctrico de las islas, apostamos por un nuevo modelo energ&eacute;tico sostenible, p&uacute;blico, justo, descentralizado y que no afecte a los espacios naturales protegidos ni al suelo r&uacute;stico de protecci&oacute;n agr&iacute;cola&rdquo;, concluye.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Canarias Ahora]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/ecologista-turcon-recurre-supremo-bombeo-reversible-soria-chira_1_13286219.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 09 Jun 2026 07:39:30 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/6782faf6-a66b-4fce-8ce3-632ac2234163_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="635771" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/6782faf6-a66b-4fce-8ce3-632ac2234163_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="635771" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[El colectivo ecologista Turcón recurre ante el Supremo la autorización al Bombeo Reversible Soria - Chira]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/6782faf6-a66b-4fce-8ce3-632ac2234163_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Ecologistas en Acción,Canarias,Red Eléctrica,Gran Canaria]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El juez de El Hierro ordena reconstruir la muerte de una joven en Valverde en 2022]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/juez-hierro-ordena-reconstruir-muerte-joven-valverde-2022_1_13284179.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/d750f9c5-62cf-4692-8ce3-0187084e151a_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El juez de El Hierro ordena reconstruir la muerte de una joven en Valverde en 2022"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Un equipo liderado por el Departamento de Escena del Crinen de la Guardia Civil ejecutará el operativo, en el que se arrojará un maniquí por la zanja en la que cayó la universitaria en su día y se llevará a cabo una recreación en 3D del paraje</p><p class="subtitle">La familia busca reabrir el caso de Lía, que murió en El Hierro tras caer a un foso de seis metros sin vallar y sin iluminación
</p></div><p class="article-text">
        El actual titular del Tribunal de Instancia de Valverde, en El Hierro, Antonio Mazuecos, ha ordenado la pr&aacute;ctica de una reconstrucci&oacute;n de hechos para esclarecer las circunstancias en las que falleci&oacute; una joven universitaria de 20 a&ntilde;os en la madrugada del 24 de julio de 2022 en la zona del aparcamiento de la calle San Juan, en dicha localidad. 
    </p><p class="article-text">
        La diligencia, acordada para este jueves, 11 de junio, se llevar&aacute; a cabo por agentes especializados de la Guardia Civil (Departamento de Escena del Crimen del Laboratorio Central del Servicio de Criminal&iacute;stica de la Jefatura de Polic&iacute;a Judicial, Secrim) con apoyo de unidades de Polic&iacute;a Judicial de Santa Cruz de Tenerife y miembros del equipo de Polic&iacute;a Judicial de la Guardia Civil de Valverde, y consistir&aacute; en una inspecci&oacute;n t&eacute;cnico-forense del escenario del suceso y en la recreaci&oacute;n experimental de la ca&iacute;da mediante un maniqu&iacute; o dummy de caracter&iacute;sticas similares a las de la v&iacute;ctima. 
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n recoge el oficio judicial, la reconstrucci&oacute;n busca &ldquo;verificar experimentalmente la distancia y posici&oacute;n en que queda tendido&rdquo; el cuerpo simulado, comparando el resultado con la evidencia &ldquo;objetivamente constatada en las actuaciones&rdquo;, adem&aacute;s de confeccionar un informe pericial con recreaciones virtuales e infograf&iacute;a 3D. 
    </p><p class="article-text">
        El caso fue investigado inicialmente como una presunta muerte accidental, aunque la familia de la fallecida sostiene que pudo existir una actuaci&oacute;n imprudente de terceros y pide que se esclarezcan todos los extremos de lo sucedido. 
    </p><p class="article-text">
        En el auto de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, que confirm&oacute; el sobreseimiento provisional del caso en mayo de 2024, se describe que la joven se encontraba con amigos junto a la discoteca La Lonja y que, al apartarse para hacer sus necesidades, se dirigi&oacute; a una zona lateral de poca iluminaci&oacute;n. La resoluci&oacute;n a&ntilde;ade que el acceso a la finca contigua se hac&iacute;a por una rampa de cemento con muros de unos 50 cent&iacute;metros, sin barandillas, y con un desnivel de varios metros entre la rampa y la pared. 
    </p><p class="article-text">
        La Audiencia recogi&oacute; tambi&eacute;n que, seg&uacute;n el atestado policial, la joven, de 20 a&ntilde;os y natural de Gran Canaria, cay&oacute; al rebasar el muro adyacente, al parecer en la creencia de que al otro lado estaba la rampa de acceso, cuando en realidad exist&iacute;a un hueco de m&aacute;s de cinco metros. En ese mismo razonamiento, la Sala se&ntilde;al&oacute; que la zona carec&iacute;a de iluminaci&oacute;n y que no constaban avisos previos de accidentes, aunque la parte recurrente sosten&iacute;a que debieron adoptarse medidas de seguridad adicionales, como mayor altura de los muros, vallas perimetrales y se&ntilde;alizaci&oacute;n suficiente. 
    </p><p class="article-text">
        Tras el auto de la Sala ratificando el sobreseimiento provisional de las actuaciones, el caso fue reaperturado por el juez Antonio Mazuecos el pasado 25 de mayo, en respuesta a un recurso de la acusaci&oacute;n particular. 
    </p><p class="article-text">
        La nueva diligencia pretende ahora comprobar sobre el terreno la mec&aacute;nica de la ca&iacute;da y contrastar si la configuraci&oacute;n f&iacute;sica del lugar se corresponde con la hip&oacute;tesis sostenida en la instrucci&oacute;n. La actuaci&oacute;n se enmarca en una causa que sigue abierta y que vuelve a centrar la investigaci&oacute;n en el punto exacto donde se produjo la precipitaci&oacute;n mortal.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Canarias Ahora]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/juez-hierro-ordena-reconstruir-muerte-joven-valverde-2022_1_13284179.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 08 Jun 2026 11:04:18 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/d750f9c5-62cf-4692-8ce3-0187084e151a_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="413521" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/d750f9c5-62cf-4692-8ce3-0187084e151a_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="413521" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[El juez de El Hierro ordena reconstruir la muerte de una joven en Valverde en 2022]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/d750f9c5-62cf-4692-8ce3-0187084e151a_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Ministerio de Justicia activa en Canarias su portal digital para hacer trámites]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/ministerio-justicia-activa-canarias-portal-digital-tramites_1_13283952.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/64d2c1c9-db64-4f96-b019-89d714e4c3f9_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Ministerio de Justicia activa en Canarias su portal digital para hacer trámites"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Se trata de la plataforma 'online' Carpeta Justicia, desde la que se pueden hacer gestiones como consultar resoluciones, expedientes judiciales o señalamientos de juicios, y que ya suma más de 753.000 usuarios en toda España</p></div><p class="article-text">
        El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes ha activado la plataforma digital Carpeta Justicia en Canarias. Se trata de un portal que permite que, desde un dispositivo m&oacute;vil o un ordenador, ciudadanos, profesionales y empresas puedan consultar notificaciones, resoluciones o se&ntilde;alamientos de juicios, comprobar el estado de expedientes judiciales, etc.. Tambi&eacute;n permite resumir o anonimizar documentos y consultar citas previas en el Registro Civil, los tribunales y las gerencias territoriales de Justicia, entre otros. En definitiva, seg&uacute;n explica el Ministerio, facilita la relaci&oacute;n digital entre la ciudadan&iacute;a y la Administraci&oacute;n de Justicia. 
    </p><p class="article-text">
        A trav&eacute;s de su app y su web (<em>www.carpeta.justicia.es</em>), procuradores, abogados, graduados sociales, ciudadan&iacute;a y empresas pueden hacer m&uacute;ltiples gestiones de forma m&aacute;s &aacute;gil, sin desplazamientos y en el momento en el que lo necesiten.
    </p><p class="article-text">
        Carpeta Justicia ya est&aacute; disponible en las comunidades aut&oacute;nomas que no tienen transferida la competencia de Justicia (Castilla y Le&oacute;n, Castilla-La Mancha, Regi&oacute;n de Murcia, Extremadura, Islas Baleares y las ciudades aut&oacute;nomas de Ceuta y Melilla), adem&aacute;s de en la Comunidad de Madrid, La Rioja, el Principado de Asturias y Galicia. En total, la plataforma del Ministerio ya da cobertura a cerca del 50% de la poblaci&oacute;n espa&ntilde;ola y pronto se activar&aacute; en otras comunidades aut&oacute;nomas.
    </p><h2 class="article-text"><strong>Carpeta Justicia supera los 753.000 usuarios</strong></h2><p class="article-text">
        Actualmente, Carpeta Justicia supera los 753.000 usuarios &uacute;nicos, de los cuales m&aacute;s de 60.000 son profesionales del &aacute;mbito judicial. Esto supone que  el 36% de los profesionales en activo utilizan ya la plataforma. El grado de uso es especialmente destacado en procuradores (90,6%), abogados (33,6%) y graduados sociales (24,4%).
