<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<rss xmlns:media="http://search.yahoo.com/mrss/" xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/" xmlns:dcterms="http://purl.org/dc/terms/" xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"  xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/" version="2.0">
  <channel>
    <title><![CDATA[elDiario.es - Rafael Escudero]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/autores/rafael_escudero/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - Rafael Escudero]]></description>
    <language><![CDATA[es]]></language>
    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
    <ttl>10</ttl>
    <atom:link href="https://www.eldiario.es/rss/category/author/520067/" rel="self" type="application/rss+xml"/>
    <item>
      <title><![CDATA[¿Para qué un Ministerio de Consumo?]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/ministerio-consumo_129_10347291.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/4fe9e24b-27e5-48c5-8185-c851d988309b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="¿Para qué un Ministerio de Consumo?"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Todas las iniciativas que desde el Ministerio de Consumo se han llevado al Parlamento se han aprobado sin votos en contra, lo cual da prueba de la política de consenso que se ha desplegado desde este departamento con todas las fuerzas parlamentarias</p></div><p class="article-text">
        Desde su creaci&oacute;n, en enero de 2020, el Ministerio de Consumo se ha sometido a la cr&iacute;tica de su supuesta inutilidad por parte de la derecha (PP) y la ultraderecha (Vox). Una cr&iacute;tica recurrente y, adem&aacute;s, refractaria a la variedad de medidas desplegadas y a la ingente labor legislativa y de impulso a las pol&iacute;ticas de garant&iacute;a de las personas consumidoras desarrolladas durante toda la legislatura. La acci&oacute;n del Ministerio de Consumo ha elevado el list&oacute;n de la protecci&oacute;n de los consumidores dentro de la agenda pol&iacute;tica de nuestro pa&iacute;s: se ha actualizado el grueso de la normativa vigente; se ha alineado con las pol&iacute;ticas europeas; se han revitalizado los mecanismos de cooperaci&oacute;n con el resto de las autoridades de consumo del pa&iacute;s; y se ha logrado una incidencia social in&eacute;dita, abriendo debates y avanzando en sensibilizaci&oacute;n de temas claves para un consumo m&aacute;s seguro, saludable y sostenible.
    </p><p class="article-text">
        Esta acci&oacute;n ha sido precisamente todo lo contrario a lo que hizo el PP durante sus a&ntilde;os de Gobierno, que desatendi&oacute; las pol&iacute;ticas de consumo y seguridad alimentaria en este pa&iacute;s. Prueba de ello fue el vac&iacute;o de regulaci&oacute;n que nos encontramos al inicio de la legislatura -afectaba incluso a la necesaria transposici&oacute;n en tiempo de la normativa europea- y que se ha ido solventando estos &uacute;ltimos a&ntilde;os. Tambi&eacute;n resulta ilustrativo que, en esta legislatura y tras una d&eacute;cada de abandono, se haya aprobado con el consenso de todas las Comunidades Aut&oacute;nomas y el Ministerio un <a href="https://consumo.gob.es/sites/consumo.gob.es/files/05-MARCO_ESTRATEGICO_Consumo.pdf" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Marco Estrat&eacute;gico de Consumo (2022-2025)</a>. El anterior hab&iacute;a vencido en 2009.&nbsp;&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        El Ministerio de Consumo se &ldquo;estren&oacute;&rdquo; durante la pandemia y el estado de alarma, contribuyendo a la formaci&oacute;n del denominado &ldquo;escudo social&rdquo; en los &aacute;mbitos de su competencia. Adem&aacute;s de <a href="https://www.lamoncloa.gob.es/serviciosdeprensa/notasprensa/consumo/Paginas/2020/300320-funerarios.aspx" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">limitar el precio de los servicios funerarios</a> y <a href="https://www.lamoncloa.gob.es/serviciosdeprensa/notasprensa/sanidad14/Paginas/2020/230420-boe.aspx" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">de las mascarillas</a> -medida denostada por la ortodoxia liberal que se demostr&oacute; absolutamente eficaz para garantizar su acceso y, por tanto, la salud de la poblaci&oacute;n-, y de regular, a contrarreloj, un producto que pas&oacute; a ser fundamental (<a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-2046" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">las mascarillas higi&eacute;nicas</a>), hubo que aprobar con urgencia medidas para garantizar los derechos de las y los consumidores ante la interrupci&oacute;n de buena parte de las relaciones de consumo. As&iacute;, <a href="https://www.boe.es/eli/es/rdl/2020/03/31/11/con" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">se garantiz&oacute; la devoluci&oacute;n del pago de los viajes, hoteles o entradas de conciertos y espect&aacute;culos</a> que no pudieron disfrutarse; y se hizo sin que ello supusiera el colapso de la econom&iacute;a, como tambi&eacute;n se preconiz&oacute; desde el entorno medi&aacute;tico del PP y Vox.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Tras la pandemia, <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-3198" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">se regul&oacute; la figura de la persona consumidora vulnerable</a>, salvando as&iacute; un vac&iacute;o legal hist&oacute;rico y habilitando a los poderes p&uacute;blicos a adoptar medidas espec&iacute;ficas que garanticen el ejercicio de sus derechos en condiciones de igualdad a quienes por sus circunstancias, caracter&iacute;sticas o necesidades est&aacute;n en una especial situaci&oacute;n de indefensi&oacute;n o desprotecci&oacute;n. Espa&ntilde;a se ha convertido as&iacute; en pionero dentro de la Uni&oacute;n Europea en incorporar, tal y como recomienda la propia Comisi&oacute;n Europea, esta figura en su legislaci&oacute;n estatal. Por citar solo un ejemplo, de esta ley se deriva la obligaci&oacute;n- en fase de aprobaci&oacute;n- de <a href="https://consumo.gob.es/sites/consumo.gob.es/files/20220714%20Consulta%20p%C3%BAblica%20previa%20%20Braille.pdf" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">desarrollar un etiquetado accesible y en formato braille</a> de aquellos bienes y productos de especial relevancia para la protecci&oacute;n de la seguridad, integridad y calidad de vida de personas con discapacidad visual.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Asimismo, <a href="https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-16824" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">se prohibieron los conocidos 902</a>, n&uacute;meros telef&oacute;nicos de coste adicional para el consumidor, y <a href="https://consumo.gob.es/es/carrousel/el-gobierno-modifica-el-r-gimen-sancionador-de-la-ley-de-consumidores-para-facilitar-que" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">se incluy&oacute; como infracci&oacute;n de consumo la no remoci&oacute;n de una cl&aacute;usula declarada abusiva</a>. Por otra parte, <a href="https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-17910" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">se ha aumentado la transparencia en las rese&ntilde;as y rankings</a> que se contienen en buscadores de hoteles o restaurantes (cada vez m&aacute;s utilizados para decidirnos por uno u otro), obligando a indicar expresamente si la rese&ntilde;a es de un cliente o resultado de una actividad publicitaria promocional. Tambi&eacute;n es determinante el <a href="https://consumo.gob.es/es/carrousel/90-casos-gestionados-sistema-arbitral-consumo-se-resuelve-forma-satisfactoria-consumidores" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">impulso al Sistema Arbitral de Consumo</a>, duplicando su financiaci&oacute;n en esta legislatura, al objeto de dotarnos de un servicio p&uacute;blico gratuito, accesible y garantista para la resoluci&oacute;n de conflictos de consumo al margen de la v&iacute;a judicial, lo que favorece especialmente a la poblaci&oacute;n m&aacute;s vulnerable.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        En el &aacute;mbito de regulaci&oacute;n del juego, mediante <a href="https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-6735" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la aprobaci&oacute;n de la normativa de entornos m&aacute;s seguros de juego online</a>, hemos impulsado un cambio de paradigma pionero en Europa. De una protecci&oacute;n del jugador dependiente de los criterios de responsabilidad social corporativa de cada operador se pasa ahora a la protecci&oacute;n no solo de los colectivos vulnerables (en este &aacute;mbito, las personas m&aacute;s j&oacute;venes), sino de todas las personas que juegan en Espa&ntilde;a, seg&uacute;n su comportamiento de juego. Se establece, por primera vez, un cat&aacute;logo de medidas muy amplio, tales como la obligaci&oacute;n de establecer un l&iacute;mite de gasto o de tiempo de juego antes de iniciar la sesi&oacute;n, la prohibici&oacute;n del uso de tarjetas de cr&eacute;dito para quienes tienen un comportamiento de juego &ldquo;intenso&rdquo;, el establecimiento de un sistema de l&iacute;mites conjuntos de dep&oacute;sitos o la puesta en marcha de un portal donde las y los jugadores tengan acceso a sus p&eacute;rdidas y ganancias con independencia del operador en que est&eacute;n dados de alta. A mayor vulnerabilidad o intensidad de juego, mayor protecci&oacute;n.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        En estos a&ntilde;os se ha avanzado tambi&eacute;n en la interconexi&oacute;n entre el registro estatal de &ldquo;jugadores autoprohibidos&rdquo; y los de las Comunidades Aut&oacute;nomas, haciendo el sistema m&aacute;s eficaz y habilitando, de acuerdo con la normativa anteriormente citada, la suspensi&oacute;n de la cuenta de juego de quienes est&eacute;n dados de alta en cualquier registro.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Ha sido tambi&eacute;n continua la tarea de ampliaci&oacute;n de los derechos de los consumidores. Por un lado, <a href="https://consumo.gob.es/es/carrousel/el-gobierno-ampl-los-plazos-obligatorios-de-garant-y-de-reparabilidad-para-aumentar-la" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la garant&iacute;a legal de bienes y productos ha subido de 2 a 3 a&ntilde;os</a> y, adem&aacute;s, el plazo para la manifestaci&oacute;n de la falta de conformidad por parte del consumidor se ha elevado a 3 a&ntilde;os desde la entrega en el caso de bienes o a 2 a&ntilde;os en el caso de contenidos o servicios digitales.
    </p><p class="article-text">
        Por otro lado, <a href="https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-6872" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">se ha elevado hasta 10 a&ntilde;os el plazo en el que los fabricantes han de disponer de piezas de repuesto</a> y de un adecuado servicio t&eacute;cnico. Se busca as&iacute; alargar la vida &uacute;til de los productos y avanzar hacia el derecho a reparar. Hay que llamar la atenci&oacute;n sobre el hecho de que este plazo es, en la actualidad, el m&aacute;s garantista en toda Europa. De hecho, la Comisi&oacute;n Europea ha tomado este plazo de 10 a&ntilde;os como referencia en su propuesta de Directiva sobre el Derecho a Reparar, actualmente en fase de negociaci&oacute;n. Es esta una buena prueba del <a href="https://consumo.gob.es/es/carrousel/garzon-insta-vincular-consumo-ue-transicion-ecologica" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">liderazgo que el Ministerio de Consumo ejerce en Europa</a> respecto al papel activo que han de jugar los consumidores en la transici&oacute;n ecol&oacute;gica.
    </p><p class="article-text">
        De ah&iacute;, tambi&eacute;n, que se hayan impulsado pol&iacute;ticas p&uacute;blicas dirigidas al fomento de un consumo alimentario sostenible y cuidadoso con el impacto ecol&oacute;gico de nuestras decisiones de consumo, as&iacute; como a la promoci&oacute;n del principio &ldquo;una sola salud&rdquo; (humana, animal y del planeta). La demanda de los consumidores hacia productos ecol&oacute;gicos, de temporada o de cercan&iacute;a, puede hacer girar hacia una mayor oferta de estos. En este sentido, la regulaci&oacute;n normativa liderada por el Ministerio se ha dirigido al <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-15872" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">fomento de los canales cortos y a la eliminaci&oacute;n de trabas burocr&aacute;ticas para la venta directa &ldquo;De la granja a la mesa&rdquo;</a>, en l&iacute;nea con la estrategia europea de igual nombre, y <a href="https://consumo.gob.es/es/carrousel/consumo-flexibilizara-requisitos-del-pequeno-comercio-favorecer-sostenibilidad-seguridad" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">en el entorno del comercio minorista</a>.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Menci&oacute;n especial merecen otras dos l&iacute;neas pol&iacute;ticas transversales del Ministerio y que se han impulsado decididamente durante esta legislatura.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        La primera es la relativa al refuerzo de los instrumentos de vigilancia de mercado y de control de seguridad de productos. Se ha dise&ntilde;ado y puesto en marcha la <a href="https://www.consumo.gob.es/es/publicacion/marco-estrategico-nacional-general-vigilancia-mercado-producto-no-alimenticios" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Estrategia Nacional de Vigilancia de Mercado</a>, coordinando desde el Ministerio a todas las autoridades del pa&iacute;s (no solo las de consumo) que asumen competencias en esta decisiva materia.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        En paralelo, y por primera vez, <a href="https://boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-12487" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">se ha dotado a la Administraci&oacute;n General del Estado de competencia para vigilar, controlar y, en su caso, sancionar aquellos fraudes o pr&aacute;cticas ilegales</a> que trascienden el &aacute;mbito de una Comunidad Aut&oacute;noma, afectan al inter&eacute;s general o involucran a otro pa&iacute;s de la UE. <a href="https://consumo.gob.es/es/carrousel/consumo-presenta-buzon-online-denunciar-infracciones-masivas-atenten-derechos-personas" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Hasta esta intervenci&oacute;n normativa este tipo de infracciones no acarreaban sanciones proporcionales y disuasorias</a>. De ah&iacute; la relevancia de su aprobaci&oacute;n. Se trata de una modificaci&oacute;n legal demandada desde hace tiempo por las asociaciones de consumidores, que hasta la fecha ning&uacute;n Gobierno hab&iacute;a impulsado y que ha contado con un consenso parlamentario casi total.
    </p><p class="article-text">
        De hecho, todas las iniciativas que desde el Ministerio de Consumo se han llevado al Parlamento se han aprobado sin votos en contra, lo cual da prueba de la pol&iacute;tica de consenso que se ha desplegado desde este departamento con todas las fuerzas parlamentarias. Incluido el <a href="https://www.congreso.es/public_oficiales/L14/CONG/BOCG/A/BOCG-14-A-104-1.PDF" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">proyecto de ley de servicios de atenci&oacute;n a la clientela</a>, el cual estaba ya en la fase final de aprobaci&oacute;n en el Senado, tras su paso exitoso por el Congreso, cuando se disolvieron las C&aacute;maras por la convocatoria de elecciones.
    </p><p class="article-text">
        Puede afirmarse, por tanto, que en Espa&ntilde;a <a href="https://www.consumo.gob.es/es/carrousel/garzon-acceso-alimentos-sanos-inocuos-suficientes-es-derecho-garantizarse-condiciones" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">contamos hoy con un alt&iacute;simo nivel de seguridad y calidad</a>, tanto en productos alimentarios como no alimentarios. Tambi&eacute;n contamos con servicios eficaces de control y sanci&oacute;n del juego ilegal y del fraude en las apuestas deportivas. Desde el Ministerio se han impulsado estas redes de vigilancia y control mediante <a href="https://consumo.gob.es/es/carrousel/consumo-crear-una-subdirecci-n-general-para-vigilar-inspeccionar-y-sancionar-fraudes" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la dotaci&oacute;n de mayores recursos t&eacute;cnicos y la incorporaci&oacute;n de m&aacute;s personal al servicio de la Administraci&oacute;n</a>, tanto en los laboratorios de control y de referencia europea como en los servicios centrales del Ministerio. El impulso presupuestario que se ha producido en esta legislatura -criticado tambi&eacute;n por PP y Vox- ha dotado al Ministerio y, por tanto, a la Administraci&oacute;n General del Estado de un &ldquo;m&uacute;sculo&rdquo; imprescindible para seguir garantizando que los productos y servicios que se ponen a disposici&oacute;n de los consumidores cumplen con los elevados est&aacute;ndares de calidad que demanda no solo la normativa europea, sino la propia ciudadan&iacute;a.
    </p><p class="article-text">
        La segunda l&iacute;nea transversal es la referida a la regulaci&oacute;n de la publicidad de determinados productos o servicios de consumo que, por su naturaleza, son susceptibles de afectar a la salud, a la igualdad o al desarrollo integral de las personas.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        En 2020 el Ministerio <a href="https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/Paginas/enlaces/031120-enlace-juego.aspx" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">regul&oacute; las comunicaciones comerciales de las actividades del juego</a> (limitando su emisi&oacute;n a la franja de madrugada o prohibiendo los patrocinios en las camisetas de los equipos y los bonos de bienvenida, por citar tres medidas), poniendo fin a la ausencia de regulaci&oacute;n existente hasta la fecha y que daba lugar a un &ldquo;bombardeo&rdquo; de publicidad a todas horas y en cualquier canal (como dato, Espa&ntilde;a ha sido el &uacute;nico pa&iacute;s europeo donde no se pudo emitir publicidad durante las retransmisiones del pasado mundial de f&uacute;tbol).
    </p><p class="article-text">
        Los datos son rotundos: los patrocinios han tenido una reducci&oacute;n interanual del 24% en 2021 y del 86% en 2022 y el gasto en publicidad (principalmente radio y televisi&oacute;n) ha pasado de 202 millones de euros en 2020 a 134 millones de euros en 2022. En suma, se ha pasado de un gasto en marketing por parte de los operadores de 463 millones de euros en 2020 a 372 millones de euros en 2022.
    </p><p class="article-text">
        Un a&ntilde;o despu&eacute;s, en 2021, se alcanz&oacute; un <a href="https://www.lamoncloa.gob.es/serviciosdeprensa/notasprensa/consumo/Paginas/2022/270422-publicidad-infantil.aspx" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">acuerdo con la industria juguetera espa&ntilde;ola para evitar los sesgos y estereotipos sexistas en la publicidad de juguetes</a>, el cual dio ya sus frutos en la pasada campa&ntilde;a navide&ntilde;a. Sin estar totalmente en vigor el nuevo c&oacute;digo publicitario, ya se ha logrado que por primera vez m&aacute;s de la mitad de los anuncios de juguetes tengan presencia mixta (un 52%, frente al 35% del a&ntilde;o anterior) y que, de entre ellos, aquellos en los que hay una relevancia equivalente de ni&ntilde;as y ni&ntilde;os haya pasado de un 69% a un 88%.
    </p><p class="article-text">
        Finalmente, este &uacute;ltimo a&ntilde;o se ha introducido en la agenda pol&iacute;tica la <a href="https://consumo.gob.es/sites/consumo.gob.es/files/Borrador_RD_publicidad.pdf" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">necesidad de regular v&iacute;a ley o reglamento la publicidad dirigida al p&uacute;blico infantil de alimentos y bebidas altos en grasas, sal o az&uacute;cares</a>. Aunque la propuesta de Consumo no ha podido ser aprobada, la regulaci&oacute;n normativa de esta publicidad es hoy un compromiso incluido tanto en el <a href="https://www.comisionadopobrezainfantil.gob.es/es/en-plan-bien" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Plan Estrat&eacute;gico Nacional para la Reducci&oacute;n de la Obesidad Infantil</a> como en el <a href="https://www.mpr.gob.es/prencom/notas/Paginas/2023/060623-aprobacion-plan-derechos-humanos.aspx" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Segundo Plan Nacional de Derechos Humanos de Espa&ntilde;a</a>. Es, pues, cuesti&oacute;n de tiempo que se regule esta publicidad que tanto contribuye a conformar un entorno obesog&eacute;nico perjudicial para el desarrollo integral de nuestra infancia y, por tanto, para la salud p&uacute;blica.
    </p><p class="article-text">
        En el fondo, la raz&oacute;n por la que <a href="https://www.consalud.es/politica/feijoo-ley-trans-eutanasia-consumo_130728_102.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">PP</a> y <a href="https://www.azarplus.com/vox-vuelve-a-la-carga-para-suprimir-el-ministerio-de-consumo/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Vox</a> rechazan la mera existencia de un Ministerio de Consumo se debe no a su inacci&oacute;n o falta de utilidad, sino precisamente a todo lo contrario: a la actividad desempe&ntilde;ada estos &uacute;ltimos a&ntilde;os. Es la misma raz&oacute;n por la que la gran industria alimentaria (<a href="https://cincodias.elpais.com/companias/2023-06-22/fiab-pide-al-futuro-gobierno-mas-bajadas-de-iva-fusionar-agricultura-con-transicion-ecologica-y-eliminar-consumo.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">FIAB</a> y <a href="https://www.europapress.es/economia/noticia-asaja-exige-dimision-ministro-consumo-alberto-garzon-continuos-ataques-campo-espanol-20220104142819.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">ASAJA</a>) pide que el Ministerio de Consumo y el de Transici&oacute;n Ecol&oacute;gica se diluyan en el de Agricultura (lo que, seg&uacute;n creen, les permitir&iacute;a paralizar o retardar las medidas de sostenibilidad que se han aprobado estos a&ntilde;os), o la <a href="https://www.azarplus.com/el-juego-online-mira-con-esperanza-las-futuras-elecciones/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">patronal del juego</a> pide que las competencias regulatorias sobre la materia vuelvan a Hacienda (en su deseo de derogar las restricciones a la publicidad aprobadas por Consumo).&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        En conclusi&oacute;n, la actividad del Ministerio de Consumo ha permitido avanzar como nunca en la garant&iacute;a de los derechos de los consumidores, especialmente de quienes est&eacute;n en situaci&oacute;n de vulnerabilidad, y reequilibrar progresivamente la desigualdad propia de las relaciones de consumo. A esto es a lo que se opone el Partido Popular. Es una raz&oacute;n puramente ideol&oacute;gica y de defensa de un modelo de consumo que prioriza los intereses de grupos econ&oacute;micos privados frente a los de la mayor&iacute;a social, en el que las autoridades p&uacute;blicas no deber&iacute;an interferir, ni siquiera para proteger a las personas m&aacute;s vulnerables. Esperemos que las urnas no refrenden su modelo y que, por el contrario, permitan seguir ensanchando el campo legal e institucional de la protecci&oacute;n de las y los consumidores.
    </p><p class="article-text">
        <em><strong>Con la colaboraci&oacute;n de Bibiana Medialdea, directora general de Consumo, y Mikel Arana, director general de Ordenaci&oacute;n del Juego</strong></em>
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Rafael Escudero]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/ministerio-consumo_129_10347291.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 04 Jul 2023 04:01:14 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/4fe9e24b-27e5-48c5-8185-c851d988309b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="208371" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/4fe9e24b-27e5-48c5-8185-c851d988309b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="208371" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[¿Para qué un Ministerio de Consumo?]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/4fe9e24b-27e5-48c5-8185-c851d988309b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Consumo,Ministerio de Consumo,Consumo responsable]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Adiós a los abusos de los 902]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/adios-abusos-902_129_6667424.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/d7d0f98f-2593-4bae-b7a3-ab2c6bae212e_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Adiós a los abusos de los 902"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La modificación legal impulsada por el Ministerio de Consumo se fundamenta en el principio general de que el ejercicio de un derecho del consumidor, como es el de reclamar ante la empresa que le presta un servicio, no puede suponer un coste tal que dificulte o le haga desistir del mismo</p></div><p class="article-text">
        En el marco de las medidas dirigidas a garantizar derechos de las personas m&aacute;s vulnerables durante la pandemia, el Gobierno ha adoptado recientemente una nueva regulaci&oacute;n en las l&iacute;neas telef&oacute;nicas de los servicios de atenci&oacute;n al cliente. A iniciativa del Ministerio de Consumo, el Consejo de Ministros ha aprobado, por la v&iacute;a del <a href="https://boe.es/boe/dias/2020/12/23/pdfs/BOE-A-2020-16824.pdf" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">real decreto-ley</a>, una modificaci&oacute;n de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios dirigida a eliminar las trabas que todav&iacute;a exist&iacute;an a la hora de garantizar la accesibilidad y eficacia de los servicios de atenci&oacute;n al cliente. Trabas relacionadas con el coste de las llamadas telef&oacute;nicas y que, en muchos casos, limitaban dr&aacute;sticamente la posibilidad de que las personas consumidoras pudieran reclamar, presentar quejas o, simplemente, consultar ante situaciones de prestaci&oacute;n defectuosa o deficiente de servicios.
    </p><p class="article-text">
        La pandemia del Covid-19 nos obliga a adoptar con urgencia medidas que vayan ajustando la normativa de consumo a las limitaciones de movilidad derivadas de la garant&iacute;a de la salud p&uacute;blica. Estas limitaciones han provocado el aumento de las relaciones comerciales a distancia, no solo para comprar bienes o contratar servicios, sino tambi&eacute;n a la hora de presentar reclamaciones o realizar consultas que no pueden ser atendidas presencialmente. Ello requiere, como primer paso, unos servicios de atenci&oacute;n telef&oacute;nica al cliente efectivos y asequibles, que no resulten onerosos para quienes tengan que recurrir a ellos desde su domicilio.
    </p><p class="article-text">
        En nuestro caso, tal y como ven&iacute;an denunciando desde hace a&ntilde;os las asociaciones de consumidores y usuarios, resultaba il&oacute;gico que el ejercicio de un derecho se penalizara econ&oacute;micamente cobrando por la llamada a los servicios de atenci&oacute;n al cliente (a los popularmente conocidos como 902). Una llamada cuyo coste resultaba abusivo &mdash;especialmente para los consumidores vulnerables&mdash; y que actuaba a todas luces como desincentivo en el momento de ejercer un leg&iacute;timo derecho como es el de reclamar. El coste de una llamada a un 902 oscila entre los 12 y los 40 c&eacute;ntimos por minuto, abonados &iacute;ntegramente por el usuario.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Baste como indicador del tr&aacute;fico generado por estos n&uacute;meros que se inician con los prefijos 902 y 901 el dato que nos proporciona la <a href="https://www.cnmc.es/sites/default/files/3083420_5.pdf" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Comisi&oacute;n Nacional de los Mercados y la Competencia</a>: en 2019, las llamadas a estos servicios de tarificaci&oacute;n especial registraron un total de 667,6 millones de minutos y se facturaron 139,4 millones de euros vinculados a estos servicios por parte de las compa&ntilde;&iacute;as de telecomunicaciones.
    </p><p class="article-text">
        En su origen los 902 eran m&aacute;s caros que una llamada provincial, pero m&aacute;s baratos que una llamada nacional. Se estableci&oacute; as&iacute; para que el usuario, si llamaba a uno de estos n&uacute;meros localizados fuera de su provincia, afrontase un coste menor que el de una llamada nacional. Hoy, que los operadores ofrecen tarifas planas de llamadas desde fijos y m&oacute;viles, los 902 &mdash;y otros n&uacute;meros de tarificaci&oacute;n adicional como los 901&mdash; han quedado obsoletos en cuanto a su diferencia de precio. Adem&aacute;s, suponen un sobrecoste en las facturas mensuales que las y los consumidores no esperan. Y menos por ejercer un derecho como es el de utilizar los servicios de atenci&oacute;n al cliente.
