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    <title><![CDATA[elDiario.es - TEDH - Tribunal Europeo de Derechos Humanos]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/temas/tedh/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - TEDH - Tribunal Europeo de Derechos Humanos]]></description>
    <language><![CDATA[es]]></language>
    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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    <item>
      <title><![CDATA[La Justicia europea suspende el desahucio de Kalita, la vecina de Badalona con seis niños a la que un fondo buitre quiere echar]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/justicia-europea-suspende-desahucio-kalita-vecina-badalona-seis-hijos-menores_1_13332215.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/8e921459-d293-4e3b-81e9-cbb5f1303f71_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Justicia europea suspende el desahucio de Kalita, la vecina de Badalona con seis niños a la que un fondo buitre quiere echar"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El Tribunal Europeo de Derechos Humanos paraliza, al menos hasta el 1 de julio, el lanzamiento de la madre después de que su abogado alegara el peligro para la vida de uno de los menores, que sufre apneas</p><p class="subtitle">Un fondo buitre quiere desahuciar a Kalita y a su bebé con apneas: “Si me echan, volveré a ocupar”
</p></div><p class="article-text">
        <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/fondo-buitre-quiere-desahuciar-kalita-bebe-apneas-si-echan-volvere-ocupar_1_13267014.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Kalita Fern&aacute;ndez ha obtenido</a> un poco m&aacute;s de tiempo. La Justicia europea ha ordenado la suspensi&oacute;n del desahucio, instado por un fondo buitre, de esta mujer de Badalona, con seis hijos menores de edad a su cargo (uno de ellos, con apneas que le obligan a dormir conectado a una m&aacute;quina), previsto para este viernes.  
    </p><p class="article-text">
        El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha examinado la medida cautelar solicitada por el abogado de Fern&aacute;ndez, Ton Mansilla, y ha ordenado al Estado espa&ntilde;ol que la mujer y su familia no puedan ser desahuciadas, al menos, durante una semana, hasta el pr&oacute;ximo 1 de julio.
    </p><p class="article-text">
        Las medidas cautelares en el TEDH son inhabituales, y el tribunal solo las contempla cuando existe un serio peligro para la vida o la salud de los demandantes.
    </p><p class="article-text">
        En su demanda, el abogado de Fern&aacute;ndez reclam&oacute; la suspensi&oacute;n del desahucio como medida &ldquo;estrictamente temporal y limitada&rdquo; hasta que las autoridades locales proporcionen a la familia &ldquo;una alternativa habitacional real, inmediata, estable y adecuada, compatible con las necesidades de seis menores y, en particular, con la situaci&oacute;n m&eacute;dica de la hija menor&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        El plazo de suspensi&oacute;n del desahucio todav&iacute;a podr&iacute;a ampliarse. En estos siete d&iacute;as, el TEDH espera la respuesta de Espa&ntilde;a sobre si la jueza de Badalona que orden&oacute; su desalojo tuvo en cuenta la situaci&oacute;n de vulnerabilidad de la familia y si las autoridades locales han ofrecido una alternativa de vivienda. 
    </p><p class="article-text">
        A falta de conocer la contestaci&oacute;n formal del Estado, la respuesta a ambas preguntas es negativa, <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/fondo-buitre-quiere-desahuciar-kalita-bebe-apneas-si-echan-volvere-ocupar_1_13267014.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">tal y como ya explic&oacute; elDiario.es.</a> La jueza de Badalona acord&oacute; su desahucio pese a contar con un informe de los servicios sociales que advert&iacute;a del &ldquo;grave perjuicio&rdquo; para la familia que supondr&iacute;a quedarse en la calle, en especial por el beb&eacute; enfermo.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;La ejecuci&oacute;n del desalojo sin alternativa habitacional inmediata, estable y con condiciones adecuadas crea un riesgo concreto para la vida de la menor&rdquo;, recuerda el abogado Mansilla en su escrito ante el TEDH.
    </p><iframe src="https://geo.dailymotion.com/player/x8zbz.html?video=kbjxIPbpNW3LooGndZc" allowfullscreen allow="fullscreen; picture-in-picture; web-share"></iframe><p class="article-text">
        El inmueble que ocupa Fern&aacute;ndez desde hace casi una d&eacute;cada pertenece al fondo de inversi&oacute;n Divarian, filial inmobiliaria del grupo Cerberus, que vendi&oacute; parte de su cartera de viviendas a la Generalitat en 2025 para destinarlas a alquiler social. 
    </p><p class="article-text">
        En Badalona se incorporaron 34 pisos a este programa, aunque el de Fern&aacute;ndez no forma parte de ellos. La mujer asegura que ha intentado en m&uacute;ltiples ocasiones alcanzar un acuerdo de alquiler con la propiedad, sin &eacute;xito.
    </p><p class="article-text">
        Tal y como explic&oacute; la mujer a este diario, Fern&aacute;ndez estuvo inscrita durante cinco a&ntilde;os en la Mesa de Emergencia de Badalona, pero fue dada de baja tras su divorciarse de su marido hace un a&ntilde;o. Entonces tuvo que reiniciar el procedimiento administrativo. &ldquo;No se puede vivir as&iacute;. Deber&iacute;a haber m&aacute;s pisos para casos as&iacute; de graves&rdquo;, reclam&oacute;.
    </p><p class="article-text">
        Divarian no manifest&oacute; &ldquo;inter&eacute;s alguno&rdquo; en el inmueble entre 2014 y 2023, cuando denunci&oacute; a Fern&aacute;ndez por la ocupaci&oacute;n,&nbsp;seg&uacute;n sentenci&oacute; la jueza que absolvi&oacute; a la mujer en la causa penal abierta por la propiedad. Los t&eacute;cnicos sociales municipales reconocen el &ldquo;arraigo&rdquo; en el barrio de Fern&aacute;ndez y sus hijos.
    </p><p class="article-text">
        Fern&aacute;ndez ocup&oacute; la vivienda, donde est&aacute; empadronada, en 2014 ante la falta de alternativas. &ldquo;Tuve que entrar a vivir aqu&iacute; porque no ten&iacute;a d&oacute;nde ir&rdquo;, explic&oacute; la mujer. Durante los once a&ntilde;os que ha permanecido en el inmueble, aleg&oacute; haber realizado numerosas mejoras: instalaci&oacute;n de ventanas, reparaci&oacute;n de estancias y adecuaci&oacute;n de la cocina en un piso que inicialmente no contaba con agua corriente, electricidad ni cerramientos.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Oriol Solé Altimira]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/justicia-europea-suspende-desahucio-kalita-vecina-badalona-seis-hijos-menores_1_13332215.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 25 Jun 2026 11:17:09 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La Justicia europea suspende el desahucio de Kalita, la vecina de Badalona con seis niños a la que un fondo buitre quiere echar]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Pobreza,TEDH - Tribunal Europeo de Derechos Humanos,Desahucios,Badalona,Fondos buitre]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Tribunal de Estrasburgo avala la hospitalización judicial de una mujer en Asturias por un parto de riesgo]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/asturias/tribunal-estrasburgo-avala-hospitalizacion-judicial-mujer-asturias-parto-riesgo_1_13293583.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/01dd4276-d44d-467b-8c86-afe782578e2e_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Tribunal de Estrasburgo avala la hospitalización judicial de una mujer en Asturias por un parto de riesgo"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El TEDH coincide con el análisis del Constitucional de que los motivos utilizados para esa hospitalización de oficio eran "pertinentes y suficientes" para justificar la injerencia en la privacidad de la mujer que hubiera querido dar a luz en su casa con la ayuda de una matrona, algo que autoriza la normativa española</p><p class="subtitle">La mujer obligada a ingresar para dar a luz recurre ante los tribunales la decisión del hospital y del juzgado que dio la orden</p></div><p class="article-text">
        El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo ha avalado una decisi&oacute;n de la justicia espa&ntilde;ola de abril de 2019 en Asturias para la hospitalizaci&oacute;n de oficio de una mujer que quer&iacute;a dar a luz en su domicilio, pero cuyo parto presentaba riesgos para el beb&eacute;, y que finalmente al nacer se le tuvo que practicar una ces&aacute;rea.
    </p><p class="article-text">
        En una decisi&oacute;n publicada este jueves, los jueces europeos rechazan la demanda de esta mujer de nacionalidad francesa, identificada &uacute;nicamente por sus iniciales C.P. y residente en la localidad de Posada de Llanera, que se quejaba por considerar que se hab&iacute;a violado su derecho a la privacidad al obligarla a que el parto se hiciera en el hospital.
    </p><h2 class="article-text"><strong>Una ces&aacute;rea de urgencia</strong></h2><p class="article-text">
        Sobre la base del dictamen de un juez de guardia a petici&oacute;n del Hospital Universitario Central de Asturias tras un examen m&eacute;dico que puso en evidencia que hab&iacute;a un riesgo para ella y para el feto, un equipo formado por una ambulancia y agentes de polic&iacute;a acudieron al domicilio de C.P., que acab&oacute; admitiendo que no ten&iacute;a otra opci&oacute;n m&aacute;s que ser internada. Su hija naci&oacute; el 26 de abril mediante una ces&aacute;rea de urgencia.
    </p><p class="article-text">
        La mujer llev&oacute; r&aacute;pidamente el caso ante la justicia en Espa&ntilde;a, primero ante el tribunal de primera instancia y al no obtener satisfacci&oacute;n lleg&oacute; al Tribunal Constitucional, que en junio de 2022 rechaz&oacute; su recurso de amparo y confirm&oacute; la pertinencia de la decisi&oacute;n del juez de guardia en nombre de la protecci&oacute;n de la vida y de la salud tanto de ella como de la hija que estaba por nacer.
    </p><h2 class="article-text"><strong>La injerencia en la privacidad</strong></h2><p class="article-text">
        El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) coincide con el an&aacute;lisis del Constitucional de que los motivos utilizados para esa hospitalizaci&oacute;n de oficio eran &ldquo;pertinentes y suficientes&rdquo; para justificar la injerencia en la privacidad de C.P., que hubiera querido dar a luz en su casa con la ayuda de una matrona, algo que autoriza la normativa espa&ntilde;ola.
    </p><p class="article-text">
        El TEDH insiste en que el dictamen del juez de guardia ten&iacute;a como objetivo &ldquo;preservar la vida y la salud del hijo por nacer&rdquo; y en ese contexto era &ldquo;apropiado&rdquo; haberla instado a que fuera al hospital &ldquo;para garantizar un parto sin peligro&rdquo; porque adem&aacute;s &ldquo;no hab&iacute;a ninguna medida menos restrictiva&rdquo;.
