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    <title><![CDATA[elDiario.es - Subsidios]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/temas/subsidios/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - Subsidios]]></description>
    <language><![CDATA[es]]></language>
    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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    <item>
      <title><![CDATA[Subsidio por cotizaciones insuficientes: así es la ayuda del SEPE para quienes no llegan al año trabajado]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/subsidio-cotizaciones-insuficientes-ayuda-sepe-no-llegan-ano-trabajado-pm_1_12643206.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/68458b6f-e10d-4c2a-bcbb-33f9e57fd511_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Subsidio por cotizaciones insuficientes: así es la ayuda del SEPE para quienes no llegan al año trabajado"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La ayuda puede solicitarse en los seis meses posteriores al desempleo y su duración varía entre tres y 21 meses según la situación de cada persona</p><p class="subtitle">La pensión de más de 500 euros que pueden solicitar las amas de casa: estos son los requisitos</p></div><p class="article-text">
        No todas las personas desempleadas logran acumular los 360 d&iacute;as de cotizaci&oacute;n necesarios para acceder a la prestaci&oacute;n contributiva por desempleo. Para ellas, el <a href="https://www.eldiario.es/temas/sepe/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Servicio P&uacute;blico de Empleo Estatal (SEPE)</a> contempla el <strong>subsidio por cotizaciones insuficientes</strong>, una <a href="https://www.eldiario.es/temas/ayudas/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"><strong>ayuda</strong></a><strong> destinada a quienes han trabajado menos de un a&ntilde;o y se encuentran en situaci&oacute;n legal de </strong><a href="https://www.eldiario.es/temas/desempleo/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"><strong>desempleo</strong></a>. El objetivo es cubrir a quienes quedan en un vac&iacute;o de protecci&oacute;n y garantizarles un ingreso m&iacute;nimo mientras buscan un nuevo empleo.
    </p><h2 class="article-text">Qui&eacute;nes lo pueden solicitar</h2><p class="article-text">
        Podr&aacute;n beneficiarse de este subsidio quienes<strong> acrediten al menos 90 d&iacute;as cotizados si tienen cargas familiares, o 180 d&iacute;as si no las tienen</strong>, siempre que no alcancen el a&ntilde;o de cotizaci&oacute;n que da derecho al paro contributivo. Tambi&eacute;n pueden acceder quienes tengan <strong>contratos a tiempo parcial, siempre que la suma de las jornadas trabajadas no supere una jornada completa y se cumplan el resto de requisitos</strong>. En todos los casos es obligatorio encontrarse <strong>inscrito como demandante de empleo.</strong>
    </p><p class="article-text">
        Entre los requisitos generales figuran estar en<strong> desempleo total o parcial, no tener derecho a la prestaci&oacute;n contributiva y carecer de rentas propias que superen el 75% del </strong><a href="https://www.eldiario.es/temas/smi/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"><strong>salario m&iacute;nimo interprofesional</strong></a>. De forma alternativa, se puede acceder acreditando responsabilidades familiares. Adem&aacute;s, es necesario suscribir el acuerdo de actividad, que compromete a la persona beneficiaria a participar en acciones de formaci&oacute;n, orientaci&oacute;n o b&uacute;squeda activa de empleo.
    </p><blockquote class="twitter-tweet" data-lang="es"><a href="https://twitter.com/X/status/1970398423418392812?ref_src=twsrc%5Etfw"></a></blockquote><script async src="https://platform.twitter.com/widgets.js" charset="utf-8"></script><h2 class="article-text">Cu&aacute;ndo solicitarlo</h2><p class="article-text">
        El <a href="https://www.eldiario.es/temas/subsidios/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">subsidio</a> debe solicitarse en un <strong>plazo m&aacute;ximo de seis meses desde la fecha del hecho causante</strong>, es decir, desde la &uacute;ltima situaci&oacute;n legal de desempleo. Si no se presenta en ese tiempo, se pierde el derecho. Existe, no obstante, una <strong>v&iacute;a de ampliaci&oacute;n</strong>: quienes accedan con al menos seis meses cotizados sin cargas familiares y <strong>posteriormente acrediten responsabilidades familiares podr&aacute;n ampliar la duraci&oacute;n hasta un m&aacute;ximo de 21 meses</strong>, siempre que lo soliciten dentro del a&ntilde;o siguiente a la situaci&oacute;n de desempleo.
    </p><p class="article-text">
        <strong>La duraci&oacute;n</strong> de la ayuda <strong>depende directamente del tiempo cotizado y de la situaci&oacute;n familiar</strong>. En general, oscila entre tres y 21 meses, siendo m&aacute;s larga para quienes acreditan cargas familiares. De esta forma, el sistema busca priorizar a los hogares con mayores necesidades de apoyo econ&oacute;mico. 
    </p><p class="article-text">
        Para solicitar el subsidio es <strong>necesario presentar el modelo oficial de solicitud</strong>, la <strong>declaraci&oacute;n responsable de rentas</strong> y, en su caso, la documentaci&oacute;n que acredite responsabilidades familiares. El tr&aacute;mite puede realizarse en las oficinas del SEPE con cita previa o a trav&eacute;s de la sede electr&oacute;nica. La Administraci&oacute;n exige adem&aacute;s que se mantengan actualizados los datos de demanda de empleo durante toda la vigencia de la ayuda.
    </p><h2 class="article-text">Cu&aacute;nto se cobra</h2><p class="article-text">
        En cuanto a la cuant&iacute;a, <strong>el subsidio se calcula como un porcentaje del Indicador P&uacute;blico de Renta de Efectos M&uacute;ltiples (IPREM) vigente en cada momento</strong>. Durante los primeros <strong>180 d&iacute;as se cobra el 95% del IPREM</strong>, <strong>entre los d&iacute;as 181 y 360 el 90%, y a partir del d&iacute;a 361 el 80%</strong>. Se trata de una ayuda modesta, pero que representa una red de seguridad para quienes no pueden acceder al paro contributivo. La prestaci&oacute;n es compatible con determinados contratos a tiempo parcial, siempre que no superen el l&iacute;mite de jornada completa.
    </p><p class="article-text">
        El subsidio por cotizaciones insuficientes constituye una herramienta clave de protecci&oacute;n frente al desempleo parcial o de corta duraci&oacute;n, muy frecuente en sectores con alta rotaci&oacute;n laboral o temporalidad. Aunque la cuant&iacute;a es limitada, supone un apoyo b&aacute;sico para quienes no logran cumplir los requisitos del paro contributivo. Conocer bien las condiciones, plazos y requisitos resulta esencial para no perder el derecho a esta ayuda y acceder a una cobertura que puede marcar la diferencia en momentos de vulnerabilidad.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Ada Sanuy]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/subsidio-cotizaciones-insuficientes-ayuda-sepe-no-llegan-ano-trabajado-pm_1_12643206.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 30 Sep 2025 06:06:24 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Subsidio por cotizaciones insuficientes: así es la ayuda del SEPE para quienes no llegan al año trabajado]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[SEPE,Ayudas,Subsidios,Desempleo,Prestaciones]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[¿Cuándo debes solicitar la prórroga de tu subsidio por desempleo?]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/debes-solicitar-prorroga-subsidio-desempleo-pm_1_12547620.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/82395aae-eb06-4e1e-96c1-cc80c0686dfc_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="¿Cuándo debes solicitar la prórroga de tu subsidio por desempleo?"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El trámite puede realizarse en cualquier oficina de empleo, con cita previa, o a través de la sede electrónica del SEPE, mediante certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico</p><p class="subtitle">El subsidio para mayores de 52 años no cambia tras la reforma: el SEPE lanza un mensaje de calma
</p></div><p class="article-text">
        El <strong>subsidio por </strong><a href="https://www.eldiario.es/temas/desempleo/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"><strong>desempleo</strong></a> es una de las <a href="https://www.eldiario.es/temas/prestaciones/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"><strong>prestaciones</strong></a><strong> m&aacute;s comunes del </strong><a href="https://www.eldiario.es/temas/sepe/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"><strong>Servicio P&uacute;blico de Empleo Estatal (SEPE)</strong></a>, dirigida a personas que han agotado el paro contributivo o que cumplen determinados requisitos de renta y situaci&oacute;n familiar. Sin embargo, a diferencia de la prestaci&oacute;n contributiva, no se concede de una sola vez por toda su duraci&oacute;n, sino que<strong> exige un tr&aacute;mite peri&oacute;dico: la pr&oacute;rroga</strong>. Realizarla en plazo es fundamental para no perder el derecho al cobro.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n la normativa del SEPE y las <a href="https://sede.sepe.gob.es/dam/portalSede/pdf/manual_usuario_prorrogas_subsidio.pdf" target="_blank" rel="nofollow" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">gu&iacute;as de gesti&oacute;n del sistema PROSUB</a>, la pr&oacute;rroga consiste en <strong>confirmar peri&oacute;dicamente</strong> que el beneficiario <strong>sigue cumpliendo las condiciones que dieron lugar al </strong><a href="https://www.eldiario.es/temas/subsidios/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"><strong>subsidio</strong></a>, principalmente en materia de rentas y cargas familiares. Este procedimiento es obligatorio para todos los subsidios de larga duraci&oacute;n, como el de mayores de 45 a&ntilde;os, el de cargas familiares o el de mayores de 52 a&ntilde;os, entre otros. La renovaci&oacute;n permite al organismo comprobar que no ha habido cambios que afecten a la ayuda.
    </p><h3 class="article-text">&iquest;Cada cu&aacute;nto tiempo hay que prorrogarlo?</h3><p class="article-text">
        La regla general es que los subsidios se reconocen <strong>inicialmente por un per&iacute;odo de seis meses</strong>, prorrogables hasta agotar la duraci&oacute;n m&aacute;xima prevista en cada modalidad. Por tanto, cada seis meses el beneficiario debe solicitar la pr&oacute;rroga. As&iacute; ocurre, por ejemplo, con el subsidio por ayuda familiar o el de mayores de 45 a&ntilde;os.
    </p><p class="article-text">
        Ahora bien, <strong>existen particularidades</strong>. El SEPE recuerda que en algunos subsidios el <strong>primer control de rentas se realiza a los tres meses, </strong>antes de conceder la siguiente pr&oacute;rroga de seis. Es el caso de quienes inician el subsidio tras agotar una prestaci&oacute;n contributiva: el reconocimiento inicial puede concederse por tres meses, y despu&eacute;s pasar a renovaciones semestrales. En todos los casos, lo relevante es estar atento a la fecha exacta indicada en la resoluci&oacute;n de concesi&oacute;n para no incurrir en retrasos.
    </p><h3 class="article-text">Qui&eacute;nes deben hacerlo y qui&eacute;nes no</h3><p class="article-text">
        Deben prorrogar su subsidio<strong> todos los beneficiarios que lo perciben por un tiempo superior a seis meses</strong>, <strong>salvo que se trate de ayudas extraordinarias </strong>como la Renta Activa de Inserci&oacute;n (RAI) o el <strong>subsidio extraordinario por desempleo</strong> (SED), que funcionan con otra l&oacute;gica y se conceden por per&iacute;odos anuales completos. Tambi&eacute;n quedan fuera las prestaciones contributivas, que no requieren ning&uacute;n tr&aacute;mite intermedio.
    </p><p class="article-text">
        <strong>En el caso espec&iacute;fico del subsidio para mayores de 52 a&ntilde;os</strong>, aunque se renueva de forma autom&aacute;tica hasta la edad de jubilaci&oacute;n, el beneficiario est&aacute; <strong>obligado a presentar anualmente la declaraci&oacute;n de rentas para mantenerlo. </strong>Por tanto, en esta modalidad no se habla de pr&oacute;rroga semestral, pero s&iacute; de la necesidad de acreditar ingresos una vez al a&ntilde;o.
    </p><h3 class="article-text">C&oacute;mo y cu&aacute;ndo solicitar la pr&oacute;rroga</h3><p class="article-text">
        El tr&aacute;mite puede realizarse en <strong>cualquier oficina de empleo, con cita previa, o a trav&eacute;s de la sede electr&oacute;nica del SEPE, mediante certificado digital, Cl@ve o DNI electr&oacute;nico. </strong>El plazo es muy estricto: debe presentarse <strong>dentro de los 15 d&iacute;as h&aacute;biles siguientes a la fecha en que se cumplen los seis meses de subsidio</strong>, o tres en aquellos casos en que as&iacute; se haya reconocido inicialmente. Si se deja pasar el plazo, el subsidio se extingue y la persona deber&aacute; volver a solicitarlo, con el riesgo de perder parte de la ayuda.
    </p><figure class="embed-container embed-container--type-youtube ratio">
    
                    
                            
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            </figure><p class="article-text">
        La documentaci&oacute;n suele ser m&iacute;nima: basta con el impreso de solicitud y, en algunos casos, justificantes de rentas o cargas familiares actualizadas. El sistema PROSUB del SEPE est&aacute; dise&ntilde;ado para automatizar gran parte de la verificaci&oacute;n, pero requiere siempre la confirmaci&oacute;n expresa del solicitante.
    </p><h3 class="article-text">El recordatorio del SEPE</h3><p class="article-text">
        El propio organismo ha utilizado sus canales oficiales para recordar esta obligaci&oacute;n. <strong>En un tuit reciente</strong> publicado en su cuenta de X (antes Twitter), el SEPE subrayaba: <em>&ldquo;</em>Recuerda que, si percibes un subsidio por desempleo, debes solicitar su pr&oacute;rroga cada seis meses para mantener el derecho. Es un tr&aacute;mite sencillo y puedes hacerlo desde la sede electr&oacute;nica<em>&rdquo;</em>. 
    </p><blockquote class="twitter-tweet" data-lang="es"><a href="https://twitter.com/X/status/1955204212511449514?ref_src=twsrc%5Etfw"></a></blockquote><script async src="https://platform.twitter.com/widgets.js" charset="utf-8"></script><p class="article-text">
        El mensaje ha servido como recordatorio a miles de beneficiarios, muchos de los cuales tienden a confundir este procedimiento con el sellado del paro, cuando en realidad se trata de gestiones diferentes.
    </p><h3 class="article-text">Qu&eacute; ocurre si no se prorroga</h3><p class="article-text">
        El incumplimiento de la pr&oacute;rroga implica la p&eacute;rdida del subsidio a partir del d&iacute;a en que se deb&iacute;a haber renovado, sin posibilidad de cobrar los d&iacute;as perdidos aunque se reactive despu&eacute;s. <strong>En algunos casos puede incluso obligar a presentar una nueva solicitud completa</strong>, con el consiguiente riesgo de quedar excluido si se han superado los l&iacute;mites de renta o cambiado las circunstancias familiares. Por eso, el SEPE insiste en que el beneficiario est&eacute; atento a los plazos y realice la gesti&oacute;n con puntualidad.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Ada Sanuy]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/debes-solicitar-prorroga-subsidio-desempleo-pm_1_12547620.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 21 Aug 2025 10:18:37 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[¿Cuándo debes solicitar la prórroga de tu subsidio por desempleo?]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[SEPE,Subsidios,Desempleo,Prestaciones]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El subsidio para mayores de 52 años no cambia tras la reforma: el SEPE lanza un mensaje de calma]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/subsidio-mayores-52-anos-no-cambia-reforma-sepe-lanza-mensaje-calma-pm_1_12512706.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/f6cc287e-034f-4fc1-8d0c-3c1dc5e85e88_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El subsidio para mayores de 52 años no cambia tras la reforma: el SEPE lanza un mensaje de calma"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El organismo aclara que la reforma del nivel asistencial no altera las condiciones de esta ayuda clave</p><p class="subtitle">¿Puedes pedir el paro si aún tienes vacaciones pendientes? Esto es lo que dice el SEPE</p></div><p class="article-text">
        El <strong>subsidio por </strong><a href="https://www.eldiario.es/temas/desempleo/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"><strong>desempleo</strong></a><strong> para mayores de 52 a&ntilde;os</strong> se mantiene intacto tras la reforma del nivel asistencial que <strong>entr&oacute; en vigor el 1 de noviembre de 2024</strong>, seg&uacute;n ha querido aclarar el <a href="https://www.eldiario.es/temas/sepe/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Servicio P&uacute;blico de Empleo Estatal (SEPE)</a>. Ante la confusi&oacute;n generada por los primeros borradores del <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2024-10235" target="_blank" rel="nofollow" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Real Decreto-ley 2/2024</a>, el organismo ha lanzado un mensaje tranquilizador a trav&eacute;s de su perfil oficial en X (antes Twitter), recordando que <strong>las condiciones de esta prestaci&oacute;n no han sido modificadas</strong>. El anuncio llega en un momento especialmente delicado para miles de beneficiarios que dependen de esta ayuda como &uacute;nico sustento econ&oacute;mico.
    </p><p class="article-text">
        La precisi&oacute;n del SEPE viene motivada por los efectos arrastre de una reforma aprobada en Consejo de Ministros el pasado 21 de mayo y convalidada en el Congreso el 20 de junio. Aunque el nuevo texto legal introduce numerosas novedades que afectan a varios subsidios del nivel asistencial, <strong>el subsidio espec&iacute;fico para mayores de 52 a&ntilde;os conserva sus dos caracter&iacute;sticas principales</strong>: una cuant&iacute;a mensual equivalente al 80% del IPREM, es decir, 480 euros, y una cotizaci&oacute;n del 125% de la base m&iacute;nima durante todo el periodo de percepci&oacute;n.
    </p><h2 class="article-text">Una reforma con muchas novedades, pero sin impacto en esta ayuda</h2><p class="article-text">
        El <strong>objetivo principal</strong> del nuevo dise&ntilde;o normativo es <strong>simplificar los procedimientos y mejorar el acceso a las </strong><a href="https://www.eldiario.es/temas/prestaciones/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"><strong>prestaciones</strong></a><strong> por desempleo. </strong>As&iacute;, desaparecen trabas burocr&aacute;ticas como el mes de espera para solicitar un subsidio o el concepto de &ldquo;d&iacute;as consumidos&rdquo;. Tambi&eacute;n se ampl&iacute;a a seis meses el plazo de solicitud desde la situaci&oacute;n que da derecho al subsidio y se elimina el doble requisito de carencia de rentas propias y familiares.
    </p><blockquote class="twitter-tweet" data-lang="es"><a href="https://twitter.com/X/status/1950523063860183322?ref_src=twsrc%5Etfw"></a></blockquote><script async src="https://platform.twitter.com/widgets.js" charset="utf-8"></script><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, se establece la compatibilidad de las prestaciones con las becas y ayudas para formaci&oacute;n profesional, y se reconoce expl&iacute;citamente la compatibilidad temporal con el trabajo remunerado. Con el <strong>nuevo complemento de apoyo</strong> al empleo (CAE), los beneficiarios de subsidios <strong>podr&aacute;n mantener la ayuda hasta 180 d&iacute;as mientras trabajan por cuenta ajena</strong>, ya sea a jornada parcial o completa. Pasado ese periodo, el subsidio queda suspendido autom&aacute;ticamente.