    </p><p class="article-text">
        La modificaci&oacute;n legal impulsada por el Ministerio de Consumo se fundamenta en el principio general de que el ejercicio de un derecho del consumidor, como es el de reclamar ante la empresa que le presta un servicio, no puede suponer un coste tal que dificulte o le haga desistir del mismo. De poco o nada servir&iacute;a la declaraci&oacute;n del art. 51 de la Constituci&oacute;n, que proclama la defensa de los consumidores y usuarios, si no se viera acompa&ntilde;ada de medidas destinadas a eliminar obst&aacute;culos que trabaran e incluso impidieran la garant&iacute;a de sus derechos.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Ahora, con esta nueva norma se garantiza, en primer lugar, la obligaci&oacute;n de que las empresas prestatarias de servicios de car&aacute;cter b&aacute;sico de inter&eacute;s general dispongan de un tel&eacute;fono de atenci&oacute;n gratuito. Ello afecta a las empresas de suministro de agua, gas y electricidad; servicios financieros y de seguros; postales; transporte a&eacute;reo, ferroviario y por carretera; protecci&oacute;n de la salud; as&iacute; como saneamiento y residuos. Por tanto, buena parte de los servicios que utilizamos en nuestro d&iacute;a a d&iacute;a, que son los que garantizan las condiciones para el desarrollo de una vida digna y con derechos, deben disponer de un servicio de atenci&oacute;n telef&oacute;nica gratuito, sin coste alguno para el cliente.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        En segundo lugar, y con relaci&oacute;n al resto de los servicios, se establece la obligaci&oacute;n legal de que el uso de la l&iacute;nea telef&oacute;nica de atenci&oacute;n al cliente no pueda suponer a este un coste superior al de una llamada a una l&iacute;nea telef&oacute;nica fija geogr&aacute;fica o m&oacute;vil est&aacute;ndar. Estas l&iacute;neas suelen estar incluidas en las &ldquo;tarifas planas&rdquo;, de manera que no suponen coste adicional al usuario. Con ello, tal y como ha venido anunciado el ministro de Consumo, Alberto Garz&oacute;n, se ajusta nuestro Derecho a lo dispuesto por el <a href="http://curia.europa.eu/juris/document/document.jsf?docid=188524&amp;doclang=ES" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n Europea</a>, que hab&iacute;a fijado esta posici&oacute;n favorable a las y los consumidores ya en el a&ntilde;o 2017.
    </p><p class="article-text">
        Finalmente, se incluye una garant&iacute;a adicional por si una empresa decidiera seguir utilizando un n&uacute;mero de tarificaci&oacute;n especial (el cual no suele estar incluido en las &ldquo;tarifas planas&rdquo;). En tal caso se establece la obligaci&oacute;n de facilitar al consumidor la informaci&oacute;n, en igualdad de condiciones, sobre un n&uacute;mero geogr&aacute;fico o m&oacute;vil alternativo al que llamar. De esta manera, aun cuando se siga utilizando un n&uacute;mero de tarificaci&oacute;n adicional, el consumidor siempre tendr&aacute; la opci&oacute;n de utilizar el n&uacute;mero fijo o m&oacute;vil que la empresa deber&aacute; indicarle con claridad.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Con esta &uacute;ltima cl&aacute;usula se cierra el c&iacute;rculo que garantiza la eliminaci&oacute;n del coste a&ntilde;adido que suponen l&iacute;neas como las 902. El Ministerio de Consumo cumple as&iacute; con una vieja demanda social y avanza, un paso m&aacute;s, en la protecci&oacute;n integral de las personas consumidoras, especialmente las que se encuentran en situaci&oacute;n de vulnerabilidad.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Rafael Escudero]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/adios-abusos-902_129_6667424.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sat, 02 Jan 2021 21:23:51 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/d7d0f98f-2593-4bae-b7a3-ab2c6bae212e_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="1081946" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/d7d0f98f-2593-4bae-b7a3-ab2c6bae212e_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="1081946" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Adiós a los abusos de los 902]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/d7d0f98f-2593-4bae-b7a3-ab2c6bae212e_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Ministerio de Consumo,Derechos del consumidor,TJUE - Tribunal de Justicia de la Unión Europea,Alberto Garzón]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[¿Y si pasara todo esto? Los riesgos del 26J]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/26j-elecciones-confluencia_132_4010893.html]]></link>
      <description><![CDATA[<div class="subtitles"><p class="subtitle">La posible coalición entre Podemos e Izquierda Unida-Unidad Popular se presenta hasta la fecha como el único factor distintivo de las elecciones del 26J con relación a las del pasado 20D.</p><p class="subtitle">Bien diseñada y desarrollada, esta coalición puede funcionar como herramienta generadora de ilusión en el electorado.</p><p class="subtitle">De no ser así, aumentan las posibilidades y riesgos de un resultado electoral final muy favorable al Partido Popular.</p></div><p class="article-text">
        Ante el fracaso de la legislatura que acaba de cerrarse de forma anticipada, la celebraci&oacute;n de nuevas elecciones generales el 26J parece haber generado expectativas en buena parte de la ciudadan&iacute;a sobre la posibilidad real de un profundo cambio pol&iacute;tico. No obstante, tambi&eacute;n supone una nueva oportunidad para mantener el <em>statu quo</em> t&iacute;pico del r&eacute;gimen consagrado por la Constituci&oacute;n de 1978 y su particular sistema electoral. A tenor de lo que se&ntilde;alan las encuestas -<em>sancta sanctorum</em> de la denominada &ldquo;nueva pol&iacute;tica&rdquo;-, no parece muy lejana la posibilidad de que el bipartidismo y sus integrantes, juntos o por separado, resulten victoriosos de la pr&oacute;xima contienda electoral. Dado que todo es susceptible de empeorar, imaginemos por un momento que las nuevas elecciones (no la segunda vuelta, como err&oacute;neamente se dice) traen consigo el siguiente escenario:
    </p><p class="article-text">
        <strong>1. Aumento de la abstenci&oacute;n</strong> con respecto a las elecciones del pasado 20D.
    </p><p class="article-text">
        Sin duda, este dato resultar&iacute;a profundamente descorazonador. Despu&eacute;s de a&ntilde;os y a&ntilde;os pidiendo la institucionalizaci&oacute;n de mecanismos que posibiliten una mayor implicaci&oacute;n de la ciudadan&iacute;a en la toma de decisiones sobre cuestiones que afectan a lo p&uacute;blico, un repliegue en la participaci&oacute;n supondr&iacute;a un jarro de agua fr&iacute;a para quienes apostamos por la democracia participativa.
    </p><p class="article-text">
        En cualquier caso, si el descenso en la participaci&oacute;n fuera significativo, vendr&iacute;a a probar la existencia de una cierta &ldquo;saturaci&oacute;n electoral&rdquo; derivada de un supuesto fracaso de los actores pol&iacute;ticos a la hora de resolver una cuesti&oacute;n conflictiva como fue la incapacidad para formar gobierno tras las pasadas elecciones. Puede que este argumento pese en la mente de muchos electores, dado que efectivamente nos encontramos ante una situaci&oacute;n in&eacute;dita en el r&eacute;gimen del 78. Un r&eacute;gimen dise&ntilde;ado desde, para y por la gobernabilidad y que, sin embargo, ahora se muestra incapaz de garantizarla. No es extra&ntilde;o entonces que desde sus entra&ntilde;as se eche la culpa de las nuevas elecciones a los l&iacute;deres de los partidos y a sus respectivas estrategias post-20D. Y si este argumento cala con fuerza en el electorado, el resultado final podr&iacute;a ser el que se esboza en el siguiente punto.
    </p><p class="article-text">
        <strong>2.&nbsp;Victoria electoral del PP</strong>, que le permitir&iacute;a formar gobierno en solitario o con apoyos parlamentarios no muy exigentes.
    </p><p class="article-text">
        Una baja participaci&oacute;n supondr&iacute;a un casi seguro gobierno del PP y la profundizaci&oacute;n en las pol&iacute;ticas neoliberales y autoritarias que hemos sufrido durante los &uacute;ltimos tiempos. Adem&aacute;s, supondr&iacute;a un triunfo para el <em>mainstream </em>del r&eacute;gimen del 78, dado que habr&iacute;a demostrado que est&aacute; lejos de ser superado (o &ldquo;sorpassado&rdquo;, como se dice ahora). Y si la victoria del PP no fuera tan holgada que para gobernar necesitase el concurso de Ciudadanos, pues mejor para los del 78, pues habr&iacute;an demostrado que son capaces de reproducirse a trav&eacute;s de nuevos actores pol&iacute;ticos que sigan garantizando sus postulados b&aacute;sicos. Ser&iacute;a una especie de &ldquo;victoria hist&oacute;rica&rdquo; de los hijos y nietos de la Transici&oacute;n frente a sus descarriados parientes. No solo es que lo viejo no termine de marcharse, sino que es capaz de mudar en nuevas formas que mantengan su esencia. En cualquier caso, y por si la opci&oacute;n de Ciudadanos al final no fuese tan de fiar, siempre quedar&iacute;a el tercer punto.
    </p><p class="article-text">
        <strong>3. Debacle del PSOE</strong>, con un resultado electoral todav&iacute;a peor que el cosechado el 20D.
    </p><p class="article-text">
        Algunas encuestas as&iacute; lo vaticinan, lo que podr&iacute;a explicarse por el hecho de que el electorado valorara negativamente los esfuerzos postelectorales de Pedro S&aacute;nchez por aferrarse a un pacto con Ciudadanos dif&iacute;cilmente explicable en clave de izquierdas. Si as&iacute; fuera, significar&iacute;a que por fin buena parte del electorado hist&oacute;ricamente fiel al PSOE se habr&iacute;a decidido a castigar en las urnas esa conga &ldquo;izquierda-derecha&rdquo; a cuyo baile este partido es tan aficionado desde hace ya demasiados a&ntilde;os.
    </p><p class="article-text">
        Esta debacle colocar&iacute;a al PSOE en una dif&iacute;cil tesitura: o bien apoyar un gobierno &ldquo;constitucionalista&rdquo; (palabra de moda para referirse al bloque del 78) liderado por el PP, lo cual tendr&iacute;a serias consecuencias para una futura reconstrucci&oacute;n de su perfil de izquierdas; o bien apoyar un gobierno de cambio liderado por Podemos, lo cual supondr&iacute;a eclipsarse y diluirse entre los intersticios de ese gobierno. O qui&eacute;n sabe si, quiz&aacute;, ser&iacute;a este el momento perfecto de Pedro S&aacute;nchez para recordarle a Pablo Iglesias aquello de &ldquo;la sonrisa del destino&rdquo; y cerrarle el paso al gobierno.
    </p><p class="article-text">
        En todo caso, para tan siquiera poder plantearse un dilema de este tipo, deber&iacute;an salir las cuentas. Y el PSOE se librar&iacute;a de tal tesitura si estas no salieran, es decir, si se produjera el siguiente resultado.
    </p><p class="article-text">
        <strong>4.&nbsp;Podemos no suma lo suficiente</strong> para convertirse en fuerza mayoritaria capaz de hilvanar un gobierno.
    </p><p class="article-text">
        La confluencia con Izquierda Unida-Unidad Popular nace y se concibe como un potente instrumento para ganar terreno en estas elecciones. Sus defensores alegan que la suma permitir&aacute; obtener mejores resultados que los alcanzados por cada fuerza por separado en el 20D. Adem&aacute;s de sortear algunas de las &ldquo;trampas&rdquo; del sistema electoral del 78, la confluencia generar&iacute;a un efecto de ilusi&oacute;n que convertir&iacute;a la mera suma en una potente multiplicaci&oacute;n en t&eacute;rminos electorales. Si as&iacute; sucedi&oacute; con la llegada de las mareas a las listas de Podemos el 20D, hay motivos para pensar que lo mismo suceder&aacute; el 26J con la inclusi&oacute;n de miembros de IU-UP y la conformaci&oacute;n de una coalici&oacute;n electoral entre todas estas fuerzas.
    </p><p class="article-text">
        Pero &iquest;y si no fuera as&iacute;?, &iquest;y si fueran ciertas las advertencias lanzadas desde los partidarios de la tesis de la transversalidad y la b&uacute;squeda de la centralidad del tablero como mejores armas electorales que los esl&oacute;ganes tradicionales de la izquierda? En efecto, puede que buena parte de la (hasta la fecha exitosa) estrategia electoral de Podemos se viniera abajo si muchos de sus votantes vieran aparecer en el programa consignas propias de la izquierda &ldquo;radical&rdquo;: la reivindicaci&oacute;n de la Rep&uacute;blica como forma de Estado, la paulatina supresi&oacute;n de la escuela concertada o la defensa de un proceso constituyente superador del marco del 78, por citar algunos ejemplos. Si los partidarios de la &ldquo;hip&oacute;tesis populista&rdquo; tienen raz&oacute;n y su tesis se demostrara en las urnas el 26J, la coalici&oacute;n con IU-UP habr&iacute;a supuesto un fracaso en t&eacute;rminos electorales y habr&iacute;a impedido un gobierno liderado por Podemos. Adem&aacute;s, habr&iacute;a dejado una v&iacute;ctima colateral, como se advierte a continuaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        <strong>5.&nbsp;IU-UP pierde su capital pol&iacute;tico </strong>ganado tras el 20D.
    </p><p class="article-text">
        Una de las pocas cosas valoradas como positivas que ha tra&iacute;do esta corta legislatura ha sido la capacidad de hacer pol&iacute;tica de los dos diputados de IU-UP, Alberto Garz&oacute;n y Sol S&aacute;nchez. Su decidida actuaci&oacute;n a la hora de promover un foro desde el que construir un hipot&eacute;tico gobierno de izquierdas ha hecho que cambie la visi&oacute;n que se ten&iacute;a de esta fuerza pol&iacute;tica. De ser un sujeto casi residual a convertirse en un espacio muy a tener en cuenta de cara al futuro. De ah&iacute; las expectativas positivas que ha levantado esta nueva cita electoral para IU-UP y el consiguiente cambio de actitud de Podemos con relaci&oacute;n a la coalici&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Pero, en caso de que la confluencia con Podemos no diera el resultado esperado, el proyecto de refundaci&oacute;n de Izquierda Unida quedar&iacute;a tocado del ala. No faltar&aacute; tiempo para que se personen de inmediato los viejos fantasmas, quienes han llevado a esta formaci&oacute;n al desastre en t&eacute;rminos electorales y pol&iacute;ticos, y reclamen de nuevo su lugar en el mundo. Ser&iacute;a un golpe demasiado duro como para recuperarse de &eacute;l tan f&aacute;cilmente.
    </p><p class="article-text">
        Por supuesto, el dram&aacute;tico escenario compuesto por estos cinco puntos no es inexorable. Puede evitarse, aunque para ello tendr&iacute;an que cambiar los factores. Y hasta la fecha el &uacute;nico factor nuevo con relaci&oacute;n al 20D es la coalici&oacute;n entre Podemos-IU/UP. La coalici&oacute;n podr&iacute;a funcionar como una herramienta para provocar ilusi&oacute;n. Pero para ello no basta con el voluntarismo, ni representarla como una suerte de p&oacute;cima m&aacute;gica con efectos sobrenaturales. Solo funcionar&aacute; si se concibe, dise&ntilde;a y ejecuta bien. Y esto implica abandonar viejos vicios y pr&aacute;cticas que todav&iacute;a hoy se atisban en el horizonte.
    </p><p class="article-text">
        Citar&eacute; tan solo un ejemplo; uno, pero importante. La insistencia en hablar de repartir posiciones en las listas (reservando cuotas o blindando nombres) es garant&iacute;a de fracaso. Por supuesto que habr&aacute; que colocar personas en las listas, pero, por favor, h&aacute;gase pensando en el objetivo final (confluir para ilusionar) y no en acaparar espacios de poder. Y, si hay dudas, que abran las ventanas, miren hacia afuera y busquen a las personas que, antes de pertenecer a tal o cual partido, representan cabalmente el esp&iacute;ritu y sentido de la confluencia. Una buena confecci&oacute;n de las listas electorales es el mejor term&oacute;metro para comprobar la salud de la coalici&oacute;n y su capacidad para presentarse ante el electorado como ese factor distinto y distintivo de ilusi&oacute;n que tanto necesitamos.
    </p><p class="article-text">
        En su <em>18 Brumario </em>Marx afirm&oacute; que los hechos relevantes de la historia aparecen dos veces: primero como tragedia y despu&eacute;s como farsa. En las manos y mentes de quienes estos d&iacute;as tejen la confluencia est&aacute; que en esta ocasi&oacute;n la segunda no se produzca.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Rafael Escudero]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/26j-elecciones-confluencia_132_4010893.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 05 May 2016 18:50:53 +0000]]></pubDate>
      <media:title><![CDATA[¿Y si pasara todo esto? Los riesgos del 26J]]></media:title>
      <media:keywords><![CDATA[Elecciones Generales 2016]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[A vueltas con el monolito y la ley de memoria histórica]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/memoria-historica_132_4141998.html]]></link>
      <description><![CDATA[<div class="subtitles"><p class="subtitle">La decisión del Ayuntamiento de Madrid de reponer el monumento al alférez provisional muestra los problemas de aplicación de la ley de memoria histórica.</p><p class="subtitle">Evitar conflictos políticos con el Partido Popular no es la mejor forma de garantizar la recuperación de la memoria histórica y la reparación a las víctimas de la dictadura.</p></div><p class="article-text">
        La decisi&oacute;n del Ayuntamiento de Madrid de&nbsp;<a href="http://www.telemadrid.es/noticias/madrid/noticia/el-ayuntamiento-repone-el-monumento-al-alferez-provisional" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">reponer el monolito al alf&eacute;rez provisional</a> situado en el barrio de los Jer&oacute;nimos ha causado perplejidad entre no pocas de las personas que se hallan comprometidas con la reparaci&oacute;n de las v&iacute;ctimas del franquismo y la recuperaci&oacute;n de la memoria hist&oacute;rica. Inicialmente <a href="http://ccaa.elpais.com/ccaa/2016/02/01/madrid/1454350991_727194.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">retirado el pasado 2 de febrero</a>, ha sido la presi&oacute;n del Partido Popular y de su &ldquo;caverna&rdquo; la que, al parecer, ha motivado que el Ayuntamiento d&eacute; marcha atr&aacute;s y haya decidido volver a colocar el monolito. Todo ello, con&nbsp;<a href="http://www.abc.es/espana/madrid/abci-edil-psoe-compara-celia-mayer-primate-201602122244_noticia.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">el aplauso del grupo municipal socialista</a> y el gran alborozo de grup&uacute;sculos como la <a href="http://fnff.es/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Fundaci&oacute;n Francisco Franco</a>.
    </p><p class="article-text">
        Erigido en 1960, este monumento homenajea a este cuerpo militar compuesto por personas que se alistaron voluntariamente en el ej&eacute;rcito golpista y que, debido a su elevada formaci&oacute;n, accedieron directamente a su oficialidad. Es, pues, un monumento que ensalza a dicho cuerpo, cuyo origen y filosof&iacute;a no es otra que la adhesi&oacute;n a la causa franquista. Pero, por si esto no fuera suficiente, en la base del monolito se inscribi&oacute; la frase &ldquo;por Dios y por Espa&ntilde;a&rdquo;; lema cuyo texto y contexto nadie puede negar que entronca directamente con la simbolog&iacute;a franquista.
    </p><p class="article-text">
        Por tanto, este monolito encaja en lo dispuesto en el art. 15.1 de la conocida como<a href="http://www.boe.es/boe/dias/2007/12/27/pdfs/A53410-53416.pdf" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"> ley de memoria hist&oacute;rica</a>, que ordena a las Administraciones p&uacute;blicas &ldquo;adoptar las medidas oportunas para la retirada de escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas de exaltaci&oacute;n, personal o colectiva, de la sublevaci&oacute;n militar, de la Guerra Civil y de la represi&oacute;n de la Dictadura&rdquo;. Es, pues, una obligaci&oacute;n del Ayuntamiento cumplir con este mandato legal. Entonces, &iquest;cu&aacute;l es el problema? &iquest;Por qu&eacute;, una vez retirado, se ha vuelto a reponer en las mismas condiciones en las que estaba?
    </p><p class="article-text">
        Tras la retirada, el Gobierno de la Comunidad de Madrid anunci&oacute; su voluntad de denunciar los hechos ante la Fiscal&iacute;a, arguyendo que el monolito se encuentra en una zona protegida: el eje Prado-Recoletos, declarado Bien de Inter&eacute;s Cultural. Con car&aacute;cter previo, n&oacute;tese bien que la Comunidad de Madrid no alude a las razones art&iacute;sticas que, seg&uacute;n el art. 15.3 de la ley de memoria hist&oacute;rica, pueden alegarse como excepci&oacute;n para la retirada de simbolog&iacute;a franquista. El rechazo que el PP ha mostrado siempre por esta ley le lleva a ignorarla e, incluso, desconocer su literalidad y posibilidades.
    </p><p class="article-text">
        La raz&oacute;n esgrimida por el Gobierno de la Comunidad trasciende, pues, los m&aacute;rgenes de la ley de memoria hist&oacute;rica. Seg&uacute;n arguy&oacute; su Direcci&oacute;n General de Patrimonio, el motivo de la ilegalidad de la&nbsp;primera decisi&oacute;n de la alcald&iacute;a se encuentra en la vulneraci&oacute;n de la competencia y legislaci&oacute;n auton&oacute;mica sobre patrimonio hist&oacute;rico. Al estar en un entorno f&iacute;sico protegido por la ley auton&oacute;mica de patrimonio (aunque el vestigio sea, como la propia alcald&iacute;a manifest&oacute;, de titularidad municipal), cualquier decisi&oacute;n al respecto debe pasar por la citada Direcci&oacute;n General, que tendr&aacute; as&iacute; la clave para decidir sobre su mantenimiento o retirada.
    </p><p class="article-text">
        Resumiendo, la situaci&oacute;n es la siguiente. Por un lado, existe la obligaci&oacute;n legal de retirarlo, al tratarse de un caso de simbolog&iacute;a conmemorativa o exaltadora de la sublevaci&oacute;n militar y del franquismo. Es un mandato de actuaci&oacute;n positiva dirigido a todas las Administraciones p&uacute;blicas; en este caso, al Ayuntamiento de Madrid, que es el titular del vestigio y en cuya v&iacute;a p&uacute;blica se encuentra. Por otro lado, la normativa de patrimonio hist&oacute;rico de la Comunidad de Madrid atribuye a su Direcci&oacute;n General la competencia sobre cualquier decisi&oacute;n que afecta a los espacios y entornos protegidos, como es el referido eje Prado-Recoletos.
    </p><p class="article-text">
        Es claro que se est&aacute; en presencia de un conflicto normativo. &iquest;C&oacute;mo y d&oacute;nde puede resolverse? Pues en el lugar adecuado para resolver los conflictos entre normas o entre distintas interpretaciones sobre las normas, es decir, en los tribunales. As&iacute;, el Ayuntamiento pod&iacute;a haber mantenido su decisi&oacute;n inicial y, si la Comunidad decid&iacute;a recurrir judicialmente la retirada del monumento franquista, alegar ah&iacute; las razones legales que motivan su actuaci&oacute;n. Por su parte, el Gobierno de Cristina Cifuentes presentar&iacute;a las suyas favorables al mantenimiento de ese monolito y, finalmente, ser&iacute;an los tribunales quienes tendr&iacute;an que resolver el conflicto. Como corresponde en cualquier Estado de Derecho, en los jueces reside la competencia de resoluci&oacute;n de los conflictos de interpretaci&oacute;n y/o aplicaci&oacute;n de normas.
    </p><p class="article-text">
        Quiz&aacute; este conflicto se hubiera evitado de haberse cumplido con lo dispuesto en el art. 15.2 de la citada ley de memoria hist&oacute;rica, seg&uacute;n el cual el Gobierno debe colaborar con las Administraciones auton&oacute;micas y locales para elaborar un cat&aacute;logo de vestigios relativos a la guerra civil y la dictadura a los efectos de determinar cu&aacute;les deben retirarse y cu&aacute;les excepcionalmente no. Como es bien sabido, a lo m&aacute;ximo que se lleg&oacute; durante los primeros a&ntilde;os de vigencia de la ley -entonces bajo Gobierno socialista- fue a crear una comisi&oacute;n en el Ministerio de Cultura que decidiera sobre s&iacute;mbolos franquistas presentes en bienes de la Administraci&oacute;n General del Estado, pero que no afectaba a bienes de las Administraciones auton&oacute;micas ni locales. Despu&eacute;s, la llegada al poder del PP llev&oacute; la ley a v&iacute;a muerta, con lo que esta previsi&oacute;n del art. 15.2 pas&oacute;, como el resto de su articulado, a ser papel mojado.
    </p><p class="article-text">
        En situaciones como esta, siempre podr&iacute;a alcanzarse un previo acuerdo pol&iacute;tico que evitara el recurso a los tribunales. Pero &iquest;cabe llegar a acuerdos con el PP en materia de memoria hist&oacute;rica? La experiencia avala una respuesta negativa. El del monolito al alf&eacute;rez provisional es un ejemplo m&aacute;s dentro de una larga lista de actuaciones en las que las y los dirigentes del Partido Popular dejan sentir el peso de su mochila cargada de lazos afectivos e ideol&oacute;gicos con el franquismo.
    </p><p class="article-text">
        Bajo estas coordenadas resulta todav&iacute;a m&aacute;s inexplicable, si cabe, la decisi&oacute;n final del Ayuntamiento de Madrid. Para evitar un presumible conflicto judicial con Cifuentes y el PP (&iquest;reabrir heridas?), la alcald&iacute;a ha hecho lo que vienen haciendo la mayor&iacute;a de las instituciones pol&iacute;ticas del Estado espa&ntilde;ol: despreciar la memoria hist&oacute;rica y postergar una vez m&aacute;s los derechos de las v&iacute;ctimas del franquismo. El Gobierno municipal presidido por Manuela Carmena no solo ha indicado el camino a seguir para aquellas Administraciones gobernadas por el PP reacias a aplicar la ley de memoria hist&oacute;rica, sino que adem&aacute;s ha vuelto a demostrar la triste verdad de esa frase que dice que no hay peor censura que la autocensura.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Rafael Escudero]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/memoria-historica_132_4141998.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 22 Feb 2016 19:58:20 +0000]]></pubDate>
      <media:title><![CDATA[A vueltas con el monolito y la ley de memoria histórica]]></media:title>
      <media:keywords><![CDATA[Memoria Histórica,Ayuntamiento de Madrid]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Necesitamos un gobierno de izquierdas]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/memoria-historica-represion-franquista_132_4211019.html]]></link>
      <description><![CDATA[<div class="subtitles"><p class="subtitle">La recuperación de la memoria histórica y reparación de las víctimas de la represión franquista requiere de profundos cambios institucionales y normativos. Estos solo pueden venir de la mano de un gobierno de izquierdas.</p><p class="subtitle">Mientras, se siguen realizando labores de exhumación de cadáveres y actos de homenaje a las víctimas de forma privada, sin la ayuda ni presencia de instituciones y autoridades del Estado español, como sucedió el pasado sábado en el cementerio municipal de Guadalajara.</p></div><p class="article-text">
        El pasado s&aacute;bado se celebr&oacute; en el cementerio de Guadalajara un acto de reparaci&oacute;n. Un <a href="https://www.facebook.com/armh.memoriahistorica/?fref=nf" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">homenaje</a>&nbsp;a los desaparecidos por la represi&oacute;n franquista, a esas mujeres y hombres que fueron v&iacute;ctimas de la dictadura y cuyas familias han sufrido, adem&aacute;s, el olvido m&aacute;s absoluto por parte de la democracia espa&ntilde;ola. La cacareada y defendida Transici&oacute;n las dej&oacute; literalmente en la cuneta e impidi&oacute;, parafraseando a Walter Benjamin, que su historia pasase a las p&aacute;ginas de los libros de historia.
    </p><p class="article-text">
        El homenaje se encarn&oacute; en la persona y familia de Timoteo Mendieta -sindicalista fusilado en 1939 por defender la libertad-, cuyos restos se encontraban, junto con los de otras 21 personas, en una de esas indignantes fosas comunes que hay al final del cementerio de Guadalajara. Se cree que en todas esas fosas se encuentran los restos de m&aacute;s de 200 personas a la espera de ser exhumadas e identificadas. Nos queda todav&iacute;a mucho trabajo por hacer.