    </p><h2 class="article-text"><strong>Un margen de apreciaci&oacute;n</strong></h2><p class="article-text">
        &ldquo;El hecho de que el beb&eacute; finalmente naciera por ces&aacute;rea -a&ntilde;ade- indica que la apreciaci&oacute;n de que exist&iacute;a un riesgo elevado para la madre y el ni&ntilde;o ten&iacute;a fundamento. La injerencia (en la privacidad) estaba justificada en una sociedad democr&aacute;tica&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        El Tribunal de Estrasburgo se&ntilde;ala que las autoridades de cada pa&iacute;s tienen un margen de apreciaci&oacute;n en las cuestiones de pol&iacute;tica sanitaria, y en este caso ese margen era &ldquo;amplio&rdquo; a la hora de hacer una evaluaci&oacute;n equilibrada entre el derecho de la madre a dar a luz en su casa y los riesgos para la hija que estaba por nacer y para ella misma que los ex&aacute;menes m&eacute;dicos hab&iacute;an puesto en evidencia.
    </p><h2 class="article-text"><strong>El derecho a la libertad</strong></h2><p class="article-text">
        Los jueces europeos tambi&eacute;n rechazan uno de los argumentos de la mujer que consideraba que se hab&iacute;a violado su derecho a la libertad porque estima que no hay suficientes elementos que indiquen que las autoridades ejercieran sobre ella alg&uacute;n tipo de coerci&oacute;n, ni que tuvieran intenci&oacute;n de arrestarla.
    </p><p class="article-text">
        De hecho, recuerdan que no estuvo en ning&uacute;n momento aislada, no se le impidi&oacute; contactar con otras personas y su pareja estuvo en todo momento junto a ella.&nbsp;
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[EFE]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/asturias/tribunal-estrasburgo-avala-hospitalizacion-judicial-mujer-asturias-parto-riesgo_1_13293583.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 11 Jun 2026 10:38:20 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El Tribunal de Estrasburgo avala la hospitalización judicial de una mujer en Asturias por un parto de riesgo]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Sociedad,Asturias,Tribunales,Concejos de Asturias,Embarazo,Maternidad,TEDH - Tribunal Europeo de Derechos Humanos,Estrasburgo]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Constitucional ante una decisión incómoda para el Estado]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/el-blog-de-apdha/constitucional-decision-incomoda_132_13215439.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/dc705e82-ceff-4095-91f8-056a3cfd0ae3_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Constitucional ante una decisión incómoda para el Estado"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Lo que se decide es si los tratados internacionales de derechos humanos forman parte de un verdadero sistema de garantías o si, por el contrario, pueden convertirse en declaraciones solemnes que los Estados invocan retóricamente mientras ignoran sus consecuencias prácticas</p></div><p class="article-text">
        Hay decisiones judiciales que afectan &uacute;nicamente a las partes implicadas en un procedimiento concreto. Y hay otras que obligan a preguntarse qu&eacute; valor real tienen los derechos humanos cuando quienes deben garantizarlos son precisamente los mismos poderes p&uacute;blicos acusados de vulnerarlos. La reciente admisi&oacute;n a tr&aacute;mite por parte del Pleno del Tribunal Constitucional del recurso de amparo impulsado por la APDHA en relaci&oacute;n con la eficacia de los dict&aacute;menes de Naciones Unidas pertenece claramente a esta segunda categor&iacute;a.
    </p><p class="article-text">
        Lo que est&aacute; en discusi&oacute;n no es solo un debate t&eacute;cnico sobre competencias judiciales o jerarqu&iacute;a normativa. Lo que verdaderamente est&aacute; en juego es algo mucho m&aacute;s profundo: si el Estado espa&ntilde;ol puede asumir compromisos internacionales en materia de derechos humanos y, al mismo tiempo, actuar como si las decisiones de los organismos encargados de vigilar su cumplimiento fueran poco m&aacute;s que recomendaciones morales sin consecuencias pr&aacute;cticas.
    </p><p class="article-text">
        El caso tiene su origen en el dictamen emitido en 2019 por el Comit&eacute; Contra la Tortura de Naciones Unidas en el asunto E.L.G. c. Espa&ntilde;a. El Comit&eacute; concluy&oacute; que se hab&iacute;an producido vulneraciones graves de derechos fundamentales relacionadas con malos tratos y reclam&oacute; al Estado espa&ntilde;ol una reparaci&oacute;n plena y efectiva para la v&iacute;ctima, incluyendo indemnizaci&oacute;n y garant&iacute;as de no repetici&oacute;n. Sin embargo, lejos de abrir un proceso serio de reparaci&oacute;n, las instituciones espa&ntilde;olas optaron por una estrategia demasiado habitual cuando se trata de denuncias de violencia institucional: negar los hechos, minimizar el alcance de las resoluciones internacionales y convertir las garant&iacute;as de derechos humanos en un problema puramente burocr&aacute;tico.
    </p><p class="article-text">
        Porque la cuesti&oacute;n de fondo no afecta &uacute;nicamente a este caso concreto. El problema es m&aacute;s profundo y viene produci&eacute;ndose desde hace a&ntilde;os: la resistencia sistem&aacute;tica del Estado espa&ntilde;ol a aceptar consecuencias jur&iacute;dicas efectivas cuando los organismos internacionales de derechos humanos declaran vulneraciones cometidas por las propias instituciones estatales. No se trata de una discusi&oacute;n nueva ni aislada. De hecho, buena parte del debate jur&iacute;dico de los &uacute;ltimos a&ntilde;os ha girado precisamente en torno a los intentos de vaciar de eficacia pr&aacute;ctica las decisiones de los comit&eacute;s de Naciones Unidas mediante una combinaci&oacute;n de obst&aacute;culos procesales, ausencia de mecanismos de ejecuci&oacute;n y una interpretaci&oacute;n extremadamente restrictiva de sus efectos internos.
    </p><p class="article-text">
        El resultado es una paradoja dif&iacute;cilmente sostenible en t&eacute;rminos democr&aacute;ticos. Espa&ntilde;a ratifica tratados internacionales de derechos humanos, acepta voluntariamente la competencia de los &oacute;rganos encargados de supervisarlos y comparece ante ellos, pero despu&eacute;s sostiene ante sus propios tribunales que sus decisiones no generan obligaciones realmente exigibles. Esta l&oacute;gica resulta especialmente preocupante en &aacute;mbitos donde hist&oacute;ricamente ha existido una fuerte tendencia a la impunidad institucional: denuncias de torturas y malos tratos, violencia policial, vulneraciones en prisi&oacute;n, pol&iacute;ticas migratorias o situaciones de discriminaci&oacute;n estructural. Precisamente en aquellos espacios donde las v&iacute;ctimas encuentran mayores dificultades para obtener protecci&oacute;n efectiva dentro del propio sistema interno es donde los mecanismos internacionales adquieren una importancia decisiva.
    </p><blockquote class="quote">

    
    <div class="quote-wrapper">
      <div class="first-quote"></div>
      <p class="quote-text">No es casualidad que la admisión del recurso haya sido acordada por el Pleno y no por una de sus salas. El propio Tribunal está reconociendo así que el asunto afecta directamente a una cuestión estructural: la relación entre el Derecho interno y las obligaciones internacionales de derechos humanos asumidas por España</p>
          </div>

  </blockquote><p class="article-text">
        Por eso la posici&oacute;n mantenida por el Tribunal Supremo en este asunto tiene un alcance que va mucho m&aacute;s all&aacute; de una indemnizaci&oacute;n concreta. El problema no es &uacute;nicamente que negara la responsabilidad patrimonial del Estado. Lo verdaderamente grave es que llegara a vaciar de contenido pr&aacute;ctico los dict&aacute;menes de los &oacute;rganos de Naciones Unidas, reduci&eacute;ndolos en la pr&aacute;ctica a simples declaraciones sin capacidad real para condicionar la actuaci&oacute;n de los poderes p&uacute;blicos.
    </p><p class="article-text">
        La consecuencia de este razonamiento es enormemente grave. Porque si un Estado puede ignorar sin efectos reales las decisiones de los mecanismos internacionales de protecci&oacute;n de derechos humanos que voluntariamente ha aceptado, entonces el sistema internacional queda reducido a una arquitectura simb&oacute;lica desprovista de capacidad efectiva para proteger a las v&iacute;ctimas.
    </p><p class="article-text">
        Y esa es precisamente la cuesti&oacute;n de fondo que ahora deber&aacute; afrontar el Tribunal Constitucional.
    </p><p class="article-text">
        No es casualidad que la admisi&oacute;n del recurso haya sido acordada por el Pleno y no por una de sus salas. El propio Tribunal est&aacute; reconociendo as&iacute; que el asunto afecta directamente a una cuesti&oacute;n estructural: la relaci&oacute;n entre el Derecho interno y las obligaciones internacionales de derechos humanos asumidas por Espa&ntilde;a.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, el debate llega en un momento especialmente significativo. Mientras las resoluciones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos s&iacute; producen efectos jur&iacute;dicos reconocibles dentro del ordenamiento espa&ntilde;ol, los dict&aacute;menes de los comit&eacute;s de Naciones Unidas contin&uacute;an movi&eacute;ndose en una especie de limbo jur&iacute;dico deliberadamente ambiguo. Una diferencia de trato dif&iacute;cilmente justificable cuando ambos mecanismos forman parte del sistema internacional de protecci&oacute;n aceptado por el propio Estado.
    </p><p class="article-text">
        Durante a&ntilde;os, los Estados europeos han construido un discurso p&uacute;blico basado en la defensa del orden internacional, el multilateralismo y los derechos humanos. Pero ese discurso pierde legitimidad cuando los compromisos internacionales se respetan &uacute;nicamente mientras no obliguen a cuestionar pr&aacute;cticas internas inc&oacute;modas, especialmente en &aacute;mbitos relacionados con la actuaci&oacute;n policial, las c&aacute;rceles, las fronteras o la rendici&oacute;n de cuentas institucional.
    </p><blockquote class="quote">

    
    <div class="quote-wrapper">
      <div class="first-quote"></div>
      <p class="quote-text">La democracia no se mide únicamente por la existencia formal de derechos, sino por la capacidad efectiva de las personas para exigir responsabilidades cuando esos derechos son vulnerados. Y esa capacidad depende, en buena medida, de que existan mecanismos de control independientes capaces de imponer límites reales al poder del Estado</p>
          </div>

  </blockquote><p class="article-text">
        Resulta dif&iacute;cil exigir el cumplimiento del Derecho Internacional a otros Estados mientras se sostiene internamente que los &oacute;rganos internacionales de derechos humanos no pueden producir efectos reales sobre las decisiones nacionales.
    </p><p class="article-text">
        M&aacute;s a&uacute;n en un contexto internacional marcado por el debilitamiento progresivo de los consensos multilaterales, el auge de discursos autoritarios y la creciente tendencia de numerosos gobiernos a cuestionar cualquier mecanismo externo de control democr&aacute;tico.
    </p><p class="article-text">
        Precisamente por eso, lo que haga ahora el Tribunal Constitucional tiene una importancia que trasciende este caso concreto.
