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    <title><![CDATA[elDiario.es - Garbiñe Biurrun Mancisidor]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/autores/garbine_biurrun_mancisidor/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - Garbiñe Biurrun Mancisidor]]></description>
    <language><![CDATA[es]]></language>
    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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      <title><![CDATA[¿A quién manipula la 'mano negra'?]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/manipula-mano-negra_129_13632112.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/c171f26c-5437-4a7e-9275-869d930aa035_16-9-discover-aspect-ratio_default_1154760.jpg" width="4601" height="2588" alt="¿A quién manipula la &#039;mano negra&#039;?"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">No sabemos lo que piensan los jóvenes que actuaron en esos altercados ni la razón que les movió a ello ni el objetivo que buscaban. Ni conocemos quién los dirigía realmente. Por tanto, tengamos cautela en nuestras apreciaciones</p></div><p class="article-text">
        Aunque a&uacute;n queda mucho por averiguar acerca de los graves altercados y actos vand&aacute;licos ocurridos recientemente en varias ciudades espa&ntilde;olas, lo cierto es que ya se airean algunas tesis m&aacute;s o menos fundadas. Parece que no hay mucha duda de que estos hechos, protagonizados por j&oacute;venes muy j&oacute;venes, de los que una buena parte son menores muy menores, pero bien organizados al efecto, fueron alentados por canales digitales sobradamente conocidos al amparo de la etiqueta &ldquo;Blocus&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Tampoco cabe demasiada duda, en mi opini&oacute;n, acerca del efecto &ldquo;imitaci&oacute;n&rdquo; en relaci&oacute;n con los a&uacute;n m&aacute;s graves y reiterados hechos ocurridos en Francia en las &uacute;ltimas semanas en respuesta a diversos problemas sociales que, desde luego, igualmente nos afectan aqu&iacute;, y muy en particular a la juventud, aunque no solo, por la pr&aacute;ctica imposibilidad de acceso a una vivienda digna, carest&iacute;a de la vida, bajos salarios&hellip;
    </p><p class="article-text">
        Hay ya bastantes detenidos, algunos por participar directamente en tales hechos, y otros por haberlos instigado. Pero no ser&aacute; f&aacute;cil llegar a conocer todo lo ocurrido ni en cuanto a su origen ni en cuanto a las razones que han llevado a estos j&oacute;venes a realizar tales actos.
    </p><p class="article-text">
        Pero, &iquest;hay realmente una &ldquo;mano negra&rdquo; que manipula con el objetivo de beneficiar a no se sabe qui&eacute;n? Y, lo que m&aacute;s me preocupa, &iquest;c&oacute;mo y por qu&eacute; puede alguien, por joven que sea, asumir semejante convocatoria y prestarse a asaltar y saquear comercios y todo tipo de establecimientos y destrozar mobiliario urbano solamente por beneficiar o perjudicar a terceros?.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        En relaci&oacute;n con los altercados en Barcelona, el presidente S&aacute;nchez calific&oacute; los hechos de &ldquo;puro vandalismo instigado desde las redes&rdquo;, negando que se tratara de &ldquo;un acto de democracia&rdquo;. A su vez, Elma Saiz, la ministra portavoz del Gobierno, dijo que &ldquo;cuando hay que buscar culpables, yo me har&iacute;a la pregunta de qui&eacute;n sale ganando con estos episodios, porque quien sale ganando con el caos y el odio es la extrema derecha&rdquo;.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        En el mismo sentido, pero a&uacute;n con mayor claridad, Gabriel Rufi&aacute;n habr&iacute;a dicho, seg&uacute;n algunos medios, que &ldquo;huele a operaci&oacute;n de Estado&rdquo; y que &ldquo;si beneficia a la extrema derecha, es bastante probable que la extrema derecha est&eacute; detr&aacute;s&rdquo;. Y lo mismo Ada Colau quien, adem&aacute;s, se refiri&oacute; a &ldquo;cierta provocaci&oacute;n de algunos sectores policiales con una represi&oacute;n completamente fuera de lugar&rdquo;. Y m&aacute;s l&iacute;deres pol&iacute;ticos de la izquierda han expresado ideas similares.
    </p><p class="article-text">
        Desde luego, si bien esta es, por ahora, la tesis del Gobierno y de los partidos que lo sostienen, no es la &uacute;nica. As&iacute;, N&uacute;&ntilde;ez Feij&oacute;o sostiene otra idea y sugiere la responsabilidad del Presidente al decir que &ldquo;Los disc&iacute;pulos del muro no quieren paz en las calles. Est&aacute;n sembrando el odio porque saben que van a perder&rdquo; y que S&aacute;nchez est&aacute; &ldquo;jugando con fuego&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Puede ser que sea lo uno o lo otro, o que la cierta sea otra tercera tesis distinta. Yo lo desconozco absolutamente. Y parto de que no todo lo que podr&iacute;a perjudicar a alguien, a un grupo pol&iacute;tico o social o a un gobierno, tiene por qu&eacute; ser necesariamente el resultado de una &ldquo;mano negra&rdquo; que genera dicho resultado desde el campo contrario. Prefiero no poner ejemplos actuales en ning&uacute;n sentido porque carecer&iacute;a de toda l&oacute;gica y ser&iacute;a profundamente injusto, adem&aacute;s de incierto.
    </p><p class="article-text">
        Sin olvidar que hechos similares se han producido en A Coru&ntilde;a en relaci&oacute;n con un acto de Vox y en Bilbao con un acto de Vito Quiles luego suspendido. &iquest;Sirven las mismas tesis para explicar estos hechos? Lo dudo. Por tanto, la tesis no ser&iacute;a v&aacute;lida.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        En cualquier caso, lo de la &ldquo;mano negra&rdquo;, dejando al margen de su origen hist&oacute;rico, es una idea que yo, en Euskadi, he escuchado reiteradamente, siempre en relaci&oacute;n con grav&iacute;simos atentados de ETA &ndash; o grupos asimilables &ndash; y con sus efectos electorales &ndash; supuesta y, seguramente, ciertamente perjudiciales para su entorno pol&iacute;tico en raz&oacute;n a la reacci&oacute;n ciudadana a la barbaridad cometida -. Esto es, la tesis era que, en determinadas ocasiones, algunos atentados respond&iacute;an a una &ldquo;mano negra&rdquo; interesada en perjudicar a la denominada &ldquo;izquierda abertzale&rdquo; vinculada a ETA. O sea, habr&iacute;a habido una &ldquo;mano negra&rdquo; que instigaba el asesinato para minar a un movimiento pol&iacute;tico por el rechazo social que pod&iacute;a suponer.
    </p><p class="article-text">
        La primera vez que yo o&iacute; hablar de la &ldquo;mano negra&rdquo; en Euskadi fue cuando los llamados &ldquo;Comandos Aut&oacute;nomos Anticapitalistas&rdquo; - CAA - asesinaron al senador socialista Enrique Casas, el 23 de febrero de 1984, un jueves inmediatamente anterior a unas elecciones auton&oacute;micas. No se me olvidar&aacute; lo que hac&iacute;a y d&oacute;nde y con qui&eacute;n estaba aquella tarde. No fue el primer asesinato de los CAA ni de ETA, desde luego, pero s&iacute; el primero en el que yo escuch&eacute; lo de la &ldquo;mano negra&rdquo; con una pretensi&oacute;n que a&uacute;n hoy no acierto a comprender, incluso habi&eacute;ndolo intentado: no s&eacute; si lo de la &ldquo;mano negra&rdquo; se arg&uuml;&iacute;a para justificar semejante atrocidad &ndash; la misma atrocidad que tantas otras veces - o para imputar al &ldquo;enemigo&rdquo; la manipulaci&oacute;n incluso de la muerte.
    </p><p class="article-text">
        Y siempre me ronda la misma pregunta. En aquel caso y en otros id&eacute;nticos, &iquest;los miembros dirigentes de ETA se dejaban &ldquo;manipular&rdquo; por una &ldquo;mano negra&rdquo; que los impulsaba a cometer barbaridades semejantes?. &iquest;Cu&aacute;l era el nivel de consciencia en las decisiones criminales que se adoptaban?. Y, en todo caso, &iquest;a qui&eacute;n aspiraban a favorecer?. Pues, si la tesis fuera cierta, quienes tomaban tales decisiones estar&iacute;an pretendiendo apoyar la causa contraria, algo impensable.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Lo mismo ocurre ahora. No sabemos lo que piensan los j&oacute;venes que actuaron en esos altercados ni la raz&oacute;n que les movi&oacute; a ello ni el objetivo que buscaban.&nbsp;Ni conocemos qui&eacute;n los dirig&iacute;a realmente. Por tanto, tengamos cautela en nuestras apreciaciones y valoraciones y actuemos como creemos que debemos hacer, con la m&aacute;xima responsabilidad con independencia de a qui&eacute;n pudieran beneficiar o perjudicar indirectamente nuestros actos, y siempre sin complejos. En todo caso, sepamos que seremos responsables no solo de tales actos sino de sus efectos, favorezcan a quien favorezcan. Lo que es exigible a todo el mundo y en cualquier circunstancia. Y, as&iacute;, no habr&aacute; &ldquo;mano negra&rdquo; que justifique nada.&nbsp;
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Garbiñe Biurrun Mancisidor]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/manipula-mano-negra_129_13632112.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 02 Nov 2026 21:07:14 +0000]]></pubDate>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Huelga general del 11 de noviembre: ¿Hay derecho? ¿Hay razones?]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/huelga-general-11-noviembre-hay-derecho-hay-razones_129_13598257.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/e96e603b-c0c7-4a9a-83a1-c7eba5197a7f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x576y375.jpg" width="1200" height="675" alt="Huelga general del 11 de noviembre: ¿Hay derecho? ¿Hay razones?"></p><p class="article-text">
        Ya ha sido registrada en el Ministerio de Trabajo la convocatoria de huelga general para el pr&oacute;ximo 11 de noviembre de varios Sindicatos, entre ellos los m&aacute;s representativos a nivel estatal, convocatoria a la que se han sumado un buen n&uacute;mero de organizaciones sindicales y ciudadanas. Una convocatoria acerca de cuya legalidad no tengo duda.
    </p><p class="article-text">
        Tanto la convocatoria de la huelga, inicialmente a rebufo del llamamiento del Sindicato de Inquilinas, como sus primeras reivindicaciones, han contribuido a generar algunas dudas sobre su legalidad, lo que se ha pretendido despejar con reiteradas declaraciones de l&iacute;deres sindicales y con la incorporaci&oacute;n de otras materias estrictamente laborales.
    </p><p class="article-text">
        He le&iacute;do en algunos medios que el Secretario General de CCOO, Unai Sordo, ha declarado que &ldquo;es una convocatoria heterodoxa porque no responde a una agresi&oacute;n del Gobierno en una reforma laboral&rdquo;, as&iacute; como que &ldquo;el Gobierno nos ha fallado en algunas cosas porque no ha tenido el arrojo suficiente&rdquo; y que &ldquo;esta huelga no es contra la oposici&oacute;n&rdquo;. Por su parte, Pepe &Aacute;lvarez, l&iacute;der de UGT, ha expresado que &ldquo;esta no es una huelga cl&aacute;sica&rdquo; y tambi&eacute;n coincide, en lo esencial, en el resto de planteamientos con lo manifestado por Sordo.
    </p><p class="article-text">
        Dec&iacute;a que no dudo de su legalidad habida cuenta de las cuestiones que plantean, tal como consta, por ejemplo, en la p&aacute;gina web del Sindicato CCOO, aunque en referencia al llamamiento conjunto con el Sindicato UGT, cuestiones que son las siguientes: el desbloqueo de la negociaci&oacute;n colectiva, el incremento de los salarios, ahora se dice que entre el 4% y el 7% de manera general y de al menos el 7% para el SMI, la reducci&oacute;n de la jornada, la mejora de la salud de las personas trabajadoras, la erradicaci&oacute;n de la precariedad, el emplazamiento a todas las administraciones p&uacute;blicas a impulsar pol&iacute;ticas que acaben con la especulaci&oacute;n de la vivienda y a controlar la deriva de los precios que lastran las rentas de la clase trabajadora. En el mismo sentido en el que se habr&iacute;a referido en la convocatoria registrada ya en el Ministerio, en la que, seg&uacute;n las noticias, se han incorporado reivindicaciones sobre el acceso a la vivienda, las pensiones y la defensa de los servicios p&uacute;blicos.
    </p><p class="article-text">
        Similares reivindicaciones se expresan en la convocatoria de los Sindicatos ELA, LAB, ESK, Steilas y otros para Euskal Herria, centr&aacute;ndose en la garant&iacute;a del derecho a la vivienda y la negativa a la especulaci&oacute;n, as&iacute; como contra el empobrecimiento de la clase trabajadora y a favor del aumento de los salarios, recordando que ya tuvo lugar una huelga general el pasado 17 de marzo con la reivindicaci&oacute;n de un salario m&iacute;nimo propio de 1.500 euros.
    </p><p class="article-text">
        Ciertamente, como ya se ha reiterado, y con raz&oacute;n, el derecho de huelga es un derecho fundamental reconocido en el art&iacute;culo 28.2 la Constituci&oacute;n junto con el papel institucional troncal de los Sindicatos y Asociaciones empresariales en la defensa de los intereses econ&oacute;micos y sociales que les son propios, seg&uacute;n su art&iacute;culo 7. Un derecho fundamental que, no est&aacute; de m&aacute;s recordarlo, se regula a&uacute;n hoy por una norma preconstitucional, el RDLey 17/1977, debidamente filtrado por el Tribunal Constitucional en su Sentencia 11/1981.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Y, teniendo en cuenta la doctrina del TC sobre algunas huelgas generales, entiendo que, sin duda, derecho a convocar y secundar la que se acaba de convocar.
    </p><p class="article-text">
        Lo que me pregunto es si hay razones ahora o, m&aacute;s bien, si no ha habido razones hasta ahora, tomando los &uacute;ltimos a&ntilde;os y, m&aacute;s concretamente, la &uacute;ltima legislatura, desde el oto&ntilde;o de 2023.
    </p><p class="article-text">
        Como he apuntado ya, los Sindicatos mayoritarios han deslizado que el Gobierno no ha hecho todo lo esperado. La cuesti&oacute;n es si estos Sindicatos han dado a ello la respuesta que habr&iacute;a cabido esperar. Veamos d&oacute;nde pueden estar los que, en mi opini&oacute;n, son los puntos m&aacute;s sensibles y en los que el Gobierno habr&iacute;a &ldquo;fallado&rdquo;, en palabras de Sordo.&nbsp;&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Uno de los grandes temas laborales de esta legislatura ha sido, sin duda, el referido a la jornada laboral, en dos aspectos: el de su reducci&oacute;n y el de su registro. Pues bien, lo traigo a colaci&oacute;n porque, como he anotado anteriormente, la reducci&oacute;n de la jornada se ha introducido entre las reivindicaciones de la huelga del 11 de noviembre, al menos en la convocatoria conjunta de CCOO y UGT, seg&uacute;n a&uacute;n se contiene en la p&aacute;gina web del primero &ndash; a falta de conocer la letra de la convocatoria registrada en el Ministerio -.
    </p><p class="article-text">
        Es un tema con &ldquo;historia&rdquo;. Ciertamente, tras muchas idas y venidas, el Gobierno aprob&oacute; en mayo de 2025 el &ldquo;Proyecto de Ley para la reducci&oacute;n de la duraci&oacute;n m&aacute;xima de la jornada ordinaria de trabajo y la garant&iacute;a del registro de jornada y el derecho a la desconexi&oacute;n&rdquo;, Proyecto que, entre otros aspectos, pretend&iacute;a reducir la actual jornada de 40 horas semanales a 37,5 horas y cuya tramitaci&oacute;n se inici&oacute; en el Congreso de los Diputados, pero que decay&oacute; en votaci&oacute;n de dicha c&aacute;mara de 10 de septiembre siguiente &ndash; ya conocemos la situaci&oacute;n de debilidad parlamentaria del Gobierno -.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Lo que propici&oacute; que se desviara la cuesti&oacute;n de la jornada, olvidando la ya imposible reducci&oacute;n de la misma, y se reorientara exclusivamente a su control horario, dado que el mismo pod&iacute;a ser regulado por un Real Decreto &ndash; ordinario, es decir, un Reglamento &ndash; sin requerir, en consecuencia, el aval parlamentario.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        As&iacute;, en noviembre de 2025 se present&oacute; un Proyecto sobre registro horario, que comenz&oacute; a negociarse con los agentes sociales. Sin embargo, su tramitaci&oacute;n tampoco ha llegado a buen puerto, pues no se ha aprobado por el Gobierno. Lo que ha motivado el enfado de los Sindicatos que han lanzado m&aacute;s de un ultim&aacute;tum &ndash; o sea, que no eran tales &ldquo;ultim&aacute;tum&rdquo;, -. As&iacute;, al inicio del verano, tanto Sordo como &Aacute;lvarez afirmaron al respecto que &ldquo;o para el 31 de julio est&aacute; resuelto todo lo que tiene que ver con el registro horario o que no cuenten con los sindicatos para acuerdos que luego no se ven reflejados en la legislaci&oacute;n&rdquo; y que &ldquo;la paciencia de los sindicatos est&aacute; m&aacute;s que superada&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Como les dec&iacute;a, hubo otros ultim&aacute;tums, a finales de agosto y primeros de septiembre, en t&eacute;rminos similares, insistiendo en que no se pactar&iacute;a nada con el Gobierno en tanto no se tramitara el registro horario y que se abandonar&iacute;an las mesas de negociaci&oacute;n si el Gobierno no aprobaba dicha norma en septiembre.
    </p><p class="article-text">
        Lo cierto es que, hasta la fecha, no tenemos nueva regulaci&oacute;n del registro horario, sugiri&eacute;ndose la existencia de discrepancias dentro del ejecutivo. Sin embargo, tambi&eacute;n es cierto que a&uacute;n habr&iacute;a tiempo de aprobarlo en cualquiera de los Consejos de Ministros que se celebrar&aacute;n antes del 29 de noviembre. E, incluso, podr&iacute;a aprobarse un RDLey para reducir la jornada e intentar su convalidaci&oacute;n en la Diputaci&oacute;n Permanente. Por poder ser, podr&iacute;a ser, aunque no es el modo ideal de actuar, desde luego, ni en este ni en ning&uacute;n otro tema salvo la concurrencia de causas reales para la aprobaci&oacute;n de un RDLey. En todo caso, est&aacute; todo en manos del Gobierno. Recu&eacute;rdese, adem&aacute;s, que la &ldquo;reducci&oacute;n de la jornada&rdquo; es una de las reivindicaciones sindicales para la huelga del 11 de noviembre y que solamente el ejecutivo tiene potestad para decidir sobre ello, al margen de la negociaci&oacute;n colectiva.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Otro de los temas que ha suscitado importantes recelos sindicales respecto al Gobierno en materia laboral ha sido el de la indemnizaci&oacute;n por despido improcedente. Como ya he escrito insistentemente en esta columna a este respecto, solamente recordar&eacute;, una vez m&aacute;s, que el Acuerdo de coalici&oacute;n de Gobierno se comprometi&oacute; a adecuar nuestra regulaci&oacute;n por despido a la Carta Social Europea y que la Ministra de Trabajo ha realizado reiteradas declaraciones durante toda la legislatura acerca de lo barata y poco disuasoria que es la indemnizaci&oacute;n por el despido injusto.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        As&iacute; las cosas, tras rechazar en julio de 2025 el TS una indemnizaci&oacute;n adicional, a finales de octubre de dicho a&ntilde;o, el Ministerio de Trabajo abri&oacute; una negociaci&oacute;n con Sindicatos y Asociaciones empresariales con vistas a iniciar una reforma del despido improcedente y, particularmente, de su indemnizaci&oacute;n, dando un plazo de tres semanas a los agentes sociales para que presentaran sus propuestas. Lo que motiv&oacute; el enfado sindical y la petici&oacute;n de que fuera el Ejecutivo el que hiciera alg&uacute;n planteamiento concreto, sin que nada m&aacute;s se sepa al respecto, salvo que esta pasada primavera los Sindicatos han insistido en sus posiciones sobre la materia. Sin respuesta conocida, pese a la relevancia de la reivindicaci&oacute;n y de la larga lucha sindical en este terreno, llevada hasta el Comit&eacute; Europeo de Derechos Sociales, que ha atendido sus pretensiones.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Por tanto, la huelga del 11 de noviembre ser&aacute; legal, desde luego. Aunque no comparto la fecha de la convocatoria, a solo una jornada del inicio de la campa&ntilde;a electoral, habiendo habido tiempo m&aacute;s que suficiente para distanciarla m&aacute;s de tal per&iacute;odo.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Por otra parte, me pregunto: &iquest;responde esta huelga a razones que no hayan tenido los Sindicatos antes de este oto&ntilde;o?. &iquest;Qu&eacute; habr&iacute;a cambiado en t&eacute;rminos de los estrictos intereses de las personas trabajadoras para proceder ahora a esta convocatoria?.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Expresiones como la de la Vicesecretaria General del PSOE, Mar&iacute;a Jes&uacute;s Montero, de que esta huelga es &ldquo;contra la oposici&oacute;n&rdquo;, dando as&iacute; la raz&oacute;n a declaraciones de miembros del PP, en nada ayudan a clarificar la situaci&oacute;n respecto al aut&eacute;ntico sentido sindical de esta huelga y a sus objetivos ni a la expresi&oacute;n de los reales intereses de las personas trabajadoras y la determinaci&oacute;n de los sujetos, todos, que los han defraudado.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Garbiñe Biurrun Mancisidor]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/huelga-general-11-noviembre-hay-derecho-hay-razones_129_13598257.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 19 Oct 2026 19:54:39 +0000]]></pubDate>
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      <title><![CDATA[Elecciones generales, ¿un referéndum sobre vivienda?]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/elecciones-generales-referendum-vivienda_129_13563831.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/3f9e625b-05d0-4f14-bb01-b495cabe6b82_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x926y919.jpg" width="1200" height="675" alt="Elecciones generales, ¿un referéndum sobre vivienda?"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">¿Qué nos consultarán? ¿Lo que hay que hacer para ir dando solución a este tremendo problema? ¿O nos preguntarán sobre cómo valoramos lo (no) hecho hasta ahora en la legislatura que finaliza?</p></div><p class="article-text">
        Dentro de la incertidumbre, antes de saber que ir&iacute;amos a votar el 29 de noviembre, hab&iacute;a algo seguro: iba a haber elecciones generales, este oto&ntilde;o o en otra fecha de 2027. Cierto que no era balad&iacute; la determinaci&oacute;n de la fecha en que se celebrar&iacute;an, pues emocionalmente hay momentos muy relevantes, como &eacute;ste,  pero tambi&eacute;n es cierto que pueden ocurrir tantas cosas en unos pocos d&iacute;as que para cualquiera es dif&iacute;cil calibrar el impacto de los acontecimientos esperados en el resultado de los comicios.
    </p><p class="article-text">
        Es seguro tambi&eacute;n que, si nada tremendo ocurre entretanto, la cuesti&oacute;n del acceso a una vivienda digna va a ser uno de los ejes centrales de la campa&ntilde;a electoral. As&iacute; lo han expresado ya algunas voces desde formaciones de izquierdas afirmando que &ldquo;las elecciones generales van a ser un refer&eacute;ndum sobre la vivienda&rdquo;. En todo caso, es claro que as&iacute; ser&aacute; si as&iacute; lo quieren y as&iacute; lo interpretan. Y ya han comenzado a expresarse planteamientos y programas al respecto, no solamente desde la izquierda, pues tambi&eacute;n se ha sumado a ello N&uacute;&ntilde;ez Feij&oacute;o la pasada semana. Y esto no ha hecho m&aacute;s que empezar.
    </p><p class="article-text">
        Ciertamente, la campa&ntilde;a electoral y las propuestas de los partidos pol&iacute;ticos se centrar&aacute;n en gran medida en esta cuesti&oacute;n, sin desde&ntilde;ar otras de gran calado, claro est&aacute;. Ahora bien, &iquest;qu&eacute; puede significar &ldquo;un refer&eacute;ndum sobre la vivienda&rdquo; en este contexto electoral?
    </p><p class="article-text">
        Un refer&eacute;ndum es una consulta a la ciudadan&iacute;a sobre una decisi&oacute;n pol&iacute;tica de especial trascendencia, tal como lo prev&eacute; el art&iacute;culo 92 de la Constituci&oacute;n, cuya previsi&oacute;n me sirve ahora de ejemplo. Por tanto, entiendo que quienes van a plantear las pr&oacute;ximas elecciones generales como un aut&eacute;ntico plebiscito sobre el problema de la vivienda consideran, de un lado, que es una cuesti&oacute;n pol&iacute;tica de gran trascendencia y, de otro lado, entienden que tienen algo que consultarnos.
    </p><p class="article-text">
        Lo que no comprendo es lo que van a preguntarnos. &iquest;Qu&eacute; nos consultar&aacute;n? &iquest;Lo que hay que hacer para ir dando soluci&oacute;n a este tremendo problema? &iquest;O nos preguntar&aacute;n sobre c&oacute;mo valoramos lo (no) hecho hasta ahora en la legislatura que finaliza? &iquest;Ser&aacute; una consulta para calificar especialmente la actuaci&oacute;n del Gobierno en esta materia? &iquest;Nos preguntar&aacute;n por qu&eacute; debemos confiar en que har&aacute;n en el futuro lo que no han hecho en esta legislatura estando en el Gobierno?
    </p><p class="article-text">
        Sinceramente, no s&eacute; lo que se nos va a plantear. Unas elecciones &ndash; generales o de otro nivel &ndash; siempre son, se quiera o no, el momento en el que, adem&aacute;s de mirar al futuro, la ciudadan&iacute;a tambi&eacute;n exige, o debiera hacerlo, responsabilidades pol&iacute;ticas sobre lo realizado y sobre lo eludido, sobre el cumplimiento de los compromisos program&aacute;ticos y sobre la rendici&oacute;n de cuentas que, en todo caso, se debe hacer. Y ello, sin duda, con mayor intensidad respecto del Gobierno, de cualquier Gobierno, de los partidos que lo han formado, pues en &eacute;l recae la responsabilidad de dirigir la pol&iacute;tica interior y exterior, como est&aacute; constitucionalmente previsto. Y porque es dif&iacute;cil poner el futuro en manos de quienes no han sabido gestionar en el pasado.
