Polémica

La AUC insiste en su denuncia a Telecinco por emitir “South Park” en LaSiete en horario protegido

La AUC insiste en su denuncia a Telecinco por emitir "South Park" en LaSiete en horario protegido

El pasado viernes 25 de marzo, la Asociación de Usuarios de la Comunicación hizo pública su denuncia contra Telecinco por la emisión de la serie de animación para adultos South Park a través de su cadena LaSiete en la franja de mediodía (de 13:30 h. a 14:00 h.).

El mencionado operador respondió en una nota rechazando los argumentos de AUC y señalando, básicamente, que AUC “desconoce la normativa” ya que la serie está calificada para mayores de 13 años por el Ministerio “a través del ICAA” y que su horario de emisión se adecua a dicha calificación.

Como contestación a esta respuesta, y a modo de aclaración general, la Asociación de Usuarios de la Comunicación quiere señalar lo siguiente en un comunicado enviado hoy a los medios:

“* La Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual (LGCA), en su artículo 7.2, señala que ”Aquellos otros contenidos audiovisuales que puedan resultar perjudiciales para el desarrollo físico, moral o mental de los menores sólo podrán emitirse entre las 22:00 y las 6:00 h., debiendo ir siempre precedidos por un aviso acústico y visual, según los criterios que fije la autoridad audiovisual competente. El indicador visual habrá de mantenerse a lo largo de todo el programa en el que se incluyan dichos contenidos“.

* La mencionada norma, en el apartado 6 del artículo 7, obliga a que “Todos los productos audiovisuales distribuidos a través de servicios de comunicación audiovisual televisiva” dispongan “de una calificación por edades, de acuerdo con las instrucciones sobre su gradación que dicte el Consejo Estatal de Medios Audiovisuales”. Asimismo, se aclara que “la

gradación de la calificación debe ser la homologada por el Código de Autorregulación de Contenidos Televisivos e Infancia“.

* En el mismo artículo y apartado, se establece que “Corresponde a la autoridad audiovisual competente, la vigilancia, control y sanción de la adecuada calificación de los programas por parte de los prestadores del servicio de comunicación audiovisual televisiva”. Y, finalmente, la Disposición Transitoria Séptima de la Ley indica que “Hasta la efectivaconstitución del Consejo Estatal de Medios Audiovisuales sus funciones serán ejercidas por el órgano administrativo competente”.

* La LGCA atribuye al prestador de servicios de comunicación audiovisual televisiva la responsabilidad editorial en la selección de losprogramas y en su horario de programación (artículo 2.13). Y, de acuerdo con su artículo 61.1, “La responsabilidad administrativa por las infracciones de la presente Ley es exigible al prestador del servicio de comunicación

audiovisual“.

Teniendo en cuenta lo anterior, quedan claras según la AUC:

- La potestad inicial de las cadenas de televisión para decidir qué calificación por edades van a aplicar a los contenidos que difunden.

- La competencia de la autoridad audiovisual para vigilar y controlar que esa calificación se compadezca verdaderamente con los contenidos difundidos y no menoscabe el derecho de los menores a estar protegidos ante la difusión de programación inadecuada entre las 6 de la mañana y las 10 de la noche.

- Dicha autoridad visual, en el ámbito estatal (o supra autonómico) es hoy por hoy el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, y ninguna otra instancia de la Administración General del Estado. Corresponde por tanto a dicho Ministerio vigilar, controlar y, en su caso, sancionar, a las cadenas de televisión que califiquen inadecuadamente sus programas.

South Park es una serie de animación de carácter satírico con 4 niños como protagonistas principales, cuya calidad ha sido reconocida por diferentes premios y galardones, pero también con un alto grado de referencias de carácter violento y sexual, en muchos casos relacionados con la actualidad política y social estadounidense y mundial.

“Precisamente ese aspecto satírico (que presenta aparentemente de forma positiva acciones negativas) es una de las razones por las que generalmente ha sido considerado un producto para adultos. En España, la serie ha sido y es emitida por diferentes cadenas de televisión (Antena 3, Cuatro, MTV España y LaSiete), pero sólo en el caso de Telecinco, a la que pertenece LaSiete, se difunde en horario de protección del menor.”

Pide al Ministerio que determine la edad recomendada para ver de la serie

“Por todo ello, la Asociación de Usuarios de la Comunicación ha pedido al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, que evalúe el contenido de la serie South Park; determine si de acuerdo con ese contenido puede calificarse como no recomendada para menores de 13 años o a de ser considerada como no recomendada para menores de 18 años, y, en caso de

considerar esto último, impida su emisión en horario de protección del menor, sin menoscabo de otras acciones que pueda adoptar en materia de infracciones y sanciones previstas en la Ley.“, concluye la nota.

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