    </p><p class="article-text">
        No se trata &uacute;nicamente de determinar si una v&iacute;ctima concreta tiene derecho a ser reparada, aunque eso ya ser&iacute;a suficientemente importante. Lo que se decide es si los tratados internacionales de derechos humanos forman parte de un verdadero sistema de garant&iacute;as o si, por el contrario, pueden convertirse en declaraciones solemnes que los Estados invocan ret&oacute;ricamente mientras ignoran sus consecuencias pr&aacute;cticas.
    </p><p class="article-text">
        La democracia no se mide &uacute;nicamente por la existencia formal de derechos, sino por la capacidad efectiva de las personas para exigir responsabilidades cuando esos derechos son vulnerados. Y esa capacidad depende, en buena medida, de que existan mecanismos de control independientes capaces de imponer l&iacute;mites reales al poder del Estado.
    </p><p class="article-text">
        Por eso este debate no afecta solo a juristas ni a tribunales. Afecta directamente a la credibilidad del sistema democr&aacute;tico y a la protecci&oacute;n efectiva de los derechos humanos.
    </p><p class="article-text">
        Porque cuando las v&iacute;ctimas obtienen reconocimiento internacional pero ning&uacute;n efecto pr&aacute;ctico dentro del propio Estado responsable de la vulneraci&oacute;n, el problema ya no es &uacute;nicamente jur&iacute;dico. Es, sobre todo, un problema democr&aacute;tico.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Valentín Aguilar]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/el-blog-de-apdha/constitucional-decision-incomoda_132_13215439.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 13 May 2026 03:30:58 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El Constitucional ante una decisión incómoda para el Estado]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Abusos policiales,Torturas,TEDH - Tribunal Europeo de Derechos Humanos,Tribunal Constitucional]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El tribunal de Estrasburgo da un revés a los ultras Abogados Cristianos y rechaza frenar la eutanasia de la joven N.]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/tribunal-estrasburgo-da-reves-ultras-abogados-cristianos-rechaza-frenar-eutanasia-joven-n_1_13090751.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/e4de2152-f584-40e9-9360-d81428d850ce_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El tribunal de Estrasburgo da un revés a los ultras Abogados Cristianos y rechaza frenar la eutanasia de la joven N."></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La Generalitat ve retirado el último obstáculo legal de la entidad ultracatólica y el padre de la solicitante para proceder sin más demoras a su muerte digna tras más de año y medio de litigio</p><p class="subtitle">El Constitucional tumba el último intento de los ultras Abogados Cristianos para impedir la eutanasia de la joven N.
</p></div><p class="article-text">
        A la Generalitat de Catalunya se le acaban las razones legales para no aplicar ya la <a href="https://www.eldiario.es/temas/eutanasia/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">eutanasia</a> a la joven N. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha rechazado las medidas cautelares para impedir la muerte digna planteadas por la entidad ultracat&oacute;lica Abogados Cristianos, que representa al padre de la solicitante de muerte digna.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n ha podido saber elDiario.es, la secci&oacute;n quinta del TEDH, el pasado 10 de marzo, rechaz&oacute; las cautelares que Abogados Cristianos hab&iacute;a&nbsp;incluido en su demanda. La entidad hab&iacute;a emprendido la v&iacute;a europea una vez el <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/supremo-avala-eutanasia-joven-n-abogados-cristianos-insiste-retrasarla_1_12945374.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Tribunal Supremo</a> y el <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/constitucional-tumba-ultimo-ultras-abogados-cristianos-impedir-eutanasia-joven-n_1_13006533.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Tribunal Constitucional</a> cerraron el paso a sus recursos.
    </p><p class="article-text">
        Pese a que ninguna instancia judicial espa&ntilde;ola o internacional ha dado la raz&oacute;n a Abogados Cristianos y al padre de la joven en su intento de revocar la eutanasia autorizada en julio de 2024, la entidad ultracat&oacute;lica s&iacute; ha logrado <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/presiones-grupo-catolico-joven-eutanasia-suspendida-opcion-infierno_1_12487093.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">retrasar 20 meses (y subiendo) la muerte digna a la joven N., cuyos padecimientos f&iacute;sicos y psicol&oacute;gicos no han dejado de aumentar</a>.
    </p><p class="article-text">
        M&aacute;s all&aacute; de los sucesivos varapalos judiciales a sus planteamientos, la estrategia de Abogados Cristianos busca aumentar el miedo en profesionales y administraci&oacute;n a la hora de autorizar las eutanasias, advierten fuentes m&eacute;dicas consultadas.
    </p><p class="article-text">
        El caso de la joven N. se ha convertido en paradigma del uso indebido de los tribunales para intentar frenar un derecho, como es el de la muerte digna. Sin ninguna vinculaci&oacute;n durante a&ntilde;os (la joven estuvo parte de su minor&iacute;a de edad tutelada por la Generalitat), el padre solo volvi&oacute; a la vida de N., de la mano de Abogados Cristianos, para intentar impedir su eutanasia, pese a que el derecho a morir lo ostenta la persona que la solicita y no sus familiares.
    </p><p class="article-text">
        A d&iacute;a de hoy, la Generalitat ya no tiene ning&uacute;n impedimento de tipo legal para materializar el derecho a morir de N.,&nbsp;una joven de 26 a&ntilde;os con tetraplejia, trastorno l&iacute;mite de la personalidad y que desde agosto de 2024, cuando se suspendi&oacute; su eutanasia, espera que se cumpla la decisi&oacute;n de los juristas y m&eacute;dicos de la Comisi&oacute;n de Garant&iacute;a y Evaluaci&oacute;n de la eutanasia en Catalunya.
    </p><p class="article-text">
        Abogados Cristianos lo ha intentado todo, pero ning&uacute;n juez le ha dado la raz&oacute;n: ni en las distintas instancias del procedimiento contencioso-administrativo, ni en el Tribunal Constitucional, ni en Estrasburgo. Tampoco la jueza de instrucci&oacute;n de Barcelona que admiti&oacute; una querella de la entidad ultra contra el m&eacute;dico y la jurista que evaluaron el caso de N. ha aceptado la petici&oacute;n de suspender su eutanasia de forma cautelar.
    </p><p class="article-text">
        En la resoluci&oacute;n con la que termin&oacute; el recorrido legal en Espa&ntilde;a, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Supremo, en enero de este a&ntilde;o, rechaz&oacute; todos los argumentos planteados por Abogados Cristianos. Consideraron los magistrados que la entidad ultra no fundament&oacute; lo suficiente que concurriera alguno de los requisitos legales que permitir&iacute;an al Alto Tribunal abordar el fondo del caso. Lo mismo apreci&oacute; el Tribunal Constitucional para rechazar las cautelares solicitadas por la entidad ultra.
    </p><p class="article-text">
        A lo largo de los &uacute;ltimos meses,<a href="https://www.eldiario.es/catalunya/presiones-grupo-catolico-joven-eutanasia-suspendida-opcion-infierno_1_12487093.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">&nbsp;N. ha puesto en conocimiento de los jueces las presiones para renunciar</a>&nbsp;a su eutanasia que ha recibido de grupos vinculados al grupo cat&oacute;lico cercano al centro de menores donde pas&oacute; parte de su infancia. Pero la voluntad de N. es firme aunque su padre y grupos ultras intenten impedirla.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Me robaron mi d&iacute;a&rdquo;, record&oacute; <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/joven-eutanasia-suspendida-defiende-jueza-abogados-cristianos-derecho-morir-dignamente_1_12102130.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">ante la jueza </a>la joven N. en marzo de 2025 durante la primera vista judicial de la historia de Espa&ntilde;a por una eutanasia ya concedida (y en la que tuvo que comparecer como testigo, en silla de ruedas y trasladada desde el hospital donde vive). Sin impedimento de Estrasburgo, solo queda que la Generalitat fije d&iacute;a y hora para que N. pueda ver cumplida su &uacute;ltima voluntad.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Oriol Solé Altimira]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/tribunal-estrasburgo-da-reves-ultras-abogados-cristianos-rechaza-frenar-eutanasia-joven-n_1_13090751.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 24 Mar 2026 05:02:03 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El tribunal de Estrasburgo da un revés a los ultras Abogados Cristianos y rechaza frenar la eutanasia de la joven N.]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Eutanasia,Ley Eutanasia,Muerte Digna,Estrasburgo,Generalitat de Catalunya,TEDH - Tribunal Europeo de Derechos Humanos]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condena a España por un ingreso psiquiátrico forzoso: “La ley debe cambiar”]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/sociedad/tribunal-europeo-derechos-humanos-condena-espana-ingreso-psiquiatrico-forzoso-ley-debe-cambiar_1_12764826.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/a2935ef5-b9ac-4517-8fe0-d5b03b54b2c4_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condena a España por un ingreso psiquiátrico forzoso: “La ley debe cambiar”"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El dictamen de Estrasburgo obliga a indemnizar con 5.000 euros al afectado y recalca que un paciente que sufre un ingreso psiquiátrico involuntario urgente y al que se le priva de su libertad debe estar asistido por un abogado desde el principio, lo reclame o no el paciente</p><p class="subtitle">La falta de apoyo a los familiares de personas con trastornos mentales agrava la herida del estigma: “Estás sola en esto”</p></div><p class="article-text">
        Ni le facilitaron la asistencia del abogado al que ten&iacute;a derecho y que pidi&oacute; desde el primer momento, ni fue escuchado personalmente por el juez antes de autorizar su internamiento en un centro psiqui&aacute;trico contra su voluntad. Esta es la realidad que sufri&oacute; B. M. en mayo de 2021 y por la que ahora el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condena a Espa&ntilde;a al entender que se vulneraron los derechos a la libertad y seguridad personal, y a quien el Estado tendr&aacute; que indemnizar con 5.000 euros por los da&ntilde;os morales ocasionados.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, la sentencia del tribunal de Estrasburgo es importante porque invita a Espa&ntilde;a a cambiar sus leyes para hacer que una persona que sufre un internamiento involuntario urgente en un hospital psiqui&aacute;trico tenga asistencia de un abogado desde el principio, y no solo si el paciente lo solicita de forma expresa.
    </p><p class="article-text">
        Todo ocurri&oacute; tras un incidente en el centro de trabajo de B. M. Seg&uacute;n detalla el integrante de Red Jur&iacute;dica Eric Sanz de Bremond, su defensor, &ldquo;desde el primer momento pidi&oacute; de manera reiterada la asistencia de un abogado, y as&iacute; consta en el informe m&eacute;dico&rdquo;. Sin embargo, no se le permiti&oacute; contactar con ning&uacute;n letrado antes de la vista judicial. &ldquo;Durante su estancia, B. M. fue medicado e inmovilizado con contenciones mec&aacute;nicas de cinco puntos, sin haber prestado consentimiento y sin haber podido recibir asesoramiento jur&iacute;dico&rdquo;, a&ntilde;ade.