    </p><p class="article-text">
        Pues bien, no encuentro un mejor modo de dar mi opini&oacute;n en este pretendido &ldquo;refer&eacute;ndum sobre el problema de la vivienda&rdquo; que analizar lo realizado respecto a lo comprometido. Y ello, sin ser, en absoluto, ni de lejos, siquiera m&iacute;nimamente experta en la materia. Pero no se trata ahora de dar soluciones, ya hay y habr&aacute; propuestas al respecto para tratar de cumplir con el ya archiconocido art&iacute;culo 47 de la Constituci&oacute;n, sino de calificar lo hecho en esta legislatura.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Todo comienza por el principio. Y, en este muy somero an&aacute;lisis, el comienzo es el Acuerdo para &ldquo;Una nueva coalici&oacute;n de Gobierno progresista para Espa&ntilde;a&rdquo; firmado entre el PSOE y SUMAR en 2023. Es un Acuerdo que contiene once grandes bloques de materias, siendo el quinto de ellos el referido a &ldquo;Garantizar el derecho a la vivienda y transporte de calidad para todos y todas&rdquo;. Desconozco si la colocaci&oacute;n de esta cuesti&oacute;n en el quinto lugar responde a un aut&eacute;ntico orden de prioridades, pero as&iacute; es la cosa: la vivienda iba detr&aacute;s de la econom&iacute;a, el empleo y salarios, la agenda verde y los derechos sociales. Fue la opci&oacute;n del Gobierno para la legislatura que va terminando.
    </p><p class="article-text">
        Dicho quinto bloque contemplaba un gran n&uacute;mero de medidas, dif&iacute;ciles de contener en esta columna. Pero las resumo en la medida de lo posible: aumento del parque p&uacute;blico de vivienda para alquiler asequible por varios mecanismos; desarrollo de las medidas contempladas en la Ley por el Derecho a la Vivienda para la contenci&oacute;n de los precios, incluyendo incentivos fiscales y regulaci&oacute;n de los alquileres; habilitaci&oacute;n de un programa nacional de ayudas y subvenciones para mejorar la accesibilidad, habitabilidad y eficiencia energ&eacute;tica de las viviendas; mejoras para los pr&eacute;stamos hipotecarios; consolidar el Bono Alquiler Joven; nueva l&iacute;nea de avales del ICO; trabajar para erradicar el sinhogarismo de calle en 2030; mecanismos de protecci&oacute;n en materia de desahucios y lanzamientos...
    </p><p class="article-text">
        Estos fueron, muy resumidamente expresados, los compromisos del Gobierno. Cada cual podr&aacute; contrastarlos con lo desarrollado. Pero lo que es innegable es que, por diversas razones, la vivienda es hoy un problema infinitamente mayor que en 2018, cuando S&aacute;nchez lleg&oacute; al Gobierno por vez primera, y que en 2023. No lo digo yo, sino &ldquo;la calle&rdquo;, como algunos se refieren reiteradamente a una parte de la ciudadan&iacute;a. Y, en todo caso, es una evidencia que &eacute;ste es un problema que ha adquirido unas dimensiones superlativas: seg&uacute;n el CIS, tal como consta en su p&aacute;gina web, ya desde febrero del presente a&ntilde;o, aunque los propios datos lo sit&uacute;an varios meses atr&aacute;s, &ldquo;todo lo relacionado con el acceso a la vivienda se percibe ya como el principal problema que existe actualmente en Espa&ntilde;a seg&uacute;n un 42,8% de los encuestados por el Bar&oacute;metro de febrero&rdquo;. La novedad que constata este &uacute;ltimo estudio es que ha pasado a ser, tambi&eacute;n, la primera preocupaci&oacute;n cuando se pregunta &ldquo;por el primer problema que personalmente le afecta m&aacute;s&rdquo; con un 27,6% de las respuestas&ldquo;.
    </p><p class="article-text">
        Hay quien considera que, con la no convalidaci&oacute;n y consecuente derogaci&oacute;n de los dos Reales Decretos-Ley el pasado viernes, a S&aacute;nchez se le ha aparecido Dios, o la Virgen o alguien del m&aacute;s all&aacute;, o del m&aacute;s ac&aacute;, ya que ahora tiene una oportunidad de capitalizar el voto de las izquierdas, de ser el referente en la lucha por la vivienda digna contra todas las derechas, contra el rentismo y el canibalismo inmobiliario. Cada cual ve la realidad como quiere, como le interesa o como puede. Todas las visiones son leg&iacute;timas; otra cosa es que sean realistas y honestas.
    </p><p class="article-text">
        Por otra parte, tal como hemos conocido ya, el Consejo de Ministros va a aprobar nuevamente los dos Reales Decretos-Ley a fin de ser convalidados por la Diputaci&oacute;n Permanente, en la que, ahora s&iacute;, se cuenta con la mayor&iacute;a suficiente. No es la manera m&aacute;s ortodoxa de legislar ni, en mi opini&oacute;n, la m&aacute;s respetuosa con la &ldquo;voluntad popular&rdquo;, aunque es plenamente constitucional y no es la primera vez que ocurre, pues ya se hizo una vez, siendo tambi&eacute;n S&aacute;nchez Presidente, en 2019 cuando dicha Diputaci&oacute;n Permanente aprob&oacute; el 3 de abril de 2019 el Real Decreto-Ley 7/2019, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, siendo as&iacute; que, como ahora, tambi&eacute;n entonces el Congreso derog&oacute; id&eacute;ntica norma el 22 de enero anterior.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        No s&eacute; lo que va a pasar en las pr&oacute;ximas elecciones generales ni qui&eacute;n formar&aacute; gobierno. Ni s&eacute; lo que quienes acampan en la calle por el derecho a la vivienda van a pensar y votar, dado que tambi&eacute;n en ese espacio se aprecia un gran reproche a la mayor&iacute;a parlamentaria, si es que alguna vez la ha habido, cuando tambi&eacute;n se reclama &ldquo;la derogaci&oacute;n de la Ley mordaza&rdquo;, por ejemplo.
    </p><p class="article-text">
        Lo que s&iacute; s&eacute; es que, para dar una respuesta clara, si los comicios son, como se va a pretender, &ldquo;un refer&eacute;ndum&rdquo;, quisiera una pregunta tambi&eacute;n clara, como, por ejemplo: &iquest;c&oacute;mo valora usted lo hecho en esta legislatura por quienes ten&iacute;an la responsabilidad y obligaci&oacute;n constitucional de garantizar el acceso a una vivienda digna? &ldquo;Preguntar&rdquo; otra cosa, plantear otro debate, intentando eludir toda rendici&oacute;n de cuentas y asunci&oacute;n de responsabilidades no es propio de una izquierda que yo considero madura. En todo caso, eso s&iacute;, por supuesto, que cada vote respondiendo a la pregunta que entiende se le est&aacute; formulando.&nbsp;
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Garbiñe Biurrun Mancisidor]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/elecciones-generales-referendum-vivienda_129_13563831.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 05 Oct 2026 21:09:51 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Elecciones generales, ¿un referéndum sobre vivienda?]]></media:title>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Menores en redes sociales: prohibir, limitar...]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/menores-redes-sociales-prohibir-limitar_129_13527168.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/bcd28848-2f3d-4356-a439-08937bda5e9f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Menores en redes sociales: prohibir, limitar..."></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Las limitaciones tienen razón de ser, pero la prohibición total no es la solución, pues no cabe ya poner puertas al campo, sino que ha de limitarse, controlar y educar, que siempre es más difícil y más costoso en todos los sentidos que la prohibición drástica y generalizada</p></div><p class="article-text">
        No es en absoluto nuevo el debate sobre el acceso de menores a los instrumentos de nuevas tecnolog&iacute;as, notablemente el tel&eacute;fono m&oacute;vil, las tabletas y los ordenadores. Cuando digo nuevo lo hago en relaci&oacute;n con el tiempo que estos elementos llevan aqu&iacute;. Y, desde luego, tampoco es novedoso el debate sobre la relaci&oacute;n de nuestros menores con internet y con las redes sociales. Aunque, en realidad, todo es lo mismo, pues ninguno de esos instrumentos tendr&iacute;a el inter&eacute;s que tiene si no nos proporcionara la puerta de acceso a internet y a las redes.
    </p><p class="article-text">
        Ciertamente, se ha generado un gran debate sobre el acceso a espacios cuyo control no tenemos ni parece que podamos tener. Y me refiero tanto a la ciudadan&iacute;a como a los poderes p&uacute;blicos, en los que parece que ahora existe una enorme preocupaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Preocupaci&oacute;n l&oacute;gica derivada de la situaci&oacute;n en la que nos hallamos: dominaci&oacute;n y poder de la tecnolog&iacute;a, en lo que se ha venido en llamar &ldquo;tecnodominaci&oacute;n&rdquo;; invasi&oacute;n de pr&aacute;cticamente todos nuestros espacios vitales; falta de formaci&oacute;n suficiente y adecuada para su manejo consciente, &uacute;til y controlado; escaso conocimiento de los sujetos que dominan realmente estas redes; el inmenso poder de las corporaciones en estos sectores, constituyendo un nuevo capitalismo -el &ldquo;tecnocapitalismo&rdquo;- absolutamente carente de regulaci&oacute;n eficaz; la casi nula implicaci&oacute;n p&uacute;blica interna e internacional y la correspondiente falta absoluta de control p&uacute;blico de estos espacios, pese a haberse dedicado grandes inversiones de dinero p&uacute;blico para equipamientos varios que han permitido que el &ldquo;ciberespacio&rdquo; haya ocupado todo el terreno y, en cierta medida, tambi&eacute;n nos haya facilitado la vida y el acceso al conocimiento.
    </p><p class="article-text">
        No es desde&ntilde;able la realidad de que, por supuesto, las nuevas tecnolog&iacute;as nos permiten acceder ampliamente a bienes y servicios de todo tipo y que constituyen una ventana al mundo como nunca antes en la historia. Y que ello ha permitido tambi&eacute;n &ldquo;democratizar&rdquo; esos valores.
    </p><p class="article-text">
        Y, por tanto, de esta manera, si bien hubo un tiempo en que cre&iacute;mos que este &ldquo;ciberespacio&rdquo;, adem&aacute;s de ilusionarnos, captar toda nuestra atenci&oacute;n y generar esperanza, podr&iacute;a ser un bien de dominio p&uacute;blico o cuasi p&uacute;blico, lo cierto es que de ello ya no existe casi ni el recuerdo, pues resulta algo imposible de imaginar cabalmente en la actualidad. Ahora, este espacio genera beneficios econ&oacute;micos imposibles de calcular y, adem&aacute;s, permite el control y la dominaci&oacute;n de ideas y personas. O sea, se ha hecho una buena aver&iacute;a. Y, por supuesto, sin la necesaria intervenci&oacute;n p&uacute;blica para su regulaci&oacute;n y control -en ninguna parte-.
    </p><p class="article-text">
        Pensemos en la Inteligencia Artificial (IA) y todo el debate suscitado en torno a ella. Pensemos en los intereses existentes en torno a su no regulaci&oacute;n o a su regulaci&oacute;n y las diferentes posiciones de los Estados Unidos y China, por poner un ejemplo -el ejemplo-. Recordemos que la UE aprob&oacute; en 2024 la primera norma en el planeta sobre esta materia, el Reglamento por el que se establecen normas armonizadas en materia de inteligencia artificial, con un calendario gradual de aplicaci&oacute;n que llegar&aacute; hasta agosto de 2028 y que, a estas alturas, ya debe estar siendo aplicado en su mayor parte. &iquest;Alguien ha percibido algo? &iquest;Tiene la UE capacidad de garantizar, como dicho Reglamento pretende, en esencia, que los sistemas de IA sean seguros, &eacute;ticos y respeten los derechos fundamentales? M&aacute;s bien parece que no ser&aacute; as&iacute;, dado que los n&uacute;cleos reales de decisi&oacute;n nos pillan realmente lejos, tanto que no sabemos d&oacute;nde se encuentran.
    </p><p class="article-text">
        Pues si ya para la poblaci&oacute;n adulta la cosa est&aacute; complicada, hay una evidencia clara de su especial afectaci&oacute;n a las personas menores. Los datos son apabullantes, muy similares en diversas fuentes: en Espa&ntilde;a, m&aacute;s del 80% de los ni&ntilde;os entre 10 y 12 a&ntilde;os y hasta un 98% de los adolescentes tienen presencia o est&aacute;n registrados en al menos una red social; la edad media en la que un menor recibe su primer tel&eacute;fono m&oacute;vil con acceso a internet se sit&uacute;a en los 9,6 a&ntilde;os; el 78,3% de los alumnos en los &uacute;ltimos cursos de Educaci&oacute;n Primaria ya utiliza alguna red social, dato que asciende al 92,5% en la adolescencia, y un 75,8% participa en tres o m&aacute;s plataformas de manera activa. Y, en cuanto al tiempo de uso, tambi&eacute;n la cosa es muy seria: entre los 8 y 12 a&ntilde;os, el 29% de los ni&ntilde;os y el 23% de las ni&ntilde;as usan redes sociales entre una y dos horas al d&iacute;a, con un control parental mayor en estas edades que en la adolescencia, claro est&aacute;.
    </p><p class="article-text">
        Conocemos tambi&eacute;n los graves problemas de agresiones y vejaciones de todo tipo por estos medios, as&iacute; como la difusi&oacute;n no consentida de im&aacute;genes. Y los nuevos problemas psicol&oacute;gicos de ansiedad por desconexi&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Pues si todo esto ya lo conoc&iacute;amos, el debate se ha acentuado tras conocerse las conclusiones del Informe PISA el pasado 8 de septiembre, a cuyo tenor Espa&ntilde;a cae y llega a m&iacute;nimos hist&oacute;ricos en lectura, matem&aacute;ticas y ciencias, habiendo el alumnado de 4 de la ESO retrocedido en tres a&ntilde;os el equivalente a un a&ntilde;o escolar, y estando por debajo de la media de la OCDE.
    </p><p class="article-text">
        Lo destacable de ello es que, a lo que ahora interesa, entre las causas m&aacute;s relevantes de estos tremendos resultados, se subraya el uso abusivo de &ldquo;las pantallas&rdquo; tanto en los hogares como en las aulas y su consecuencia inmediata de dificultades para leer y comprender textos de m&aacute;s de 400 palabras, con peores resultados en los menores de familias con mejores condiciones econ&oacute;micas y que, por tanto, tienen mayor acceso a dispositivos electr&oacute;nicos. Realmente, los datos son muy ilustrativos de la situaci&oacute;n real.
    </p><p class="article-text">
        Y ahora comienza de verdad la carrera por la regulaci&oacute;n, la limitaci&oacute;n y, en su caso, la prohibici&oacute;n de acceso de los menores a los entornos digitales. Una carrera en la que Espa&ntilde;a no estaba mal posicionada, toda vez que algunas medidas limitativas -acceso a las redes sociales de los menores de 16 a&ntilde;os- ya constan en el &ldquo;Proyecto de Ley Org&aacute;nica para la protecci&oacute;n de las personas menores de edad en los entornos digitales&rdquo;, cuya tramitaci&oacute;n fue aprobada el 10 de septiembre de 2025 por el Congreso de los Diputados. Tramitaci&oacute;n que, al parecer, contin&uacute;a, sin que, un a&ntilde;o despu&eacute;s la Ley se haya aprobado.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Una carrera que comenz&oacute; en Australia, pa&iacute;s en el que, desde diciembre de 2025, rigen medidas importantes contra el uso de redes por los menores, sin que consten resultados especialmente esperanzadores. Y que sigui&oacute; en Francia, que aprob&oacute; el 21 de julio del presente a&ntilde;o una Ley prohibiendo el acceso a las redes sociales de los&nbsp;menores de 15 a&ntilde;os. Ley dejada sin efecto a los pocos d&iacute;as, el 14 de agosto, por el&nbsp;Consejo Constitucional -&iexcl;qu&eacute; envidia que en tan breve tiempo se decida sobre la adecuaci&oacute;n de una Ley a la Constituci&oacute;n!- por entender que la norma conten&iacute;a una vulneraci&oacute;n desproporcionada de la libertad de expresi&oacute;n y de comunicaci&oacute;n de la poblaci&oacute;n juvenil y por considerar que la medida en cuesti&oacute;n no es &ldquo;adecuada, necesaria ni proporcionada&rdquo;. Veremos lo que sucede en adelante, dado que el presidente Macron ha pedido al primer ministro que formule una nueva medida &ldquo;jur&iacute;dicamente s&oacute;lida&rdquo; que tenga en cuenta las indicaciones del m&aacute;ximo tribunal de Francia.
    </p><p class="article-text">
        Carrera a la que se suma ahora la UE que, por boca de la presidenta de su Comisi&oacute;n, la Sra. Von der Leyen, anunci&oacute; la pasada semana en su discurso sobre el Estado de la Uni&oacute;n una propuesta para fijar reglas comunes sobre el acceso de los menores a las redes sociales, avanzando la distinci&oacute;n por edades, negando tal acceso antes de los 13 a&ntilde;os y permitiendo cuentas personales a partir de los 15 a&ntilde;os, as&iacute; como medidas reforzadas de protecci&oacute;n hasta alcanzar al mayor&iacute;a de edad. Aunque no conviene olvidar que no se trata de una aut&eacute;ntica novedad, pues la posible adopci&oacute;n por la UE de medidas similares ya se hab&iacute;a aprobado el pasado 26 de noviembre de 2025 al votar los miembros del Parlamento Europeo un informe -con 483 votos a favor, 92 en contra y 86 abstenciones- en el que se expresa la profunda preocupaci&oacute;n por los riesgos para la salud f&iacute;sica y mental de los menores en el entorno digital y se propone una edad m&iacute;nima armonizada en toda la UE para el acceso a redes sociales y plataformas, edad que ser&iacute;a de 16 a&ntilde;os en general y de 13 a&ntilde;os para el caso de contar con el consentimiento parental. Ahora falta materializar la propuesta.
    </p><p class="article-text">
        Y, en lo que m&aacute;s cerca me toca, el pasado jueves, el lehendakari Pradales anunci&oacute; en el debate de pol&iacute;tica general en el Parlamento Vasco, que Euskadi se sumar&aacute; a la estrategia europea en este terreno, proponiendo la prohibici&oacute;n de acceso a las redes a los menores de 15 a&ntilde;os y anunciando un Acuerdo Social de uso responsable de las pantallas en los centros educativos y en los hogares.
    </p><p class="article-text">
        No tengo duda de que por esta senda van a transitar otros l&iacute;deres pol&iacute;ticos e institucionales, porque es &ldquo;lo que toca&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Ahora bien, entiendo que tambi&eacute;n corresponde ahora tomar otras decisiones de las que se habla menos, pues son menos efectistas y m&aacute;s dif&iacute;ciles de implantar. Ciertamente, la cuesti&oacute;n no es si los menores deben dar la espalda a las nuevas tecnolog&iacute;as, sino si es o no prudente entregar dispositivos m&oacute;viles a menores, herramientas que muchos adultos ni siquiera sabemos controlar. Hoy ya no es posible -ni conveniente ni deseable- dar la espalda a las ventajas de los dispositivos que permiten acceder a internet, pues pueden facilitar el aprendizaje, la creatividad y la participaci&oacute;n social.
    </p><p class="article-text">
        Pero ello exige una aut&eacute;ntica alfabetizaci&oacute;n digital que quienes ahora somos adultos no hemos recibido -y, desde luego, se nota-. La clave est&aacute; en educar a los menores para desenvolverse en el mundo digital, con conocimiento de sus potencialidades y de todos sus riesgos. Solamente as&iacute; podr&aacute;n superarse los problemas que se derivan de su estrecho contacto con el entorno digital de manera prematura sin educaci&oacute;n espec&iacute;fica. Y ello, por cuanto que el mundo digital no est&aacute; pensando en modo alguno en el superior inter&eacute;s del menor sino en la captaci&oacute;n de usuarios, extracci&oacute;n de datos y ganancias millonarias.
    </p><p class="article-text">
        Por tanto, las limitaciones tienen raz&oacute;n de ser, pero la prohibici&oacute;n total no es la soluci&oacute;n, pues no cabe ya poner puertas al campo, sino que ha de limitarse, controlar y educar, que siempre es m&aacute;s dif&iacute;cil y m&aacute;s costoso en todos los sentidos que la prohibici&oacute;n dr&aacute;stica y generalizada.
    </p><p class="article-text">
        Por otra parte, una decisi&oacute;n de limitaciones y/o prohibiciones sin formaci&oacute;n espec&iacute;fica en pensamiento cr&iacute;tico va a dificultar un acceso seguro y razonable al entorno digital al alcanzar la mayor&iacute;a de edad.
    </p><p class="article-text">
        Finalmente, pensemos tambi&eacute;n en nuestro papel de adultos y nuestra relaci&oacute;n con el contexto digital y su influencia en los menores que nos rodean. &iexcl;Alguna responsabilidad tenemos tambi&eacute;n, sin duda, en toda esta situaci&oacute;n!
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Garbiñe Biurrun Mancisidor]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/menores-redes-sociales-prohibir-limitar_129_13527168.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 21 Sep 2026 20:03:45 +0000]]></pubDate>
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      <media:keywords><![CDATA[Redes sociales,Menores]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Recta final de la legislatura con curvas y compromisos pendientes]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/recta-final-legislatura-curvas-compromisos-pendientes_129_13493090.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/92c732d1-8859-4c70-b3e2-0255ee107d10_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x1034y345.jpg" width="1200" height="675" alt="Recta final de la legislatura con curvas y compromisos pendientes"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">No es esta una relación de agravios, sino de simple y humilde recordatorio de que lo prometido es deuda y que las deudas, también las políticas, han de pagarse. Lo contrario es incumplimiento, fracaso y, sobre todo, frustración ciudadana</p></div><p class="article-text">
        Cuando quiera que sea que convoque Pedro S&aacute;nchez las elecciones, lo cierto es que, en cualquier caso, quedan unos meses nada m&aacute;s para el final de la legislatura. Una recta final llena de muchas y muy peligrosas curvas. Una recta en la que habr&aacute; de intentarse cumplir los tambi&eacute;n muchos y muy relevantes compromisos pendientes, incluidos en el  Acuerdo de Gobierno de coalici&oacute;n entre el PSOE y SUMAR en el oto&ntilde;o de 2023.
    </p><p class="article-text">
        Sin olvidar, naturalmente, no ya el compromiso, sino la aut&eacute;ntica obligaci&oacute;n constitucional del Gobierno de presentar anualmente ante el Congreso de los Diputados los Presupuestos Generales del Estado al menos tres meses antes de la expiraci&oacute;n de los del a&ntilde;o anterior. Veremos lo que ocurre a este respecto, pero el reiterado incumplimiento de esta obligaci&oacute;n en esta legislatura est&aacute;, sin duda, afectando a la acci&oacute;n de gobierno y a su credibilidad pol&iacute;tica.
    </p><p class="article-text">
        La recta final de la legislatura ya se preve&iacute;a complicada. Los Presupuestos anunciados por el Presidente no ser&aacute;n f&aacute;ciles de aprobar, desde luego, y requerir&aacute;n una negociaci&oacute;n que se antoja casi imposible, lo que supondr&aacute; un enorme fracaso de este Gobierno, al no haber sido capaz de aprobarlos en ninguno de los cuatro a&ntilde;os de mandato. Pero tambi&eacute;n hab&iacute;a otros nubarrones referidos a las citas judiciales penales pendientes, relativas al entorno personal y pol&iacute;tico m&aacute;s cercano del Presidente. Todo esto ya estaba descontado, entiendo, aunque sus consecuencias no lo est&eacute;n en modo alguno, al desconocerse a&uacute;n el alcance de algunas investigaciones y sus resultados &ndash; casos Cerd&aacute;n y Zapatero, por ejemplo &ndash; o el enjuiciamiento de otros procedimientos &ndash; caso Bego&ntilde;a G&oacute;mez, tambi&eacute;n por ejemplo -.
    </p><p class="article-text">
        Pero ya se sabe que, como las desgracias en la vida, las complicaciones pol&iacute;ticas tampoco vienen solas. Cuando todo parec&iacute;a medido, calculado y bajo control &ndash; relativamente &ndash;, se produce la que, para facilitar las cosas, llamar&eacute; la &ldquo;crisis de Ceuta&rdquo;. Una crisis inesperada e imprevista en su origen, en su materializaci&oacute;n y, sobre todo, ahora ya, en su finalizaci&oacute;n. Una crisis con muchas aristas &ndash; diplom&aacute;tica con Marruecos; debate pol&iacute;tico interno por la palmaria falta de reacci&oacute;n pol&iacute;tica a tiempo, adecuada y eficaz en todos los aspectos;  miedo, enfado y preocupaci&oacute;n de una gran parte de la ciudadan&iacute;a ceut&iacute;; p&eacute;rdida de vidas humanas y drama humanitario en estos momentos -.
    </p><p class="article-text">
        No pretendo hablar ahora de Ceuta, sino de los retos y compromisos pendientes de este Gobierno. Bueno, solamente de algunos de ellos, los que m&aacute;s me interesan desde mi punto de vista profesional, relativos a los derechos laborales y, de entre ellos, los que considero m&aacute;s relevantes.
    </p><p class="article-text">
        El Gobierno tiene que volcarse en la agenda social, sin descuidar otros terrenos, claro. Para eso hay carteras y &aacute;reas distintas, cada una con su programa de actuaci&oacute;n. No son esfuerzos incompatibles, sino todo lo contrario: cumplir &ndash; o intentarlo de veras - los compromisos adquiridos en todos los &aacute;mbitos es lo que dota de coherencia y credibilidad a un Gobierno. Fuera de ello, un fiasco m&aacute;s. 
    </p><p class="article-text">
        Y s&iacute;, la verdad es que restan por cumplir muchos e importantes compromisos residenciados en el Ministerio de Trabajo y Econom&iacute;a Social. 
    </p><p class="article-text">
        Voy a recordar algunos de ellos para que nadie los pierda de vista, ni quienes tienen la obligaci&oacute;n de cumplirlos ni quienes tenemos la obligaci&oacute;n de exigirlos.
    </p><p class="article-text">
        Un gran compromiso era el de culminar un Estatuto del Trabajo del siglo XXI, en el marco del cual se pretend&iacute;a, entre otras materias, reforzar las garant&iacute;as de las personas trabajadoras en las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo y en los descuelgues y frente al despido, dando cumplimiento a la Carta Social Europea y reforzando la causalidad en los supuestos de extinci&oacute;n de la relaci&oacute;n laboral. En esta misma columna me he referido en varias ocasiones a la indemnizaci&oacute;n por despido improcedente y a las reiteradas manifestaciones de la Ministra al respecto, sin que hasta ahora se haya avanzado ni un solo paso y sin que ello vaya a abordarse.