    </p><p class="article-text">
        No obstante, estas novedades no afectan al subsidio para mayores de 52 a&ntilde;os. <strong>Como recuerda el SEPE, &ldquo;no se ha modificado por la reforma del nivel asistencial&rdquo;</strong>. Esta diferenciaci&oacute;n es clave, ya que <strong>m&aacute;s de 270.000 personas perciben esta ayuda en Espa&ntilde;a</strong>, y cualquier cambio puede tener un fuerte impacto socioecon&oacute;mico.
    </p><h2 class="article-text">La clave: las cotizaciones</h2><p class="article-text">
        <strong>La confusi&oacute;n se origin&oacute; por el primer borrador de la norma</strong>, que inclu&iacute;a una reducci&oacute;n progresiva en las cotizaciones asociadas al subsidio para mayores de 52 a&ntilde;os, <strong>pasando del 125% actual de la base m&iacute;nima al 100%.</strong> Esta medida gener&oacute; una intensa pol&eacute;mica pol&iacute;tica y fue uno de los principales motivos por los que Podemos vot&oacute; en contra del texto original, provocando su ca&iacute;da en una primera votaci&oacute;n parlamentaria. Tras nuevas negociaciones, <strong>el Gobierno de coalici&oacute;n elimin&oacute; esta medida de la versi&oacute;n final</strong>. En consecuencia, las personas que accedan o ya est&eacute;n cobrando este subsidio continuar&aacute;n generando derecho a pensi&oacute;n bajo las mismas condiciones que hasta ahora.
    </p><h2 class="article-text">Nuevas cuant&iacute;as y tramos en otros subsidios</h2><p class="article-text">
        <strong>Donde s&iacute; se producen cambios</strong> es en las cuant&iacute;as de los dem&aacute;s subsidios del nivel asistencial. A partir del 1 de noviembre, las nuevas ayudas seguir&aacute;n este esquema:
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li><strong>Primeros 6 meses</strong>: 95% del IPREM (570 euros)</li>
                                    <li><strong>Siguientes 6 meses</strong>: 90% del IPREM (540 euros)</li>
                                    <li><strong>Resto del periodo</strong>: 80% del IPREM (480 euros)</li>
                            </ul>
            </div><p class="article-text">
        Este escalonado tiene como objetivo incentivar la b&uacute;squeda activa de empleo en los primeros tramos de percepci&oacute;n, antes de estabilizarse en el &uacute;ltimo tramo con una cuant&iacute;a id&eacute;ntica a la del subsidio de mayores de 52 a&ntilde;os.
    </p><h2 class="article-text">Cambios importantes para colectivos espec&iacute;ficos</h2><p class="article-text">
        <strong>La reforma tambi&eacute;n contempla medidas dirigidas a grupos vulnerables</strong>. Se ampl&iacute;a la cobertura del subsidio por agotamiento de la prestaci&oacute;n contributiva a menores de 45 a&ntilde;os sin cargas familiares, siempre que hayan cotizado al menos 360 d&iacute;as. Tambi&eacute;n se unifica la protecci&oacute;n por desempleo para los trabajadores agrarios eventuales con la del resto de trabajadores, eliminando duplicidades en la gesti&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Otro cambio relevante es que <strong>los subsidios ya no ser&aacute;n de duraci&oacute;n abierta, sino que deber&aacute;n renovarse cada tres meses</strong>, presentando una solicitud de pr&oacute;rroga. Este nuevo marco exige, adem&aacute;s, que los solicitantes presenten anualmente su declaraci&oacute;n del IRPF y una declaraci&oacute;n responsable de rentas.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Ada Sanuy]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/subsidio-mayores-52-anos-no-cambia-reforma-sepe-lanza-mensaje-calma-pm_1_12512706.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 05 Aug 2025 05:00:04 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El subsidio para mayores de 52 años no cambia tras la reforma: el SEPE lanza un mensaje de calma]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[SEPE,Prestaciones,Seguridad Social,Subsidios]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La protección por desempleo cubre cada vez a más personas en paro y se aproxima al récord del 80%]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/proteccion-desempleo-cubre-vez-personas-paro-aproxima-record-80_1_12468445.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/a955e6a7-215a-4f7a-b884-96b97aaf420e_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La protección por desempleo cubre cada vez a más personas en paro y se aproxima al récord del 80%"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">En el primer trimestre de 2025, alcanzó el 76,3%, el dato más alto en 15 años, destaca un informe de CCOO, que advierte no obstante de "vacíos" en empleadas del hogar y de la necesidad de subir el IPREM</p><p class="subtitle">El subsidio de paro sube a 570 euros, lo pueden cobrar más colectivos y otras claves que entran en vigor este noviembre
</p></div><p class="article-text">
        Las prestaciones y los subsidios por desempleo cada vez alcanzan a m&aacute;s personas en paro y, en el primer trimestre del a&ntilde;o, situaron la protecci&oacute;n en el dato m&aacute;s alto desde hace 15 a&ntilde;os. La tasa de cobertura, porcentaje de personas con experiencia laboral inscritas en los servicios p&uacute;blicos de empleo que reciben alguna protecci&oacute;n, se situ&oacute; en el 76,3% en el primer trimestre de 2025, muy cerca del r&eacute;cord hist&oacute;rico previo, de casi el 80% alcanzado en 2010, destaca Comisiones Obreras en <a href="https://www.ccoo.es/178044bd9c205e0a875de22a2a5d422c000001.pdf" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link" target="_blank">su informe anual</a> sobre esta materia. 
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n los &uacute;ltimos datos de junio, que <a href="https://www.eldiario.es/economia/empleo-marca-nuevo-record-roza-21-9-millones-trabajadores-junio_1_12430938.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">se alcanz&oacute; un nuevo m&aacute;ximo de empleo</a>, en Espa&ntilde;a hay 2,4 millones de personas en paro. Mientras el n&uacute;mero de personas desempleadas se reduce, un 5,4% en el &uacute;ltimo a&ntilde;o, &ldquo;las personas beneficiarias de prestaciones se incrementan un 2,5%&rdquo;, indica el informe de CCOO, por lo que la tasa de cobertura crece. En 2024, el dato era del 70% y en el inicio de 2025 ha dado otro importante salto, escalando hasta el 76,3%. En t&eacute;rminos absolutos, se trata de 1,8 millones de personas.
    </p><figure class="embed-container embed-container--type-embed ">
    
            <br>
<iframe title="¿Cuántos desempleados perciben alguna prestación?" aria-label="Gráfico de columnas" id="datawrapper-chart-int1m" src="https://datawrapper.dwcdn.net/int1m/1/" scrolling="no" frameborder="0" style="width: 0; min-width: 100% !important; border: none;" height="456" data-external="1"></iframe><script type="text/javascript">!function(){"use strict";window.addEventListener("message",function(a){if(void 0!==a.data["datawrapper-height"]){var e=document.querySelectorAll("iframe");for(var t in a.data["datawrapper-height"])for(var r,i=0;r=e[i];i++)if(r.contentWindow===a.source){var d=a.data["datawrapper-height"][t]+"px";r.style.height=d}}})}();
</script>
<br>
    </figure><p class="article-text">
        Por sexos, la tasa de cobertura de los hombres supera con creces la de las mujeres: es del 83,8% y del 71,3%, respectivamente. La brecha en la cobertura se debe a &ldquo;peores condiciones laborales&rdquo;, destaca el sindicato, como una mayor proporci&oacute;n del trabajo a tiempo parcial (el 7% de los hombres trabajan a tiempo parcial, frente al 22% de las mujeres), y a que ellos tambi&eacute;n ostentan mejores datos de contratos indefinidos que ellas, entre otras.
    </p><h2 class="article-text">Mejora del empleo, fin de algunos recortes y nueva protecci&oacute;n</h2><p class="article-text">
        En el inicio de la crisis financiera se lleg&oacute; a la mayor tasa de cobertura del sistema de desempleo, al que accedieron multitud de personas, muchas de ellas con largas carreras de cotizaci&oacute;n y con derecho a la prestaci&oacute;n. La reforma de la protecci&oacute;n por desempleo de 2012, del Gobierno del PP de Mariano Rajoy, incluy&oacute; multitud de recortes, que provocaron &ldquo;el descenso en la cobertura durante a&ntilde;os&rdquo;, recuerda el sindicato.
    </p><p class="article-text">
        Desde 2017, con la mejora de la situaci&oacute;n macroecon&oacute;mica y el aumento del empleo, la tasa de cobertura fren&oacute; su descenso y en los &uacute;ltimos a&ntilde;os ha ido en aumento, sobre todo a ra&iacute;z de la eliminaci&oacute;n de algunos de esos recortes de las pol&iacute;ticas de austeridad, como <a href="https://www.eldiario.es/economia/gobierno-recupera-desempleados-endurecio-rajoy_1_1756744.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la recuperaci&oacute;n del subsidio de paro a los 52 a&ntilde;os (y no a los 55) en 2019</a>. 
    </p><p class="article-text">
        El informe de CCOO recoge un gran aumento de la tasa de cobertura a partir de 2022, cuando entra en vigor la reforma laboral que ha reducido a m&iacute;nimos hist&oacute;ricos el trabajo temporal y elevado los contratos indefinidos. Con un mercado laboral con m&aacute;s empleo y con m&aacute;s estabilidad, hay m&aacute;s personas que pueden acceder a la prestaci&oacute;n de paro cuando se quedan en desempleo porque han logrado sumar el periodo cotizado para ello. En el &uacute;ltimo a&ntilde;o, esta es la principal causa del aumento de la cobertura, ya que &ldquo;las prestaciones contributivas se incrementan un 5% anualmente, y un 0,1% las asistenciales&rdquo;, explica el sindicato. 
    </p><figure class="embed-container embed-container--type-embed ">
    
            <br>

<iframe title="Así ha evolucionado el paro registrado en los últimos años" aria-label="Interactive line chart" id="datawrapper-chart-0pGme" src="https://datawrapper.dwcdn.net/0pGme/1/" scrolling="no" frameborder="0" style="width: 0; min-width: 100% !important; border: none;" height="520" data-external="1"></iframe><script type="text/javascript">!function(){"use strict";window.addEventListener("message",(function(a){if(void 0!==a.data["datawrapper-height"]){var e=document.querySelectorAll("iframe");for(var t in a.data["datawrapper-height"])for(var r,i=0;r=e[i];i++)if(r.contentWindow===a.source){var d=a.data["datawrapper-height"][t]+"px";r.style.height=d}}}))}();
</script>


<br>
    </figure><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, en los &uacute;ltimos a&ntilde;os se ha ampliado la protecci&oacute;n de desempleo a colectivos antes descubiertos. En 2022, <a href="https://www.eldiario.es/economia/trabajadoras-hogar-podran-cobrar-paro-elimina-despido-causa_1_9291894.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">el Gobierno aprob&oacute; el derecho a paro de las trabajadoras del hogar</a>, tras una sentencia que resolv&iacute;a que la legislaci&oacute;n de Espa&ntilde;a era discriminatoria. Tambi&eacute;n se ha aumentado la protecci&oacute;n para los fijos discontinuos y a finales de 2024 entr&oacute; en vigor <a href="https://www.eldiario.es/economia/subsidio-paro-sube-570-euros-cobrar-colectivos-claves-entran-vigor-noviembre_1_11780925.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la reforma del subsidio de desempleo</a>, que aument&oacute; su cuant&iacute;a a 570 euros al mes y que ampli&oacute; el colectivo de beneficiarios con derecho a protecci&oacute;n, como menores de 45 a&ntilde;os sin cargas familiares y a los eventuales agrarios m&aacute;s all&aacute; de Andaluc&iacute;a y Extremadura, entre otros. &ldquo;Anualmente, estamos hablando de centenares de miles de personas&rdquo;, destaca Carlos Bravo, secretario confederal de Pol&iacute;ticas P&uacute;blicas y Protecci&oacute;n Social de CCOO, que antes se quedaban fuera del sistema de protecci&oacute;n. 
    </p><p class="article-text">
        No obstante, &ldquo;sigue habiendo vac&iacute;os de protecci&oacute;n&rdquo;, advierte Bravo, que recuerda que a&uacute;n hay cerca de medio mill&oacute;n de personas, el 21% de las personas paradas con experiencia laboral apuntadas al SEPE, que no percibe ninguna protecci&oacute;n por desempleo. CCOO ha anunciado que va a actuar en uno de estos &ldquo;vac&iacute;os&rdquo; de cobertura: el derecho a paro de las trabajadoras del hogar por los periodos previos a la reforma de 2022, que <a href="https://www.eldiario.es/galicia/tribunal-gallego-reconoce-derecho-cobrar-paro-empleada-hogar-pidio-ley-permite_1_10642250.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">ya ha reconocido alguna sentencia</a>. El sindicato va a exigir a Trabajo que modifique la legislaci&oacute;n y, si no ocurre, est&aacute; contemplando demandar en los tribunales a trav&eacute;s de sus servicios jur&iacute;dicos. 
    </p><h2 class="article-text">Mejora la calidad de la protecci&oacute;n, aunque hay m&aacute;s asistencial</h2><p class="article-text">
        Adem&aacute;s de ampliar la cobertura del sistema de protecci&oacute;n por desempleo, este est&aacute; mejorando su calidad, indica CCOO, ya que siguen ganando peso las prestaciones contributivas, de mayor cuant&iacute;a que los subsidios. Sin embargo, todav&iacute;a predominan las ayudas asistenciales, que se impusieron durante la pasada crisis financiera y a&uacute;n no se ha revertido esta situaci&oacute;n. 
    </p><figure class="embed-container embed-container--type-embed ">
    
            <br>
<iframe title="Hay más prestaciones por desempleo asistenciales" aria-label="Interactive line chart" id="datawrapper-chart-c3JqG" src="https://datawrapper.dwcdn.net/c3JqG/1/" scrolling="no" frameborder="0" style="width: 0; min-width: 100% !important; border: none;" height="423" data-external="1"></iframe><script type="text/javascript">!function(){"use strict";window.addEventListener("message",function(a){if(void 0!==a.data["datawrapper-height"]){var e=document.querySelectorAll("iframe");for(var t in a.data["datawrapper-height"])for(var r,i=0;r=e[i];i++)if(r.contentWindow===a.source){var d=a.data["datawrapper-height"][t]+"px";r.style.height=d}}})}();
</script>
<br>
    </figure><p class="article-text">
        Con datos de marzo, casi el 54% de las personas recib&iacute;a subsidios, mientras que el 46% cobraba la prestaci&oacute;n. En t&eacute;rminos absolutos, en marzo hab&iacute;a 988.852 personas bajo la protecci&oacute;n asistencial y 850.518 que cobraban la prestaci&oacute;n contributiva.
    </p><p class="article-text">
        Carlos Bravo se&ntilde;al&oacute; un punto flaco importante de la protecci&oacute;n por desempleo: &ldquo;La revalorizaci&oacute;n del IPREM&rdquo;. &ldquo;La ausencia de revalorizaci&oacute;n del IPREM de 2010 a 2020 y el nuevo estancamiento de su cuant&iacute;a tras el ligero incremento de 2021 a 2023 en que desde entonces vuelve a permanecer estancado, dificulta la mejora de las cuant&iacute;as de las prestaciones tanto contributivas, cuyos topes m&aacute;ximos y m&iacute;nimos est&aacute;n referenciados a este indicador, como de las asistenciales y el CAE, cuya cuant&iacute;a es un porcentaje del IPREM&rdquo;, destaca el informe del sindicato. 
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;No revalorizar el IPREM significa devaluar el nivel de desempleo&rdquo;, explic&oacute; Bravo, ya que el coste de vida aumenta, pero no los subsidios y prestaciones que se referencian a este indicador. &ldquo;Acumulaba hasta 2023 una p&eacute;rdida de poder de compra del 14%, que en 2024 ya se sit&uacute;a en el entorno del 17%&rdquo;, cifra el sindicato, que exige al Gobierno que aumente su cuant&iacute;a de forma urgente, mediante un decreto ley.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Laura Olías]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/proteccion-desempleo-cubre-vez-personas-paro-aproxima-record-80_1_12468445.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 28 Jul 2025 20:59:33 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La protección por desempleo cubre cada vez a más personas en paro y se aproxima al récord del 80%]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Paro,Desempleo,CCOO - Comisiones Obreras,Subsidios]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Cómo cobrar el paro de golpe para montar tu propio negocio: requisitos y pasos]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/cobrar-paro-golpe-montar-propio-negocio-requisitos-pasos-pm_1_12419051.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/d647cc4c-b27a-402b-870f-4990b721a723_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Cómo cobrar el paro de golpe para montar tu propio negocio: requisitos y pasos"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Una medida del SEPE permite a personas desempleadas acceder anticipadamente a su prestación para iniciar una actividad por cuenta propia, integrarse en una cooperativa o participar en la creación de una sociedad</p><p class="subtitle">Los permisos retribuidos con el 100% del sueldo a los que tienes derecho</p></div><p class="article-text">
        <strong>Transformar una situaci&oacute;n de </strong><a href="https://www.eldiario.es/temas/desempleo/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"><strong>desempleo</strong></a><strong> en una oportunidad de autoempleo es posible a trav&eacute;s de la capitalizaci&oacute;n del paro</strong>. Esta medida, tambi&eacute;n conocida como pago &uacute;nico, permite cobrar de forma anticipada parte o la totalidad de la prestaci&oacute;n por desempleo para poner en marcha una actividad por cuenta propia, incorporarse como socio o socia trabajadora en una cooperativa o participar en la creaci&oacute;n de una sociedad mercantil.
    </p><p class="article-text">
        Se trata de una iniciativa pensada para <strong>facilitar el emprendimiento entre personas desempleadas</strong>, permiti&eacute;ndoles contar con recursos inmediatos para arrancar un proyecto sin tener que agotar primero su prestaci&oacute;n. A cambio, deben asumir una serie de compromisos y justificar el uso de ese dinero en el plazo de un mes.
    </p><h2 class="article-text">&iquest;Qui&eacute;n puede solicitar el pago &uacute;nico?</h2><p class="article-text">
        No todas las personas que est&aacute;n en paro pueden acogerse a esta f&oacute;rmula. <strong>Es necesario tener pendiente de cobro</strong>, como m&iacute;nimo<strong>, tres mensualidades </strong>de la prestaci&oacute;n contributiva por desempleo <strong>y no haber recibido una capitalizaci&oacute;n en los &uacute;ltimos cuatro a&ntilde;os</strong>. Adem&aacute;s, la solicitud debe presentarse antes del inicio de la actividad profesional o de la incorporaci&oacute;n a la entidad cooperativa o mercantil.