    </p><p class="article-text">
        En los &uacute;ltimos 12 meses, m&aacute;s de 320.000 nuevos usuarios se han incorporado a esta herramienta, lo que representa un incremento del 75%.
    </p><p class="article-text">
        Por su parte, la aplicaci&oacute;n m&oacute;vil de Carpeta Justicia registra ya m&aacute;s de 85.000 descargas desde su arranque, facilitando as&iacute; el acceso a sus servicios desde cualquier dispositivo m&oacute;vil.
    </p><p class="article-text">
        El despliegue de esta herramienta se enmarca en la estrategia de digitalizaci&oacute;n de la Justicia impulsada desde el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes para garantizar un servicio p&uacute;blico m&aacute;s moderno, &aacute;gil, eficiente y cercano.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Canarias Ahora]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/ministerio-justicia-activa-canarias-portal-digital-tramites_1_13283952.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 08 Jun 2026 10:20:00 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/64d2c1c9-db64-4f96-b019-89d714e4c3f9_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="65438" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/64d2c1c9-db64-4f96-b019-89d714e4c3f9_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="65438" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[El Ministerio de Justicia activa en Canarias su portal digital para hacer trámites]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/64d2c1c9-db64-4f96-b019-89d714e4c3f9_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Tribunales,Canarias,Ministerio de Justicia,Gobierno,Administración de Justicia]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Denunciados ante la Fiscalía y Costas los movimientos de tierra en la playa y el barranco de Veneguera]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/denunciados-fiscalia-costas-movimientos-tierra-playa-barranco-veneguera_1_13274845.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/b360f216-491e-4062-aebe-9daae171d8b1_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Denunciados ante la Fiscalía y Costas los movimientos de tierra en la playa y el barranco de Veneguera"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El Colectivo Turcón Ecologistas en Acción pide la intervención de estos organismos ante el uso de maquinaria pesada en esa zona, dentro de los límites de la servidumbre y de la protección del dominio público marítimo terrestre </p><p class="subtitle">Más de 30 colectivos exigen a Costas explicaciones por los movimientos de tierra que se están realizando en Veneguera
</p></div><p class="article-text">
        El Colectivo Turc&oacute;n Ecologistas en Acci&oacute;n ha denunciado ante la Fiscal&iacute;a y la Demarcaci&oacute;n de Costas los movimientos de tierra que se est&aacute;n efectuando con maquinaria pesada en la playa y en el barranco de Veneguera. La organizaci&oacute;n ecologista pide la intervenci&oacute;n de estos organismos, a los que ha avisado de que las obras se est&aacute;n ejecutando dentro de los l&iacute;mites de la servidumbre y de la protecci&oacute;n del Dominio P&uacute;blico Mar&iacute;timo-Terrestre (DPMT) de la Demarcaci&oacute;n de Costas de Canarias.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n explica el colectivo, la empresa que ejecuta las obras &ldquo;se ha excedido en su actuaci&oacute;n de cara a corregir los perfiles de playa y barranco&rdquo;. Esto, a&ntilde;ade, &ldquo;nos produce m&aacute;s preocupaci&oacute;n, toda vez que interpretamos unas actuaciones improvisadas, sin los correspondientes permisos habilitantes y fruto de un exceso de confianza, diligencia desmedida y desproporcionada frente a los efectos de una borrasca (fen&oacute;meno natural) en una zona natural y poco antropizada&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Las im&aacute;genes y testimonios recogidos por numerosos ciudadanos muestran, seg&uacute;n el colectivo, c&oacute;mo maquinaria pesada eliminaba el talud natural caracter&iacute;stico de las playas del oeste de Gran Canaria, arrastrando grandes cantidades de cantos rodados y &aacute;ridos desde la propia playa hacia la zona del antiguo aparcamiento, donde ese material fue acumulado para la sepultaci&oacute;n del mismo.
    </p><p class="article-text">
        Ante esta situaci&oacute;n, &ldquo;la ciudadan&iacute;a&rdquo;, prosige Turc&oacute;n, &ldquo;se pregunta en qu&eacute; consiste exactamente el supuesto proyecto de <em>renaturalizaci&oacute;n</em> de Lopesan en Veneguera, qu&eacute; actuaciones contempla adem&aacute;s de las ya ejecutadas y bajo qu&eacute; criterios t&eacute;cnicos, ambientales y administrativos se est&aacute;n llevando a cabo estos movimientos de &aacute;ridos y cantos rodados dentro de un espacio protegido perteneciente al Parque Rural del Nublo&rdquo;.
    </p><h2 class="article-text"><strong>Preocupaci&oacute;n social</strong></h2><p class="article-text">
        Los ecologistas exigen conocer qu&eacute; administraciones han autorizado estas actuaciones, si existen informes ambientales p&uacute;blicos que las avalen y cu&aacute;les son los verdaderos objetivos de intervenci&oacute;n sobre la playa y su entorno, especialmente ante el temor creciente de que este tipo de actuaciones puedan terminar derivando, de manera progresiva, en una limitaci&oacute;n del acceso libre y p&uacute;blico a uno de los &uacute;ltimos espacios semiv&iacute;rgenes que quedan en Gran Canaria.
    </p><p class="article-text">
        La preocupaci&oacute;n social aumenta, a&ntilde;ade Turc&oacute;n, &ldquo;especialmente por los antecedentes ambientales de Lopesan en el propio barranco de Veneguera&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Resulta una contradicci&oacute;n absoluta que se intente presentar como <em>renaturalizaci&oacute;n</em> un proyecto promovido por una empresa se&ntilde;alada desde hace a&ntilde;os por actuaciones altamente agresivas sobre el propio barranco de Veneguera. En concreto, Lopesan ha destruido importantes zonas de tarajales en el cauce, eliminado valiosos h&aacute;bitats de tabaibal cardonal centenarios en la ladera conocida como Tabaibales -tambi&eacute;n para la plantaci&oacute;n de nuevos cultivos-, han modificado el cauce en multitud de ocasiones, han destruido un yacimiento arqueol&oacute;gico de enorme valor patrimonial en 2023, hechos que actualmente contin&uacute;an bajo investigaci&oacute;n judicial, y han cortado accesos y caminos, entre muchas otras cosas&rdquo;, denuncia el colectivo.
    </p><p class="article-text">
        Por ello, &ldquo;muchas personas sentimos que no estamos ante un verdadero proyecto ecol&oacute;gico, sino ante un nuevo episodio de intervenci&oacute;n progresiva sobre un espacio emblem&aacute;tico de los que quedan en nuestra isla&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Y a&ntilde;ade: &ldquo;Nos preocupa profundamente que estas actuaciones puedan formar parte de una estrategia paulatina de control territorial y limitaci&oacute;n del acceso ciudadano a un espacio natural que pertenece emocional, cultural y socialmente al conjunto del pueblo canario&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Si realmente existe una voluntad de <em>renaturalizar</em>, la ciudadan&iacute;a se pregunta si Lopesan piensa tambi&eacute;n aplicar ese mismo criterio sobre las extensas zonas del litoral del sur de Gran Canaria destruidas durante d&eacute;cadas por el modelo tur&iacute;stico y urban&iacute;stico que precisamente enriqueci&oacute; a su grupo empresarial&rdquo;, cuestiona el grupo ecologista.
    </p><p class="article-text">
        Por &uacute;ltimo, Turc&oacute;n solicita como medida cautelar para contener los efectos de esta intervenci&oacute;n el precinto de las obras que se est&aacute;n ejecutando, requiriendo a los investigados a que se abstengan de continuar con las obras iniciadas bajo apercibimiento de poder incurrir en un delito de desobediencia a la autoridad.
    </p><h2 class="article-text"><strong>Lopesan defiende su actuaci&oacute;n</strong></h2><p class="article-text">
        El Grupo&nbsp;<strong>Lopesan</strong>&nbsp;ha explicado que se trata de un proyecto de recuperaci&oacute;n de la finca agr&iacute;cola de&nbsp;<strong>Veneguera</strong>, un enclave del suroeste de Gran Canaria de gran relevancia por su patrimonio agr&iacute;cola, paisaj&iacute;stico y etnogr&aacute;fico. La planificaci&oacute;n trazada se orienta a reactivar los cultivos tradicionales, restaurar las infraestructuras rurales de la zona y optimizar el entorno costero, evaluando con rigor t&eacute;cnico el alcance de cada actuaci&oacute;n ejecutada.