    </p><p class="article-text">
        En este aspecto se anuncia que hoy mismo &ndash; martes, 8 de septiembre &ndash; el Consejo de Ministros aprueba un Real Decreto para dar m&aacute;s transparencia a la contrataci&oacute;n laboral obligando a dar m&aacute;s datos en los contratos, as&iacute; como para limitar la duraci&oacute;n del per&iacute;odo de prueba dentro de los l&iacute;mites del Estatuto de los Trabajadores y determinar su contenido, con la finalidad de que pueda justificarse la extinci&oacute;n del contrato por no superaci&oacute;n de dicho per&iacute;odo de prueba. El Gobierno viene as&iacute; a transponer la Directiva (UE) 2019/1152, de 20 de junio de 2019, relativa a unas condiciones laborales transparentes y previsibles en la Uni&oacute;n Europea. Transposici&oacute;n a nuestro Derecho interno que es parcial, dado que se hace por medio de un Real Decreto que no tiene rango de ley y no puede, por tanto, modificar el Estatuto de los Trabajadores sino solamente desarrollarlo, y que tambi&eacute;n es tard&iacute;a, muy tard&iacute;a, ya que el plazo de transposici&oacute;n de dicha Directiva hab&iacute;a finalizado el 1 de agosto de 2022, o sea, hace algo m&aacute;s de cuatro a&ntilde;os.  
    </p><p class="article-text">
        Otro compromiso estrella era el de reducir la jornada laboral m&aacute;xima legal sin reducci&oacute;n salarial para establecerla, de forma progresiva, en 37 horas y media semanales. Ya conocemos, desde luego, las dificultades que presenta la aprobaci&oacute;n de una Ley de este contenido, como la de tantas otras, por la debilidad parlamentaria del Gobierno, pero lo cierto es que constituye un gran fracaso pol&iacute;tico que ha llevado a desistir de un Proyecto de Ley en tal sentido y presentar, en noviembre de 2025, un Proyecto de Real Decreto en materia de registro de jornada. Y, dado que ello no requiere m&aacute;s que su aprobaci&oacute;n por el ejecutivo, es de esperar que llegue a aprobarse, aunque tampoco es seguro a tenor de las dudas y el ultim&aacute;tum &ndash; o mejor, preultim&aacute;tum &ndash; de los Sindicatos CCOO y UGT para su aprobaci&oacute;n antes de finalizar julio, posteriormente diferido a septiembre. 
    </p><p class="article-text">
        No menos relevante ha sido el compromiso, reiteradamente anunciado, de aprobar el Estatuto del Becario. Veremos c&oacute;mo termina la tramitaci&oacute;n del Proyecto de Ley del ahora denominado Estatuto de las Personas en Formaci&oacute;n Pr&aacute;ctica no laboral, aprobado por el Consejo de Ministros el 3 de marzo de este mismo a&ntilde;o, en tramitaci&oacute;n ahora en las Cortes. Si no se logra aprobar ser&aacute; otro m&aacute;s que sonoro fracaso gubernamental, siendo as&iacute; que se trata de un tema que lleva en circulaci&oacute;n desde 2023.
    </p><p class="article-text">
        De gran inter&eacute;s es tambi&eacute;n la transposici&oacute;n de la Directiva (UE) 2023/970 del Parlamento Europeo y del Consejo de 10 de mayo de 2023 por la que se refuerza la aplicaci&oacute;n del principio de igualdad de retribuci&oacute;n entre hombres y mujeres por un mismo trabajo o un trabajo de igual valor a trav&eacute;s de medidas de transparencia retributiva y de mecanismos para su cumplimiento. El plazo de transposici&oacute;n finaliz&oacute; el 7 de junio de este mismo a&ntilde;o, public&aacute;ndose el pasado 3 de agosto el Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, lo que debiera aprobarse en breve por el Consejo de Ministros. Una cuesti&oacute;n muy relevante desde el punto de vista de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres.
    </p><p class="article-text">
        Se hab&iacute;a comprometido tambi&eacute;n este Gobierno a actualizar la legislaci&oacute;n de prevenci&oacute;n de riesgos laborales, una Ley que data del a&ntilde;o 1995. Este compromiso conllevaba igualmente la actualizaci&oacute;n del cat&aacute;logo de enfermedades profesionales y la evaluaci&oacute;n con especial atenci&oacute;n de la prevenci&oacute;n de nuevos riesgos asociados al uso de las TIC, los psicosociales y la creciente digitalizaci&oacute;n y robotizaci&oacute;n y las nuevas formas de organizaci&oacute;n del trabajo, incorporando la perspectiva de impacto de g&eacute;nero. Pues bien, el 11 de mayo de este a&ntilde;o se ha aprobado el Anteproyecto para una nueva Ley de Prevenci&oacute;n de Riesgos Laborales, si bien ha de convertirse por el ejecutivo en el imprescindible Proyecto de Ley para su tramitaci&oacute;n parlamentaria, lo que todav&iacute;a no se ha hecho.
    </p><p class="article-text">
        No les hago la relaci&oacute;n de todos los asuntos pendientes, sino de los que he considerado m&aacute;s transcendentales. Y, en todo caso, conviene tambi&eacute;n resaltar los compromisos que han sido cumplidos, como el nada desde&ntilde;able de incrementar el SMI para asegurar su poder adquisitivo.  
    </p><p class="article-text">
        No es esta una relaci&oacute;n de agravios, sino de simple y humilde recordatorio de que lo prometido es deuda y que las deudas, tambi&eacute;n las pol&iacute;ticas, han de pagarse. Lo contrario es incumplimiento, fracaso y, sobre todo, frustraci&oacute;n ciudadana. 
    </p><p class="article-text">
        Todos esos objetivos comprometidos merecen ser logrados, sin demora y sin complejos, para seguir profundizando en el Estado &ldquo;social&rdquo; que la Constituci&oacute;n proclama.
    </p><p class="article-text">
        Lo dicho: adem&aacute;s de las pronunciadas curvas ya previstas, la recta final de la legislatura tiene otras que han de conocerse y recordarse so pena de estrellarse. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Garbiñe Biurrun Mancisidor]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/recta-final-legislatura-curvas-compromisos-pendientes_129_13493090.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 07 Sep 2026 20:30:11 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Recta final de la legislatura con curvas y compromisos pendientes]]></media:title>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Derechos humanos y enfermedades tropicales desatendidas]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/derechos-humanos-enfermedades-tropicales-desatendidas_129_13464306.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/9ad3779d-fd86-4d2b-bb69-9ef7fdf848de_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x1163y363.jpg" width="1200" height="675" alt="Derechos humanos y enfermedades tropicales desatendidas"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La resolución recién aprobada exhorta a las entidades de las Naciones Unidas, instituciones financieras internacionales y regionales, socios de desarrollo, organizaciones filantrópicas y el sector privado a incrementar significativamente el apoyo técnico, financiero y de fortalecimiento de capacidades</p></div><p class="article-text">
        En este verano de 2026 en el que tenemos aqu&iacute; mismo una tremenda crisis humanitaria, entre otros calificativos posibles, pero siendo &eacute;ste el m&aacute;s importante, por la llegada de miles de personas migrantes a Ceuta y en el que, m&aacute;s lejos pero cada vez a menos distancia real, en la Rep&uacute;blica Democr&aacute;tica del Congo, un brote del virus del &Eacute;bola est&aacute; causando estragos y generando miles de contagios y una alta mortalidad, aunque no parezca posible, tambi&eacute;n se est&aacute;n produciendo buenas noticias. Algunas, incluso, muy buenas.
    </p><p class="article-text">
        Cierto que, adem&aacute;s de esos dos casos de graves crisis que menciono, relacionados con la tremenda situaci&oacute;n de millones de personas en el continente africano, notablemente en el &aacute;rea subsahariana, existe una enorme crisis de base, relativa a la falta de medios de vida dignos y respetuosos de los derechos humanos y, en particular, del derecho a la salud. 
    </p><p class="article-text">
        Ya les he hablado en esta columna de las Enfermedades Tropicales Desatendidas &ndash; ETD -, que son un grupo de 21 enfermedades que, en c&aacute;lculos de la OMS, alcanzan a m&aacute;s de 1.000 millones de personas que se encuentran en contextos de pobreza, exclusi&oacute;n y acceso limitado a servicios de salud, en zonas rurales remotas, asentamientos informales, contextos humanitarios, comunidades desatendidas y otras situaciones de vulnerabilidad, particularmente en zonas de Am&eacute;rica Latina y en &Aacute;frica Subsahariana. De ah&iacute; su denominaci&oacute;n de &ldquo;Desatendidas&rdquo;. Son enfermedades como la &uacute;lcera de Buruli, la enfermedad de Chagas, el dengue, la lepra, la filariasis linf&aacute;tica, la oncocercosis y otras forman parte de este grupo. 
    </p><p class="article-text">
        Enfermedades marginadas por su escasa presencia en los programas de salud en casi todo el mundo, porque todav&iacute;a hoy se les dedican muy pocos recursos y porque las agencias de financiaci&oacute;n mundiales pr&aacute;cticamente las ignoran. Tan marginadas que, hasta ahora, pr&aacute;cticamente no hab&iacute;an sido atendidas por el sistema internacional de Derechos Humanos. Matizo, ello tiene una excepci&oacute;n: la lepra hab&iacute;a sido objeto de un mandato espec&iacute;fico referido a los Derechos Humanos de las personas que la padecen. Pero el resto de ETD han sido casi invisibles y, desde luego, han estado &ndash; siguen estando - faltas de la necesaria protecci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Una buena noticia de la que les di cuenta en el pasado mes de junio, fue la de la constituci&oacute;n de la Coalici&oacute;n Espa&ntilde;ola de Enfermedades Tropicales Desatendidas &ndash; CEETD -, que trata de remediar la desatenci&oacute;n que estas enfermedades sufren. 
    </p><p class="article-text">
        La otra reciente muy buena noticia en relaci&oacute;n con las ETD es que el Consejo de Derechos Humanos de la ONU ha aprobado, el pasado 7 de julio, la &ldquo;Resoluci&oacute;n sobre Derechos Humanos y Enfermedades Tropicales Desatendidas&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Se trata de una Resoluci&oacute;n extraordinariamente relevante, pues es la primera vez que vincula las ETD con los Derechos Humanos y porque, por fin, sit&uacute;a a la poblaci&oacute;n afectada por estas enfermedades en la agenda del principal &oacute;rgano de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. 
    </p><p class="article-text">
        Cierto es que las ETD ten&iacute;an ya una gran relevancia para el Objetivo de Desarrollo Sostenible 3 de la Agenda 2030 de la ONU y que se estaban adoptando medidas concretas en el marco de la Hoja de Ruta de la OMS sobre las ETD 2021-2030 con objetivos claros, como el de reducir en un 90% el n&uacute;mero de personas que requieren tratamientos contra estas enfermedades, eliminar al menos una ETD en 100 pa&iacute;ses y erradicar en todo el mundo dos enfermedades &ndash; la dracunculosis y el pian -.
    </p><p class="article-text">
        Pero la Resoluci&oacute;n que ahora comento est&aacute; en otro nivel por el &oacute;rgano que la ha aprobado y las implicaciones futuras que ello tendr&aacute; &ndash; o, desde luego, habr&iacute;a de tener -. Una Resoluci&oacute;n impulsada por la Rep&uacute;blica de Malaui, con el copatrocinio de Burkina Faso, Gambia, Kenia, Marruecos y Tanzania, lo que no es casual, dada la incidencia de las ETD en &Aacute;frica.
    </p><p class="article-text">
        Resoluci&oacute;n tambi&eacute;n sostenida expresamente por la CEETD a la que me he referido m&aacute;s arriba, que envi&oacute; una carta al Ministro de Asuntos Exteriores expresando su apoyo a la iniciativa, y tambi&eacute;n promovida por  organizaciones como<em> </em>Uniting to Combat NTDs -UTC-<em> y </em>Fundaci&oacute;n Anesvad &ndash; cuyo Patronato tengo el honor de presidir -, que han hecho el seguimiento de todo el proceso y desarrollo estrat&eacute;gico, en coordinaci&oacute;n con la OMS y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH). 
    </p><p class="article-text">
        Y as&iacute;, el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha aprobado la Resoluci&oacute;n referida, en un texto que, como todos los que derivan de esta organizaci&oacute;n y se vinculan con la Declaraci&oacute;n Universal de Derechos Humanos y con otros hitos de extraordinaria relevancia, tiene un tenor que (me) emociona vivamente. 
    </p><p class="article-text">
        Un texto que, no en vano, reafirma el derecho de toda persona al disfrute del m&aacute;s alto nivel posible de salud f&iacute;sica y mental, sin discriminaci&oacute;n, y destacando que todos los derechos humanos son universales, indivisibles, interrelacionados, interdependientes y se refuerzan mutuamente. Un texto que recuerda que, para miles de millones de personas en todo el mundo, el pleno e igual derecho al disfrute del m&aacute;s alto nivel posible de salud f&iacute;sica y mental sigue estando fuera de su alcance y que reconoce que las acciones dirigidas a combatir las enfermedades tropicales desatendidas son fundamentales para la visi&oacute;n de la cobertura sanitaria universal y contribuyen al logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
    </p><p class="article-text">
        Resoluci&oacute;n que tambi&eacute;n destaca que las ETD reflejan y refuerzan patrones de desigualdad, discriminaci&oacute;n y exclusi&oacute;n social, afectando de manera desproporcionada a mujeres y ni&ntilde;as debido a la falta de acceso al agua potable, saneamiento, vivienda adecuada, educaci&oacute;n e informaci&oacute;n, lo que convierte a estas enfermedades no solo en un desaf&iacute;o de salud p&uacute;blica, sino tambi&eacute;n en una cuesti&oacute;n significativa de derechos humanos.
    </p><p class="article-text">
        Resoluci&oacute;n que tambi&eacute;n reconoce el trabajo realizado hasta ahora para combatir las ETD por parte de la OMS, organizaciones multilaterales, intergubernamentales y no gubernamentales, donantes, organizaciones filantr&oacute;picas, instituciones acad&eacute;micas y la sociedad civil, as&iacute; como el importante papel desempe&ntilde;ado por los trabajadores de cuidados y los trabajadores comunitarios de salud dentro de los sistemas de atenci&oacute;n primaria. Y que subraya la relevancia de la contribuci&oacute;n de los gobiernos y otras partes interesadas pertinentes, incluida la inversi&oacute;n en investigaci&oacute;n y desarrollo, para garantizar la disponibilidad, accesibilidad y aceptabilidad de medicamentos esenciales y otros productos sanitarios de calidad asegurada para la prevenci&oacute;n, diagn&oacute;stico y tratamiento de las ETD.
    </p><p class="article-text">
        Y, desde luego, la Resoluci&oacute;n reafirma que los Estados tienen la responsabilidad primordial de garantizar la plena realizaci&oacute;n del derecho de toda persona al disfrute del m&aacute;s alto nivel posible de salud f&iacute;sica y mental y que abordar todos los determinantes sociales subyacentes de la salud, incluido el acceso a la educaci&oacute;n, vivienda digna, agua potable y saneamiento en comunidades desatendidas, el acceso a la informaci&oacute;n y una participaci&oacute;n efectiva y significativa, puede facilitar la prevenci&oacute;n y control de las enfermedades tropicales desatendidas y ayudar a combatir el estigma y la discriminaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        No olvida la Resoluci&oacute;n que el cambio clim&aacute;tico puede alterar la transmisi&oacute;n y distribuci&oacute;n geogr&aacute;fica de ciertas enfermedades tropicales desatendidas, con implicaciones para el disfrute de los derechos humanos y tampoco olvida destacar la preocupaci&oacute;n relativa a que los conflictos, la ocupaci&oacute;n y los desastres naturales pueden interrumpir los sistemas de salud, desplazar comunidades y crear entornos propicios para la propagaci&oacute;n de estas enfermedades.
    </p><p class="article-text">
        Sin duda de especial relevancia es su recordatorio de que la insuficiente inversi&oacute;n en sistemas de salud, atenci&oacute;n y apoyo adecuados, asequibles y accesibles puede socavar los esfuerzos para prevenir, controlar y eliminar estas enfermedades y su impacto en aumentar a&uacute;n m&aacute;s la pobreza de quienes las padecen.
    </p><p class="article-text">
        La Resoluci&oacute;n, de manera responsable, insta igualmente a los Estados a reforzar sus esfuerzos y compromiso para abordar las ETD, integrando la prevenci&oacute;n, diagn&oacute;stico, tratamiento y atenci&oacute;n en la cobertura sanitaria universal y los sistemas de atenci&oacute;n primaria de salud y a fortalecer la resiliencia de los sistemas de salud y apoyar la continuidad de los programas sobre enfermedades tropicales desatendidas durante emergencias, incluidas crisis humanitarias, conflictos armados y emergencias sanitarias.
    </p><p class="article-text">
        Se preocupa tambi&eacute;n la Resoluci&oacute;n de exhortar a garantizar que las discapacidades relacionadas con estas enfermedades no den lugar a discriminaci&oacute;n, exclusi&oacute;n o negaci&oacute;n de otros derechos humanos, fortaleciendo enfoques inclusivos de discapacidad.
    </p><p class="article-text">
        Y para lograr todos estos objetivos, la Resoluci&oacute;n exhorta a las entidades pertinentes de las Naciones Unidas, instituciones financieras internacionales y regionales, socios de desarrollo, organizaciones filantr&oacute;picas y el sector privado a incrementar significativamente el apoyo t&eacute;cnico, financiero y de fortalecimiento de capacidades.
    </p><p class="article-text">
        Finalmente, se solicita a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que prepare un informe exhaustivo sobre las dimensiones de derechos humanos de las enfermedades tropicales desatendidas y lo presente al Consejo de Derechos Humanos en su 65&ordm; per&iacute;odo de sesiones, incluyendo recomendaciones concretas para fortalecer la integraci&oacute;n de los derechos humanos en las respuestas nacionales, regionales y globales a estas enfermedades.
    </p><p class="article-text">
        Me ocupar&eacute; de darles cuenta de ese informe, cuando se produzca, lo que espero no se demore demasiado.
    </p><p class="article-text">
        Hasta entonces, seguiremos preocup&aacute;ndonos y ocup&aacute;ndonos de que los Derechos Humanos sean lo que deben, esto es, universales &ndash; en todo lugar, en toda situaci&oacute;n y para todas las personas -. Lo que significa ocuparnos de todo el sufrimiento humano injusto.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Garbiñe Biurrun Mancisidor]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/derechos-humanos-enfermedades-tropicales-desatendidas_129_13464306.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 24 Aug 2026 20:17:07 +0000]]></pubDate>
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      <title><![CDATA[Migrantes que llegan: ¿Por qué? ¿Qué hacer?]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/migrantes-llegan_129_13438646.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/2ad5f03e-a35b-4a18-989e-46640474a981_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x148y381.jpg" width="1200" height="675" alt="Migrantes que llegan: ¿Por qué? ¿Qué hacer?"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Llevamos muchos años debatiendo sobre las migraciones y, particularmente, sobre el destino de las personas que llegan hasta nuestra tierra buscando una vida mejor, algo a lo que, como nosotras, tienen legítimo derecho. Sin embargo, aún no hemos resuelto ni las razones originarias de estas migraciones ni sus consecuencias, sobre todo las más tremendas</p><p class="subtitle">Marruecos, la odisea truncada</p></div><p class="article-text">
        Los recientes acontecimientos ocurridos en Ceuta nos est&aacute;n llevando a muchas reflexiones y reacciones, de todo tipo. Comenzando por la inicial sorpresa y las cr&iacute;ticas a la falta de reacci&oacute;n pol&iacute;tica -notablemente en materia de acogida digna de las personas migrantes y de seguridad ciudadana-, hasta el miedo, enfado y preocupaci&oacute;n de una parte de la ciudadan&iacute;a ceut&iacute;, pasando por el tremendo drama de la p&eacute;rdida de unas 140 vidas de personas que solamente quer&iacute;an vivir mejor y cre&iacute;an que aqu&iacute;, o sea, en Espa&ntilde;a y Europa, podr&iacute;an hacerlo.  
    </p><p class="article-text">
        Lo cierto es que ha ocurrido y, como cada vez que asistimos a llegadas masivas de inmigrantes y a muertes sin sentido, se despliega una bater&iacute;a de reacciones, en todos los terrenos. Llevamos muchos a&ntilde;os debatiendo sobre las migraciones y, particularmente, sobre el destino de las personas que llegan hasta nuestra tierra buscando una vida mejor, algo a lo que, como nosotras, tienen leg&iacute;timo derecho. Cierto es que, sin embargo, a&uacute;n no hemos resuelto ni las razones originarias de estas migraciones ni sus consecuencias, sobre todo las m&aacute;s tremendas. 
    </p><p class="article-text">
        De ah&iacute; que las migraciones internacionales, ya se deban a razones econ&oacute;micas, de persecuci&oacute;n o de otro tipo, sean, hoy, una de las cuestiones en las que m&aacute;s centramos nuestra atenci&oacute;n, lo que se evidencia en los medios de comunicaci&oacute;n y, por supuesto, c&oacute;mo no, en el debate pol&iacute;tico. 
    </p><p class="article-text">
        No tenemos respuestas claras ni, menos a&uacute;n, inmediatas a las diversas cuestiones y problemas que estas migraciones nos plantean -utilizo la palabra &ldquo;problemas&rdquo; conscientemente, pues, de hecho, &eacute;stos se generan en nuestras sociedades, como se est&aacute; viendo en Ceuta en estos momentos-. &ldquo;Problemas&rdquo;, algunos de los cuales pueden y deben ser resueltos, como lo son los vinculados a la seguridad y a la intranquilidad de la poblaci&oacute;n, as&iacute; como a la dram&aacute;tica situaci&oacute;n en la que a&uacute;n se encuentran, once d&iacute;as despu&eacute;s de su llegada, varios miles de personas migrantes, de las cuales una buena parte son menores. Esto, aunque s&oacute;lo sea esto, es resoluble con los medios necesarios.
    </p><p class="article-text">
        M&aacute;s complicado es, sin duda, resolver el origen de la cuesti&oacute;n. Cuando miles y miles de personas procedentes de pa&iacute;ses a&uacute;n en v&iacute;as de desarrollo, notablemente de &Aacute;frica subsahariana, persiguen el &ldquo;gran sue&ntilde;o&rdquo; de llegar al primer mundo, a Europa, como sea, a costa de lo que sea, dejando todo atr&aacute;s y arriesgando la vida, ello no ocurre porque s&iacute;, sino que tiene razones muy profundas relacionadas con la justicia -m&aacute;s bien, con la injusticia-.
    </p><p class="article-text">
        Injusticia que, a su vez, est&aacute; &iacute;ntimamente relacionada con el &ldquo;azar&rdquo;, el de haber nacido en un lugar, aleatoriamente, y la decisi&oacute;n pol&iacute;tica hist&oacute;rica de que los Estados tengan fronteras que blinden a su poblaci&oacute;n e impidan la entrada de ciudadanos de otros lugares, salvo las debidas autorizaciones.
    </p><p class="article-text">
        Esto, a estas alturas, no tiene ya arreglo, o yo no lo veo. En efecto, no se puede pretender hoy de manera realista la desaparici&oacute;n de las fronteras y/o de los controles de movimientos entre pa&iacute;ses. Pero, en todo caso, debe estar en el fondo del debate, siendo una perspectiva que no puede olvidarse ni menospreciarse.  
    </p><p class="article-text">
        Por otra parte, no es s&oacute;lo cuesti&oacute;n de nacionalidad, por supuesto. Nuestras fronteras, las de los pa&iacute;ses de la UE, sin ir m&aacute;s lejos -no es necesario mencionar a Trump en este tema, que bastante tenemos aqu&iacute;-, est&aacute;n abiertas para quienes proceden de determinados lugares o en determinadas circunstancias. Y es que las migraciones y el cierre de fronteras tiene que ver no s&oacute;lo con la nacionalidad, sino, sobre todo, con la situaci&oacute;n de las personas migrantes, esto es, con la pobreza y la marginalidad. 
    </p><p class="article-text">
        Nuestras fronteras se abren al olor del dinero, el dinero de los pa&iacute;ses de origen -los del primer mundo- y el de las propias personas que se mueven y la rentabilidad econ&oacute;mica que nos pueden brindar. No es preciso nombrar a nadie, pero conocemos sobradamente c&oacute;mo recibimos a sujetos, en algunos casos procedentes tambi&eacute;n de pa&iacute;ses en v&iacute;as de desarrollo, pero que nos pueden proporcionar grandes beneficios. Y, sin ir m&aacute;s lejos, abrimos nuestras fronteras para obtener mano de obra para nuestras necesidades, con una visi&oacute;n eminentemente mercantilizada de las migraciones.
    </p><p class="article-text">
        Y, pese a todo, estas migraciones son beneficiosas para toda la humanidad: tienen efectos muy positivos en los pa&iacute;ses de origen, pues normalmente mejoran la vida de quienes llegan y tambi&eacute;n de quienes se quedaron all&iacute;, ya que generan riqueza a trav&eacute;s de las &ldquo;remesas&rdquo; que se env&iacute;an, en porcentajes verdaderamente llamativos. Por ejemplo, en Colombia, en 2024 alcanzaron un 2,3% de su PIB -siendo en un 53% procedentes de Estados Unidos y del 11,3% las de Espa&ntilde;a- y siguen subiendo. En Nicaragua, seg&uacute;n el Fondo Monetario Internacional, las remesas alcanzaron en 2025 nada menos que la extraordinaria cifra del 29,5% de su PIB, en cifras muy similares a la de Honduras, Guatemala o El Salvador.
    </p><p class="article-text">
        Ben&eacute;fico efecto que tambi&eacute;n se produce en Marruecos, pa&iacute;s en el que, seg&uacute;n los datos del Banco Mundial de 2023, las remesas representaron el 8,2% de su PIB, o en Nigeria -el pa&iacute;s m&aacute;s poblado de &Aacute;frica- que recibi&oacute; remesas por valor del 6% de su PIB, y pa&iacute;ses como Gambia, Liberia o Cabo Verde las han recibido por importes de entre el 10% y el 20% de su PIB.
    </p><p class="article-text">
        Datos que muchos an&aacute;lisis en materia de desarrollo humano ponen de relieve como un factor de real impulso del crecimiento econ&oacute;mico y de estabilidad pol&iacute;tica y monetaria de los pa&iacute;ses de origen de las personas migrantes que nos llegan. Y tambi&eacute;n ponen de manifiesto su contribuci&oacute;n a la reducci&oacute;n de la pobreza y a su incidencia igualmente en el nivel microecon&oacute;mico, pues sirven para cubrir necesidades b&aacute;sicas de muchos hogares, tanto de car&aacute;cter alimenticio como en materia de salud y educaci&oacute;n, permitiendo a muchas familias acceder a servicios anteriormente inaccesibles, as&iacute; como a impulsar el emprendimiento y la inversi&oacute;n local.