    </p><p class="article-text">
        En el caso de querer integrarse en una cooperativa o sociedad laboral como socio o socia trabajadora sin haber pasado previamente por una situaci&oacute;n legal de desempleo, se exige que se cumplan todos los requisitos de acceso a la prestaci&oacute;n salvo ese. Tampoco se permite capitalizar <strong>si el alta como </strong><a href="https://www.eldiario.es/temas/autonomos/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"><strong>aut&oacute;nomo</strong></a><strong> implica mantener una relaci&oacute;n contractual con una empresa con la que se haya trabajado justo antes del paro</strong>, o que pertenezca al mismo grupo empresarial.
    </p><h2 class="article-text">&iquest;Para qu&eacute; se puede usar el dinero?</h2><p class="article-text">
        El dinero recibido a trav&eacute;s de la capitalizaci&oacute;n debe destinarse exclusivamente a:
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li>Desarrollar una actividad como aut&oacute;nomo o aut&oacute;noma.</li>
                                    <li>Aportar capital social en una sociedad mercantil de nueva creaci&oacute;n (o creada hace menos de 12 meses), siempre que se tenga el control efectivo y se trabaje activamente en ella.</li>
                                    <li>Incorporarse de forma estable a una cooperativa o sociedad laboral como socio o socia trabajadora.</li>
                                    <li>Adquirir acciones de una empresa en concurso para convertirla en cooperativa o sociedad laboral.</li>
                            </ul>
            </div><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, <strong>una parte del importe puede reservarse para subvencionar mensualmente las cuotas a la </strong><a href="https://www.eldiario.es/temas/seguridad-social/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"><strong>Seguridad Social</strong></a><strong>,</strong> en lugar de recibir todo el capital en un &uacute;nico pago.
    </p><h2 class="article-text">&iquest;C&oacute;mo se solicita?</h2><p class="article-text">
        El proceso de solicitud puede hacerse de manera presencial o telem&aacute;tica. Estas son las opciones disponibles:
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li>A trav&eacute;s de la sede electr&oacute;nica del <a href="https://www.eldiario.es/temas/sepe/" data-mrf-recirculation="links-noticia">SEPE</a>.</li>
                                    <li>En oficinas de prestaciones (con cita previa).</li>
                                    <li>En cualquier oficina de registro p&uacute;blico.</li>
                                    <li>Por correo administrativo.</li>
                            </ul>
            </div><p class="article-text">
        Es posible solicitar el pago &uacute;nico al mismo tiempo que la prestaci&oacute;n por desempleo o m&aacute;s adelante, siempre que no se haya iniciado la actividad y queden al menos tres mensualidades por cobrar. Si ya se ha iniciado un procedimiento judicial por despido, hay que esperar a que se resuelva antes de presentar la solicitud.
    </p><blockquote class="twitter-tweet" data-lang="es"><a href="https://twitter.com/X/status/1938148971819467222?ref_src=twsrc%5Etfw"></a></blockquote><script async src="https://platform.twitter.com/widgets.js" charset="utf-8"></script><h2 class="article-text">&iquest;Qu&eacute; documentaci&oacute;n se necesita?</h2><p class="article-text">
        Adem&aacute;s del formulario oficial, ser&aacute; necesario presentar:
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li>Documento de identidad (DNI o NIE, seg&uacute;n el caso).</li>
                                    <li>Una memoria explicativa del proyecto, en la que se detalle la actividad a desarrollar, la inversi&oacute;n y el plan de negocio.</li>
                                    <li>Documentos espec&iacute;ficos seg&uacute;n la f&oacute;rmula elegida: escritura de constituci&oacute;n de la empresa, alta en la Seguridad Social, acuerdo de incorporaci&oacute;n a cooperativa, justificaci&oacute;n de aportaciones, etc.</li>
                            </ul>
            </div><p class="article-text">
        En todos los casos, <strong>una vez recibido el dinero, se deber&aacute; justificar ante el SEPE que se ha utilizado para el fin previsto</strong>. Esa justificaci&oacute;n <strong>debe hacerse en el plazo de un mes</strong> y acompa&ntilde;arse de la documentaci&oacute;n acreditativa correspondiente (transferencias, facturas, justificantes de alta, etc.).
    </p><h2 class="article-text">Plazos y obligaciones tras recibir el pago</h2><p class="article-text">
        <strong>El inicio de la actividad debe producirse como m&aacute;ximo un mes despu&eacute;s de recibir la resoluci&oacute;n favorable</strong>. Adem&aacute;s, <strong>durante los cinco a&ntilde;os siguientes es obligatorio mantener la actividad</strong> como aut&oacute;nomo o la participaci&oacute;n en la cooperativa o sociedad en la que se ha invertido el capital. En ese periodo, el importe recibido estar&aacute; exento de tributaci&oacute;n por IRPF, siempre que se cumplan los requisitos.
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n hay que tener en cuenta que, una vez capitalizado el paro, <strong>no se podr&aacute; volver a percibir prestaci&oacute;n por desempleo hasta que transcurra un tiempo equivalente al periodo que se ha adelantado</strong>. Tampoco se podr&aacute; solicitar una nueva capitalizaci&oacute;n en los pr&oacute;ximos cuatro a&ntilde;os.
    </p><h2 class="article-text">&iquest;Y si soy aut&oacute;nomo y tengo derecho a la prestaci&oacute;n por cese de actividad?</h2><p class="article-text">
        Las personas que han sido aut&oacute;nomas y tienen reconocida la prestaci&oacute;n por cese de actividad <strong>tambi&eacute;n pueden solicitar el pago &uacute;nico,</strong> aunque en este caso el tr&aacute;mite debe <strong>realizarse ante la mutua con la que tengan cubiertas las contingencias profesionales</strong>, o ante el Instituto Social de la Marina. Se exige, eso s&iacute;, tener pendiente de percibir al menos seis meses de la prestaci&oacute;n. Esta posibilidad convierte a la capitalizaci&oacute;n en una herramienta &uacute;til no solo para quienes salen del trabajo por cuenta ajena, sino tambi&eacute;n para quienes necesitan reinventarse tras cerrar su negocio.
    </p><h2 class="article-text">&iquest;Te interesa emprender con la ayuda del pago &uacute;nico?</h2><p class="article-text">
        La capitalizaci&oacute;n del paro puede ser una v&iacute;a eficaz para reducir las barreras de entrada al autoempleo, pero <strong>conviene informarse bien antes de iniciar el proceso</strong>. Existen <strong>puntos de asesoramiento como los PAIT</strong> (Puntos de Atenci&oacute;n e Inicio de Tramitaci&oacute;n) <strong>y la plataforma CIRCE</strong>, donde se puede recibir acompa&ntilde;amiento y orientaci&oacute;n para poner en marcha una empresa desde cero. Tambi&eacute;n es posible ampliar informaci&oacute;n a trav&eacute;s del tel&eacute;fono de atenci&oacute;n del SEPE o consultando su sede electr&oacute;nica.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Ada Sanuy]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/cobrar-paro-golpe-montar-propio-negocio-requisitos-pasos-pm_1_12419051.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 27 Jun 2025 07:30:12 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Cómo cobrar el paro de golpe para montar tu propio negocio: requisitos y pasos]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Seguridad Social,SEPE,Autónomos,Emprendedores,Subsidios]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Supremo permite a un trabajador quedarse con 12.000 euros de un subsidio de paro cobrado por error administrativo]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/supremo-permite-trabajador-quedarse-12-000-euros-subsidio-paro-cobrado-error-administrativo_1_12145765.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/cd5fb6ba-1490-4aa6-9525-7067fe5514dc_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Supremo permite a un trabajador quedarse con 12.000 euros de un subsidio de paro cobrado por error administrativo"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El tribunal concluye que el beneficiario desconocía que no reunía los requisitos para el subsidio, ya que la Seguridad Social había acreditado por error que cumplía con el mínimo cotizado</p><p class="subtitle">El Supremo restringe el subsidio para parados mayores de 52 años a quienes sean demandantes de empleo desde que se quedaron sin trabajo</p></div><p class="article-text">
        El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que desestima las pretensiones del Servicio P&uacute;blico de Empleo Estatal (SEPE) para que un trabajador devolviera 12.000 euros que percibi&oacute; por un error de la Administraci&oacute;n en concepto de subsidio por desempleo para mayores de 55 a&ntilde;os. La clave para los magistrados es que el afectado desconoc&iacute;a que no ten&iacute;a derecho a la ayuda, ya que la Seguridad Social hab&iacute;a acreditado que cumpl&iacute;a con el m&iacute;nimo de cotizaci&oacute;n para percibirlo. 
    </p><p class="article-text">
        <a href="https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/014fe7895151fc55a0a8778d75e36f0d/20250313" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link" target="_blank">El fallo</a>, del que informa Europa Press, confirma y declara firme una sentencia anterior del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que daba la raz&oacute;n al trabajador en contra del SEPE.
    </p><p class="article-text">
        El organismo p&uacute;blico recurri&oacute; en casaci&oacute;n al Supremo, contraponiendo otra sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) que revoc&oacute; el derecho al subsidio de desempleo para mayores de 55 a&ntilde;os a una trabajadora a la que se le concedi&oacute; por error, orden&aacute;ndole el reintegro de las prestaciones indebidamente percibidas.
    </p><h2 class="article-text">El afectado desconoc&iacute;a que no ten&iacute;a derecho</h2><p class="article-text">
        No obstante, el Supremo aprecia una importante diferencia entre ambos casos. Mientras que la trabajadora a la que se le revoc&oacute; el subsidio era consciente de que no cumpl&iacute;a los requisitos para percibirlo, sin hacer nada para evitar seguir cobr&aacute;ndolo, en el caso ahora juzgado el afectado no ten&iacute;a conocimiento de que estaba cobr&aacute;ndolo de manera err&oacute;nea, pues el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) certific&oacute; inicialmente que cumpl&iacute;a con los requisitos exigidos de cotizaci&oacute;n para su percepci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;No es lo mismo, ciertamente, tener conocimiento de que se est&aacute;n percibiendo indebidamente determinadas cantidades &ndash;como consta expresamente en la sentencia de contraste&ndash;, que no tener conocimiento de dicha circunstancia &ndash;como es el caso de la sentencia recurrida&ndash;.&rdquo;, resuelve el Supremo. 
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;De lo anterior podr&iacute;a llegar a inferirse que los distintos fallos de las sentencias comparadas se pueden explicar por los diferentes hechos que en ellas quedan acreditados, teniendo especialmente relieve el que estamos ahora considerando del conocimiento o no conocimiento de que los pagos eran indebidos&rdquo;, recoge la sentencia. 
    </p><h2 class="article-text">La doctrina Cakarevic</h2><p class="article-text">
        Los hechos se remontan a abril de 2015. El d&iacute;a 15 de ese mes se reconoci&oacute; al afectado el subsidio por desempleo para mayores de 55 a&ntilde;os hasta que alcanzase la edad para acceder a la pensi&oacute;n de jubilaci&oacute;n en cualquiera de sus modalidades. Previamente, el 9 de abril de ese mismo a&ntilde;o, el INSS hab&iacute;a emitido un certificando acreditando que el solicitante cumpl&iacute;a con el periodo gen&eacute;rico y espec&iacute;fico de cotizaci&oacute;n para el cobro del subsidio, que estuvo percibiendo durante varios a&ntilde;os. La cantidad total cobrada alcanz&oacute; los 12.030,84 euros.
    </p><p class="article-text">
        El 28 de febrero de 2018, el INSS emiti&oacute; un nuevo certificado indicando que en el momento de la solicitud, el trabajador no reun&iacute;a el periodo espec&iacute;fico de cotizaci&oacute;n para tener derecho a la pensi&oacute;n contributiva de jubilaci&oacute;n y que tal certificado anulaba y sustitu&iacute;a el emitido el 9 de abril de 2015.
    </p><p class="article-text">
        El SEPE present&oacute; entonces una demanda contra el trabajador para que devolviera las cantidades indebidamente percibidas y un juzgado de Madrid dio la raz&oacute;n al organismo en primera instancia, pero el afectado recurri&oacute; ante el TSJM, que fall&oacute; en contra del SEPE, considerando su derecho a quedarse con los 12.000 euros indebidamente percibidos a causa del error de la Seguridad Social. Fue entonces cuando el SEPE recurri&oacute; al Supremo en casaci&oacute;n. 
    </p><p class="article-text">
        El Alto Tribunal falla en contra de las pretensiones del organismo y se sirve para ello de la llamada 'doctrina Cakarevic'. Dicha doctrina proviene de una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, de 2018, que establece que si el error es atribuible exclusivamente a la Administraci&oacute;n y no hubo mala fe del beneficiario, no procede devolver el dinero en prestaci&oacute;n por desempleo indebidamente percibido.
    </p><p class="article-text">
        La defensa del afectado reclam&oacute; la aplicaci&oacute;n de esta doctrina, destacando &ldquo;la buena fe del beneficiario de la prestaci&oacute;n, el transcurso de casi cuatro a&ntilde;os desde que se le reconoci&oacute; y el hecho de que contraviene el principio de equidad hacer recaer sobre el beneficiario un error de la entidad gestora, ocasion&aacute;ndole un grave quebranto en su econom&iacute;a la devoluci&oacute;n de lo reclamado&rdquo;. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Economía]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/supremo-permite-trabajador-quedarse-12-000-euros-subsidio-paro-cobrado-error-administrativo_1_12145765.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 19 Mar 2025 12:06:25 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El Supremo permite a un trabajador quedarse con 12.000 euros de un subsidio de paro cobrado por error administrativo]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Tribunal Supremo,SEPE,Subsidios,Paro,Derechos laborales]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Subsidio por desempleo para mayores de 52 años: cómo funciona, cuantía y duración]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/subsidio-desempleo-mayores-52-anos-funciona-cuantia-duracion-pm_1_12129433.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/231811e6-a231-4a8f-94e8-db863a789bd8_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Subsidio por desempleo para mayores de 52 años: cómo funciona, cuantía y duración"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Para solicitar la ayuda, hay cumplir una serie de requisitos como haber agotado la prestación contributiva o el subsidio por desempleo</p><p class="subtitle">Ayuda para mujeres desempleadas: requisitos para acceder a al subsidio del SEPE de hasta 3.000 euros</p></div><p class="article-text">
        Dentro del programa de <strong>prestaciones</strong> que ofrece el <a href="https://www.eldiario.es/temas/sepe/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Servicio P&uacute;blico de Empleo Estatal </a>(SEPE), se encuentra el <strong>subsidio por desempleo para mayores de 52 a&ntilde;os</strong>, una ayuda pensada para las personas de esa franja de edad -con <em>a priori </em>mayores dificultades para acceder al mercado laboral- que hayan agotado la prestaci&oacute;n o subsidio por desempleo.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Para solicitarlo, el SEPE recuerda que hay que cumplir <strong>una serie de requisitos</strong> como: estar en desempleo; no tener la condici&oacute;n de persona trabajadora fija discontinua; tener 52 a&ntilde;os o m&aacute;s en la fecha en que se cumplan los requisitos para acceder al subsidio; haber agotado la prestaci&oacute;n contributiva o el subsidio por desempleo; sumar 15 a&ntilde;os cotizados y dos de ellos dentro de los &uacute;ltimos quince a&ntilde;os; y haber cotizado al desempleo al menos durante seis a&ntilde;os en su vida laboral.
    </p><p class="article-text">
        Si el solicitante cumple los requisitos, debe saber que la duraci&oacute;n del subsidio por desempleo para mayores de 52 a&ntilde;os se prolongar&aacute; el tiempo necesario hasta que se alcance la edad de jubilaci&oacute;n, detalla el servicio p&uacute;blico de empleo.
    </p><h2 class="article-text"><strong>Cuant&iacute;a del subsidio por desempleo para mayores de 52 a&ntilde;os</strong></h2><p class="article-text">
        Seg&uacute;n explica el SEPE en su p&aacute;gina web, la cuant&iacute;a mensual del subsidio por desempleo es <strong>igual al 80% del indicador p&uacute;blico de renta de efectos m&uacute;ltiples (IPREM)</strong>. Y para este colectivo la cotizaci&oacute;n por jubilaci&oacute;n es el 125% de la base m&iacute;nima vigente en cada momento.
    </p><p class="article-text">
        Esas cifras no han cambiado tras la aprobaci&oacute;n y la puesta en marcha de la &uacute;ltima <a href="https://www.eldiario.es/economia/congreso-aprueba-reforma-subsidio-desempleo-segunda-voto_1_11463123.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">reforma del subsidio por desempleo</a>, en vigor desde el pasado mes de noviembre. A diferencia de otros, el subsidio para mayores de 52 a&ntilde;os se mantiene en el 80% del IPREM.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Este &uacute;ltimo indicador <strong>tampoco se ha actualizado</strong>, al menos, de momento. A falta de ver si finalmente se aprobar&aacute;n unos Presupuestos Generales del Estado (PGE) y de si ah&iacute; se recoger&aacute; alg&uacute;n cambio, se mantiene en los 600 euros mensuales en 14 pagas, una cuant&iacute;a completamente insuficiente para los sindicatos.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        El pago del subsidio por desempleo para mayores de 52 a&ntilde;os se realiza<strong> por mensualidades de 30 d&iacute;as</strong>, entre los d&iacute;as 10 y 15 del mes inmediato siguiente al que corresponda el devengo, detalla el SEPE. Se efectuar&aacute;, salvo dos excepciones, mediante el abono en la cuenta de la entidad financiera que se indique, siempre que seas titular de la misma.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Raquel Sáez]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/subsidio-desempleo-mayores-52-anos-funciona-cuantia-duracion-pm_1_12129433.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 13 Mar 2025 12:29:44 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Subsidio por desempleo para mayores de 52 años: cómo funciona, cuantía y duración]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Subsidios,Ayudas,Prestaciones,Desempleo,Paro,SEPE]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[¿Se puede cobrar el Ingreso Mínimo Vital y el paro a la vez?]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/cobrar-ingreso-minimo-vital-paro-vez-pm_1_12125988.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/19fdb59d-86a1-4e16-9b93-88031a567481_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="¿Se puede cobrar el Ingreso Mínimo Vital y el paro a la vez?"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El SEPE aclara que se las ayudas se podrán “compatibilizar con la percepción de prestaciones económicas no contributivas de la Seguridad Social, como es el IMV"</p><p class="subtitle">Cómo saber si te corresponde recibir el Ingreso Mínimo Vital con el simulador de la Seguridad Social
</p></div><p class="article-text">
        El <a href="https://www.eldiario.es/temas/ingreso-minimo-vital/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Ingreso M&iacute;nimo Vital </a>(IMV) es una prestaci&oacute;n impulsada desde 2020 y dirigida a <strong>prevenir el riesgo de pobreza </strong>y exclusi&oacute;n social de las personas que viven solas o est&aacute;n integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos econ&oacute;micos para cubrir sus necesidades b&aacute;sicas. Seg&uacute;n datos del Instituto Nacional de la Seguridad Social de 2024, la ayuda benefici&oacute; a m&aacute;s de dos millones de personas que conviven en 674.000 hogares.