    </p><p class="article-text">
        El procedimiento ante un ingreso involuntario urgente en un hospital de estas caracter&iacute;sticas tras el an&aacute;lisis de un psiquiatra recoge que el juez competente debe entrevistarse en persona con el paciente y ratificar ese internamiento en menos de 72 horas. &ldquo;En esa entrevista te deben informar de tus derechos y pedir la asistencia de un abogado, si lo deseas. El problema es que cuando llega el encuentro muchos pacientes se encuentran muy medicados, adem&aacute;s del problema de que la petici&oacute;n de un abogado no quede reflejado en el informe judicial&rdquo;, comenta Sanz de Bremond.
    </p><p class="article-text">
        B. M., que se muestra contento y satisfecho por el dictamen del Tribunal Europeo, pero que prefiere no hacer m&aacute;s declaraciones, asegura que pidi&oacute; la asistencia de su abogado, pero no lo hicieron constar en el acta. Aquel encuentro con la jueza del caso que tuvo lugar en el Hospital Dr. Rodr&iacute;guez Lafora finalmente se realiz&oacute; de manera telem&aacute;tica.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Y el m&eacute;dico forense debe emitir su propio informe, m&aacute;s all&aacute; del que haya realizado el centro sanitario, pero solo reprodujo el del hospital&rdquo;, critica el abogado. &Eacute;l mismo a&ntilde;ade que &ldquo;el fiscal, que se supone que debe velar por sus intereses y estar presente en ese encuentro, se limit&oacute; a decir que hab&iacute;a que internarle&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        El hecho de que la petici&oacute;n de B. M. s&iacute; constara en el informe m&eacute;dico ha sido la principal prueba para que ahora el TEDH se decantara por la condena a Espa&ntilde;a, que deber&aacute; indemnizar al perjudicado con 5.000 euros por los da&ntilde;os morales ocasionados y 7.000 euros por costas y gastos judiciales.
    </p><h2 class="article-text">El largo camino hasta Estrasburgo</h2><p class="article-text">
        De todas formas, para llegar a esta resoluci&oacute;n contra la que no cabe apelaci&oacute;n posible tanto B. M. como Sanz de Bremond han tenido que superar un camino tortuoso. La primera vez que el letrado se present&oacute; en el hospital para visitarle no le dejaron pasar. Consigui&oacute; que al paciente le hicieran llegar un documento mediante el que le designaba como su defensor, y entonces s&iacute; pudo recurrir el auto de internamiento. B. M. sali&oacute; del centro hospitalario el 28 de mayo de 2021, el mismo d&iacute;a que se le notific&oacute; la ratificaci&oacute;n de su internamiento, una acci&oacute;n que el juzgado deleg&oacute; en el hospital psiqui&aacute;trico, cuando deber&iacute;a haberla realizado el propio juzgado.
    </p><p class="article-text">
        Denunciaron los hechos. En un primer momento, la Audiencia Provincial de Madrid desestim&oacute; el recurso al entender que la petici&oacute;n de asistencia letrada por parte de B. M. no constaba en la entrevista personal con la jueza, ni tampoco constaba que Sanz de Bremond hab&iacute;a sido designado su abogado. Adem&aacute;s, la Audiencia recalc&oacute; que no hab&iacute;a mucho m&aacute;s que discutir porque el paciente ya estaba en libertad, ya que el recurso lleg&oacute; mes y medio despu&eacute;s de los hechos.
    </p><p class="article-text">
        Este abogado de Red Jur&iacute;dica elev&oacute; el caso y pidi&oacute; amparo al Tribunal Constitucional. &ldquo;Para variar, no admiti&oacute; el caso. Dijeron que no ten&iacute;a especial relevancia constitucional, lo que suele ocurrir en el 98% de los casos&rdquo;, critica Sanz de Bremond. No les pararon. Llegaron hasta el TEDH de Estrasburgo, donde han dado la raz&oacute;n al denunciante.
    </p><p class="article-text">
        El Tribunal Europeo argumenta que no se han respetado los derechos recogidos en el art&iacute;culo 5.1.e del Convenio Europeo de Derechos Humanos relativos a la libertad y seguridad personal. Tambi&eacute;n censuran a Espa&ntilde;a todo lo ya criticado por Sanz de Bremond: &ldquo;Que pidiera mi asistencia desde un primer momento deber&iacute;a haber sido suficiente para avisarme. Tambi&eacute;n dicen que la entrevista con el juez debe ser personal, no telem&aacute;tica, y que el m&eacute;dico forense deber&iacute;a haberle examinado &eacute;l para as&iacute; realizar un informe propio, y que el juzgado, y no el hospital, deber&iacute;a haberle hecho llegar la notificaci&oacute;n&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Por su parte, el Ministerio de Justicia ha asegurado a elDiario.es que no pueden comentar este procedimiento judicial &ldquo;m&aacute;s all&aacute; de respetar plenamente la decisi&oacute;n final del TEDH&rdquo;.
    </p><h2 class="article-text">Un abogado desde el principio del internamiento</h2><p class="article-text">
        De todas formas, el aspecto m&aacute;s importante a nivel legislativo que deja esta sentencia contra Espa&ntilde;a est&aacute; en algunas apreciaciones que el TEDH recoge en su resoluci&oacute;n. Seg&uacute;n esgrimen, no deber&iacute;a ser necesario que un paciente de estas caracter&iacute;sticas tenga que pedir expl&iacute;citamente la asistencia de un abogado para disfrutar de ella. &ldquo;Un individuo confinado en una instituci&oacute;n psiqui&aacute;trica debido a su estado mental deber&iacute;a, a menos que existan circunstancias especiales, recibir asistencia letrada efectiva en los procedimientos relacionados con la continuaci&oacute;n, suspensi&oacute;n o terminaci&oacute;n de su confinamiento. La importancia de lo que est&aacute; en juego para &eacute;l, junto con la naturaleza misma de la aflicci&oacute;n, obligan a esta conclusi&oacute;n&rdquo;, detallan en su escrito de condena.
    </p><p class="article-text">
        En este sentido, Sanz de Bremond incide en que esta determinaci&oacute;n por parte del TEDH viene a decir que &ldquo;incluso una privaci&oacute;n de libertad acorde a la legislaci&oacute;n interna de un pa&iacute;s, como este hubiera sido el caso si B. M. no hubiera pedido mi asistencia, puede vulnerar el derecho a la libertad de una persona si no se respetan todas sus garant&iacute;as&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Asimismo, el letrado subraya que desde Europa reivindican que la defensa letrada de una persona internada forzosa y urgentemente en un hospital psiqui&aacute;trico &ldquo;debe ser la regla, independientemente de si as&iacute; lo pide o no el interesado&rdquo;, en sus propias palabras, por lo que &ldquo;la ley debe cambiar&rdquo;. De esta forma, a ojos del abogado, se abre un debate muy necesario por el que mucha gente lleva peleando mucho tiempo para que este tipo de internamientos tengan asistencia legal desde un principio, lo mismo que sucede con una persona detenida.
    </p><h2 class="article-text">Una idea difusa de &ldquo;enfermedad mental&rdquo;</h2><p class="article-text">
        Desde el punto de vista de Heiko Elbira, integrante de La Bajona Colectiva, recalca que &ldquo;un ingreso involuntario, en &uacute;ltima instancia, es una privaci&oacute;n de libertad&rdquo;. La organizaci&oacute;n de la que forma parte, integrada en el Orgullo Loco, denuncia que &ldquo;la sentencia sigue hablando de enfermedad mental, algo que todav&iacute;a no se puede determinar a ciencia cierta&rdquo;. El tambi&eacute;n jurista recuerda que anteriores sentencias del TEDH que datan de la d&eacute;cada de los 70 establecieron que ser&iacute;an los estados miembros y su derecho interno lo que determinar&iacute;a de manera discrecional lo que se entend&iacute;a por &ldquo;enfermedad mental&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Ante este punto, Elbira cuestiona si hubiera sido l&iacute;cito y leg&iacute;timo internar a una persona homosexual cuando la homosexualidad era considerada un trastorno mental, como sucedi&oacute; por parte de la OMS hasta 1990 y la Asociaci&oacute;n Estadounidense de Psiquiatr&iacute;a hasta 1973. &ldquo;Las enfermedades mentales es algo que var&iacute;a mucho en el tiempo&rdquo;, agrega.
    </p><p class="article-text">
        Este miembro de La Bajona Colectiva asevera que &ldquo;la psiquiatr&iacute;a atenaza los derechos civiles y pol&iacute;ticos&rdquo; de muchas personas. Adem&aacute;s, &ldquo;si la visita del juez la realizan con el paciente tan sedado y drogado, &iquest;c&oacute;mo alguien puede asegurarse de que sus derechos se est&aacute;n respetando?&rdquo;, se pregunta. Por el momento, Elbira se muestra contento de la sentencia del TEDH que conmina al estado espa&ntilde;ol a asegurar una asistencia legal continua desde el primer momento que se da un ingreso psiqui&aacute;trico forzoso urgente.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Guillermo Martínez]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/sociedad/tribunal-europeo-derechos-humanos-condena-espana-ingreso-psiquiatrico-forzoso-ley-debe-cambiar_1_12764826.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 14 Nov 2025 21:33:42 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condena a España por un ingreso psiquiátrico forzoso: “La ley debe cambiar”]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Salud mental,Derechos Humanos,TEDH - Tribunal Europeo de Derechos Humanos,Psiquiatría]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El revés de Estrasburgo a Turull y Junqueras devuelve a la realidad las esperanzas independentistas en Europa]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/reves-estrasburgo-turull-junqueras-devuelve-realidad-esperanzas-independentistas-europa_1_12748083.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/5fef8189-602e-420d-9a80-5792025718ca_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El revés de Estrasburgo a Turull y Junqueras devuelve a la realidad las esperanzas independentistas en Europa"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La contundencia del TEDH en la sentencia sobre la prisión provisional rebaja las expectativas soberanistas en la gran demanda contra el Supremo, pendiente de resolución, y en la que sobrevuela la ley de amnistía</p><p class="subtitle">El tribunal de Estrasburgo avala al Supremo y respalda la prisión preventiva de los independentistas en el caso procés
</p></div><p class="article-text">
        La avanzadilla de Oriol Junqueras, Jordi S&agrave;nchez y Jordi Turull en Estrasburgo ha sido un fracaso. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha avalado la prisi&oacute;n provisional de los l&iacute;deres soberanistas en 2017 y <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/tribunal-estrasburgo-avala-supremo-respalda-prision-preventiva-independentistas-caso-proces_1_12741189.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">ha descartado que vulnerara sus derechos pol&iacute;ticos como parlamentarios</a>. &ldquo;Su ideolog&iacute;a no fue la causa de su detenci&oacute;n preventiva&rdquo;, resuelven los jueces europeos en un p&aacute;rrafo demoledor ante el alegato de los independentistas de que fueron presos pol&iacute;ticos.