    </p><p class="article-text">
        El s&aacute;bado fue un d&iacute;a de alegr&iacute;a. Fuimos muchas las personas que nos congregamos en el cementerio para recordar la memoria de las personas desaparecidas, reivindicar bien alto su nombre y hacer justicia con ellos y sus familias. Adem&aacute;s, quer&iacute;amos celebrar que, gracias al enorme trabajo de las buenas gentes de la Asociaci&oacute;n para la Recuperaci&oacute;n de la Memoria Hist&oacute;rica (ARMH), <a href="http://memoriahistorica.org.es/s1-news/c3-destacado/exhuman-los-restos-del-sindicalista-fusilado-timoteo-mendieta-tras-12-dias-de-trabajos/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">fueron exhumados los restos de estas 22 personas</a>.
    </p><p class="article-text">
        Estaban all&iacute; presentes v&iacute;ctimas, familiares, amigos, militantes de diversas asociaciones, sindicatos y partidos pol&iacute;ticos, vecinos de Guadalajara y de los pueblos cercanos. Todos quer&iacute;amos participar en este acto de reparaci&oacute;n debida a quienes son v&iacute;ctimas de graves violaciones de derechos humanos. Y estaban tambi&eacute;n presentes nuestras hijas e hijos, quienes asistieron con emoci&oacute;n a la lecci&oacute;n de dignidad que nos dio Ascensi&oacute;n Mendieta -la hija de Timoteo-, el resto de su familia y los familiares de otras de las v&iacute;ctimas cuyos restos aparecieron en esa fosa. Solo su lucha y tes&oacute;n han hecho posible este final.
    </p><p class="article-text">
        Pero el acto de reparaci&oacute;n cont&oacute; con una notable ausencia: la representaci&oacute;n institucional del Estado espa&ntilde;ol. Ninguna autoridad ni poder p&uacute;blico se dign&oacute; a pasarse por el cementerio, participar de manera oficial en el acto y mostrar el respeto que v&iacute;ctimas y familias merecen. T&eacute;ngase en cuenta que el Derecho internacional impone como obligaci&oacute;n de los Estados llevar a cabo la reparaci&oacute;n integral de las v&iacute;ctimas de graves violaciones de derechos humanos acaecidas en el pasado, como es el caso. Esa reparaci&oacute;n incluye, entre otras actuaciones a desarrollar, la celebraci&oacute;n de actos oficiales de homenaje y reconocimiento a las v&iacute;ctimas y a sus familias como el que se hizo por iniciativa privada el s&aacute;bado. En esto, como en tantas otras medidas de justicia transicional (verdad, justicia y reparaci&oacute;n), el Estado espa&ntilde;ol muestra su m&aacute;s absoluto desprecio a las v&iacute;ctimas del franquismo. No hace lo mismo con otras v&iacute;ctimas, como por ejemplo las del terrorismo, a las que s&iacute; reconoce y repara de la forma debida. Esta discriminaci&oacute;n entre v&iacute;ctimas es, adem&aacute;s de contraria a la cultura de los derechos humanos, una forma de re-victimizaci&oacute;n de las olvidadas, las del franquismo.
    </p><p class="article-text">
        Todo lo que ha rodeado a esta exhumaci&oacute;n de Guadalajara es un buen ejemplo de lo que deben soportar las v&iacute;ctimas de la dictadura. Para empezar, advi&eacute;rtase que la exhumaci&oacute;n no se ha producido por iniciativa de la fiscal&iacute;a ni de las autoridades judiciales espa&ntilde;olas. M&aacute;s bien al contrario. Ha sido gracias a un exhorto emitido por una jueza argentina (no espa&ntilde;ola) en el marco de un proceso iniciado en aquel pa&iacute;s sobre la base del principio de justicia universal como ha podido finalmente llevarse a cabo. Sin ese impulso proveniente de una jurisdicci&oacute;n extranjera las familias no tendr&iacute;an hoy los restos de sus seres queridos.
    </p><p class="article-text">
        A ello ha de sumarse que toda la labor jur&iacute;dica de representaci&oacute;n y defensa de estas familias se ha dirigido por abogados argentinos (no espa&ntilde;oles). Adem&aacute;s, los trabajos de exhumaci&oacute;n de los cad&aacute;veres, llevados a cabo por la ARMH y prolongados durante quince d&iacute;as, han sido sufragados por un <a href="http://www.eldiario.es/sociedad/sindicato-financia-exhumaciones-historica-Espana_0_283121782.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">sindicato noruego</a>&nbsp;(no espa&ntilde;ol), haciendo gala por su parte (no por la nuestra) de la mejor tradici&oacute;n internacionalista de la clase obrera. Pero las labores no terminan aqu&iacute;. Quedan las tareas de identificaci&oacute;n de los restos mediante pruebas de ADN. Estas pruebas -muy caras- no van a ser realizadas por las autoridades competentes en nuestro pa&iacute;s, sino por forenses argentinos (no espa&ntilde;oles), quienes voluntariamente y sin cobrar a las familias se har&aacute;n cargo de la identificaci&oacute;n de los restos. Y por si todo lo anterior fuera poco, queda el Ayuntamiento de Guadalajara gobernado por el Partido Popular. Su alcalde, Antonio Rom&aacute;n Jasanada, <a href="https://memoriaguadalajara.wordpress.com/tag/memoria-guadalajara/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">tras verse obligado a autorizar la exhumaci&oacute;n</a>, no desaprovecha la ocasi&oacute;n de hacer caja: aplica la tasa municipal correspondiente y cobra 70 euros por cada cad&aacute;ver que se exhume y traslade fuera del cementerio, al lugar deseado por los familiares.
    </p><p class="article-text">
        En resumen, el Estado espa&ntilde;ol no solo no hace nada por exhumar, identificar y entregar a las familias los restos de las personas desaparecidas y asesinadas por sus agentes y autoridades en el pasado, sino que adem&aacute;s pretende obtener un beneficio econ&oacute;mico de estas actividades. Con este panorama no es de extra&ntilde;ar que ninguna autoridad estuviera presente de modo oficial el s&aacute;bado en el cementerio para asumir el da&ntilde;o causado, pedir perd&oacute;n a las v&iacute;ctimas y rendir homenaje a quienes con su vida defendieron la primera democracia que tuvimos en nuestro pa&iacute;s. Por eso, aunque solo sea por eso, necesitamos un gobierno de izquierdas.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Rafael Escudero]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/memoria-historica-represion-franquista_132_4211019.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sun, 31 Jan 2016 18:43:44 +0000]]></pubDate>
      <media:title><![CDATA[Necesitamos un gobierno de izquierdas]]></media:title>
      <media:keywords><![CDATA[Memoria Histórica,Represión franquista]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[¿Un presidente del Gobierno independiente?]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/presidente-del-gobierno-sistema-parlamentario-legitimidad_132_2276807.html]]></link>
      <description><![CDATA[<div class="subtitles"><p class="subtitle">La propuesta de nombrar un presidente del Gobierno "independiente" se encuentra ante tres cuestiones que es necesario dirimir: una, la definición del término "independiente"; dos, su constitucionalidad; y tres, su legitimidad.</p><p class="subtitle">¿Hay razones para calificar de legítimo a un presidente nombrado a través de un pacto de Estado y al margen de los candidatos que se postularon como tales en las pasadas elecciones?</p></div><p class="article-text">
        Tras la situaci&oacute;n de incertidumbre generada por los resultados electorales, Podemos ha lanzado la propuesta de un presidente del Gobierno &ldquo;<a href="http://www.elperiodico.com/es/noticias/politica/podemos-plantea-investir-presidente-independiente-4772886" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">independiente</a>&rdquo;, entendiendo por tal una figura &ldquo;<a href="http://politica.elpais.com/politica/2015/12/23/actualidad/1450863367_752292.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">de prestigio</a>&rdquo; que est&eacute; por encima de los partidos. La propuesta no es nueva, sino que suele recurrirse a ella en situaciones de crisis. Por ejemplo, en junio de 2012, en uno de los momentos m&aacute;s graves de la crisis econ&oacute;mica, fue planteada por figuras cercanas hoy a Ciudadanos; entre ellas, el propio Luis Garicano, gur&uacute; econ&oacute;mico de este partido, quien hablaba entonces de la necesidad de un Gobierno con apoyo de las fuerzas mayoritarias compuesto por &ldquo;<a href="http://elpais.com/elpais/2012/05/31/opinion/1338475092_453958.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">pol&iacute;ticos competentes y t&eacute;cnicos intachables</a>&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        A la hora de valorar este tipo de propuestas, conviene tener en cuenta por lo menos tres cuestiones: una, la propia definici&oacute;n del concepto &ldquo;independiente&rdquo;; dos, la constitucionalidad de la soluci&oacute;n; y tres -quiz&aacute; la m&aacute;s importante- su legitimidad. Ve&aacute;moslas por separado.
    </p><p class="article-text">
        Parece claro que, a la hora de referirse a la persona que acceder&iacute;a a la presidencia del Gobierno, se utiliza la palabra &ldquo;independiente&rdquo; en el sentido de no ser un militante o una figura abiertamente vinculada o relacionada con un partido pol&iacute;tico concreto. Una persona que trascienda los intereses partidistas para velar as&iacute; por un supuesto inter&eacute;s general del pa&iacute;s. Pero tambi&eacute;n es claro que se trata esta de una concepci&oacute;n muy estrecha del concepto &ldquo;independiente&rdquo;. En pol&iacute;tica, se milite o no en un partido, nadie es independiente, porque todas las personas tenemos criterio propio sobre lo que deba ser ese inter&eacute;s general (otra cosa es que por c&aacute;lculos estrat&eacute;gicos o prudenciales lo aparquemos en favor de otras consideraciones). Las personas analizamos la realidad a trav&eacute;s de nuestras &ldquo;gafas epistemol&oacute;gicas&rdquo;, es decir, nuestra ideolog&iacute;a y forma de entender el mundo, de manera que resulta inevitable que plasmemos esa visi&oacute;n en opciones y decisiones pol&iacute;ticas. Apelar a una supuesta excelencia o prestigio t&eacute;cnico supone siempre una forma de ocultar, bajo una pretendida pero falsa cientificidad, una <a href="http://www.eldiario.es/zonacritica/Queremos-volver-Espana_6_11608844.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">opci&oacute;n ideol&oacute;gica</a>.
    </p><p class="article-text">
        Fij&eacute;monos por ejemplo en la elecci&oacute;n de los magistrados del Tribunal constitucional. En teor&iacute;a, se trata de figuras independientes, &ldquo;juristas de reconocido prestigio&rdquo;, no vinculados formalmente con ning&uacute;n partido pol&iacute;tico (con la an&oacute;mala excepci&oacute;n, ya conocida, de su actual presidente). Pero, un an&aacute;lisis de sus sentencias denota que cada uno de ellos interpreta la Constituci&oacute;n de acuerdo con su particular ideolog&iacute;a. Quien es <a href="http://www.eldiario.es/zonacritica/caso-Ollero-loteria-constitucional_6_38906115.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">miembro del Opus Dei</a>&nbsp;lo hace conforme a sus dogmas de fe, del mismo modo que los magistrados cercanos a la socialdemocracia act&uacute;an de acuerdo con su credo pol&iacute;tico. Es inevitable que sea as&iacute;, porque no hay t&eacute;cnicos sin ideolog&iacute;a: todas las opciones jur&iacute;dicas y pol&iacute;ticas responden a una.
    </p><p class="article-text">
        En cuanto a la constitucionalidad de la propuesta, la respuesta es positiva. En ning&uacute;n lugar de la Constituci&oacute;n se dice que el presidente del Gobierno deba ser un parlamentario. La ausencia de referencia a este respecto se debe a que el texto de 1978 estuvo ideado y dise&ntilde;ado para un modelo bipartidista, de mayor&iacute;as parlamentarias, cuyo presidente proviniera siempre de uno de los dos partidos del r&eacute;gimen, PP o PSOE, del centro-derecha o del centro-izquierda. De ah&iacute; el silencio constitucional. Se daba por sentado que, con un r&eacute;gimen electoral de cariz mayoritario, siempre se alcanzar&iacute;a la mayor&iacute;a suficiente para investir como presidente del Gobierno a un parlamentario de uno de estos dos partidos, bien en solitario bien con el apoyo de alguna de las fuerzas nacionalistas catalana o vasca (hist&oacute;ricamente beneficiadas por el sistema electoral).
    </p><p class="article-text">
        Esta situaci&oacute;n se ha roto en estas elecciones y de ah&iacute; la dificultad para formar gobierno. Pero, incluso en este contexto, no conviene olvidar que el espa&ntilde;ol -con sus virtudes y defectos- es un sistema parlamentario, lo cual implica situar a la c&aacute;mara de representaci&oacute;n popular en el centro de la vida pol&iacute;tica, empezando por la elecci&oacute;n del presidente del Gobierno. No en vano es tradici&oacute;n -pero solo tradici&oacute;n- en los sistemas parlamentarios que aquel sea elegido de entre los miembros del Parlamento.
    </p><p class="article-text">
        No hay pues un problema de constitucionalidad, pero s&iacute; de legitimidad. En primer lugar, porque ese presidente no habr&iacute;a pasado por las urnas, con lo cual carece del requisito t&iacute;pico de la legitimidad de origen: la elecci&oacute;n ciudadana. En este sentido, su &uacute;nica legitimidad provendr&iacute;a de ser el resultado de un pacto entre las fuerzas pol&iacute;ticas que concurrieran y aceptaran tal procedimiento de asignaci&oacute;n de la cabeza del ejecutivo. Un pacto entre las c&uacute;pulas de los partidos tan caracter&iacute;stico de la cultura de la Transici&oacute;n que nos ha llevado hasta aqu&iacute;. No en vano es este sistema de pactos cupulares, de reparto de cuotas de poder al margen de la ciudadan&iacute;a, el que se ha utilizado con profusi&oacute;n durante todos estos a&ntilde;os para elegir a los miembros del Consejo General del Poder Judicial, del Tribunal de Cuentas o, incluso, al Defensor del Pueblo; instituciones todas ellas propias del r&eacute;gimen del 78. En este sentido, sorprende que sea Podemos quien abandere esta propuesta, ya que su concepci&oacute;n de las instituciones pol&iacute;ticas difiere -o deber&iacute;a diferir- bastante de la de los otros tres partidos involucrados en el juego.
    </p><p class="article-text">
        Pero la legitimidad se puede obtener no solo por el origen, sino tambi&eacute;n mediante el ejercicio del poder. Para abordar esta &uacute;ltima cuesti&oacute;n cabe hacerse la siguiente pregunta: &iquest;a qui&eacute;n o a qu&eacute; estar&iacute;a vinculado ese presidente &ldquo;independiente&rdquo;? &iquest;frente a qui&eacute;n o qu&eacute; tendr&iacute;a que rendir cuentas sobre sus actuaciones de gobierno? Y las opciones son, de nuevo, tres: uno, a su propia visi&oacute;n de lo que sea ese inter&eacute;s general de Espa&ntilde;a que fundamenta el pacto; dos, al programa electoral de los partidos que participan del juego y se ponen de acuerdo en su figura; y tres, a las condiciones fijadas en la mesa camilla donde se oficiar&iacute;a el pacto.
    </p><p class="article-text">
        La primera respuesta implicar&iacute;a dar carta blanca al presidente -un voto de confianza, podr&iacute;a decirse- para que este act&uacute;e y tome las medidas que considere oportunas para sacar al pa&iacute;s de esta situaci&oacute;n de crisis. Esto supondr&iacute;a introducir un elemento presidencialista (&iquest;populista?) en un r&eacute;gimen parlamentario como es el actual, con el riesgo que supone dejar en manos de un presidente que no se present&oacute; como tal toda la pol&iacute;tica de gobierno de los pr&oacute;ximos a&ntilde;os. Un sujeto que no tendr&iacute;a por qu&eacute; rendir cuentas ante los votantes, dado que ante ellos no se postul&oacute; como tal.
    </p><p class="article-text">
        En este sentido, la segunda respuesta ser&iacute;a todav&iacute;a m&aacute;s complicada, dado que las diferencias program&aacute;ticas entre los cuatro partidos son tan grandes que hacen improbable que ese presidente pudiera poner una vela a Dios y otra al diablo, es decir, satisfacer una parte del programa de cada partido y contentar as&iacute; a todos. Es imposible que se pueda llevar a cabo cualquier pol&iacute;tica con programas abiertamente incompatibles entre s&iacute;.
    </p><p class="article-text">
        Y la tercera respuesta, aquella seg&uacute;n la cual el presidente tendr&iacute;a legitimidad de ejercicio en la medida en que cumple lo dispuesto en ese pacto de Estado, convierte en papel mojado los programas electorales de los partidos. Los compromisos electorales plasmados en el programa se ver&iacute;an sustituidos por las cl&aacute;usulas pactadas en esas negociaciones cerradas y cupulares que tendr&iacute;an como finalidad designar al presidente &ldquo;independiente&rdquo;. Esto no difiere en casi nada de lo que se ha venido haciendo durante todo este tiempo. La diferencia es meramente cuantitativa, pero no cualitativa. Son m&aacute;s los partidos llamados a la mesa del consenso ahora que los que lo fueron en los a&ntilde;os de la Transici&oacute;n, s&iacute;, pero el procedimiento es simple y llanamente el mismo. Entonces, &iquest;tenemos razones para calificar de leg&iacute;timo a un presidente as&iacute; designado y vinculado en su acci&oacute;n de gobierno por un pacto cupular? Ni por su origen ni por su ejercicio merecer&iacute;a tal calificativo.
    </p><p class="article-text">
        Son estos problemas de legitimidad los que desaconsejan -sea quien sea la persona elegida- la opci&oacute;n del presidente &ldquo;independiente&rdquo;. As&iacute;, la soluci&oacute;n m&aacute;s coherente pasa por iniciar las previsiones constitucionales sobre la elecci&oacute;n del presidente del Gobierno entre quienes as&iacute; se postularon ante la ciudadan&iacute;a en la &uacute;ltima campa&ntilde;a electoral. Si transcurrido el plazo fijado el nombramiento no se ha producido por falta de la mayor&iacute;a requerida, deben convocarse nuevas elecciones. Es entonces cuando los partidos que as&iacute; lo deseen podr&iacute;an incluir en sus programas electorales estas propuestas de gobiernos de concentraci&oacute;n nacional o presidentes &ldquo;independientes&rdquo;. Pero entonces, no ahora.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Rafael Escudero]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/presidente-del-gobierno-sistema-parlamentario-legitimidad_132_2276807.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 25 Dec 2015 19:09:35 +0000]]></pubDate>
      <media:title><![CDATA[¿Un presidente del Gobierno independiente?]]></media:title>
      <media:keywords><![CDATA[Gobierno]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El dilema de Podemos (y la unidad popular)]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/podemos-unidad-popular_132_2502368.html]]></link>
      <description><![CDATA[<div class="subtitles"><p class="subtitle">A la vista de las últimas encuestas, ¿qué posición adoptará Podemos en las próximas elecciones generales con relación a las voces que demandan una candidatura de unidad popular?</p><p class="subtitle">¿A qué consecuencias podría enfrentarse si, finalmente, decide concurrir en solitario a la cita electoral?</p></div><p class="article-text">
        Desde su nacimiento, Podemos ha prestado mucha atenci&oacute;n a las sucesivas encuestas que se han ido publicando sobre sus posibles resultados electorales. No en vano, una buena parte de las personas que componen su n&uacute;cleo dirigente est&aacute;n formadas con solvencia, rigor y profesionalidad en ese &aacute;mbito del conocimiento. Pues bien, dadas estas premisas, no es de extra&ntilde;ar que entre dicho n&uacute;cleo haya cundido una cierta preocupaci&oacute;n, pues la &uacute;ltima encuesta del CIS coloca a Podemos frente a un complicado dilema.
    </p><p class="article-text">
        Si algo parecen dejar claro los resultados de esta encuesta es el fin de la estrategia del deseado &ldquo;asalto a los cielos&rdquo;. Seg&uacute;n el CIS, en las pr&oacute;ximas elecciones generales Podemos obtendr&iacute;a <a href="http://datos.cis.es/pdf/Es3104mar_A.pdf" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">un 15,7% de votos</a>; un resultado manifiestamente insuficiente -aun a&ntilde;adiendo lo que la &ldquo;cocina&rdquo; del CIS podr&iacute;a haber manipulado- para tomar democr&aacute;ticamente el poder e iniciar ese proceso constituyente con el que Podemos ilusion&oacute; a muchas personas en sus comienzos. Quiz&aacute; no se haya explicado lo suficiente la necesidad de tal proceso, o quiz&aacute; se desistiera de &eacute;l demasiado pronto. Sea lo que fuere, falta todav&iacute;a mucha pedagog&iacute;a y trabajo colectivo para alcanzar esa hegemon&iacute;a que, llegado el caso, permitir&iacute;a abrir los candados del r&eacute;gimen del 78.
    </p><p class="article-text">
        Descartado, pues, el escenario de victoria electoral, a Podemos le toca otear el panorama. All&iacute; aparece la perturbadora posibilidad de un nuevo gobierno del Partido Popular: no en solitario, pero s&iacute; sostenido -al igual que en la Comunidad de Madrid- por Ciudadanos (y sin descartar de plano, dada la experiencia hist&oacute;rica, a sus viejos amigos nacionalistas). De alcanzarse esta posibilidad, apaga y v&aacute;monos, como dir&iacute;a un castizo. Un nuevo gobierno del PP supondr&iacute;a, adem&aacute;s del remate de sus pol&iacute;ticas liberales en lo econ&oacute;mico y fascistas en lo social, un golpe muy fuerte para esa parte de la ciudadan&iacute;a que aspira a construir una democracia m&aacute;s participativa, igualitaria y justa. Un golpe del que sin duda costar&aacute; recuperarse en t&eacute;rminos an&iacute;micos, ideol&oacute;gicos y organizativos.
    </p><p class="article-text">
        La segunda posibilidad pasa por un elevado n&uacute;mero de votos del PSOE que, sumados al apoyo de Podemos, le permitiera gobernar. Este resultado sit&uacute;a a la joven formaci&oacute;n en un dilema de dif&iacute;cil soluci&oacute;n, sin duda el m&aacute;s complicado con el que se ha enfrentado hasta ahora y que irremediablemente marcar&aacute; su futuro. A menos de dos a&ntilde;os desde su fundaci&oacute;n, Podemos -un partido nacido no solo con vocaci&oacute;n de ganar, sino de &ldquo;<a href="http://podemos.info/la-centralidad-no-es-el-centro/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">patear el tablero</a>&rdquo; e incluso provocar <a href="https://es-es.facebook.com/german.cano.3785/posts/10203220855096145" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">un movimiento de las capas tect&oacute;nicas</a>- tiene que decidir sobre la gobernabilidad del pa&iacute;s y, as&iacute;, permitir o impedir el gobierno de una de las fuerzas del r&eacute;gimen, del bipartidismo, de la restauraci&oacute;n posfranquista: el ambivalente y ambiguo PSOE.
    </p><p class="article-text">
        Los inicios ideol&oacute;gicos de Podemos se caracterizaron por una exitosa estrategia de equiparaci&oacute;n entre PSOE y PP. Tal estrategia se bas&oacute; en la extensi&oacute;n de pocos pero potentes mensajes: uno, que sus respectivos dirigentes cumplieron un papel decisivo en la conformaci&oacute;n del r&eacute;gimen del 78 y, por ende, de la casta que ha copado los puestos de poder en este pa&iacute;s desde entonces; dos, que este r&eacute;gimen se ha consolidado gracias a acuerdos y pol&iacute;ticas comunes firmadas por los dos grandes partidos; y tres, que tal entramado institucional es causante directo de la crisis que nos invade. Ambos partidos son, pues, c&oacute;mplices de un estado de cosas que solo Podemos estar&iacute;a en condiciones de revertir.
    </p><p class="article-text">
        No obstante, ante estas elecciones generales, la estrategia ha cambiado. As&iacute;, ahora los mensajes que se lanzan son otros: <a href="http://politica.elpais.com/politica/2015/08/11/actualidad/1439302984_730496.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">dirigentes de Podemos se muestran abiertos a pactos con el PSOE</a>; <a href="http://vozpopuli.com/actualidad/65239-atraccion-fatal-en-podemos-el-abogado-gomez-benitez-el-fichaje-mas-polemico-de-pablo-iglesias" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">personas cercanas a este partido aparecen en las listas de Podemos</a>; o <a href="http://elpais.com/elpais/2015/07/18/opinion/1437241765_050702.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">su n&uacute;mero uno alaba p&uacute;blicamente la Transici&oacute;n</a> desde un lugar tan emblem&aacute;tico para los seguidores del r&eacute;gimen del 78 como es la tribuna dominical del diario El Pa&iacute;s. Todos estos gui&ntilde;os hacen pensar que Podemos apoyar&iacute;a con su voto -o permitir&iacute;a con su abstenci&oacute;n, que a estos efectos es lo mismo- el gobierno socialista de Pedro S&aacute;nchez.
    </p><p class="article-text">
        Con estas coordenadas y sin entrar en el Gobierno, &iquest;tendr&aacute; Podemos suficiente capacidad de influencia como para que el PSOE mire a su izquierda a la hora de hacer pol&iacute;tica? Pocos argumentos hay para avalar una respuesta positiva, mientras que s&iacute; hay unos cuantos para pensar todo lo contrario. La experiencia nos ense&ntilde;a que, una vez en el gobierno, el PSOE muestra siempre su cara m&aacute;s liberal y menos republicana. Tenemos muchos ejemplos al respecto: desde el &ldquo;OTAN, de entrada no&rdquo; hasta la reforma expr&eacute;s del art. 135 de la Constituci&oacute;n, pasando por sus pol&iacute;ticas fiscales, territoriales o universitarias y sus pr&aacute;cticas institucionales en el nombramiento de cargos -un mero reparto de puestos- en el Tribunal Constitucional, CGPJ, Defensor del Pueblo, etc.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, todav&iacute;a no ha pasado el tiempo suficiente para valorar la situaci&oacute;n creada tras las &uacute;ltimas elecciones auton&oacute;micas, donde Podemos ha permitido la formaci&oacute;n de gobiernos como el del socialista (e hijo pol&iacute;tico de Bono) Emiliano Garc&iacute;a-Page en Castilla-La Mancha. Una l&aacute;stima, porque ello nos impide tener un panorama m&aacute;s certero sobre si este apoyo puntual sirve para hacer pol&iacute;ticas de izquierda o, como le ha sucedido tantas veces a Izquierda Unida, se queda en nada. En este sentido, Podemos corre el riesgo de ser una especie de nueva IU, liberada, quiz&aacute;, de los lastres que caracterizan fuertemente a esta organizaci&oacute;n, pero limitada a ser muleta del PSOE con escasos r&eacute;ditos tanto pol&iacute;ticos como electorales. No ser&aacute;n pocos los votantes de Podemos a quienes desagrade profundamente este papel. &iquest;Ser&aacute; de aplicaci&oacute;n, entonces, el cl&aacute;sico dicho sobre viajes y alforjas?
    </p><p class="article-text">
        Pero las dudas no terminan aqu&iacute;. &iquest;Permitir&iacute;a una hipot&eacute;tica candidatura de unidad popular -que haga posible algo tan de sentido com&uacute;n como que a la izquierda del PSOE solo haya una papeleta- salir de este escenario? Ante la falta de indicios claros que lleven a una respuesta positiva, Podemos esgrime su potencial electoral y se resiste a favorecer tal candidatura mientras esta no se articule a su imagen y semejanza, desde la denominaci&oacute;n de la &ldquo;marca&rdquo; hasta la composici&oacute;n de las listas y del futuro grupo parlamentario. A d&iacute;a de hoy, lo m&aacute;ximo que se ha escuchado desde sus filas son <a href="http://www.europapress.es/nacional/noticia-alberto-garzon-rechaza-oferta-pablo-iglesias-integrarle-lista-podemos-20150707164643.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">ofrecimientos de car&aacute;cter individual a tal o cual persona</a> para que se incorpore a sus listas, o bien <a href="http://cadenaser.com/programa/2015/08/24/hora_25/1440449761_563485.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">pactos provinciales o auton&oacute;micos</a>.