    </p><p class="article-text">
        Por eso vienen, para eso llegan. Por eso, en muchos casos, arriesgan sus vidas. Para mejorar su situaci&oacute;n y la de sus entornos m&aacute;s queridos. Algo a lo que tienen pleno derecho y que es de aut&eacute;ntica justicia.
    </p><p class="article-text">
        Entretanto, en la UE se sigue una pol&iacute;tica cada vez m&aacute;s restrictiva respecto de las solicitudes de asilo y la inmigraci&oacute;n irregular. As&iacute;, hay que recordar que en 2024 se alcanz&oacute; un muy discutido Pacto sobre Migraci&oacute;n y Asilo, conteniendo un paquete de medidas en diez normas de gran relevancia, aprobado mediante un gran acuerdo entre la derecha y y el grupo socialista, con el rechazo de la extrema derecha, los verdes y la izquierda. Este Pacto ha sido desarrollado por dos Reglamentos que entraron en vigor en febrero de 2026, que flexibilizan las condiciones para que un Estado miembro pueda denegar una solicitud de asilo y remitir a la persona solicitante a un tercer pa&iacute;s seguro y que posibilitan la externalizaci&oacute;n a dichos pa&iacute;ses del control de fronteras. Lo que merece una reflexi&oacute;n sobre la adecuaci&oacute;n de estas normas con los valores constitucionales de la UE. Pero esto es otra cuesti&oacute;n que tiene, hoy por hoy, dif&iacute;cil retorno. 
    </p><p class="article-text">
        Entretanto, en las calles de Ceuta sigue habiendo personas necesitadas de toda nuestra atenci&oacute;n, de todo nuestro cuidado. Personas migrantes y locales: todas ellas precisan respuestas: para garantizar el bienestar de quienes as&iacute; han llegado y, tambi&eacute;n, para evitar que esas personas puedan ser percibidas como generadoras de miedo o constitutivas de alguna amenaza. En ello tiene mucho -m&aacute;s bien, casi todo- que decir el Estado, todo el Estado, con todas sus razones, mayormente las de la igualdad y la justicia, y con todos sus medios, los de apoyo y seguridad. 
    </p><p class="article-text">
        Si el Estado falla en esto, nos hallaremos en una situaci&oacute;n realmente complicada y perdiendo argumentos para seguir sosteniendo la justicia de las migraciones.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Garbiñe Biurrun Mancisidor]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/migrantes-llegan_129_13438646.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 10 Aug 2026 19:25:55 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Migrantes que llegan: ¿Por qué? ¿Qué hacer?]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Ceuta,Inmigración]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Alquiler de mujeres: la explotación que no cesa]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/alquiler-mujeres-explotacion-no-cesa_129_13409572.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/a058d90e-8c4b-4a0f-a4aa-abd353d9f433_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Alquiler de mujeres: la explotación que no cesa"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Pese a la expresa prohibición legal de la promoción comercial de la gestación por sustitución, basta asomarse a internet para encontrar, sin ningún problema, un buen número de páginas web de diversas empresas en las que se oferta “cumplir el sueño de ser padres con total seguridad legal, por medio de la gestación subrogada”, con “soporte legal completo”</p></div><p class="article-text">
        He escrito ya en este mismo espacio varias columnas sobre esta cuesti&oacute;n. La atrocidad en que consiste la eufem&iacute;sticamente denominada &ldquo;gestaci&oacute;n subrogada&rdquo; o &ldquo;gestaci&oacute;n por sustituci&oacute;n&rdquo;, incluso en nuestra legislaci&oacute;n, me lleva a ello cuando leo noticias relevantes al respecto.
    </p><p class="article-text">
        Dos &uacute;ltimas referencias se han producido muy recientemente en los medios de comunicaci&oacute;n, lo que me lleva a reiterar estas reflexiones.
    </p><p class="article-text">
        La primera, del 18 de julio pasado, reflejada en este mismo medio y en otros muchos, seg&uacute;n la cual el l&iacute;der del bloque conservador en el Parlamento de Alemania, Jens Spahn, hab&iacute;a dimitido ese mismo d&iacute;a tras el debate generado al conocerse que &eacute;l y su marido, Daniel Funke, hab&iacute;an sido padres recurriendo a un vientre de alquiler en Estados Unidos. Spahn, miembro destacado de la CDU/CSU, hab&iacute;a sostenido siempre la l&iacute;nea de su partido en contra de una posible legalizaci&oacute;n de los vientres de alquiler en Alemania. La contradicci&oacute;n entre su vida personal y su actividad pol&iacute;tica y la consiguiente falta de credibilidad ha sido dif&iacute;cil de soportar y ha llevado a su dimisi&oacute;n. 
    </p><p class="article-text">
        La segunda, del 25 de julio, plasmada en el <em>Diario de Burgos</em>, seg&uacute;n la cual el Hospital Universitario de Burgos -HUBU- denunci&oacute; un mes atr&aacute;s ante la Polic&iacute;a Nacional que desde comienzos de mayo estaban ingresando en Ginecolog&iacute;a mujeres de nacionalidad brasile&ntilde;a, pero llegadas de B&eacute;lgica y otros pa&iacute;ses del norte de Europa, para dar a luz en la capital despu&eacute;s de que el embarazo se lo monitorizaran en su pa&iacute;s de residencia, siendo unos 30 los partos atendidos desde entonces siguiendo un mismo patr&oacute;n consistente en llegar a Burgos justo antes del parto, facilitar direcciones concretas en dos localidades de Las Merindades y que en un n&uacute;mero indeterminado de casos acudieron al hospital acompa&ntilde;adas del mismo hombre.  Aunque la noticia no lo dice expresamente, es de pensar que podr&iacute;a tratarse de casos de gestaci&oacute;n mediante los vientres alquilados de estas mujeres.
    </p><p class="article-text">
        Recordemos que la Ley Org&aacute;nica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupci&oacute;n voluntaria del embarazo fue modificada por la Ley Org&aacute;nica 1/2023, de 28 de febrero, en cuyo art&iacute;culo 32 se refiere a la &ldquo;Prevenci&oacute;n de la gestaci&oacute;n por subrogaci&oacute;n o sustituci&oacute;n&rdquo;. Pues bien, la norma, tras calificar esta pr&aacute;ctica como &ldquo;forma de violencia reproductiva&rdquo;, reitera que es un contrato nulo de pleno derecho y que, a trav&eacute;s de campa&ntilde;as institucionales, se promover&aacute; la informaci&oacute;n acerca de la ilegalidad de estas conductas, se produzcan con o sin precio, refiri&eacute;ndose su art&iacute;culo 33 a la prohibici&oacute;n de la promoci&oacute;n comercial de la gestaci&oacute;n por sustituci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Responde as&iacute; la reforma legal -tard&iacute;amente, todo hay que decirlo- a la jurisprudencia de la Sala de lo Civil de nuestro Tribunal Supremo, que, desde la Sentencia de 6 de febrero de 2013 -hace ya 13 a&ntilde;os y medio-, en doctrina reiterada en Sentencias posteriores, ha declarado con toda crudeza, pero al mismo tiempo con todo el rigor jur&iacute;dico, sin pa&ntilde;os calientes ni eufemismos, que estos llamados 'Contratos de gestaci&oacute;n subrogada' &ldquo;cosifican a los menores haci&eacute;ndolos una simple mercanc&iacute;a, objeto de un contrato que pretende fijar su filiaci&oacute;n con base en el pago de un precio a una mujer, que por lo general act&uacute;a impelida por un estado de necesidad acuciante, que se somete a los riesgos asociados a un tratamiento de reproducci&oacute;n asistida y que renuncia a los derechos que como madre gestante le deber&iacute;an corresponder, y pretende privar al menor de esa relaci&oacute;n de filiaci&oacute;n materna as&iacute; como de su derecho a conocer a su madre&rdquo;. A&ntilde;adiendo, tambi&eacute;n reiteradamente, que este contrato vulnera gravemente los derechos fundamentales reconocidos en nuestra Constituci&oacute;n y en los Convenios internacionales sobre derechos humanos en los que Espa&ntilde;a es parte. Y ello, por cuanto genera da&ntilde;o al inter&eacute;s superior del menor y una explotaci&oacute;n de la mujer que son inaceptables, pues ambos son tratados como meros objetos y no como personas dotadas de la dignidad propia de su condici&oacute;n de seres humanos y de los derechos fundamentales inherentes a esa dignidad. 
    </p><p class="article-text">
        La doctrina del TS ha dado lugar asimismo a que se dictara la Instrucci&oacute;n de 28 de abril de 2025, de la Direcci&oacute;n de Seguridad Jur&iacute;dica y Fe P&uacute;blica, &ldquo;sobre actualizaci&oacute;n del r&eacute;gimen registral de la filiaci&oacute;n de los nacimientos mediante gestaci&oacute;n por sustituci&oacute;n&rdquo; para regular correctamente la inscripci&oacute;n del  nacimiento y filiaci&oacute;n de hijos nacidos mediante gestaci&oacute;n subrogada al no admitirse a tal efecto una certificaci&oacute;n registral extranjera o la simple declaraci&oacute;n acompa&ntilde;ada de certificaci&oacute;n m&eacute;dica al respecto ni sentencia firme del pa&iacute;s correspondiente, y preverse que la determinaci&oacute;n de la filiaci&oacute;n de estos menores se realizar&aacute; en Espa&ntilde;a por los medios ordinarios: filiaci&oacute;n biol&oacute;gica, en su caso, respecto de alguno de los progenitores de intenci&oacute;n y posterior filiaci&oacute;n adoptiva del otro u otros, cuando se pruebe la existencia de un n&uacute;cleo familiar con suficientes garant&iacute;as.
    </p><p class="article-text">
        Por otra parte, en febrero de este mismo a&ntilde;o, la Fiscal&iacute;a de la Audiencia Nacional solicit&oacute; al Gobierno que tome medidas para impedir el acceso desde Espa&ntilde;a a p&aacute;ginas web de hasta 13 empresas dedicadas a esta actividad.
    </p><p class="article-text">
        Pues bien, pese a todo lo dicho, y a la expresa prohibici&oacute;n legal de la promoci&oacute;n comercial de la gestaci&oacute;n por sustituci&oacute;n, basta asomarse a internet para encontrar, sin ning&uacute;n problema, un buen n&uacute;mero de p&aacute;ginas web de diversas empresas -cito solamente unas pocas: Gestlife Surrogacy, FESKOV Human Reproduction Group, Creative Family Connections- en las que se oferta &ldquo;cumplir el sue&ntilde;o de ser padres con total seguridad legal, por medio de la gestaci&oacute;n subrogada&rdquo;, con &ldquo;soporte legal completo&rdquo;, por precios entre 37.500 y 200.000 euros, dependiendo de las empresas y los &ldquo;servicios contratados&rdquo;. Y distinguiendo en algunos casos abiertamente entre &ldquo;gestaci&oacute;n subrogada comercial&rdquo; y &ldquo;gestaci&oacute;n subrogada altruista&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        En mi opini&oacute;n, dado que nuestra propia legislaci&oacute;n actualmente vigente califica esta pr&aacute;ctica como &ldquo;violencia reproductiva&rdquo; y &ldquo;explotaci&oacute;n de las mujeres&rdquo; y considera que se vulneran de manera inaceptable los derechos de mujeres y menores, afectando gravemente a su dignidad, una de las respuestas a dar desde el Estado ser&iacute;a, como he reiterado en varias ocasiones, su tipificaci&oacute;n como delito en el C&oacute;digo Penal, tanto se produzcan en Espa&ntilde;a como en el extranjero, pues son conductas que merecen el mayor reproche social teniendo en cuenta la aut&eacute;ntica realidad que subyace en ellas.
    </p><p class="article-text">
        &Eacute;ste ser&iacute;a un gran paso contra la explotaci&oacute;n de las mujeres y su cosificaci&oacute;n y la de los beb&eacute;s. Un paso imprescindible, porque los derechos de las mujeres y de las criaturas de ellas nacidas no deben depender de ninguna situaci&oacute;n personal -infertilidad o pertenencia al grupo LGTBI, cuyos derechos no niego, desde luego, o cualquier otra circunstancia- ni de la capacidad o la penuria econ&oacute;mica de nadie -ni la de quien encarga la criatura ni la de quien va a gestarla y parirla-. Porque son derechos absolutos y porque nadie tiene ning&uacute;n derecho a ser madre o padre vulnerando tan gravemente la dignidad de las mujeres y la de las criaturas as&iacute; nacidas. 
    </p><p class="article-text">
        Termino con un testimonio que expresa claramente la situaci&oacute;n. El pasado 10 de mayo, la web de BBC-News Mundo public&oacute; un reportaje sobre una mujer ucraniana, Karina Tarasenko, embarazada de seis meses por encargo de una pareja que vive en China. Karina afirma que nunca habr&iacute;a sido madre de alquiler de no ser por la invasi&oacute;n rusa, que ganar&aacute; unos 17.000 d&oacute;lares -el doble del salario medio en Ucrania-, percibiendo la mayor parte despu&eacute;s del parto. Dice tambi&eacute;n que iban a abonarle 21.000 euros pero que uno de los gemelos que gestaba muri&oacute;, por lo que el pago se redujo, tal como estipulaba su contrato. Y termina afirmando que planea &ldquo;tener tantos beb&eacute;s como madre de alquiler como su cuerpo le permita, para ahorrar y comprarse una vivienda&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Un &uacute;ltimo dato que permite comprender el aut&eacute;ntico alcance &ldquo;comercial&rdquo; de esta pr&aacute;ctica: en ese mismo reportaje de BBC al que acabo de referirme se habla de una campa&ntilde;a publicitaria en 2021 realizada por la mayor cl&iacute;nica de subrogaci&oacute;n de Ucrania -BioTexCom for Human Reproduction-, que promocion&oacute; una &ldquo;oferta de Black Friday en beb&eacute;s por subrogaci&oacute;n&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        &iquest;Alguien puede seguir sosteniendo esta situaci&oacute;n sin avergonzarse de la desidia general al respecto?. &iquest;Tomar&aacute;n nuestro Gobierno y Parlamento todas las medidas necesarias para terminar con esta ominosa pr&aacute;ctica?. Seguimos a la espera.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Garbiñe Biurrun Mancisidor]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/alquiler-mujeres-explotacion-no-cesa_129_13409572.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 27 Jul 2026 20:04:27 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Alquiler de mujeres: la explotación que no cesa]]></media:title>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Manada de Pamplona: 10 años después no estamos igual, por fortuna]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/manada-pamplona-10-anos-despues-no-igual-fortuna_129_13375988.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/780c233c-fb70-45f5-928a-c3ee55e246ef_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x452y315.jpg" width="1200" height="675" alt="La Manada de Pamplona: 10 años después no estamos igual, por fortuna"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Lo primero que ocurrió, lo que ha permitido que diez años después hablemos de esto en los términos en que lo hacemos, fue que una mujer, muy joven y muy fuerte, que había vivido un ataque extraordinariamente duro, denunció aquellos hechos y sostuvo la acusación de manera firme</p></div><p class="article-text">
        Cuando el 26 de abril de 2018 se conoci&oacute; la primera sentencia sobre el caso de &ldquo;La Manada&rdquo;, esto es, la dictada por la Audiencia Provincial de Navarra, gran parte de la ciudadan&iacute;a expres&oacute; un enorme enfado, un gran desconcierto y una clara distancia con el poder judicial. 
    </p><p class="article-text">
        Aquella sentencia, que a&uacute;n recuerdo con total claridad, conten&iacute;a una real, cruda y tremenda descripci&oacute;n de los hechos acontecidos en un oscuro portal de Pamplona en la madrugada del 7 de julio de 2016. En mi opini&oacute;n -escrita ese mismo d&iacute;a y publicada el d&iacute;a siguiente en El Diario Vasco-, los hechos que la Audiencia Provincial de Navarra consider&oacute; acreditados eran claramente reveladores de una situaci&oacute;n real de intimidaci&oacute;n hacia la v&iacute;ctima y, por lo tanto, debieron haber sido calificados de agresi&oacute;n sexual-violaci&oacute;n, tal como solicitaron todas las acusaciones personadas. Expres&eacute; as&iacute; mi desacuerdo jur&iacute;dico con la calificaci&oacute;n de delito de &ldquo;abuso sexual con prevalimiento&rdquo; que hizo el Tribunal por no apreciar que se hubiese producido una situaci&oacute;n de intimidaci&oacute;n. 
    </p><p class="article-text">
        No voy a recrear los hechos que se tuvieron por probados, pues son de una dureza extrema y no aportan nada relevante a esta reflexi&oacute;n. 
    </p><p class="article-text">
        Pocos meses m&aacute;s tarde, la sentencia de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, dictada en noviembre de 2018, confirm&oacute; la primera, si bien dos de los cinco magistrados intervinientes emitieron un voto particular en el que entend&iacute;an que los hechos debieron haber sido calificados como delito de agresi&oacute;n sexual por entender que se produjeron con intimidaci&oacute;n. 
    </p><p class="article-text">
        El debate jur&iacute;dico fue resuelto definitivamente por el Tribunal Supremo en sentencia de 4 de julio de 2019, que, por unanimidad, calific&oacute; los hechos de violaci&oacute;n e increment&oacute;, naturalmente, las penas, tras apreciar un claro escenario intimidatorio que provoc&oacute; el sometimiento de la v&iacute;ctima, que no consinti&oacute; los actos, y que hubo dos agravaciones espec&iacute;ficas: la de trato vejatorio o degradante a la v&iacute;ctima, al haber los condenados alardeado de su conducta en los v&iacute;deos grabados, y la de actuaci&oacute;n de dos o m&aacute;s personas.
    </p><p class="article-text">
        Esto es lo que ocurri&oacute; en los Tribunales.
    </p><p class="article-text">
        Pero no fue eso todo lo que sucedi&oacute;. Hubo m&aacute;s cosas, y muy relevantes. Vamos por su orden l&oacute;gico -en mi percepci&oacute;n-.
    </p><p class="article-text">
        Lo primero que ocurri&oacute;, lo que ha permitido que diez a&ntilde;os despu&eacute;s hablemos de esto en los t&eacute;rminos en que lo hacemos, fue que una mujer, muy joven y muy fuerte, que hab&iacute;a vivido un ataque extraordinariamente duro, denunci&oacute; aquellos hechos y sostuvo la acusaci&oacute;n de manera firme, pese a saber o intuir el duro camino judicial que sab&iacute;a tendr&iacute;a que  recorrer. Siempre habr&aacute; de reiterarse, como se hizo en su d&iacute;a, el agradecimiento social c&iacute;vico a esa mujer,  a su valor, as&iacute; como la exigencia de justicia real para garantizar a las personas &ndash; mujeres, en su mayor parte &ndash; que su denuncia de delitos contra la libertad sexual o de violencia de g&eacute;nero no sea, como muchas lo describen, un aut&eacute;ntico calvario que puede llegar incluso a constituir un elemento claro de disuasi&oacute;n de la propia denuncia o de su mantenimiento.
    </p><p class="article-text">
        Por otra parte, tras la primera Sentencia, se produjo un enorme movimiento ciudadano que expres&oacute; su absoluto rechazo a la misma, su enfado con el poder judicial y su apoyo a la v&iacute;ctima, con los lemas &ldquo;Hermana, yo s&iacute; te creo&rdquo; y &ldquo;No fue abuso, fue violaci&oacute;n&rdquo;. Fue una cr&iacute;tica social a una resoluci&oacute;n judicial como yo no recuerdo antes y dio lugar a un interesante debate &ndash; siempre de inter&eacute;s &ndash; acerca de las presiones sobre los Tribunales y el di&aacute;logo efectivo y eficaz entre ciudadan&iacute;a y justicia. 
    </p><p class="article-text">
        Finalmente, se abord&oacute; la reforma del C&oacute;digo Penal, que ya estaba pendiente de un an&aacute;lisis imprescindible para adecuarlo al Convenio del Consejo de Europa sobre prevenci&oacute;n y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia dom&eacute;stica &ndash; el conocido como &ldquo;Convenio de Estambul&rdquo; -. Lo que finaliz&oacute;, como es bien sabido por su relevancia y su gran presencia en los medios de comunicaci&oacute;n durante largo tiempo, con la reforma operada por la Ley Org&aacute;nica 10/2022, de 6 de septiembre, de garant&iacute;a integral de la libertad sexual -la conocida como &ldquo;Ley del s&iacute; es s&iacute;&rdquo;-. Una reforma necesaria del C&oacute;digo Penal con el abordaje pleno y efectivo de los derechos de las mujeres a la libertad, a la igualdad, a la seguridad y a la vida y la integridad f&iacute;sica, a decidir sobre nuestro propio cuerpo y nuestra sexualidad y la erradicaci&oacute;n de todas las violencias, subrayando la exigencia del necesario consentimiento para mantener relaciones sexuales. 
    </p><p class="article-text">
        Lo cierto es que conviene precisar que, para dar respuesta al concreto caso de &ldquo;La manada&rdquo;, tal reforma nada habr&iacute;a aportado, pues con el C&oacute;digo Penal vigente a la fecha de los hechos fue posible, como de hecho lo hizo el Tribunal Supremo, siguiendo la doctrina jurisprudencial consolidada, calificar estos hechos como agresi&oacute;n sexual &ndash; violaci&oacute;n - por concurrir clara intimidaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        En todo caso, acerca de dicha &ldquo;Ley del s&iacute; es s&iacute;&rdquo; se produjo lo que yo, en este mismo espacio, califiqu&eacute; como &ldquo;un debate enredado y equivocado sobre una muy buena y muy necesaria Ley&rdquo;. Un debate sobre la desaparici&oacute;n de los &ldquo;abusos&rdquo; sexuales y su consideraci&oacute;n como &ldquo;agresiones&rdquo; y algunas otras modificaciones de menor entidad, as&iacute; como sobre la modificaci&oacute;n de ciertas penas, algunas en sus m&aacute;ximos y otras en sus m&iacute;nimos. 
    </p><p class="article-text">
        Debate p&uacute;blico endemoniado que se gener&oacute; porque la aplicaci&oacute;n del C&oacute;digo Penal, una vez reformado, trajo como consecuencia la revisi&oacute;n judicial de condenas dictadas antes de su entrada en vigor, como es obligado por mor de lo dispuesto en los art&iacute;culos 9.3 de la Constituci&oacute;n -en sentido contrario-, y 2.2 del C&oacute;digo Penal. Esto es, la necesidad de revisar las condenas por el efecto retroactivo de las leyes penales que favorezcan a la persona condenada, como fue el caso en algunos supuestos en una doctrina que el Tribunal Supremo confirm&oacute;. Y ello, pese a las inconsistentes cr&iacute;ticas vertidas hacia los jueces por parte de dirigentes pol&iacute;ticos  a destacar la entonces ministra de Igualdad Irene Montero&ndash; acusando de machismo, ignorancia y falta de formaci&oacute;n en perspectiva de g&eacute;nero de juezas/ces.
    </p><p class="article-text">
        Sin negar, desde luego, que desde otras posiciones se expres&oacute; una gran &ldquo;alarma&rdquo; por las reducciones de penas en un contexto de clara exageraci&oacute;n de las consecuencias de la reforma legal. 
    </p><p class="article-text">
        En resumidas cuentas: irresponsabilidad m&aacute;xima en ambas posiciones, que generaron una enorme confusi&oacute;n en la ciudadan&iacute;a con repercusi&oacute;n infundada que trasciende la mera cuesti&oacute;n de la revisi&oacute;n de las condenas y que nubla la percepci&oacute;n sobre la naturaleza de estos delitos y su penalizaci&oacute;n. 
    </p><p class="article-text">
        Y, siendo como es, en mi opini&oacute;n, una gran Ley que aborda de manera integral las violencias sexuales desde muchos aspectos, me apen&oacute; profundamente la poca convicci&oacute;n en su defensa por parte de las responsables pol&iacute;ticas y su mero ataque a los jueces que la aplicaban.
    </p><p class="article-text">
        Han pasado ya 10 a&ntilde;os de aquella maldita madrugada en Pamplona. Solamente espero que aquella mujer que padeci&oacute; tan tremendo ataque a su persona y a su libertad y que tanto nos dio sea feliz, tan feliz como pueda. Y que no haya m&aacute;s &ldquo;manadas&rdquo; ni elementos individuales que ataquen la libertad de nadie para satisfacer su deseo. Y que asumamos nuestros actos y reconozcamos que en 10 a&ntilde;os hemos avanzado en la percepci&oacute;n de la libertad sexual de todas las personas, con dificultades, desde luego, pero caminando y mirando de frente al objetivo, que no es sino la defensa de estos derechos, sin excusas ni coartadas.
    </p><p class="article-text">
        Puede el tango decir que &ldquo;veinte a&ntilde;os no es nada&rdquo;, pero en este caso, diez a&ntilde;os han dado mucho de s&iacute;, gracias al esfuerzo de muchas personas, colectivos e instituciones.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Garbiñe Biurrun Mancisidor]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/manada-pamplona-10-anos-despues-no-igual-fortuna_129_13375988.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 13 Jul 2026 19:19:34 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La Manada de Pamplona: 10 años después no estamos igual, por fortuna]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[La Manada,Violaciones]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La coalición española de enfermedades tropicales desatendidas: el trabajo por hacer]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/coalicion-espanola-enfermedades-tropicales-desatendidas-trabajo_129_13342960.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/78cce6d6-1ace-4469-bcc8-015f78dbb613_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La coalición española de enfermedades tropicales desatendidas: el trabajo por hacer"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La CEETD está demostrando que es capaz de tejer alianzas y de reunir un buen número de organizaciones, empresas e instituciones. Falta que quienes tienen el poder de proporcionar los medios para cambiar las cosas colaboren también, de manera decidida y útil, con todo el aparato del Estado dispuesto a este y otros fines similares</p></div><p class="article-text">
        Hace dos semanas <a href="https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/coalicion-espanola-enfermedades-tropicales-desatendidas_129_13301867.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">les di cuenta del arranque de la Coalici&oacute;n Espa&ntilde;ola de Enfermedades Tropicales Desatendidas</a> &ndash; CEEDT -, del contexto global en que se ha constituido, de su car&aacute;cter multisectorial y de sus grandes objetivos: la visibilizaci&oacute;n de las ETD; la movilizaci&oacute;n de recursos, conocimiento y voluntad pol&iacute;tica y el impulso de la colaboraci&oacute;n tambi&eacute;n multisectorial.
    </p><p class="article-text">
        Termin&eacute; entonces dici&eacute;ndoles que, para lograr estos objetivos, hacen falta medidas diversas. Y ahora voy con ellas, con algunas de las l&iacute;neas de actuaci&oacute;n que la propia CEETD contempla, sobre todo las que tienen que ver con la institucionalidad y con la ciudadan&iacute;a.