    </p><p class="article-text">
        Las 75 p&aacute;ginas de la sentencia que el TEDH ha emitido este jueves han devuelto a la realidad las altas expectativas creadas entre el independentismo de que las instancias judiciales europeas les dar&iacute;an la raz&oacute;n en sus contenciosos con el Supremo. Antes lo intentaron la expresidenta del Parlament Carme Forcadell y el exdiputado de Junts Josep Costa con id&eacute;ntico resultado: un rechazo de Estrasburgo a sus demandas.
    </p><p class="article-text">
        En Estrasburgo ya <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/vulnero-supremo-derechos-independentistas-examen-caso-proces-vistas-estrasburgo_1_8199458.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">solo queda la demanda principal que los independentistas interpusieron</a> contra su condena y juicio por parte del Tribunal Supremo. &ldquo;En la demanda de la prisi&oacute;n provisional est&aacute;bamos 20-80 en contra, pero en la principal creo que seguimos 50-50 en las cuestiones jur&iacute;dicas&rdquo;, resum&iacute;a una fuente soberanista este&nbsp;jueves tras el rev&eacute;s. A ello se a&ntilde;ade la mayor inc&oacute;gnita de este pleito: los posibles efectos de <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/amnistia-sobrevuela-causas-espana-independentistas-tribunal-estrasburgo_1_10575549.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la amnist&iacute;a, que sobrevuela las demandas.</a>
    </p><p class="article-text">
        En el seno de esa familia mal avenida que es el independentismo ya hubo discrepancias sobre si presentar la demanda referida en exclusiva a vulneraciones de derechos fundamentales con motivo de la prisi&oacute;n preventiva ordenada por el juez Pablo Llarena. Muestra de ello es que solo tres de los pol&iacute;ticos encarcelados (S&agrave;nchez y Turull, de Junts, y Junqueras de ERC) siguieron el camino de Estrasburgo.
    </p><p class="article-text">
        Otros optaron por esperar a que el Supremo y el Constitucional sentenciaran el caso del proc&eacute;s porque argumentaron que, ante instancias europeas, es preferible agrupar el conjunto de reclamaciones, en vez de trocearlas.
    </p><p class="article-text">
        &iquest;La sentencia de este jueves es la antesala a un rechazo de la demanda principal? Fuentes jur&iacute;dicas independentistas rechazaban esta hip&oacute;tesis, toda vez que las cuestiones en juego son distintas entre ambos pleitos: mientras el de este jueves versaba en exclusiva sobre el derecho a la libertad y su incidencia en los derechos pol&iacute;ticos como parlamentarios de Turull, Junqueras y S&aacute;nchez, el que est&aacute; pendiente de resolver abarca todo el recorrido judicial en el Supremo.
    </p><p class="article-text">
        Para empezar, Estrasburgo todav&iacute;a debe pronunciarse sobre si el Supremo se arrog&oacute; artificialmente la competencia para juzgar el proc&eacute;s (los independentistas alegan que se vulner&oacute; su derecho al juez predeterminado por ley, pues el caso deb&iacute;a quedarse en el TSJ catal&aacute;n). Tambi&eacute;n sobre si las altas penas impuestas por sedici&oacute;n fueron proporcionadas y sobre los efectos de la condena en el derecho de reuni&oacute;n (un alegato liderado por el expresidente de &Ograve;mnium Cultural, Jordi Cuixart).
    </p><p class="article-text">
        La sentencia definitiva sobre el caso proc&eacute;s de Estrasburgo todav&iacute;a no tiene fecha. Mientras la esperan, incluso entre los soberanistas m&aacute;s optimistas le&iacute;an este jueves con preocupaci&oacute;n algunos de los p&aacute;rrafos de la resoluci&oacute;n de los jueces europeos, pues denotan un espaldarazo total a la labor del magistrado Pablo Llarena.
    </p><p class="article-text">
        Al igual que en el pleito principal, los independentistas se apoyaban en tres votos cr&iacute;ticos de magistrados del Constitucional que rompieron la unanimidad y apoyaron que la prisi&oacute;n preventiva vulneraba los derechos pol&iacute;ticos de Junqueras, S&agrave;nchez y Turull. La secci&oacute;n 5&ordf; del TEDH resuelve, esta vez s&iacute; por unanimidad, todo lo contrario.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, los jueces europeos dejan algunas cargas de profundidad en lo que a la lectura de lo que fue el proc&eacute;s se refiere y que se alejan del relato soberanista. Para empezar, Estrasburgo se&ntilde;ala que un Estado debe poder impedir la realizaci&oacute;n de &ldquo;un proyecto pol&iacute;tico, incompatible con las normas de la Convenci&oacute;n (Europea de Derechos Humanos), antes de que sea puesto en pr&aacute;ctica por actos concretos que comprometan la paz civil y el r&eacute;gimen democr&aacute;tico del pa&iacute;s&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        No observa el TEDH ning&uacute;n elemento de &ldquo;ilegalidad o arbitrariedad&rdquo; en la prisi&oacute;n preventiva de S&agrave;nchez, Turull y Junqueras, pese a que en el caso de los dos primeros comport&oacute; que no pudieran someterse a su debate de investidura (el actual secretario general de <a href="https://www.eldiario.es/politica/fiscalia-supremo-incondicional-turull-procesados_1_2210708.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Junts fue encarcelado, de hecho, en medio de las dos jornadas del debate</a>).
    </p><p class="article-text">
        Todo lo contrario: Estrasburgo avala que tanto el Supremo como el Constitucional &ldquo;aportaron razones pertinentes y suficientes para justificar&rdquo; la prisi&oacute;n preventiva y que exist&iacute;an &ldquo;motivos razonables&rdquo; para pensar que la medida &ldquo;era necesaria para garantizar su comparecencia en el juicio y prevenir la reiteraci&oacute;n delictiva, con el fin de preservar el orden constitucional&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Las conclusiones del TEDH se sit&uacute;an en una l&iacute;nea reciente adoptada por el tribunal de otorgar mayor confianza en los tribunales nacionales frente a a&ntilde;os anteriores de interpretaciones expansivas de los derechos fundamentales de los demandantes.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;El objetivo de prevenir actos contrarios al orden constitucional y democr&aacute;tico no puede considerarse 'pol&iacute;tico' en el sentido que le dan los demandantes&rdquo;, zanja el TEDH, que remarca que en ning&uacute;n momento ERC y Junts fueron prohibidos como partidos, se pudieron presentar a las elecciones y, finalmente, Quim Torra fue investido president en 2018 por ambas formaciones.
    </p><p class="article-text">
        Los tres pol&iacute;ticos, apostilla el tribunal, eran &ldquo;objeto de procesamientos penales por delitos graves&rdquo;, por lo que no se pod&iacute;a &ldquo;razonablemente esperar que pudiesen participar en las elecciones sin ninguna restricci&oacute;n&rdquo;. Y los jueces espa&ntilde;oles, remarca el TEDH, permitieron a Junqueras, Turull y S&agrave;nchez &ldquo;expresar sus opiniones o promover el proyecto pol&iacute;tico que defend&iacute;an&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        En realidad, Estrasburgo ha repetido en 2025 algo que ya dijo Alemania en 2018: los jueces germanos rechazaron que Carles Puigdemont pudiera sufrir persecuci&oacute;n pol&iacute;tica al ser entregado a Espa&ntilde;a. &ldquo;No es razonable sostener tal acusaci&oacute;n al Estado espa&ntilde;ol como miembro de la comunidad de valores y el &aacute;rea legal com&uacute;n de la Uni&oacute;n Europea&rdquo;, dijo el tribunal alem&aacute;n cuando apoy&oacute; extraditar a Puigdemont por malversaci&oacute;n y no por rebeli&oacute;n, entrega que fue denegada por el juez Llarena.
    </p><p class="article-text">
        Tras el rev&eacute;s a los independentistas de este jueves, el calendario judicial europeo del proc&eacute;s prosigue: el jueves 13 de noviembre, el abogado general de la Uni&oacute;n Europea emitir&aacute; sus conclusiones sobre la ley de amnist&iacute;a. Para ello habr&aacute; que viajar de Estrasburgo a Luxemburgo, sede del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE).
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Oriol Solé Altimira]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/reves-estrasburgo-turull-junqueras-devuelve-realidad-esperanzas-independentistas-europa_1_12748083.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 06 Nov 2025 20:47:15 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El revés de Estrasburgo a Turull y Junqueras devuelve a la realidad las esperanzas independentistas en Europa]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[TEDH - Tribunal Europeo de Derechos Humanos,Amnistía,Jordi Sanchez,Jordi Turull,Oriol Junqueras,Pablo Llarena,Tribunal Supremo,Proceso soberanista]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El tribunal d'Estrasburg avala el Suprem i la presó preventiva dels independentistes en el cas del procés]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/cat/tribunal-d-estrasburg-avala-suprem-i-recolza-preso-preventiva-dels-independentistes-cas-proces_1_12746853.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/79b571b5-b4d1-4de3-b328-bf61b52fbbf2_16-9-discover-aspect-ratio_default_1073511.jpg" width="591" height="332" alt="El tribunal d&#039;Estrasburg avala el Suprem i la presó preventiva dels independentistes en el cas del procés"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El Tribunal Europeu de Drets Humans (TEDH) descarta que l'empresonament ordenat pel jutge Llarena abans del judici vulnerés els drets polítics de Turull, Junqueras i Sànchez</p><p class="subtitle">Vulnerà el Suprem els drets dels independentistes? Examen al cas procés amb vista a Estrasburg
</p></div><p class="article-text">
        Estrasburg d&oacute;na la ra&oacute; al Tribunal Suprem en la causa del proc&eacute;s. El Tribunal Europeu de Drets Humans (TEDH) ha desestimat les primeres demandes dels independentistes contra l'actuaci&oacute; del magistrat Pablo Llarena en la investigaci&oacute; de la causa que va acabar en una hist&ograve;rica condemna per sedici&oacute;. Els jutges europeus han rebutjat que la pres&oacute; preventiva vulner&eacute;s els drets pol&iacute;tics de Jordi S&agrave;nchez i Jordi Turull (Junts) i Oriol Junqueras (ERC).
    </p><p class="article-text">
        En una contundent sent&egrave;ncia contra les tesis sobiranistes, el TEDH descarta que la ideologia independentista dels pol&iacute;tics fos &ldquo;el motiu&rdquo; de la seva pres&oacute; preventiva. La mesura, agreguen els togats europeus, no va ser &ldquo;arbitr&agrave;ria ni desproporcionada&rdquo; en tenir en compte &ldquo;la gravetat dels delictes&rdquo; als quals es van enfrontar els sobiranistes el 2017 &ldquo;i la vulneraci&oacute; dels valors fonamentals de l'Estat de Dret que comportaven&rdquo; els tipus penals de rebel&middot;li&oacute; i sedici&oacute;.