    </p><p class="article-text">
        El solicitante debe cumplir ciertos <strong>requisitos</strong> para que se lo concedan, como tener residencia en Espa&ntilde;a o estar en situaci&oacute;n de vulnerabilidad econ&oacute;mica, por lo que tiene que asegurarse que cumple con las cuant&iacute;as establecidas, que se obtienen de la diferencia entre la renta garantizada y otros ingresos que pueda tener.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, muchos solicitantes del IMV se preguntan si esta ayuda es compatible con cobrar el subsidio por desempleo, popularmente conocido como paro. Y<strong> la respuesta es afirmativa</strong>, seg&uacute;n explica el Servicio P&uacute;blico de Empleo Estatal (SEPE) en su portal web.&nbsp;
    </p><blockquote class="twitter-tweet" data-lang="es" data-conversation="none"><a href="https://twitter.com/X/status/1879606729140244779?ref_src=twsrc%5Etfw"></a></blockquote><script async src="https://platform.twitter.com/widgets.js" charset="utf-8"></script><p class="article-text">
        El SEPE aclara que el paro <strong>se podr&aacute; &ldquo;compatibilizar</strong> con la percepci&oacute;n de prestaciones econ&oacute;micas no contributivas de la Seguridad Social (SS), como es el IMV y con cualquier tipo de rentas m&iacute;nimas, salarios sociales o ayudas an&aacute;logas de asistencia social concedidas por cualquier Administraci&oacute;n P&uacute;blica&rdquo;.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        En este sentido, desde el pasado noviembre, el Gobierno ha dado un paso m&aacute;s all&aacute; y ha puesto en marcha una &ldquo;<a href="https://www.eldiario.es/economia/funciona-pasarela-subsidio-paro-ingreso-minimo-vital-cuatro-pasos-recibir-ayuda_1_11842513.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">pasarela</a>&rdquo; que permite que los perceptores del subsidio por desempleo -los que agoten esta prestaci&oacute;n sin haber logrado un empleo- reciban directamente el IMV, sin necesidad de cumplimentar ninguna documentaci&oacute;n ni hacer ninguna solicitud.&nbsp;
    </p><h2 class="article-text">Incompatibilidades del IMV&nbsp;</h2><p class="article-text">
        Cobrar el IMV y el paro a la vez es compatible, pero no sucede as&iacute; en otros casos, recuerda el Ministerio de Inclusi&oacute;n, Seguridad Social y Migraciones. Entre <strong>otros supuestos</strong>, resulta incompatible con la percepci&oacute;n de la asignaci&oacute;n econ&oacute;mica por hijo o menor a cargo, sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33%, cuando exista identidad de causantes o beneficiarios de esta. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Raquel Sáez]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/cobrar-ingreso-minimo-vital-paro-vez-pm_1_12125988.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 12 Mar 2025 12:47:01 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[¿Se puede cobrar el Ingreso Mínimo Vital y el paro a la vez?]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Ayudas,Subsidios,Desempleo,Paro,Ingreso Mínimo Vital]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Cómo saber si te corresponde recibir el Ingreso Mínimo Vital con el simulador de la Seguridad Social]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/simulador-seguridad-social-si-corresponde-ingreso-minimo-vital_1_12031950.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/43ca1a1d-3621-472c-9f10-f0bab12c1706_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Cómo saber si te corresponde recibir el Ingreso Mínimo Vital con el simulador de la Seguridad Social"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El simulador del IMV permite a los ciudadanos conocer de forma sencilla si cumplen los requisitos para recibir esta prestación económica. A través de un cuestionario, la plataforma proporciona una estimación sin necesidad de realizar una solicitud formal, facilitando así el acceso a la ayuda</p><p class="subtitle">Cómo solicitar el CAPI, la ayuda por hijo de hasta 115 euros al mes: requisitos en 2025</p><p class="subtitle">La Seguridad Social suspende el ingreso mínimo vital a familias por retrasos de gestión
</p></div><p class="article-text">
        En un contexto donde las disparidades econ&oacute;micas aumentan, el&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/economia/subida-pensiones-imv-son-cuantias-2025_1_11934348.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Ingreso M&iacute;nimo Vital (IMV)</a>&nbsp;se presenta como una herramienta esencial para asegurar un nivel de vida digno a personas y familias en situaci&oacute;n de vulnerabilidad. Este subsidio, gestionado por la Seguridad Social, se ha convertido en un salvavidas para muchas familias espa&ntilde;olas. 
    </p><p class="article-text">
        A continuaci&oacute;n, desglosamos qu&eacute; es el IMV, qui&eacute;nes tienen derecho a &eacute;l, c&oacute;mo se cobra y m&aacute;s detalles clave, junto con la explicaci&oacute;n sobre el simulador para saber si se tiene derecho a este beneficio.
    </p><h2 class="article-text">Qu&eacute; es y a qui&eacute;n va dirigido el IMV</h2><p class="article-text">
        El&nbsp;Ingreso M&iacute;nimo Vital&nbsp;es una prestaci&oacute;n econ&oacute;mica destinada a garantizar una renta m&iacute;nima a los hogares en situaci&oacute;n de pobreza severa. Este subsidio est&aacute; dirigido a personas y unidades de convivencia que no cuentan con suficientes ingresos o patrimonio para cubrir sus necesidades b&aacute;sicas. 
    </p><p class="article-text">
        El objetivo es reducir las desigualdades sociales, garantizando un nivel m&iacute;nimo de bienestar. Abarca a ciudadanos de nacionalidad espa&ntilde;ola, as&iacute; como a residentes legales en el pa&iacute;s.
    </p><h2 class="article-text">Requisitos para tener derecho</h2><p class="article-text">
        Para acceder al IMV, los solicitantes deben cumplir ciertos requisitos. Se eval&uacute;an principalmente los&nbsp;ingresos&nbsp;y el&nbsp;patrimonio&nbsp;de los miembros de la unidad de convivencia, que no deben superar unos umbrales establecidos. 
    </p><p class="article-text">
        La cantidad m&aacute;xima de renta y patrimonio var&iacute;a en funci&oacute;n del n&uacute;mero de personas en el hogar. Adem&aacute;s, deben cumplir con ciertos criterios de residencia, siendo necesario estar empadronado en Espa&ntilde;a durante un tiempo determinado.
    </p><h2 class="article-text">C&oacute;mo se cobra el Ingreso M&iacute;nimo Vital</h2><p class="article-text">
        El IMV se abona de forma mensual a trav&eacute;s de una transferencia bancaria. El importe var&iacute;a seg&uacute;n el n&uacute;mero de miembros del hogar y su situaci&oacute;n econ&oacute;mica, con el objetivo de asegurar que la unidad de convivencia reciba un ingreso m&iacute;nimo. 
    </p><p class="article-text">
        Este subsidio cubre una parte significativa de las necesidades b&aacute;sicas de los hogares m&aacute;s vulnerables, como alimentaci&oacute;n, vivienda y otros gastos esenciales.
    </p><h2 class="article-text">Plazos para recibir el subsidio</h2><p class="article-text">
        El derecho a recibir este subsidio&nbsp;nace a partir del&nbsp;primer d&iacute;a del mes siguiente&nbsp;al de la presentaci&oacute;n de la solicitud. Es decir, si una persona presenta su solicitud en febrero, el derecho a la prestaci&oacute;n comenzar&aacute; en marzo si la solicitud es aprobada.
    </p><p class="article-text">
        Una vez concedido, el pago se realiza&nbsp;de manera mensual, mediante&nbsp;transferencia bancaria, en la cuenta del titular. Es recomendable presentar la solicitud lo antes posible para evitar demoras en la recepci&oacute;n del IMV.
    </p><h2 class="article-text">Diferencia con el CAPI</h2><p class="article-text">
        El&nbsp;Ingreso M&iacute;nimo Vital&nbsp;se diferencia del&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/pedir-capi-ayuda-hijo-115-euros-mes-requisitos-2025_1_11980976.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Complemento de Ayuda a la Infancia (CAPI</a>), un programa destinado exclusivamente a las familias con hijos a cargo y cuyos ingresos no alcanzan los umbrales establecidos. 
    </p><p class="article-text">
        El CAPI complementa la renta de estas unidades familiares para cubrir sus necesidades, pero el IMV tiene un alcance m&aacute;s amplio, ayudando a m&aacute;s personas, independientemente de si tienen hijos o no. 
    </p><h2 class="article-text">El simulador de la Seguridad Social: &iquest;C&oacute;mo saber si tienes derecho?</h2><p class="article-text">
        La&nbsp;Seguridad Social&nbsp;ofrece un&nbsp;simulador&nbsp;disponible en su web que permite a los ciudadanos saber si cumplen con los requisitos para acceder al&nbsp;Ingreso M&iacute;nimo Vital. 
    </p><p class="article-text">
        El simulador solicita datos personales sobre los ingresos y el patrimonio de la unidad de convivencia, y con esa informaci&oacute;n realiza una estimaci&oacute;n sobre la elegibilidad para el subsidio. Es importante destacar que el resultado del simulador no es vinculante, pero s&iacute; proporciona una buena orientaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Para acceder al simulador, simplemente debes ingresar a la p&aacute;gina oficial del IMV en&nbsp;<a href="https://imv.seg-social.es/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"><strong>imv.seg-social.es</strong></a>, donde encontrar&aacute;s el enlace a la herramienta. Este proceso es gratuito y f&aacute;cil de utilizar, proporcionando los datos personales que va requiriendo, y te permitir&aacute; conocer si es probable que seas beneficiario del IMV antes de iniciar el proceso de solicitud formal.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Edu Molina]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/simulador-seguridad-social-si-corresponde-ingreso-minimo-vital_1_12031950.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 10 Mar 2025 13:05:00 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Cómo saber si te corresponde recibir el Ingreso Mínimo Vital con el simulador de la Seguridad Social]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/43ca1a1d-3621-472c-9f10-f0bab12c1706_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Seguridad Social,Ingreso Mínimo Vital,Subsidios,Ayudas sociales]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Mazón promet una ajuda de 360 euros al gener per als afectats en ERTO per la DANA que continua sense abonar-se]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/comunitat-valenciana/val/mazon-promet-ajuda-360-euros-gener-per-als-afectats-erto-per-dana-continua-sense-abonar_1_12114951.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/7a010f30-87c9-40a3-bff3-3305d276362e_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Mazón promet una ajuda de 360 euros al gener per als afectats en ERTO per la DANA que continua sense abonar-se"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El decret, publicat al febrer, manifesta que el principal requisit per a obtindre el complement econòmic és haver estat en ERTO per força major “durant algun dia de l’1 de desembre fins al 31 d’aquest mes mateix”, un criteri que exclou la resta dels afectats que estigueren en aquesta situació durant novembre, mes en què la xifra d’empleats emparats per l’expedient de regulació es va situar en 10.405 durant les dues primeres setmanes</p></div><p class="article-text">
        Carlos Maz&oacute;n torna a fer tard. Aquesta vegada, el cap del Consell va prometre el gener passat una ajuda de 360 euros per als treballadors i treballadores afectats per la DANA que estigueren acollits a un expedient de regulaci&oacute; temporal d&rsquo;ocupaci&oacute; (ERTO) per for&ccedil;a major. Quasi 11 milions d&rsquo;euros va assegurar el president de la Generalitat que es destinarien als <a href="https://www.eldiario.es/comunitat-valenciana/economia/30-000-empleados-erte-fuerza-mayor-dana-solicitudes-cese-superan-4-000_1_11871974.html" target="_blank" rel="nofollow" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">30.000 treballadors</a> en aquesta situaci&oacute; laboral per la riuada passada que va assolar m&eacute;s de 70 municipis valencians.
    </p><figure class="embed-container embed-container--type-embed ">
    
            <iframe src="https://videos.gva.es/p/265/sp/26500/embedIframeJs/uiconf_id/23448703/partner_id/265?iframeembed=true&playerId=iframeVid&entry_id=0_ryy1nb7e&flashvars[streamerType]=applehttp" width="640" height="360" allowfullscreen webkitallowfullscreen mozAllowFullScreen allow="autoplay *; fullscreen *; encrypted-media *" frameborder="0"></iframe>
    </figure><p class="article-text">
        En declaracions pr&ograve;pies de Maz&oacute;n, tota persona afectada per un ERTO FM es podia acollir a un complement de 360 euros, &ldquo;en un pagament &uacute;nic, autom&agrave;tic, sense burocr&agrave;cia, ni paperassa, que s&rsquo;abonar&agrave; el mes de gener&rdquo;. No obstant aix&ograve;, no va ser fins al mes de febrer passat que es va publicar el <a href="https://dogv.gva.es/es/resultat-dogv?signatura=2025/1481" target="_blank" rel="nofollow" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">decret</a>, fet que va endarrerir el pagament d&rsquo;aquesta ajuda i va augmentar, una vegada m&eacute;s, la crispaci&oacute; ciutadana per la lenta gesti&oacute; del Govern valenci&agrave;, aquesta vegada, en el compte oficial d&rsquo;Instagram de la Generalitat amb comentaris com &ldquo;Deia al gener&hellip; ara al febrer&hellip; es plantaran al mar&ccedil; i no res&rdquo;, expressa un usuari en la xarxa social.
    </p><blockquote class="instagram-media" data-instgrm-version="14" data-instgrm-permalink="https://www.instagram.com/p/DFsN3GRonos/" data-instgrm-captioned></blockquote><script async src="https://www.instagram.com/embed.js"></script><h2 class="article-text">&ldquo;Els que vam estar en ERTO al novembre no tenim dret a l&rsquo;ajuda&rdquo;</h2><p class="article-text">
        Aix&iacute; mateix, un dels requisits principals d&rsquo;aquesta resoluci&oacute; &eacute;s haver estat en ERTO entre l&rsquo;1 i el 31 de desembre, un criteri que deixaria <a href="https://www.eldiario.es/sociedad/ultima-hora-dana-directo_6_11811364_1110869.html" target="_blank" rel="nofollow" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">milers de treballadors</a> sense aquesta compensaci&oacute;, com &eacute;s el cas d&rsquo;R.B, testimoniatge que s&rsquo;ha posat en contacte amb elDiario.es per a denunciar que la selecci&oacute; l&rsquo;exclou dels 360 euros perqu&egrave; va estar en expedient de regulaci&oacute; durant el mes de novembre. &ldquo;El perjudici econ&ograve;mic que jo he patit per percebre el 70% de la base reguladora &eacute;s el mateix que han patit els meus companys; ells, repartit entre novembre i desembre, i jo, durant novembre&rdquo;, detalla.
    </p><p class="article-text">
        En aquest sentit, l&rsquo;afectada insisteix que aquesta mesura provoca un &ldquo;gran greuge comparatiu&rdquo; entre treballadors que no estigueren acollits a un ERTO al novembre per haver estat amb tasques de neteja en les empreses perjudicades i que, posteriorment, al desembre hagen estat almenys un dia emparats per aquest mecanisme legal.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;No t&eacute; sentit que hi haja gent com jo que hem estat 31 dies complets en ERTO i no tinguem drets a l&rsquo;ajuda. &Eacute;s totalment incomprensible, injust, aleatori i arbitrari el criteri utilitzat per a ser-ne beneficiari&rdquo;, den&uacute;ncia l&rsquo;afectada en el recurs de reposici&oacute; que ha presentat durant aquesta setmana i que espera que ho esmenen com m&eacute;s prompte millor. Aquest mitj&agrave; s&rsquo;ha posat en contacte amb la Conselleria d&rsquo;Educaci&oacute;, Cultura, Universitats i Ocupaci&oacute; diverses vegades, per&ograve; no hi ha hagut resposta.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Leila El Moudni Guerrero]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/comunitat-valenciana/val/mazon-promet-ajuda-360-euros-gener-per-als-afectats-erto-per-dana-continua-sense-abonar_1_12114951.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sat, 08 Mar 2025 22:01:42 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/7a010f30-87c9-40a3-bff3-3305d276362e_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="2659208" type="image/jpeg"/>
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      <media:title><![CDATA[Mazón promet una ajuda de 360 euros al gener per als afectats en ERTO per la DANA que continua sense abonar-se]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/7a010f30-87c9-40a3-bff3-3305d276362e_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Carlos Mazón,Ayudas,Subsidios,Erte,DANA]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Mazón promete una ayuda de 360 euros en enero para los afectados en ERTE por la DANA que sigue sin abonarse]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/comunitat-valenciana/sociedad/mazon-promete-ayuda-360-euros-enero-afectados-erte-dana-sigue-abonarse_1_12108907.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/7a010f30-87c9-40a3-bff3-3305d276362e_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Mazón promete una ayuda de 360 euros en enero para los afectados en ERTE por la DANA que sigue sin abonarse"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El decreto, publicado en febrero, manifiesta que el principal requisito para obtener el complemento económico es haber estado en ERTE por fuerza mayor "durante algún día del 1 de diciembre hasta el 31 de ese mismo mes", un criterio que excluye al resto de afectados que estuvieran en esta situación durante noviembre, mes en el que la cifra de empleados amparados por el expediente de regulación se situó en los 10.405 durante las dos primeras semanas
</p></div><p class="article-text">
        Carlos Maz&oacute;n vuelve a llegar tarde. En esta ocasi&oacute;n, el jefe del Consell prometi&oacute; el pasado enero una ayuda de 360 euros para aquellos trabajadores y trabajadoras afectados por la DANA que estuvieran acogidos a un&nbsp;expediente de regulaci&oacute;n temporal de empleo (ERTE)&nbsp;por fuerza mayor. Casi 11 millones de euros asegur&oacute; el president de la Generalitat que se iban a destinar a los <a href="https://www.eldiario.es/comunitat-valenciana/economia/30-000-empleados-erte-fuerza-mayor-dana-solicitudes-cese-superan-4-000_1_11871974.html" target="_blank" rel="nofollow" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">30.000 trabajadores</a> en esta situaci&oacute;n laboral por la pasada riada que asol&oacute; m&aacute;s de 70 municipios valencianos.