    </p><p class="article-text">
        La empresa asegura que todas las intervenciones se desarrollan <a href="https://www.eldiario.es/canariasahora/sociedad/lopesan-defiende-trabajos-veneguera-gran-canaria_1_13261763.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">bajo la direcci&oacute;n facultativa correspondiente</a>, dentro del marco administrativo y en total conformidad con la normativa vigente.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Canarias Ahora]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/denunciados-fiscalia-costas-movimientos-tierra-playa-barranco-veneguera_1_13274845.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 04 Jun 2026 10:19:12 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/b360f216-491e-4062-aebe-9daae171d8b1_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="760423" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/b360f216-491e-4062-aebe-9daae171d8b1_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="760423" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Denunciados ante la Fiscalía y Costas los movimientos de tierra en la playa y el barranco de Veneguera]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/b360f216-491e-4062-aebe-9daae171d8b1_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Gran Canaria,Canarias,Ecologistas en Acción,Medio ambiente,Turismo]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El jardinero Manuel gana a la mutua: su baja fue por un accidente laboral, no por obesidad ni por su maltrecha rodilla]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/jardinero-manuel-gana-mutua-baja-accidente-laboral-no-obesidad-maltrecha-rodilla_1_13258869.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/47b87962-9f97-4980-88c9-5ea5283ff85a_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El jardinero Manuel gana a la mutua: su baja fue por un accidente laboral, no por obesidad ni por su maltrecha rodilla"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Una sentencia firme obliga a la Mutua Asepeyo a reconocer que la baja del trabajador fue producto de una lesión en plena jornada, como testificaron sus compañeros, y no de una enfermedad común. Los sindicatos denuncian la “connivencia” entre mutuas y empresas para invisibilizar la siniestralidad laboral</p><p class="subtitle">Un detective grabó a una trabajadora de baja en el gimnasio: la mutua le retiró la prestación, pero la justicia se la devuelve
</p></div><p class="article-text">
        Mi&eacute;rcoles, 5 de enero de 2022. Manuel (nombre ficticio) trabaja como jardinero en la empresa Canaragua, la principal compa&ntilde;&iacute;a de gesti&oacute;n del ciclo integral del agua en Canarias. Est&aacute; podando unos matos en las inmediaciones de un barranco cuando pisa un hoyo y se le dobla la pierna derecha, sintiendo un charrasqueo en la rodilla. 
    </p><p class="article-text">
        Dos d&iacute;as m&aacute;s tarde acude a la mutua laboral Asepeyo para comunicar lo ocurrido. Dice que sinti&oacute; c&oacute;mo la rodilla se le fue &ldquo;a un lado&rdquo; y que varios compa&ntilde;eros de trabajo presenciaron el incidente.
    </p><p class="article-text">
        El informe de asistencia, sin embargo, no aprecia signos compatibles con un traumatismo reciente. No encuentra ning&uacute;n hematoma, derrame ni hinchaz&oacute;n. Apunta de hecho que la rodilla accidentada, la derecha, se ve igual que la izquierda. Detalla que las exploraciones realizadas para valorar una posible lesi&oacute;n de ligamentos o meniscos resultan negativas. Y agrega asimismo que existen &ldquo;cambios degenerativos&rdquo; en la parte interna de la rodilla y en la r&oacute;tula. La prueba que detecta el roce o chasquido por desgaste de la r&oacute;tula, la que se conoce como &ldquo;prueba del cepillo rotuliano&rdquo;, s&iacute; da positivo. 
    </p><p class="article-text">
        La mutua rechaza declarar que el trabajador sufri&oacute; un accidente laboral &ldquo;dada la inexistencia de mecanismo accidental traum&aacute;tico&rdquo;. En su resoluci&oacute;n, lo deriva a la sanidad p&uacute;blica canaria aludiendo a &ldquo;los antecedentes quir&uacute;rgicos del paciente&rdquo;, a su &ldquo;constituci&oacute;n obesa&rdquo; y a que en la exploraci&oacute;n &ldquo;no hay esguince&rdquo; ni &ldquo;signos agudos inflamatorios de traumatismo&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Manuel enferma de COVID-19 al d&iacute;a siguiente. Es 8 de enero de 2022 y est&aacute; de baja a causa del virus hasta el 21 de ese mismo mes. Tres d&iacute;as despu&eacute;s, el 24, es valorado por su m&eacute;dico de cabecera, que le prescribe una baja por enfermedad com&uacute;n con el diagn&oacute;stico de &ldquo;esguince de localizaci&oacute;n no especificada de la rodilla&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Es la primera vez que recibe tratamiento por una dolencia de este tipo. Muestra &ldquo;impotencia funcional&rdquo; y &ldquo;dolor agudo&rdquo;. Nunca hab&iacute;a estado de baja por problemas en esa rodilla ni hab&iacute;a seguido tratamiento analg&eacute;sico al respecto. 
    </p><p class="article-text">
        A finales de marzo, el hombre solicita al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) la determinaci&oacute;n de contingencia para que su baja sea reconocida como accidente de trabajo. Meses despu&eacute;s, en verano, sufre otra tragedia: mientras iba en bicicleta, es atropellado frontalmente por un coche kamikaze que circulaba en direcci&oacute;n contraria y que se dio a la fuga. Nuevos an&aacute;lisis confirman entonces &ldquo;artrosis marcada&rdquo; en su rodilla derecha.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        La historia de Manuel es tambi&eacute;n la del colapso de la sanidad p&uacute;blica canaria. En junio de 2023, su historial cl&iacute;nico recoge tres visitas al servicio de Traumatolog&iacute;a por un dolor &ldquo;recurrente invalidante&rdquo; para recibir una infiltraci&oacute;n que no pudo practicarse en ninguna de esas ocasiones por la falta de facultativos. 
    </p><p class="article-text">
        En agosto, el INSS deniega su petici&oacute;n al considerar que &ldquo;no queda acreditado&rdquo; que la lesi&oacute;n se produjera &ldquo;en tiempo y lugar de trabajo&rdquo;. En febrero de 2024, dos a&ntilde;os despu&eacute;s de sufrir el accidente, el Instituto le reconoce una Incapacidad Permanente Total para su profesi&oacute;n habitual, aunque la cataloga como derivada de &ldquo;enfermedad com&uacute;n&rdquo;. Manuel la impugna y acude, tambi&eacute;n, a los tribunales, donde consigue su primera victoria en todo este tiempo. 
    </p><p class="article-text">
        Una sentencia del Juzgado de lo Social n&uacute;mero 4 de Las Palmas de Gran Canaria estim&oacute; la demanda del trabajador y declar&oacute; que su incapacidad temporal ten&iacute;a origen laboral, por lo que oblig&oacute; a la Mutua Asepeyo a abonarle la prestaci&oacute;n correspondiente y a devolverle las cantidades no percibidas. La base reguladora en este caso de la prestaci&oacute;n por accidente de trabajo asciende a 1.979,20 euros al mes. 
    </p><p class="article-text">
        El fallo otorg&oacute; plena credibilidad a las declaraciones de los compa&ntilde;eros de trabajo que estuvieron presentes el d&iacute;a de los hechos y dio validez al informe emitido por el perito m&eacute;dico propuesto por Manuel, quien record&oacute; que el empleado no hab&iacute;a sufrido ninguna baja previa por patolog&iacute;as en esa rodilla. 
    </p><p class="article-text">
        Pero la mutua recurri&oacute;. Present&oacute; un recurso ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), que en una <a href="https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/99b689cc563ce3faa0a8778d75e36f0d/20260427" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">reciente sentencia</a> ha desestimado su apelaci&oacute;n, ha ratificado que la baja de Manuel deriv&oacute; de un accidente de trabajo y ha impuesto a Asepeyo el pago de 800 euros en costas. El fallo es firme, han confirmado fuentes del TSJC. Su ponente es la magistrada Gloria Poyatos. 
    </p><p class="article-text">
        El alto tribunal canario ha recriminado el &ldquo;rechazable vicio procesal&rdquo; de la mutua al destacar que construy&oacute; todo su recurso sobre &ldquo;afirmaciones que no vienen avaladas&rdquo; y partiendo de &ldquo;premisas f&aacute;cticas distintas a las de la resoluci&oacute;n recurrida&rdquo;. Es lo que se conoce en derecho como &ldquo;petici&oacute;n de principio&rdquo; o &ldquo;hacer supuesto de la cuesti&oacute;n&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Asepeyo pidi&oacute; que se modificara el relato de los hechos para que constara que el accidente ocurri&oacute; &ldquo;mientras [Manuel] se dirig&iacute;a a su casa&rdquo;, ya que el propio trabajador indic&oacute;, cuando acudi&oacute; a la mutua, que se lesion&oacute; &ldquo;al salir del trabajo andando&rdquo;, por lo que ser&iacute;a un accidente &lsquo;in itinere&rsquo;. Tambi&eacute;n solicit&oacute; que se incluyera en ese relato el atropello que sufri&oacute; mientras circulaba en bicicleta. La mutua otorga &ldquo;relevancia&rdquo; a este hecho porque se produjo en verano de 2022, mientras que el informe pericial sobre el estado de salud de Manuel se emiti&oacute; despu&eacute;s, en septiembre de 2023. 