    </p><p class="article-text">
        Por cierto, resulta un tanto incoherente, por un lado, abogar por estos pactos de car&aacute;cter territorial y no por uno de car&aacute;cter estatal debido a la necesidad de reconocer las diferencias y particularidades regionales o nacionales, y, por otro, articular un modelo de primarias -como ha hecho Podemos- a partir de una lista al Congreso &uacute;nica y centralizada. Una lista que, dicho sea de paso, parece un homenaje a la figura del &ldquo;cunero&rdquo; propia de la pol&iacute;tica de la Restauraci&oacute;n y utilizada hasta hoy mismo por PP y PSOE; esa vieja pol&iacute;tica contra la que precisamente se dice luchar.
    </p><p class="article-text">
        En suma, y de confirmarse esta pol&iacute;tica de alianzas, parece un tanto temerario despreciar todo el potencial que dar&iacute;a la suma de tantas personas que, sinti&eacute;ndose de izquierdas -con todo el sentido y la carga que tiene esa palabra-, no se referencian en el modelo organizativo de Podemos. Las pasadas elecciones locales y auton&oacute;micas han mostrado el acierto de estas candidaturas de confluencia. Aun cuando este &eacute;xito no sea previsible en las generales, un argumento en favor de la candidatura de unidad popular radica en que permitir&iacute;a, pensando en el futuro pr&oacute;ximo, ir generando complicidades, confianza y trabajo colectivo entre todas aquellas personas que sienten la necesidad de cambiar de ra&iacute;z las estructuras jur&iacute;dicas, pol&iacute;ticas y sociales del pa&iacute;s. Adem&aacute;s, mediante la conformaci&oacute;n de esta candidatura se trasladar&iacute;a un potente mensaje a la ciudadan&iacute;a en t&eacute;rminos de alianzas contra la casta y los partidos del r&eacute;gimen del 78; partidos que son -no conviene perder nunca esta perspectiva- causa y no soluci&oacute;n de la actual crisis institucional y moral.
    </p><p class="article-text">
        No obstante, y aun cuando la apuesta sea muy arriesgada, Podemos tiene todo el derecho a intentarlo en solitario -m&aacute;xime tras haber visto el hist&oacute;rico fracaso de la estrategia electoral de IU- y desarrollar su propia estrategia ante las pr&oacute;ximas elecciones generales. Pero recordemos que el ejercicio de derechos conlleva la asunci&oacute;n de responsabilidades. Quiz&aacute; sea este el verdadero dilema de Podemos.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Rafael Escudero]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/podemos-unidad-popular_132_2502368.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 01 Sep 2015 18:55:43 +0000]]></pubDate>
      <media:title><![CDATA[El dilema de Podemos (y la unidad popular)]]></media:title>
      <media:keywords><![CDATA[Podemos,Unidad Popular]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Algunas víctimas son más víctimas que otras]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/victimas-de-la-transicion-gal-audiencia-nacional_132_2555337.html]]></link>
      <description><![CDATA[<div class="subtitles"><p class="subtitle">La decisión de la Audiencia Nacional de avalar las tesis del gobierno del PP y negar que víctimas del GAL y la extrema derecha perciban la indemnización debida en cuanto víctimas del terrorismo vulnera principios constitucionales como la presunción de inocencia o la separación de poderes.</p><p class="subtitle">El tratamiento jurídico y político que las autoridades del Estado español brindan a las víctimas del franquismo y de la violencia política institucionalizada propia de la Transición es notoriamente peor que el dado a las víctimas del terrorismo.</p><p class="subtitle">Esta discriminación entre víctimas añade un motivo de sufrimiento para quienes se ven relegadas a un segundo plano en las políticas públicas de reparación y reconocimiento.</p></div><p class="article-text">
        En los &uacute;ltimos d&iacute;as hemos conocido la decisi&oacute;n de la Audiencia Nacional (AN) de negar el derecho a percibir indemnizaciones como v&iacute;ctimas del terrorismo a personas asesinadas por el GAL y grupos parapoliciales de extrema derecha. En dos sentencias, fechadas el pasado 24 de junio, la AN rechaza los recursos presentados por los familiares de Jos&eacute; Antonio Lasa y Josu Muguruza ante la decisi&oacute;n del Gobierno del PP -en concreto, del Ministerio del Interior- de no concederles la indemnizaci&oacute;n que la ley reconoce a las v&iacute;ctimas del terrorismo. Mediante estas sentencias la AN avala la tesis del Gobierno espa&ntilde;ol, que hasta la fecha ha denegado estas indemnizaciones (o su actualizaci&oacute;n) a m&aacute;s de cincuenta personas v&iacute;ctimas del terrorismo de Estado y de la violencia pol&iacute;tica institucionalizada que rein&oacute; con impunidad en la Espa&ntilde;a de la Transici&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Recordemos brevemente los hechos que dan lugar a esta decisi&oacute;n judicial. En 2012 el PP impuls&oacute; una reforma de la ley de reconocimiento y protecci&oacute;n integral de las v&iacute;ctimas del terrorismo; ley que hab&iacute;a sido aprobada en el Parlamento el a&ntilde;o anterior con amplio consenso pol&iacute;tico. En esta reforma -no consensuada- se introduce un art. 3bis, que reza textualmente lo siguiente: &ldquo;la concesi&oacute;n de las ayudas de la ley se someter&aacute; a los principios establecidos en el Convenio Europeo sobre indemnizaci&oacute;n a las v&iacute;ctimas de delitos violentos&rdquo;. En concreto, a lo dispuesto en su art. 8, el cual se&ntilde;ala que se podr&aacute; reducir o suprimir la indemnizaci&oacute;n &ldquo;si la v&iacute;ctima o el solicitante participa en la delincuencia organizada o pertenece a una organizaci&oacute;n que se dedica a perpetrar actos violentos&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Aunque el Convenio entr&oacute; en vigor para Espa&ntilde;a en febrero de 2002 y esta cl&aacute;usula no fue tenida en cuenta en la redacci&oacute;n inicial de la ley, es ahora cuando el Gobierno del PP se sirve de ella para negar las citadas indemnizaciones a quienes, siendo v&iacute;ctimas del terrorismo del GAL y grupos similares como el Batall&oacute;n Vasco Espa&ntilde;ol o la Triple A, en su opini&oacute;n formaron parte de grupos organizados violentos, es decir, de ETA.
    </p><p class="article-text">
        En los dos casos en cuesti&oacute;n, la AN considera acreditada la pertenencia a ETA tanto de Lasa como de Muguruza. El primero fue -junto con Jos&eacute; Ignacio Zabala- secuestrado, asesinado y enterrado en cal viva por &oacute;rdenes de agentes militares y civiles del Estado espa&ntilde;ol, tal y como qued&oacute; probado en la <a href="http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&amp;databasematch=TS&amp;reference=2996535&amp;links=GAL&amp;optimize=20031113&amp;publicinterface=true" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">sentencia del Tribunal Supremo</a>&nbsp;que conden&oacute; a varios de ellos (destacando entre los condenados el entonces gobernador civil de Gipuzkoa y el comandante de la Guardia Civil de Donostia); el segundo, diputado electo de Herri Batasuna, fue asesinado por integrantes de un grupo parapolicial de extrema derecha.
    </p><p class="article-text">
        Hay razones m&aacute;s que fundadas para cuestionar esta decisi&oacute;n primero gubernativa y despu&eacute;s judicial. Parece cuando menos sorprendente que pueda alcanzarse una conclusi&oacute;n de este tipo -la pertenencia a ETA de las citadas personas- cuando no existe sentencia judicial que as&iacute; lo declare. Pero seg&uacute;n la AN esto no es un problema, dado que de entrada hay que descartar la necesidad de sentencia judicial que declare la pertenencia de la v&iacute;ctima a banda armada o delincuencia organizada. &iquest;En qu&eacute; se basa esta sorprendente afirmaci&oacute;n? En que &ldquo;en ausencia de pronunciamiento penal, los tribunales de justicia gozan de la facultad de determinar los datos f&aacute;cticos en que se asienta la proyecci&oacute;n de la norma jur&iacute;dica que est&aacute;n llamados a aplicar&rdquo;; en este caso, la ley que contiene los l&iacute;mites de las indemnizaciones a las v&iacute;ctimas del terrorismo. Por tanto, el examen de la pertenencia o no a banda armada de las v&iacute;ctimas &ldquo;no requiere una prueba de cargo que fundamente una sentencia condenatoria&rdquo;, sino que basta con &ldquo;aportar unos datos objetivos de los que se permita inferir la realidad de una actuaci&oacute;n de la intensidad requerida&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Son varios los principios propios de un Estado constitucional de Derecho como el que dice ser el espa&ntilde;ol que se vulneran con las afirmaciones reflejadas en el p&aacute;rrafo anterior. Por un lado, el principio de legalidad y la presunci&oacute;n de inocencia: si en este caso no existen sentencias condenatorias -y la propia AN as&iacute; lo reconoce-, entonces estas personas son inocentes de los delitos de terrorismo y pertenencia a banda armada. En sistemas constitucionales, la ausencia de sentencia equivale a la inocencia, sin matices ni peros de ning&uacute;n tipo, y sin que quepa alegar razones como la muerte de estas personas para tratar de justificar la ausencia de sentencia condenatoria.
    </p><p class="article-text">
        Se vulnera tambi&eacute;n el principio de separaci&oacute;n de poderes, al permitir que sea el Gobierno el que determine la condici&oacute;n de terrorista de tal o cual persona, condici&oacute;n que solo puede derivar de una sentencia, dado que de aplicar el C&oacute;digo Penal se trata. Tarea esta reservada al poder judicial y no al ejecutivo. Causa perplejidad que la propia AN avale las tesis del Gobierno y sea tan poco garante de un principio como es el de la separaci&oacute;n de poderes, que precisamente busca garantizar la independencia judicial.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, &iquest;qu&eacute; &ldquo;datos objetivos&rdquo; se han aportado para considerar probada la pertenencia de Lasa y Muguruza a banda terrorista? Las sentencias en cuesti&oacute;n recogen una amalgama de datos extra&iacute;dos fundamentalmente de diligencias policiales e informes de la Guardia Civil elaborados en la &eacute;poca en que ocurrieron los cr&iacute;menes. Una &eacute;poca caracterizada en las c&aacute;rceles de Euskadi -y del resto del Estado, cabr&iacute;a a&ntilde;adir- por la comisi&oacute;n sistem&aacute;tica de torturas y malos tratos. Aceptar esos informes como prueba de unos hechos, sean estos los que sean, supone convalidar las pr&aacute;cticas violentas institucionales de la &eacute;poca y demuestra que los poderes del Estado espa&ntilde;ol no tienen hoy intenci&oacute;n de revisar cr&iacute;ticamente la actuaci&oacute;n de sus instituciones en aquellos a&ntilde;os. Por cierto, cuando se realicen <a href="http://elpais.com/elpais/2015/07/18/opinion/1437241765_050702.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">elogios de la Transici&oacute;n</a>, o se alaben p&uacute;blicamente <a href="http://elpais.com/elpais/2015/07/21/opinion/1437498615_848770.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">sus virtudes</a>, no convendr&iacute;a esconder el desamparo en que dej&oacute; sumidas a las v&iacute;ctimas de la violencia pol&iacute;tica institucional.
    </p><p class="article-text">
        Finalmente, se vulnera el principio de no discriminaci&oacute;n entre v&iacute;ctimas de graves violaciones de derechos humanos. Todas tienen derecho a ser reparadas, con independencia de las circunstancias que provocaron su victimizaci&oacute;n. Discriminatorio es que se alegue una hipot&eacute;tica pertenencia a banda armada para negar la indemnizaci&oacute;n econ&oacute;mica, mientras que esta no se niega a los familiares de personas asesinadas por ETA como el comisario torturador Melit&oacute;n Manzanas o Luis Carrero Blanco, presidente del Gobierno de la dictadura. Es notoria y sobradamente conocida la participaci&oacute;n de ambos en una pol&iacute;tica institucionalizada de represi&oacute;n y violaci&oacute;n de derechos humanos.
    </p><p class="article-text">
        La discriminaci&oacute;n provoca una nueva causa de victimizaci&oacute;n para quienes integran la &ldquo;segunda categor&iacute;a&rdquo; de las v&iacute;ctimas. En este caso, para las v&iacute;ctimas de la Transici&oacute;n, quienes -como les ocurre a las v&iacute;ctimas del franquismo- sienten que las instituciones del Estado pretenden esconder su relato de sufrimiento y desamparo y negarles el rol debido en las pol&iacute;ticas p&uacute;blicas de memoria y construcci&oacute;n de una paz justa. As&iacute;, mientras no se sit&uacute;e tambi&eacute;n a estas v&iacute;ctimas en el centro del espacio p&uacute;blico y ciudadano, dif&iacute;cilmente podremos hablar de sociedad pac&iacute;fica, justa y ordenada. Decisiones como las adoptadas por el Gobierno y la AN en nada contribuyen a este objetivo.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Rafael Escudero]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/victimas-de-la-transicion-gal-audiencia-nacional_132_2555337.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 23 Jul 2015 17:54:38 +0000]]></pubDate>
      <media:title><![CDATA[Algunas víctimas son más víctimas que otras]]></media:title>
      <media:keywords><![CDATA[GAL,Audiencia Nacional]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Lo personal es político]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/campanas-electorales-coherencia-politica_132_4290599.html]]></link>
      <description><![CDATA[<div class="subtitles"><p class="subtitle">Las campañas electorales son un buen momento para comprobar el compromiso real de candidatos y partidos con las ideas y propuestas que incluyen en sus programas.</p><p class="subtitle">La coherencia entre los mensajes políticos que se lanzan desde las candidaturas y las conductas de las personas que se eligen para publicitarlos debería ser un elemento central en todo proceso electoral.</p></div><p class="article-text">
        &iquest;Hasta d&oacute;nde ha de alcanzar el compromiso de los candidatos con las propuestas que aparecen en sus programas electorales? &iquest;Y el de sus asesores? &iquest;Y el de las personas a quienes recurren para publicitar, impulsar o apoyar p&uacute;blicamente su campa&ntilde;a? Estas preguntas surgen al hilo de la pol&eacute;mica que se ha generado en las redes sociales tras conocer la decisi&oacute;n de Izquierda Unida-Comunidad de Madrid (IU-CM) de <a href="http://www.eldiario.es/politica/Sabina-Almodovar-IU-Comunidad-Madrid_0_373412773.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">incorporar a su campa&ntilde;a auton&oacute;mica</a>&nbsp;con un papel muy destacado a personas como Joaqu&iacute;n Sabina o Pedro Almod&oacute;var, los cuales llevan a cabo algunas conductas y pr&aacute;cticas contrarias a las ideas que esa organizaci&oacute;n pol&iacute;tica defiende desde hace tiempo. En el caso del primero, conocido es su rechazo a escuchar las voces que desde el movimiento de solidaridad con Palestina le reclamaron que se sumara a la campa&ntilde;a de boicot y <a href="http://elpais.com/elpais/2014/06/23/gente/1403519392_878314.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">no actuara en Israel</a>. Hace tiempo que Izquierda Unida manifest&oacute; <a href="http://izquierda-unida.es/node/7400" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">su rotundo apoyo a esta campa&ntilde;a</a>&nbsp;como forma de enfrentarse a la ilegal ocupaci&oacute;n del territorio palestino y violaci&oacute;n del Derecho internacional por parte del Estado de Israel. De esta manera, muchos de los militantes y simpatizantes de IU-CM se sienten cuando menos sorprendidos por la decisi&oacute;n de la direcci&oacute;n (de campa&ntilde;a) de la organizaci&oacute;n madrile&ntilde;a de &ldquo;pasear&rdquo; a Sabina como un reclamo electoral.
    </p><p class="article-text">
        Algo similar sucede con Almod&oacute;var, cuya opci&oacute;n de <a href="http://www.expansion.com/2009/11/10/inversion/1257882160.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">inversi&oacute;n a trav&eacute;s de una SICAV</a>&nbsp;choca frontalmente con el rechazo que esta organizaci&oacute;n ha mantenido hacia estas sociedades desde un primer momento. As&iacute; se puso de manifiesto en el Congreso de los Diputados cuando en 2005 el grupo parlamentario de Izquierda Unida fue el &uacute;nico que se opuso -siguiendo las tesis de la Asociaci&oacute;n de Inspectores de Hacienda-&nbsp;a la &ldquo;<a href="http://elpais.com/diario/2005/07/01/economia/1120168813_850215.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">amnist&iacute;a fiscal</a>&rdquo; que se concedi&oacute; entonces a estas sociedades. Es extra&ntilde;o el giro que ha dado esta organizaci&oacute;n: de oponerse en solitario a esta figura a utilizar como bander&iacute;n electoral de su candidatura en Madrid a un personaje p&uacute;blico que se acoge a ella.
    </p><p class="article-text">
        No cabe duda del tir&oacute;n electoral que tienen Sabina y Almod&oacute;var. Pero que IU-CM recurra a ellos puede poner en solfa no solo su historia, sino tambi&eacute;n su propia doctrina pol&iacute;tica. <strong>Anteponer intereses electorales a la coherencia program&aacute;tica es un error</strong> que, si bien a corto plazo puede dar alg&uacute;n r&eacute;dito, termina por socavar la confianza de la ciudadan&iacute;a en proyectos pol&iacute;ticos de transformaci&oacute;n de la sociedad. M&aacute;xime en el caso de proyectos que se dicen y reclaman de izquierdas y que, como tales, ponen en valor la coherencia entre personas, conductas y principios.
    </p><p class="article-text">
        Frente a esta cr&iacute;tica, suelen alegarse algunos argumentos. El primero de ellos -empleado recientemente en los casos citados- alude a la distinci&oacute;n entre lo personal y lo pol&iacute;tico. As&iacute;, las decisiones de estos artistas sobre actuar en Israel, en un caso, y optar por las inversiones mediante SICAV, en otro, ser&iacute;an <a href="https://twitter.com/lgm_com/status/584308777953980416" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">decisiones estrictamente personales</a>&nbsp;que en nada enturbiar&iacute;an ni menoscabar&iacute;an su compromiso pol&iacute;tico. Se trata de dos planos completamente diferentes que en nada se tocan; por tanto, el sentido de la acci&oacute;n en uno de ellos (lo personal) no compromete en nada al desarrollo del otro (lo pol&iacute;tico).
    </p><p class="article-text">
        Es cierto que se trata de decisiones personales -que, adem&aacute;s, son legales-, pero no lo es que carezcan de alcance pol&iacute;tico. Lo tienen en cuanto sus autores son llamados a participar en un proceso electoral. Y aceptan. Por tanto, aunque sea por un momento, se convierten en actores pol&iacute;ticos en apoyo de unas siglas que representan unas ideas. En consecuencia, el compromiso con ese partido, esas siglas o ese programa no debe limitarse a un apoyo p&uacute;blico m&aacute;s o menos medi&aacute;tico, sino tambi&eacute;n a una creencia compartida en los valores que forman parte del <em>background</em> de esa alternativa pol&iacute;tica y, sobre todo, de las personas que la integran y/o defienden. Al igual que el movimiento se demuestra andando, <strong>el compromiso se manifiesta en la pr&aacute;ctica del d&iacute;a a d&iacute;a</strong>, acci&oacute;n tras acci&oacute;n, sin que quepa mantener hipot&eacute;ticas esferas privadas de actuaci&oacute;n inmunes y ajenas a la cr&iacute;tica pol&iacute;tica.
    </p><p class="article-text">
        Si se acepta lo anterior, entonces la coherencia entre las ideas que se defienden y las conductas que se llevan a cabo no s&oacute;lo es exigible a quienes forman parte de una lista electoral. A fin de cuentas, una de las caracter&iacute;sticas que define la &ldquo;nueva pol&iacute;tica&rdquo; es considerar a cada ciudadano como un pol&iacute;tico, elimin&aacute;ndose as&iacute; la tradicional concepci&oacute;n de la pol&iacute;tica como una actividad propia y exclusiva de los representantes -y profesionalizados- pol&iacute;ticos. Pues bien, si cada ciudadano es un pol&iacute;tico activo, <strong>lo l&oacute;gico es que nos exijamos el mismo nivel de coherencia que exigimos a los pol&iacute;ticos profesionales</strong> y a las organizaciones pol&iacute;ticas de las que forman parte. Y m&aacute;s a quienes dan el paso adelante de apoyar p&uacute;blicamente una candidatura.
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n se suele esgrimir un segundo argumento a la hora de justificar estas incoherencias discursivas. Un argumento que circunscribe el requisito de la coherencia entre dichos y hechos exclusivamente al &aacute;mbito propio de la elecci&oacute;n de que se trate. As&iacute; sucede, por ejemplo, con la pol&eacute;mica decisi&oacute;n de algunos dirigentes madrile&ntilde;os de Podemos de no hablar acerca de la espinosa cuesti&oacute;n de los colegios concertados. Preguntados sobre si eliminar&iacute;an los conciertos en caso de llegar al poder, <a href="http://www.europapress.es/madrid/noticia-podemos-respetara-conciertos-educacion-existentes-no-ampliara-20150314112938.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">miran hacia otro lado</a>&nbsp;y se&ntilde;alan que se trata de una decisi&oacute;n que deber&iacute;a adoptarse en el &aacute;mbito estatal y no en el auton&oacute;mico.
    </p><p class="article-text">
        Esta delimitaci&oacute;n competencial les permite salir airosos de la cuesti&oacute;n y, en suma, les evita tener que pronunciarse y emitir su opini&oacute;n personal al respecto. Una opini&oacute;n que, al igual que en los ejemplos anteriormente expuestos, tambi&eacute;n es pol&iacute;tica. Aunque la Comunidad de Madrid no tenga competencia para revertir el desarrollo de la educaci&oacute;n concertada en esta regi&oacute;n -cuesti&oacute;n sobre la que tambi&eacute;n habr&iacute;a mucho que discutir-, lo cierto es que los miembros de una fuerza pol&iacute;tica de transformaci&oacute;n social como dice ser Podemos no pueden permanecer al margen de un debate como este. La forma c&oacute;mo se distribuyen las competencias en el Estado espa&ntilde;ol no puede ser un argumento detr&aacute;s del que ampararse para evitar un claro y rotundo pronunciamiento en favor de la supresi&oacute;n de la educaci&oacute;n concertada. Recu&eacute;rdese que se trata de colegios privados -cat&oacute;licos, protestantes o laicos, esto aqu&iacute; da igual- que se sostienen con fondos p&uacute;blicos, es decir, con fondos detra&iacute;dos a la escuela p&uacute;blica. En este sentido, y para ganar en coherencia, ser&iacute;a deseable que las personas que forman parte de candidaturas de izquierdas, transformaci&oacute;n social o unidad popular -que cada uno escoja el nombre que m&aacute;s le guste- <strong>hicieran p&uacute;blico su compromiso de utilizar educaci&oacute;n p&uacute;blica y no concertada para sus hijos</strong>. Lo personal es pol&iacute;tico, tambi&eacute;n en este &aacute;mbito.
    </p><p class="article-text">
        Del feminismo aprendimos -entre otras muchas cosas- que las relaciones entre hombre y mujer son relaciones pol&iacute;ticas desde la ra&iacute;z. Que no debe haber espacios de interrelaci&oacute;n social que queden al margen de la esfera p&uacute;blica, con todo lo que ella conlleva, sobre todo cuando esta remisi&oacute;n a lo privado, a la esfera de lo personal, se utiliza para perpetuar relaciones o situaciones injustas o de dominaci&oacute;n. Pues bien, quiz&aacute; el ciclo electoral que se avecina sea una buena ocasi&oacute;n para demandar que se sit&uacute;en bajo escrutinio p&uacute;blico no solo los esl&oacute;ganes pol&iacute;ticos sino tambi&eacute;n los hechos y las pr&aacute;cticas, para que estos no sean contradictorios con lo que se defiende sobre el papel.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Rafael Escudero]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/campanas-electorales-coherencia-politica_132_4290599.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 07 Apr 2015 18:30:26 +0000]]></pubDate>
      <media:title><![CDATA[Lo personal es político]]></media:title>
      <media:keywords><![CDATA[Campañas electorales]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Inmaculada Constitución]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/constitucion-de-1978-transicion-proceso-constituyente_132_4476303.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/a66dc07b-a518-4d8d-9680-f26f37c0d791_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Inmaculada Constitución"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La proximidad de las fiestas del 6 y 8 de diciembre, la Constitución y la Inmaculada Concepción, ofrece la posibilidad de presentar algunos parecidos razonables entre sus contenidos y liturgias.</p></div><p class="article-text">
        Este largo fin de semana est&aacute; lleno de celebraciones. Por un lado, el s&aacute;bado 6 se celebr&oacute; el d&iacute;a de la Constituci&oacute;n, festividad destinada a rememorar la fecha en que aquella se ratific&oacute; por el pueblo espa&ntilde;ol mediante refer&eacute;ndum. Por otro, hoy lunes 8 los cat&oacute;licos festejan el dogma de la Inmaculada Concepci&oacute;n, la creencia seg&uacute;n la cual Mar&iacute;a estuvo libre del pecado original desde el mismo momento de su concepci&oacute;n. Se trata de una mera coincidencia de fechas que permite jugar con parecidos razonables.
    </p><p class="article-text">
        A&ntilde;o tras a&ntilde;o se repite la misma liturgia. Los pol&iacute;ticos del bipartidismo se felicitan del &eacute;xito de esta Constituci&oacute;n, a la vez que sus <a href="http://elpais.com/elpais/2014/12/05/opinion/1417778553_455518.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">ap&oacute;stoles</a>&nbsp;se dedican a ir pregonando la buena nueva. Las virtudes de un sistema constitucional que naci&oacute; libre de pecado gracias al consenso y el buen hacer de una generaci&oacute;n de personas provenientes de los &ldquo;dos bandos&rdquo; que ya desde finales de los a&ntilde;os cincuenta aparcaron sus hist&oacute;ricas diferencias y se dedicaron con fe, compromiso y lealtad a construir un Estado democr&aacute;tico. El resultado fue una Constituci&oacute;n que, seg&uacute;n predican <em>urbi et orbi</em>, ha tra&iacute;do la &eacute;poca de mayor prosperidad y esplendor de la historia de Espa&ntilde;a.
    </p><p class="article-text">
        Al igual que la Iglesia necesita dogmas para mantener el dominio sobre sus feligreses, tambi&eacute;n el regimen pol&iacute;tico nacido de la Transici&oacute;n y constitucionalizado en 1978 se sirve de mitos o verdades incuestionables transmitidas acr&iacute;ticamente desde sus p&uacute;lpitos. Medios de comunicaci&oacute;n, universidades, <em>think tanks</em> y las propias instituciones del Estado se han afanado desde el principio de los tiempos por consolidar un dogma: que la Transici&oacute;n fue un &ldquo;<a href="http://cultura.elpais.com/cultura/2014/11/20/actualidad/1416509676_489251.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">b&aacute;lsamo de paz, de concordia y acuerdo</a>&rdquo;. Tan mod&eacute;lica que, como la verdadera fe, mereci&oacute; ser exportada a tierras b&aacute;rbaras.
