Fase de proyecto

“El Mediador” de conflictos en el nuevo 'talk show' de Antena 3

“Presté dinero a mi amigo y se niega a devolvérmelo... Un vecino deja la basura en un lugar del edificio que me perjudica... El sastre de mi marido no quiere descontar en el precio del traje los cambios provocados por un error suyo”...

Conflictos y pleitos de este estilo, de carácter más bien doméstico pero que los ciudadanos deben afrontar regularmente, serán los protagonistas de un género, el de la mediación de conflictos, que Antena 3 ha decidido explorar, según ha conocido Vertele.com.

“El Mediador”, título provisional del nuevo 'talk show' diario para las tardes de lunes a viernes, estaría centrado en los casos de arbitraje a cargo de una persona o grupo con titulación en psicología en el campo de la mediación.

Encarga pilotos a Zeppelin y Boomerang

El formato protagonizado por esta especie de “solucionador” de problemas ha sido ya encargado por Antena 3 a las productoras Zeppelin (“Gran Hermano”) y Boomerang (“El Diario de Patricia”).

Ambos proyectos cuentan con varios psicólogos anónimos como protagonistas de los debates en exteriores (sin plató ni presentador) sobre las cuestiones que originen los conflictos.

“El Mediador”, programa que estuvo a punto de recalar en Televisión Española hace unos años -según apuntó entonces El ConfidencialDigital-, tuvo su primera aparación en nuestra pequeña pantalla en 2005.

Así, la TV valenciana Canal 9 estrenó en su late night de los jueves “El Mediador” (media del 11% de share), un formato similar a “Veredicto” donde el presentador Jose Ángel Ponsoda (“La hora de la verda”) actuaba como árbitro en una pugna entre dos personas.

Antena 3 estudia, ahora, adentrarse en este género que en Telecinco tiene su versión con “De buena ley” (15% de cuota media), el 'court show' conducido por Sandra Barneda y Alberto Herrera en el access sobremesa diario.

La misión del mediador

Es una persona imparcial que debe servir de canal de comunicación entre las partes para que puedan llegar a alcanzar un acuerdo.

El mediador debe, según describe la empresa Medialia en su web:

Restablecer el contacto entre las partes, introduciendo cambios en sus puntos de vista sobre el conflicto, aislando éste y ofreciendo el contexto favorable para la negociación.

• Buscar un equilibrio.

• Ayudar a desarrollar actitudes que faciliten la negociación y que aseguren un acuerdo

• Promover la búsqueda de alternativas que conduzcan a elegir la más adecuada a través de técnicas de solución de problemas.

• Ayudar a comprender las perspectiva del otro superando el impás en el que se hallan.

• Neutralizar los comportamientos negativos y repetitivos cambiando a positivo el carácter de la negociación.

• Servir de soporte y apoyo a las partes.

• Reconducir a las partes teniendo en cuenta sus necesidades y las de los implicados (pareja, hijos,…)

Las ventajas de la mediación

Frente al sistema judicial:

- Disminuye el tiempo de resolución y los costes económicos y psicosociales.

- Se evita que haya ganadores y perdedores.

- No se aplican sanciones (genera responsabilidad)

- Se tiene en cuenta no sólo lo material, sino también lo personal.

- Es un sistema preventivo, que evita la consolidación de futuros conflictos.

Frente a uno mismo:

- Potencia la autoestima y la confianza en uno mismo y en los demás.

- Mejora la comunicación y desarrolla la capacidad para comunicarse, negociar y resolver en el futuro los propios conflictos.

- Disminuye la carga emocional.

- Desarrolla una visión positiva de las crisis, de cara a afrontar positívamente los posibles conflictos.

- Aumenta la capacidad de decisión.

Frente a los implicados en el conflicto:

- Mejora los canales de comunicación.

- Saca a las partes de sus posiciones enfrentadas, buscando intereses comunes.

- Deciden ellos mismos, devolviendo la responsabilidad de los problemas.

- Se reduce el sufrimiento de los hijos y de ellos mismos.

- Total implicación en el proceso debido a su voluntariedad.

Frente al acuerdo logrado:

- Se favorece el cumplimiento de los acuerdos.

- Es revisable. Se puede hacer cualquier modificación importante y en cualquier momento.

La Ley permite estos programas de televisión

En cuanto a si permite la Ley hacer estos programas en España, nuestra legislación dice que cualquier ciudadano que tenga un contencioso con otro –de la naturaleza que sea- pueda confiar a un tercero su resolución.

Es un procedimiento que se llama de “equidad” porque el árbitro utiliza básicamente el sentido común y la sensatez para juzgar y emitir sentencia, lo que recibe la definición de Laudo arbitral. Este laudo tiene la misma trascendencia y efectos que una sentencia emitida por un juez al uso.

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