    </p><p class="article-text">
        El TSJC, no obstante, desestim&oacute; todos y cada uno de los argumentos de la entidad. Concluye que Manuel se dobl&oacute; la pierna &ldquo;durante la jornada laboral&rdquo; y que ese hecho probado &ldquo;descansa en la prueba testifical&rdquo; en primera instancia de sus compa&ntilde;eros de trabajo. 
    </p><p class="article-text">
        Asimismo, ante el informe pericial de la mutua (que descart&oacute; que hubiera un golpe traum&aacute;tico evidente y apreci&oacute; una &ldquo;contradicci&oacute;n&rdquo; entre c&oacute;mo se produjo la lesi&oacute;n seg&uacute;n lo manifestado por el trabajador al acudir a urgencias y lo posteriormente relatado en la demanda), el alto tribunal canario respet&oacute; &ldquo;la valoraci&oacute;n realizada&rdquo; por la jueza de instancia, que dio mayor credibilidad al informe m&eacute;dico aportado por Manuel, en el que se se&ntilde;ala que el paciente comenz&oacute; a sufrir dolor en su rodilla derecha desde el d&iacute;a en que se produjo el accidente, y no antes. 
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;La doctrina del Tribunal Supremo&rdquo; dice que &ldquo;ante dict&aacute;menes m&eacute;dicos contradictorios, (&hellip;) se ha de atender a la valoraci&oacute;n realizada por el magistrado de instancia&rdquo;, recoge la sentencia. 
    </p><p class="article-text">
        <strong>Canarias Ahora</strong> contact&oacute; con la Mutua Asepeyo para conocer su versi&oacute;n de los hechos, pero hasta el momento de la publicaci&oacute;n de este art&iacute;culo no ha habido respuesta. En una entrevista publicada hace semanas en<a href="https://www.laprovincia.es/enfoques/2026/04/25/angel-castillo-baja-refugio-cosas-129524710.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"> &lsquo;Prensa Ib&eacute;rica&rsquo;</a>, su director en Canarias, &Aacute;ngel Castillo, afirm&oacute; que &ldquo;se usa la baja como refugio para cosas que nada tienen que ver con la salud&rdquo; y que las mutuas no tienen &ldquo;ning&uacute;n inter&eacute;s econ&oacute;mico&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Pero lo ocurrido a Manuel no sorprende a los sindicatos. Carmen Marrero, secretaria de Salud Laboral de Comisiones Obreras (CCOO), denuncia que es &ldquo;bastante habitual&rdquo; que las mutuas, &ldquo;de manera muy recurrente&rdquo;, deriven a los servicios p&uacute;blicos a trabajadores &ldquo;sin haber hecho un estudio previo de si realmente el origen de su patolog&iacute;a es laboral&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Los datos la respaldan. El 21,52% de las quejas formales presentadas contra las mutuas a nivel nacional se deben a discrepancias con la calificaci&oacute;n de la contingencia. Es decir, a casos en los que se califican como enfermedad com&uacute;n lesiones que los trabajadores consideran accidentes laborales. 
    </p><p class="article-text">
        Este tipo de reclamaciones ha pasado de 4.129 en 2023 a 4.551 en 2024, seg&uacute;n el <a href="https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Conocenos/Publicaciones/28156/2332" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">&uacute;ltimo informe</a> publicado por la Direcci&oacute;n General de Ordenaci&oacute;n de la Seguridad Social, dependiente del Ministerio de Inclusi&oacute;n, Seguridad Social y Migraciones. El n&uacute;mero total de quejas tambi&eacute;n se ha elevado, al pasar de 17.953 a 21.146. 
    </p><p class="article-text">
        Las cifras revelan que Asepeyo recibi&oacute; 3.657 reclamaciones en 2024, un 44,72% m&aacute;s que en 2023, el mayor aumento reportado entre las mutuas. Y tambi&eacute;n que es la entidad que registra el mayor &iacute;ndice de incidencia de quejas (0,17%) en relaci&oacute;n con la poblaci&oacute;n que tiene protegida.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Marrero cree que existe cierta &ldquo;connivencia&rdquo; entre las mutuas y las empresas para<a href="https://www.eldiario.es/canariasahora/sociedad/claves-buzon-impulsan-empresarios-tenerife-espiar-trabajadores-criminaliza-vulnerables_1_12859020.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"> invisibilizar la siniestralidad laboral. </a>A su juicio, declarar una enfermedad profesional o un accidente de trabajo evidencia que la mercantil puede tener problemas de seguridad y la obligar&iacute;a a invertir en mejorar las condiciones laborales. &ldquo;Las empresas lo que quieren es salir bien en la foto&rdquo;, resume. 
    </p><p class="article-text">
        La secretaria de Salud Laboral de CCOO reconoce que &ldquo;no todas las personas&rdquo; tienen la fuerza que ha demostrado el jardinero Manuel para luchar en los tribunales y lamenta que muchos trabajadores se sientan &ldquo;demasiado peque&ntilde;itos para enfrentarse a la empresa y a todo un sistema jur&iacute;dico que no controlan&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Marrero denuncia la<a href="https://www.eldiario.es/canariasahora/sociedad/sanidad-canaria-sale-calle-protestas-colapso-urgencias-bajos-salarios-privada_1_12090377.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"> saturaci&oacute;n de los servicios p&uacute;blicos</a> como consecuencia de ello y el retraso en la obtenci&oacute;n de diagn&oacute;sticos que, en incontables ocasiones, acaban cronific&aacute;ndose. &ldquo;Las mutuas est&aacute;n muy bien dotadas de recursos materiales para determinados diagn&oacute;sticos. Son recursos que deben estar al servicio o en beneficio de la recuperaci&oacute;n de las personas trabajadoras&rdquo;, a&ntilde;ade. 
    </p><p class="article-text">
        Jos&eacute; Francisco Hern&aacute;ndez, t&eacute;cnico de prevenci&oacute;n de riesgos laborales en UGT, ahonda en la misma l&iacute;nea. &ldquo;En muchas ocasiones, el proceder de las mutuas es primero negar y despu&eacute;s que el trabajador o la trabajadora pelee. En cierto modo, si se me permite la expresi&oacute;n, nada objetiva, es como <a href="https://www.eldiario.es/canariasahora/economia/clavijo-contrata-dedo-empresa-exlider-patronal-tinerfena-analizar-absentismo-laboral-canarias_1_12041655.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">poner a los lobos a cuidar de las ovejas</a>&rdquo;, sentencia. 
    </p><p class="article-text">
        Marrero exige que las mutuas sean integradas directamente dentro de la Administraci&oacute;n P&uacute;blica y que atiendan desde el primer momento a los trabajadores, sin excusa. En caso de considerar que el empleado no se lesion&oacute; en el trabajo, la de CCOO reclama que sea la mutua (y no la persona trabajadora) la que acuda al INSS para que revise la incapacidad temporal. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Toni Ferrera]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/jardinero-manuel-gana-mutua-baja-accidente-laboral-no-obesidad-maltrecha-rodilla_1_13258869.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 03 Jun 2026 19:42:13 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/47b87962-9f97-4980-88c9-5ea5283ff85a_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="2381174" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/47b87962-9f97-4980-88c9-5ea5283ff85a_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="2381174" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[El jardinero Manuel gana a la mutua: su baja fue por un accidente laboral, no por obesidad ni por su maltrecha rodilla]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/47b87962-9f97-4980-88c9-5ea5283ff85a_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[accidente laboral,Mutuas,Siniestralidad laboral,Canarias,baja laboral]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Gobierno canario “defenderá con uñas y dientes” en los juzgados su “prioridad nacional” para la vivienda pública]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/gobierno-canario-defendera-dientes-juzgados-prioridad-nacional-vivienda-publica_1_13272487.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/dc2a7e50-63be-4d3b-b94a-1091cb7b509b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Gobierno canario “defenderá con uñas y dientes” en los juzgados su “prioridad nacional” para la vivienda pública"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El TSJC admite a trámite la demanda contra el decreto de acceso a la vivienda protegida, calificado por organizaciones sociales como: “racista, clasista, discriminatorio e ineficaz” 
</p><p class="subtitle">Primera demanda contra el Gobierno canario por su “prioridad nacional” en el acceso a la vivienda pública</p></div><p class="article-text">
        El <strong>Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC)</strong> ha dado el primer paso judicial contra el nuevo reglamento de vivienda p&uacute;blica del Gobierno auton&oacute;mico. El Alto Tribunal ha admitido a tr&aacute;mite el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el <a href="https://observatoridesca.org/es/portada" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Observatorio de Derechos Humanos DESCA</a>, y la plataforma <a href="https://www.instagram.com/derecho_altecho/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Derecho al Techo</a>, contra el decreto canario de acceso a la vivienda protegida.