    </p><p class="article-text">
        En este contexto toda oposici&oacute;n al dogma es considerada pecado capital y, en consecuencia, merecedora de la excomuni&oacute;n y expulsi&oacute;n de la comunidad de fieles. Tampoco cabe ning&uacute;n ejercicio de <em>mea culpa</em>. Ni entonces ni ahora. El <em>mainstreaming</em> dominante sigue habl&aacute;ndonos hoy -casi cuarenta a&ntilde;os despu&eacute;s- de la Transici&oacute;n como un proceso pactado, dialogado, consensuado y pac&iacute;fico. Y son tachados de herejes quienes se atreven a reconstruir un relato hist&oacute;rico de los hechos de la &eacute;poca destacando dos elementos. Por un lado, la imposici&oacute;n de las l&iacute;neas maestras del texto constitucional por parte de los sectores franquistas, aquellos que, en cambio, r&aacute;pido abrazaron la fe del converso. Por otro, la enorme violencia ejercida desde el aparato del Estado en esos a&ntilde;os para amedrentar los deseos de avanzar en libertad y democracia por parte de la ciudadan&iacute;a; una violencia pol&iacute;tica de origen institucional que se tradujo en asesinatos, muertes, detenciones ilegales, torturas y violaciones de derechos humanos sobre cuya magnitud real no tenemos todav&iacute;a hoy un conocimiento total.
    </p><p class="article-text">
        Debe de ser su car&aacute;cter imp&iacute;o el motivo de que a las v&iacute;ctimas de la Transici&oacute;n se les niegue incluso la condici&oacute;n de m&aacute;rtires. De ah&iacute; que el Estado espa&ntilde;ol no haya pedido perd&oacute;n por su silencio y olvido, ni tampoco haya hecho penitencia al respecto. Su reparaci&oacute;n, a diferencia de otras v&iacute;ctimas de violencia pol&iacute;tica como son las del terrorismo, dista mucho de ser una realidad. En cambio, es muy amplio el santoral constitucional. Est&aacute; compuesto por aquellos hombres que fueron capaces de amar a la Transici&oacute;n y a la Constituci&oacute;n por encima de todas las cosas, que se apartaron de <a href="http://elpais.com/elpais/2013/09/16/opinion/1379329861_834043.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">veleidades partidistas o personales</a>&nbsp;y que mostraron al resto un camino de perfecci&oacute;n. De ah&iacute; que merezcan ser venerados por la comunidad y para ello nada mejor que dar su nombre a aeropuertos, universidades, edificios, calles, premios, etc. Todo lo que se haga es poco frente a su generosidad y sufrimiento. Por cierto, a diferencia del cat&oacute;lico, en el santoral constitucional no hay santas.
    </p><p class="article-text">
        Al igual que en las religiones, tambi&eacute;n existen reformistas en el credo constitucional. &Uacute;ltimamente se les escucha alzar un poco la voz. Pero tampoco demasiado, no vayan a ser tambi&eacute;n ellos estigmatizados. De ah&iacute; que se limiten a sugerir algunos cambios o retoques puntuales en las sagradas escrituras constitucionales, pero sin aclarar la forma c&oacute;mo llevarlos a cabo y sin cuestionar en ning&uacute;n momento la autoridad divina del texto. Ser&iacute;an poco menos que blasfemos si permitiesen un proceso constituyente o una revisi&oacute;n total de la constituci&oacute;n que abriera paso a un nuevo sistema o, cuanto menos, que diera la palabra al pueblo. Son tratados con condescendencia y comprensi&oacute;n desde el propio r&eacute;gimen, la que merecen al ser buenos creyentes, tan solo equivocados. Por eso son sermoneados, pero al final perdonados.
    </p><p class="article-text">
        Y como toda fiesta que se precie en Espa&ntilde;a, la celebraci&oacute;n constitucional bien merece una procesi&oacute;n. En este caso, la que se realiza con pompa y boato en la Carrera de San Jer&oacute;nimo, sede del Congreso de los Diputados, y a la que acuden con sus mejores galas las m&aacute;s altas instituciones del r&eacute;gimen. Mientras, m&aacute;s de cinco millones de personas desempleadas les contemplan. Junto a ellos se encuentran las v&iacute;ctimas de los desahucios, las familias que viven bajo el umbral de la pobreza y los amigos de los j&oacute;venes exiliados, entre otros.
    </p><p class="article-text">
        Pero no est&aacute;n solos. Al otro de la calle, viendo pasar la procesi&oacute;n constitucional de banderas, textos sagrados y autoridades, est&aacute;n los cortesanos, la casta, los corruptos y los usuarios de la puerta giratoria. Todos estos tienen, sin duda alguna, muchos motivos para unirse a la fiesta constitucional. Para all&aacute; van.
    </p><p class="article-text">
        PD.- Ma&ntilde;ana martes ning&uacute;n organismo oficial del Estado espa&ntilde;ol recordar&aacute; que un 9 de diciembre se aprob&oacute; en las Cortes la Constituci&oacute;n democr&aacute;tica y republicana de 1931.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Rafael Escudero]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/constitucion-de-1978-transicion-proceso-constituyente_132_4476303.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sun, 07 Dec 2014 18:43:27 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/a66dc07b-a518-4d8d-9680-f26f37c0d791_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="845356" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/a66dc07b-a518-4d8d-9680-f26f37c0d791_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="845356" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[La Inmaculada Constitución]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/a66dc07b-a518-4d8d-9680-f26f37c0d791_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Constitución Española,Transición,Proceso Constituyente]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La extradición de Martín Villa o el juicio a la Transición]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/crimenes-del-franquismo-impunidad-transicion_132_4544587.html]]></link>
      <description><![CDATA[<div class="subtitles"><p class="subtitle">La orden de detención emitida por una jueza argentina contra veinte antiguos cargos, autoridades judiciales y funcionarios franquistas sitúa a la sociedad española ante la cruda realidad de su pasado más reciente: la impunidad de los crímenes de la dictadura.</p><p class="subtitle">En un país con una mínima cultura democrática, el historial de Rodolfo Martín Villa le hubiera inhabilitado para el ejercicio de cargos públicos.</p></div><p class="article-text">
        La <a href="http://www.eldiario.es/sociedad/exministro-Martin-Villa-imputados-franquismo_0_319519072.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">orden de detenci&oacute;n internacional</a> emitida por la jueza argentina Mar&iacute;a Servini de Cubr&iacute;a contra veinte antiguos ministros, jueces, polic&iacute;as y militares franquistas por cr&iacute;menes de lesa humanidad supone un paso decisivo en la lucha contra la impunidad de las graves violaciones de derechos humanos cometidas durante la dictadura. Es un elemento m&aacute;s en el marco de la &ldquo;querella argentina&rdquo;, que esta jueza viene investigando en su pa&iacute;s desde 2010 sobre la base del principio de jurisdicci&oacute;n universal, ante la falta de voluntad por parte del Estado espa&ntilde;ol de realizar la investigaci&oacute;n en sede judicial espa&ntilde;ola.
    </p><p class="article-text">
        Esta vez, la orden de detenci&oacute;n preventiva a efectos de extradici&oacute;n alcanza al ex ministro franquista Rodolfo Mart&iacute;n Villa. Resulta muy significativo que la justicia se haya detenido en su figura, un &ldquo;hombre fuerte&rdquo; de los &uacute;ltimos a&ntilde;os del franquismo y la Transici&oacute;n, a quien se le acusa de dirigir la brutal represi&oacute;n de los sucesos de Vitoria que causaron la muerte violenta de cinco trabajadores en marzo de 1976. No en vano Mart&iacute;n Villa es una pieza clave en esa violencia pol&iacute;tica institucional -amparada y dirigida desde las m&aacute;s altas instancias del Estado- que se desarroll&oacute; durante los a&ntilde;os de la Transici&oacute;n con el objetivo de amedrentar a la ciudadan&iacute;a y sus demandas democr&aacute;ticas. Sus conexiones con polic&iacute;as torturadores son m&aacute;s que notorias. Da buena prueba de ello el BOE de la &eacute;poca: el 1 de julio de 1977 se publica la <a href="http://www.boe.es/boe/dias/1977/07/01/pdfs/A14792-14792.pdf" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">concesi&oacute;n de la medalla de plata al m&eacute;rito policial</a> a Antonio Gonz&aacute;lez Pacheco, m&aacute;s conocido como Billy el Ni&ntilde;o. &iquest;Qui&eacute;n firma la orden de concesi&oacute;n? Rodolfo Mart&iacute;n Villa, entonces ministro de la Gobernaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        <strong>Mart&iacute;n Villa es</strong> <strong>el paradigma de la Transici&oacute;n</strong>. Es una persona que, como tantos dirigentes de la &eacute;poca, se acost&oacute; falangista el d&iacute;a que se muri&oacute; Franco y a la ma&ntilde;ana siguiente se despert&oacute; dem&oacute;crata de toda la vida.
    </p><p class="article-text">
        Durante la dictadura ocup&oacute; -entre otros- los cargos de jefe nacional del SEU (1962-1964), director general de Industrias Textiles (1966), secretario general de la Organizaci&oacute;n Sindical (1969), gobernador civil y jefe provincial del Movimiento en Barcelona (1974), adem&aacute;s de procurador en las Cortes franquistas durante cuatro mandatos.
    </p><p class="article-text">
        Este largo curr&iacute;culum no le invalid&oacute; para pasar a desempe&ntilde;ar responsabilidades pol&iacute;ticas una vez muerto el dictador. M&aacute;s bien todo lo contrario. Fue ministro de Relaciones Sindicales en 1975-76 en el primer gobierno de la monarqu&iacute;a, el presidido por Carlos Arias Navarro; para ser despu&eacute;s ministro de Gobernaci&oacute;n desde 1976 a 1979 y de Administraci&oacute;n Territorial en 1980-81 con Adolfo Su&aacute;rez; y vicepresidente primero del Gobierno en 1981-82 con Leopoldo Calvo-Sotelo. De 1979 a 1983 fue diputado en las Cortes Generales por la UCD. A&ntilde;os mas tarde, encuadrado ya en las filas del PP, obtuvo de nuevo el acta de diputado desde 1988 a 1997.
    </p><p class="article-text">
        Fue tambi&eacute;n uno de los pol&iacute;ticos precursores en utilizar la hoy famosa &ldquo;puerta giratoria&rdquo;. En 1997 accedi&oacute; a la presidencia de Endesa, empresa entonces todav&iacute;a parcialmente p&uacute;blica y en cuya total privatizaci&oacute;n contribuy&oacute; de manera impagable. Despu&eacute;s, en 2003 fue nombrado comisionado del Gobierno para el tema del Prestige y en 2004 accedi&oacute; al cargo de presidente de Sogecable (grupo empresarial hist&oacute;ricamente cercano al PSOE), cargo que mantuvo hasta 2010. Despu&eacute;s, el actual ministro de Econom&iacute;a, Luis de Guindos, le nombr&oacute; consejero de la Sareb (el &ldquo;banco malo&rdquo;), cargo que actualmente ostenta.
    </p><p class="article-text">
        En resumen, Mart&iacute;n Villa ha tenido cargos relacionados con la dictadura y ha gozado de los favores de los tres partidos que han gobernado desde entonces: UCD, PSOE y PP. As&iacute;, desde las coordenadas del r&eacute;gimen de 1978 bien podr&iacute;a defin&iacute;rsele como un hombre de Estado. Siempre al servicio de su pa&iacute;s, gobierne quien gobierne. Ello ha hecho que sea ensalzado por doquier. Medallas, homenajes en universidades e instituciones p&uacute;blicas o calles que llevan su nombre. Todo es poco para uno de los que &ldquo;generosa y desinteresadamente&rdquo; hicieron posible la llegada de la democracia a Espa&ntilde;a.
    </p><p class="article-text">
        De ah&iacute; que la orden de detenci&oacute;n y extradici&oacute;n vaya a caer en saco roto. No conviene hacerse ilusiones ni concebir falsas esperanzas. Con ella suceder&aacute; lo mismo que con la orden similar que emiti&oacute; esta misma jueza hace meses contra dos polic&iacute;as torturadores: Billy el Ni&ntilde;o (el condecorado por Mart&iacute;n Villa) y Jes&uacute;s Mu&ntilde;ecas. El Gobierno la remitir&aacute; a la Audiencia Nacional y &eacute;sta la rechazar&aacute; al entender que <a href="http://www.eldiario.es/contrapoder/memoria_historica-crimenes_del_franquismo-querella_argentina_6_256584342.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">los delitos han prescrito</a> o que est&aacute;n bajo el &aacute;mbito de aplicaci&oacute;n de la ley de amnist&iacute;a. Estos argumentos no son nuevos. Desde hace tiempo el poder judicial espa&ntilde;ol viene ignorando sistem&aacute;tica e impunemente las voces de juristas y organismos de derechos humanos que le insisten en que <a href="http://www.rightsinternationalspain.org/uploads/publicacion/1cc707d82fd97f771f8fd9fcbd2b204995fbef19.pdf" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">los cr&iacute;menes de lesa humanidad son imprescriptibles</a>, que la amnist&iacute;a no puede ser aplicada a estos cr&iacute;menes <a href="http://www.eldiario.es/contrapoder/amnistia-Tribunal_Constitucional-crimenes_del_franquismo_6_224737527.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">ni entendida como un salvoconducto ante cualquier investigaci&oacute;n</a> y que las obligaciones internacionales de verdad, justicia y reparaci&oacute;n siguen sin ser satisfechas por el Estado espa&ntilde;ol.
    </p><p class="article-text">
        Pero no todo son malas perspectivas. La orden de detenci&oacute;n contra Mart&iacute;n Villa es <strong>el espejo que la justicia argentina ha puesto al r&eacute;gimen del 1978</strong>. Le enfrenta con sus or&iacute;genes y fundamentos, es decir, con sus miserias. De ah&iacute; que poco o nada quepa esperar con relaci&oacute;n a este tema desde las normas jur&iacute;dicas, las instituciones p&uacute;blicas y los partidos pol&iacute;ticos que conforman este r&eacute;gimen. Ni del PP ni del PSOE -ni tampoco de UPyD, por cierto, que tambi&eacute;n en este punto parece seguir la estela de los anteriores.
    </p><p class="article-text">
        En el fondo, la decisi&oacute;n de no investigar los cr&iacute;menes franquistas es una cuesti&oacute;n pol&iacute;tica y no jur&iacute;dica. Juzgar a Mart&iacute;n Villa en nuestro pa&iacute;s o extraditarle a Argentina supondr&iacute;a socavar las bases legitimadoras del actual sistema pol&iacute;tico espa&ntilde;ol: la amnist&iacute;a y el &ldquo;pacto de silencio&rdquo; de la Transici&oacute;n. Por lo tanto, solo sali&eacute;ndonos de este marco constitucional ser&aacute; posible reparar integralmente a las v&iacute;ctimas del franquismo y terminar con la impunidad y la herencia de la dictadura.
    </p><p class="article-text">
        Mientras conseguimos poner en marcha este proceso constituyente, s&iacute; hay algo que podemos hacer: impedir que tanto Mart&iacute;n Villa como las personas acusadas de cr&iacute;menes de lesa humanidad campen tranquilamente a sus anchas por los foros y espacios p&uacute;blicos. Porque otra cosa que aprendimos de Argentina es que si no hay justicia, habr&aacute; escrache.
    </p><p class="article-text">
        PD.- Ruego al lector un poco de comprensi&oacute;n por si, entre la extensa lista de cargos de Mart&iacute;n Villa, he omitido alguno relevante.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Rafael Escudero]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/crimenes-del-franquismo-impunidad-transicion_132_4544587.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sun, 02 Nov 2014 19:14:36 +0000]]></pubDate>
      <media:title><![CDATA[La extradición de Martín Villa o el juicio a la Transición]]></media:title>
      <media:keywords><![CDATA[Crímenes del franquismo,Transición]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La amnistía mínima]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/amnistia-transicion-impunidad-crimenes-del-franquismo-la-isla-minima_132_4578609.html]]></link>
      <description><![CDATA[<div class="subtitles"><p class="subtitle">La película</p><p class="subtitle">La Isla Mínima</p><p class="subtitle">ofrece una buena oportunidad para continuar debatiendo sobre la Transición y su pacto de silencio, así como las consecuencias que tuvo para la sociedad española la amnistía de las graves violaciones de derechos humanos cometidas durante la dictadura franquista.</p><p class="subtitle">Advertencia: Contiene</p><p class="subtitle">spoilers.</p></div><p class="article-text">
        &ldquo;Todo en orden, &iquest;no?&rdquo;. Con esta frase termina la exitosa <a href="http://www.filmaffinity.com/es/film575568.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">La isla m&iacute;nima</a>, donde tras un correcto <em>thriller</em> se esconde una potente pel&iacute;cula pol&iacute;tica ambientada en la Espa&ntilde;a de inicios de los a&ntilde;os 80. Es decir, en la Espa&ntilde;a de la Transici&oacute;n, en ese momento de crisis en que -parafraseando a Antonio Gramsci- ni la dictadura terminaba de irse ni la democracia de llegar. Una &eacute;poca en la que todos los gatos eran pardos y fren&eacute;tico era el ritmo de pol&iacute;ticos, jueces y polic&iacute;as a la hora de acomodarse a las exigencias del nuevo r&eacute;gimen. Y ello, como es bien sabido, en un ambiente asfixiante, pl&uacute;mbeo y s&oacute;rdido que la pel&iacute;cula sabe reconstruir a la perfecci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Dos son los personajes sobre los que gira la trama de <em>La isla m&iacute;nima</em>: dos polic&iacute;as, interpretados por Javier Guti&eacute;rrez y Ra&uacute;l Ar&eacute;valo. Representan, respectivamente, ese terrible pasado que no se marcha y ese futuro esperanzador que no se concreta. As&iacute;, mientras que el primero responde al prototipo de polic&iacute;a franquista, ejecutor del sistema en el que vive, el segundo nos presenta en cambio a un polic&iacute;a garante de la legalidad y los derechos. Un polic&iacute;a con una carrera prometedora -al igual que el r&eacute;gimen naciente-, pero que, de momento, tiene que purgar sus penas &ldquo;en provincias&rdquo; por haberse cre&iacute;do que la democracia espa&ntilde;ola era m&aacute;s avanzada y tolerante de lo que realmente era en esos a&ntilde;os.
    </p><p class="article-text">
        A partir de este marco, es interesante apreciar c&oacute;mo seg&uacute;n avanza la pel&iacute;cula el retrato del polic&iacute;a franquista se va humanizando de cara al espectador. Sus corruptelas se convierten en imprescindibles para el buen avance de la investigaci&oacute;n, denotando una destacada pericia profesional, y en su car&aacute;cter hasta se dibujan pinceladas de buena persona. A la vez, se produce entre los dos protagonistas una cierta simbiosis en lo relativo a sus m&eacute;todos de actuaci&oacute;n, necesaria -quiz&aacute;s- para el &eacute;xito final de sus pesquisas. En suma, ni tan malo era uno ni tan bueno el otro, podr&iacute;a llegar a pensarse.
    </p><p class="article-text">
        Tras esta construcci&oacute;n argumental resulta inevitable apreciar una met&aacute;fora de la Transici&oacute;n y del relato hegem&oacute;nicamente establecido y transmitido sobre ella: solo a trav&eacute;s de un &ldquo;pacto de olvido y silencio&rdquo; entre las fuerzas violentas del pasado y las democr&aacute;ticas del futuro ser&iacute;a posible salir de la dictadura y configurar un sistema pol&iacute;tico constitucional. Para ello resultaba imprescindible olvidar los cr&iacute;menes de la dictadura y amnistiar a sus autores, aunque ello supusiera permitir que estos &uacute;ltimos convivieran entre nosotros con total impunidad. Y que siguieran con sus mismas actividades y profesiones, como se aprecia en la pel&iacute;cula: un antiguo integrante de la Brigada Pol&iacute;tico Social, torturador y asesino, que pas&oacute; a formar parte de la polic&iacute;a del nuevo Estado constitucional sin soluci&oacute;n de continuidad.
    </p><p class="article-text">
        Este personaje de la pel&iacute;cula no es, ni mucho menos, un caso aislado. As&iacute; sucedi&oacute; con buena parte del <em>establishment</em> proveniente de la dictadura, cuyos integrantes repitieron ya en democracia las pr&aacute;cticas y conductas asimiladas durante sus a&ntilde;os de servicio en aquel r&eacute;gimen. Todos estos autores de graves violaciones de derechos humanos cometidas durante el franquismo y la Transici&oacute;n resultaron beneficiados por la amnist&iacute;a: en efecto, ning&uacute;n agente de las fuerzas de seguridad del Estado acusado de delitos de sangre fue puesto frente a un tribunal. Y no porque no debieran haber sido juzgados. Recu&eacute;rdese que solo entre 1975 y 1983 fueron 188 las personas muertas por violencia pol&iacute;tica de origen institucional (desarrollada, amparada o tolerada por el Estado). Entre ellas, 54 fallecieron en la represi&oacute;n en la calle por las fuerzas de orden p&uacute;blico y ocho lo fueron estando bajo custodia, detenidos o en c&aacute;rceles.
    </p><p class="article-text">
        A estas cifras hay que sumar la cantidad -todav&iacute;a hoy desconocida en su totalidad- de personas heridas, privadas de libertad, torturadas y/o violadas por agentes del Estado durante ese periodo (los datos existentes pueden consultarse en el libro de Mariano S&aacute;nchez Soler, <em>La transici&oacute;n sangrienta</em>, Ed. Pen&iacute;nsula, 2010). Se trata de las v&iacute;ctimas silenciadas de la &ldquo;mod&eacute;lica Transici&oacute;n&rdquo;, a las que el Estado espa&ntilde;ol todav&iacute;a no ha reconocido e indemnizado como se merece. Son las cosas que tiene el olvido: borrado el pasado, no hay delitos ni culpables.
    </p><p class="article-text">
        Pero volvamos a la pel&iacute;cula. Conforme esta transcurre, a la par que se humaniza al polic&iacute;a torturador, tambi&eacute;n se van conociendo los detalles de su sangriento pasado. Ello provoca un creciente desasosiego en su compa&ntilde;ero. Entonces, dado ese pasado, &iquest;pod&iacute;a estar todo en orden, como parece exig&iacute;rsele (y exig&iacute;rsenos) en la frase final? En un principio parecer&iacute;a claro que no, que ya no pod&iacute;a estarlo. Conocer la verdad hace que todo cambie, incluso la opini&oacute;n y los sentimientos hacia quien no solo te ha salvado la vida, sino que adem&aacute;s ha permitido que el &eacute;xito de la investigaci&oacute;n recaiga por completo sobre ti. Solo as&iacute; se explica y se entiende la mirada de desprecio por parte de &ldquo;nuestro polic&iacute;a&rdquo; hacia su compa&ntilde;ero; una mirada totalmente reveladora.
    </p><p class="article-text">
        No obstante, el final de la pel&iacute;cula deja margen para otra posible interpretaci&oacute;n de su tesis pol&iacute;tica. Y para la duda. Ese desprecio que rezuma el joven polic&iacute;a hacia su compa&ntilde;ero se ve acompa&ntilde;ado del silencio. Un silencio c&oacute;mplice que le va a suponer un notable beneficio: su billete de vuelta a Madrid. A cambio, decide callar y seguir adelante; no mirar atr&aacute;s y creer en la &ldquo;redenci&oacute;n&rdquo; (no en vano esta palabra aparece en los carteles de la pel&iacute;cula) de su compa&ntilde;ero de viaje. Por tanto, &iquest;no es verdad que todo segu&iacute;a estando en orden? A fin de cuentas, &iquest;callar y amnistiar no fue lo que los dem&oacute;cratas cedieron en el pacto de la Transici&oacute;n a cambio de ese prometedor futuro?
    </p><p class="article-text">
        Desde esta interpretaci&oacute;n, la pel&iacute;cula transmitir&iacute;a adem&aacute;s al espectador la idea de que los agentes de la dictadura no necesitar&iacute;an una sanci&oacute;n &ldquo;jur&iacute;dica&rdquo; que les hiciera pagar por sus abusos, dado que el propio polic&iacute;a ya se habr&iacute;a autoimpuesto una sanci&oacute;n &ldquo;moral&rdquo; a&uacute;n m&aacute;s severa; una sanci&oacute;n que le corroe las entra&ntilde;as hasta hacer de &eacute;l un muerto en vida, en busca de esa redenci&oacute;n que quiere obtener resolviendo el caso. As&iacute;, los polic&iacute;as torturadores y asesinos como &eacute;l ya arrastrar&iacute;an el oprobio ante su conciencia por los cr&iacute;menes cometidos. La amnist&iacute;a que les eximi&oacute; de toda responsabilidad habr&iacute;a sido, pues, una &ldquo;amnist&iacute;a m&iacute;nima&rdquo;, porque los amnistiados ya se hab&iacute;an autocondenado moralmente.
    </p><p class="article-text">
        A este aspecto hay que sumar la complacencia que la pel&iacute;cula parece mostrar hacia la doctrina de la &ldquo;obediencia debida&rdquo;. Al fin y al cabo, el polic&iacute;a franquista fue un torturador porque ese es el papel que le tocaba jugar durante la dictadura. Una vez cambiado el sistema pol&iacute;tico, el mismo polic&iacute;a acata igualmente las &oacute;rdenes de sus superiores. Por eso incluso persigue a un poderoso terrateniente, en ese camino de redenci&oacute;n que le llevar&iacute;a a demostrar que ha asimilado las nuevas exigencias de la igualdad ante la ley. Con este movimiento, se exime de responsabilidad al polic&iacute;a por los abusos cometidos en el pasado, cuya causa reside en el r&eacute;gimen al que sirvi&oacute;, y de ah&iacute; que tuviera todo su sentido la decisi&oacute;n de amnistiarlos (una amnist&iacute;a m&iacute;nima, puesto que -como se ha se&ntilde;alado antes- en el pecado llevaban la penitencia).
    </p><p class="article-text">
        Por todo lo anterior -y continuando con la met&aacute;fora de la Transici&oacute;n con la que permite jugar la pel&iacute;cula-, entonces tampoco habr&iacute;a sido tan negativa la decisi&oacute;n de amnistiar los cr&iacute;menes de la dictadura, dado que fue esta amnist&iacute;a la que permiti&oacute; que la sociedad espa&ntilde;ola se redimiera y encauzara su camino hacia ese prometedor futuro democr&aacute;tico que entonces parec&iacute;a otearse en el horizonte.
    </p><p class="article-text">
        En cualquier caso, opte el lector por una u otra interpretaci&oacute;n, <em>La isla m&iacute;nima</em> proporciona elementos para entender las ra&iacute;ces de la podredumbre institucional y moral que hoy padecemos a todos los niveles, dado el origen corrupto que estuvo en la base del nacimiento y legitimaci&oacute;n del sistema pol&iacute;tico actual. De ah&iacute;, finalmente, la necesidad de un proceso constituyente que, por un lado, genere otro relato legitimador diferente del de la Transici&oacute;n y, por otro, cree los mecanismos institucionales necesarios para evitar pr&aacute;cticas como las que se aprecian en la pel&iacute;cula.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Rafael Escudero]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/amnistia-transicion-impunidad-crimenes-del-franquismo-la-isla-minima_132_4578609.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 16 Oct 2014 18:38:39 +0000]]></pubDate>
      <media:title><![CDATA[La amnistía mínima]]></media:title>
      <media:keywords><![CDATA[Amnistía,Transición,Crímenes del franquismo,La Isla Mínima]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La casta universitaria, ayer y hoy]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/casta-universidad_132_4609391.html]]></link>
      <description><![CDATA[<div class="subtitles"><p class="subtitle">El curso académico que ahora se inicia puede ser decisivo para el futuro de la universidad española: a las distintas citas electorales previstas para 2015 se suman las elecciones que se producirán en este mismo periodo en varios rectorados.</p><p class="subtitle">Es un momento oportuno para sustituir las tradicionales estructuras de poder universitario -perfectamente encuadrables bajo la categoría de la casta- por otras formas y prácticas más democráticas, inclusivas y participativas.</p></div><p class="article-text">
        Entre los &eacute;xitos de la campa&ntilde;a de Podemos se encuentra la extensi&oacute;n de la categor&iacute;a de la &ldquo;casta&rdquo;. A juicio de sus ide&oacute;logos -tesis que comparto-, una de las caracter&iacute;sticas del sistema pol&iacute;tico nacido de la Transici&oacute;n y constitucionalizado en 1978 fue la consolidaci&oacute;n de una clase pol&iacute;tica que ha dirigido los destinos de la sociedad espa&ntilde;ola desde entonces prestando m&aacute;s atenci&oacute;n a sus intereses particulares y de clase que a las demandas ciudadanas.