    </p><figure class="embed-container embed-container--type-embed ">
    
            <iframe src="https://videos.gva.es/p/265/sp/26500/embedIframeJs/uiconf_id/23448703/partner_id/265?iframeembed=true&playerId=iframeVid&entry_id=0_ryy1nb7e&flashvars[streamerType]=applehttp" width="640" height="360" allowfullscreen webkitallowfullscreen mozAllowFullScreen allow="autoplay *; fullscreen *; encrypted-media *" frameborder="0"></iframe>
    </figure><p class="article-text">
        En declaraciones propias de Maz&oacute;n, toda persona afectada por un ERTE FM se pod&iacute;a acoger a un complemento de 360 euros, &ldquo;en un pago &uacute;nico, autom&aacute;tico, sin burocracia, ni papeleo, que se abonar&aacute; en el mes de enero&rdquo;. Sin embargo, no fue hasta el pasado mes de febrero cuando se public&oacute; el <a href="https://dogv.gva.es/es/resultat-dogv?signatura=2025/1481" target="_blank" rel="nofollow" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">decreto</a>, atrasando el pago de esta ayuda y aumentando, una vez m&aacute;s, la crispaci&oacute;n ciudadana por la lenta gesti&oacute;n del gobierno valenciano, esta vez, en la cuenta oficial de Instagram de la Generalitat con comentarios como &ldquo;Dec&iacute;a en Enero....ahora en Febrero....se plantar&aacute;n en Marzo y nada&rdquo;, expresa un usuario en la red social.
    </p><blockquote class="instagram-media" data-instgrm-version="14" data-instgrm-permalink="https://www.instagram.com/p/DFsN3GRonos/" data-instgrm-captioned></blockquote><script async src="https://www.instagram.com/embed.js"></script><h2 class="article-text">&ldquo;Los que estuvimos en ERTE en noviembre no tenemos derecho a la ayuda&rdquo;</h2><p class="article-text">
        Asimismo, uno de los requisitos principales de esta resoluci&oacute;n es haber estado en ERTE entre el 1 y el 31 de diciembre, un criterio que dejar&iacute;a a <a href="https://www.eldiario.es/sociedad/ultima-hora-dana-directo_6_11811364_1110869.html" target="_blank" rel="nofollow" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">miles de trabajadores</a> sin esta compensaci&oacute;n, como es el caso de R.B, testimonio que se ha puesto en contacto con elDiario.es para denunciar que la selecci&oacute;n la excluye de los 360 euros porque estuvo en expediente de regulaci&oacute;n durante el mes de noviembre. &ldquo;El perjuicio econ&oacute;mico que yo he sufrido por percibir el 70% de la base reguladora es el mismo que han sufrido mis compa&ntilde;eros; ellos repartido&nbsp;entre noviembre y diciembre, y yo, durante noviembre&rdquo;, detalla.
    </p><p class="article-text">
        En este sentido, la afectada insiste en que esta medida provoca un &ldquo;gran agravio comparativo&rdquo; entre trabajadores que no estuvieran acogidos a un ERTE en noviembre por haber estado con tareas de limpieza en las empresas perjudicadas y que, posteriormente, en diciembre hayan estado al menos un d&iacute;a amparados por este mecanismo legal.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;No tiene sentido que haya gente como yo que hemos estado 31 d&iacute;as completos en ERTE y no tengamos derechos a la ayuda. Es totalmente incomprensible, injusto, aleatorio y arbitrario el criterio utilizado para ser beneficiario&rdquo;, denuncia la afectada en el recurso de reposici&oacute;n que ha presentado durante esta semana y que espera que lo subsanen cuanto antes. Este medio se ha puesto en contacto con la Conselleria de Educaci&oacute;n, Cultura, Universidades y Empleo en varias ocasiones, pero no ha habido respuesta.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Leila El Moudni Guerrero]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/comunitat-valenciana/sociedad/mazon-promete-ayuda-360-euros-enero-afectados-erte-dana-sigue-abonarse_1_12108907.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sat, 08 Mar 2025 21:56:12 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/7a010f30-87c9-40a3-bff3-3305d276362e_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="2659208" type="image/jpeg"/>
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      <media:title><![CDATA[Mazón promete una ayuda de 360 euros en enero para los afectados en ERTE por la DANA que sigue sin abonarse]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Carlos Mazón,DANA,Erte,Subsidios]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Cuándo se cobra el paro en marzo de 2025: fecha de ingreso en cada banco]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/cobra-paro-marzo-2025-fecha-ingreso-banco_1_12098452.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/e1813651-027d-4fc7-912c-4b0a4fc3198b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Cuándo se cobra el paro en marzo de 2025: fecha de ingreso en cada banco"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Las fechas de abono del paro en marzo de 2025 varían según la entidad bancaria, con ingresos a partir del 7 de marzo en algunas entidades y otros hasta el 11 de marzo</p><p class="subtitle">Calendario y fechas de la Declaración de la Renta 2024</p></div><p class="article-text">
        El inicio de marzo de 2025 llega con incertidumbres para muchos trabajadores que se encuentran cobrando el paro, uno de los subsidios m&aacute;s esperados por los afectados por la p&eacute;rdida de empleo. Es com&uacute;n que cada mes las fechas de cobro var&iacute;en ligeramente, dependiendo de diversos factores como la entidad bancaria y la forma de abono del <a href="https://www.sepe.es/HomeSepe/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Servicio P&uacute;blico de Empleo Estatal</a> (<strong>SEPE</strong>). Como cada inicio de mes, los beneficiarios del paro se encuentran expectantes por saber el momento en el que recibir&aacute;n la ayuda econ&oacute;mica a la que tienen derecho. 
    </p><p class="article-text">
        En general, las fechas de ingreso de las prestaciones est&aacute;n influidas por distintos factores, como el calendario administrativo, los d&iacute;as festivos o el tipo de cuenta asociada al cobro. Adem&aacute;s, existen variaciones en cuanto al banco en el que los beneficiarios reciben el pago, lo cual puede hacer que algunas personas reciban la transferencia con ciertos d&iacute;as de diferencia respecto a otras. 
    </p><p class="article-text">
        La importancia de conocer la fecha exacta de cobro no solo radica en la tranquilidad que proporciona saber cu&aacute;ndo se podr&aacute; disponer de los fondos, sino tambi&eacute;n en la planificaci&oacute;n econ&oacute;mica personal, especialmente en un contexto econ&oacute;mico en el que muchos hogares dependen de estas ayudas para cubrir sus necesidades b&aacute;sicas.
    </p><h2 class="article-text">&iquest;Qu&eacute; d&iacute;a se cobra el paro en marzo de 2025?</h2><p class="article-text">
        El Servicio P&uacute;blico de Empleo Estatal (SEPE) comenzar&aacute; a ingresar el paro a partir del lunes 10 de marzo de 2025, y el proceso se completar&aacute; antes del domingo 16 de marzo. Al ser un lunes, no se espera que haya retrasos en el cobro de ninguna prestaci&oacute;n. Durante estos mismos d&iacute;as tambi&eacute;n se ingresar&aacute;n otras ayudas como el subsidio para mayores de 52 a&ntilde;os.
    </p><h2 class="article-text">Qu&eacute; d&iacute;a se cobra el paro en cada banco</h2><p class="article-text">
        El d&iacute;a exacto de cobro depender&aacute; de la entidad bancaria de cada beneficiario, ya que cada banco maneja sus propios plazos de abono. A continuaci&oacute;n, se detallan las fechas de ingreso del paro seg&uacute;n cada banco:
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li><strong>Openbank</strong>: a partir del viernes 7 de marzo.</li>
                                    <li><strong>Banco Santander</strong>: a partir del viernes 7 de marzo.</li>
                                    <li><strong>Banco Mediolanum</strong>: a partir del viernes 7 de marzo.</li>
                                    <li><strong>Caja de Ingenieros</strong>: a partir del lunes 10 de marzo.</li>
                                    <li><strong>Deutsche Bank</strong>: a partir del lunes 10 de marzo.</li>
                                    <li><strong>Cajasiete</strong>: a partir del lunes 10 de marzo.</li>
                                    <li><strong>Caixabank</strong>: a partir del lunes 10 de marzo.</li>
                                    <li><strong>Cajamar</strong>: a partir del lunes 10 de marzo.</li>
                                    <li><strong>Imaginbank</strong>: a partir del lunes 10 de marzo.</li>
                                    <li><strong>BBVA</strong>: a partir del lunes 10 de marzo.</li>
                                    <li><strong>Unicaja</strong>: a partir del lunes 10 de marzo.</li>
                                    <li><strong>Kutxabank</strong>: a partir del lunes 10 de marzo.</li>
                                    <li><strong>Bankinter</strong>: a partir del lunes 10 de marzo.</li>
                                    <li><strong>Evobank</strong>: a partir del lunes 10 de marzo.</li>
                                    <li><strong>N26</strong>: a partir del lunes 10 de marzo.</li>
                                    <li><strong>Caja Rural</strong>: a partir del lunes 10 de marzo.</li>
                                    <li><strong>Cajasur</strong>: a partir del lunes 10 de marzo.</li>
                                    <li><strong>Banca March</strong>: a partir del lunes 10 de marzo.</li>
                                    <li><strong>Abanca</strong>: a partir del martes 11 de marzo.</li>
                                    <li><strong>Ibercaja</strong>: a partir del martes 11 de marzo.</li>
                                    <li><strong>ING</strong>: a partir del martes 11 de marzo.</li>
                                    <li><strong>Banco Sabadell</strong>: a partir del martes 11 de marzo.</li>
                            </ul>
            </div><h2 class="article-text"><strong>Cu&aacute;nto se cobra del paro este mes</strong></h2><p class="article-text">
        A trav&eacute;s de la <a href="https://sede.sepe.gob.es/portalSede/es/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Sede Electr&oacute;nica del SEPE</a>, los usuarios pueden verificar la cantidad exacta que recibir&aacute;n tanto por el paro como por los subsidios por desempleo, adem&aacute;s de conocer la duraci&oacute;n de estas ayudas. Respecto al paro, durante los primeros 180 d&iacute;as se percibe el 70% de la base reguladora, mientras que a partir del d&iacute;a 181, el porcentaje se reduce al 60%.
    </p><p class="article-text">
        Por otro lado, los subsidios siguen una normativa distinta. Si el subsidio fue aprobado antes del 1 de noviembre de 2024, se percibe el 80% del IPREM. En caso de que el &uacute;ltimo contrato haya sido a tiempo parcial, el importe del subsidio se ajustar&aacute; proporcionalmente al n&uacute;mero de horas trabajadas. 
    </p><p class="article-text">
        Para los subsidios aprobados despu&eacute;s del 1 de noviembre, con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 2/2024, el importe inicial ser&aacute; del 95% del IPREM, reduci&eacute;ndose gradualmente hasta el 80% del IPREM.
    </p><h2 class="article-text">&iquest;Por qu&eacute; causas puedo dejar de cobrar el paro?</h2><p class="article-text">
        Existen varias razones por las cuales podr&iacute;as dejar de percibir la prestaci&oacute;n por desempleo. Entre las principales se encuentran:
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li>Agotamiento de la prestaci&oacute;n: si se cumple la duraci&oacute;n establecida para tu prestaci&oacute;n, dejar&aacute;s de recibirla.</li>
                                    <li>Compensaci&oacute;n de un cobro indebido: si debes alguna cantidad al Servicio P&uacute;blico de Empleo Estatal (SEPE), se proceder&aacute; a la compensaci&oacute;n de la deuda.</li>
                                    <li>Inicio de un procedimiento sancionador: si se inicia un procedimiento sancionador que conlleve la suspensi&oacute;n de la prestaci&oacute;n, recibir&aacute;s la notificaci&oacute;n correspondiente por correo certificado.</li>
                                    <li>Causas de incompatibilidad: si trabajas por cuenta propia o ajena, o recibes alguna pensi&oacute;n o prestaci&oacute;n econ&oacute;mica de la Seguridad Social, perder&aacute;s el derecho al paro. Si se trata de un trabajo a tiempo parcial, podr&aacute;s solicitar la compatibilizaci&oacute;n con el subsidio, reduciendo la cuant&iacute;a en funci&oacute;n del tiempo trabajado.</li>
                                    <li>Clave de impago: si no has cobrado la prestaci&oacute;n en el mes anterior, se generar&aacute; una clave de impago, y deber&aacute;s acudir a tu oficina de prestaciones para solucionar el problema, previo cita por Internet o tel&eacute;fono.</li>
                            </ul>
            </div>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Edu Molina]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/cobra-paro-marzo-2025-fecha-ingreso-banco_1_12098452.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 03 Mar 2025 12:41:08 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Cuándo se cobra el paro en marzo de 2025: fecha de ingreso en cada banco]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Paro,SEPE,Desempleo,Subsidios]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[¿Cómo funciona la "pasarela" del subsidio de paro al ingreso mínimo vital? Los cuatro pasos para recibir la ayuda]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/funciona-pasarela-subsidio-paro-ingreso-minimo-vital-cuatro-pasos-recibir-ayuda_1_11842513.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/dc1cef5b-1347-4144-b0b5-c4c1e29f003f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="¿Cómo funciona la &quot;pasarela&quot; del subsidio de paro al ingreso mínimo vital? Los cuatro pasos para recibir la ayuda"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Este viernes entra en vigor una nueva vía de traspaso de beneficiarios que no logren un empleo y que cumplan los requisitos del IMV, con el objetivo de agilizar el cobro de la renta mínima estatal</p><p class="subtitle"> La “pasarela” para cobrar el ingreso mínimo vital desde el subsidio de paro empezará a funcionar en noviembre </p></div><p class="article-text">
        Este viernes se pone en marcha <a href="https://www.eldiario.es/economia/pasarela-cobrar-ingreso-minimo-vital-subsidio-paro-empezara-funcionar-noviembre_1_11740122.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la llamada &ldquo;pasarela&rdquo; del subsidio de paro al ingreso m&iacute;nimo vital (IMV)</a>. Los perceptores del subsidio por desempleo que agoten esta prestaci&oacute;n sin haber logrado un empleo podr&aacute;n, desde este 22 de noviembre, pasar a percibir el ingreso m&iacute;nimo vital a trav&eacute;s de este nuevo procedimiento, que simplifica los tr&aacute;mites y pretende ser una v&iacute;a m&aacute;s r&aacute;pida para el cobro del IMV. 
    </p><p class="article-text">
        El Ministerio de la Seguridad Social explica que el funcionamiento de esta nueva &ldquo;pasarela&rdquo; se puede resumir en cuatro pasos. En estos, la Administraci&oacute;n es proactiva y se reducen los tr&aacute;mites que los ciudadanos deber&aacute;n cumplimentar. Estos pasos son los siguientes: &nbsp;
    </p><h2 class="article-text">1) El SEPE consulta</h2><p class="article-text">
        Durante el trimestre previo al agotamiento del subsidio por desempleo, el SEPE informar&aacute; a la persona beneficiaria sobre la posibilidad de remitir sus datos y los de su unidad familiar a la Seguridad Social, a fin de tramitar la prestaci&oacute;n del ingreso m&iacute;nimo vital.
    </p><h2 class="article-text">&nbsp;2) La persona desempleada consiente</h2><p class="article-text">
        &ldquo;Para ello, la persona beneficiaria deber&aacute; otorgar su consentimiento y, en su caso, suscribir una declaraci&oacute;n responsable de que dispone del consentimiento de los integrantes de su unidad familiar&rdquo;, indica la Seguridad Social.
    </p><h2 class="article-text">3) Env&iacute;o de datos al agotar el subsidio</h2><p class="article-text">
        Si autoriza el consentimiento, el SEPE, &ldquo;dentro de los diez d&iacute;as siguientes a la fecha en la que se produzca el agotamiento del subsidio por desempleo&rdquo;, remitir&aacute; al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), como entidad gestora de la prestaci&oacute;n de ingreso m&iacute;nimo vital (o a los &oacute;rganos competentes en los casos de Euskadi y Navarra), &ldquo;la informaci&oacute;n necesaria para su tramitaci&oacute;n&rdquo;, explica el Ministerio de Elma Saiz.
    </p><h2 class="article-text">4) Cobro &ldquo;con efectos&rdquo; desde el mes siguiente</h2><p class="article-text">
        En caso de reconocimiento del ingreso m&iacute;nimo vital, la fecha del inicio de la prestaci&oacute;n &ldquo;ser&aacute; la fecha del agotamiento del subsidio&rdquo;, explica la Seguridad Social, &ldquo;y los efectos econ&oacute;micos se producir&aacute;n el primer d&iacute;a del mes siguiente al del agotamiento del subsidio&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Es decir, &ldquo;no habr&aacute; un periodo de p&eacute;rdida de ingresos para los perceptores&rdquo;, destaca el Ministerio. La persona titular del Ingreso M&iacute;nimo Vital ser&aacute;, en todo caso, la que fuese beneficiaria del subsidio por desempleo.
    </p><p class="article-text">
        Para aquellos casos en los que no se pueda utilizar este procedimiento m&aacute;s &aacute;gil, por ejemplo porque en el hogar convivan m&aacute;s personas que las declaradas para el subsidio, o cuando los ciudadanos no hayan dado su consentimiento, los interesados podr&aacute;n presentar su solicitud en el <a href="https://www.eldiario.es/economia/seguridad-social-lanza-nueva-web-facilitar-solicitud-pensiones-prestaciones_1_11737760.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">nuevo portal del INSS para pedir pensiones y otras prestaciones</a>, &ldquo;por correo postal o en los Centros de Atenci&oacute;n e Informaci&oacute;n de la Seguridad Social (CAISS)&rdquo;, recuerda la Seguridad Social.
    </p><p class="article-text">
        La ministra de la Seguridad Social, Elma Saiz, ha destacado la importancia de esta nueva medida como un paso decisivo para simplificar el acceso al Ingreso M&iacute;nimo Vital (IMV) y garantizar &ldquo;un sistema m&aacute;s justo y eficiente&rdquo;. &ldquo;Con la puesta en marcha de esta pasarela, eliminamos barreras administrativas y facilitamos que los ciudadanos en situaci&oacute;n de vulnerabilidad reciban la ayuda que necesitan de forma autom&aacute;tica, sin tr&aacute;mites engorrosos ni demoras innecesarias&rdquo;.
    </p><h2 class="article-text">Ya funciona el tel&eacute;fono gratuito 020</h2><p class="article-text">
        El Ministerio recuerda adem&aacute;s que &ldquo;hace pocos d&iacute;as comenzaba a funcionar el tel&eacute;fono corto 020, un servicio espec&iacute;fico de atenci&oacute;n e informaci&oacute;n sobre el Ingreso M&iacute;nimo Vital&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Es gratuito, de alcance nacional, y permite a los ciudadanos &ldquo;solicitar informaci&oacute;n sobre la prestaci&oacute;n, recibir orientaci&oacute;n para utilizar los servicios electr&oacute;nicos, conocer la situaci&oacute;n de su expediente o conocer los requisitos del complemento de ayuda a la infancia, entre otras muchas consultas&rdquo;, explica el Ministerio. 