    </p><p class="article-text">
        Se inicia as&iacute; una batalla legal que busca anular lo que las organizaciones consideran una medida inspirada en la <strong>&ldquo;prioridad nacional&rdquo; </strong>de la extrema derecha. El Decreto 23/2026 de 9 de marzo, que entr&oacute; en vigor el pasado 7 de abril, endurece dr&aacute;sticamente los requisitos de acceso a la vivienda protegida exigiendo, entre otros criterios, un m&iacute;nimo de <strong>12 a&ntilde;os de empadronamiento</strong> ininterrumpido en las islas.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Ahora, el TSJC exigir&aacute; el expediente completo de elaboraci&oacute;n del decreto al Ejecutivo de Coalici&oacute;n Canaria y Partido Popular, mientras los colectivos sociales conf&iacute;an en que la justicia tumbe una norma que tachan de &ldquo;racista, clasista, discriminatorio e ineficaz&rdquo;, principalmente porque vulnera &ldquo;cualquier principio de igualdad&rdquo;.&nbsp;El Observatorio DESCA critica que los partidos nacionalistas, como Junts en Catalu&ntilde;a y Coalici&oacute;n Canaria en el archipi&eacute;lago, &ldquo;est&aacute;n abanderando este movimiento sin necesidad de que est&eacute; Vox detr&aacute;s&rdquo;. Y se&ntilde;alan que &ldquo;cuando se utiliza el racismo es para dividir a la clase trabajadora&rdquo;.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, el Gobierno auton&oacute;mico asegura que &ldquo;defender&aacute;n el decreto con u&ntilde;as y dientes&rdquo;.&nbsp;&ldquo;El Gobierno de Canarias est&aacute; convencido que la vivienda p&uacute;blica tiene que ser para los canarios y canarias que desarrollan y tienen su proyecto de vida en Canarias. Y eso lo contemplamos a trav&eacute;s de ese criterio de arraigo, que es un requisito, que insisto, lo vamos a defender con u&ntilde;as y dientes, porque creemos que tenemos raz&oacute;n&rdquo;, aseguraba en la ma&ntilde;ana de este mi&eacute;rcoles <strong>Pablo Rodr&iacute;guez</strong>, consejero de Obras P&uacute;blicas, Vivienda y Movilidad del Gobierno de Canarias, durante la presentaci&oacute;n de una feria de cruceros en la capital de Gran Canaria.&nbsp;&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Para el consejero &ldquo;no es discriminatorio&rdquo;. Se&ntilde;ala que no est&aacute;n pidiendo el lugar de nacimiento de las personas que van a ser beneficiarias de la vivienda p&uacute;blica. &ldquo;Lo que estamos es priorizando a todos los canarios y canarias&rdquo;. Rodr&iacute;guez tambi&eacute;n se ha referido a las excepciones del decreto en base a situaciones de vulnerabilidad extrema. &ldquo;Las personas que son declaradas vulnerables de manera extrema, bien sea por los servicios sociales municipales o bien sea por un juzgado, tienen otro tr&aacute;mite, tienen otro camino para acceder a una vivienda&rdquo;, aseguraba el consejero de Vivienda, e insist&iacute;a en que &ldquo;por lo tanto, no discrimina en base a la vulnerabilidad, ni tampoco discrimina en base a la procedencia. Lo que apuesta es que esas viviendas p&uacute;blicas, sean para los que viven en Canarias&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Para el Observatorio de Derechos Humanos DESCA estas medidas &ldquo;claramente racistas y xen&oacute;fobas, son precisamente para que no veamos lo burdo de su pol&iacute;tica en materia de vivienda, para que contin&uacute;e la especulaci&oacute;n y que no haya viviendas p&uacute;blicas&rdquo;. Aseguran que &ldquo;hablan de prioridad nacional, porque no quieren que hablar de que est&aacute;n permitiendo que las viviendas tur&iacute;sticas sigan funcionando como si nada, ni han aprobado las zonas tensionadas, que es un mecanismo que estamos viendo que en Catalu&ntilde;a s&iacute; funciona&rdquo;, afirma Miguel Ruiz abogado del Observatorio DESCA.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n el consejero de Vivienda el decreto canario &ldquo;no tiene nada que ver con lo que plantea la ultraderecha en la prioridad nacional, que evidentemente ellos est&aacute;n mirando el color de piel o el lugar de procedencia de esas personas. Nosotros estamos diciendo que las viviendas p&uacute;blicas tienen que ser para la gente que vive aqu&iacute;&rdquo;, insist&iacute;a el consejero de Vivienda.  
    </p><h2 class="article-text"><strong>&ldquo;Maquillar la falta de vivienda p&uacute;blica&rdquo;&nbsp;</strong></h2><p class="article-text">
        Para la organizaci&oacute;n Derecho al Techo la estrategia del Ejecutivo regional consiste en &ldquo;maquillar la falta de vivienda p&uacute;blica, en lugar de afrontar los problemas estructurales de acceso a la vivienda&rdquo; en el archipi&eacute;lago.&nbsp;&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;En vez de implementar pol&iacute;ticas p&uacute;blicas de vivienda, deciden machacar a la parte m&aacute;s d&eacute;bil. Y adem&aacute;s con una clara discriminaci&oacute;n para el que no es de aqu&iacute;, o para el que viene de fuera, y no puede acreditar esos 12 a&ntilde;os&rdquo;, asegura Isabel Saavedra, abogada de Derecho al Techo.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Consideran que esta exigencia lo que hace es intentar eliminar &ldquo;por la puerta de atr&aacute;s&rdquo; a todas las personas que no lo puedan acreditar y &ldquo;reducir as&iacute; la lista de espera&rdquo; a la vivienda protegida.&nbsp;
    </p><h2 class="article-text"><strong>&ldquo;Nadie dijo nada&rdquo;</strong></h2><p class="article-text">
        Durante este proceso judicial el Observatorio de Derechos Humanos DESCA examinar&aacute; c&oacute;mo fue la tramitaci&oacute;n del decreto. &ldquo;Veremos la salvajada que supone que una norma como esta se pueda aprobar, teniendo una jurisprudencia ampl&iacute;sima de que son normas que se han declarado ilegales, y nadie dijo nada&rdquo;, asegura Miguel Ruiz, abogado del Observatorio DESCA.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        En un principio, el borrador contempla una exclusi&oacute;n de 10 a&ntilde;os, una cifra que el propio Consejo Consultivo lleg&oacute; a se&ntilde;alar por su posible &ldquo;desproporcionalidad&rdquo; antes de que el Instituto de Vivienda la elevara a 12 a&ntilde;os.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Para el Consejero de Vivienda Pablo Rodr&iacute;guez el decreto est&aacute; en vigor porque hay una base jur&iacute;dica para hacerlo, recogida en el Estatuto de Autonom&iacute;a de Canarias. &ldquo;Se aprob&oacute; con informe jur&iacute;dico favorable, con un informe del Consejo Consultivo de Canarias favorable.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Desde el Observatorio DESCA muestran su profunda preocupaci&oacute;n por la falta de contrapesos dentro de las propias instituciones canarias. &ldquo;Si tienes a un mont&oacute;n de administraciones p&uacute;blicas participando en la elaboraci&oacute;n de la norma y nadie levanta la mano diciendo que esto est&aacute; mal. Es cuando dices, vale, &iquest;en manos de qui&eacute;n estamos?, se pregunta Ruiz, que asegura que &rdquo;est&aacute; a la espera de ver el tama&ntilde;o de esa tragedia&ldquo;&nbsp;
    </p><h2 class="article-text"><strong>Pr&oacute;ximos pasos&nbsp;</strong></h2><p class="article-text">
        Desde el Observatorio DESCA se&ntilde;alan que al tratarse de una presunta vulneraci&oacute;n de derechos fundamentales, el TSJC tramitar&aacute; el recurso de forma preferente y prioritaria para acortar los plazos habituales de la justicia. Aunque calcula que &ldquo;la resoluci&oacute;n final podr&iacute;a demorarse entre ocho meses y un a&ntilde;o&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Si el tribunal falla a favor de los demandantes, todos los apartados considerados discriminatorios &ldquo;quedar&iacute;an anulados de forma inmediata&rdquo;, asegura Ruiz. Esto obligar&iacute;a al Gobierno de Canarias a reconfigurar el registro sin las trabas de los 12 a&ntilde;os de arraigo regional, ni los 5 a&ntilde;os de residencia municipal obligatoria&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Desde los colectivos sociales advierten que vigilar&aacute;n de cerca los futuros movimientos del Ejecutivo para evitar que intenten regresar al antiguo l&iacute;mite de 7 a&ntilde;os, el cual tambi&eacute;n consideran &ldquo;totalmente desproporcionado&rdquo;. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Christian Martínez]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/gobierno-canario-defendera-dientes-juzgados-prioridad-nacional-vivienda-publica_1_13272487.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 03 Jun 2026 13:34:55 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/dc2a7e50-63be-4d3b-b94a-1091cb7b509b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="468203" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/dc2a7e50-63be-4d3b-b94a-1091cb7b509b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="468203" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[El Gobierno canario “defenderá con uñas y dientes” en los juzgados su “prioridad nacional” para la vivienda pública]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/dc2a7e50-63be-4d3b-b94a-1091cb7b509b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[prioridad nacional,Gobierno de Canarias,Viviendas públicas,Vivienda,Viviendas protegidas,VPO - Vivienda de Protección Oficial,Canarias,Tribunal Superior de Justicia]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Los tribunales también se ven afectados en Gran Canaria y Tenerife por la visita del Papa]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/tribunales-afectados-gran-canaria-tenerife-visita-papa_1_13271571.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/a8c73df6-1291-4f88-a255-c65bc99ad6d3_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Los tribunales también se ven afectados en Gran Canaria y Tenerife por la visita del Papa"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha lanzado una recomendación este miércoles dirigida a todos los partidos judiciales de ambas islas, y no solo a los capitalinos, en la que insta a evitar señalamientos presenciales no urgentes los días 11 y 12 junio</p><p class="subtitle">Todas las restricciones de tráfico en Tenerife y Gran Canaria por la visita del Papa
</p></div><p class="article-text">
        El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), Juan Luis Lorenzo Bragado,&nbsp;ha dictado este mi&eacute;rcoles un acuerdo por el que se solicita a los &oacute;rganos judiciales de Gran Canaria y Tenerife que los d&iacute;as 11 y 12 de junio de 2026 -espec&iacute;ficamente el 11 en Gran Canaria y el 12 en Tenerife- deben evitar &ldquo;en la medida de lo posible&rdquo; la celebraci&oacute;n de actuaciones judiciales presenciales no urgentes &ldquo;cuando su pr&aacute;ctica pueda verse comprometida por las restricciones de movilidad previstas con motivo de la visita del papa Le&oacute;n XIV&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        La medida se adopta tras la reuni&oacute;n de la Comisi&oacute;n de Seguimiento prevista en el protocolo organizativo aprobado por la Sala de Gobierno del TSJC el pasado 8 de mayo, y despu&eacute;s de la comunicaci&oacute;n remitida por la Direcci&oacute;n General de Relaciones con la Administraci&oacute;n de Justicia del Gobierno de Canarias sobre la prealerta por evento multitudinario.