    </p><p class="article-text">
        Podr&aacute; discutirse la mayor o menor fortuna de este t&eacute;rmino (otras voces prefieren hablar de <a href="http://www.cuartopoder.es/tribuna/la-clase-la-casta-y-la-antipolitica6164/6164" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">corte</a> o r&eacute;gimen), pero dif&iacute;cilmente puede negarse que la casta (los cortesanos o fuerzas del r&eacute;gimen) se ha implantado en todos los espacios de la vida p&uacute;blica y de sus instituciones. Incluido, por supuesto, el universitario.
    </p><p class="article-text">
        La llegada de la democracia permiti&oacute; que se abrieran algunos canales de participaci&oacute;n democr&aacute;tica en la universidad, pero no vari&oacute; sus tradicionales estructuras de poder. Al igual que en la judicatura, la polic&iacute;a o la pol&iacute;tica, en la universidad no hubo una depuraci&oacute;n significativa en los n&uacute;cleos de poder, con lo que no se produjo el necesario cambio en las culturas o formas de actuaci&oacute;n de las propias de la dictadura a las que deber&iacute;an presidir un sistema democr&aacute;tico. As&iacute;, las relaciones profesionales y acad&eacute;micas siguieron rigi&eacute;ndose por los tradicionales (l&eacute;ase feudales) canales de ordenaci&oacute;n del poder universitario: las pomposamente llamadas &ldquo;escuelas&rdquo;. Enti&eacute;ndase por tales aquellos grupos -dirigidos por uno o varios catedr&aacute;ticos y fuertemente jerarquizados- que controlaron y todav&iacute;a controlan buena parte de la carrera acad&eacute;mica de sus integrantes y, por ende, de la entrada, promoci&oacute;n o defenestraci&oacute;n de quienes trabajan en la universidad. Por poner un s&iacute;mil conocido en la jerga universitaria, cada escuela maneja su entorno como si de un cortijo se tratara.
    </p><p class="article-text">
        El tiempo no ha hecho sino consolidar esta estructura de dominaci&oacute;n, que hace que la carrera profesional de un docente o investigador universitario dependa en gran medida de su mayor o menor fidelidad a una escuela; y, por otro, del poder que esta &uacute;ltima llegue a tener en los n&uacute;cleos de decisi&oacute;n del mundo acad&eacute;mico, es decir, en los rectorados, consejer&iacute;as auton&oacute;micas de educaci&oacute;n y ministerios del ramo. Cuanto mejor colocada est&eacute; una escuela en estos espacios, es decir, cuanto m&aacute;s sintonice con el poder pol&iacute;tico de turno, m&aacute;s posibilidades tendr&aacute; de extenderse.
    </p><p class="article-text">
        Los cambios acaecidos en los &uacute;ltimos a&ntilde;os en la universidad espa&ntilde;ola no han servido para revertir esta din&aacute;mica. Ni la reforma de los planes de estudios del llamado &ldquo;plan Bolonia&rdquo;, ni la introducci&oacute;n de la l&oacute;gica empresarial, ni la institucionalizaci&oacute;n de un discurso sobre la b&uacute;squeda de una presunta &ldquo;excelencia&rdquo; de la que hasta ahora parec&iacute;an carecer los campus espa&ntilde;oles han implicado un cambio radical en el viejo <em>statu quo</em> universitario. M&aacute;s bien al contrario. Han supuesto un reforzamiento del poder de quienes ya lo ten&iacute;an.
    </p><p class="article-text">
        Como muestra, un ejemplo. A resultas de la tan cacareada excelencia, los &uacute;ltimos Gobiernos (aqu&iacute;, una vez m&aacute;s, sin que se atisben grandes diferencias entre los del PP y del PSOE) han ido progresivamente concediendo mayores competencias a la hora de certificar y acreditar la calidad de curr&iacute;culos de profesores, proyectos de investigaci&oacute;n o planes de estudio a organismos pretendidamente independientes del poder pol&iacute;tico que adoptan la estructura de agencias. &Eacute;stas -como la <a href="http://www.aneca.es" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">ANECA</a>, en el &aacute;mbito estatal- son las que acreditan, por ejemplo, si un profesor ayudante puede promocionar y acceder a una categor&iacute;a contractual superior o a la categor&iacute;a funcionarial de profesor titular; o si este tiene la &ldquo;calidad&rdquo; suficiente para concursar a una plaza de catedr&aacute;tico. Sin su <em>placet</em> esta promoci&oacute;n no es posible.
    </p><p class="article-text">
        Pues bien, &iquest;c&oacute;mo funcionan las agencias de acreditaci&oacute;n de la calidad universitaria? A pesar de la imparcialidad, neutralidad e independencia de las que suelen presumir quienes las dise&ntilde;an o dirigen, lo cierto es que estos rasgos suelen brillar por su ausencia en la pr&aacute;ctica. No en vano est&aacute;n dirigidas por el poder ejecutivo (poca independencia pueden tener a partir de ah&iacute;), quien designa sus cargos directivos y distribuye no pocos de sus puestos decisivos entre sus &ldquo;afines&rdquo;. Son pues una plaza a conquistar por esas escuelas de las que hablaba anteriormente, cuyos jefes llaman a la puerta de sus colegas en el poder y pugnan por colocar el mayor n&uacute;mero de peones en ellas.
    </p><p class="article-text">
        As&iacute; se explica, por ejemplo, que en estos &uacute;ltimos a&ntilde;os de gobierno del PP el Opus Dei est&eacute; acumulando todav&iacute;a m&aacute;s poder en la universidad espa&ntilde;ola: sus miembros ocupan puestos de enjundia en los lugares donde se toman las decisiones sobre qui&eacute;n accede o promociona en la carrera acad&eacute;mica y qui&eacute;n se queda fuera; qu&eacute; proyectos de investigaci&oacute;n se financian y cu&aacute;les se rechazan; o qu&eacute; planes de estudios de grado y postgrado se implantan y cu&aacute;les se desechan. En este &uacute;ltimo caso, normalmente, por no ajustarse a las &ldquo;necesidades del mercado&rdquo;; otro de los mantras que presiden la vida universitaria. En suma, el control sobre la actividad universitaria es cada vez m&aacute;s f&eacute;rreo y absoluto, ya que se trata del control sobre qui&eacute;n y qu&eacute; ense&ntilde;anzas se imparten o qu&eacute; investigaciones se financian.
    </p><p class="article-text">
        Ante este panorama no deber&iacute;a extra&ntilde;arnos que la universidad sea un espacio ajeno a la actividad sindical, es decir, uno de los espacios laborales menos permeables al control sindical que existen en la actualidad. En este contexto tampoco ayuda la extensi&oacute;n acr&iacute;tica (e incluso consentida desde voces que se dicen de izquierdas) de figuras como la del &ldquo;profesor honor&iacute;fico&rdquo;, mediante la cual los rectores que la han implantado en sus universidades han alcanzado el sue&ntilde;o del m&aacute;s rancio capitalismo: que la gente realice una prestaci&oacute;n laboral como es la de <a href="http://www.nuevatribuna.es/opinion/rafael-escudero-alday/no-cobrar-por-dar-clase-pagar-para-trabajar/20120523083155075706.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">dar clase sin cobrar un euro</a>.
    </p><p class="article-text">
        Todo ello, adem&aacute;s, en un marco general en el que la tendencia a acomodarse en los cargos universitarios es grave y preocupante. Aunque la vigente legislaci&oacute;n universitaria establece un principio general de limitaci&oacute;n de mandatos a dos, este principio se puede sortear f&aacute;cilmente mediante la f&oacute;rmula de ir saltando de cargo en cargo. De ah&iacute; que no sea infrecuente encontrar personas que llevan la friolera de veinte a&ntilde;os ocupando un cargo universitario, uno tras otro, de manera ininterrumpida. La perpetuaci&oacute;n en el poder es, por cierto, otra de las caracter&iacute;sticas que definen la categor&iacute;a de la casta.
    </p><p class="article-text">
        Pero no debemos resignarnos a este esquema. Entre la &ldquo;universidad cortijo&rdquo; y la &ldquo;universidad empresa&rdquo; -ambas especies de un mismo g&eacute;nero- existe otro modelo. Es ese modelo el que debemos aspirar a construir entre todas las personas que componemos la comunidad universitaria: alumnado, personal de administraci&oacute;n y servicios y profesorado. La universidad no debe quedar al margen del esp&iacute;ritu democratizador, inclusivo y constituyente del 15-M que preside hoy las demandas ciudadanas. Quienes creemos y defendemos una universidad p&uacute;blica, transmisora de conocimientos, escuela de ciudadan&iacute;a y cr&iacute;tica con el poder debemos ponernos a ello con urgencia.
    </p><p class="article-text">
        Este curso que ahora iniciamos es decisivo: al ciclo electoral que comenzar&aacute; en mayo y terminar&aacute; presumiblemente con las elecciones generales de oto&ntilde;o de 2015 se suman las elecciones a rector que se celebrar&aacute;n en no pocas universidades en este mismo periodo. Y en estas &uacute;ltimas tenemos que evitar que ganen y manden los de siempre, los que vienen gobernando la universidad espa&ntilde;ola con pr&aacute;cticas escasamente democr&aacute;ticas desde hace ya demasiado tiempo.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Rafael Escudero]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/casta-universidad_132_4609391.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 01 Oct 2014 18:43:49 +0000]]></pubDate>
      <media:title><![CDATA[La casta universitaria, ayer y hoy]]></media:title>
      <media:keywords><![CDATA[Universidad]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Gobierno y TVE: pasando de la ONU]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/memoria-historica-crimenes-del-franquismo-justicia-transicional_132_4669291.html]]></link>
      <description><![CDATA[<div class="subtitles"><p class="subtitle">"O concluimos que estamos reconciliados o resurgirían odios subyacentes", le dijeron representantes del Gobierno del PP al Relator Especial de Naciones Unidas sobre la justicia transicional durante su visita a España.</p></div><p class="article-text">
        Acaba de hacerse p&uacute;blico el <a href="http://www.eldiario.es/sociedad/ONU-Espana-Guerra-Civil-franquismo_0_297120710.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">informe</a> que el Relator Especial de Naciones Unidas sobre la promoci&oacute;n de la verdad, la justicia, la reparaci&oacute;n y las garant&iacute;as de no repetici&oacute;n emiti&oacute; tras su visita a Espa&ntilde;a a finales de enero de este a&ntilde;o. En sus p&aacute;ginas el Relator (Pablo de Greiff) incide en el incumplimiento por parte del Estado espa&ntilde;ol de las obligaciones internacionales que le corresponden con relaci&oacute;n a las v&iacute;ctimas de la dictadura franquista.
    </p><p class="article-text">
        Desde la defensa de los derechos humanos como premisa fundamental, el informe es una denuncia en toda regla de la pol&iacute;tica del Estado espa&ntilde;ol. En sus propias palabras, &ldquo;no se estableci&oacute; nunca una pol&iacute;tica de Estado en materia de verdad, no existe informaci&oacute;n oficial, ni mecanismos de esclarecimiento de la verdad&rdquo;. Constata el Relator que ni siquiera existen censos oficiales de v&iacute;ctimas, ni tampoco datos o estimaciones oficiales sobre su n&uacute;mero total. A lo que se suma, en primer lugar, un modelo de &ldquo;privatizaci&oacute;n&rdquo; de las exhumaciones que &ldquo;alimenta la indiferencia de las instituciones estatales&rdquo; con relaci&oacute;n a las reclamaciones de los familiares; y, en segundo t&eacute;rmino, un excesivo formalismo interpretativo respecto a la ley de amnist&iacute;a y el principio de legalidad que &ldquo;niega el acceso a la justicia e impide cualquier tipo de investigaci&oacute;n&rdquo; de lo sucedido en sede judicial.
    </p><p class="article-text">
        Las conclusiones y recomendaciones del informe poco pueden sorprender. En t&eacute;rminos generales insisten en lo que -tambi&eacute;n recientemente- ya le hab&iacute;an advertido al Estado espa&ntilde;ol otras instancias de Naciones Unidas como el <a href="http://www.ceaqua.org/la-onu-insta-a-espana-a-cumplir-su-obligacion-y-buscar-a-los-desaparecidos/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Comit&eacute; contra la Desaparici&oacute;n Forzada</a> o el Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas e Involuntarias. En el caso de este &uacute;ltimo, su <a href="http://www.ceaqua.org/informe-del-grupo-de-trabajo-de-la-onu-sobre-desapariciones-forzadas-o-involuntarias/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">informe</a> da un plazo de noventa d&iacute;as al Gobierno espa&ntilde;ol para presentar un cronograma con las medidas a adoptar, ofreci&eacute;ndole as&iacute; una v&iacute;a para comenzar a subsanar los d&eacute;ficits de justicia transicional que acumula Espa&ntilde;a desde la &ldquo;inmaculada Transici&oacute;n&rdquo;.  
    </p><p class="article-text">
        Pero la primera ocasi&oacute;n que se ha presentado para enmendar este rumbo no ha podido ser m&aacute;s decepcionante. El pasado 30 de agosto, declarado D&iacute;a Internacional de las V&iacute;ctimas de Desapariciones Forzadas por Naciones Unidas, el Telediario 2 de TVE inform&oacute; sobre dicha efem&eacute;ride con una <a href="http://www.eldiario.es/sociedad/TVE-esconde-desaparecidos-dictadura-franquista_0_298520363.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">noticia</a> en la que se omiti&oacute; cualquier referencia a las desapariciones forzadas que tuvieron lugar durante la guerra civil y la dictadura franquista. Se habl&oacute; de las v&iacute;ctimas de este crimen contra la humanidad en Colombia, &Aacute;frica o en los Balcanes, pero las m&aacute;s de 114.000 personas desaparecidas en Espa&ntilde;a no merecieron otra cosa que el silencio. Dio igual tanto el citado plazo de noventa d&iacute;as como que el Relator insistiera en la necesidad de desarrollar programas en educaci&oacute;n hist&oacute;rica y derechos humanos centrados en la perspectiva de las v&iacute;ctimas. Las instituciones p&uacute;blicas -en este caso, la televisi&oacute;n estatal- no pierden ocasi&oacute;n de dejar clara su adhesi&oacute;n a las cl&aacute;usulas de silencio, olvido y amnesia propias del tan cacareado como falso consenso de la Transici&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Esta suerte de negacionismo (ya denunciado ante distintas instancias por la <a href="http://www.memoriahistorica.org.es/joomla/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Asociaci&oacute;n para la Recuperaci&oacute;n de la Memoria Hist&oacute;rica</a>) no debe quedar impune. Sus autores -quienes redactaron y dieron el visto bueno a la emisi&oacute;n de esta noticia- merecen un m&aacute;ximo reproche moral, al suponer su conducta un grave ocultamiento de lo sucedido y un nuevo desprecio a las v&iacute;ctimas y sus familiares, lo que ahonda en su dolor. Se trata de una -otra m&aacute;s- mala praxis por parte de los responsables de los informativos de TVE sobre la que deber&iacute;an responder pol&iacute;ticamente ante las instancias oportunas. Pero, bien es sabido que en Espa&ntilde;a no existen mecanismos reales de control de veracidad de la informaci&oacute;n que emiten los medios, sean estos privados o p&uacute;blicos (y cuando alguien lanza alguna propuesta en este sentido, tendente a garantizar el derecho a una informaci&oacute;n veraz y plural, r&aacute;pidamente es tildado de <a href="http://www.periodistadigital.com/periodismo/internet/2014/07/04/pablo-iglesias-propone-un-control-de-los-medios-de-comunicacion-espanoles-al-estilo-bolivariano.shtml" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">totalitarista</a>).
    </p><p class="article-text">
        Volvamos al informe del Relator de Naciones Unidas, porque en su parte final nos da una clave para entender esta desidia oficial para con las v&iacute;ctimas de la dictadura. Seg&uacute;n se&ntilde;ala en las conclusiones, varios representantes del Gobierno espa&ntilde;ol le advirtieron lo siguiente: &ldquo;O todos concluimos que ya estamos totalmente reconciliados o la &uacute;nica alternativa es el resurgir de odios subyacentes, lo cual implicar&iacute;a un riesgo demasiado alto&rdquo;. N&oacute;tese bien lo que est&aacute; detr&aacute;s de esta alternativa, planteada en t&eacute;rminos excluyentes. O bien se asume una especie de reconciliaci&oacute;n por decreto, impuesta desde arriba tras la muerte del dictador con independencia de lo que las v&iacute;ctimas (y los organismos internacionales de derechos humanos) digan o sientan; o bien se &ldquo;reabrir&iacute;an&rdquo; las viejas heridas con el consiguiente riesgo... &iquest;de qu&eacute;? Detr&aacute;s de este segundo cuerno del dilema rezuma una velada amenaza a las v&iacute;ctimas y a las demandas de memoria hist&oacute;rica y justicia transicional. &iquest;Reclamar el cumplimiento de obligaciones internacionales y la satisfacci&oacute;n de derechos humanos es un &ldquo;riesgo demasiado algo&rdquo; en democracia? A los dirigentes del PP se les nota demasiado el pelo de la dehesa.
    </p><p class="article-text">
        En definitiva, hoy ha sido el Gobierno del PP. Pero en a&ntilde;os anteriores lo fue el del PSOE, el otro partido turnista. Ambos comparten a pies juntillas la misma visi&oacute;n de la Transici&oacute;n, mientras que tan solo discrepan en algunos puntos -ninguno sustancial- sobre la forma de reparar a las v&iacute;ctimas del franquismo. No en vano ese planteamiento excluyente que los miembros del Gobierno le hicieron al Relator no es exclusivo del PP, sino que est&aacute; en el ADN de nuestro actual sistema constitucional, custodiado fielmente por los dos partidos.
    </p><p class="article-text">
        De ah&iacute; la importancia -tambi&eacute;n para las v&iacute;ctimas de la dictadura y para el movimiento memorialista- de las diferentes citas electorales del 2015; citas que deber&iacute;an ir configurando el camino hacia un proceso constituyente que, entre otras cosas, termine con esta cultura de la impunidad propia de la Transici&oacute;n y del r&eacute;gimen actual.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Rafael Escudero]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/memoria-historica-crimenes-del-franquismo-justicia-transicional_132_4669291.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 03 Sep 2014 18:50:27 +0000]]></pubDate>
      <media:title><![CDATA[Gobierno y TVE: pasando de la ONU]]></media:title>
      <media:keywords><![CDATA[Memoria Histórica,Justicia,Crímenes del franquismo]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[¿Por qué no se extradita a los torturadores franquistas?]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/memoria-historica-crimenes-del-franquismo-querella-argentina_132_4901369.html]]></link>
      <description><![CDATA[<div class="subtitles"><p class="subtitle">En el marco del régimen de 1978 no es posible satisfacer los derechos a la verdad y a la justicia de las víctimas, porque el silencio, el olvido y la impunidad están en su ADN</p></div><p class="article-text">
        D&iacute;as atr&aacute;s hemos conocido la decisi&oacute;n de la Audiencia Nacional (AN) de rechazar la petici&oacute;n de extradici&oacute;n emitida contra dos torturadores, Jes&uacute;s Mu&ntilde;ecas y Antonio Gonz&aacute;lez Pacheco, por parte del juzgado argentino que investiga cr&iacute;menes de genocidio y/o lesa humanidad cometidos durante la dictadura franquista sobre la base del principio de justicia universal.
    </p><p class="article-text">
        En sendos autos, fechados el 24 y el 30 de abril, las <a href="http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder_Judicial/Audiencia_Nacional/Noticias_Judiciales/La_Audiencia_Nacional_rechaza_la_extradicion_del_ex_inspector_de_policia_Antonio_Gonzalez_Pacheco_al_prescribir_los_delitos" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">secciones segunda</a> y <a href="http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder_Judicial/Audiencia_Nacional/Noticias_Judiciales/_La_Audiencia_Nacional_rechaza_la_extradicion_del_ex_capitan_de_la_Guardia_Civil_Jesus_Munecas_al_estar_prescrito_el_delito_de_torturas_por_el_que_lo_reclamaba_Argentina" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">tercera</a> de la Sala de lo penal de la AN coinciden en su argumentaci&oacute;n: no cabe la extradici&oacute;n porque los hechos por los que esta se reclama, esto es, las torturas infligidas por ambos sujetos a opositores de la dictadura, han prescrito. Seg&uacute;n la AN, no cabe interpretar estas torturas como parte constitutiva de un delito de lesa humanidad. Su normativa aplicable exige que las violaciones de derechos humanos -en este caso, las torturas- &ldquo;se cometan como parte de un ataque generalizado o sistem&aacute;tico contra la poblaci&oacute;n civil o una parte de ella&rdquo; (art. 7 del Estatuto de Roma por el que se crea la Corte Penal Internacional y art. 607 bis del C&oacute;digo penal espa&ntilde;ol). Algo que a juicio de los magistrados de la AN no concurre, dado que en ambos casos las torturas fueron simplemente &ldquo;acciones aisladas y concretas de funcionarios policiales&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        As&iacute;, al no ser aplicable la caracterizaci&oacute;n de cr&iacute;menes contra la humanidad y circunscribir los hechos a la condici&oacute;n de delitos comunes, la AN tiene v&iacute;a libre para acudir a la categor&iacute;a de la prescripci&oacute;n (diez a&ntilde;os, para el delito de torturas), la cual extingue la responsabilidad penal y, en consecuencia, permite la impunidad de los hechos y la falta de castigo para los verdugos.
    </p><p class="article-text">
        A la hora de encontrar un sentido a estas decisiones de la AN, puede recurrirse a varias circunstancias. En primer lugar, a la ignorancia de sus magistrados con respecto al tenor y alcance de la represi&oacute;n franquista. Entender que las acciones de Mu&ntilde;ecas y Gonz&aacute;lez Pacheco eran meramente aisladas y que no formaban parte de un contexto generalizado de represi&oacute;n a la oposici&oacute;n es, simplemente, desconocer lo sucedido en la Espa&ntilde;a de la dictadura (y de la transici&oacute;n, cabr&iacute;a a&ntilde;adir). Sorprende tal afirmaci&oacute;n en un &oacute;rgano judicial como la AN, a cuyos magistrados se les supone un conocimiento tanto del Derecho como de los hechos y el contexto en el que estos se producen. Un contexto, el de los &uacute;ltimos a&ntilde;os de la dictadura, caracterizado (como los anteriores) por la violencia de car&aacute;cter institucional, es decir, desarrollada o amparada por el Estado, contra los opositores pol&iacute;ticos.
    </p><p class="article-text">
        En segundo lugar, tambi&eacute;n contribuir&iacute;a a explicar esta decisi&oacute;n el desconocimiento que parecen tener los magistrados firmantes del segundo auto -el que rechaz&oacute; la extradici&oacute;n de Gonz&aacute;lez Pacheco- respecto del tenor literal del art. 607 bis del C&oacute;digo penal, seg&uacute;n el cual la existencia de un delito de lesa humanidad requiere que los hechos en cuesti&oacute;n sean parte de &ldquo;un ataque generalizado o sistem&aacute;tico a la poblaci&oacute;n&rdquo;. Este auto transforma la conjunci&oacute;n disyuntiva <em>o</em> en la copulativa <em>y</em>, al se&ntilde;alar que en ese caso no se aprecia &ldquo;la existencia de un plan sistem&aacute;tico <em>y</em> generalizado&rdquo; contra una parte de la poblaci&oacute;n civil. Cualquier aprendiz de jurista sabe que no es lo mismo exigir la concurrencia de dos requisitos para apreciar la existencia de una situaci&oacute;n que establecer la concurrencia de uno o de otro, como hace el C&oacute;digo penal para apreciar un delito de lesa humanidad. As&iacute; pues, bastar&iacute;a con probar la existencia de un plan generalizado de represi&oacute;n a la oposici&oacute;n pol&iacute;tica, algo sobre lo que solo parecen tener dudas estos magistrados. De nuevo sorprende un error de tal calibre en un &oacute;rgano como la AN supuestamente especializado en juzgar no todos, sino tan solo un n&uacute;mero reducido de delitos. Aplicar bien el material normativo y distinguir correctamente los tipos penales de cada uno de ellos (genocidio y lesa humanidad, por ejemplo) deber&iacute;a ser condici&oacute;n necesaria de su trabajo.
    </p><p class="article-text">
        A estas decisiones tambi&eacute;n habr&iacute;a contribuido, en tercer lugar, el desprecio al Derecho internacional que parece imperar en la AN. Salvo honrosas excepciones, este &oacute;rgano no suele destacar por su celo a la hora de cumplir las obligaciones internacionales que incumben a Espa&ntilde;a en materia de protecci&oacute;n de v&iacute;ctimas de graves violaciones de derechos humanos. Suele ser reacio a aplicar el principio de justicia universal para los m&aacute;s graves cr&iacute;menes internacionales y se mostr&oacute; contrario a investigar los cr&iacute;menes del franquismo cuando se le solicit&oacute; por parte de las v&iacute;ctimas y asociaciones que ahora recurren a la justicia argentina. Y es que, quiz&aacute;, los fantasmas de su antecesor, el franquista Tribunal de Orden P&uacute;blico (TOP), paseen todav&iacute;a por sus pasillos y despachos. Recu&eacute;rdese que la AN se cre&oacute; el mismo d&iacute;a en que se suprimi&oacute; el TOP y que muchos de los jueces que formaron parte de este &oacute;rgano de represi&oacute;n pol&iacute;tica de la dictadura terminaron sent&aacute;ndose en la AN, y no en el banquillo de los acusados, precisamente.
    </p><p class="article-text">
        Quiz&aacute; estas tres circunstancias hayan tenido su peso. Pero atender solo a ellas impedir&aacute; ver el motivo final que est&aacute; detr&aacute;s de ambas decisiones: la defensa del r&eacute;gimen pol&iacute;tico nacido de la transici&oacute;n y cristalizado en la Constituci&oacute;n de 1978.
    </p><p class="article-text">
        La decisiones interpretativas que adoptan los jueces no son autom&aacute;ticas ni meramente &ldquo;t&eacute;cnicas&rdquo;. En muchos casos se trata de opciones valorativas que responden a objetivos, posiciones o marcos pol&iacute;ticos. As&iacute;, calificar estos hechos como delitos de torturas (sujetos a prescripci&oacute;n) y no como cr&iacute;menes contra la humanidad (imprescriptibles) es la mejor respuesta jur&iacute;dica al blindaje que el r&eacute;gimen espa&ntilde;ol hace de los cr&iacute;menes de la dictadura. Y eso, c&oacute;mo no, es una opci&oacute;n pol&iacute;tica. Una opci&oacute;n por el olvido y la amnist&iacute;a que se impuso por quienes controlaron desde el franquismo el proceso de transici&oacute;n y que blindaron su impunidad en el reci&eacute;n nacido r&eacute;gimen. De ah&iacute; que el texto constitucional de 1978 guarde silencio sobre las v&iacute;ctimas de la dictadura y hunda su legitimidad no en el pasado republicano, sino en la propia transici&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        En estos autos la AN no hace sino seguir la estela trazada por el constituyente de 1978 y refrendada por el legislador: desde la ley de amnist&iacute;a de 1977 hasta la llamada ley de memoria hist&oacute;rica de 2007, siempre que el parlamento espa&ntilde;ol se ha pronunciado sobre estos temas lo ha hecho loando y apelando a esa hipot&eacute;tica &ldquo;reconciliaci&oacute;n&rdquo; que impedir&iacute;a reabrir heridas, es decir, juzgar las violaciones de derechos humanos cometidas en la dictadura. En coherencia con este marco pol&iacute;tico se han pronunciado siempre los tribunales espa&ntilde;oles: neg&aacute;ndose a personarse en las fosas comunes cuando aparecen restos de desaparecidos, rechazando revisar y anular las sentencias franquistas contrarias a derechos humanos o, como hizo el Tribunal Supremo en su sentencia de febrero de 2012, declarando la ley de amnist&iacute;a como &ldquo;pilar b&aacute;sico e insustituible&rdquo; de la transici&oacute;n y, por ende, del actual sistema constitucional. Por ello -y dicho sea entre par&eacute;ntesis- es cuanto menos un insulto a las v&iacute;ctimas que en el marco de este proceso ante la AN el fiscal les haya planteado que denuncien los hechos ante los tribunales espa&ntilde;oles. Sabe el fiscal -y sabemos todos- cu&aacute;l es la respuesta que estos dar&aacute;n: alegar&aacute;n la prescripci&oacute;n de los hechos.