    </p><p class="article-text">
        A l'espera que el TEDH resolgui <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/espana-alega-amnistia-proces-tribunal-estrasburgo-anadir-supremo-no-aplica_1_11633373.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la demanda principal dels independentistes contra la causa del Suprem</a>, la resoluci&oacute; d'aquest dijous era la primera en qu&egrave; Estrasburg dirimia dues de les grans controv&egrave;rsies del cas proc&eacute;s: la pres&oacute; preventiva decretada pel magistrat Pablo Llarena i la seva incid&egrave;ncia en els drets pol&iacute;tics dels sobiranistes.
    </p><p class="article-text">
        La resoluci&oacute; suposa un suport total al Tribunal Suprem i una decepci&oacute; per als independentistes, que confiaven que el TEDH acoll&iacute;s les seves den&uacute;ncies de vulneraci&oacute; de drets fonamentals que<a href="https://www.eldiario.es/catalunya/presos-proces-confian-victoria-estrasburgo-gracias-voto-critico-jueces-constitucional_1_7879410.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"> </a><a href="https://www.eldiario.es/catalunya/presos-proces-confian-victoria-estrasburgo-gracias-voto-critico-jueces-constitucional_1_7879410.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">una majoria de jutges del Suprem i el Constitucional han desestimat.</a>
    </p><p class="article-text">
        Despr&eacute;s d'una etapa en qu&egrave; les demandes amb alt contingut pol&iacute;tic tenien n&uacute;meros per ser estimades, el TEDH ha elevat en els &uacute;ltims anys la seva confian&ccedil;a en els tribunals nacionals. Aix&iacute; ha ocorregut tamb&eacute; en la primera resoluci&oacute; rellevant del cas proc&eacute;s.
    </p><p class="article-text">
        Els magistrats d'Estrasburg donen suport que tant el Suprem com el Constitucional van considerar &ldquo;en decisions motivades&rdquo; que no hi havia cap altra mesura possible que la pres&oacute; preventiva per evitar els riscos de reiteraci&oacute; delictiva o de fuga dels independentistes.
    </p><p class="article-text">
        Les vulneracions de drets que denunciaven Junqueras, S&agrave;nchez i Turull versaven sobre la seva elecci&oacute; com a diputats del Parlament el 2017 i la negativa del jutge a deixar-los sortir de la pres&oacute; per exercir com a parlamentaris. En el cas dels llavors diputats electes de Junts, a m&eacute;s, la negativa es va estendre a l'assist&egrave;ncia al seu debat d'investidura.
    </p><p class="article-text">
        En el primer trimestre del 2018, el jutge Llarena va rebutjar treure de la pres&oacute; <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/politica/jordi-sanchez-jxcat-turull-investidura_1_2214539.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">S&agrave;nchez perqu&egrave; pogu&eacute;s sotmetre's a la investidura al Parlament</a>. Tamb&eacute; va denegar deixar lliure Turull per a la seva segona sessi&oacute; d'investidura despr&eacute;s que <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/politica/turull-dialogo-gobierno-autonomico-catalanes_1_2208977.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">en la primera no obtingu&eacute;s els suports necessaris per ser president</a>. Entre ambdues sessions, el jutge va processar Turull per <a href="https://www.eldiario.es/politica/fiscalia-supremo-incondicional-turull-procesados_1_2210708.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">rebel&middot;li&oacute; i va ordenar el seu ingr&eacute;s a pres&oacute; el 23 de mar&ccedil;.</a>
    </p><p class="article-text">
        M&eacute;s enll&agrave; de remarcar que la pres&oacute; preventiva va tenir un car&agrave;cter &ldquo;provisional&rdquo; i que la pres&oacute; preventiva no va poder resultar &ldquo;sorprenent&rdquo; als electors de Junqueras (perqu&egrave; ja estava empresonat quan es va votar el desembre del 2017), Estrasburg tamb&eacute; s'endinsa en valoracions sobre el paper dels jutges en el proc&eacute;s per avalar l'actuaci&oacute; del Suprem.
    </p><p class="article-text">
        Recorden els magistrats europeus que els jutges de l'Alt Tribunal van emmarcar l'actuaci&oacute; dels independentistes en &ldquo;una amena&ccedil;a per a l'ess&egrave;ncia mateixa d'un Estat democr&agrave;tic&rdquo;, i que els tribunals nacionals van subratllar que l'objectiu dels independentistes &ldquo;era declarar la secessi&oacute; d'una part del territori espanyol per mitjans contraris a la llei i pr&egrave;viament declarats inconstitucionals pel Tribunal Constitucional&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        El Suprem i el Constitucional, conclou el TEDH, &ldquo;van ponderar els diversos interessos en joc d'una manera que no pot qualificar-se d'arbitr&agrave;ria i sense menyscabar la llibertat d'expressi&oacute; de l'opini&oacute; p&uacute;blica&rdquo;. L'empresonament dels tres diputats electes, insisteix el tribunal, &ldquo;no va ser incompatible amb l'ess&egrave;ncia mateixa del dret a ser elegit i a exercir el mandat parlamentari&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        En el cas de Junqueras, Turull i S&agrave;nchez, magistrats progressistes del Constitucional van formular vots particulars en contra de l'opini&oacute; majorit&agrave;ria de confirmar la pres&oacute; preventiva. Els magistrats Fernando Vald&eacute;s Dal-R&eacute;, Mar&iacute;a Luisa Balaguer i Juan Antonio Xiol s&iacute; van considerar que el Suprem va vulnerar els drets de participaci&oacute; pol&iacute;tica de Turull i S&agrave;nchez en impedir-los optar a la votaci&oacute; d'investidura.
    </p><p class="article-text">
        Per contra, el TEDH, per unanimitat, avala que tant la pres&oacute; preventiva com les altres mesures que van restringir els drets pol&iacute;tics de Junqueras, S&agrave;nchez i Turull &ldquo;es van basar en el Dret i es van justificar&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        &Eacute;s m&eacute;s, en una r&egrave;plica directa a les tesis sobiranistes, Estrasburg conclou que l'objectiu de prevenir la comissi&oacute; d'actes contraris a l'ordre constitucional (un dels fonaments de la pres&oacute; preventiva en el cas proc&eacute;s) &ldquo;no pot considerar-se 'pol&iacute;tic' en el sentit que li atorguen els sol&middot;licitants&rdquo;, aquests s&oacute;n, els independentistes.
    </p><p class="article-text">
        El context pol&iacute;tic espanyol del 2017 i 2018, postil&middot;la Estrasburg, &ldquo;no pot, per si sol, provar que la finalitat&rdquo; de la pres&oacute; preventiva fos &ldquo;obstaculitzar&rdquo; la participaci&oacute; en la vida pol&iacute;tica de Junqueras, S&agrave;nchez i Turull. Tot el contrari: els jutges europeus donen suport que la mesura buscava &ldquo;garantir la seva compareixen&ccedil;a davant la Just&iacute;cia&rdquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Oriol Solé Altimira]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/cat/tribunal-d-estrasburg-avala-suprem-i-recolza-preso-preventiva-dels-independentistes-cas-proces_1_12746853.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 06 Nov 2025 12:58:43 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El tribunal d'Estrasburg avala el Suprem i la presó preventiva dels independentistes en el cas del procés]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Procés,Proceso soberanista,Jordi Turull,TEDH - Tribunal Europeo de Derechos Humanos,Tribunal Supremo,Jordi Sanchez,Oriol Junqueras]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El tribunal de Estrasburgo avala al Supremo y respalda la prisión preventiva de los independentistas en el caso procés]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/tribunal-estrasburgo-avala-supremo-respalda-prision-preventiva-independentistas-caso-proces_1_12741189.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/79b571b5-b4d1-4de3-b328-bf61b52fbbf2_16-9-discover-aspect-ratio_default_1073511.jpg" width="591" height="332" alt="El tribunal de Estrasburgo avala al Supremo y respalda la prisión preventiva de los independentistas en el caso procés"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) descarta que el encarcelamiento ordenado por el juez Llarena antes del juicio vulnerara los derechos políticos de Turull, Junqueras y Sànchez</p><p class="subtitle">¿Vulneró el Supremo los derechos de los independentistas? Examen al caso procés con vistas a Estrasburgo
</p></div><p class="article-text">
        Estrasburgo respalda al Tribunal Supremo en la causa del proc&eacute;s. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha desestimado&nbsp;las primeras demandas de los independentistas contra la actuaci&oacute;n del magistrado Pablo Llarena en la investigaci&oacute;n de la causa que termin&oacute; en una hist&oacute;rica condena por sedici&oacute;n. Los jueces europeos han rechazado que la prisi&oacute;n preventiva vulnerara los derechos pol&iacute;ticos de Jordi S&agrave;nchez y Jordi Turull (Junts) y Oriol Junqueras (ERC).
    </p><p class="article-text">
        En una contundente sentencia contra las tesis soberanistas, el TEDH descarta que la ideolog&iacute;a independentista de los pol&iacute;ticos fuera &ldquo;el motivo&rdquo; de su prisi&oacute;n preventiva. La medida, agregan los togados europeos, no fue &ldquo;arbitraria ni desproporcionada&rdquo; al tener en cuenta &ldquo;la gravedad de los delitos&rdquo; a los que se enfrentaron los soberanistas en 2017 &ldquo;y la vulneraci&oacute;n de los valores fundamentales del Estado de Derecho que entra&ntilde;aban&rdquo; los tipos penales de rebeli&oacute;n y sedici&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        A la espera de que el TEDH resuelva <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/espana-alega-amnistia-proces-tribunal-estrasburgo-anadir-supremo-no-aplica_1_11633373.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la demanda principal de los independentistas contra la causa del Supremo</a>, la resoluci&oacute;n de este jueves era la primera en la que Estrasburgo dirim&iacute;a dos de las grandes controversias del caso proc&eacute;s: la prisi&oacute;n preventiva decretada por el magistrado Pablo Llarena y su incidencia en los derechos pol&iacute;ticos de los soberanistas.
    </p><p class="article-text">
        La resoluci&oacute;n supone un espaldarazo total al Tribunal Supremo y una decepci&oacute;n para los independentistas, que confiaban en que el TEDH acogiera sus denuncias de vulneraci&oacute;n de derechos fundamentales que<a href="https://www.eldiario.es/catalunya/presos-proces-confian-victoria-estrasburgo-gracias-voto-critico-jueces-constitucional_1_7879410.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"> </a><a href="https://www.eldiario.es/catalunya/presos-proces-confian-victoria-estrasburgo-gracias-voto-critico-jueces-constitucional_1_7879410.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">una mayor&iacute;a de jueces del Supremo y el Constitucional han desestimado.</a>
    </p><p class="article-text">
        Tras una etapa en los que las demandas con alto contenido pol&iacute;tico ten&iacute;an n&uacute;meros para ser estimadas, el TEDH ha elevado en los &uacute;ltimos a&ntilde;os su confianza en los tribunales nacionales. As&iacute; ha ocurrido tambi&eacute;n en la primera resoluci&oacute;n relevante del caso proc&eacute;s.
