Sanción

Competencia multa a Telecinco con 3.6 millones de euros por su fusión con Cuatro

Competencia multa a Telecinco con 3.6 millones de euros por su fusión con Cuatro

El Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha impuesto una multa de 3.600.000 euros a Telecinco por no haber detallado en el plazo exigido su plan de actuaciones y su calendario en la fusión con Cuatro.

Competencia cree que Telecinco ha incurrido en el artículo 62.4 de la Ley de Defensa de la Competencia, que califica como “muy graves” incumplir o contravenir lo establecido en la normativa así como las resoluciones de su Consejo, y que permite la imposición de sanciones que representen hasta el diez por ciento del volumen de negocios del infractor.

La fusión genera una reducción de la competencia, según el Consejo

La CNC estimó que dicha fusión “generaría una reducción de la competencia efectiva en varios de los mercados afectados por la operación”, por lo que consideró que “no podría ser autorizada sin el compromiso de Telecinco de tomar las medidas necesarias para restablecer las condiciones de competencia”.

Ante esta situación, Telecinco presentó determinados compromisos voluntarios que fueron declarados vinculantes por el Consejo de la CNC en una resolución del 28 de octubre de 2010, de cara a la autorización de la misma.

Para garantizar el cumplimiento de estos compromisos, la CNC obligó a Telecinco a presentar en el plazo de un mes un plan de actuaciones que detallase las medidas que la empresa debía adoptar para implantar los compromisos asumidos y su calendario. Sin embargo, este plazo “fue incumplido”.

A instancias del Consejo de la CNC, la Dirección de Investigación de Competencia acordó el 27 de abril incoar expediente sancionador contra Telecinco.

La resolución del 27 de julio de 2011 del Consejo de la CNC declara acreditado el incumplimiento de su obligación de presentar en el plazo de un mes el plan de actuaciones requerido.

Por todo ello, el Consejo de la CNC ha resuelto imponer a Telecinco (actualmente Mediaset España Comunicación, S.A.) una multa de 3.600.000 euros.

La primera gran fusión de la televisión española

Telecinco y Cuatro protagonizaron la primera fusión de dos grandes cadenas de televisión en España, una operación de un importante calado empresarial y que supuso la primera evidencia de la Ley de Medidas Urgentes en Materia de Telecomunicaciones.

El canal comunicó el 18 de diciembre de 2009 a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) su acuerdo con Prisa para la integración de la cadena de televisión Cuatro en Telecinco y la adquisición por ésta del 22 por ciento de Digital+.

Telecinco impugna una sanción “desproporcionada e injustificada”

La respuesta de la cadena de Mediaset España no se ha hecho esperar. A través de un comunicado, la cadena informa de solicitará la impugnación y suspensión cautelar de esta multa que se la ha impuesto.

La defensa de Telecinco contesta al Consejo de Competencia al negar que no se cumplieran los plazos exigidos. El Plan de Actuaciones fue presentado, según la nota emitida, dentro del plazo concedido por la Dirección General del CNC; no solo eso, también manifiestan estar cumpliendo a rajatabla todos los compromisos establecidos en la resolución de autorización de la fusión.

Por estas razonesa, Mediaset España “considera no solo desproporcionada, sino absolutamente injustificada la sanción impuesta por la CNC”. La cadena termina expresando su convencimiento de que “tan injusta e inexplicable sanción será oportunamente revocada por los tribunales”.

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