    </p><p class="article-text">
        Algo debemos aprender de estas frustradas experiencias judiciales: en el marco del r&eacute;gimen de 1978 no es posible satisfacer los derechos a la verdad y a la justicia de las v&iacute;ctimas, porque el silencio, el olvido y la impunidad est&aacute;n en su ADN, en su propio momento fundacional. As&iacute;, recuperar la dignidad, memoria y derechos de las v&iacute;ctimas exige trascender este marco y crear otro, a partir de un proceso constituyente, en el que aquellas ocupen el lugar central que merecen en el discurso pol&iacute;tico y jur&iacute;dico.
    </p><p class="article-text">
        Pero mientras esto no se produzca, ser&iacute;a bueno que -ahora que vamos conociendo mejor aspectos, datos y rostros de estos &uacute;ltimos- hici&eacute;ramos nuestra la m&aacute;xima de las organizaciones argentinas que tanto lucharon contra la impunidad: &ldquo;&iexcl;Si no hay justicia, hay escrache!&rdquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Rafael Escudero]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/memoria-historica-crimenes-del-franquismo-querella-argentina_132_4901369.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sun, 04 May 2014 17:58:25 +0000]]></pubDate>
      <media:title><![CDATA[¿Por qué no se extradita a los torturadores franquistas?]]></media:title>
      <media:keywords><![CDATA[Memoria Histórica,Crímenes del franquismo,Querella Argentina]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El espíritu republicano de 1931 recorre el Estado español]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/republica-democracia-monarquia_132_4930852.html]]></link>
      <description><![CDATA[<div class="subtitles"><p class="subtitle">Los contenidos del proceso constituyente que estos días estamos proponiendo desde Contrapoder encuentran un referente en la experiencia de la Segunda República española y lo que supuso en términos democráticos, es decir, de profundización en igualdad, libertad, derechos humanos y modernización del país.</p></div><div class="list">
                    <ul>
                                    <li>Los art&iacute;culos que Contrapoder ha dedicado a los ejes y contenidos de un futurible proceso constituyente han sido firmados por su <a href="http://www.eldiario.es/contrapoder/proceso_constituyente_6_246785320.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia">Consejo editor</a>, <a href="http://www.eldiario.es/contrapoder/proceso_constituyente-ruptura_democratica_6_247135324.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia">Gerardo Pisarello</a> (<a href="http://www.eldiario.es/contrapoder/Derechos-sociales-procesos-constituyentes_6_248535180.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia">y dos</a>), <a href="http://www.eldiario.es/contrapoder/derechos_fundamentales-garantia_de_derechos_6_247485266.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia">Gonzalo Boy&eacute;</a>, <a href="http://www.eldiario.es/contrapoder/separacion_de_poderes-independencia_judicial-igualdad_ante_la_ley_6_247835236.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia">Isabel Elbal</a> y <a href="http://www.eldiario.es/contrapoder/Estado_laico-separacion_Estado-iglesias_6_248185195.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia">Sebasti&aacute;n Mart&iacute;n</a>. En pr&oacute;ximas fechas publicaremos art&iacute;culos de respuesta elaborados por diferentes autores, al objeto de profundizar en el debate y discusi&oacute;n p&uacute;blica sobre estas materias.</li>
                            </ul>
            </div><p class="article-text">
        La llegada de la Segunda Rep&uacute;blica supuso el mayor intento de transformaci&oacute;n social y pol&iacute;tica de la historia de Espa&ntilde;a. Un intento de modernizar un pa&iacute;s econ&oacute;mica y culturalmente atrasado, caracterizado a resultas de la Restauraci&oacute;n y del reinado de Alfonso XIII por la dictadura, el caciquismo, el oscurantismo, la falta de libertad y, en suma, el subdesarrollo.
    </p><p class="article-text">
        Este es el panorama al que la Rep&uacute;blica se enfrent&oacute; con coraje y decisi&oacute;n. Desde el primer momento las y los republicanos fueron conscientes de que no bastar&iacute;a con un mero cambio de r&eacute;gimen pol&iacute;tico. Que el paso de la monarqu&iacute;a a la rep&uacute;blica no supondr&iacute;a la inmediata soluci&oacute;n de los problemas del pa&iacute;s. Por ello el programa republicano era mucho m&aacute;s ambicioso. Pasaba por asumir los valores de la democracia real, la igualdad y la justicia social, y creer que solo mediante su implantaci&oacute;n ser&iacute;a posible conseguir una sociedad libre, participativa e igualitaria.
    </p><p class="article-text">
        En todo caso, no olvidaron ser coherentes con la filosof&iacute;a de su proyecto y situaron la jefatura del Estado bajo el principio democr&aacute;tico. As&iacute;, la Constituci&oacute;n de 1931 estableci&oacute; que el presidente de la Rep&uacute;blica fuera elegido conjuntamente por el parlamento y por un n&uacute;mero de compromisarios igual al de diputados (art. 68). Este sistema se utiliz&oacute; en la elecci&oacute;n del segundo presidente, Manuel Aza&ntilde;a, dado que el primero, Niceto Alcal&aacute;-Zamora, lo fue a trav&eacute;s del procedimiento extraordinario seg&uacute;n el cual bastaba la mayor&iacute;a absoluta de los diputados. Este procedimiento estaba previsto en la disposici&oacute;n transitoria de la Constituci&oacute;n y motivado por la necesidad de institucionalizar cuanto antes el nuevo r&eacute;gimen.
    </p><p class="article-text">
        La Rep&uacute;blica opt&oacute; por un modelo de cariz parlamentario, donde se dotara al presidente de la fuerza necesaria para no ser reh&eacute;n del parlamento, pero sin que tuviera el poder suficiente como para sucumbir a la tentaci&oacute;n caudillista a la que puede conducir el presidencialismo. De ah&iacute; que se optara por ese sistema mixto de elecci&oacute;n, evit&aacute;ndose as&iacute; que esta se llevara a cabo mediante sufragio universal. Como es sabido, fue complejo el encaje de la figura del presidente en el marco del parlamentarismo propio del texto de 1931. El sistema no estuvo exento de problemas y la &ldquo;cohabitaci&oacute;n&rdquo; entre el presidente de la Rep&uacute;blica (especialmente, bajo el mandato de Alcal&aacute;-Zamora) y los distintos gobiernos no result&oacute; sencilla. En efecto, no era f&aacute;cil dotar a esta figura de poderes y facultades que le permitieran actuar como un &oacute;rgano de equilibrio constitucional. Libre de interferencias del gobierno y del parlamento, pero sin caer en la tentaci&oacute;n de practicar el &ldquo;borboneo&rdquo;, es decir, la continua intromisi&oacute;n del jefe del Estado en los asuntos pol&iacute;ticos cuya direcci&oacute;n debiera corresponder al poder ejecutivo. 
    </p><p class="article-text">
        &iquest;Qu&eacute; ense&ntilde;anzas podemos extraer de esta experiencia de cara a un futuro proceso constituyente? Aun cuando cada momento hist&oacute;rico sea &uacute;nico e irrepetible, algunos aspectos del momento fundacional de la Segunda Rep&uacute;blica se asemejan a la situaci&oacute;n actual. En primer lugar, parece claro que tanto entonces como ahora existe una fuerte sensaci&oacute;n de fin de r&eacute;gimen y la consiguiente demanda ciudadana de cambios profundos. Una demanda que para muchos ya no se satisface con la realizaci&oacute;n de ciertas reformas constitucionales que sirvan, precisamente, para &ldquo;maquillar&rdquo; el r&eacute;gimen. Se requiere una ruptura democr&aacute;tica encarnada en un proceso constituyente que garantice los derechos humanos y sit&uacute;e la toma de decisiones pol&iacute;ticas en el lugar del que nunca debi&oacute; salir: el poder popular.
    </p><p class="article-text">
        En segundo t&eacute;rmino, tanto en 1931 como en 2014 se constata la responsabilidad de la monarqu&iacute;a en la defensa de un r&eacute;gimen que poco responde a los c&aacute;nones m&iacute;nimos de decencia democr&aacute;tica y respeto a los derechos humanos. Tanto Alfonso XIII como Juan Carlos I fueron incapaces de cortar los lazos con la dictadura. En el caso del monarca actual, conviene recordar algunos datos todav&iacute;a no conocidos del todo por la opini&oacute;n p&uacute;blica: su condici&oacute;n de rey proviene no de la Constituci&oacute;n, sino de la legislaci&oacute;n franquista; fue nombrado &ldquo;sucesor a t&iacute;tulo de rey&rdquo; por Franco en 1969; pilot&oacute; el proceso de Transici&oacute;n al lado de los propios franquistas; impidi&oacute; que se preguntara al pueblo sobre la continuidad o no de la monarqu&iacute;a; y, finalmente, cuando se aprob&oacute; la Constituci&oacute;n no consider&oacute; necesario jurarla o prometerla (algo que s&iacute; hizo, y hasta dos veces, con las leyes fundamentales franquistas).
    </p><p class="article-text">
        En tercer lugar, destacan asimismo las notables coincidencias entre el esp&iacute;ritu republicano de 1931 y el programa que hoy se perfila por quienes defienden la ruptura con el r&eacute;gimen de 1978 como &uacute;nico medio de salir de la profunda crisis institucional que padecemos. Las demandas republicanas de igualdad y justicia social se escuchan hoy en las calles y plazas del Estado espa&ntilde;ol por los miembros de las mareas, plataformas, colectivos, sindicatos y partidos de izquierda. Todas estas demandas est&aacute;n presididas o basadas en el principio democr&aacute;tico, cuyo respeto exige su extensi&oacute;n a todos los &aacute;mbitos de la vida p&uacute;blica, empezando por supuesto por la jefatura del Estado. Un sistema pol&iacute;tico que se dice democr&aacute;tico no puede dejar al margen de la elecci&oacute;n ciudadana a la primera de sus instituciones. La rep&uacute;blica debe sustituir a la monarqu&iacute;a; la democracia debe primar sobre la gen&eacute;tica y la dinast&iacute;a.
    </p><p class="article-text">
        Pero tambi&eacute;n debemos aprender de los errores de la experiencia de 1931. En concreto, del dise&ntilde;o constitucional del nombramiento y competencias del presidente de la Rep&uacute;blica. Parece m&aacute;s coherente con la propuesta de democracia radical que la persona que ocupe la presidencia de esa futura Rep&uacute;blica sea elegida directamente por la ciudadan&iacute;a a trav&eacute;s de sufragio universal. Para evitar las citadas tentaciones de caudillismo o de intromisi&oacute;n en la vida pol&iacute;tica, la presidencia de la Rep&uacute;blica deber&iacute;a limitar sus funciones a las propias de ser la m&aacute;s alta representaci&oacute;n del Estado espa&ntilde;ol y garantizar el normal funcionamiento de sus instituciones (incluidos, por supuesto, los acuerdos federales o confederales a los que se llegue entre las distintas naciones que compongan el Estado). No deber&iacute;a tener poderes ejecutivos o de gobierno, ni capacidad o derecho de veto para interferir en la vida parlamentaria o en los procesos de aprobaci&oacute;n de leyes.
    </p><p class="article-text">
        La presidencia de la Rep&uacute;blica debe depender directamente del pueblo. Y ante &eacute;l debe rendir cuentas de su actuaci&oacute;n. Por ello, ser&iacute;a muy oportuno establecer la instituci&oacute;n del refer&eacute;ndum revocatorio, que existe ya para los cargos electivos en pa&iacute;ses como Venezuela, Ecuador o Bolivia. Es este un mecanismo seg&uacute;n el cual la ciudadan&iacute;a puede solicitar un refer&eacute;ndum en el que se decida si una autoridad o representante elegido en las urnas contin&uacute;a en su cargo o es cesado antes de concluir el periodo de su mandato. Adem&aacute;s de ser un instrumento de democracia directa y de rendici&oacute;n de cuentas ante el electorado, es un potente elemento de &ldquo;contrapoder&rdquo; que sirve para limitar el poder de quienes ostentan cargos electivos (no solo de la presidencia de la Rep&uacute;blica, por supuesto) y recordarles en todo momento de d&oacute;nde procede su autoridad.
    </p><p class="article-text">
        El esp&iacute;ritu y programa republicano recorre el Estado espa&ntilde;ol. Por ello, hoy 14 de abril es un d&iacute;a para rendir homenaje a las mujeres y hombres que so&ntilde;aron que era posible construir una sociedad democr&aacute;tica, justa, igualitaria y comprometida con los derechos humanos. Es de justicia hacerlo. Como lo es tambi&eacute;n recordar, una vez m&aacute;s, a las v&iacute;ctimas de la represi&oacute;n franquista nacida del golpe de Estado contra la Rep&uacute;blica. Sus deseos, valores y luchas coinciden hoy en gran medida con los de quienes deseamos esa ruptura democr&aacute;tica que termine con el r&eacute;gimen de la Transici&oacute;n.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Rafael Escudero]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/republica-democracia-monarquia_132_4930852.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sun, 13 Apr 2014 18:32:49 +0000]]></pubDate>
      <media:title><![CDATA[El espíritu republicano de 1931 recorre el Estado español]]></media:title>
      <media:keywords><![CDATA[República,Democracia,Monarquía]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Andalucía y la memoria histórica: diez diferencias con la ley estatal]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/andalucia-memoria-historica-represion-franquista_132_4970203.html]]></link>
      <description><![CDATA[<div class="subtitles"><p class="subtitle">El artículo plantea las diferencias más importantes que se encuentran entre la ley de memoria histórica de 2007 y el anteproyecto de ley autonómica recientemente aprobado por el gobierno andaluz.</p><p class="subtitle">De la memoria personal y familiar a la memoria democrática y colectiva.</p></div><p class="article-text">
        El Consejo de Gobierno de la Junta de Andaluc&iacute;a ha aprobado un <a href="http://www.juntadeandalucia.es/administracionlocalyrelacionesinstitucionales/cms/export/sites/default/comun/galerias/galeriaDescargas/portal/MemoriaHistorica/propuesta_de_ley_de_memoria_democratica-texto_numerado.pdf" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Anteproyecto de Ley de Memoria Democr&aacute;tica</a>, por el que se establece el marco para la adopci&oacute;n de pol&iacute;ticas p&uacute;blicas de reparaci&oacute;n a las v&iacute;ctimas de la represi&oacute;n franquista y de recuperaci&oacute;n de la memoria hist&oacute;rica en esa comunidad aut&oacute;noma.
    </p><p class="article-text">
        Sin perjuicio de sus puntos d&eacute;biles -que deber&aacute;n ser subsanados durante la tramitaci&oacute;n del proyecto-, merece la pena se&ntilde;alar sus aspectos principales. Para ello resulta ilustrativa la comparaci&oacute;n con la legislaci&oacute;n estatal: la Ley <a href="http://www.boe.es/boe/dias/2007/12/27/pdfs/A53410-53416.pdf" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">52/2007</a>, conocida como ley de memoria hist&oacute;rica. Destacan estas diez diferencias:
    </p><p class="article-text">
        1. Desde el t&iacute;tulo, el proyecto andaluz habla de memoria hist&oacute;rica y memoria democr&aacute;tica, mientras que la ley estatal ni siquiera incluy&oacute; el concepto de memoria hist&oacute;rica en su denominaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Se garantiza as&iacute; tanto el derecho de las v&iacute;ctimas a la verdad como el derecho colectivo de la ciudadan&iacute;a andaluza a conformar un relato que contribuya a forjar una identidad ciudadana basada en la cultura democr&aacute;tica y de respeto a los derechos humanos. Por su parte, el legislador de 2007 rechaz&oacute; esta dimensi&oacute;n colectiva del derecho a la verdad. Se limit&oacute; a reconocer un &ldquo;derecho individual a la memoria personal y familiar de cada ciudadano&rdquo;, sin que se explique en su articulado en qu&eacute; se materializa este derecho una vez despojado de su vertiente colectiva.
    </p><p class="article-text">
        2. El texto andaluz vincula la legitimidad de la recuperaci&oacute;n de la memoria hist&oacute;rica con la Segunda Republica, como primera experiencia democr&aacute;tica de la Espa&ntilde;a del siglo XX y antecedente en el que deber&iacute;a reconocerse el r&eacute;gimen actual. Por su parte, la ley estatal se basa en el &ldquo;esp&iacute;ritu de reencuentro y concordia de la Transici&oacute;n&rdquo;; ese esp&iacute;ritu que consolid&oacute; el pacto de olvido, la impunidad del franquismo y el desamparo de sus v&iacute;ctimas.
    </p><p class="article-text">
        3. El proyecto andaluz recoge el enfoque propio del Derecho internacional acerca del tratamiento de las graves violaciones de derechos humanos y de sus v&iacute;ctimas. As&iacute;, su articulado aplica categor&iacute;as internacionales a la represi&oacute;n franquista, como la calificaci&oacute;n de crimen contra la humanidad, su imprescriptibilidad y perseguibilidad universal.
    </p><p class="article-text">
        Por su parte, el legislador estatal de 2007 solo introduce el Derecho internacional en su texto para se&ntilde;alar una obviedad: la compatibilidad de la ley con los recursos establecidos en los tratados internacionales suscritos por Espa&ntilde;a.
    </p><p class="article-text">
        4. El texto andaluz adopta una perspectiva integral sobre los derechos y medidas que asisten a las v&iacute;ctimas: verdad, justicia y reparaci&oacute;n. Es notable la diferencia con la ley estatal, que recoge medidas parciales de reparaci&oacute;n pero olvida las dimensiones de verdad y justicia. Ni se contempl&oacute; la creaci&oacute;n de una comisi&oacute;n de la verdad o de un censo de v&iacute;ctimas, ni se habilitaron canales para que los tribunales espa&ntilde;oles pudieran garantizar los derechos de las v&iacute;ctimas.
    </p><p class="article-text">
        Esta perspectiva se refuerza con la previsi&oacute;n de un Plan Andaluz de Memoria Democr&aacute;tica y un informe anual de seguimiento, que deber&aacute; valorarse por el Parlamento andaluz. Los aspectos de control y rendici&oacute;n de cuentas fueron obviados por el legislador estatal, quien se limit&oacute; a crear una Oficina de V&iacute;ctimas sin capacidad operativa real y rechaz&oacute; involucrar al poder legislativo en el seguimiento de las pol&iacute;ticas de memoria.
    </p><p class="article-text">
        5. El proyecto andaluz parte de un concepto amplio de v&iacute;ctima. A diferencia de la ley estatal, se reconoce expresamente como v&iacute;ctimas a los integrantes del &ldquo;maquis&rdquo; o guerrilla antifranquista, y tambi&eacute;n a las ni&ntilde;as y ni&ntilde;os robados. Otra distinci&oacute;n es la aplicaci&oacute;n de la ley no solo a las v&iacute;ctimas de la dictadura, sino tambi&eacute;n a las de la transici&oacute;n. Este punto desmonta el alegado car&aacute;cter &ldquo;pac&iacute;fico&rdquo; de la transici&oacute;n espa&ntilde;ola y reconoce el papel jugado en ese proceso por las personas que lucharon por el restablecimiento de la democracia.
    </p><p class="article-text">
        El proyecto prev&eacute; un &oacute;rgano consultivo y de participaci&oacute;n de v&iacute;ctimas y asociaciones: el Consejo de la Memoria Democr&aacute;tica de Andaluc&iacute;a. Es otro punto distintivo con respecto a la legislaci&oacute;n estatal, que no contempl&oacute; la participaci&oacute;n de las v&iacute;ctimas en el dise&ntilde;o y articulaci&oacute;n de las pol&iacute;ticas de memoria.
    </p><p class="article-text">
        6. Tambi&eacute;n ha adoptado el texto andaluz una perspectiva de g&eacute;nero, reconociendo este componente represivo adicional que tuvo la dictadura. As&iacute;, se contemplan medidas espec&iacute;ficas para reparar a las mujeres que sufrieron la represi&oacute;n en su doble condici&oacute;n de republicanas y mujeres. En la ley estatal el enfoque de g&eacute;nero brilla por su ausencia.
    </p><p class="article-text">
        7. Un punto relevante del proyecto andaluz es la inclusi&oacute;n de la memoria democr&aacute;tica en el curr&iacute;culum de la ense&ntilde;anza secundaria obligatoria y del bachillerato, con el objetivo de hacer efectivo el derecho a la verdad y fortalecer los valores democr&aacute;ticos. Con ello se marca la diferencia con el legislador de 2007, quien paso por alto todo lo relativo al &aacute;mbito educativo.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, se prev&eacute; la creaci&oacute;n de un Instituto de la Memoria Democr&aacute;tica de Andaluc&iacute;a, dependiente del gobierno auton&oacute;mico. Convendr&iacute;a mejorar su dise&ntilde;o en dos aspectos: uno, garantizar la participaci&oacute;n de las v&iacute;ctimas en su composici&oacute;n y funciones; dos, desvincularlo del Gobierno y ubicarlo bajo el mandato del Parlamento auton&oacute;mico, obligando al Instituto a rendir cuentas de su actuaci&oacute;n ante el &oacute;rgano de representaci&oacute;n de la ciudadan&iacute;a.
    </p><p class="article-text">
        8. El proyecto denuncia que las sentencias condenatorias franquistas (como la de Blas Infante) permanezcan en vigor sin ser anuladas por el Estado espa&ntilde;ol. Recu&eacute;rdese que la ley de memoria hist&oacute;rica declara tales sentencias como injustas e ileg&iacute;timas; calificativos ambos sin efecto jur&iacute;dico alguno.
    </p><p class="article-text">
        El texto ordena al Gobierno andaluz a instar al Gobierno del Estado la adopci&oacute;n de medidas para la declaraci&oacute;n de nulidad. Este punto deber&iacute;a ser modificado, al no ser el gobierno central el competente para ello. La nulidad se declara bien por los jueces en recursos de revisi&oacute;n, bien por el propio Parlamento estatal mediante la aprobaci&oacute;n de una ley que as&iacute; lo haga (como sucedi&oacute;, por ejemplo, en Alemania).
    </p><p class="article-text">
        9. Seg&uacute;n el proyecto, es la administraci&oacute;n auton&oacute;mica la obligada a realizar las tareas de exhumaci&oacute;n e identificaci&oacute;n de restos de desaparecidos. Se establecen obligaciones al respecto para entidades p&uacute;blicas y para particulares (propietarios de terrenos afectados). Es otra notoria diferencia con la ley de 2007, que limita el papel del Estado a un mero deber de colaborar con las v&iacute;ctimas en las tareas de exhumaci&oacute;n; tareas que, al dejarse en manos de asociaciones, quedan as&iacute; &ldquo;privatizadas&rdquo; por ley.
    </p><p class="article-text">
        No obstante, dos aspectos deber&iacute;an ser matizados: en el proyecto se afirma que el procedimiento de exhumaci&oacute;n se iniciar&aacute; de oficio por la Junta o a instancia de entidades locales, v&iacute;ctimas, asociaciones o investigadores. Es l&oacute;gico que sea as&iacute;, siempre que el control de la Junta no suponga rechazar de entrada las exhumaciones solicitadas y desarrolladas por asociaciones con acreditada experiencia en ello.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, debe garantizarse que el &ldquo;hallazgo casual de restos humanos&rdquo; sea denunciado por quien los descubra ante el juzgado competente y no, como se&ntilde;ala el texto, ante la Junta o ayuntamiento correspondiente. La aparici&oacute;n de restos humanos es una cuesti&oacute;n de orden p&uacute;blico de la que los jueces no deben quedar al margen.
    </p><p class="article-text">
        10. El texto ordena la retirada de la simbolog&iacute;a contraria a la memoria democr&aacute;tica, rechazando la alegaci&oacute;n de &ldquo;razones art&iacute;sticas&rdquo; para mantener elementos de exaltaci&oacute;n de la dictadura o desmerecimiento de la legalidad republicana. La ley estatal de memoria no solo contempla estas razones art&iacute;sticas, sino que se invent&oacute; la categor&iacute;a de &ldquo;razones art&iacute;stico-religiosas&rdquo; para salvar de la retirada a las cruces de los ca&iacute;dos por Dios y por la patria. 
    </p><p class="article-text">
        Finalmente, a diferencia de lo dispuesto en la ley de 2007, en este caso se prev&eacute;n sanciones econ&oacute;micas para quien incumpla la orden de retirada de estos s&iacute;mbolos o para quien los exh&iacute;ba p&uacute;blicamente.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Rafael Escudero]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/andalucia-memoria-historica-represion-franquista_132_4970203.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sun, 23 Mar 2014 20:00:17 +0000]]></pubDate>
      <media:title><![CDATA[Andalucía y la memoria histórica: diez diferencias con la ley estatal]]></media:title>
      <media:keywords><![CDATA[Andalucía,Memoria Histórica,Represión franquista]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Universidad española: no es excelencia, es precariedad]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/universidad-libertad-de-catedra-precariedad-derechos-laborales_132_4999452.html]]></link>
      <description><![CDATA[<div class="subtitles"><p class="subtitle">Lejos de alcanzar la tan ansiada excelencia, las políticas de contratación que se siguen hoy en gran parte de las universidades públicas son garantía de precarización y control ideológico del profesorado</p><p class="subtitle">A ello contribuye la limitación al máximo del acceso al funcionariado y el aumento de figuras contractuales caracterizadas por la temporalidad y baja retribución</p></div><p class="article-text">
        <em>Excelencia</em> es la palabra &uacute;ltimamente m&aacute;s escuchada en los rectorados de las universidades p&uacute;blicas espa&ntilde;olas. Precariedad es la realidad tristemente sufrida en sus campus por su personal, tanto de administraci&oacute;n y servicios (PAS) como docente e investigador (PDI). Aunque pueda parecer extra&ntilde;o, ambos conceptos guardan relaci&oacute;n, debido fundamentalmente a la forma como se interpreta el concepto &ldquo;excelencia&rdquo; por los responsables universitarios.
    </p><p class="article-text">
        En efecto, en boca tanto del ministro Wert como de no pocos rectores, la excelencia se asocia &ndash;entre otras cosas&ndash; con una particular pol&iacute;tica de profesorado consistente en aumentar las figuras laborales temporales y evitar tanto la contrataci&oacute;n indefinida como la funcionarizaci&oacute;n de docentes e investigadores que han completado con &eacute;xito su periodo de formaci&oacute;n. Antes de nada, conviene recordar el origen de estas pol&iacute;ticas, dado que no han surgido de un d&iacute;a para otro.
    </p><p class="article-text">
        En 2001, bajo el Gobierno del Partido Popular, se aprob&oacute; la Ley Org&aacute;nica de Universidades (LOU), fuertemente contestada por la comunidad universitaria. A pesar de declarar su oposici&oacute;n a esta norma desde su propia tramitaci&oacute;n, cuando el PSOE de Jos&eacute; Luis Rodr&iacute;guez Zapatero lleg&oacute; al poder, opt&oacute; por mantener en vigor la ley y su esp&iacute;ritu. Tan s&oacute;lo se realizaron algunas reformas en 2007, que en nada afectaron a la forma de contrataci&oacute;n del profesorado universitario (s&iacute; lo hicieron, sobre todo, a la gobernanza de las universidades y al acceso a la carrera funcionarial).