    </p><p class="article-text">
        Los magistrados de Estrasburgo respaldan que tanto el Supremo como el Constitucional consideraron &ldquo;en decisiones motivadas&rdquo; que no hab&iacute;a otra medida posible que la prisi&oacute;n preventiva para evitar los riesgos de reiteraci&oacute;n delictiva o de fuga de los independentistas.
    </p><p class="article-text">
        Las vulneraciones de derechos que denunciaban Junqueras, S&agrave;nchez y Turull versaban sobre su elecci&oacute;n como diputados del Parlament en 2017 y la negativa del juez a dejarles salir de la c&aacute;rcel para ejercer como parlamentarios. En el caso de los entonces diputados electos de Junts, adem&aacute;s, la negativa se extendi&oacute; a la asistencia a su debate de investidura.
    </p><p class="article-text">
        En el primer trimestre de 2018, el juez Llarena rechaz&oacute; excarcelar a <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/politica/jordi-sanchez-jxcat-turull-investidura_1_2214539.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">S&agrave;nchez para que pudiera someterse a la investidura en el Parlament</a>. Tambi&eacute;n deneg&oacute; dejar libre a Turull para su segunda sesi&oacute;n de investidura despu&eacute;s de que <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/politica/turull-dialogo-gobierno-autonomico-catalanes_1_2208977.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">en la primera no obtuviera los apoyos necesarios para ser president</a>. Entre ambas sesiones, el juez proces&oacute; a Turull por <a href="https://www.eldiario.es/politica/fiscalia-supremo-incondicional-turull-procesados_1_2210708.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">rebeli&oacute;n y orden&oacute; su ingreso en prisi&oacute;n el 23 de marzo.</a>
    </p><p class="article-text">
        M&aacute;s all&aacute; de remarcar que la prisi&oacute;n preventiva tuvo un car&aacute;cter &ldquo;provisional&rdquo; y que la prisi&oacute;n preventiva no pudo resultar &ldquo;sorprendente&rdquo; a los electores de Junqueras (porque ya estaba encarcelado cuando se vot&oacute; en diciembre de 2017), Estrasburgo tambi&eacute;n se adentra en valoraciones sobre el papel de los jueces en el proc&eacute;s para avalar la actuaci&oacute;n del Supremo.
    </p><p class="article-text">
        Recuerdan los magistrados europeos que los jueces del Alto Tribunal enmarcaron la actuaci&oacute;n de los independentistas en &ldquo;una amenaza para la esencia misma de un Estado democr&aacute;tico&rdquo;, y que los tribunales nacionales subrayaron que el objetivo de los independentistas &ldquo;era declarar la secesi&oacute;n de una parte del territorio espa&ntilde;ol por medios contrarios a la ley y previamente declarados inconstitucionales por el Tribunal Constitucional&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        El Supremo y el Constitucional, concluye el TEDH, &ldquo;ponderaron los diversos intereses en juego de una manera que no puede calificarse de arbitraria y sin menoscabar la libertad de expresi&oacute;n de la opini&oacute;n p&uacute;blica&rdquo;. El encarcelamiento de los tres diputados electos, insiste el tribunal, &ldquo;no fue incompatible con la esencia misma del derecho a ser elegido y a ejercer el mandato parlamentario&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        En el caso de Junqueras, Turull y S&agrave;nchez, magistrados progresistas del Constitucional formularon votos particulares en contra de la opini&oacute;n mayoritaria de confirmar la prisi&oacute;n preventiva. Los magistrados Fernando Vald&eacute;s Dal-R&eacute;, Mar&iacute;a Luisa Balaguer y Juan Antonio Xiol s&iacute; consideraron que el Supremo vulner&oacute; los derechos de participaci&oacute;n pol&iacute;tica de Turull y S&agrave;nchez al impedirles optar a la votaci&oacute;n de investidura.
    </p><p class="article-text">
        Por el contrario, el TEDH, por unanimidad, avala que tanto la c&aacute;rcel preventiva como las dem&aacute;s medidas que restringieron los derechos pol&iacute;ticos de Junqueras, S&agrave;nchez y Turull &ldquo;se basaron en el Derecho y se justificaron&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Es m&aacute;s, en una r&eacute;plica directa a las tesis soberanistas, Estrasburgo concluye que el objetivo de prevenir la comisi&oacute;n de actos contrarios al orden constitucional (uno de los fundamentos de la prisi&oacute;n preventiva en el caso proc&eacute;s) &ldquo;no puede considerarse 'pol&iacute;tico' en el sentido que le otorgan los solicitantes&rdquo;, estos son, los independentistas.
    </p><p class="article-text">
        El contexto pol&iacute;tico espa&ntilde;ol de 2017 y 2018, apostilla Estrasburgo, &ldquo;no puede, por s&iacute; solo, probar que la finalidad&rdquo; de la prisi&oacute;n preventiva fuera &ldquo;obstaculizar&rdquo; la participaci&oacute;n en la vida pol&iacute;tica de Junqueras, S&agrave;nchez y Turull. Todo lo contrario: los jueces europeos respaldan que la medida buscaba &ldquo;garantizar su comparecencia ante la Justicia&rdquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Oriol Solé Altimira]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/tribunal-estrasburgo-avala-supremo-respalda-prision-preventiva-independentistas-caso-proces_1_12741189.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 06 Nov 2025 09:12:48 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/79b571b5-b4d1-4de3-b328-bf61b52fbbf2_16-9-discover-aspect-ratio_default_1073511.jpg" length="49333" type="image/jpeg"/>
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      <media:title><![CDATA[El tribunal de Estrasburgo avala al Supremo y respalda la prisión preventiva de los independentistas en el caso procés]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/79b571b5-b4d1-4de3-b328-bf61b52fbbf2_16-9-discover-aspect-ratio_default_1073511.jpg" width="591" height="332"/>
      <media:keywords><![CDATA[Procés,Proceso soberanista,Jordi Turull,TEDH - Tribunal Europeo de Derechos Humanos,Tribunal Supremo,Jordi Sanchez,Oriol Junqueras]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Estrasburgo condena a España por investigar mal dos denuncias por violación bajo sumisión química en Pamplona]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/navarra/estrasburgo-condena-espana-investigar-mal-denuncias-violacion-sumision-quimica-pamplona_1_12708227.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/140bac75-0b60-4389-8b32-18a1ff906e24_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Estrasburgo condena a España por investigar mal dos denuncias por violación bajo sumisión química en Pamplona"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Las víctimas denunciaron a un agente de la Policía Nacional por dar un chivatazo a uno de los agresores, que era su cuñado, para que eliminara pruebas de la agresión sexual, pero fue absuelto por la Justicia navarra y por el Tribunal Supremo</p></div><p class="article-text">
        El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo, ha condenado este jueves a Espa&ntilde;a por no haber llevado a cabo una investigaci&oacute;n &ldquo;eficaz&rdquo; en el caso de dos mujeres que denunciaron haber sido violadas por sumisi&oacute;n qu&iacute;mica en 2016 en Pamplona y cuyas pruebas fueron p&eacute;rdidas o manipuladas bajo custodia policial. Las v&iacute;ctimas hab&iacute;an denunciado a un agente de la Polic&iacute;a Nacional por <a href="https://www.eldiario.es/navarra/victimas-agresion-sexual-pamplona-piden-carcel-policia-creer-alerto-cunado-le-investigaban_1_6377988.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">dar un chivatazo a uno de los agresores, que era su cu&ntilde;ado, para que eliminara pruebas de la agresi&oacute;n sexual</a>, pero fue absuelto por la Justicia navarra y el Tribunal Supremo. Ahora Estrasburgo considera que se investig&oacute; mal la doble denuncia por violaci&oacute;n por la p&eacute;rdida o manipulaci&oacute;n de las pruebas.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n informa la Agencia EFE, en su sentencia por unanimidad, publicada este martes, los jueces europeos establecen que en este caso se ha producido una violaci&oacute;n del art&iacute;culo 3 (prohibici&oacute;n de tratos inhumanos o degradantes) del Convenio Europeo de Derechos Humanos, y del art&iacute;culo 8 (derecho al respeto de la vida privada y familiar). Por todo ello, la corte ha determinado que Espa&ntilde;a debe pagar a cada una de las demandantes 20.000 euros en concepto de da&ntilde;o moral y 5.000 euros conjuntamente en concepto de costas judiciales.
    </p><p class="article-text">
        El caso se remonta a diciembre de 2016, pocos meses despu&eacute;s de los Sanfermines en los que se produjo la violaci&oacute;n grupal de 'la manada'. Dos mujeres denunciaron haber sido drogadas con sustancias vertidas en sus bebidas en un bar de Pamplona y agredidas sexualmente mediante sumisi&oacute;n qu&iacute;mica por dos hombres. Posteriormente denunciaron que uno de los agentes de la Unidad de Familia y Mujer&nbsp;de la&nbsp;Polic&iacute;a Nacional&nbsp;(UFAM) hab&iacute;a dado un chivatazo a uno de los acusados, que era su cu&ntilde;ado, de que le estaban investigando. Tambi&eacute;n se detect&oacute; que este agente hab&iacute;a realizado multitud de consultas en la base de datos con los dos apellidos de su cu&ntilde;ado desde el d&iacute;a que se produjo la agresi&oacute;n en adelante, incluso antes de que se denunciara la violaci&oacute;n y antes de que llegara a conocimiento de la UFAM.
    </p><p class="article-text">
        Pruebas cruciales desaparecieron o se vieron comprometidas mientras se encontraban bajo custodia policial, como por ejemplo un informe forense derivado de los datos de un tel&eacute;fono m&oacute;vil perteneciente a uno de los hombres, elaborado por la Polic&iacute;a Nacional en Madrid, y que desapareci&oacute; en Pamplona. Tambi&eacute;n desaparecieron o fueron manipulados fragmentos de las im&aacute;genes de videovigilancia del bar donde se conocieron los cuatro y se descubri&oacute; que el disco duro utilizado para almacenar los datos forenses de los tel&eacute;fonos m&oacute;viles de ambos sospechosos hab&iacute;a sido borrado y sobrescrito, con la p&eacute;rdida de todo su contenido.
    </p><p class="article-text">
        Si bien reconoci&oacute; la gravedad de las acusaciones y consider&oacute; que los relatos de las demandantes eran cre&iacute;bles y carentes de segundas intenciones, el juzgado concluy&oacute; que no hab&iacute;a pruebas suficientes para establecer relaciones sexuales no consentidas.
    </p><p class="article-text">
        Posteriormente, el juez abri&oacute; un procedimiento separado para examinar posibles faltas de conducta y manipulaci&oacute;n de pruebas, pero se cerr&oacute; el 8 de octubre de 2021 sin que se presentaran cargos. Las pruebas recopiladas durante casi cinco a&ntilde;os de investigaci&oacute;n no hab&iacute;an demostrado m&aacute;s all&aacute; de toda duda razonable que los sospechosos hubieran administrado sustancias a las demandantes ni que hubieran tenido conocimiento de que las dos mujeres estaban inconscientes durante las relaciones sexuales.