    </p><p class="article-text">
        El acuerdo insta a las presidencias de tribunales, secciones, audiencias y salas a revisar con antelaci&oacute;n los se&ntilde;alamientos de esas fechas, reordenarlos cuando proceda y priorizar la celebraci&oacute;n anticipada de actuaciones urgentes.
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n alienta, siempre que sea legal y t&eacute;cnicamente posible, el uso de medios telem&aacute;ticos para reducir desplazamientos y facilitar el normal funcionamiento judicial durante esos dos d&iacute;as.
    </p><p class="article-text">
        El TSJC subraya que deben mantenerse en todo caso los servicios esenciales, entre ellos el servicio de guardia, la presentaci&oacute;n de personas detenidas, las decisiones urgentes de instrucci&oacute;n, la tutela de derechos fundamentales, los asuntos que afecten a personas vulnerables, las medidas cautelar&iacute;simas, la protecci&oacute;n de menores y de v&iacute;ctimas de violencia de g&eacute;nero, la expedici&oacute;n de licencias de enterramiento y cualquier otra actuaci&oacute;n judicial inaplazable.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, se&ntilde;ala que, cuando una actuaci&oacute;n procesal presencial no pueda celebrarse o quede gravemente dificultada, deber&aacute;n adoptarse en cada procedimiento las decisiones que correspondan conforme a la legislaci&oacute;n procesal aplicable, con referencia expresa a la fuerza mayor prevista en la Ley de Enjuiciamiento Civil.
    </p><p class="article-text">
        Aunque la comunicaci&oacute;n previa del Gobierno de Canarias se dirig&iacute;a a determinados partidos judiciales, el acuerdo del presidente del TSJC extiende la valoraci&oacute;n organizativa al conjunto de &oacute;rganos judiciales de cada una de las islas afectadas, al considerar que las restricciones de movilidad pueden comprometer el acceso ordinario a cualquier sede judicial de Gran Canaria y Tenerife.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Canarias Ahora]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/tribunales-afectados-gran-canaria-tenerife-visita-papa_1_13271571.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 03 Jun 2026 10:25:27 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/a8c73df6-1291-4f88-a255-c65bc99ad6d3_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="138527" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/a8c73df6-1291-4f88-a255-c65bc99ad6d3_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="138527" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Los tribunales también se ven afectados en Gran Canaria y Tenerife por la visita del Papa]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/a8c73df6-1291-4f88-a255-c65bc99ad6d3_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Tribunales,Canarias,Papa León XIV,Tenerife,Gran Canaria]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Prisión para un trabajador de un centro de personas con discapacidad intelectual en Gran Canaria por agresión sexual a una usuaria]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/prision-trabajador-centro-personas-discapacidad-intelectual-gran-canaria-agresion-sexual-usuaria_1_13270008.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/a8c73df6-1291-4f88-a255-c65bc99ad6d3_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Prisión para un trabajador de un centro de personas con discapacidad intelectual en Gran Canaria por agresión sexual a una usuaria"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El hombre, que cubría una sustitución, fue detenido el pasado 6 de mayo tras poner otro empleado en conocimiento de la dirección los hechos, que él mismo presenció</p></div><p class="article-text">
        Un juez ha decretado<strong> prisi&oacute;n provisional</strong> para un <strong>trabajador </strong>que cubr&iacute;a una sustituci&oacute;n en un<strong> centro de atenci&oacute;n a la discapacidad intelectual</strong> de <strong>Gran Canaria </strong>despu&eacute;s de que su direcci&oacute;n denunciara a principios de mayo una <strong>agresi&oacute;n sexual</strong> a una usuaria.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n han adelantado medios regionales y han confirmado a EFE fuentes de la Polic&iacute;a Nacional, los hechos fueron denunciados por la direcci&oacute;n del centro el 1 de mayo y la detenci&oacute;n se produjo el 6 del mismo mes.
    </p><p class="article-text">
        Tras pasar a disposici&oacute;n judicial se decret&oacute; prisi&oacute;n provisional para el presunto autor, al que tambi&eacute;n se ha impuesto una orden de alejamiento y comunicaci&oacute;n con la v&iacute;ctima, seg&uacute;n han precisado las fuentes consultadas.
    </p><p class="article-text">
        La denuncia presentada ante la Polic&iacute;a asegura que otro empleado del centro, dependiente del Cabildo de Gran Canaria, presenci&oacute; la agresi&oacute;n sexual a la usuaria, unos hechos que puso en conocimiento de la direcci&oacute;n, desde donde se alert&oacute; a las autoridades.
    </p><p class="article-text">
        La informaci&oacute;n que publican los medios regionales se&ntilde;ala que el arrestado cubr&iacute;a una sustituci&oacute;n en el centro desde hac&iacute;a algo m&aacute;s de medio a&ntilde;o y que ha negado los hechos que se le imputan.
    </p><p class="article-text">
        Igualmente, desde el centro han aclarado que la presunta agresi&oacute;n sexual se habr&iacute;a cometido fuera de sus dependencias. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[EFE]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/prision-trabajador-centro-personas-discapacidad-intelectual-gran-canaria-agresion-sexual-usuaria_1_13270008.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 02 Jun 2026 16:05:27 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/a8c73df6-1291-4f88-a255-c65bc99ad6d3_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="138527" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/a8c73df6-1291-4f88-a255-c65bc99ad6d3_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="138527" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Prisión para un trabajador de un centro de personas con discapacidad intelectual en Gran Canaria por agresión sexual a una usuaria]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/a8c73df6-1291-4f88-a255-c65bc99ad6d3_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Agresiones sexuales,Canarias]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Anulada una condena por estafa inmobiliaria en Fuerteventura al no ver probado el engaño]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/fuerteventuraahora/anulada-condena-estafa-inmobiliaria-fuerteventura-probado-engano_1_13268310.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/63a04c06-f887-4e2f-a6bd-e3f79ffa70a2_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x865y990.jpg" width="1200" height="675" alt="Anulada una condena por estafa inmobiliaria en Fuerteventura al no ver probado el engaño"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La Audiencia de Las Palmas había dictado sentencia condenatoria en octubre de 2025 imponiendo a la acusada, una agente inmobiliaria, un año de cárcel y la obligación de abonar 15.000 euros a los denunciantes </p><p class="subtitle">El Supremo rechaza revisar condena a un casero por violar a su inquilina en Guía de Isora
</p></div><p class="article-text">
        El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha revocado la condena por estafa impuesta en primera instancia a una mediadora inmobiliaria que operaba en Fuerteventura y ha acordado su absoluci&oacute;n al entender que no ha quedado probado con la solidez exigible el &ldquo;enga&ntilde;o bastante&rdquo; propio del delito. La sentencia recurrida, dictada por la Audiencia de Las Palmas el 13 de octubre de 2025, le impon&iacute;a un a&ntilde;o de prisi&oacute;n y el pago de 15.000 euros de indemnizaci&oacute;n a los compradores.