    </p><p class="article-text">
        Una primera y primordial l&iacute;nea es, en mi consideraci&oacute;n, la de la relaci&oacute;n con la Agencia Espa&ntilde;ola de Cooperaci&oacute;n Internacional para el Desarrollo &ndash; AECID -, a fin de lograr que las ETD se integren en las pol&iacute;ticas, la estrategia y la financiaci&oacute;n p&uacute;blicas de nuestro pa&iacute;s.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Este objetivo est&aacute; en &iacute;ntima conexi&oacute;n con una iniciativa parlamentaria de la que tambi&eacute;n les habl&eacute; en su d&iacute;a. Se trata de la Proposici&oacute;n No de Ley relativa a la lucha contra las Enfermedades Tropicales Desatendidas, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista y aprobada por la Comisi&oacute;n de Cooperaci&oacute;n Internacional para el Desarrollo en diciembre de 2025. Esta Proposici&oacute;n insta al Gobierno, en esencia, a, entre otras acciones, continuar apoyando y reforzando la lucha contra las ETD a trav&eacute;s de los programas y proyectos de diferentes Organizaciones &ndash; Internacionales y No Gubernamentales - que participan en dicha lucha y a analizar la posibilidad de incluir en el futuro en el Plan de Acci&oacute;n de la Agencia Espa&ntilde;ola de Cooperaci&oacute;n Internacional para el Desarrollo &ndash; AECID &ndash; una menci&oacute;n expresa a la inversi&oacute;n en la lucha contra las ETD.
    </p><p class="article-text">
        Ciertamente, son el Gobierno y, en su medida, las Comunidades Aut&oacute;nomas quienes, con todos los recursos del Estado, tienen en sus manos dar respuesta a todas estos tremendos e inaplazables retos. El Gobierno de Espa&ntilde;a, concretamente, a trav&eacute;s del Ministerio de Asuntos Exteriores, Uni&oacute;n Europea y Cooperaci&oacute;n, al que se est&aacute; adscrita la AECID, y que, por tanto, es de esperar que intervenga de manera r&aacute;pida, intensa y positiva. Ser&aacute; preciso, en este sentido, que la Proposici&oacute;n rese&ntilde;ada se active realmente, que los grupos parlamentarios asuman su responsabilidad y respondan a su compromiso y que, adem&aacute;s, se promuevan otros avances en este &aacute;mbito.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        En este contexto, es de exigir que esta primera l&iacute;nea de actuaci&oacute;n de la CEETD arroje los primeros frutos en breve, en colaboraci&oacute;n con la AECID, con los medios econ&oacute;micos necesarios y una acci&oacute;n realmente proactiva. Es absolutamente imprescindible que la AECID asuma la lucha contra las ETD como un objetivo propio, con un presupuesto suficiente acorde a la dimensi&oacute;n del problema. Lo que tambi&eacute;n se ha de conectar, como les dije en la ocasi&oacute;n anterior, con el cumplimiento &iacute;ntegro en materia de Ayuda Oficial al Desarrollo de nuestra Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperaci&oacute;n para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global, esto es, con el apoyo presupuestario previsto en dicha norma.&nbsp;&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        La segunda gran l&iacute;nea de trabajo de la CEETD, en el plano institucional, es la de lograr su posicionamiento en Europa, en coordinaci&oacute;n con redes internacionales, para lo que, sin duda, el apoyo institucional ser&aacute; del m&aacute;ximo inter&eacute;s.
    </p><p class="article-text">
        La unidad y la colaboraci&oacute;n leal y comprometida son un medio extraordinario para lograr fines tambi&eacute;n extraordinarios, como los que comento en relaci&oacute;n con las ETD. Las alianzas son imprescindibles para lograr, en este caso, el Objetivo de Desarrollo Sostenible 3 de la Agenda 2030 de la ONU y de su Hoja de Ruta sobre las ETD 2021-2030 de reducir en un 90% el n&uacute;mero de personas que requieren tratamientos contra estas enfermedades y eliminar al menos una ETD en 100 pa&iacute;ses y erradicar en todo el mundo dos enfermedades &ndash; la dracunculosis y el pian -.
    </p><p class="article-text">
        Esta colaboraci&oacute;n, esta alianza, es condici&oacute;n <em>sine qua non</em> para los grandes objetivos de la CEETD. No habr&aacute; movilizaci&oacute;n de recursos, conocimiento y voluntad pol&iacute;tica sin la visibilizaci&oacute;n de las ETD y sin su inclusi&oacute;n en la agenda p&uacute;blica y pol&iacute;tica espa&ntilde;ola e internacional, pues las injusticias, las necesidades y los retos han de conocerse por la ciudadan&iacute;a para reclamar a Gobiernos y otras instituciones su implicaci&oacute;n. No habr&aacute; visibilizaci&oacute;n de las ETD sin que quienes tenemos implicaci&oacute;n en este terreno intervengamos en los distintos foros &ndash; como esta tribuna &ndash; y generemos toma de conciencia y opini&oacute;n individual y colectiva &ndash; por ello escribo estas columnas -. Y nada de ello se podr&aacute; conseguir sin la colaboraci&oacute;n multisectorial, esto es, la colaboraci&oacute;n de todas las organizaciones, instituciones y empresas que tienen algo que decir y, sobre todo, que hacer, en este &aacute;mbito&nbsp;- en la salud global, la cooperaci&oacute;n internacional, la investigaci&oacute;n y la comunicaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Como contempla la propia CEETD, Espa&ntilde;a tiene una gran oportunidad de liderazgo en este terreno &ndash; como en otros, ciertamente, pero tambi&eacute;n en este, no se olvide ni se menosprecie -. Es un momento propicio para reforzar nuestro papel en la lucha contra las enfermedades desatendidas. Como, por otra parte, lo ha hecho el Gobierno, con acierto, poniendo pie en pared a grav&iacute;simos ataques al Derecho Internacional y, sobre todo, a grav&iacute;simas vulneraciones de derechos humanos. Tambi&eacute;n en esta materia podemos hacerlo, gracias a que la CEETD ofrece una magn&iacute;fica combinaci&oacute;n de capacidades cient&iacute;ficas, experiencia en cooperaci&oacute;n internacional y tejido de organizaciones especializadas, lo que permite a Espa&ntilde;a situarse en una posici&oacute;n privilegiada para contribuir de forma m&aacute;s decisiva a la eliminaci&oacute;n de tantas injusticias y vulneraciones del derecho humano a la salud.&nbsp;En definitiva, Espa&ntilde;a puede y debe asumir un mayor protagonismo global en la lucha contra las ETD.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Ciertamente, estamos en un contexto global marcado por desigualdades cada vez mayores. Por tanto, apostar por las ETD no es solo una cuesti&oacute;n de salud p&uacute;blica, sino tambi&eacute;n de justicia social y compromiso internacional.
    </p><p class="article-text">
        Yo apuesto por esta &ldquo;gran coalici&oacute;n&rdquo;, una coalici&oacute;n &uacute;til a los derechos humanos de las personas m&aacute;s vulnerables. No es, desde luego, el &uacute;nico &aacute;mbito en el que trabajar, pero es uno de ellos, que hasta ahora ha estado demasiado olvidado.
    </p><p class="article-text">
        La CEETD est&aacute; demostrando que es capaz de tejer alianzas y de reunir un buen n&uacute;mero de organizaciones, empresas e instituciones. Falta que quienes tienen el poder de proporcionar los medios para cambiar las cosas colaboren tambi&eacute;n, de manera decidida y &uacute;til, con todo el aparato del Estado dispuesto a este y otros fines similares. Como ciudadana, es lo menos que puedo exigir.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Garbiñe Biurrun Mancisidor]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/coalicion-espanola-enfermedades-tropicales-desatendidas-trabajo_129_13342960.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 29 Jun 2026 19:48:00 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La coalición española de enfermedades tropicales desatendidas: el trabajo por hacer]]></media:title>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Por una coalición: la española contra las Enfermedades Tropicales Desatendidas]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/coalicion-espanola-enfermedades-tropicales-desatendidas_129_13301867.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/b72f30bf-d7e8-4860-a40a-c3cf1e84918d_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Por una coalición: la española contra las Enfermedades Tropicales Desatendidas"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">España puede asumir el liderazgo internacional de la lucha contra las ETD, comprometerse y generar sinergias con otros Estados para cubrir estas carencias tras la cancelacion de USAID. Porque no todo está perdido, en absoluto: si Trump sale, el resto debemos entrar y llenar el hueco que deja, </p></div><p class="article-text">
        He escrito en este mismo espacio hasta en cinco ocasiones anteriores acerca de las Enfermedades Tropicales Desatendidas (ETD) desde diversos puntos de vista. Ahora vengo con una iniciativa muy ilusionante de cuyo conocimiento no quiero privarles. En medio de tanta crispaci&oacute;n y de tanto des&aacute;nimo, les voy a dar cuenta de una &ldquo;coalici&oacute;n&rdquo;: s&iacute;, coalici&oacute;n, lo que significa, seg&uacute;n el DRAE, una &ldquo;uni&oacute;n transitoria de personas, grupos pol&iacute;ticos o pa&iacute;ses con un inter&eacute;s determinado&rdquo;.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Se trata de la Coalici&oacute;n Espa&ntilde;ola de Enfermedades Tropicales Desatendidas -CEETD-. Una coalici&oacute;n m&aacute;s que necesaria, dado que, de todas las enfermedades conocidas, hay unas cuya gravedad viene dada no s&oacute;lo por la propia dolencia y sus efectos, sino, principalmente, por su desatenci&oacute;n. Una desatenci&oacute;n que afecta a muchas enfermedades prevalentes en comunidades empobrecidas de zonas tropicales y que, en c&aacute;lculos de la OMS, alcanzan a m&aacute;s de 1.000 millones de personas que se encuentran en contextos de pobreza, exclusi&oacute;n y acceso limitado a servicios de salud, particularmente en zonas de Am&eacute;rica Latina y en &Aacute;frica Subsahariana. De ah&iacute; su denominaci&oacute;n. Enfermedades como la &uacute;lcera de Buruli, la enfermedad de Chagas, el dengue, la lepra, la filariasis linf&aacute;tica, la oncocercosis y otras forman parte de este grupo.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Sin olvidar que en Espa&ntilde;a hay seis enfermedades de esta naturaleza consideradas end&eacute;micas, que se han registrado tambi&eacute;n casos aut&oacute;ctonos de otras y que algunas otras son consideradas potencialmente emergentes en nuestro pa&iacute;s. De modo que este tema tambi&eacute;n nos concierne directamente.
    </p><p class="article-text">
        Son enfermedades &ldquo;desatendidas&rdquo; por su escasa presencia en los programas de salud en casi todo el mundo, porque todav&iacute;a hoy se les dedican muy pocos recursos y porque las agencias de financiaci&oacute;n mundiales pr&aacute;cticamente las ignoran. Sin embargo, las ETD tienen ahora gran relevancia para el Objetivo de Desarrollo Sostenible 3 de la Agenda 2030 de la ONU y est&aacute;n adopt&aacute;ndose medidas concretas en el marco de la Hoja de Ruta de la OMS sobre las ETD 2021-2030 con objetivos claros, como el de reducir en un 90% el n&uacute;mero de personas que requieren tratamientos contra estas enfermedades, eliminar al menos una ETD en 100 pa&iacute;ses y erradicar en todo el mundo dos enfermedades -la dracunculosis y el pian-.
    </p><p class="article-text">
        Para ello hacen falta medios de todo tipo y, si bien es cierto que la situaci&oacute;n no era buena, ha empeorado notablemente tras dos de las primeras decisiones de la Administraci&oacute;n Trump, esto es, su salida de la OMS y el cierre de su Agencia para el Desarrollo Internacional -USAID-, todo ello con unos efectos desastrosos que ya han sido puestos de manifiesto y que solamente podr&aacute;n paliarse si no nos cruzamos de brazos y nos ponemos manos a la obra. Seg&uacute;n los c&aacute;lculos, esta reducci&oacute;n de un tercio de la financiaci&oacute;n agregada de este sector en todo el mundo ha golpeado ya directamente a gobiernos, organizaciones y, lo m&aacute;s importante, a poblaciones afectadas por prioridades sanitarias globales como el VIH, la malaria o las propias ETD. Hay estimaciones muy serias seg&uacute;n las cuales estos recortes pueden provocar la muerte de entre 500.000 y un mill&oacute;n de personas al a&ntilde;o.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Bueno, quiero y debo matizar: todo esto ocurrir&aacute; si no asumimos nuestras responsabilidades y no ponemos remedio a esta reducci&oacute;n de financiaci&oacute;n, pues lo cierto es que, pese a las muchas dificultades, estamos a&uacute;n a tiempo de atajarlo en relaci&oacute;n con las ETD. En efecto, en el plano internacional Espa&ntilde;a puede asumir el liderazgo de la lucha contra las ETD, comprometerse y generar sinergias con otros Estados para cubrir estas carencias tras la cancelacion de USAID.
    </p><p class="article-text">
        Porque no todo est&aacute; perdido, en absoluto: si Trump sale, el resto debemos entrar y llenar el hueco que deja, porque es posible y, sobre todo, es debido.
    </p><p class="article-text">
        Hay muchos espacios en los que se puede y se debe trabajar para luchar contra esta situaci&oacute;n: desde luego, para comenzar, desde las instituciones, mediante diversas medidas, entre las que destaco el cumplimiento &iacute;ntegro en materia de Ayuda Oficial al Desarrollo de nuestra Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperaci&oacute;n para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global y, c&oacute;mo no, desde el trabajo cient&iacute;fico, el de las organizaciones sociales y el sector privado y la necesaria concienciaci&oacute;n ciudadana, para lo que los medios de comunicaci&oacute;n tienen un papel determinante.
    </p><p class="article-text">
        Por eso se ha constituido esta Coalici&oacute;n, la CEETD,&nbsp;como un espacio clave de articulaci&oacute;n, incidencia y generaci&oacute;n de conocimiento en Espa&ntilde;a. Una alianza multisectorial que re&uacute;ne a organizaciones del &aacute;mbito de la salud global, la cooperaci&oacute;n internacional, la investigaci&oacute;n, el sector farmac&eacute;utico y la comunicaci&oacute;n. En concreto, son veinte entidades, entre ellas Fundaci&oacute;n Anesvad, cuyo Patronato tengo el honor y la responsabilidad de presidir &ndash; perm&iacute;tanme, por tanto, su menci&oacute;n expresa -. Todo ello con el objetivo de reforzar el compromiso de Espa&ntilde;a con la prevenci&oacute;n, el control y la eliminaci&oacute;n de las ETD, aportando respuestas integrales y coordinadas desde todos los &aacute;mbitos implicados. En definitiva, una coalici&oacute;n de la sociedad civil que contribuir&aacute; a dichos fines junto con el sector p&uacute;blico.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Coalici&oacute;n que se compromete con tres grandes objetivos: la visibilizaci&oacute;n de las ETD, tanto en Espa&ntilde;a como en el plano internacional, promoviendo su inclusi&oacute;n en la agenda p&uacute;blica y pol&iacute;tica; la movilizaci&oacute;n de recursos, conocimiento y voluntad pol&iacute;tica para avanzar en su prevenci&oacute;n, control y eliminaci&oacute;n y, finalmente, el impulso de la colaboraci&oacute;n multisectorial, promoviendo adem&aacute;s el liderazgo de los pa&iacute;ses end&eacute;micos en la respuesta a estas enfermedades.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Para lograr estos objetivos hacen falta medidas diversas. Pero de ello les dar&eacute; cuenta en mi siguiente columna. No se lo pierdan, pues les concierne a ustedes tanto como a m&iacute; y a los m&aacute;s de 1.000 millones de personas afectadas en todo el mundo.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Garbiñe Biurrun Mancisidor]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/coalicion-espanola-enfermedades-tropicales-desatendidas_129_13301867.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 15 Jun 2026 20:14:05 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Por una coalición: la española contra las Enfermedades Tropicales Desatendidas]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Sanidad,Enfermedades tropicales]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Contratación temporal abusiva en la Administración: el Supremo responde]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/contratacion-temporal-abusiva-administracion-supremo-responde_129_13266021.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/396b7796-0cb1-47d0-94d2-fbc430f9100a_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Contratación temporal abusiva en la Administración: el Supremo responde"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El Legislador habría de dar una respuesta clara al abuso de la temporalidad en las Administraciones Públicas: en primer lugar para prevenirla y evitarla y, en segundo lugar, para reparar sus efectos</p></div><p class="article-text">
        Siento ser insistente &ndash; pelma, dir&aacute;n ustedes -, pero opino que hay que seguir el hilo de los acontecimientos, desde el principio hasta el final (si es que hay principio y final) y seguir tambi&eacute;n los argumentos que distintos sujetos nos proporcionan sobre asuntos de inter&eacute;s. Y, en mi opini&oacute;n, sin duda este es uno de ellos.
    </p><p class="article-text">
        Ya les cont&eacute; recientemente, <a href="https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/contratacion-temporal-abusiva-administracion_129_13156945.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">hace exactamente cuatro semanas</a>, que el 14 de abril TJUE hab&iacute;a dictado Sentencia resolviendo a las cuestiones prejudiciales elevadas por la Sala de lo Social del TS sobre la respuesta a dar a la contrataci&oacute;n temporal abusiva en la Administraci&oacute;n P&uacute;blica, dicho muy a grandes rasgos. Pues bien, el TJUE respondi&oacute;, como tambi&eacute;n les cont&eacute;, como no pod&iacute;a ser de otra manera, siguiendo su doctrina, plasmada ya en un buen n&uacute;mero de Sentencias que han tenido enorme impacto y suscitado muchos comentarios.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        En definitiva, el que hasta ahora es el &uacute;ltimo pronunciamiento del TJUE rechaza nuevamente que la calificaci&oacute;n de trabajador indefinido no fijo sea adecuada en los casos de abuso de la temporalidad, rechaza asimismo una indemnizaci&oacute;n tasada y reprocha la falta de asunci&oacute;n de responsabilidad de las Administraciones y el modo en que se han dise&ntilde;ado los procesos de estabilizaci&oacute;n de aquel personal, entendiendo que no son medidas ajustadas al Derecho de la UE.
    </p><p class="article-text">
        Les dec&iacute;a en la anterior ocasi&oacute;n que hab&iacute;a que esperar a la decisi&oacute;n del TS al resolver los recursos que tiene pendientes sobre esta materia, sin perjuicio de que otros Tribunales resuelvan ya los suyos con arreglo a la doctrina del TJUE.
    </p><p class="article-text">
        As&iacute; las cosas, en Sentencia de 11 de mayo, el TS ha &ldquo;hablado&rdquo; o, m&aacute;s bien, ha &ldquo;comenzado a hablar&rdquo;, pues, sin duda, como se ver&aacute;, adem&aacute;s de lo que ha resuelto, quedan muchos temas pendientes. A destacar que esta Sentencia se ha dictado por una muy amplia mayor&iacute;a de 10 votos frente a 1.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        En dicha Sentencia el TS, con base en la doctrina del TJUE, determina que, dado que nuestro Derecho nacional, tanto en la Constituci&oacute;n como en el Estatuto B&aacute;sico del Empleado P&uacute;blico &ndash; EBEP - exige que el acceso al empleo p&uacute;blico se rija por los principios de igualdad m&eacute;rito y capacidad, convertir los contratos temporales del personal de las Administraciones P&uacute;blicas en contratos fijos constituir&iacute;a una interpretaci&oacute;n <em>contra legem</em> de dicho Derecho interno. Esta es la doctrina esencial de dicha Sentencia, que no altera de ninguna manera la que el TS ha manejado tradicionalmente.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, pese a que este criterio tiene excepciones en cuanto a la respuesta final, ello no as&iacute; en cuanto al riguroso respeto a los principios constitucionales antedichos. De manera que, como muchos titulares de variados medios de comunicaci&oacute;n han resaltado &ndash; y con raz&oacute;n -, cuando una persona hubiera participado en una prueba selectiva para la contrataci&oacute;n de personal fijo y la hubiera superado, pero no haya obtenido plaza porque el n&uacute;mero de aspirantes que ha demostrado su capacitaci&oacute;n sea superior al n&uacute;mero de plazas ofertadas, si posteriormente suscribe contratos de duraci&oacute;n determinada y se produce un abuso en la temporalidad, es ajustado a Derecho convertir dicha relaci&oacute;n laboral en una relaci&oacute;n fija, sin que ello resulte <em>contra legem</em>, pues esa persona ya ha superado un proceso selectivo para acceder al empleo p&uacute;blico fijo conforme a los requisitos de igualdad, m&eacute;rito y capacidad.
    </p><p class="article-text">
        Con arreglo a dicho criterio resuelve el TS el caso concreto, declarando la fijeza de una trabajadora en el Ayuntamiento de Madrid. En realidad, se trata de una respuesta que, dicho ahora muy a grandes rasgos, ya hab&iacute;a sido aplicada en alguna ocasi&oacute;n muy concreta &ndash; con matices -, en una Sentencia de 2021.&nbsp;Sentencia que, por cierto, dio pie a que la Sala de lo Social del TSJ del Pa&iacute;s Vasco declarara fijeza en supuestos similares al que ahora ha resuelto el TS. De ah&iacute; que a m&iacute; esta respuesta no me resulte novedosa ni sorprendente.
    </p><p class="article-text">
        Pero no se limita a ello el TS, sino que, sin ser necesario para resolver el litigio concreto, avanza criterios para poder ir dando respuesta a bastantes m&aacute;s cuestiones que se plantean en torno a esta problem&aacute;tica. De un lado, concluye con claridad que no cabe la misma soluci&oacute;n cuando la persona trabajadora hubiera superado un proceso selectivo de acceso a empleo temporal.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        De otro lado, si bien no es aplicable al caso analizado, ya que la trabajadora no hab&iacute;a solicitado ninguna, el TS dedica una extensa argumentaci&oacute;n sobre la indemnizaci&oacute;n que debiera fijarse para que fuera reparadora para la persona trabajadora sometida al abuso de la temporalidad y disuasoria para las Administraciones P&uacute;blicas, adem&aacute;s de contemplar una posible sanci&oacute;n administrativa a&nbsp;imponer por la Autoridad laboral, todo ello cuando, seg&uacute;n el criterio antedicho, no sea posible convertir el contrato temporal en relaci&oacute;n laboral fija.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        El TS no se limita a asegurar que, tal como el TJUE sostuvo, ese da&ntilde;o ha de ser reparado, sino que avanza m&aacute;s all&aacute; y determina que la indemnizaci&oacute;n compensatoria puede fijarse tomando como referencia la LISOS &ndash; Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social -, como tambi&eacute;n se admite y se aplica de manera generalizada para la indemnizaci&oacute;n de los da&ntilde;os morales derivados de la vulneraci&oacute;n de derechos fundamentales, de donde para estos concretos litigios que ahora comento resulta una horquilla de entre 1.000 y 10.000 euros.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Mucho se ha comentado esta Sentencia, destac&aacute;ndose su innegable trascendencia en varios aspectos: sin duda, para las personas trabajadoras que se hallan en dicha situaci&oacute;n, pero tambi&eacute;n para las propias Administraciones P&uacute;blicas y sus responsables, pues habr&aacute;n de reparar econ&oacute;micamente el perjuicio generado, lo que puede suponer un impacto econ&oacute;mico nada desde&ntilde;able.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Una vez m&aacute;s, en mi opini&oacute;n, no va a ser nada sencillo que los Tribunales puedan responder de manera uniforme y r&aacute;pida. Antes al contrario, es m&aacute;s que previsible un importante aumento de la litigiosidad en reclamaci&oacute;n de una indemnizaci&oacute;n que repare los da&ntilde;os materiales y morales derivados de ese abuso en la contrataci&oacute;n temporal, algo que va a complicar a&uacute;n m&aacute;s, si cabe, la grav&iacute;sima situaci&oacute;n de los &oacute;rganos judiciales del orden social.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Lo cierto es que el debate jur&iacute;dico no ha terminado. Quedan pendientes muchas y muy relevantes cuestiones.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Para resolver todas ellas, en mi opini&oacute;n, el Legislador habr&iacute;a de dar una respuesta clara al abuso de la temporalidad en las Administraciones P&uacute;blicas: en primer lugar para prevenirla y evitarla y, en segundo lugar, para reparar sus efectos, siempre garantizando los principios constitucionales de igualdad, m&eacute;rito y capacidad en el acceso al empleo p&uacute;blico, sea &eacute;ste laboral o funcionarial.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Pero no parece que sea el momento pol&iacute;tico m&aacute;s propicio para esperar razonablemente la intervenci&oacute;n legislativa, como ocurre con tantos importantes temas en los que millones de personas trabajadoras esperan dicha respuesta (reducci&oacute;n de la jornada laboral, registro de jornada). Lo peor es que no va a haber ocasi&oacute;n de hacerlo en lo que queda de esta legislatura,  dure lo que dure. As&iacute; estamos, pues, esperando sin esperanza.&nbsp;
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Garbiñe Biurrun Mancisidor]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/contratacion-temporal-abusiva-administracion-supremo-responde_129_13266021.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 01 Jun 2026 19:35:31 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Contratación temporal abusiva en la Administración: el Supremo responde]]></media:title>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Cuando su derrota es tu única victoria, mal vamos el resto]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/derrota-unica-victoria-mal-resto_129_13230394.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/2ad86b58-10ec-4b40-90c6-cb5e2ea14987_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Cuando su derrota es tu única victoria, mal vamos el resto"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">No soy partidaria de impedir el debate de ideas, pero sí de cordones sanitarios que permitan alianzas políticas para evitar que partidos políticos extremistas lleguen a gobernar. Se han practicado, con éxito, en varios países de nuestro entorno sociopolítico</p></div><p class="article-text">
        Ya conocemos los resultados de las elecciones en la Comunidad Aut&oacute;noma de Andaluc&iacute;a. Como siempre, hay datos de mucho inter&eacute;s, sobre todo de cara al futuro inmediato en esta Comunidad y tambi&eacute;n, &iexcl;c&oacute;mo no!, sobre otros procesos electorales que se van a celebrar con total seguridad en mayo de 2027 &ndash; auton&oacute;micas &ldquo;comunes&rdquo; y municipales &ndash; y, seguramente tambi&eacute;n en dicho a&ntilde;o, aunque a&uacute;n sin fecha, claro &ndash; elecciones generales -.
    </p><p class="article-text">
        De todas las constataciones que pueden extraerse &ndash; y son cientos de ellas, todo depende d&oacute;nde pongamos el foco y c&oacute;mo vayamos leyendo los resultados y cruzando elementos y datos -, yo quisiera resaltar unos pocos, muy pocos y, como ver&aacute;n, nada originales, en absoluto.