    </p><p class="article-text">
        El r&eacute;gimen contractual del PDI no funcionario previsto en la LOU de 2001 &ndash;y mantenido en 2007&ndash; se caracteriza, de un lado, por su laboralizaci&oacute;n, puesto que hasta entonces se trataba de contratos bajo r&eacute;gimen administrativo. Y, de otro, por la ampliaci&oacute;n del n&uacute;mero de modalidades de contrataci&oacute;n temporal, seg&uacute;n la diferente dedicaci&oacute;n y momento de la carrera acad&eacute;mica. As&iacute;, en la ley se recogen las figuras de ayudante, ayudante doctor, asociado, visitante, em&eacute;rito y contratado doctor, siendo este &uacute;ltimo el &uacute;nico caso de contrato laboral indefinido.
    </p><p class="article-text">
        Pero este amplio abanico de modalidades de contrataci&oacute;n no parece ser suficiente para las universidades. Aprovecharon que la LOU abr&iacute;a la puerta a la contrataci&oacute;n de personal bajo figuras distintas a las previstas en su articulado (por ejemplo, para sustituci&oacute;n de trabajadores o realizaci&oacute;n de proyectos de investigaci&oacute;n) para desarrollar un cat&aacute;logo de figuras contractuales al margen de las ya se&ntilde;aladas. 
    </p><p class="article-text">
        Todas estas &uacute;ltimas se caracterizan sin excepci&oacute;n por la temporalidad y baja retribuci&oacute;n. Sin pretensi&oacute;n de exhaustividad, encontramos hoy en las universidades espa&ntilde;olas contratos de <em>post-doc</em>, investigador visitante, agregado, lector, visitante lector, ayudante lector, ayudante espec&iacute;fico o ayudante de programa propio. Y seguimos: profesores asociados de 6, 8 o de 12 horas, profesores titulares interinos a tiempo completo o a tiempo parcial, etc. E incluso una figura que seguro que causa furor en el futuro: el profesor &ldquo;honor&iacute;fico&rdquo;, quien da clases de forma voluntaria, sin cobrar ni tener contrato alguno.
    </p><p class="article-text">
        Dos son los argumentos que se esgrimen en los rectorados para justificar esta situaci&oacute;n. En primer lugar, que es la &uacute;nica forma de mantener a un profesorado que de lo contrario ver&iacute;a terminada su carrera laboral sin poder acceder al funcionariado. M&aacute;xime en un contexto de crisis como el actual, donde la ley de presupuestos restringe al m&aacute;ximo la oferta de empleo p&uacute;blico e impide que se convoquen oposiciones de profesorado funcionario. 
    </p><p class="article-text">
        Advi&eacute;rtase &ndash;entre par&eacute;ntesis&ndash; que este es otro de los &ldquo;favores&rdquo; que debemos a la reforma del art. 135 de la Constituci&oacute;n, pactada en el verano de 2011 por PSOE y PP, seg&uacute;n la cual se prioriza de forma absoluta el pago de la deuda y sus intereses ante cualquier otro gasto, como, por ejemplo, las pol&iacute;ticas de educaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Pero resultar&iacute;a m&aacute;s cre&iacute;ble este primer argumento de los rectores si se viera acompa&ntilde;ado de gestos en favor del profesorado. Por ejemplo, la utilizaci&oacute;n de la figura contractual ya se&ntilde;alada del profesor contratado doctor, que es la &uacute;nica que permite la estabilidad laboral que merecen personas &ndash;porque no se olvide que los docentes son eso, personas&ndash; que han dedicado unos cuantos a&ntilde;os a realizar su trabajo con &eacute;xito. Sin embargo, se constata que cada vez son menos las universidades que, aduciendo su elevado coste, optan por estabilizar a su profesorado en esta figura.
    </p><p class="article-text">
        O si, adem&aacute;s, los rectores fueran m&aacute;s incisivos en sus formas de presi&oacute;n ante las autoridades estatales y auton&oacute;micas. Pocas son las voces de protesta que se escuchan por su parte para defender al mayor activo con que cuentan las universidades espa&ntilde;olas: su profesorado. M&aacute;s bien al contrario. Su silencio ante estas pol&iacute;ticas de recortes en la universidad que caracteriza al Gobierno del PP les convierte en c&oacute;mplices. Prefieren negociar individualmente sus presupuestos y cuotas de poder con el ministerio y las consejer&iacute;as de turno antes que hacer un frente com&uacute;n de defensa de la universidad p&uacute;blica.
    </p><p class="article-text">
        El segundo argumento se basa en que, para unos cuantos rectores y voceros de la excelencia, esta &uacute;ltima se consigue precisamente a trav&eacute;s de la flexibilidad y temporalidad del profesorado universitario. La estabilidad, por el contrario, acomoda al PDI y provoca la falta de est&iacute;mulos para rendir m&aacute;s y mejor. Entonces, por un lado, debe limitarse al m&aacute;ximo el acceso al funcionariado (como tambi&eacute;n &ldquo;sugiere&rdquo; el Gobierno del PP); y, por otro, hay que tener al profesorado contratado en permanente estado de alerta gracias al &ldquo;acicate&rdquo; que supondr&iacute;a, llegado el fin de un contrato, el acceso a otra figura contractual.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s de que hasta la fecha la ecuaci&oacute;n temporalidad igual a excelencia todav&iacute;a no se ha demostrado, ni mucho menos, este argumento esconde por lo menos tres elementos importantes. En primer t&eacute;rmino, que este profesorado es el que mantiene la que es &ndash;o deber&iacute;a ser&ndash; la principal funci&oacute;n de la universidad: la transmisi&oacute;n de conocimiento al alumnado. No olvidemos que su responsabilidad y carga de docencia suele ser la misma o similar que la de los profesores funcionarios (titulares o catedr&aacute;ticos), mientras que su sueldo es sensiblemente inferior. Es, pues, un profesorado muy barato para las universidades.
    </p><p class="article-text">
        En segundo lugar, que resulta tambi&eacute;n muy c&oacute;modo para los rectorados mantener al profesorado fragmentado en m&uacute;ltiples categor&iacute;as y bajo la espada de Damocles de la temporalidad. Lo que los defensores de esta particular forma de entender la excelencia denominan &ldquo;acicate&rdquo; no es sino una forma de enmascarar la precarizaci&oacute;n del profesorado que implica esta pol&iacute;tica de contrataci&oacute;n. Una pol&iacute;tica de sobra conocida: cuantas m&aacute;s figuras laborales haya y en m&aacute;s categor&iacute;as se clasifique a los trabajadores, m&aacute;s sencillo ser&aacute; mantenerles divididos y enfrentados entre s&iacute;; y, por el contrario, m&aacute;s dif&iacute;cil resultar&aacute; la labor de protecci&oacute;n de derechos que desempe&ntilde;an sindicatos y &oacute;rganos de representaci&oacute;n del PDI.
    </p><p class="article-text">
        En tercer y &uacute;ltimo lugar, es una eficaz forma de control ideol&oacute;gico del profesorado, que dificulta gravemente el ejercicio de la libertad de c&aacute;tedra que reconoce el art. 20.1 de la Constituci&oacute;n espa&ntilde;ola. En efecto, bajo este sistema el PDI temporal siempre estar&aacute; a expensas de las decisiones sobre su renovaci&oacute;n, futura contrataci&oacute;n, promoci&oacute;n a otras figuras, etc. que adopten quienes mandan en sus departamentos: normalmente, los catedr&aacute;ticos o los &ldquo;jefes de escuela&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Estos &uacute;ltimos conservan el poder de decidir qui&eacute;n accede a una figura contractual, qui&eacute;n promociona y qui&eacute;n no lo debe hacer. Decidir&aacute;n, pues, el perfil de la docencia y la investigaci&oacute;n en los centros universitarios, dado que cada vez ser&aacute;n menos los profesores estables &ndash;quienes s&iacute; pueden ejercer su libertad de c&aacute;tedra sin temor a que peligre su puesto de trabajo&ndash; y m&aacute;s los que deben &ldquo;ganarse su confianza&rdquo; cada cierto tiempo en pruebas, concursos o renovaciones.
    </p><p class="article-text">
        El control ideol&oacute;gico de anta&ntilde;o se acent&uacute;a hoy bajo la f&oacute;rmula del poder de contrataci&oacute;n. Y esto, en una universidad como la espa&ntilde;ola que todav&iacute;a conserva intactas buena parte de sus esencias franquistas, parece especialmente grave.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Rafael Escudero]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/universidad-libertad-de-catedra-precariedad-derechos-laborales_132_4999452.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sun, 02 Mar 2014 19:06:48 +0000]]></pubDate>
      <media:title><![CDATA[Universidad española: no es excelencia, es precariedad]]></media:title>
      <media:keywords><![CDATA[Universidad,Derechos laborales,Precariedad]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Verdad o justicia: un falso dilema]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/verdad-justicia-reparacion-memoria-historica_132_5061137.html]]></link>
      <description><![CDATA[<div class="subtitles"><p class="subtitle">La visita del relator especial de Naciones Unidas para la Justicia Transicional es una buena ocasión para insistir en los deberes incumplidos por el Estado español respecto de las víctimas del franquismo</p></div><p class="article-text">
        Del 21 de enero al 3 de febrero se encuentra en visita oficial en Espa&ntilde;a el Relator Especial de Naciones Unidas sobre la promoci&oacute;n de la verdad, la justicia, la reparaci&oacute;n y las garant&iacute;as de no repetici&oacute;n: Pablo de Greiff. Su visita se a&ntilde;ade, por un lado, a la que realiz&oacute; el pasado noviembre el <a href="http://www.ohchr.org/SP/NewsEvents/Pages/DisplayNews.aspx?NewsID=13800&amp;LangID=S" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Grupo de Trabajo</a> de Naciones Unidas sobre las Desapariciones Forzadas; y, por otro, a las <a href="http://www.todoslosnombres.org/php/verArchivo.php?id=8034" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">observaciones finales</a> emitidas tambi&eacute;n en noviembre por el Comit&eacute; contra la Desaparici&oacute;n forzada relativas al informe presentado por Espa&ntilde;a al respecto. Las conclusiones de estos &uacute;ltimos ponen de manifiesto la enorme preocupaci&oacute;n que genera, entre los organismos internacionales de protecci&oacute;n de derechos humanos, el desamparo en que siguen sumidas -m&aacute;s de 35 a&ntilde;os despu&eacute;s de la afamada y &ldquo;mod&eacute;lica&rdquo; Transici&oacute;n- las v&iacute;ctimas del franquismo.
    </p><p class="article-text">
        La visita del relator especial es un momento id&oacute;neo para que las asociaciones de v&iacute;ctimas y de recuperaci&oacute;n de la memoria hist&oacute;rica recuerden -a &eacute;l, a la opini&oacute;n p&uacute;blica espa&ntilde;ola y a la comunidad internacional- la situaci&oacute;n en la que nos encontramos. Una situaci&oacute;n que bien puede calificarse de urgencia ante el m&aacute;s absoluto desprecio de (casi) todas las instituciones del Estado espa&ntilde;ol frente a las obligaciones que le incumben con respecto a la verdad, justicia y reparaci&oacute;n integral de las v&iacute;ctimas de esas graves violaciones de derechos humanos en que consistieron los cr&iacute;menes del franquismo. El tiempo de las v&iacute;ctimas se termina mientras el Estado espa&ntilde;ol sigue d&aacute;ndoles la espalda.
    </p><p class="article-text">
        V&eacute;anse algunos ejemplos. Si los organismos internacionales se&ntilde;alan que debe facilitarse la exhumaci&oacute;n e identificaci&oacute;n de restos de v&iacute;ctimas de desapariciones forzadas, el Gobierno ni se inmuta y responde eliminando la partida presupuestaria anteriormente destinada a tal efecto; si demandan apoyo institucional para la b&uacute;squeda de la verdad -mediante la creaci&oacute;n de una comisi&oacute;n oficial independiente, una base de datos o un plan nacional de personas desaparecidas-, entonces el Gobierno mira hacia otro lado y alega que con la crisis no se pueden destinar recursos a estas cuestiones; si insisten y le solicitan un impulso en el desarrollo de la ley de memoria hist&oacute;rica, el Gobierno responde cerrando la Oficina de V&iacute;ctimas contemplada en la ley y dejando sin actualizar la informaci&oacute;n sobre los mapas de fosas. As&iacute; podr&iacute;a seguirse hasta un largo etc&eacute;tera.
    </p><p class="article-text">
        Pero aun hay m&aacute;s. Cuando estos organismos internacionales solicitan que se garantice a las v&iacute;ctimas un recurso efectivo que implique la investigaci&oacute;n de oficio de las desapariciones forzadas a fin de identificar a los culpables e imponer las correspondientes sanciones, y que para ello se derogue o prive de todo efecto a la ley de amnist&iacute;a de 1977, entonces los tres poderes del Estado responden al un&iacute;sono y con una sola voz. Los gobiernos tanto del PSOE como del PP han insistido siempre en el valor de la amnist&iacute;a; el Parlamento espa&ntilde;ol rechaz&oacute; en 2011 -con los votos de estos dos partidos- una proposici&oacute;n por la que se ped&iacute;a una modificaci&oacute;n de la ley de amnist&iacute;a que excluyera su aplicaci&oacute;n a cr&iacute;menes de lesa humanidad; y, finalmente, el Tribunal Supremo en su <a href="http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&amp;databasematch=TS&amp;reference=6294236&amp;links=%2220048/2009%22&amp;optimize=20120301&amp;publicinterface=true" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">conocida sentencia</a> de febrero de 2012 calific&oacute; dicha ley como hito de la reconciliaci&oacute;n nacional y &ldquo;pilar esencial, insustituible y necesario para superar el franquismo&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Todo ello ha reforzado el marco de olvido e impunidad creado en la Transici&oacute;n y ha obligado a las v&iacute;ctimas a dirigirse, sobre la base del principio de jurisdicci&oacute;n universal, a la sede judicial argentina para ver si obtienen all&iacute; una justicia que el Estado espa&ntilde;ol les niega. Aqu&iacute;, la colaboraci&oacute;n de las autoridades con los requerimientos que se les env&iacute;an desde la justicia argentina es nula, lo que no es &oacute;bice para que la querella avance y empiecen a verse resultados, como la solicitud de extradici&oacute;n de algunos torturadores franquistas.
    </p><p class="article-text">
        En este punto, conforme el proceso argentino va avanzando, parece atisbarse una cierta disyuntiva en las asociaciones de v&iacute;ctimas y, en general, en el movimiento memorialista: si bien una parte importante de ellas tiene claro que conviene afianzar e impulsar desde aqu&iacute; el proceso iniciado all&iacute; (justicia); otra, en cambio, apuesta por demandar la creaci&oacute;n de una comisi&oacute;n de la verdad sobre los cr&iacute;menes de la dictadura (verdad). Esta &uacute;ltima cuenta con el potente altavoz del exmagistrado Baltasar Garz&oacute;n, quien tras su expulsi&oacute;n de la carrera judicial centra parte de sus esfuerzos -desde la fundaci&oacute;n que lleva su nombre- en reclamar la creaci&oacute;n de dicha comisi&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        De entrada, conviene advertir que se trata de una falsa disyuntiva. Tanto la normativa internacional relativa a justicia transicional como las experiencias habidas al respecto ponen de manifiesto que ambas dimensiones, junto con la debida reparaci&oacute;n integral a las v&iacute;ctimas, son interdependientes. El propio relator especial ya insisti&oacute; -en su primer <a href="http://www.ohchr.org/Documents/HRBodies/HRCouncil/RegularSession/Session21/A-HRC-21-46_sp.pdf" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">informe anual</a> emitido en agosto de 2012- en la necesidad de adoptar un enfoque global que interrelacione e integre verdad, justicia, reparaci&oacute;n y garant&iacute;as de no repetici&oacute;n. &ldquo;Si se desarrollan de forma aislada -advierte el Relator- ni siquiera los procesos m&aacute;s rigurosos de b&uacute;squeda de la verdad son equiparados a justicia, ya que la revelaci&oacute;n de la verdad no satisface plenamente la necesidad de una reparaci&oacute;n adecuada&rdquo;. Esta &uacute;ltima requiere que la justicia act&uacute;e sobre la verdad descubierta, pues de lo contrario su b&uacute;squeda podr&iacute;a percibirse como &ldquo;un lavado de cara sin m&aacute;s consecuencias&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        De ah&iacute; que en el caso espa&ntilde;ol no quepa insistir tan solo en el establecimiento de una comisi&oacute;n de la verdad. Por supuesto que es importante contar con un relato oficial de lo sucedido, m&aacute;xime tras haber vivido bajo el unilateral y opresivo discurso franquista durante demasiados a&ntilde;os. Pero tambi&eacute;n lo es impulsar la querella argentina, al ser en estos momentos la &uacute;nica puerta abierta hacia la obtenci&oacute;n de justicia y, por tanto, hacia la reparaci&oacute;n integral de las v&iacute;ctimas. Y es que el relato cabal de lo sucedido adquirir&aacute; plena virtualidad en la medida en que se ponga al servicio de la justicia, la cual -con sus rituales y garant&iacute;as- deber&aacute; atribuir las correspondientes responsabilidades a los autores de los cr&iacute;menes. Solo as&iacute; las v&iacute;ctimas sentir&aacute;n que esa verdad no se queda en letra muerta y coadyuva a su reparaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Ahora bien, demandar y conseguir la investigaci&oacute;n de los cr&iacute;menes de la dictadura, bien en sede judicial argentina bien en cualquier otra que pudiera abrirse, desata profundos temores en las altas instancias del Estado espa&ntilde;ol. Ello no deja de ser hasta cierto punto l&oacute;gico, dado que investigar esos cr&iacute;menes supone mucho m&aacute;s que cuestionar una ley de amnist&iacute;a. Implica poner en jaque a la propia Transici&oacute;n y, en consecuencia, a las bases fundamentadoras del r&eacute;gimen &ldquo;democr&aacute;tico&rdquo; -hoy en profunda crisis- nacido de la misma; bases entre las que se encuentra el olvido de los cr&iacute;menes y la impunidad de sus autores.
    </p><p class="article-text">
        Avanzar esta conclusi&oacute;n ha sido una de las grandes virtudes del movimiento memorialista: la dignificaci&oacute;n y reparaci&oacute;n integral de las v&iacute;ctimas del franquismo -es decir, la conjunta satisfacci&oacute;n de sus derechos a la verdad y a la justicia- solo podr&aacute; hacerse mediante la superaci&oacute;n del marco de la Transici&oacute;n. Conviene tener esto &uacute;ltimo bien claro si no queremos, como se dice coloquialmente, &ldquo;hacernos trampas al solitario&rdquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Rafael Escudero]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/verdad-justicia-reparacion-memoria-historica_132_5061137.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 23 Jan 2014 19:49:44 +0000]]></pubDate>
      <media:title><![CDATA[Verdad o justicia: un falso dilema]]></media:title>
      <media:keywords><![CDATA[Justicia,Derechos Humanos,Memoria Histórica]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La equidistancia entre República y dictadura: una cuestión de Estado]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/equidistancia-republica-dictadura-cuestion_129_5791344.html]]></link>
      <description><![CDATA[<div class="subtitles"><p class="subtitle">Las palabras de Hernando se inscriben plenamente en el ADN de la derecha  española y del PP, incapaz de desembarazarse ni personal ni  ideológicamente del franquismo.</p></div><p class="article-text">
        Las declaraciones del portavoz adjunto del PP en el Congreso de los Diputados, Rafael Hernando, sobre la Rep&uacute;blica espa&ntilde;ola y su equiparaci&oacute;n entre este r&eacute;gimen constitucional y la dictadura franquista no son una simple muestra de ignorancia y desconocimiento de la historia. No nos confundamos. Son algo m&aacute;s grave. Responden a profundas motivaciones pol&iacute;ticas y forman parte de una l&iacute;nea de pensamiento s&oacute;lidamente instalada en buena parte del imaginario colectivo espa&ntilde;ol.
    </p><p class="article-text">
        Para empezar, las palabras de Hernando se inscriben plenamente en el ADN de la derecha espa&ntilde;ola y del PP, incapaz de desembarazarse ni personal ni ideol&oacute;gicamente del franquismo. Hernando es un simple eslab&oacute;n en una larga dinast&iacute;a que va desde el fundador del partido y presidente de honor en el momento de su muerte, Manuel Fraga, hasta los miembros de Nuevas Generaciones que este verano se han fotografiado con banderas franquistas o en gestos y actitudes fascistas. Efectivamente, ni estas pr&aacute;cticas de sus j&oacute;venes militantes ni el discurso de Hernando son novedad en el PP. Sin ir m&aacute;s lejos, el propio Fraga nunca dud&oacute; en se&ntilde;alar con el dedo a los dirigentes republicanos a la hora de buscar los culpables de la matanza derivada del golpe de Estado franquista.
    </p><p class="article-text">
        Pero si vamos un poco m&aacute;s all&aacute; de esas concretas declaraciones y de la pol&eacute;mica sobre las banderas, nos encontramos con que ni Hernando ni el PP est&aacute;n solos a la hora de colocar en el mismo plano la legalidad republicana y la derivada del golpe de Estado franquista. Esta equidistancia entre un r&eacute;gimen leg&iacute;timo como fue el republicano, basado en una moderna Constituci&oacute;n garante de la democracia y los derechos humanos, con una dictadura caracterizada precisamente por todo lo contrario, es una de las bases pol&iacute;tico-ideol&oacute;gicas que est&aacute;n detr&aacute;s de la &ldquo;mod&eacute;lica&rdquo; transici&oacute;n y, en consecuencia, del actual sistema pol&iacute;tico espa&ntilde;ol. Seg&uacute;n la versi&oacute;n oficial, la transici&oacute;n naci&oacute; del pacto de &ldquo;echar al olvido&rdquo; el pasado, lo cual implicaba que cada parte deb&iacute;a renunciar al suyo, a su pasado, y a su reivindicaci&oacute;n pol&iacute;tica. Para los dem&oacute;cratas, ello supon&iacute;a olvidar la causa republicana, sacarla del debate pol&iacute;tico y del marco del futuro r&eacute;gimen constitucional. As&iacute; las cosas, no es de extra&ntilde;ar que la preconstitucional ley de amnist&iacute;a de 1977 equiparase v&iacute;ctimas y verdugos, ni tampoco que la Constituci&oacute;n de 1978 guardase un vergonzoso silencio sobre su precedente de 1931.
    </p><p class="article-text">
        La equidistancia nace como una de las bases del sistema constitucional espa&ntilde;ol. En consecuencia, desde un principio se traslad&oacute; de forma hegem&oacute;nica a las instituciones y la vida pol&iacute;tica. Y se ha consolidado, fundamentalmente, gracias a la aquiescencia y acuerdo de los dos grandes partidos, PP y PSOE. Baste recordar un par de detalles. En junio de 2008 el entonces presidente del Congreso, el socialista Jos&eacute; Bono, reprendi&oacute; a una v&iacute;ctima del franquismo por exhibir una bandera republicana en esa sede. Fue el mismo Bono que durante su mandato se neg&oacute; a retirar los cuadros de los presidentes de las cortes franquistas que siguen hoy colgados en los pasillos del Congreso.
    </p><p class="article-text">
        Con su desprecio hacia las v&iacute;ctimas del franquismo y sus derechos, los tribunales espa&ntilde;oles se han sumado casi sin fisuras a la tesis de la equidistancia. Uno de los &uacute;ltimos ejemplos fue la sentencia del Tribunal Supremo de febrero de 2012, en el conocido como caso Garz&oacute;n. A la hora de justificar su negativa a la investigaci&oacute;n de los cr&iacute;menes del franquismo, el tribunal se apoy&oacute; en la validez de la ley de amnist&iacute;a, a la que defini&oacute; como &ldquo;pilar esencial, insustituible y necesario&rdquo; para alcanzar la reconciliaci&oacute;n nacional. Meses antes el parlamento espa&ntilde;ol, con los votos de PP y PSOE, hab&iacute;a rechazado una proposici&oacute;n de IU y ERC por la que se solicitaba modificar la ley de amnist&iacute;a para que esta declarara expresamente su no aplicaci&oacute;n a los cr&iacute;menes de lesa humanidad. La defensa de la tesis de la equidistancia es una de esas pol&iacute;ticas de Estado a la que tan acostumbrados nos tiene el bipartidismo imperante.
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n la ley de memoria hist&oacute;rica de 2007 es presa de la equidistancia. As&iacute; se aprecia, sobre todo, en su negativa a anular los juicios y consejos de guerra franquistas celebrados en flagrante violaci&oacute;n de derechos humanos. No declarar su nulidad y limitarse a calificarlos de injustos e ileg&iacute;timos implica concederles un reconocimiento jur&iacute;dico y pol&iacute;tico que un sistema que dice ser democr&aacute;tico no deber&iacute;a tolerar. Por cierto, el Tribunal Constitucional sigue el juego y se niega sistem&aacute;ticamente a amparar a las v&iacute;ctimas de esas farsas que fueron los juicios franquistas. Y en esto da igual que el tribunal est&eacute; formado por una mayor&iacute;a de juristas conservadores o &ldquo;progresistas&rdquo;: coinciden plenamente y votan al un&iacute;sono cuando se trata de temas que tienen que ver con el pasado dictatorial.
    </p><p class="article-text">
        La consolidaci&oacute;n del discurso de la equidistancia puedo hacerse, adem&aacute;s, gracias a la contribuci&oacute;n del mundo acad&eacute;mico y universitario. Uno de los &ldquo;maestros&rdquo; m&aacute;s influyentes en la ciencia pol&iacute;tica espa&ntilde;ola, Juan Linz, categoriz&oacute; el r&eacute;gimen franquista de &ldquo;autoritario&rdquo;, pero no totalitario ni fascista. Como es bien sabido, el lenguaje no es inocente: con la extensi&oacute;n de esta calificaci&oacute;n se busca rebajar el tono cr&iacute;tico hacia la dictadura. Si a ello se suma la opini&oacute;n de historiadores y polit&oacute;logos que insisten en calificar al gobierno republicano y a los golpistas franquistas como &ldquo;bandos en conflicto&rdquo;, o que hacen tabla rasa de la represi&oacute;n franquista con el argumento de que &ldquo;ambas partes&rdquo; cometieron barbaridades, no resultar&aacute; extra&ntilde;o que se haya extendido esa visi&oacute;n sobre la Rep&uacute;blica y la dictadura que destilan las palabras de Hernando. Ni que generaciones de estudiantes sigan hoy sin conocer la existencia y contenido de la Constituci&oacute;n de 1931 o los detalles del golpe de Estado contra la Rep&uacute;blica.
    </p><p class="article-text">
        El r&eacute;gimen nacido de la Constituci&oacute;n de 1978 no tom&oacute; partido ni por la dictadura ni por la Segunda Rep&uacute;blica. Simplemente, se instal&oacute; en medio de ellas y renunci&oacute; a fundar su legitimidad en la experiencia democr&aacute;tica nacida en 1931. La Constituci&oacute;n de 1978 y la cultura pol&iacute;tica en que se sostiene no dan m&aacute;s de s&iacute; en este terreno. De aquellos polvos vienen estos lodos, suele decirse.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Rafael Escudero]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/equidistancia-republica-dictadura-cuestion_129_5791344.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sun, 01 Sep 2013 18:03:13 +0000]]></pubDate>
      <media:title><![CDATA[La equidistancia entre República y dictadura: una cuestión de Estado]]></media:title>
    </item>
  </channel>
</rss>