    </p><p class="article-text">
        En sus primeros d&iacute;as de funcionamiento, la Seguridad Social sostiene que &ldquo;ya cerca del 30% de las llamadas de informaci&oacute;n sobre IMV entran a trav&eacute;s de esta nueva numeraci&oacute;n&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Una de las principales cr&iacute;ticas al ingreso m&iacute;nimo vital, la renta m&iacute;nima estatal para reducir la pobreza, ha sido desde el inicio el exceso de burocracia, la complejidad para pedir la ayuda y las dificultades para pedir incluso informaci&oacute;n al respecto. La Seguridad Social destaca esta pasarela y el tel&eacute;fono 020 como algunos de los &uacute;ltimos cambios para hacer &ldquo;m&aacute;s accesible&rdquo; el IMV.
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n, por ejemplo, &ldquo;para las parejas de hecho se elimin&oacute; la obligatoriedad de acreditar un periodo de convivencia de 5 a&ntilde;os&rdquo;. Ya &ldquo;s&oacute;lo es necesario aportar la inscripci&oacute;n o la formalizaci&oacute;n de la pareja de hecho en documento p&uacute;blico con una antelaci&oacute;n m&iacute;nima de dos a&ntilde;os a la fecha de solicitud de la prestaci&oacute;n&rdquo;, recuerda el Ministerio.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Seguimos trabajando para que esta prestaci&oacute;n llegue a quienes m&aacute;s lo necesitan, reforzando nuestro sistema de protecci&oacute;n social, ha subrayado Elma Saiz.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Laura Olías]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/funciona-pasarela-subsidio-paro-ingreso-minimo-vital-cuatro-pasos-recibir-ayuda_1_11842513.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 22 Nov 2024 10:43:58 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[¿Cómo funciona la "pasarela" del subsidio de paro al ingreso mínimo vital? Los cuatro pasos para recibir la ayuda]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Ingreso Mínimo Vital,Subsidios,Paro,Desempleo,Seguridad Social,Ayudas]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El subsidio de paro sube a 570 euros, lo pueden cobrar más colectivos y otras claves que entran en vigor este noviembre]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/subsidio-paro-sube-570-euros-cobrar-colectivos-claves-entran-vigor-noviembre_1_11780925.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/dc1cef5b-1347-4144-b0b5-c4c1e29f003f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El subsidio de paro sube a 570 euros, lo pueden cobrar más colectivos y otras claves que entran en vigor este noviembre"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Este viernes se despliegan gran parte de las novedades de esta reforma, como el incremento de la cuantía a 570 euros los primeros seis meses y la eliminación del mes de espera entre la prestación y el subsidio</p><p class="subtitle"> La “pasarela” para cobrar el ingreso mínimo vital desde el paro empezará a funcionar este mes</p></div><p class="article-text">
        Este viernes empiezan a aplicarse novedades muy relevantes en el subsidio por desempleo. El 1 de noviembre entran en vigor gran parte de las medidas de la <a href="https://www.eldiario.es/economia/gobierno-rescata-subsidio-desempleo-discapacidad-dejara-causa-despido_1_11383362.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">reforma aprobada por el Gobierno en mayo</a>, tras un acuerdo con los sindicatos CCOO y UGT, del que se descolgaron los empresarios. Entre los cambios figuran un aumento de las cuant&iacute;as de la ayuda, hasta los 570 euros en los seis primeros meses de cobro, la eliminaci&oacute;n del mes de espera y la inclusi&oacute;n de m&aacute;s colectivos que pueden percibir la ayuda, entre otros. 
    </p><p class="article-text">
        La lista de novedades es larga y alcanza a m&uacute;ltiples aspectos. Desde la cuant&iacute;a del subsidio, el acceso sobre qui&eacute;nes pueden ser beneficiarios, la posibilidad de compatibilizar su cobro con un empleo, y hasta varios cambios en la tramitaci&oacute;n y el paso a <a href="https://www.eldiario.es/economia/pasarela-cobrar-ingreso-minimo-vital-subsidio-paro-empezara-funcionar-noviembre_1_11740122.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la percepci&oacute;n de otras ayudas, como el ingreso m&iacute;nimo vital (IMV)</a>.
    </p><p class="article-text">
        A continuaci&oacute;n, recogemos algunas de las principales modificaciones. 
    </p><h2 class="article-text">Aumenta la cuant&iacute;a hasta los 570 euros</h2><p class="article-text">
        Los subsidios de paro que se reconozcan a partir del 1 de noviembre aumentan su cuant&iacute;a. Las nuevas cantidades son: 
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li>570 euros al mes (95% del IPREM) los seis primeros meses. </li>
                                    <li>540 euros al mes (90% del IPREM) los siguientes seis meses, del s&eacute;ptimo al duod&eacute;cimo de cobro. </li>
                                    <li>480 euros al mes (80% del IPREM) a partir del 13 mes de cobro hasta su extinci&oacute;n. </li>
                            </ul>
            </div><p class="article-text">
        Hay que insistir en que estas sumas se pagar&aacute;n a los nuevos subsidios reconocidos a partir del 1 de noviembre, sin que se aplique un aumento de las cuant&iacute;as de las ayudas ya reconocidas. 
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n hay una excepci&oacute;n: el subsidio de paro destinado a los mayores de 52 a&ntilde;os, que se mantiene en el 80% del IPREM, que hoy suponen 480 euros al mes. Este mantiene su cotizaci&oacute;n ampliada (del 125% de la base m&iacute;nima), como exigi&oacute; Podemos, que rechaz&oacute; la reforma en la primera votaci&oacute;n por este motivo. 
    </p><h2 class="article-text">Fin al subsidio parcial: se cobrar&aacute; &iacute;ntegro </h2><p class="article-text">
        Otra importante novedad, que afecta sobre todo a las mujeres, es la eliminaci&oacute;n de la parcialidad del subsidio tras un contrato a tiempo parcial. Es decir, se pone fin al cobro reducido del subsidio, que &ldquo;se impuso en la reforma laboral de 2012&rdquo;, recuerda CCOO, con una cuant&iacute;a proporcional a las horas de trabajo del &uacute;ltimo contrato. 
    </p><p class="article-text">
        Los nuevos subsidios percibir&aacute;n &ldquo;la cuant&iacute;a completa&rdquo; de la ayuda &ldquo;con independencia de su tipo de contrato&rdquo;, destaca el sindicato.
    </p><h2 class="article-text">Acceso de j&oacute;venes, sin cargas familiares</h2><p class="article-text">
        Se ampl&iacute;a la cobertura del subsidio a varios colectivos m&aacute;s j&oacute;venes. Por un lado, podr&aacute;n cobrarlo las personas que han agotado la prestaci&oacute;n contributiva de desempleo cuando tienen menos de 45 a&ntilde;os y no tienen responsabilidades familiares, que antes estaban excluidas de este derecho. Eso s&iacute;, la prestaci&oacute;n por desempleo agotada en estos casos debe haber tenido &ldquo;una duraci&oacute;n igual o superior a 360 d&iacute;as&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, se extiende el acceso al subsidio entre quienes no tienen el m&iacute;nimo cotizado exigido para cobrar la prestaci&oacute;n contributiva de paro. Antes, si se hab&iacute;a cotizado entre tres y seis meses, su percepci&oacute;n estaba condicionada a tener responsabilidades familiares. 
    </p><p class="article-text">
        A partir de ahora, podr&aacute;n acceder al subsidio tambi&eacute;n las personas sin cargas familiares a partir de los tres meses cotizados, una situaci&oacute;n que beneficia a &ldquo;los demandantes m&aacute;s j&oacute;venes en general, y m&aacute;s precarios&rdquo;, destaca CCOO en su gu&iacute;a sobre los cambios de la reforma. 
    </p><h2 class="article-text">Acceso de todos los eventuales agrarios</h2><p class="article-text">
        Se posibilita el acceso a los subsidios por desempleo, incluido el de mayores de 52 a&ntilde;os, para todas las personas trabajadoras eventuales agrarias del conjunto del Estado. Antes estaba limitado a las personas residentes en las comunidades aut&oacute;nomas de Extremadura y Andaluc&iacute;a. 
    </p><h2 class="article-text">Trabajadores transfronterizos de Ceuta y Melilla</h2><p class="article-text">
        La reforma reconoci&oacute; tambi&eacute;n derecho a la protecci&oacute;n por desempleo a los llamados trabajadores transfronterizos de Ceuta y Melilla. En este caso se trata del acceso a la prestaci&oacute;n de paro, no al subsidio. 
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Los trabajadores residentes en el Reino de Marruecos que hayan desempe&ntilde;ado su &uacute;ltima relaci&oacute;n laboral en las ciudades de Ceuta y Melilla, amparados por autorizaci&oacute;n de trabajo para trabajadores transfronterizos, podr&aacute;n acceder a la protecci&oacute;n por desempleo de nivel contributivo sin necesidad de acreditar residencia en Espa&ntilde;a&rdquo;, recoge el decreto. 
    </p><h2 class="article-text">Requisito de carencia de rentas</h2><p class="article-text">
        Se ampl&iacute;a el requisito de acceso al subsidio respecto a &ldquo;la carencia de rentas&rdquo;. Se considerar&aacute; de manera individual, como hasta ahora, cuando la renta del solicitante no supere &ldquo;el 75% del salario m&iacute;nimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Pero adem&aacute;s, se incorpora una opci&oacute;n de acceso por carencia de renta teniendo en cuenta la situaci&oacute;n del hogar familiar: cuando la suma de las rentas del &ldquo;conjunto de la unidad familiar, incluida la persona solicitante o beneficiaria, dividida entre el n&uacute;mero de miembros que la componen, no supere el 75% del salario m&iacute;nimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias&rdquo;. 
    </p><h2 class="article-text">Se elimina el mes de espera</h2><p class="article-text">
        Se suprime el mes de espera obligatorio para poder cobrar el subsidio, que dejaba a los solicitantes inmersos en un agujero de protecci&oacute;n social. &ldquo;El derecho al subsidio por desempleo nace a partir del d&iacute;a siguiente al del hecho causante siempre que se solicite en los quince d&iacute;as h&aacute;biles siguientes a la fecha del mismo&rdquo;, recoge ahora la legislaci&oacute;n. El hecho causante se refiere al agotamiento de la prestaci&oacute;n contributiva por desempleo y &ldquo;la de la &uacute;ltima situaci&oacute;n legal de desempleo si se accede por acreditar cotizaciones insuficientes&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Este punto tiene otra novedad importante: &ldquo;Si el subsidio por desempleo se solicitara una vez transcurridos los seis meses desde la fecha del hecho causante, la solicitud ser&aacute; denegada&rdquo;, con algunas excepciones, como si la persona est&aacute; de baja por incapacidad temporal o en su permiso por nacimiento de hijo cuando se cumple este plazo. 
    </p><h2 class="article-text">Compatibilizar el subsidio y un empleo</h2><p class="article-text">
        Los nuevos subsidios reconocidos a partir de ahora tambi&eacute;n tendr&aacute;n un nuevo r&eacute;gimen de compatibilidad con el empleo, que les permitir&aacute; aceptar un trabajo a tiempo completo o parcial y cobrar parte de la ayuda durante los siguientes meses. Hasta 180 d&iacute;as, es decir, seis meses. El subsidio pasar&aacute; a denominarse entonces &ldquo;complemento de apoyo al empleo&rdquo; (CAE). 
    </p><p class="article-text">
        La cuant&iacute;a de este complemento ir&aacute; decreciendo y depender&aacute; de cu&aacute;nto lleve el beneficiario cobrando el subsidio y del tipo de contrato, incentivando que se trabajen m&aacute;s horas. 
    </p><p class="article-text">
        Por ejemplo: Si la persona estaba en el primer trimestre de cobro del subsidio, y acepta un trabajo a tiempo completo, pasar&aacute; a cobrar el salario y un CAE de 480 euros al mes (80% del IPREM). Si&nbsp;consigue un trabajo a tiempo parcial, del 75% o m&aacute;s de la jornada, percibir&aacute; un CAE del 70% del IPREM. Y si el empleo es de menos del 50% de la jornada, el CAE alcanzar&aacute; el 60% del IPREM. 
    </p><h2 class="article-text">Hay que hacer la declaraci&oacute;n de la renta</h2><p class="article-text">
        Otro de los cambios que m&aacute;s atenci&oacute;n ha recabado en los &uacute;ltimos d&iacute;as es la nueva obligaci&oacute;n de realizar la declaraci&oacute;n de la renta. Los beneficiarios del subsidio por desempleo estar&aacute;n obligados a &ldquo;presentar anualmente la declaraci&oacute;n correspondiente al Impuesto sobre la Renta de las Personas F&iacute;sicas&rdquo; a Hacienda. 
    </p><p class="article-text">
        En el Ministerio de Trabajo insisten en que es una obligaci&oacute;n &ldquo;documental&rdquo;, es decir, a presentar la declaraci&oacute;n, pero que eso no significa que siempre salga a pagar a las personas beneficiarias del subsidio, ya que en muchos casos estar&aacute;n por debajo de los umbrales para ello. Pero el tr&aacute;mite es importante: no presentar la declaraci&oacute;n es motivo de extinci&oacute;n del subsidio. 
    </p><h2 class="article-text">Pasarelas al ingreso m&iacute;nimo vital (IMV)</h2><p class="article-text">
        Desde este noviembre quedan derogadas la Renta Activa de Inserci&oacute;n (RAI) y el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED), aunque &ldquo;las personas que a 1 de noviembre de 2024 hayan solicitado, sean beneficiarias o tengan suspendidos cualquiera de los subsidios existentes, incluidos SED y RAI, seguir&aacute;n rigi&eacute;ndose por la normativa anterior al RD Ley, hasta su extinci&oacute;n&rdquo;, recuerda CCOO. A partir de ahora, se aplicar&aacute; la derivaci&oacute;n al ingreso m&iacute;nimo vital (IMV) de subsidios que hasta ahora se regulaban por la RAI o el SED. 
    </p><p class="article-text">
        A partir <a href="https://www.eldiario.es/economia/pasarela-cobrar-ingreso-minimo-vital-subsidio-paro-empezara-funcionar-noviembre_1_11740122.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">del 22 de noviembre, se aplicar&aacute; la llamada &ldquo;pasarela&rdquo; al IMV,</a> en la que se facilitar&aacute; que las personas que agoten el subsidio de paro y cumplan con los requisitos puedan cobrar la renta m&iacute;nima estatal de manera m&aacute;s &aacute;gil. Para ello, habr&aacute; una mayor colaboraci&oacute;n entre el SEPE y la Seguridad Social. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Laura Olías]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/subsidio-paro-sube-570-euros-cobrar-colectivos-claves-entran-vigor-noviembre_1_11780925.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 31 Oct 2024 21:27:54 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El subsidio de paro sube a 570 euros, lo pueden cobrar más colectivos y otras claves que entran en vigor este noviembre]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/dc1cef5b-1347-4144-b0b5-c4c1e29f003f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Subsidios,Paro,Desempleo,Derechos laborales]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La "pasarela" para cobrar el ingreso mínimo vital desde el subsidio de paro empezará a funcionar en noviembre]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/pasarela-cobrar-ingreso-minimo-vital-subsidio-paro-empezara-funcionar-noviembre_1_11740122.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/6f457317-a24a-4ed9-950a-cb6ee506fb5c_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La &quot;pasarela&quot; para cobrar el ingreso mínimo vital desde el subsidio de paro empezará a funcionar en noviembre"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Inclusión explica que no habrá un reconocimiento automático, de oficio, pero que se facilitará el traspaso para que las personas no se queden sin ningún ingreso</p><p class="subtitle"> Cómo las pensiones y el Estado reducen la pobreza en España (y no solo de los jubilados) </p></div><p class="article-text">
        La anunciada &ldquo;pasarela&rdquo; para pasar del subsidio por desempleo al Ingreso M&iacute;nimo Vital (IMV), y evitar as&iacute; que las personas desempleadas se queden sin ning&uacute;n tipo de protecci&oacute;n, empezar&aacute; a funcionar el pr&oacute;ximo mes de noviembre, ha explicado este jueves la secretaria general de Inclusi&oacute;n, Elena Rodr&iacute;guez. La ministra Elma Saiz ha a&ntilde;adido que el tel&eacute;fono corto de informaci&oacute;n sobre el IMV 020 tambi&eacute;n estar&aacute; disponible a partir del mismo mes.
    </p><p class="article-text">
        Se trata de una <a href="https://www.eldiario.es/economia/gobierno-aspira-duplicar-hogares-reciben-ingreso-minimo-vital-paquete-mejoras_1_8406199.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">medida, anunciada ya desde la &eacute;poca del ministro Jos&eacute; Luis Escriv&aacute; en 2021,</a> y en la que Inclusi&oacute;n ha estado trabajando con el Sepe y el Ministerio de Trabajo durante todo este tiempo, ha explicado Elena Rodr&iacute;guez. En concreto, estar&aacute; disponible desde el 22 de noviembre. 
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Es una de las medidas m&aacute;s positivas que se ha hecho en los &uacute;ltimos meses&rdquo;, ha respondido Rodr&iacute;guez, de cara a aumentar el n&uacute;mero de perceptores del IMV y <a href="https://www.eldiario.es/economia/darlo-oficio-renta-ano-evitar-ingreso-minimo-vital-deje-fuera-60-beneficiarios_1_11514383.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">reducir el llamado non take-up, las personas con derecho a la ayuda que no la perciben</a>. 
    </p><p class="article-text">
        El anuncio ha tenido lugar en la rueda de prensa que han concedido la ministra de Inclusi&oacute;n, Elma Saiz, y la secretaria general de Inclusi&oacute;n, con motivo del D&iacute;a Internacional para la Erradicaci&oacute;n de la Pobreza. 
    </p><p class="article-text">
        Saiz ha destacado que el IMV alcanza a 661.640 hogares en los que viven casi dos millones de personas (1.993.559), aunque ha sostenido que a&uacute;n hay margen para seguir mejorando la protecci&oacute;n de la renta m&iacute;nima estatal. &ldquo;No nos conformamos, el IMV es una pol&iacute;tica viva que vamos a seguir mejorando para no dejar a nadie atr&aacute;s&rdquo;, ha afirmado. 
    </p><h2 class="article-text">No ser&aacute; reconocimiento de oficio</h2><p class="article-text">
        El traspaso de perceptores del subsidio de paro al cobro del IMV no ser&aacute; autom&aacute;tico, indican en el Ministerio de Inclusi&oacute;n. Es decir, que no se realizar&aacute; un reconocimiento de oficio del ingreso m&iacute;nimo vital.  
    </p><p class="article-text">
        Pero, gracias al cruce de datos alcanzado en estos meses entre el SEPE y el INSS, ambas administraciones se comunicar&aacute;n para facilitar la percepci&oacute;n del IMV, en los casos de aquellas personas que cumplan los requisitos de la renta m&iacute;nima estatal. 
    </p><p class="article-text">
        El objetivo, indican en el Ministerio que dirige Elma Saiz, es que las personas a las que se les acaba el subsidio no se queden sin ning&uacute;n tipo de ingreso ni cobertura social. 
