El Consejo de Administración de RTVE deberá tener una representación equilibrada de hombres y mujeres
La composición del Consejo de administración de la Corporación RTVE deberá responder al principio de representación equilibrada de mujeres y hombres en virtud de la futura Ley de Igualdad, según consta en el anteproyecto de esta norma, al que tuvo acceso Europa Press.
El proyecto de Ley de reforma de RTVE, actualmente pendiente de tramitación por el Senado, establece una composición de 12 miembros, “procurando la paridad entre hombres y mujeres”. Ocho de los miembros serán elegidos por el Congreso (dos a propuesta de los dos sindicatos más representativos) y los cuatro restantes por el Senado, con mayoría de dos tercios.
El texto, informado por el Consejo de Ministros el pasado viernes, dedica su Título Tercero a la “igualdad y medios de comunicación”, tanto de titularidad pública como privada. Respecto a los medios públicos establece que deberán velar por “la transmión de una imagen igualitaria, plural y no estereotipada de mujeres y hombres en la sociedad” y promover el conocimiento y la difusión del principio de igualdad.
En este sentido, la Corporación RTVE, en el ejercicio de su función de servicio público deberá perseguir en su programación un reflejo adecuado de la presencia de la mujer en los diversos ámbitos de la vida social. Además, utilizará el lenguaje en forma o sexista, adoptará por autorregulación códigos de conductas para transmitir el principio de igualdad y colaborará con las campañas institucionales dirigidas a fomentar la igualdad y erradicar la violencia de génro.
Por otra parte, la Corporación promoverá la incorporación de las mujeres a puestos de responsabilidad directiva y profesional, y fomentará la relación con asociaciones y grupos de mujeres para identificar sus necesidades e intereses en el ámbito de la comunicación.
MEDIOS PRIVADOS
El texto del anteproyecto establece asimismo que los medios privados también deberán respetar la igualdad y evitar “toda discriminación”. Sobre este punto, las Administraciones públicas promoverán la adopción por parte de los medios privados de “acuerdos de autorregulación” que contribuyan al cumplimiento de la legislación en materia de iguldad, incluyendo las actividades de venta y publicidad que en ellos se desarrollen.
Mientras tanto, las autoridades a las que les corresponda velar por que los medios audiovisuales cumplan sus obligaciones, adoptarán las medidas que procedan, de acuerdo con su regulación, para asegurar un tratamiento de la mujer conforme con los principios y valores constitucionales.
IGUALDAD Y PUBLICIDAD
Pot último, el anteproyecto hace referencia a la publicidad y adiverte de que aquella que comporte una conducta discriminatoria, de acuerdo con esta Ley, se considerará “publicidad ilícita” y el Instituto de la Mujer, a través del Obseratorio de la Publicidad, evaluará la publicidad transmitida a través de los medios de comunicación o en cualquier soporte publicitario y en su caso, asesorará en materia de publicidad ilícita a los órganos competentes.
Asimismo, elaborará informes o estudios, facilitará la colaboración institucional y recomendará propuestas de actuación. De igual forma, el Instituto de la Mujer, o algún órgano equivalente en el ámbito de las comunidades autónomas, estará legitimado para “ejercer acciones de cesación de publidad ilícita” por utilizar la imagen de la mujer en forma discriminatoria.