    </p><p class="article-text">
        La primera gran y obvia constataci&oacute;n es que el PP no ha obtenido la tan y tan leg&iacute;timamente ansiada mayor&iacute;a absoluta y que tendr&aacute; que luchar por conseguir sacar adelante su investidura. Veremos con qu&eacute; apoyos, si con VOX - con un apoyo parlamentario de investidura o de legislatura o conformando un Gobierno de coalici&oacute;n - o si quiere y puede conseguir otros apoyos distintos.
    </p><p class="article-text">
        La segunda obviedad es el rotundo &eacute;xito de &ldquo;Adelante Andaluc&iacute;a&rdquo;, cuadruplicando esca&ntilde;os y estabilizando su posici&oacute;n y su <em>a priori</em> arriesgada decisi&oacute;n de no concurrir con otros grupos pol&iacute;ticos de izquierdas. Creo que conocen muy bien el terreno que pisan y que ten&iacute;an muy bien pulsado lo que la ciudadan&iacute;a opina de la situaci&oacute;n en general y de la izquierda en particular y de su actuaci&oacute;n en los &uacute;ltimos a&ntilde;os.
    </p><p class="article-text">
        La tercera constataci&oacute;n es el claro estancamiento y, por tanto, fracaso, de las fuerzas pol&iacute;ticas de izquierda &ldquo;estatal&rdquo; que han confluido en la candidatura &ldquo;Por Andaluc&iacute;a&rdquo;, de entre las que destacan por su relevancia real en el Estado Izquierda Unida, Movimiento Sumar y Podemos &ndash; p&oacute;nganlas en el orden que prefieran -. Con la trascendencia que tiene para el resto del Estado. Y ello, pese a haber realizado una campa&ntilde;a &ldquo;ordenada&rdquo;, sin estridencias ni contradicciones ni desencuentros p&uacute;blicos, lo que tampoco era f&aacute;cil, si bien considero que el liderazgo de Antonio Ma&iacute;llo ha tenido mucho que ver en ello y tambi&eacute;n, seguramente, en haber mantenido la posici&oacute;n.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Esto es lo principal que yo extraigo de lo ocurrido el domingo. Queda mucho tiempo para las siguientes elecciones &ndash; o eso parece, al menos &ndash; y para digerir estos resultados y la formaci&oacute;n del Gobierno andaluz, as&iacute; como para mover las fichas del tablero pol&iacute;tico. Yo, personalmente, no me atrevo a pronosticar nada.
    </p><p class="article-text">
        Pero hay algo que me ha llamado mucho m&aacute;s poderosamente la atenci&oacute;n. Ya s&eacute; que no es la primera vez que ocurre, pero quiz&aacute; en esta ocasi&oacute;n la he percibido m&aacute;s clara y crudamente.
    </p><p class="article-text">
        De los varios discursos y valoraciones que se hicieron el propio domingo y se siguen haciendo a&uacute;n &ndash; &iexcl;y lo que ir&aacute; cayendo! -, destaco esa sensaci&oacute;n tan agria de que quienes no han ganado &ndash; incluyendo quienes han perdido estrepitosamente &ndash; celebran como una victoria la &ldquo;derrota&rdquo; del PP, que no ha obtenido la pretendida mayor&iacute;a absoluta y habr&aacute; de v&eacute;rselas con VOX.
    </p><p class="article-text">
        Que no haya mayor&iacute;as absolutas no es malo en s&iacute; mismo. Yo misma me he alegrado muchas veces de ello, tanto en el Estado como en Euskadi. Es sano, pues obliga a negociar, a pactar y, sobre todo, a escuchar e incorporar otras ideas distintas de las propias.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Pero esta idea general no siempre sirve. No sirve, desde luego, cuando ese di&aacute;logo, esa negociaci&oacute;n y esos pactos se tienen que hacer con quien desde una gran parte de la ciudadan&iacute;a y desde determinadas fuerzas pol&iacute;ticas se rechaza de plano. Esto es, no es sano terminar pactando con quien quiere imponer ideas que repugnan a la mayor&iacute;a, aqu&iacute; y en otros lugares.
    </p><p class="article-text">
        Es lo que ocurre con VOX. Yo no soy partidaria de ignorarlos ni de evitar que hablen, sino m&aacute;s bien lo contrario: considero que solamente hay una v&iacute;a para detener ideas repugnantes y es que las escuchemos, razonemos y las filtremos hasta que, con convicci&oacute;n, las rechacemos.
    </p><p class="article-text">
        Y &iquest;qu&eacute; hacer entretanto?&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        De un lado, y para comenzar, no celebrar la &ldquo;derrota&rdquo; ajena como victoria propia. Menos a&uacute;n cuando la &ldquo;derrota&rdquo; no es tal y a&uacute;n menos cuando ello genera una indeseada situaci&oacute;n de que la extrema derecha pueda condicionar la formaci&oacute;n de Gobierno y, con ello, imponer las tan rechazadas ideas y propuestas.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        De otro lado, si tan negativo es para la ciudadan&iacute;a que la ultraderecha llegue al Gobierno o lo condicione en los t&eacute;rminos que llevamos tiempo escuchando &ndash; que lo es, sin duda -, y si tan gran compromiso tienen todas las fuerzas pol&iacute;ticas con la democracia y con los derechos humanos &ndash; que lo tienen, sin duda tambi&eacute;n -, no debiera ser tan complicado intentar facilitar una negociaci&oacute;n y un pacto para la investidura de Moreno Bonilla con un programa de m&iacute;nimos aceptable por todos o por algunos. No ser&iacute;a en modo alguno f&aacute;cil, pero debiera ser posible. Sobre todo, para el PSOE, que sabe bien y ha sufrido en sus propias carnes lo que es negociar y pactar incluso con fuerzas pol&iacute;ticas muy dispares en t&eacute;rminos que incluso han generado grandes contradicciones internas, adem&aacute;s de varios y relevantes &ldquo;cambios de opini&oacute;n&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        No soy partidaria de impedir el debate de ideas, pero s&iacute; de &ldquo;cordones sanitarios&rdquo; que permitan alianzas pol&iacute;ticas para evitar que partidos pol&iacute;ticos extremistas lleguen a gobernar. Se han practicado, con &eacute;xito, en varios pa&iacute;ses de nuestro entorno sociopol&iacute;tico. En Francia, sin ir m&aacute;s lejos, a la hora de votar, dado su sistema electoral de doble vuelta, que permite que, en la segunda de las rondas las fuerzas que a ella acceden apoyen la candidatura mejor situada para evitar la victoria de la ultraderecha. Aqu&iacute;, podr&iacute;amos considerar que la segunda vuelta es, en realidad, la investidura, de modo que podr&iacute;amos exigir ese &ldquo;cord&oacute;n sanitario&rdquo; que solamente podr&iacute;a funcionar si hay un acuerdo para votar al partido que, en raz&oacute;n de los resultados electorales, tenga las mayores posibilidades de formar gobierno &ndash; no necesariamente el partido vencedor, sino el que pueda tejer m&aacute;s y m&aacute;s potentes alianzas -.
    </p><p class="article-text">
        Ll&aacute;menme ingenua si quieren, porque seguramente lo soy, pero no veo, hoy por hoy, otra manera de impedir que ocurra lo que nadie quiere &ndash; o lo que todo el mundo dice no querer -. No es seguro, pero s&iacute; muy posible que la ciudadan&iacute;a termine por agradecer a quien ofreciera un pacto en tal sentido y a quien lo aceptara.
    </p><p class="article-text">
        Todo lo dem&aacute;s son palabras huecas y prioridades partidistas.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Garbiñe Biurrun Mancisidor]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/derrota-unica-victoria-mal-resto_129_13230394.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 18 May 2026 19:34:47 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Cuando su derrota es tu única victoria, mal vamos el resto]]></media:title>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Dolores Vázquez: injusticia judicial, social y política]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/dolores-vazquez-injusticia-judicial-social-politica_129_13193409.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/0f997fd4-d22e-439f-84e9-34fb73100a08_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Dolores Vázquez: injusticia judicial, social y política"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La irresponsabilidad de muchos medios fue tal que se incumplieron todos los códigos deontológicos y se generó una conciencia social contraria a atender a ningún elemento exculpatorio de la Sra. Vázquez y favorable a demostrar cada día su culpabilidad. Lo que tuvo su resultado, el buscado: su culpabilidad y condena judicial</p></div><p class="article-text">
        El pasado 27 de abril D&ntilde;a. Dolores V&aacute;zquez recibi&oacute; del Ministerio de Igualdad la Medalla a la promoci&oacute;n de los valores de igualdad en el D&iacute;a de la Visibilidad L&eacute;sbica. Ese d&iacute;a, la Sra. V&aacute;zquez hizo un discurso que he escuchado &iacute;ntegramente, en el que dijo, entre muchas otras cosas, que est&aacute; orgullosa de s&iacute; misma y que ha logrado despejar, poquito a poco, solita, todo un sufrimiento. Tambi&eacute;n dijo que cuando sali&oacute; &ndash;de prisi&oacute;n, se entiende&ndash; estaba sola en el mundo y que este homenaje es algo que siempre ha deseado, desde el minuto uno. Termin&oacute; su discurso &ndash;en las grabaciones que he visto&ndash; diciendo &ldquo;quiero m&aacute;s&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        En algunos medios he le&iacute;do que tambi&eacute;n afirm&oacute; que espera recibir un perd&oacute;n m&aacute;s amplio, tambi&eacute;n de la sociedad y de los medios de comunicaci&oacute;n, as&iacute; como una compensaci&oacute;n econ&oacute;mica, pero que &ldquo;es el Gobierno el que tiene que decidir&rdquo; y que cree que &ldquo;con buena fe todo es posible&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        El <em>caso Wanninkhof</em> fue un caso claro de error judicial en el contexto de uno de los ejemplos m&aacute;s paradigm&aacute;ticos de juicio paralelo que hayamos conocido. Ciertamente, se gener&oacute; un ambiente social tal que, seg&uacute;n se ha escrito en muchas ocasiones, el juicio oral &ndash;por Tribunal del Jurado&ndash; habr&iacute;a sido un mero tr&aacute;mite, pues la sentencia ya estaba escrita de antemano por la <em>justicia popular</em> que, se quiera o no, tambi&eacute;n<em> se imparte</em> en nuestra sociedad.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        La propia Dolores V&aacute;zquez, en el discurso de la pasada semana, afirm&oacute; que el d&iacute;a en que se emiti&oacute; el veredicto, una funcionaria de la prisi&oacute;n le dijo, cogi&eacute;ndole las manos, que no tuviera mucha esperanza porque ya hab&iacute;a sido condenada de antemano.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        El <em>caso Wanninkhof</em> lo recordamos muchas personas. Es sencillo de relatar, pero tremendamente duro de asumir. Sin necesidad de m&aacute;s detalles: el 9 de octubre de 1999 desapareci&oacute; la joven de 19 a&ntilde;os Roc&iacute;o Wanninkhof y el 2 de noviembre siguiente apareci&oacute; su cad&aacute;ver; tras muchas conjeturas la Guardia Civil detiene el 7 de septiembre de 2000  como principal sospechosa del crimen a la Sra. V&aacute;zquez, que ingresa en prisi&oacute;n preventiva y permane privada de libertad un total de 17 meses. En el juicio se argument&oacute; ampliamente acerca de la relaci&oacute;n sentimental que la acusada hab&iacute;a tenido en el pasado con la madre de la joven Roc&iacute;o. El 25 de septiembre de 2001, tras el veredicto del Tribunal de Jurado, se dicta sentencia condenatoria a 15 a&ntilde;os y 1 d&iacute;a de prisi&oacute;n por un delito de asesinato, sentencia que el Tribunal Superior de Justicia de Andaluc&iacute;a anula posteriormente por falta de motivaci&oacute;n, ordenando celebrar un nuevo juicio, en resoluci&oacute;n confirmada por el Tribunal Supremo. Finalmente, se descubri&oacute; casualmente, a ra&iacute;z del asesinato de otra joven, que el asesino era otra persona. La Sra. V&aacute;zquez fue exculpada, sin que haya sido indemnizada al parecer por diversos problemas t&eacute;cnicos en relaci&oacute;n con su reclamaci&oacute;n, y se march&oacute; posteriormente a vivir a Inglaterra. Como dijo en su discurso, en ese momento &ldquo;estaba sola en el mundo&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Esto fue lo que ocurri&oacute;, a muy grandes rasgos, en el procedimiento judicial.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Pero pasaron muchas m&aacute;s cosas, desde luego. En primer lugar, se produjo el juicio paralelo medi&aacute;tico m&aacute;s llamativo de los que yo haya conocido nunca -y ya van varios-.
    </p><p class="article-text">
        En varios medios de comunicaci&oacute;n se montaron aut&eacute;nticos shows, con programas especiales, mesas redondas, con conclusiones sobre la culpabilidad de la Sra. V&aacute;zquez. No me referir&eacute; a medios y programas concretos ni a sus direcciones -ya saben, no quiero querellas-, pero la realidad es que hubo claros ejemplos de un ejercicio indecente de sensacionalismo y dramatismo, de un lado, y predisposici&oacute;n contra la Sra. V&aacute;zquez, de otro. Fuera por raz&oacute;n de su pasada relaci&oacute;n sentimental con la madre de la asesinada y/o por otras razones, no acierto a comprenderlo, pero lo cierto es que as&iacute; fue.
    </p><p class="article-text">
        Hay sobre este caso varios trabajos universitarios, tanto desde el punto de vista del ejercicio del periodismo como acerca del Tribunal de Jurado. En dichos an&aacute;lisis se concluye que, entre otros muchos medios, incluso diarios escritos considerados &ldquo;serios&rdquo;, de m&aacute;xima tirada, vulneraron los derechos fundamentales de la Sra. V&aacute;zquez a la presunci&oacute;n de inocencia y al honor, la intimidad y la propia imagen, generando juicios paralelos a trav&eacute;s de sus informaciones y vali&eacute;ndose del sensacionalismo informativo para alimentar el inter&eacute;s de la audiencia por el caso, por ejemplo, dando prioridad a las declaraciones del Fiscal y de la acusaci&oacute;n en detrimento de las de la defensa y mostrando una clara discriminaci&oacute;n por la orientaci&oacute;n sexual de la acusada.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Si solamente se hubiera pretendido -y conseguido, desde luego- vender m&aacute;s peri&oacute;dicos y m&aacute;s programas, incluso habiendo sido extraordinariamente lamentable, habr&iacute;a sido un <em>mal menor</em>. Pero la irresponsabilidad de muchos medios fue tal que, incluso siendo conscientes de su papel -al menos, ven&iacute;an obligados a serlo-, se incumplieron todos los c&oacute;digos deontol&oacute;gicos y, lo que es realmente un <em>mal mayor</em>, se gener&oacute; una conciencia social contraria a atender a ning&uacute;n elemento exculpatorio de la Sra. V&aacute;zquez y favorable a demostrar cada d&iacute;a su culpabilidad. Lo que, sin duda, tuvo su resultado, el buscado: su culpabilidad y condena judicial.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n lleg&oacute; a afirmarse que, en este caso, contra lo que suele acontecer normalmente, las personas candidatas a formar parte del Tribunal de Jurado no presentaron apenas excusas, pareciendo que todas ellas quer&iacute;an formar parte del Tribunal. A lo que se a&ntilde;ade que hay un convencimiento bastante extendido -imposible de acreditar, desde luego- de que, de haber sido juzgado el caso por un Tribunal profesional, la sentencia habr&iacute;a sido distinta y que la Sra. V&aacute;zquez fue condenada por un Tribunal del Jurado muy influenciado por las noticias incriminatorias de los medios de comunicaci&oacute;n y el &ldquo;clamor social&rdquo; resultante.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        En Espa&ntilde;a, como en otros pa&iacute;ses, existe el Tribunal de Jurado como instancia de decisi&oacute;n, como medio de participaci&oacute;n ciudadana en la Administraci&oacute;n de Justicia, seg&uacute;n el art&iacute;culo 125 de la Constituci&oacute;n, para algunos tipos de delitos, como el que se comenta. De este Tribunal de Jurado se predica una vocaci&oacute;n de verdad con el componente de la &ldquo;percepci&oacute;n ciudadana&rdquo;, que se entiende reforzada por el deber c&iacute;vico asociado al desempe&ntilde;o de una funci&oacute;n que exige, asimismo, una gran responsabilidad. A trav&eacute;s del Jurado, es la propia sociedad la que decide sobre los hechos juzgados: el juicio popular es, por tanto, democr&aacute;tico y soberano -aunque, constitucionalmente, desde luego, no m&aacute;s que el juicio profesional-.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, el hecho de que sea un grupo de ciudadanos el encargado de decidir sobre los hechos probados del caso hace que, en muchas ocasiones, se dude de la capacidad de los jurados de abstraerse de aquello que han conocido al margen del proceso judicial -de ah&iacute; el <em>&eacute;xito</em> de &eacute;ste y otros juicios paralelos-. Buscar la &ldquo;verdad&rdquo; en este contexto del juicio con jurado popular tiene, si cabe, m&aacute;s dificultades, aunque ello no significa que el Jurado popular <em>yerre</em> m&aacute;s que un Tribunal profesional.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        De otra parte, no debe olvidarse que el magistrado ponente, esto es, el presidente del Tribunal del Jurado, debi&oacute; en este caso haber devuelto el veredicto a fin de que el mismo fuera debidamente motivado, lo que no hizo dicho juez <em>profesional</em>, permitiendo un veredicto sin motivaci&oacute;n, como m&aacute;s tarde instancias superiores afirmar&iacute;an.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        &iquest;Cabe utilizar este caso para dudar de la capacidad de enjuiciamiento del Tribunal del Jurado? En mi opini&oacute;n, no, pese a todas las dudas que gran parte de la ciudadan&iacute;a alberga al respecto. Un Tribunal del Jurado debidamente instruido por quien lo preside -profesional-, cuyo veredicto sea tambi&eacute;n debidamente examinado y, en su caso, sometido a correcci&oacute;n, ofrece todas las garant&iacute;as que podemos leg&iacute;timamente exigir.
    </p><p class="article-text">
        En todo caso, volviendo al comienzo, Dolores V&aacute;zquez ha sido objeto de una enorme injusticia judicial, social y pol&iacute;tica. De las dos primeras ya he hablado algo. Resta la tercera, la pol&iacute;tica.
    </p><p class="article-text">
        Cierto que ha sido homenajeada en los t&eacute;rminos antedichos. Pero tambi&eacute;n lo es que no ha sido indemnizada ni reparada de ninguna otra manera por sus 17 meses de prisi&oacute;n y todo el escarnio al que fue sometida, pese a que han pasado ya demasiados a&ntilde;os. Y eso que solicit&oacute; una indemnizaci&oacute;n que le fue denegada en el a&ntilde;o 2010 por el Ministerio de Justicia -no entrar&eacute; en los detalles ni en el acierto o desacierto de esta decisi&oacute;n-, por un Gobierno socialista. La medalla recibida es de justicia, pero no es la &uacute;nica reparaci&oacute;n que merece. Sea con ocasi&oacute;n del D&iacute;a de la Visibilidad L&eacute;sbica o no, la injusticia cometida merece reconocimiento pleno y, desde luego, asunci&oacute;n de responsabilidades que, aunque ya sin contenido jur&iacute;dico, hace tiempo debieron ser expresadas.
    </p><p class="article-text">
        GARBI&Ntilde;E BIURRUN MANCISIDOR.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Garbiñe Biurrun Mancisidor]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/dolores-vazquez-injusticia-judicial-social-politica_129_13193409.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 04 May 2026 20:57:51 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Dolores Vázquez: injusticia judicial, social y política]]></media:title>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[¿Qué hacemos con la contratación temporal abusiva en la Administración?]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/contratacion-temporal-abusiva-administracion_129_13156945.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/af989333-ba8b-4eaa-b82c-1e776e8edde9_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x805y857.jpg" width="1200" height="675" alt="¿Qué hacemos con la contratación temporal abusiva en la Administración?"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Esperamos expectantes lo que el TS resuelva y cómo desenrede esta madeja. Lo esperamos quienes decidimos sobre estas cuestiones, quienes están en esta situación laboral y, asimismo, quienes pretenden legítimamente acceder al empleo público y se preparan para ello</p></div><p class="article-text">
        En julio de 2024 escrib&iacute; en este mismo espacio <a href="https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/abusos-contratacion-laboral-publica_129_11491904.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">una colaboraci&oacute;n acerca del empleo p&uacute;blico irregular</a>. Lo hice a ra&iacute;z de una cuesti&oacute;n prejudicial elevada al TJUE sobre esta cuesti&oacute;n por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo el 30 de mayo de aquel a&ntilde;o. En el auto en que se plante&oacute; la cuesti&oacute;n prejudicial al Tribunal de Luxemburgo, el TS pregunt&oacute; de manera clara y directa, resumidamente dicho, si es contraria a la normativa de la UE la jurisprudencia espa&ntilde;ola que defiende los principios de igualdad, m&eacute;rito, capacidad y no discriminaci&oacute;n en la libre circulaci&oacute;n de trabajadores y niega el reconocimiento de la condici&oacute;n de trabajadores fijos del sector p&uacute;blico a los trabajadores indefinidos no fijos y si, de ser as&iacute;, el reconocimiento de una indemnizaci&oacute;n disuasoria al trabajador indefinido no fijo en el momento de la extinci&oacute;n de su relaci&oacute;n laboral, puede considerarse una medida adecuada para prevenir y sancionar los abusos derivados de la utilizaci&oacute;n sucesiva de contratos temporales en el sector p&uacute;blico.
    </p><p class="article-text">
        Hab&iacute;a habido antes muchas cuestiones prejudiciales planteadas por Tribunales espa&ntilde;oles sobre esta problem&aacute;tica que ha mantenido nuestra atenci&oacute;n durante muchos a&ntilde;os, dando lugar a sentencias del TJUE en las que ha ido dando respuesta a las mismas. Desde la muy conocida sentencia de 14 de septiembre de 2016, en el caso De Diego Porras, que inici&oacute; la saga, pasando por la de 22 de febrero de 2024, en la que, en respuesta a tres cuestiones prejudiciales planteadas por la Sala de lo Social del TSJ de Madrid, ha determinado que la calificaci&oacute;n como indefinido no fijo no es una respuesta adecuada para combatir el abuso. Y la sentencia del 13 de junio de 2024 en la que, aunque siguiendo el criterio de la anterior, a&ntilde;ade una frase que en mi opini&oacute;n es determinante, al se&ntilde;alar que ello ser&aacute; posible &ldquo;siempre que esa conversi&oacute;n no implique una interpretaci&oacute;n <em>contra legem</em> del Derecho nacional&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Todas esas sentencias tuvieron gran impacto y enorme presencia en los medios de comunicaci&oacute;n, subray&aacute;ndose por la mayor parte de ellos que el TJUE obliga a declarar la fijeza de las personas trabajadoras de la Administraci&oacute;n P&uacute;blica en situaci&oacute;n de abuso de la contrataci&oacute;n temporal. Desde luego, no era as&iacute;, y de hecho no se ha interpretado hasta ahora de esta manera por la inmensa mayor&iacute;a de los Tribunales espa&ntilde;oles.
    </p><p class="article-text">
        La expectaci&oacute;n por conocer la decisi&oacute;n del TJUE sobre las preguntas que le plante&oacute; el TS era m&aacute;xima. Y hemos conocido la respuesta en la sentencia de 14 de abril de 2026, Caso Obadal. En dicha sentencia, en esencia y muy brevemente expresado, el TJUE rechaza nuevamente que la calificaci&oacute;n de trabajador indefinido no fijo sea adecuada en los casos de abuso de la temporalidad y tambi&eacute;n rechaza una indemnizaci&oacute;n tasada y la falta de asunci&oacute;n de responsabilidad de las Administraciones y el modo en que se han dise&ntilde;ado los procesos de estabilizaci&oacute;n de aquel personal, entendiendo que no son medidas ajustadas a la cl&aacute;usula 5&ordf; de la Directiva 1999/70 -que es la que se est&aacute; interpretando-.
    </p><p class="article-text">
        Pende tambi&eacute;n otra cuesti&oacute;n prejudicial planteada por sobre la misma cuesti&oacute;n por el TSJ de Galicia. Conoceremos pronto tambi&eacute;n su resultado.
    </p><p class="article-text">
        Lo que realmente est&aacute; en el n&uacute;cleo del debate que a&uacute;n nos mantiene pendientes es la de la calificaci&oacute;n que ha de darse a la contrataci&oacute;n laboral p&uacute;blica abusiva. Es decir: si en estos casos la relaci&oacute;n laboral ha de ser considerada &ldquo;indefinida no fija&rdquo; y, por tanto, susceptible de ser extinguida cuando la vacante se cubra en un proceso reglamentario, con la indemnizaci&oacute;n que proceda -hasta ahora de 20 d&iacute;as de salario por a&ntilde;o de servicio con un m&aacute;ximo de 12 mensualidades-, o bien ha de calificarse como &ldquo;fija&rdquo;, sin que quepa su v&aacute;lida extinci&oacute;n por tal causa.
    </p><p class="article-text">
        Sin duda es un debate que a&uacute;n preocupa y ocupa no solo a los Tribunales espa&ntilde;oles, sino tambi&eacute;n a todas las Administraciones P&uacute;blicas y a una buena parte de la ciudadan&iacute;a.
    </p><p class="article-text">
        Ahora hay que esperar a la decisi&oacute;n del TS al resolver los recursos que tiene pendientes sobre esta materia, sin perjuicio de que otros Tribunales resuelvan ya los suyos con arreglo a la doctrina del TJUE en esta &uacute;ltima sentencia.