    </p><p class="article-text">
        Elena Rodr&iacute;guez ha explicado que, entre las personas con derecho al IMV y que no lo solicitan, hay un 40% que reciben algunos ingresos. De ellos, &ldquo;perciben el subsidio de paro en la mayor&iacute;a de ocasiones&rdquo;, ha a&ntilde;adido. 
    </p><h2 class="article-text">&ldquo;No es momento de retirarse de esta lucha&rdquo;</h2><p class="article-text">
        La ministra Elma Saiz ha lanzado un mensaje a las Comunidades Aut&oacute;nomas, a las que ha pedido &ldquo;corresponsabilidad&rdquo; ante la reducci&oacute;n de las rentas m&iacute;nimas regionales contra la pobreza tras la puesta en marcha del Ingreso m&iacute;nimo vital. 
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Doce de las 17 comunidades aut&oacute;nomas&rdquo; han reducido sus rentas m&iacute;nimas, ha lamentado Saiz, adem&aacute;s de las dos ciudades aut&oacute;nomas, han optado por reducirlas. Seg&uacute;n el an&aacute;lisis anual del Ministerio de Derechos Sociales, <a href="https://www.eldiario.es/economia/aragon-madrid-encabezan-comunidades-recortan-rentas-pobreza-imv_1_10850315.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">las que m&aacute;s han mermado su presupuesto desde 2020 son Arag&oacute;n y Madrid</a>. 
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;No es momento de que nadie se retire de esta lucha&rdquo;, ha afirmado Saiz. Un mensaje en el que insistir&aacute; el pr&oacute;ximo lunes, cuando se celebrar&aacute; en Navarra la Comisi&oacute;n de seguimiento del IMV, con las Comunidades Aut&oacute;nomas y la federaci&oacute;n de municipios. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Laura Olías]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/pasarela-cobrar-ingreso-minimo-vital-subsidio-paro-empezara-funcionar-noviembre_1_11740122.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 17 Oct 2024 08:37:49 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La "pasarela" para cobrar el ingreso mínimo vital desde el subsidio de paro empezará a funcionar en noviembre]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Ingreso Mínimo Vital,SEPE,Desempleo,Subsidios,Seguridad Social]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La supresión del subsidio de excarcelación para las personas presas, un error histórico]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/el-blog-de-apdha/supresion-subsidio-excarcelacion-personas-presas-error-historico_132_11696491.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/76427f38-9332-42bf-8de1-53ec7aa86c7e_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La supresión del subsidio de excarcelación para las personas presas, un error histórico"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">A las enormes dificultades que lleva arrastrando el ingreso mínimo vital, se le suman una serie de obstáculos adicionales</p></div><p class="article-text">
        Desde hace d&eacute;cadas las personas privadas de libertad que hubieran permanecido al menos seis meses en prisi&oacute;n, si a su salida carec&iacute;an de trabajo, prestaci&oacute;n por desempleo o capacidad econ&oacute;mica, ten&iacute;an derecho a un peque&ntilde;o subsidio que les ayudaba a la subsistencia en el momento de excarcelaci&oacute;n y que duraba hasta que encontrasen un trabajo o alcanzasen una duraci&oacute;n m&aacute;xima.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        La mayor&iacute;a de las personas al conseguir su libertad precisan de esta ayuda. Es una medida esencial para facilitar a estos ciudadanos, que han estado un tiempo separados de la sociedad, su reinserci&oacute;n. Est&aacute; medida es, pues, absolutamente necesaria y nunca hab&iacute;a sido puesto en duda.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        No obstante, se decide ahora con ocasi&oacute;n de unificar determinadas prestaciones asistenciales, suprimirla. La finalidad declarada es incluir a una serie de colectivos, entre otros a este, dentro del ingreso m&iacute;nimo vital (IMV). A partir del 1 de noviembre de 2024 el Servicio P&uacute;blico de Empleo Estatal (SEPE) dejar&aacute; de conceder esta ayuda.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Esta decisi&oacute;n debe ser considerada como err&oacute;nea y absurda ya que, por un lado, no se abaratar&aacute; el coste, porque en teor&iacute;a las personas liberadas pasar&aacute;n ahora a ser beneficiarias del IMV y por otro, se causar&aacute; un perjuicio de imposible reparaci&oacute;n. A las enormes dificultades que lleva arrastrando el ingreso m&iacute;nimo vital, se le suman una serie de obst&aacute;culos adicionales.&nbsp;
    </p><blockquote class="quote">

    
    <div class="quote-wrapper">
      <div class="first-quote"></div>
      <p class="quote-text">El cambio de subsidio a IMV puede afectar muy negativamente a la familia que de apoyarle en su reinserción social se verá gravemente perjudicada. Así pues, si el sentido de esta ayuda era atender con urgencia a la salida, un año después la necesidad ya ha tenido que ser cubierta de otras formas, por lo que es un auténtico despropósito.</p>
          </div>

  </blockquote><p class="article-text">
        Si antes con el antiguo subsidio, las personas liberadas ten&iacute;an que esperar un plazo antes de solicitar y obtener la ayuda del Servicio P&uacute;blico de Empleo Estatal, de entre 1 o 2 meses, con el IMV, que gestiona el Instituto Nacional de la Seguridad Social, su concesi&oacute;n se retrasa entre 4 y 9 meses adem&aacute;s de exigir unos requisitos mucho m&aacute;s estrictos que lo se venia exigiendo. A partir de ahora si la persona presa se reincorpora a su unidad familiar y esta cobra la prestaci&oacute;n del IMV toda la familia perder&iacute;a la prestaci&oacute;n al exigir 6 meses de convivencia, y para el caso de que la persona fuera a residir en un piso compartido o en un centro, precisa de un informe social emitido por las trabajadoras sociales que tarda meses en obtenerse.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Por ello, el cambio de subsidio a IMV puede afectar muy negativamente a la familia que de apoyarle en su reinserci&oacute;n social se ver&aacute; gravemente perjudicada. As&iacute; pues, si el sentido de esta ayuda era atender con urgencia a la salida, un a&ntilde;o despu&eacute;s la necesidad ya ha tenido que ser cubierta de otras formas, por lo que es un aut&eacute;ntico desprop&oacute;sito.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, est&aacute; concesi&oacute;n puede afectar negativamente al resto de familiares que estuvieran percibiendo el ingreso.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        En definitiva, si la finalidad era facilitar la reinserci&oacute;n y ayudar a la subsistencia en un momento vital complejo, esta medida adoptada no ayuda a la misma.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Valentín Aguilar]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/el-blog-de-apdha/supresion-subsidio-excarcelacion-personas-presas-error-historico_132_11696491.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 02 Oct 2024 04:00:35 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La supresión del subsidio de excarcelación para las personas presas, un error histórico]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Instituciones penitenciarias,Cárceles,Subsidios]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Supremo restringe el subsidio para parados mayores de 52 años a quienes sean demandantes de empleo desde que se quedaron sin trabajo]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/supremo-restringe-subsidio-parados-mayores-52-anos-sean-demandantes-empleo-quedaron-trabajo_1_11652091.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/1b5626d6-a468-4dda-bf6c-df7f66f7101c_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Supremo restringe el subsidio para parados mayores de 52 años a quienes sean demandantes de empleo desde que se quedaron sin trabajo"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Los jueces dan la razón al SEPE y establecen que quien quiera optar a esta ayuda debe estar inscrito como desempleado en búsqueda activa de empleo desde ese mismo momento y no desde que cumplen los 52 años</p><p class="subtitle">La letra pequeña del subsidio de paro: desde junio de 2024, cambios en el cómputo de rentas y cuotas a los 52 años</p></div><p class="article-text">
        El <a href="https://www.eldiario.es/temas/tribunal-supremo/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Tribunal Supremo</a> ha establecido en una sentencia que el subsidio para parados de 52 a&ntilde;os solo podr&aacute; cobrarse si el beneficiario se inscribi&oacute; como demandante de empleo desde que se qued&oacute; sin trabajo, y no desde que cumpli&oacute; esa edad. Los jueces han dado la raz&oacute;n a la administraci&oacute;n frente a un hombre de Cantabria que trabaj&oacute; como aut&oacute;nomo durante m&aacute;s de una d&eacute;cada y que se inscribi&oacute; como demandante de empleo tres meses antes de cumplir los 52 a&ntilde;os, aunque hab&iacute;a dejado de trabajar m&aacute;s de un a&ntilde;o antes. 
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n explica el Servicio P&uacute;blico de Empleo Estatal (<a href="https://www.sepe.es/HomeSepe/es/Personas/distributiva-prestaciones/he-dejado-de-cobrar-el-paro/tengo-mas-de-55-anos.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">SEPE</a>), esta prestaci&oacute;n est&aacute; pensada para personas de 52 a&ntilde;os o m&aacute;s que hayan agotado cualquier prestaci&oacute;n contributiva o subsidio por desempleo, haber cotizado por desempleo entre 90 y 359 d&iacute;as y haber estado inscrito como demandante de empleo con interrupciones m&aacute;ximas de tres meses. En Espa&ntilde;a, seg&uacute;n los &uacute;ltimos <a href="https://www.sepe.es/HomeSepe/que-es-el-sepe/estadisticas/estadisticas-prestaciones/informe-prestaciones.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">datos disponibles</a> del SEPE, m&aacute;s de 445.000 personas se benefician de esta ayuda p&uacute;blica al desempleo con un 53% de mujeres como beneficiarias. 
    </p><p class="article-text">
        Los tribunales han dictado esta sentencia a ra&iacute;z del caso de un hombre de Cantabria que, seg&uacute;n aleg&oacute;, estuvo dado de alta como aut&oacute;nomo entre 2005 y 2015 para volver a estarlo nuevamente entre 2016 y 2018. No se inscribi&oacute; como demandante de empleo hasta febrero de 2019, unos meses antes de cumplir los 52 a&ntilde;os y medio a&ntilde;o antes de pedir este subsidio de desempleo. Ten&iacute;a para entonces m&aacute;s de 25 a&ntilde;os cotizados a la Seguridad Social en su vida laboral. 
    </p><p class="article-text">
        El <a href="https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/dedd2985b740581c/20210721" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Tribunal Superior de Cantabria</a> le dio la raz&oacute;n en un primer momento y le reconoci&oacute; el subsidio teniendo en cuenta su cuarto de siglo cotizado frente a los meses en que no estuvo inscrito como desempleado. El Supremo revoca esta decisi&oacute;n y explica que desde que la normativa baj&oacute; el list&oacute;n de esta ayuda desde los 55 hasta los 52 a&ntilde;os hay una condici&oacute;n para que puedan acceder a ella quienes no la han cumplido en el momento de inscribirse como desempleado, como es el caso de este hombre: hay que estar &ldquo;ininterrumpidamente inscritos como demandantes de empleo hasta la fecha en la que cumplan esa edad y puedan solicitar entonces el subsidio&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Para el Supremo, la exigencia de estar inscrito de forma ininterrumpida como demandante de empleo no empieza cuando se cumplen los 52 a&ntilde;os, sino cuando se queda sin empleo. 
    </p><p class="article-text">
        La finalidad de este subsidio es &ldquo;amparar las situaciones de desprotecci&oacute;n de quienes buscan empleo y no encuentran colocaci&oacute;n antes de alcanzar los 52 a&ntilde;os, y no la de quienes voluntariamente se apartan del mundo laboral sin tan siquiera buscar empleo, y pretenden percibir el subsidio al cumplir los 52 a&ntilde;os&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        En este caso, entienden que este antiguo trabajador aut&oacute;nomo de Cantabria trabaj&oacute; como aut&oacute;nomo en dos periodos pero &ldquo;sin llegar a inscribirse como demandante de empleo durante m&aacute;s de un a&ntilde;o al acabar el primero de ellos&rdquo; ni tampoco al terminar su segunda etapa como aut&oacute;nomo. Solo se inscribi&oacute; tres meses antes de cumplir los 52 a&ntilde;os. Hasta entonces, dice el Supremo, no hab&iacute;a mostrado &ldquo;intenci&oacute;n alguna de mantenerse en la b&uacute;squeda activa de empleo&rdquo; y eso le impide optar ahora al subsidio. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alberto Pozas]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/supremo-restringe-subsidio-parados-mayores-52-anos-sean-demandantes-empleo-quedaron-trabajo_1_11652091.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 13 Sep 2024 15:00:59 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El Supremo restringe el subsidio para parados mayores de 52 años a quienes sean demandantes de empleo desde que se quedaron sin trabajo]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/1b5626d6-a468-4dda-bf6c-df7f66f7101c_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Tribunal Supremo,Subsidios,Desempleo]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Abierto el plazo de solicitud de subvenciones para entidades sociales en Alcalá de Guadaíra]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/blogs/la-noticia-de-alcala/abierto-plazo-solicitud-subvenciones-entidades-sociales-alcala-guadaira_132_11559366.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/739aef98-aca4-4374-9ea7-ee94434af868_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Abierto el plazo de solicitud de subvenciones para entidades sociales en Alcalá de Guadaíra"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El Consitorio alcalareño destina 610.000 euros a la finaciación de proyectos sociales y mejoras de sedes de organizaciones sin ánimo de lucro</p><p class="subtitle">Asegurada en verano la alimentación de más 150 menores en Alcalá de Guadaíra con una partida de ayudas</p></div><p class="article-text">
        &nbsp;El <a href="https://www.alcaladeguadaira.es/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Ayuntamiento de Alcal&aacute; de Guada&iacute;ra</a> ha abierto el plazo de solicitud de dos nuevas l&iacute;neas de subvenciones destinadas a entidades sin &aacute;nimo de lucro que desarrollen proyectos en el &aacute;mbito social, as&iacute; como a la mejora de sus sedes. Estas ayudas, que suman una partida total de 610.000 euros, podr&aacute;n solicitarse hasta el pr&oacute;ximo 6 de septiembre a trav&eacute;s de la <a href="https://www.alcaladeguadaira.es/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">sede electr&oacute;nica municipal</a> en el apartado de &ldquo;tr&aacute;mites&rdquo;.  Con estas prestaciones, el Ayuntamiento tiene el objeto de &ldquo;apoyar directamente el asociacionismo, la cohesi&oacute;n y la necesidad de trabajar codo con codo con las entidades de acci&oacute;n social&rdquo;.
    </p><h2 class="article-text">Subvenciones para proyectos sociales</h2><p class="article-text">
        La primera l&iacute;nea de subvenciones, con una dotaci&oacute;n de 350.000 euros, est&aacute; destinada a financiar <a href="https://www.alcaladeguadaira.es/contenidos/noticias/16/8110-convpocatorias-subvenciones-proyectos-entidades-sociales-alcala.odt" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">proyectos sociales</a> en cinco &aacute;reas clave: participaci&oacute;n y voluntariado en el &aacute;mbito de servicios sociales, prevenci&oacute;n de la exclusi&oacute;n e inclusi&oacute;n social, protecci&oacute;n de la infancia y la adolescencia, prevenci&oacute;n de la dependencia y promoci&oacute;n del envejecimiento activo, y apoyo a personas con discapacidad.
    </p><h2 class="article-text">Ayudas para la mejora de sedes</h2><p class="article-text">
        La segunda l&iacute;nea, que asciende a 260.000 euros, se dirige a la <a href="https://www.alcaladeguadaira.es/contenidos/noticias/16/8110-convocatoria-subvenciones-reformas-y-equipamientos-sedes-sociales.pdf" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">reforma y modernizaci&oacute;n de las sedes de estas entidades</a>. Incluye mejoras estructurales, optimizaci&oacute;n del espacio, eficiencia energ&eacute;tica y adquisici&oacute;n de nuevos equipamientos.
    </p><p class="article-text">
        Roc&iacute;o Bastida, <a href="https://www.alcaladeguadaira.es/servicios-municipales/servicios-sociales/contacto" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">delegada municipal de Servicios Sociales</a>, ha destacado la importancia de estas ayudas como reflejo del compromiso del Ayuntamiento con la igualdad y la cohesi&oacute;n social, &ldquo;Estas subvenciones son una muestra del compromiso municipal con la igualdad y la cohesi&oacute;n social&rdquo;, ha manifestado.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Inmaculada Calahorro]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/blogs/la-noticia-de-alcala/abierto-plazo-solicitud-subvenciones-entidades-sociales-alcala-guadaira_132_11559366.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 31 Jul 2024 04:00:40 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Abierto el plazo de solicitud de subvenciones para entidades sociales en Alcalá de Guadaíra]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Alcalá de Guadaíra,Sevilla,Andalucía,Servicios sociales,Ayudas sociales,Subsidios,Subvenciones]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Cuerpo señala que la reforma del subsidio por desempleo reducirá "medio punto" el paro estructural]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/ministro-economia-senala-reforma-subsidio-desempleo-reducira-medio-punto-paro-estructural_1_11507180.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/405b6459-f151-4429-ad22-743cfc7ed516_16-9-discover-aspect-ratio_default_1098583.jpg" width="1920" height="1080" alt="Cuerpo señala que la reforma del subsidio por desempleo reducirá &quot;medio punto&quot; el paro estructural"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El ministro de Economía asegura que, más allá de la reforma laboral, el Ejecutivo ha favorecido otros cambios para "poco a poco ir arañando décimas, ir arañando puntos" a la tasa de paro estructural, "que ha venido lastrando la economía española en las últimas décadas"</p><p class="subtitle">El Congreso aprueba la reforma del subsidio por desempleo a la segunda y con el voto de Podemos</p></div><p class="article-text">
        El ministro de Econom&iacute;a, Carlos Cuerpo, ha se&ntilde;alado que <a href="https://www.eldiario.es/economia/gobierno-rescata-subsidio-desempleo-discapacidad-dejara-causa-despido_1_11383362.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la reforma del subsidio por desempleo</a> reducir&aacute; &ldquo;medio punto&rdquo; el paro estructural en nuestro pa&iacute;s. Cuerpo asegura que, m&aacute;s all&aacute; de la reforma laboral, el Ejecutivo ha favorecido otros cambios en el mercado laboral para &ldquo;poco a poco ir ara&ntilde;ando d&eacute;cimas, ir ara&ntilde;ando puntos&rdquo; a la tasa de paro estructural, &ldquo;que ha venido lastrando a <a href="https://www.eldiario.es/economia/economia-vuelve-sorprender-alza-crecio-0-8-primer-trimestre-mayor-avance-anos_1_11475015.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la econom&iacute;a espa&ntilde;ola</a> en las &uacute;ltimas d&eacute;cadas&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        La tasa de paro estructural en nuestro pa&iacute;s se encuentra en el 12%, seg&uacute;n los &uacute;ltimos datos del propio Ministero. Tras reducirse en los &uacute;ltimos a&ntilde;os (en 2018 estaba en el 13,5%), este estimaci&oacute;n de desempleo &ldquo;que se mantiene constante en el tiempo&rdquo;, seg&uacute;n su definici&oacute;n te&oacute;rica, sigue siendo la mayor entre las principales econom&iacute;as de la UE, por encima de las de Grecia o Italia, donde se sit&uacute;an cerca del 9%. &ldquo;Una alta tasa de paro estructural supone una infrautilizaci&oacute;n de la capacidad productiva de una econom&iacute;a, as&iacute; como la exclusi&oacute;n laboral de una gran parte de la sociedad&rdquo;, apunta un informe de Caixabank Research. 