    </p><p class="article-text">
        Los hechos se remontan a la primavera de 2016. Seg&uacute;n la resoluci&oacute;n, el 22 de abril de 2016 unos clientes de la investigada le hicieron una transferencia de 14.000 euros para la reserva de un apartamento en Fuerteventura y, el 24 de mayo de 2016, realizaron otras tres transferencias por 11.000 euros, 1.275 euros y 15.000 euros, esta &uacute;ltima bajo el concepto de &ldquo;reforma apartamento&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        El 27 de mayo de 2016 se firm&oacute; un contrato privado de arrendamiento con opci&oacute;n a compra sobre la vivienda, que despu&eacute;s no lleg&oacute; a elevarse a p&uacute;blico por la calificaci&oacute;n del inmueble como VPO, circunstancia que la Sala de lo Penal del TSJC recoge como parte del contexto del conflicto. La Audiencia hab&iacute;a considerado probado que la acusada actu&oacute; &ldquo;aprovech&aacute;ndose del desconocimiento del idioma&rdquo; de los compradores y que les hizo creer que la operaci&oacute;n no tendr&iacute;a coste de intermediaci&oacute;n, cuando en realidad habr&iacute;a cobrado una comisi&oacute;n de 15.000 euros &ldquo;absolutamente desproporcionada&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        El TSJ, sin embargo, concluye que esa versi&oacute;n no queda acreditada con la firmeza necesaria y que el razonamiento condenatorio presenta debilidades&ldquo;. La Sala afirma que la cuesti&oacute;n pod&iacute;a suscitar dudas sobre el destino final del dinero y sobre la correcci&oacute;n de la intermediaci&oacute;n, pero que eso no basta para afirmar penalmente una estafa, porque &rdquo;no concurren los hechos t&iacute;picos del delito de estafa&ldquo;. 
    </p><p class="article-text">
        La resoluci&oacute;n a&ntilde;ade que el hecho de que los 15.000 euros se ingresaran en la cuenta de la inmobiliaria &ldquo;resulta irrelevante&rdquo; por s&iacute; solo para excluir o afirmar el &aacute;nimo de lucro, y recuerda que la actividad del mediador inmobiliario es &ldquo;t&iacute;picamente onerosa&rdquo;. En este contexto, apunta la sentencia, adquiere relevancia la doctrina del llamado &ldquo;deber de autotutela o autoprotecci&oacute;n de la v&iacute;ctima&rdquo; en el delito de estafa. 
    </p><p class="article-text">
        La jurisprudencia penal, recuerda el tribunal, perfila este deber como un criterio auxiliar para valorar la suficiencia del enga&ntilde;o: se protege a la persona media que act&uacute;a con la diligencia ordinaria, &ldquo;pero no se extiende la cobertura penal a supuestos en que el propio comportamiento de la v&iacute;ctima, por su pasividad o falta de m&iacute;nima comprobaci&oacute;n, contribuye decisivamente a la producci&oacute;n del da&ntilde;o&rdquo;, subraya. 
    </p><p class="article-text">
        Aunque la jurisprudencia m&aacute;s reciente limita una interpretaci&oacute;n extensiva del deber de autoprotecci&oacute;n, recordando que el enga&ntilde;o no tiene que quedar neutralizado por una diligente actividad de la v&iacute;ctima, es lo cierto, enfatiza el TSJC, que en este caso &ldquo;los compradores-denunciantes (que, por cierto, llevan ocupando leg&iacute;timamente la vivienda que iban a comprar casi diez a&ntilde;os y que se negaron a aceptar un acuerdo m&aacute;s que razonable para dar soluci&oacute;n al conflicto) no pod&iacute;an ignorar cu&aacute;l era el destino de los 15.000 euros, dada la sustancial equivalencia de las expresiones en espa&ntilde;ol e italiano&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        El tribunal revoca &iacute;ntegramente la sentencia de instancia, absuelve a la acusada y declara de oficio las costas del recurso.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Canarias Ahora]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/fuerteventuraahora/anulada-condena-estafa-inmobiliaria-fuerteventura-probado-engano_1_13268310.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 02 Jun 2026 09:57:38 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/63a04c06-f887-4e2f-a6bd-e3f79ffa70a2_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x865y990.jpg" length="1526333" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/63a04c06-f887-4e2f-a6bd-e3f79ffa70a2_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x865y990.jpg" type="image/jpeg" fileSize="1526333" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Anulada una condena por estafa inmobiliaria en Fuerteventura al no ver probado el engaño]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/63a04c06-f887-4e2f-a6bd-e3f79ffa70a2_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x865y990.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Tribunales,Fuerteventura,Canarias,Inmobiliarias,Delitos]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Fiscalía denuncia a la exdirectora del IES Los Cristianos por el desvío de más de 85.000 euros]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/fiscalia-denuncia-exdirectora-ies-cristianos-desvio-85-000-euros_1_13255451.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/ed0e66ce-13e5-4e89-bcb1-4cb9d9ef3b49_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Fiscalía denuncia a la exdirectora del IES Los Cristianos por el desvío de más de 85.000 euros"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El Ministerio Público sostiene que se realizaron múltiples transferencias sin justificar o sustentadas en justificaciones falsas desde la cuenta bancaria del centro a otras cuyos titulares eran Samira Tela, su hija y una tercera persona, que sería la pareja de esta última. El dinero transferido aún no ha sido recuperado</p><p class="subtitle">Educación suspende a la directora del IES Los Cristianos por abuso de autoridad, malos tratos y una función “negligente”
</p></div><p class="article-text">
        La <strong>Fiscal&iacute;a</strong> Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha denunciado a la exdirectora del <strong>IES Los Cristianos</strong>, Samira Tela, a su hija y a quien ser&iacute;a la pareja de esta &uacute;ltima por el desv&iacute;o de m&aacute;s de 85.000 euros mientras la primera ostentaba el cargo de directora del IES Los Cristianos, en Arona (sur de Tenerife), entre los a&ntilde;os 2022 y 2024. 
    </p><p class="article-text">
        El Ministerio P&uacute;blico sostiene que se realizaron m&uacute;ltiples transferencias sin justificar o sustentadas en justificaciones falsas desde la cuenta bancaria del mencionado centro a otras cuyos titulares eran la propia Tela y las otras dos personas denunciadas. El importe total de esas transferencias excede los 85.000 euros y, de momento, no ha sido recuperado. 
    </p><p class="article-text">
        La denuncia ha sido presentada ante el Tribunal de Instancia de Arona, aunque todav&iacute;a no ha sido admitida a tr&aacute;mite, confirman fuentes de la Fiscal&iacute;a. <strong>Canarias Ahora</strong> se ha puesto en contacto con Tela para recabar su versi&oacute;n sobre estas acusaciones, sin &eacute;xito. 
    </p><p class="article-text">
        La exdirectora fue expedientada por la Direcci&oacute;n General de Personal y Formaci&oacute;n del Profesorado del Gobierno de Canarias a finales de agosto de 2024, tras recibir varios escritos cr&iacute;ticos con su gesti&oacute;n en los que se alud&iacute;a a &ldquo;presuntos casos de acoso y malas formas&rdquo;, tal y como <a href="https://www.eldiario.es/canariasahora/tenerifeahora/anos-conflictivos-ies-cristianos-acaban-directora-suspendida-exodo-profesores_1_11810207.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">revel&oacute; este peri&oacute;dico en exclusiva</a>. 
    </p><p class="article-text">
        La apertura de ese expediente conllev&oacute; su suspensi&oacute;n provisional de funciones. En febrero de 2025, el Ejecutivo regional <a href="https://www.eldiario.es/canariasahora/sociedad/educacion-suspende-directora-ies-cristianos-abuso-autoridad-malos-tratos-funcion-negligente_1_12080585.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">acord&oacute; finalmente inhabilitarla</a> un a&ntilde;o y nueve meses por abuso de autoridad, malos tratos y una funci&oacute;n &ldquo;negligente&rdquo;. En solo dos a&ntilde;os, m&aacute;s de cincuenta profesores con plaza definitiva abandonaron el instituto y un total de 78 estuvieron de baja. 
    </p><p class="article-text">
        La Fiscal&iacute;a se&ntilde;ala que la mayor parte de las transferencias desde la cuenta bancaria del centro a las de los denunciados se intentaban justificar mediante servicios &ldquo;irreales&rdquo;. Pone como ejemplo pagos mensuales a quien ser&iacute;a la pareja de la hija de Tela (por entonces estudiante de ingenier&iacute;a inform&aacute;tica) por supuestos servicios inform&aacute;ticos de los que ya se encargaba la Consejer&iacute;a de Educaci&oacute;n a trav&eacute;s de las plataformas Ciber Centro y CAU_CE. 