    </p><p class="article-text">
        No me gusta predecir el futuro en ning&uacute;n &aacute;mbito y, menos a&uacute;n en el judicial. Creo, sin embargo, que el TS tiene que decidir varias cuestiones troncales. De un lado, si mantiene o no su doctrina sobre la figura del trabajador indefinido no fijo y la posibilidad de cobertura de la vacante que ocupa con la consiguiente extinci&oacute;n de su relaci&oacute;n laboral con el percibo de la indemnizaci&oacute;n que anteriormente he rese&ntilde;ado. O si, por el contrario, entiende que cabe declarar la fijeza de dicho personal sometido a contrataci&oacute;n temporal abusiva, aunque considero poco probable esta posibilidad. Tambi&eacute;n el TS puede decidir que, manteniendo la calificaci&oacute;n de la relaci&oacute;n laboral como indefinida no fija en tales casos, la indemnizaci&oacute;n por extinci&oacute;n por cobertura de la vacante sea superior -por ejemplo, de 33 d&iacute;as de salario por a&ntilde;o de servicio con un m&aacute;ximo de 24 mensualidades, como para los trabajadores fijos despedidos improcedentemente-. O si en tales supuestos no habr&iacute;a obligaci&oacute;n de incluir tales vacantes en una Oferta de Empleo P&uacute;blico. Y, finalmente, habr&aacute; de resolver tambi&eacute;n si estas personas tienen derecho a una indemnizaci&oacute;n que repare los casos de abuso incluso para quienes no ven extinguidos sus contratos por la cobertura de la vacante.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Ah, y sobre la validez de los procesos de estabilizaci&oacute;n de este personal dise&ntilde;ados por la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducci&oacute;n de la temporalidad en el empleo p&uacute;blico, en cuyo Pre&aacute;mbulo se rese&ntilde;a que &ldquo;la doctrina que ha fijado el TJUE en esta materia dispone que las autoridades espa&ntilde;olas tienen que instaurar medidas efectivas que disuadan y, en su caso, sancionen de forma clara el abuso de la temporalidad; y que las diferencias en el r&eacute;gimen jur&iacute;dico del personal temporal y del fijo deben basarse &uacute;nicamente en razones objetivas que puedan demostrar la necesidad de estas diferencias para lograr su fin&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Esperamos expectantes lo que el TS resuelva y c&oacute;mo desenrede esta madeja. Lo esperamos quienes decidimos sobre estas cuestiones, quienes est&aacute;n en esta situaci&oacute;n laboral y, asimismo, quienes pretenden leg&iacute;timamente acceder al empleo p&uacute;blico y se preparan para ello.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Garbiñe Biurrun Mancisidor]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/contratacion-temporal-abusiva-administracion_129_13156945.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 20 Apr 2026 19:53:13 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[¿Qué hacemos con la contratación temporal abusiva en la Administración?]]></media:title>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Sagunto: viaje a la igualdad a velocidad demasiado baja]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/sagunto-viaje-igualdad-velocidad-baja_129_13122252.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/469be69f-2a47-46b3-ae89-985e6a63c3f0_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Sagunto: viaje a la igualdad a velocidad demasiado baja"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Hay quien opina que, comparada con estos otros terrenos de desigualdad, la participación de las mujeres en actos festivos es un tema menor, pero no es así. La igualdad no puede quedar al margen de los momentos en que la ciudadanía disfruta de tradiciones y diversiones, pues son momentos muy relevantes para la cohesión social</p></div><p class="article-text">
        En septiembre de 2019 escrib&iacute; en este espacio una columna titulada &ldquo;No hay tercera v&iacute;a contra la discriminaci&oacute;n&rdquo;, en alusi&oacute;n a la situaci&oacute;n generada en torno a los &ldquo;Alardes&rdquo; de Ir&uacute;n y Hondarribia, que ahora recordar&eacute;.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        No pensaba tener que volver al tema y, menos a&uacute;n, que hechos parecidos se fueran a repetir en otros lugares. Y, si bien no es la &uacute;nica ni ser&aacute;, desafortunadamente, la &uacute;ltima vez, lo ocurrido en Sagunto merece seguir reflexionando sobre el largo y demasiado lento viaje hacia la plena y efectiva igualdad de hombres y mujeres. No quiero, en modo alguno, orillar los grandes avances logrados en todos los terrenos, pero tampoco puede obviarse que sigue habiendo d&eacute;ficits importantes.
    </p><p class="article-text">
        Un viaje hacia la plena igualdad que pasa, desde luego, por Ir&uacute;n y Hondarribia y tambi&eacute;n por otras localidades y acontecimientos festivos. Pero, si resalto estas dos, es por su relevancia, su largo, intenso e incesante recorrido y porque me resultan muy cercanas en muchos sentidos.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Pues bien, en dichas localidades guipuzcoanas, como la mayor&iacute;a ya conoce, se celebran desde 1522 y 1638, respectivamente, unos desfiles de armas &ndash; Alardes &ndash; conmemorando, en esencia, sendas victorias o algo similar sobre las tropas francesas en los d&iacute;as, tambi&eacute;n respectivamente, de 30 de junio &ndash; San Marcial &ndash; y 8&nbsp;de septiembre &ndash; Virgen de Guadalupe -. Desde aquellas lejanas fechas los Alardes se hab&iacute;an celebrado con la exclusiva participaci&oacute;n de hombres en todos los papeles, excepci&oacute;n hecha de la cantinera de cada compa&ntilde;&iacute;a participante.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, desde hace a&ntilde;os, muchas mujeres y hombres han querido tomar parte en estos Alardes en pie de igualdad, sin que ello haya sido posible todav&iacute;a hoy de manera normalizada. Ya en 1996 unas pocas mujeres intentaron participar como soldados en ambas localidades, siendo un momento determinante para ellas y para el resto de mujeres y hombres que las apoyaron y tambi&eacute;n para el resto de la ciudadan&iacute;a y para la propia celebraci&oacute;n.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        No ha sido un esfuerzo gratuito, sino que, aunque no resulte f&aacute;cil de comprender, estas mujeres y otras personas que las apoyaron se vieron sometidas a un sufrimiento tremendo que ha impactado duramente en sus vidas y en las de sus entornos m&aacute;s cercanos.
    </p><p class="article-text">
        Y tambi&eacute;n en ambas localidades ha habido clamorosos y dolorosos silencios, adem&aacute;s de respuestas varias en todos los espacios posibles, incluidos los Tribunales y poderes p&uacute;blicos concernidos. De un lado, se admiti&oacute; judicialmente, en decisi&oacute;n dif&iacute;cil de entender, la celebraci&oacute;n de actos o Alardes &ldquo;privados&rdquo;, entendi&eacute;ndose que no generaban discriminaci&oacute;n. De otro, muchas personas y grupos seguimos defendiendo que, como ordena la Constituci&oacute;n, corresponde a los poderes p&uacute;blicos &ndash; y en este caso, a&ntilde;ado, muy particularmente, a los Ayuntamientos &ndash; promover la igualdad real y efectiva y remover los obst&aacute;culos que la dificultan.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Pues bien, resultado de ello es que a&uacute;n hoy coexisten dos Alardes con base en f&oacute;rmulas jur&iacute;dicas distintas: el &ldquo;&rdquo;tradicional&ldquo;, en el que las mujeres solo intervienen como cantineras, impidi&eacute;ndoseles otro papel - absolutamente discriminatorio, por tanto &ndash; y el &rdquo;mixto&ldquo; o aut&eacute;nticamente igualitario, en el que mujeres y hombres participan en igualdad y libertad. Algo que genera una inmensa perplejidad, pues, en mi opini&oacute;n, ello contraviene la propia Ley de Igualdad de Euskadi, que proh&iacute;be expresamente la organizaci&oacute;n y realizaci&oacute;n de actividades culturales en espacios p&uacute;blicos en las que se obstaculice la participaci&oacute;n de las mujeres en condiciones de igualdad con los hombres.
    </p><p class="article-text">
        &iquest;Y qu&eacute; han hecho los poderes p&uacute;blicos al respecto durante estos a&ntilde;os?.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        De un lado, es cierto que el Gobierno Vasco, a trav&eacute;s de Emakunde &ndash; Instituto Vasco de la Mujer &ndash;, y el Parlamento Vasco, a trav&eacute;s del Ararteko o Defensor del Pueblo, apoyan incluso presencialmente el desfile igualitario. Pero se puede tambi&eacute;n afirmar que, al mismo tiempo, falta una intervenci&oacute;n clara y decidida &ndash; decididamente visual - de ambas instituciones, en defensa en&eacute;rgica e indubitada de la Ley de Igualdad.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Los Ayuntamientos, por su parte, durante demasiado tiempo se han resistido a cualquier avance. En Ir&uacute;n se viene solicitando la organizaci&oacute;n de un &ldquo;Alarde Municipal&rdquo;, como se hab&iacute;a hecho durante cientos de a&ntilde;os, hasta que se produjo este absurdo e injusto conflicto. Una petici&oacute;n que no ha tenido respuesta positiva, a lo que se a&ntilde;ade la inmensa e imborrable verg&uuml;enza de que desde 1996, no haya sido sino en 2023 cuando quien ha sido Alcalde desde 2002 &ndash; Jos&eacute; Antonio Santano, del PSE-EE, hoy Secretario de Estado de Transportes &ndash; haya recibido al Alarde igualitario, siendo as&iacute; que siempre hab&iacute;a recibido, sin ning&uacute;n rubor y con total desparpajo, al Alarde discriminatorio.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        En Hondarribia la situaci&oacute;n ha sido similar &ndash; Alcald&iacute;a del PNV hasta 2023 -, y, por el momento, tampoco ha cambiado sustancialmente desde esta fecha con el nuevo Ayuntamiento, lo que ha generado una cierta &ldquo;decepci&oacute;n&rdquo; en la consideraci&oacute;n de la Compa&ntilde;&iacute;a Jaizkibel &ndash; la compa&ntilde;&iacute;a mixta -, si bien ha habido una mayor consideraci&oacute;n oficial hacia esta Compa&ntilde;&iacute;a.
    </p><p class="article-text">
        Y, entretanto, la discriminaci&oacute;n sigue desfilando y haci&eacute;ndose presente e hiriendo cada a&ntilde;o, en una especie de inasumible tercera v&iacute;a, cual es la de que cada cual disfrute de la fiesta como lo desee, incluso si ese disfrute es claramente discriminatorio.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Un &uacute;ltimo y muy reciente acontecimiento merece ser resaltado, por su novedad. El pasado 26 de marzo el Ayuntamiento de Hondarribia aprob&oacute; su II Plan de Igualdad, en el que el Alarde es abordado en dos l&iacute;neas: avanzar para la resoluci&oacute;n del conflicto &ndash; &iexcl;qu&eacute; menos! - y, lo que, en mi opini&oacute;n, tiene un gran inter&eacute;s, &ldquo;analizar f&oacute;rmulas para reconocer la violencia sufrida en la defensa de los derechos de las mujeres a favor de un alarde igualitario&rdquo;. A destacar que este Plan recibi&oacute; el voto en contra del PSE-EE y del PNV. Ya ven que a&uacute;n estamos as&iacute; &ndash; as&iacute; de mal, quiero decir -.
    </p><p class="article-text">
        Y ahora, ustedes se preguntar&aacute;n, y con toda la raz&oacute;n, &iquest;qu&eacute; hay de lo de Sagunto? &iquest;Qu&eacute; hay de esa decisi&oacute;n de la Cofrad&iacute;a de la Pur&iacute;sima Sangre de rechazar la participaci&oacute;n de las mujeres en la procesi&oacute;n de la Semana Santa, apelando, una vez m&aacute;s, a la &ldquo;tradici&oacute;n&rdquo;?
    </p><p class="article-text">
        Pues, sobre lo que ocurre en Sagunto, desconozco los detalles, m&aacute;s all&aacute; de lo le&iacute;do. Pero, miren, borren de esta columna los t&eacute;rminos de Ir&uacute;n, Hondarribia y Alardes y dejen el resto, pues sirve pr&aacute;cticamente en su integridad. Con una diferencia relevante: la Ministra de Igualdad ha anunciado que llevar&aacute; el tema a la Fiscal&iacute;a y que podr&iacute;a privar a la Semana Santa de Sagunto de su calificaci&oacute;n de Fiesta de Inter&eacute;s Tur&iacute;stico Nacional. Una decisi&oacute;n &ndash; esperemos que as&iacute; termine si&eacute;ndolo &ndash; cabal y necesaria que, lamentablemente, y de manera inexplicable, nunca se ha anunciado ni sugerido para otros conflictos discriminatorios similares, como los de Ir&uacute;n y Hondarribia.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Estamos en el buen camino para la igualdad real y efectiva. No cabe, ciertamente, negar los avances en terrenos muy relevantes. Pero no cabe, tampoco, negar todas las dificultades y la realidad que cada d&iacute;a vemos. Una realidad que muestra todav&iacute;a hoy alt&iacute;simos niveles de violencia sobre las mujeres, desigualdad laboral, brecha salarial, diferencias en la asunci&oacute;n de las responsabilidades dom&eacute;sticas y de los cuidados y, en definitiva, diferentes oportunidades y condiciones de vida entre mujeres y hombres.
    </p><p class="article-text">
        Hay quien opina que, comparada con estos otros terrenos de desigualdad, la participaci&oacute;n de las mujeres en actos festivos es un tema menor, pero no es as&iacute;. La igualdad no puede quedar al margen de los momentos en que la ciudadan&iacute;a disfruta de tradiciones y diversiones, pues son momentos muy relevantes para la cohesi&oacute;n social. La fiesta une &ndash; o desune, como en los casos comentados &ndash; y es una expresi&oacute;n clara de la participaci&oacute;n ciudadana. En estas fiestas que comento, es claro que no se habr&iacute;a tolerado en los &uacute;ltimos a&ntilde;os pretender impedir, por ejemplo, la participaci&oacute;n de personas de otras procedencias, pues ello habr&iacute;a sido humanamente injustificable, socialmente insoportable y jur&iacute;dicamente insostenible. &iquest;Por qu&eacute; se sigue, sin embargo, permitiendo orillar a las mujeres en muchas fiestas tradicionales?. &iquest;Por qu&eacute; se sigue negando a las mujeres un papel en plena igualdad?.
    </p><p class="article-text">
        Hay quien cree que hay &ldquo;demasiada igualdad&rdquo;, tal como revelan algunas encuestas. Pero la igualdad est&aacute; cambiando el mundo y va a seguir haci&eacute;ndolo para que cada persona disfrute de ello y mujeres y hombres vivamos iguales cada d&iacute;a en cada espacio de vida y en cada lugar.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Garbiñe Biurrun Mancisidor]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/sagunto-viaje-igualdad-velocidad-baja_129_13122252.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 06 Apr 2026 20:10:20 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Sagunto: viaje a la igualdad a velocidad demasiado baja]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Igualdad,Cofradías,Sagunto,Hondarribia]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[¿Es posible un SMI propio en Euskadi?]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/posible-smi-propio-euskadi_129_13091376.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/30726fc4-e561-4af4-9034-75aeb32720ae_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="¿Es posible un SMI propio en Euskadi?"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">¿Le interesa a alguien esto políticamente? Más bien poco. Ello permitiría una diferencia clara en los salarios mínimos en las distintas Comunidades Autónomas, lo que no es fácilmente vendible por los partidos de la izquierda estatal. No mayor afán muestra el PNV ni EH Bildu</p></div><p class="article-text">
        El pasado 17 de marzo, hace justo una semana, se vivi&oacute; una jornada de huelga general en la Comunidad Aut&oacute;noma de Euskadi y en la Comunidad Foral de Navarra. La convocatoria fue hecha por los Sindicatos ELA, LAB, Steilas, Etxalde e Hiru. Su objetivo era la reclamaci&oacute;n de un Salario M&iacute;nimo Interprofesional &ndash; SMI &ndash; en cuant&iacute;a de 1.500 euros en ambas Comunidades, en lugar del SMI estatal de 1.221 euros mensuales, as&iacute; fijado en el Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero, por el que se fija este salario para el a&ntilde;o 2026.
    </p><p class="article-text">
        No har&eacute; valoraciones sobre dicha jornada de huelga ni sobre su seguimiento, si bien no puedo dejar de rechazar expresamente algunas situaciones violentas que se vivieron durante su transcurso. No es necesario &ndash; y, menos a&uacute;n, leg&iacute;timo &ndash; acudir a determinados medios de coerci&oacute;n, pues tan derecho fundamental es sumarse a la convocatoria de huelga como no hacerlo.
    </p><p class="article-text">
        En todo caso, lo relevante es que hay una reivindicaci&oacute;n sindical mayoritaria en el sentido antedicho. Y, asimismo, una reivindicaci&oacute;n pol&iacute;tica sostenida en Euskadi y Navarra por EH Bildu y, en otras Comunidades, por ERC y BNG, que han reclamado un &ldquo;SMI propio por encima del estatal&rdquo; en una declaraci&oacute;n conjunta emitida el pasado 16 de marzo, poniendo de relieve que &ldquo;la homogeneizaci&oacute;n y establecimiento de un Salario M&iacute;nimo Interprofesional &uacute;nico e id&eacute;ntico para todo el Estado tiene consecuencias negativas para miles y miles de personas trabajadoras&rdquo; y que &ldquo;supone, de facto, una equiparaci&oacute;n a la baja de las condiciones laborales para los y las trabajadoras de Euskal Herria, Galiza y los Pa&iuml;sos Catalans, as&iacute; como tambi&eacute;n de las clases trabajadoras de otros territorios y pueblos...&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Una reivindicaci&oacute;n tambi&eacute;n apoyada en Navarra por Geroa Bai que, junto con EH Bildu, present&oacute; una proposici&oacute;n de ley en el Parlamento Foral, que no result&oacute; aprobada al ser rechazada por PSN, Contigo/Zurekin, PP, UPN y VOX.
    </p><p class="article-text">
        En Euskadi tambi&eacute;n se ha producido un debate en el Parlamento sobre esta cuesti&oacute;n, impulsado por EH Bildu, aprob&aacute;ndose, con el &uacute;nico apoyo del PNV y el PSE-EE, en una enmienda a la totalidad a la propuesta de EH Bildu, la expresi&oacute;n de &ldquo;la conveniencia de abordar mediante la negociaci&oacute;n colectiva un salario m&iacute;nimo de negociaci&oacute;n colectiva que se corresponde con la realidad socioecon&oacute;mica de Euskadi&rdquo;, pero rechazando la pretensi&oacute;n de negociaci&oacute;n con el Gobierno central para un traspaso de competencias que permita establecer legalmente un SMI propio.&nbsp;&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Este es, <em>grosso modo</em>, el panorama pol&iacute;tico y sindical. Al que ha de sumarse, para poder tener una idea global, que, recientemente, en Sentencia de 30 de enero de 2026, la Sala de lo Social del TSJ del Pa&iacute;s Vasco desestim&oacute; la demanda de los Sindicatos ELA y LAB en pretensi&oacute;n de declaraci&oacute;n de que la conducta de la patronal CONFEBASK, que hab&iacute;a declinado negociar un Acuerdo Interprofesional para fijar un salario o retribuci&oacute;n m&iacute;nima para las personas trabajadoras de Euskadi, era una negativa ilegal. Muy resumidamente, esta Sentencia &ndash; cuya Ponente fue quien ahora escribe estas l&iacute;neas &ndash; consider&oacute; que la patronal no estaba obligada a dicha negociaci&oacute;n porque la determinaci&oacute;n de un salario m&iacute;nimo es competencia del Gobierno seg&uacute;n lo prev&eacute; el art&iacute;culo 27 del Estatuto de los Trabajadores &ndash; ET -.
    </p><p class="article-text">
        Al tiempo que escribo esta columna, leo que CONFEBASK ha rechazado acudir nuevamente a la mesa negociadora a la que ha sido convocada para hoy, 23 de marzo, por los Sindicatos ELA y LAB con similar pretensi&oacute;n a la anterior.
    </p><p class="article-text">
        La cuesti&oacute;n es jur&iacute;dica, o sea, pol&iacute;tica, pues el Derecho surge del debate pol&iacute;tico. Y la pregunta es, &iquest;cabe fijar un SMI propio en una Comunidad Aut&oacute;noma, distinto del del Estado?
    </p><p class="article-text">
        Hay que afirmar con claridad, en primer lugar, que ning&uacute;n obst&aacute;culo existe para que, mediante la negociaci&oacute;n colectiva en el &aacute;mbito auton&oacute;mico, los agentes sociales acuerden un salario m&iacute;nimo aplicable a todas las personas trabajadoras amparadas por un Convenio. Ning&uacute;n obst&aacute;culo legal existe al respecto. Claro que ello tiene un inconveniente no menor, ya que de tal acuerdo colectivo quedar&iacute;an excluidas las personas no cubiertas por Convenio, que son, precisamente, quienes tienen salarios m&aacute;s bajos &ndash; por ejemplo, las empleadas de hogar -. Por tanto, es una soluci&oacute;n manifiestamente insuficiente e insatisfactoria para la finalidad de lograr que el SMI se ajuste para todas las personas lo m&aacute;ximo posible a las circunstancias socioecon&oacute;micas del entorno &ndash; la Comunidad Aut&oacute;noma, en el caso -.
    </p><p class="article-text">
        M&aacute;s discutible es si la negociaci&oacute;n colectiva puede o no acordar un SMI propio para &ldquo;todas las personas trabajadoras&rdquo; de una Comunidad Aut&oacute;noma, como era lo pretendido en el litigio al que acabo de referirme. Al respecto existen fundadas opiniones en un sentido y en otro. Veremos lo que resuelve el Tribunal Supremo, pues tendr&aacute; ocasi&oacute;n de ello, al haber sido recurrida la Sentencia citada.
    </p><p class="article-text">
        Pero, sin duda, la clave para resolver la cuesti&oacute;n se halla en la competencia para fijar un SMI. El art&iacute;culo 27 ET la atribuye al Gobierno, previa consulta con los agentes sociales, y teniendo en cuenta determinados factores que enumera. Se trata, en principio, de una competencia exclusiva del Estado, tal como determinan los sucesivos Reales Decretos que lo fijan, cuando se&ntilde;alan que dicha norma se dicta &ldquo;al amparo de lo dispuesto en el art&iacute;culo 149.1.7.&ordf; de la Constituci&oacute;n Espa&ntilde;ola, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislaci&oacute;n laboral, sin perjuicio de su ejecuci&oacute;n por los &oacute;rganos de las comunidades aut&oacute;nomas&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Y, &iquest;podr&iacute;a transferirse esa competencia a una Comunidad Aut&oacute;noma? En mi opini&oacute;n, la respuesta es claramente afirmativa. Cabe una transferencia o una delegaci&oacute;n de una competencia estatal por medio de Ley Org&aacute;nica en virtud de lo dispuesto en el art&iacute;culo 150.2 de la Constituci&oacute;n.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Pero, &iquest;le interesa a alguien esto? Pol&iacute;ticamente &ndash; partidistamente -, quiero decir. Pues creo que m&aacute;s bien poco. De un lado, ello permitir&iacute;a una diferencia clara en los salarios m&iacute;nimos en las distintas Comunidades Aut&oacute;nomas, lo que no es f&aacute;cilmente vendible por los partidos de la izquierda estatal, algo constatado por su escaso &ndash; nulo - entusiasmo en esta materia. Por otra parte, no mayor af&aacute;n muestra el PNV, para quien esto ser&iacute;a una patata, no ya caliente, sino realmente ardiente, como tambi&eacute;n lo demuestra el hecho de que este partido insista en reclamar la negociaci&oacute;n colectiva entre los agentes sociales para un SMI vasco, pero no haga esfuerzo alguno en conseguir esta competencia. Y de EH Bildu no puedo decir otra cosa distinta, porque tampoco ha hecho valer esta cuesti&oacute;n en su participaci&oacute;n en el Congreso de los Diputados, al menos que yo sepa.
    </p><p class="article-text">
        Termino aclarando dos cuestiones: de un lado, que no ser&iacute;a posible en absoluto, tambi&eacute;n en mi opini&oacute;n, que pudiera fijarse un SMI inferior al del Estado, pues ser&iacute;a una condici&oacute;n laboral m&iacute;nima que no podr&iacute;a ser empeorada. De otro lado, que este posible SMI auton&oacute;mico no podr&iacute;a tener eficacia en orden a ser, como lo es el SMI, referente para determinar diversas prestaciones sociales.
    </p><p class="article-text">
        Veremos c&oacute;mo termina esto, pero es claro que no ser&aacute; en esta legislatura.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Garbiñe Biurrun Mancisidor]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/posible-smi-propio-euskadi_129_13091376.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 23 Mar 2026 21:39:52 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[¿Es posible un SMI propio en Euskadi?]]></media:title>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Pobres de aquí, pobres de allí: diferencia de trato según la Justicia]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/pobres-pobres-diferencia-trato-justicia_129_13052999.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/c1cd2014-bbff-48a2-a6a8-c57efe94caff_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Pobres de aquí, pobres de allí: diferencia de trato según la Justicia"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Seamos conscientes de que determinados derechos no están asegurados de manera definitiva ni por nuestra normativa ni por la de la UE y de que, ni siquiera ante las situaciones de necesidad más extremas, todas las personas somos iguales</p></div><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n podr&iacute;a haberse titulado esta columna algo as&iacute; como &ldquo;el TJUE admite que los Estados miembros de la UE no traten de la misma manera a las personas indigentes nacionales de terceros pa&iacute;ses que a las nacionales propias y exija a las primeras disponer de un derecho de residencia permanente en su territorio adquirido tras un per&iacute;odo ininterrumpido de cinco a&ntilde;os&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Claro que era un t&iacute;tulo demasiado largo y, adem&aacute;s, comenzaba por el final. El final de una Sentencia del Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n Europea &ndash; TJUE &ndash; que interpreta el Derecho comunitario al resolver una cuesti&oacute;n prejudicial elevada desde un Tribunal italiano. Ahora lo explico.
    </p><p class="article-text">
        El pasado 5 de marzo el TJUE dict&oacute; una Sentencia (asunto C-151/24) en la que concluy&oacute; como ya he avanzado, esto es, que cabe excluir del derecho a obtener un subsidio social para personas de edad avanzada en situaci&oacute;n de indigencia a los nacionales de terceros pa&iacute;ses que no sean titulares de un permiso de residencia de la Uni&oacute;n para residentes de larga duraci&oacute;n.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        En primer lugar, conviene aclarar que, aunque sigue siendo objeto de atenci&oacute;n por el resultado de la Sentencia, &eacute;sta no es del todo novedosa, pues ya hab&iacute;a otras dos Sentencias del TJUE en un sentido parecido, aunque no igual, dictadas el 11 de noviembre de 2014 (asunto C-333/13) y de 15 de septiembre de 2015 (asunto C-67/14).&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Ahora lo subrayable es que se trata de un &ldquo;subsidio&rdquo; para &ldquo;personas de edad avanzada en situaci&oacute;n de indigencia&rdquo;. Anoten estos datos.
    </p><p class="article-text">
        En el caso que ahora comento, el TJUE fue interpelado por nada menos que la Corte Constitucional italiana &ndash; su Tribunal Constitucional - al objeto de interpretar un precepto de la Directiva 2011/98/UE, por la que se establece un procedimiento &uacute;nico de solicitud de un permiso &uacute;nico que autoriza a los nacionales de terceros pa&iacute;ses a residir y trabajar en el territorio de un Estado miembro y por la que se establece un conjunto com&uacute;n de derechos para los trabajadores de terceros pa&iacute;ses que residen legalmente en un Estado miembro. La Corte Constitucional elev&oacute; esta cuesti&oacute;n al TJUE en el marco de un litigio entre una ciudadana nacional albanesa residente en Italia, y el Instituto Nacional de Previsi&oacute;n Social de&nbsp;Italia, en relaci&oacute;n con la negativa de este &uacute;ltimo a concederle una prestaci&oacute;n en met&aacute;lico reservada a personas mayores de sesenta y cinco a&ntilde;os &ndash; edad elevada a sesenta y siete a&ntilde;os en 2019 - que se encuentran en una situaci&oacute;n econ&oacute;mica precaria.