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Para reducirla, se requieren mejoras en tres frentes: una mayor demanda de empleo, una mayor oferta de empleo y un mejor emparejamiento entre una y otra&rdquo;, contin&uacute;a Josep Mestres, economista del servicios de estudios del banco.
    </p><p class="article-text">
        El 20 de junio, el Congreso de los Diputados convalid&oacute; este la reforma del subsidio por desempleo, tras el batacazo que supuso para el Ejecutivo que&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/politica/confirma-no-tumba-decreto-subsidios-desempleo_1_10826150.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Podemos tumbase una primera versi&oacute;n</a>, presentada en enero, por la reducci&oacute;n de la cotizaci&oacute;n de los mayores de 52 a&ntilde;os que cobran esta prestaci&oacute;n del 125% al 100%, y que ahora Trabajo ha revertido.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Deber&iacute;a haber sido aprobado hace meses, porque contiene mejoras tan sustanciales para la ciudadan&iacute;a que no deber&iacute;a haberse dilatado ni un minuto m&aacute;s su puesta marcha&rdquo;, afirm&oacute; la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda D&iacute;az, en su defensa de la norma, que era tambi&eacute;n un hito exigido por la Comisi&oacute;n Europea para el despliegue del Plan de Recuperaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        La reforma incluye la ampliaci&oacute;n del subsidio en 90 euros, hasta los 570 para los nuevos receptores durante los primeros seis meses. El subsidio se ampl&iacute;a tambi&eacute;n a las personas menores de 45 a&ntilde;os sin cargas familiares, hasta ahora excluidas, y a las temporeras marroqu&iacute;s que trabajan en Espa&ntilde;a. Adem&aacute;s, equipara la cuant&iacute;a que reciben las personas que hubieran estado empleadas a tiempo parcial, con aquellas a tiempo completo. Esta medida supone un beneficio para las cuant&iacute;as que reciben las mujeres, que son generalmente las que recurren a esta parcialidad no deseada y que se ve&iacute;an luego perjudicadas en la prestaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Entre las grandes novedades est&aacute; que ofrece la posibilidad de compatibilizar durante seis meses el subsidio con la actividad laboral, &ldquo;sin riesgo a perder el derecho o a ver aminorada su cuant&iacute;a&rdquo;.
    </p><h3 class="article-text">Vacantes en el mercado laboral</h3><p class="article-text">
        <a href="https://www.eldiario.es/economia/congreso-aprueba-reforma-subsidio-desempleo-segunda-voto_1_11463123.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Este lunes</a>, adem&aacute;s, el ministro de Econom&iacute;a, Comercio y Empresa ha subrayado que uno de los principales retos en el &aacute;mbito laboral es el ajuste entre la oferta y la demanda de cualificaciones. &ldquo;El hecho de que convivan ahora mismo una tasa elevada de desempleo con una elevada demanda de determinados perfiles (perfiles comerciales, especialistas en 'big data'...) yo creo que es un elemento que tenemos que ser capaces de ajustar&rdquo;, ha explicado en 'Los Desayunos Informativos de Europa Press'. En su opini&oacute;n, el sector p&uacute;blico debe contribuir &ldquo;a la cadena de valor del talento&rdquo;, identificando y anticipando las necesidades formativas.
    </p><p class="article-text">
        Por otra parte, el ministro ha subrayado que el &ldquo;otro gran reto&rdquo; del mercado laboral para este legislatura es la reducci&oacute;n de la jornada de trabajo a las 37,5 horas semanales en 2025, tal y como se recogi&oacute; en el acuerdo de gobierno entre PSOE y Sumar.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Si miramos lo que ha sucedido en las &uacute;ltimas d&eacute;cadas, la jornada laboral ha ido disminuyendo, hasta situarse ligeramente por debajo de las 38,5 horas semanales. En los &uacute;ltimos a&ntilde;os, sin embargo, este proceso se ha estancado y estamos en la franja alta cuando nos comparamos con algunos de nuestros principales socios, como Francia o Alemania&rdquo;, ha argumentado.
    </p><p class="article-text">
        Cuerpo ha afirmado que &ldquo;la evidencia emp&iacute;rica&rdquo; apunta a que en pa&iacute;ses como Francia o Portugal, que han ido llevando a cabo reducciones de jornada en los &uacute;ltimos a&ntilde;os, &eacute;stas han sido compatibles con una mejora salarial y tambi&eacute;n con una mejora de la productividad.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Esa es la v&iacute;a, ganar espacio y derechos para los trabajadores y hacerlo, por supuesto, de manera compatible con una mejora continua del proceso productivo&rdquo;, ha indicado Cuerpo, que ha puesto como ejemplo de este proceso a la empresa hortofrut&iacute;cola Tani, de la que ha explicado que est&aacute; robotizando su actividad, haci&eacute;ndola compatible con una reducci&oacute;n progresiva de la jornada sin afectar al salario y el n&uacute;mero de trabajadores.
    </p><p class="article-text">
        En su opini&oacute;n, ese es el camino a seguir. &ldquo;Somos conscientes de las dificultades espec&iacute;ficas que enfrentan los trabajadores y algunos sectores o empresas, como puedan ser tambi&eacute;n las pymes, y de la importancia de acompa&ntilde;ar a nuestro sector productivo en este proceso cuando se necesite. De ah&iacute;, por lo tanto, la importancia de ese proceso de di&aacute;logo social que est&aacute; abierto ahora mismo para llegar a un acuerdo&rdquo;, ha subrayado.
    </p><h3 class="article-text">Revisi&oacute;n al alza del crecimiento del PIB</h3><p class="article-text">
        Por &uacute;ltimo, Cuerpo ha adelantado que el Gobierno aprobar&aacute; la semana que viene el nuevo cuadro macroecon&oacute;mico, que elevar&aacute; a cerca del 2,5% la estimaci&oacute;n de crecimiento del PIB (Producto Interior Bruto) para este a&ntilde;o, junto con el techo de gasto para 2025, dando as&iacute; el pistoletazo de salida a la elaboraci&oacute;n de los Presupuestos Generales del Estado (PGE) del pr&oacute;ximo ejercicio.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Vamos a lanzar el proceso de aprobaci&oacute;n de los PGE de 2025 y el cuadro macro sirve de base, por lo que tenemos que ir a una actualizaci&oacute;n de la &uacute;ltima previsi&oacute;n de este a&ntilde;o, que se situar&aacute; m&aacute;s cerca del 2,5% que del 2% actual&rdquo;, ha reiterado Cuerpo, tras asegurar que se aprobar&aacute; la semana que viene, junto con el l&iacute;mite no financiero para 2025, conocido como techo de gasto.
    </p><p class="article-text">
        En este sentido, ha apuntado que su aprobaci&oacute;n depende del Ministerio de Hacienda y que est&aacute; trabajando &ldquo;de forma continua y sin descanso&rdquo; para cumplir los objetivos y que se apruebe dentro del calendario normal, que es antes del mes de agosto.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Daniel Yebra]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/ministro-economia-senala-reforma-subsidio-desempleo-reducira-medio-punto-paro-estructural_1_11507180.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 08 Jul 2024 08:42:46 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Cuerpo señala que la reforma del subsidio por desempleo reducirá "medio punto" el paro estructural]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Paro,Desempleo,Mercado laboral,Carlos Cuerpo,Trabajo,Subsidios]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Congreso aprueba la reforma del subsidio por desempleo a la segunda y con el voto de Podemos]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/congreso-aprueba-reforma-subsidio-desempleo-segunda-voto_1_11463123.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/5d3627c3-e3b4-477b-9f77-524891f12227_16-9-discover-aspect-ratio_default_1097435.jpg" width="5612" height="3157" alt="El Congreso aprueba la reforma del subsidio por desempleo a la segunda y con el voto de Podemos"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Trabajo saca adelante la reforma del subsidio, tras mantener la cotización del 125% para mayores de 52 años que exigía Podemos, y garantiza el derecho de lactancia de 28 días, hasta ahora condicionado a la negociación colectiva</p><p class="subtitle">Trabajo y los sindicatos llegan a un acuerdo para la reforma del subsidio por desempleo
</p></div><p class="article-text">
        Ha sido a la segunda y sin ning&uacute;n voto en contra. El Congreso de los Diputados ha convalidado este jueves la reforma del subsidio por desempleo, tras el batacazo que supuso para el Ejecutivo que <a href="https://www.eldiario.es/politica/confirma-no-tumba-decreto-subsidios-desempleo_1_10826150.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Podemos tumbase una primera versi&oacute;n</a>, presentada en enero, por la reducci&oacute;n de la cotizaci&oacute;n de los mayores de 52 a&ntilde;os que cobran esta prestaci&oacute;n del 125% al 100%, y que ahora Trabajo ha revertido.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Deber&iacute;a haber sido aprobado hace meses, porque contiene mejoras tan sustanciales para la ciudadan&iacute;a que no deber&iacute;a haberse dilatado ni un minuto m&aacute;s su puesta marcha&rdquo;, afirm&oacute; la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda D&iacute;az, en los primeros compases de su defensa de la norma desde la tribuna de oradores del Congreso. &ldquo;Se lo dijimos al ministerio: retiren el recorte y contar&aacute;n con nuestro favor. Ese ere nuestro compromiso y lo hemos cumplido. Si ustedes han tardado meses en darse cuenta de que el recorte exist&iacute;a, pues es problema de ustedes&rdquo;, respondi&oacute; la diputada de Podemos, Noem&iacute; Santana. 
    </p><p class="article-text">
        La postura de Podemos en aquella primera votaci&oacute;n supuso la ruptura de facto con el grupo parlamentario de Sumar, con quien se present&oacute; a las elecciones. &ldquo;La valent&iacute;a de mi grupo pol&iacute;tico hizo que nos convirti&eacute;ramos en la diana de una campa&ntilde;a de desprestigio que negaba la mayor&rdquo;, ha reivindicado Santana. Su negativa a convalidar decreto cont&oacute; con la oposici&oacute;n de los sindicatos que, pese a no haber sido negociado en la mesa del di&aacute;logo social, consideraban que la mejor opci&oacute;n era convalidarlo e incorporar mejoras y correcciones durante el tr&aacute;mite parlamentario.
    </p><p class="article-text">
        El decreto convalidado este jueves cuenta ya <a href="https://www.eldiario.es/economia/trabajo-sindicatos-llegan-acuerdo-reforma-subsidio-desempleo_1_11349081.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">con el respaldo de los sindicatos UGT y Comisiones Obreras</a>, a quienes D&iacute;az ha agradecido sus aportaciones. Tambi&eacute;n a las asociaciones empresariales cuyas aportaciones, pese a que no han firmado el acuerdo, &ldquo;han mejorado sensiblemente el contenido de la norma&rdquo;, ha dicho la vicepresidenta segunda, que ha catalogado la reforma como &ldquo;la m&aacute;s ambiciosa sobre el nivel asistencial del desempleo hasta ahora&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        La reforma del subsidio es un compromiso con Bruselas para el cuarto desembolso de los fondos europeos 'Next Generation'. Sin embargo, D&iacute;az ha reivindicado que la norma, convalidada con la abstenci&oacute;n de PP y Vox, &ldquo;no es un tr&aacute;mite&rdquo; ni &ldquo;un mero compromiso con Europa, que tambi&eacute;n lo es&rdquo;, sino que &ldquo;va a permitir a muchos ciudadanos y ciudadanas vivan mejor en nuestro pa&iacute;s&rdquo;. &ldquo;Ojal&aacute; aquellos y aquellas que en su d&iacute;a recortaron las prestaciones por desempleo en los momentos m&aacute;s cr&iacute;ticos de nuestra historia se sumen al avance de los derechos sociales en Espa&ntilde;a&rdquo;, hab&iacute;a pedido la titula de Trabajo. 
    </p><p class="article-text">
        La reforma incluye la ampliaci&oacute;n del subsidio en 90 euros, hasta los 570 para los nuevos receptores durante los primeros seis meses. &ldquo;Es una cantidad demasiado importante para quien accede al subsidio&rdquo;, ha dicho D&iacute;az, &ldquo;que determinar&aacute; la diferencia entre comer fruta fresca y pescado o no&rdquo;. Adem&aacute;s, se ampl&iacute;a la prestaci&oacute;n a los eventuales agrarios, ante lo que la vicepresidenta segunda ha reclamado a la derecha que &ldquo;proteger al campo no es lanzar proclamas contra el medio ambiente&rdquo;: &ldquo;Cuanto hablan de agricultura, pero hoy van a votar en contra&rdquo;, lament&oacute;. 
    </p><p class="article-text">
        El subsidio se ampl&iacute;a tambi&eacute;n a las personas menores de 45 a&ntilde;os sin cargas familiares, hasta ahora excluidas, y a las temporeras marroqu&iacute;s que trabajan en Espa&ntilde;a. Adem&aacute;s, equipara la cuant&iacute;a que reciben las personas que hubieran estado empleadas a tiempo parcial, con aquellas a tiempo completo. Esta medida supone un beneficio para las cuant&iacute;as que reciben las mujeres, que son generalmente las que recurren a esta parcialidad no deseada y que se ve&iacute;an luego perjudicadas en la prestaci&oacute;n. &ldquo;Es una norma especialmente feminista por el impacto de g&eacute;nero que tiene&rdquo;, ha defendido D&iacute;az, que ha recordado que incluye un nuevo subsidio para las v&iacute;ctimas de violencia machista. 
    </p><h3 class="article-text">Sin mes de espera</h3><p class="article-text">
        Entre las novedades, la posibilidad de compatibilizar durante seis meses el subsidio con la actividad laboral, &ldquo;sin riesgo a perder el derecho o a ver aminorada su cuant&iacute;a&rdquo;, ha explicado D&iacute;az. Adem&aacute;s, se suprime en la mayor&iacute;a de subsidios el doble requisito de carencia de rentas, la propia y la de la unidad familiar, que ahora la persona beneficiaria podr&aacute; elegir, y el mes de espera para recibir la prestaci&oacute;n. &ldquo;&iquest;Se han preguntado por qu&eacute; ten&iacute;amos ese mes de espera?&rdquo;, ha interpelado la ministra de Trabajo a la C&aacute;mara, donde ha considerado que &ldquo;est&aacute;bamos culpabilizando a las personas desempleadas de su situaci&oacute;n&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Los grupos que hab&iacute;an apoyado el real decreto presentado en enero han celebrado los cambios introducidos por Trabajo y han catalogado la medida como positiva, aunque algunos han lamentado que no fuera m&aacute;s all&aacute;. Desde el BNG han vuelto a reclamar la derogaci&oacute;n completa de la reforma laboral del Partido Popular; ERC ha se&ntilde;alado la &ldquo;timidez de ciertas mejoras&rdquo;, como las cuant&iacute;as, que Podemos tambi&eacute;n hab&iacute;a pedido que fueran mayores; y Bildu ha indicado que las mejoras son &ldquo;parciales&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        El portavoz de esta formaci&oacute;n, Oskar Matute, ha reivindicado que las mejoras en el permiso de lactancia, que la reforma garantiza ahora en 28 d&iacute;as, hasta ahora condicionado a la negociaci&oacute;n colectiva, &ldquo;a&uacute;n queda muy lejos&rdquo; de lo que en Euskadi &ldquo;ha provocado una huelga general y ha hecho salir a decenas de miles de personas a la calles <a href="https://www.eldiario.es/euskadi/historica-huelga-feminista-vasca-miles-voces-lluvia-40-seguimiento-educacion_1_10731855.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">para defender un sistema p&uacute;blico de cuidados</a>&rdquo;. &ldquo;Es ah&iacute; donde tenemos que fijarnos&rdquo;, ha pedido. En esa l&iacute;nea, el texto convalidado incluye la <a href="https://www.eldiario.es/economia/funcionarios-podran-flexibilizar-jornada-cuidar-hijos-edad_1_11407927.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">modificaci&oacute;n del Estatuto B&aacute;sico del Empleado P&uacute;blico</a>, que podr&aacute;n adaptar su horario si tienen &ldquo;necesidades de cuidado respecto de los hijos e hijas mayores de doce a&ntilde;os&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        La reforma incorpora tambi&eacute;n <a href="https://www.eldiario.es/economia/ccoo-patronal-critican-gobierno-imponga-prevalencia-convenios-autonomicos-no-negociado_1_11384771.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la prevalencia de los convenios auton&oacute;micos</a>, que Pedro <a href="https://www.eldiario.es/euskadi/congreso-convalida-definitivamente-prevalencia-convenios-vascos-estatales_1_11463748.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">S&aacute;nchez hab&iacute;a negociado con el PNV</a> a cambio de su apoyo en la investidura. Esta prevalencia solo ser&aacute; efectiva, hab&iacute;a advertido ya la ministra, &ldquo;si las formulaciones son m&aacute;s favorables para el trabajador o la trabajadora&rdquo;. Y ha sido este el punto que el PP ha esgrimido para negarse a apoyar la convalidaci&oacute;n del real decreto. &ldquo;Es infumable en el fondo y en la forma, porque supone una ruptura, una desigualdad entre los territorios&rdquo;, ha dicho el portavoz del partido, &Aacute;ngel Ib&aacute;&ntilde;ez, durante su intervenci&oacute;n, en la que ha recalcado que &ldquo;pueden estar incurriendo en inconstitucionalidad&rdquo; y que se saltan el acuerdo entre sindicatos y patronal que, en la negociaci&oacute;n para la reforma laboral, &ldquo;decidieron no abordar as&iacute; el asunto&rdquo;. El PP vot&oacute; en contra de aquella medida, pese a que contaba con el consenso de los agentes sociales. 
    </p><p class="article-text">
        La convalidaci&oacute;n del decreto, con la abstenci&oacute;n de PP y Vox, permite que la norma siga en vigor. Lo que si han apoyado estos grupos es la tramitaci&oacute;n como proyecto de ley por la v&iacute;a de urgencia, lo que permite introducir modificaciones en un periodo ajustado de tiempo. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[David Noriega]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/congreso-aprueba-reforma-subsidio-desempleo-segunda-voto_1_11463123.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 20 Jun 2024 11:01:47 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El Congreso aprueba la reforma del subsidio por desempleo a la segunda y con el voto de Podemos]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Empleo,Subsidios,Trabajo,Yolanda Díaz,Ministerio de Trabajo y Economía Social]]></media:keywords>
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