    </p><p class="article-text">
        La denuncia tambi&eacute;n revela que, &ldquo;en m&uacute;ltiples ocasiones&rdquo;, se registraban en el Sistema de Gesti&oacute;n Educativa de Canarias (SIGECO) transferencias dirigidas a empresas reales sin aportar las correspondientes facturas. Esos pagos se utilizaban como una &ldquo;falsa justificaci&oacute;n de otros apoderamientos de caudales p&uacute;blicos que deb&iacute;an haberse invertido en el inter&eacute;s del IES Los Cristianos&rdquo;, apunta el Ministerio P&uacute;blico. 
    </p><p class="article-text">
        La Fiscal&iacute;a considera que estos hechos presentan indicios de un delito de malversaci&oacute;n de fondos, previsto y penado en el art&iacute;culo 432 del C&oacute;digo Penal. 
    </p><p class="article-text">
        Una auditor&iacute;a externa de las cuentas del recurso educativo correspondiente a 2022, 2023 y el primer semestre de 2024 aflor&oacute; una enorme diferencia entre los gastos registrados en el SIGECO y la documentaci&oacute;n existente en el centro. 
    </p><p class="article-text">
        Analizando solo las facturas, el descuadre neto fue de 340.000 euros. El instituto contabiliz&oacute; pagos por casi 539.000 euros con 211 proveedores sin disponer de las facturas correspondientes. Sin embargo, tambi&eacute;n se hallaron facturas f&iacute;sicas por un importe superior al reflejado en las cuentas, con un exceso acumulado de 198.000 euros. Solo en el caso de 45 proveedores hubo una coincidencia exacta entre las facturas y el SIGECO, con desembolsos que suman 39.000 euros. 
    </p><p class="article-text">
        El informe tambi&eacute;n compara los apuntes contables del SIGECO con &ldquo;todos los documentos&rdquo; consultados por los auditores, incluidas facturas proforma o recibos que podr&iacute;an corresponderse con gastos, aunque no est&eacute;n respaldados por facturas v&aacute;lidas. En ese caso, el importe total de la documentaci&oacute;n f&iacute;sica y las facturas electr&oacute;nicas alcanz&oacute; los 808.000 euros, frente a los 860.000 euros registrados en el SIGECO. La diferencia se situ&oacute; en 51.829 euros. 
    </p><p class="article-text">
        Los peritos encontraron facturas que incumplen la normativa vigente en materia de facturaci&oacute;n, al incluir de forma indebida el IGIC o carecer de datos obligatorios. Tambi&eacute;n hallaron facturas emitidas a nombre de la Consejer&iacute;a de Educaci&oacute;n, del IES Los Cristianos y de otras entidades o personas, como el IES El Sobradillo, CEIP Jos&eacute; P&eacute;rez y P&eacute;rez, CEIP Buzanada o la propia Samira Tela. 
    </p><p class="article-text">
        La auditor&iacute;a identific&oacute; asimismo a proveedores cuya facturaci&oacute;n anual supera el umbral de 15.000 euros fijado para los contratos menores por la Ley 9/2017, de Contratos del Sector P&uacute;blico, lo que podr&iacute;a implicar &ldquo;posibles incumplimientos de la normativa vigente&rdquo;. Entre la documentaci&oacute;n supuestamente correspondiente al periodo 2022-2024, se colaron facturas antiguas de 2018, 2020 y 2021. 
    </p><p class="article-text">
        El informe concluye que, dadas las diferencias detectadas durante el an&aacute;lisis, resulta &ldquo;necesario&rdquo; elaborar una segunda auditor&iacute;a m&aacute;s exhaustiva para obtener un mayor grado de exactitud. Esa segunda auditor&iacute;a s&iacute; lleg&oacute; a realizarse, seg&uacute;n han confirmado fuentes de la Consejer&iacute;a de Educaci&oacute;n. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Toni Ferrera]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/fiscalia-denuncia-exdirectora-ies-cristianos-desvio-85-000-euros_1_13255451.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 01 Jun 2026 19:49:57 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/ed0e66ce-13e5-4e89-bcb1-4cb9d9ef3b49_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="109644" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/ed0e66ce-13e5-4e89-bcb1-4cb9d9ef3b49_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="109644" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[La Fiscalía denuncia a la exdirectora del IES Los Cristianos por el desvío de más de 85.000 euros]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/ed0e66ce-13e5-4e89-bcb1-4cb9d9ef3b49_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Educación,Tenerife,Fiscalía]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Supremo rechaza revisar condena a un casero por violar a su inquilina en Guía de Isora]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/supremo-rechaza-revisar-condena-casero-violar-inquilina-guia-isora_1_13264082.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/8761dfc9-adde-487c-b24e-9e69773dac36_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Supremo rechaza revisar condena a un casero por violar a su inquilina en Guía de Isora"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El condenado presentó un recurso extraordinario de revisión en el que buscaba impugnar la veracidad del testimonio de la víctima</p></div><p class="article-text">
        El T<strong>ribunal Supremo</strong> ha desestimado la petici&oacute;n de un hombre condenado a ocho a&ntilde;os de prisi&oacute;n por la <strong>violaci&oacute;n</strong> de una joven que, junto con su novio, alquilaba una habitaci&oacute;n en su vivienda, situada en <strong>Gu&iacute;a de Isora </strong>(Tenerife).
    </p><p class="article-text">
        El condenado, cuya sentencia es firme, present&oacute; un recurso extraordinario de revisi&oacute;n en el que buscaba impugnar la veracidad del testimonio de la v&iacute;ctima y alegaba que incurri&oacute; en contradicciones y que no hubo opos
    </p><p class="article-text">
        En su escrito, el recurrente sostuvo que la mujer cambi&oacute; su versi&oacute;n durante el juicio, que &ldquo;asumi&oacute; un papel de v&iacute;ctima y sobreactu&oacute;&rdquo;, y neg&oacute; la existencia de amenazas, presiones o condicionantes de la libertad de la denunciante, as&iacute; como la presencia de testigos.
    </p><p class="article-text">
        Los hechos ocurrieron el 2 de marzo de 2021, sobre las 17.00 horas, cuando el acusado pidi&oacute; a la joven que le ayudara a limpiar otra habitaci&oacute;n de la vivienda.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n la sentencia, el hombre se ofreci&oacute; a darle un masaje en la espalda y, pese a la negativa inicial de la mujer, insisti&oacute; hasta que esta accedi&oacute; y, a continuaci&oacute;n, la agredi&oacute; sexualmente pese a que ella le pidi&oacute; que se detuviera.
    </p><p class="article-text">
        La v&iacute;ctima declar&oacute; en el juicio que no pudo reaccionar por temor a represalias contra su vida o su integridad f&iacute;sica.
    </p><p class="article-text">
        El recurso de revisi&oacute;n alegaba que la declaraci&oacute;n de la v&iacute;ctima &ldquo;no es fiable&rdquo; y que las pruebas forenses y psicol&oacute;gicas no aportan la certeza necesaria.
    </p><p class="article-text">
        El fiscal, sin embargo, sostuvo que el condenado pretend&iacute;a la celebraci&oacute;n de un nuevo juicio sobre hechos ya valorados y confirmados en tres instancias judiciales.
    </p><p class="article-text">
        El Supremo coincide con el Ministerio Fiscal y considera &ldquo;improcedente&rdquo; autorizar la revisi&oacute;n al no concurrir los requisitos legales exigidos.
    </p><p class="article-text">
        El hombre, que ten&iacute;a 65 a&ntilde;os en el momento de los hechos, hab&iacute;a sido condenado con anterioridad en dos ocasiones por delitos similares y en la actualidad cumple condena en un centro penitenciario de Madrid.
    </p><p class="article-text">
        La Sala descarta contradicciones relevantes en el testimonio de la v&iacute;ctima y considera la versi&oacute;n del acusado &ldquo;improbable y plagada de inconsistencias&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, tuvo en cuenta mensajes posteriores en los que el condenado se disculpaba por su conducta, que fueron admitidos como prueba.
    </p><p class="article-text">
        Dado que los hechos son anteriores a la reforma legal de 2022 conocida como ley del &lsquo;solo s&iacute; es s&iacute;&rsquo;, el delito fue calificado como abuso sexual.&nbsp;
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[EFE]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/supremo-rechaza-revisar-condena-casero-violar-inquilina-guia-isora_1_13264082.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sun, 31 May 2026 16:05:37 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/8761dfc9-adde-487c-b24e-9e69773dac36_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="2429071" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/8761dfc9-adde-487c-b24e-9e69773dac36_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="2429071" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[El Supremo rechaza revisar condena a un casero por violar a su inquilina en Guía de Isora]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/8761dfc9-adde-487c-b24e-9e69773dac36_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Violaciones,Tribunal Supremo,Tenerife,Alquiler,Canarias]]></media:keywords>
    </item>
  </channel>
</rss>