    </p><p class="article-text">
        La denegaci&oacute;n de ese subsidio se basaba en la legislaci&oacute;n italiana, seg&uacute;n la cual, para que un nacional de tercer pa&iacute;s pueda disfrutar de ese derecho ha de ser titular de un permiso de residencia de larga duraci&oacute;n y haber residido legal e ininterrumpidamente durante al menos diez a&ntilde;os en el territorio nacional.
    </p><p class="article-text">
        La ciudadana albanesa litig&oacute; con insistencia frente a aquella denegaci&oacute;n y lleg&oacute;, en Italia, hasta su Tribunal Supremo, Tribunal que se plante&oacute; dudas de adecuaci&oacute;n de esa normativa con su Constituci&oacute;n, por lo que remiti&oacute; el tema a la Corte Constitucional. Es de pensar que a la Corte Constitucional le entraron serias dudas y seguramente alg&uacute;n temblor de piernas a la hora de decidir, habida cuenta de la vigencia del principio de igualdad de trato, tanto en la Constituci&oacute;n italiana como en la UE &ndash; con los matices que ahora se ver&aacute;n -. Y as&iacute; fue como se elev&oacute; al TJUE la cuesti&oacute;n prejudicial antedicha.
    </p><p class="article-text">
        En esta Sentencia el TJUE analiza el &aacute;mbito material del Reglamento 883/2004 y de un precepto de la Directiva 2011/98. Dicho precepto de esta Directiva se refiere al principio de igualdad de trato. Les ahorro los como siempre largos razonamientos del TJUE, que argumenta, en esencia, con base en la normativa comunitaria citada, que el subsidio social objeto del litigio es &ldquo;una prestaci&oacute;n especial en met&aacute;lico no contributiva&rdquo; que se financia mediante impuestos no mediante cotizaciones sociales y cuyo objeto es garantizar medios para subsistir a personas que no pueden asegurar su propia subsistencia, entrando dentro del concepto de &ldquo;asistencia social&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Hasta aqu&iacute; nada que llame la atenci&oacute;n, pues es una mera descripci&oacute;n de la situaci&oacute;n y de la esencia del subsidio en cuesti&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        El n&uacute;cleo de la decisi&oacute;n del TJUE descansa en recordar que el Derecho de la UE opt&oacute; expresamente por no extender ese derecho a la igualdad de trato a las prestaciones que no pueden calificarse de prestaciones de &laquo;seguridad social&raquo;, esto es, a las prestaciones especiales en met&aacute;lico no contributivas. Y sigue argumentando que, en consecuencia, los Estados miembros no est&aacute;n obligados, por lo que respecta a estas prestaciones especiales, a respetar la regla de igualdad de trato y pueden, por consiguiente, decidir supeditar la concesi&oacute;n de tales prestaciones a los nacionales de terceros pa&iacute;ses al cumplimiento de un requisito diferente del aplicable a sus nacionales, como el criterio de integraci&oacute;n, cuyo cumplimiento se acredita mediante la posesi&oacute;n de un permiso de residencia de la Uni&oacute;n para residentes de larga duraci&oacute;n.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Y as&iacute;, concluye como ya he dicho m&aacute;s arriba, esto es, que el Derecho de la UE no se opone a la normativa italiana que deneg&oacute; el subsidio de subsistencia a la ciudadana albanesa que no ten&iacute;a un permiso de residencia de larga duraci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        En nuestro caso, el TJUE dir&iacute;a lo mismo, claro est&aacute;, si llegara la ocasi&oacute;n. Recordemos que nuestra prestaci&oacute;n principal para prevenir el riesgo de pobreza y exclusi&oacute;n social de quienes carecen de recursos econ&oacute;micos b&aacute;sicos para cubrir sus necesidades b&aacute;sicas es el Ingreso M&iacute;nimo Vital, creado y regulado por la Ley 19/2021. Una prestaci&oacute;n no contributiva, desde luego, para la que, en relaci&oacute;n con el tema ahora tratado, se requiere &ldquo;tener residencia legal y efectiva en Espa&ntilde;a y haberla tenido de forma continuada e ininterrumpida durante al menos el a&ntilde;o inmediatamente anterior a la fecha de presentaci&oacute;n de la solicitud&rdquo;, requisito de plazo no exigible en determinados supuestos - menores incorporados a la unidad de convivencia por nacimiento, adopci&oacute;n, reagrupaci&oacute;n familiar de hijos e hijas, guarda con fines de adopci&oacute;n o acogimiento familiar permanente; personas v&iacute;ctimas de trata de seres humanos y de explotaci&oacute;n sexual y mujeres v&iacute;ctimas de violencia de g&eacute;nero -.
    </p><p class="article-text">
        Y &iquest; por qu&eacute; y para qu&eacute; les he contado todo esto? Pues, principalmente, para que seamos conscientes de que determinados derechos no est&aacute;n asegurados de manera definitiva ni por nuestra normativa ni por la de la UE y de que, ni siquiera ante las situaciones de necesidad m&aacute;s extremas, todas las personas somos iguales. Bueno, en realidad, podr&iacute;amos ser iguales: todo depende de lo que el Estado y la UE y otros entes &ndash; o sea, en definitiva, la ciudadan&iacute;a, si somos lo suficientemente exigentes - decidan.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Nota: si cito los datos de las Sentencias es, como ya he dicho en alguna ocasi&oacute;n anterior, para que cualquiera de ustedes pueda, si as&iacute; lo considera, buscarlas y acceder a su contenido para tener mejor conocimiento de causa.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Garbiñe Biurrun Mancisidor]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/pobres-pobres-diferencia-trato-justicia_129_13052999.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 09 Mar 2026 21:02:17 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Pobres de aquí, pobres de allí: diferencia de trato según la Justicia]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Desigualdad,TJUE - Tribunal de Justicia de la Unión Europea]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[¡Eso no me lo dices en la calle!]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/no-dices-calle_129_13013060.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/1561bd19-f9d4-4a3f-84ad-4420899413c6_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x2464y907.jpg" width="1200" height="675" alt="¡Eso no me lo dices en la calle!"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Cabría abrir un debate sobre si esta prerrogativa parlamentaria debiera tener algún límite, como lo tiene la libertad de expresión en algunos terrenos de especial dureza</p></div><p class="article-text">
        Viene esto al hilo de las siguientes palabras: &ldquo;Digan fuera de este hemiciclo que yo conoc&iacute;a los hechos y que no actu&eacute; y entonces nos veremos en otras instancias. Los hechos son de tal gravedad que no voy a permitir calumnias&rdquo;.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Son palabras del ministro Grande-Marlaska el pasado mi&eacute;rcoles 18 de febrero en el Congreso de los Diputados. Palabras dirigidas a los representantes del Grupo Popular que, en la correspondiente sesi&oacute;n de control al Gobierno, le hicieron varias preguntas sobre la denuncia de agresi&oacute;n sexual del ya ex-Director Adjunto Operativo &ndash; DAO -, esto es, el segundo en el Cuerpo Nacional de Polic&iacute;a. Una denuncia que ya no es solamente eso, sino que es objeto de una querella ya admitida a tr&aacute;mite, interpuesta por la mujer, inspectora del Cuerpo, que acusa de grav&iacute;simos hechos a Jos&eacute; &Aacute;ngel Gonz&aacute;lez.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        La cuesti&oacute;n es que, cuando el ministro del Interior dijo eso de &iexcl;d&iacute;melo en la calle si tienes lo que hay que tener! - en libre traducci&oacute;n m&iacute;a -, estaba apelando a que quienes as&iacute; lo interrogaban se desprendieran del manto protector &ndash; hoy podr&iacute;amos decir, del &ldquo;burka&rdquo; - de la inviolabilidad que los protege en su condici&oacute;n de diputados/as.
    </p><p class="article-text">
        Una inviolabilidad consagrada por el art&iacute;culo 71.1 de la Constituci&oacute;n, que determina que &ldquo;Los Diputados y Senadores gozar&aacute;n de inviolabilidad por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones&rdquo;, lo que tambi&eacute;n tiene su reconocimiento en los Reglamentos del Congreso y del Senado. Una prerrogativa que se ha considerado imprescindible, dado que se relaciona directamente con la doble funci&oacute;n de representaci&oacute;n del pueblo espa&ntilde;ol, como reza el art&iacute;culo 66.1 del texto fundamental, y de hacer efectivo el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos p&uacute;blicos, tal como contempla su art&iacute;culo 23.1.
    </p><p class="article-text">
        Prerrogativa que tambi&eacute;n alcanza, por as&iacute; contemplarlo los Estatutos de Autonom&iacute;a, a los miembros de sus Asambleas Legislativas, igualmente en el ejercicio de sus funciones.
    </p><p class="article-text">
        Inviolabilidad que es de car&aacute;cter permanente, esto es, se extiende una vez finalizado el mandado del parlamentario, de manera que nunca se podr&aacute; exigir responsabilidad por las opiniones y votos emitidos en el ejercicio pasado de sus funciones, si bien, claro est&aacute;, tal inviolabilidad no protege en relaci&oacute;n con las opiniones vertidas con anterioridad y con posterioridad al ejercicio del cargo.
    </p><p class="article-text">
        Inviolabilidad que se considera esencia de la democracia representativa y, por ello, com&uacute;n a la mayor&iacute;a de los sistemas parlamentarios. Si bien es cierto que en los Estados democr&aacute;ticos actuales esta prerrogativa est&aacute; en debate y, en nuestro concreto caso, ha de ser puesta en relaci&oacute;n cr&iacute;tica con el principio de igualdad del art&iacute;culo 14 de la Constituci&oacute;n y, asimismo, con el derecho a la tutela judicial efectiva de su art&iacute;culo 24, en evitaci&oacute;n de espacios que impidan vulneraci&oacute;n de derechos fundamentales de terceras personas y su persecuci&oacute;n.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Conviene recordar la finalidad de esta inviolabilidad de &ldquo;preservaci&oacute;n de un &aacute;mbito cualificado de libertad en la cr&iacute;tica y en la decisi&oacute;n sin el cual el ejercicio de las funciones parlamentarias podr&iacute;a resultar mediatizado y frustrado, por ello el proceso de libre formaci&oacute;n de voluntad del &oacute;rgano&rdquo; y de &ldquo;protecci&oacute;n de la libre discusi&oacute;n y decisi&oacute;n parlamentarias (&hellip;), decayendo tal protecci&oacute;n cuando los actos hayan sido realizados por su autor en calidad de ciudadano (de &laquo;pol&iacute;tico&raquo; incluso), fuera del ejercicio de competencias y funciones que le pudieran corresponder como parlamentario&rdquo;, tal como lo afirm&oacute; el Tribunal Constitucional &ndash; TC - en su Sentencia 51/1985.
    </p><p class="article-text">
        No han sido pocas las ocasiones en que el TC se ha pronunciado a este respecto, adem&aacute;s de la antedicha. Incluyendo el an&aacute;lisis de ese &iexcl;d&iacute;melo en la calle!, cuando, en su Sentencia 243/1988, se afirm&oacute; que &ldquo;La inviolabilidad es un privilegio de naturaleza sustantiva que garantiza la irresponsabilidad jur&iacute;dica de los parlamentarios por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones, entendiendo por tales aquellas que realicen en actos parlamentarios y en el seno de cualquiera de las articulaciones de las Cortes Generales o, por excepci&oacute;n, en actos exteriores a la vida de las C&aacute;maras que sean reproducci&oacute;n literal de un acto parlamentario&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Esto es, la inviolabilidad por las opiniones manifestadas en el ejercicio de estas funciones de representaci&oacute;n no alcanza solamente lo que ocurre &ldquo;dentro&rdquo; o en el &ldquo;espacio f&iacute;sico&rdquo; de los edificios que albergan el Congreso y el Senado, sino que tambi&eacute;n abarca lo que ocurra &ldquo;dentro&rdquo; de esas funciones parlamentarias, aunque las opiniones controvertidas se produzcan &ldquo;en la calle&rdquo;, dado que tales funciones requieren, sin duda, el contacto con la ciudadan&iacute;a y el p&uacute;blico pronunciamiento sobre diversas cuestiones.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Pero, para no quedarnos en la an&eacute;cdota un tanto pobre e infantil que ha dado pie a esta columna, entiendo m&aacute;s relevante indagar algo m&aacute;s, no tanto sobre el &ldquo;d&oacute;nde&rdquo; sino sobre el &ldquo;qu&eacute;&rdquo;, en relaci&oacute;n con la inviolabilidad. Esto es, cabr&iacute;a abrir un debate sobre si esta prerrogativa parlamentaria debiera tener alg&uacute;n l&iacute;mite, como lo tiene la libertad de expresi&oacute;n en algunos terrenos de especial dureza. Pi&eacute;nsese en posibles expresiones que podr&iacute;an constituir, fuera de este &aacute;mbito, graves delitos de, por poner solamente dos ejemplos, justificaci&oacute;n de genocidios u otros delitos asimilables o enaltecimiento y justificaci&oacute;n del terrorismo.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Un debate que, en realidad, ya existe en nuestro entorno sociopol&iacute;tico, toda vez que hay textos constitucionales que reconocen una inviolabilidad parlamentaria relativa, dejando fuera de su &aacute;mbito de protecci&oacute;n algunas expresiones como &ldquo;las injurias calumniosas&rdquo;, en el caso de la Ley Fundamental de Bonn de 1949 o no abarcando &ldquo;la difamaci&oacute;n calumniosa&rdquo;, como hace la Constituci&oacute;n de Grecia de 1975. O como hacen sendas Leyes de Finlandia o Suecia, que permiten perseguir penalmente por opiniones vertidas en el ejercicio de funciones parlamentarias. Debate en el que el Parlamento Europeo se sit&uacute;a en el lado de la &ldquo;inviolabilidad absoluta&rdquo;, en la remisi&oacute;n que se hace al Protocolo de 1965, como lo hacen igualmente la Constituci&oacute;n espa&ntilde;ola, como he dicho, y otras, como las de Francia, Italia o Portugal.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        No deja, por otra parte, de resultar cuando menos curioso, que esta inviolabilidad lo sea hacia &ldquo;fuera&rdquo; y no hacia &ldquo;dentro&rdquo;. Esto es, si bien no cabe perseguir a un representante por sus opiniones vertidas en el ejercicio de su funci&oacute;n parlamentaria, s&iacute; cabe que las presidencias del Congreso y el Senado, de conformidad con sus respectivos Reglamentos, ejerzan su potestad disciplinaria y sancionadora en relaci&oacute;n con tales opiniones o maneras de expresi&oacute;n.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        En cualquier caso, esta inviolabilidad debe siempre ir indisolublemente unida a la &ldquo;responsabilidad&rdquo;, algo que no parece f&aacute;cil de exigir en la actualidad, pues no abunda. La ciudadan&iacute;a representada por diputados/as y senadores/as merecemos un mayor respeto que el que se manifiesta cuando, &ldquo;en el ejercicio de funciones parlamentarias&rdquo; se utilizan expresiones y contenidos que podr&iacute;an ser objeto de responsabilidad jur&iacute;dica &ndash; civil y/o penal &ndash; para el resto de personas. No es de negar que la discrepancia pol&iacute;tica e ideol&oacute;gica y el debate parlamentario exigen que este se desenvuelva en libertad y, por tanto, con la seguridad de no persecuci&oacute;n por opini&oacute;n. Pero tampoco es de negar que no es de recibo tener que escuchar cada d&iacute;a opiniones que sobrepasan todos los l&iacute;mites dial&eacute;cticos prevali&eacute;ndose de la &ldquo;inviolabilidad&rdquo; que protege a &ldquo;sus Se&ntilde;or&iacute;as&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Debieran pens&aacute;rselo mejor antes de hablar en sede parlamentaria, todos. Porque, lo que no podr&iacute;a ser dicho en la calle, so pena de incurrir en alguna responsabilidad jur&iacute;dica, mejor ser&iacute;a callarlo o decirlo de otra manera. As&iacute;, lo que puede decirse dentro podr&iacute;a tambi&eacute;n decirse fuera. Y el discurso y el debate parlamentarios no estar&iacute;an tan alejados de la ciudadan&iacute;a, que debiera tambi&eacute;n poder decir en la calle lo que se dice en el Parlamento. Y hablar&iacute;amos el mismo lenguaje con la misma libertad para contribuir igualmente a la leg&iacute;tima cr&iacute;tica de las actuaciones pol&iacute;ticas de quienes nos representan.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Garbiñe Biurrun Mancisidor]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/no-dices-calle_129_13013060.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 23 Feb 2026 21:45:18 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[¡Eso no me lo dices en la calle!]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Congreso de los Diputados,Libertad de expresión]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Menores en redes sociales que no son ni tan redes ni tan sociales]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/menores-redes-sociales-no-son-redes-sociales_129_12975392.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/da0f1a21-41bf-4b7a-abfc-aaa88196566b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Menores en redes sociales que no son ni tan redes ni tan sociales"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Considero que, como ocurre con muchas medidas legislativas, su finalidad es loable y su necesidad es absoluta, pero que se deberá afinar mucho para que estas medidas sean verdaderamente eficaces</p></div><p class="article-text">
        Define el Diccionario de la RAE una &ldquo;red social&rdquo; como &ldquo;Plataforma digital de comunicaci&oacute;n global que pone en contacto a gran n&uacute;mero de usuarios&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Dicho as&iacute;, poco nos ilustra acerca de la realidad de estos sistemas de &ldquo;comunicaci&oacute;n&rdquo;. Desde que se cre&oacute; Facebook, en 2004, o Twitter, en 2006, muchas cosas han pasado, la mayor&iacute;a de las cuales no habr&iacute;amos siquiera podido imaginar, no yo, al menos. Desde entonces han surgido otras nuevas &ldquo;redes sociales&rdquo; y, en conjunto, todas ellas est&aacute;n vinculadas a concretos pa&iacute;ses y a personas con un enorme poder econ&oacute;mico, gran parte del cual se ha generado precisamente a partir de ese instrumento.
    </p><p class="article-text">
        Tengo que reconocer, sin sonrojo alguno, desde luego, que no soy una de ese &ldquo;gran n&uacute;mero de usuarios&rdquo; que entran en contacto en una de estas redes. Y eso que, estad&iacute;sticamente, es dif&iacute;cil pertenecer a ese peque&ntilde;o grupo humano que permanece al margen de estos mecanismos. Y es que, seg&uacute;n los datos, cerca del 90% de las personas que navegan en Internet utiliza las redes y, a su vez, el 95% de la poblaci&oacute;n espa&ntilde;ola utiliza Internet. De manera que, calculen de lo que estamos hablando, aunque lo saben seguramente ustedes mejor que yo.
    </p><p class="article-text">
        He de hacer un matiz porque, si bien no utilizo estos medios, hace unos quince a&ntilde;os cre&eacute; un perfil de Facebook, con mi nombre, que no he usado nunca y, de hecho, hoy es el d&iacute;a en que a&uacute;n no sabr&iacute;a c&oacute;mo colocar un mensaje. La verdad es que no s&eacute; por qu&eacute; lo hice. Sin embargo, tener ese perfil abierto me ha permitido saber algunas cosas muy interesantes. Por ejemplo, la cantidad de personas que &ldquo;me invitan a ser su amiga&rdquo; a trav&eacute;s de sus &ldquo;invitaciones de amistad&rdquo;. Personas que, en su mayor&iacute;a, me resultan totalmente desconocidas y cuyo inter&eacute;s desconozco, sin desconfiar de &eacute;l, claro est&aacute;. Invitaciones a las que, obviamente, dada mi perspectiva, no respondo, esperando que nadie de quienes no me conocen se ofenda por no aceptar su &ldquo;amistad&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Si estamos en un mundo &ndash; y lo estamos, sin duda &ndash; en el que la &ldquo;amistad&rdquo; es as&iacute; de f&aacute;cil, as&iacute; de et&eacute;rea y de insustancial, en un mundo en el que la mayor parte de la gente tiene infinitamente m&aacute;s &ldquo;amigas y amigos&rdquo; virtuales que reales, este es un mundo que ya no es el m&iacute;o. Por eso no participo en &eacute;l, en este mundo virtual, quiero decir.
    </p><p class="article-text">
        Un mundo en el que la reflexi&oacute;n m&iacute;nimamente sosegada no existe, en el que es habitual el insulto y en el que corren noticias y lo que no son noticias a una velocidad pasmosa y con una duraci&oacute;n absolutamente ef&iacute;mera. Un mundo en el que muchas personas ignoran lo que es real y lo que no, lo que es cierto y lo que no, pero que, normalmente, tienen a creer todo lo que leen y oyen.
    </p><p class="article-text">
        Algo tiene, sin embargo, este espacio de las redes sociales, dado que, incluso quienes se muestran en contra de su mal uso, y con raz&oacute;n, quienes despotrican contra sus propietarios y contra la manipulaci&oacute;n de la realidad, con igual raz&oacute;n, incluso estos despliegan su protesta en el marco de dichas redes. Bien curioso y bien sencillo de entender, dado que tampoco aqu&iacute; se busca la reflexi&oacute;n sino la r&aacute;pida divulgaci&oacute;n de una idea que puede durar media ma&ntilde;ana.
    </p><p class="article-text">
        Pues bien, hace unos d&iacute;as, como es bien sabido, el Presidente del Gobierno anunciaba en Dubai que &ldquo;Espa&ntilde;a prohibir&aacute; el acceso a plataformas digitales a menores de diecis&eacute;is a&ntilde;os&rdquo;, destacando la &ldquo;urgencia en un momento que considera definitorio de cara a las generaciones venideras&rdquo; y planteando &ldquo;la necesidad de recuperar el control de la gobernanza digital y de las redes sociales para que sean un espacio sano y democr&aacute;tico&rdquo;, tal como consta literalmente en la p&aacute;gina web de La Moncloa. Asimismo ha anunciado otras medidas relativas a las plataformas digitales.
    </p><p class="article-text">
        Llama la atenci&oacute;n el momento, el lugar y el modo de este anuncio. Y su gran objetivo, tambi&eacute;n expresado en la misma comparecencia, de &ldquo;devolver a las redes sociales a esa tierra prometida que nunca debieran haber abandonado&rdquo;, en las palabras de S&aacute;nchez. &iquest;De verdad es una &ldquo;tierra prometida&rdquo;? &iquest;Prometida por qui&eacute;n, por Elon Musk por Pavel Durov&hellip;?Durovometida para qu&eacute;?
    </p><p class="article-text">
        Pero lo que resulta m&aacute;s llamativo es la medida estrella de este anuncio: la prohibici&oacute;n de acceso a las redes sociales de los menores de 16 a&ntilde;os. Llamativo, no por su contenido, sino porque, desde luego, no tiene ninguna novedad. As&iacute;, en efecto, no es nueva esta medida. Es una medida que ya consta en el &ldquo;Proyecto de Ley Org&aacute;nica para la protecci&oacute;n de las personas menores de edad en los entornos digitales&rdquo;. Un Proyecto cuya tramitaci&oacute;n fue aprobada el 10 de septiembre de 2025 por el Congreso de los Diputados y que hab&iacute;a sido publicado en su Bolet&iacute;n Oficial el 11 de abril de 2025.
    </p><p class="article-text">
        Fue el ministro Bola&ntilde;os el que defendi&oacute; el Proyecto de Ley en sede parlamentaria, recordando datos tan relevantes como que &ldquo;la edad media en la que los menores tienen m&oacute;vil en Espa&ntilde;a es de 11 a&ntilde;os y que el 99% de ellos est&aacute;n en redes sociales&rdquo;. Y dio a conocer toda una bater&iacute;a de medidas protectoras, como la fijaci&oacute;n de la edad m&iacute;nima de registro en redes sociales a los 16 a&ntilde;os, la regulaci&oacute;n expresa del uso de cualquier dispositivo digital en los centros educativos, la obligatoriedad para los fabricantes de terminales con acceso a Internet de establecer medidas gratuitas de protecci&oacute;n a los menores como, por ejemplo, un sistema de control parental, acompa&ntilde;ado todo ello de medidas de reforma del C&oacute;digo Penal para tipificar nuevas conductas delictivas. Todo lo cual consta en la p&aacute;gina web del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, en su comunicaci&oacute;n del pasado 9 de octubre.
    </p><p class="article-text">
        Medidas alguna de las cuales ya se han aprobado en otros lugares, como en Australia, pa&iacute;s en que, desde diciembre de 2025, rigen medidas importantes contra el uso de redes por los menores. O como podr&iacute;an tomarse tambi&eacute;n, seg&uacute;n se ha anunciado, en Francia, Reino Unido o Grecia. Y, lo que tendr&iacute;a mucha mayor relevancia si se aprobara, la posible adopci&oacute;n por la UE de medidas similares, como ya se aprob&oacute; el pasado 26 de noviembre de 2025 al votar los miembros del Parlamento Europeo un informe con un resultado de 483 votos a favor, 92 en contra y 86 abstenciones en el que se expresa la profunda preocupaci&oacute;n por los riesgos para la salud f&iacute;sica y mental de los menores en el entorno digital y se propone una edad m&iacute;nima armonizada en toda la UE para el acceso a redes sociales y plataformas, edad que ser&iacute;a de 16 a&ntilde;os en general y de 13 a&ntilde;os para el caso de contar con el consentimiento parental.
    </p><p class="article-text">
        El anuncio del Presidente ha generado reacciones de todo tipo, como era de esperar &ndash; y como, sin duda, ha sido buscado . Desde quienes defienden la medida en su integridad hasta quienes consideran que es una medida puramente populista que no tendr&aacute; grandes resultados &ndash; dejo al margen otras reacciones como la de Musk -.
    </p><p class="article-text">
        Por mi parte, considero que, como ocurre con muchas medidas legislativas, su finalidad es loable y su necesidad es absoluta, pero que se deber&aacute; afinar mucho para que estas medidas sean verdaderamente eficaces.
    </p><p class="article-text">
        Sobre todo, habr&aacute; que fomentar, d&eacute;jenme seguir so&ntilde;ando, que menores y mayores disfrutemos de la verdadera amistad, de la calma necesaria para la reflexi&oacute;n sosegada y el intercambio de opiniones y puntos de vista. Si esto se consigue en las redes sociales, estupendo. Si no, hay otros espacios todav&iacute;a, hay &ldquo;tierra prometida&rdquo; para ello.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Garbiñe Biurrun Mancisidor]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/menores-redes-sociales-no-son-redes-sociales_129_12975392.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 09 Feb 2026 20:30:26 +0000]]></pubDate>
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