    </p><p class="article-text">
        El tribunal reconoci&oacute; que la investigaci&oacute;n se hab&iacute;a visto notablemente afectada por irregularidades procesales y la desaparici&oacute;n de pruebas digitales, pero determin&oacute; que estos factores no compensaban la falta de pruebas sustanciales. Concluy&oacute; que la investigaci&oacute;n hab&iacute;a sido exhaustiva, con tres causas separadas con respecto a las irregularidades.
    </p><p class="article-text">
        Una de las demandantes no acept&oacute; el archivo de la investigaci&oacute;n principal por estar pendientes las tres investigaciones separadas. Sin embargo, en julio de 2022 se dict&oacute; auto de sobreseimiento. La Audiencia Provincial desestim&oacute; el recurso de casaci&oacute;n de las demandantes y declar&oacute; inadmisible su posterior solicitud de anulaci&oacute;n, al igual que el Tribunal Constitucional al considerar el recurso de amparo que interpusieron, por lo que elevaron su caso al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que ahora les ha dado la raz&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        El Tribunal de Estrasburgo ha concluido que las autoridades espa&ntilde;olas no llevaron a cabo una investigaci&oacute;n eficaz, en particular debido a la p&eacute;rdida y manipulaci&oacute;n sistem&aacute;tica de pruebas potencialmente cruciales, las insuficientes garant&iacute;as de independencia de la investigaci&oacute;n y una respuesta manifiestamente inadecuada a dichas deficiencias, que iban m&aacute;s all&aacute; de &ldquo;errores aislados&rdquo; u omisiones menores en la investigaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, seg&uacute;n la corte, las medidas adoptadas por las autoridades no hab&iacute;an podido compensar la p&eacute;rdida de pruebas que hab&iacute;a sido fundamental para las acusaciones de sumisi&oacute;n qu&iacute;mica. Asimismo, las investigaciones sobre posibles faltas de conducta policial se hab&iacute;an iniciado tras un lapso considerable de tiempo y se hab&iacute;an encomendado a los mismos &oacute;rganos judiciales y policiales que hab&iacute;an supervisado la investigaci&oacute;n original, seg&uacute;n el Tribunal.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[elDiario.es Navarra]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/navarra/estrasburgo-condena-espana-investigar-mal-denuncias-violacion-sumision-quimica-pamplona_1_12708227.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 23 Oct 2025 11:28:52 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Estrasburgo condena a España por investigar mal dos denuncias por violación bajo sumisión química en Pamplona]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Violaciones,Agresiones sexuales,Química,Pamplona,Navarra,Estrasburgo,TEDH - Tribunal Europeo de Derechos Humanos]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[De Javier Borrego a “Francisca Javiera”: la deriva ultra del exjuez que se mofó de las personas trans en un acto de Vox en el Congreso]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/javier-borrego-francisca-javiera-deriva-ultra-exjuez-mofo-trans-acto-vox-congreso_1_12581656.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/7938071d-487f-45d8-80b5-c40c1b1f9db4_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="De Javier Borrego a “Francisca Javiera”: la deriva ultra del exjuez que se mofó de las personas trans en un acto de Vox en el Congreso"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Vinculado a Abogados Cristianos, fue magistrado del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del Tribunal Supremo, y en los últimos años se ha prodigado en tertulias y artículos de opinión que arremeten contra el matrimonio homosexual o el derecho al aborto</p><p class="subtitle">Las jornadas de Vox en el Congreso: la persecución al “varón español” y los migrantes como culpables de casi todo
</p></div><p class="article-text">
        &ldquo;Me llamo Francisca Javiera, y soy mujer&rdquo;. De Francisca Javiera <a href="https://www.eldiario.es/sociedad/jornadas-vox-congreso-persecucion-varon-espanol-migrantes-culpables_1_12577844.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">no hab&iacute;a noticias hasta este jueves</a>, cuando Francisco Javier Borrego, abogado del Estado de carrera desde hace medio siglo, exmagistrado del Tribunal Supremo y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, concluy&oacute; que identificarse durante unos segundos como mujer en el Congreso de los Diputados era un s&oacute;lido argumento con el que rebatir los postulados de la &ldquo;Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garant&iacute;a de los derechos de las personas LGTBI&rdquo;, generalmente conocida como &ldquo;Ley Trans&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Borrego hab&iacute;a sido invitado al Congreso por el grupo parlamentario de Vox para hablar sobre &rsquo;Ideolog&iacute;a de G&eacute;nero y denuncias falsas&rsquo;. Presentes, un grupo de diputados de ultraderecha y otros afines a la causa. Y este jurista, nacido en Sevilla hace 75 a&ntilde;os, decidi&oacute; explayarse en un buen pu&ntilde;ado de temas que a &eacute;l le tienen en vilo y que guardan, m&aacute;s o menos, se supone, alguna relaci&oacute;n con el t&iacute;tulo de las jornadas. 
    </p><p class="article-text">
        A saber: la ley trans, la inmigraci&oacute;n, la relaci&oacute;n entre Carles Puigdemont y Pedro S&aacute;nchez, el consentimiento en las relaciones sexuales. Todo, aderezado con supuesta iron&iacute;a, &ldquo;un poquito de humor&rdquo;, seg&uacute;n dijo la diputada Roc&iacute;o Aguirre para explicar chascarrillos que banalizaban las agresiones sexuales, la identidad de g&eacute;nero o el drama de la inmigraci&oacute;n: &ldquo;Hoy me siento mujer&rdquo;; un &ldquo;barco negrero&rdquo; [Open Arms]; &ldquo;Aqu&iacute; todos somos adultos, y algunos hemos tenido relaciones sexuales: &iquest;cu&aacute;ndo es todo el tiempo de una relaci&oacute;n sexual?&rdquo;. &nbsp;&ldquo;Confieso que pertenezco a la manosfera&rdquo;, remat&oacute;.
    </p><iframe src="https://geo.dailymotion.com/player/x8zbz.html?video=x9q1ldc" allowfullscreen allow="fullscreen; picture-in-picture; web-share"></iframe><p class="article-text">
        Borrego es un jurista con amplio recorrido en &oacute;rganos nacionales e internacionales devenido en espor&aacute;dico comentarista pol&iacute;tico. Desde hace a&ntilde;os, adoba sus charlas con una pretendida jocosidad con sello propio, que le sirve para barnizar la carga reaccionaria de sus parlamentos, ya sea una tertulia de Toro TV o unas jornadas jur&iacute;dicas. 
    </p><p class="article-text">
        Muchas veces el resultado es desconcertante. En la Universidad de Cork (Irlanda), en 2011, comenz&oacute; as&iacute; su ponencia sobre varias sentencias relativas al aborto dictadas por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH): &ldquo;<em>Good evening, I want to explain to you who [sic] I am speaking in the Spanish language</em>: me gusta la fiesta de los toros, intento entender esa fiesta, pero nunca me atrever&eacute; a bajar a una plaza y encerrarme con un toro. Le tengo mucho respeto&rdquo;. 
    </p><figure class="embed-container embed-container--type-youtube ratio">
    
                    
                            
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            </figure><h2 class="article-text">Pedro S&aacute;nchez, &ldquo;caudillo&rdquo;</h2><p class="article-text">
        &Uacute;ltimamente, Borrego se prodiga en <em>The Objetive, </em>que le ha publicado <a href="https://theobjective.com/autor/javier-borrego/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">ocho art&iacute;culos en tres a&ntilde;os</a>, con los siguientes titulares: <em>Ecologismo tramposo; La Polic&iacute;a Nacional no es racista; Fraude de ley escandaloso; El derecho como arma de guerra; No habr&aacute; impuesto de la renta el a&ntilde;o pr&oacute;ximo; La necia ministra y la espiral de Noelle-Neumann; &iquest;Colonizaci&oacute;n? No. Es saqueo; Elecciones generales: no es el cu&aacute;ndo, es el c&oacute;mo&ldquo;.</em> 
    </p><p class="article-text">
        Sus enemigos en esos textos van de Mar&iacute;a Jes&uacute;s Montero a George Soros, pasando por el presidente del Gobierno, Pedro S&aacute;nchez, a quien <a href="https://www.eldiario.es/politica/exmagistrado-supremo-rechaza-renueve-judicial-sanchez-caudillo_1_10799359.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">en 2023 defini&oacute; como un &ldquo;caudillo&rdquo;</a> que ha &ldquo;colonizado una a una todas las instituciones&rdquo; y &ldquo;ha vendido Espa&ntilde;a&rdquo; para poder &ldquo;seguir durmiendo en la Moncloa y usando el Falcon&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Fue en un art&iacute;culo <a href="https://confilegal.com/20231227-opinion-contra-la-renovacion-del-consejo-general-del-poder-judicial/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">publicado en </a><a href="https://confilegal.com/20231227-opinion-contra-la-renovacion-del-consejo-general-del-poder-judicial/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"><em>Confilegal</em></a><a href="https://confilegal.com/20231227-opinion-contra-la-renovacion-del-consejo-general-del-poder-judicial/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"> </a>que comenzaba parafraseando el &uacute;ltimo parte de guerra de los golpistas tras la Guerra Civil: &ldquo;En el d&iacute;a de hoy, cautivo y desarmado el Poder Judicial, YO he alcanzado y sometido mi pen&uacute;ltimo objetivo constitucional. La democracia ha terminado. El presidente de la Rep&uacute;blica Plurinacional, Pedro S&aacute;nchez-Castej&oacute;n&rdquo;.
    </p><h2 class="article-text">Del Colegio del Pilar al TEDH</h2><p class="article-text">
        Este desempe&ntilde;o como articulista ha completado en los &uacute;ltimos a&ntilde;os una carrera como jurista que comenz&oacute; muy pronto y alcanz&oacute; altas cotas antes de desempe&ntilde;arse como abogado en la firma de Miguel Dur&aacute;n, <a href="https://duranyduranabogados.com/abogados-firma/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">donde a&uacute;n ejerce</a>.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n subraya en sus curr&iacute;culums oficiales, Borrego ten&iacute;a 20 a&ntilde;os cuando obtuvo la licenciatura de Derecho, en junio de 1970. Algo muy excepcional que consigui&oacute; tras examinarse por la Universidad Complutense de dos cursos en un solo a&ntilde;o. Ven&iacute;a del Colegio del Pilar, por el que tambi&eacute;n pasaron en aquellos a&ntilde;os Jos&eacute; Mar&iacute;a Aznar, Alfredo P&eacute;rez Rubalcaba, Javier Solana, Juan Miguel Villar-Mir, Juan Abell&oacute;, Luis Mar&iacute;a Ans&oacute;n o Juan Luis Cebri&aacute;n, entre muchos otros. 
    </p><p class="article-text">
        Tras obtener la licenciatura, aprob&oacute; la prestigiosa oposici&oacute;n a Abogado del Estado y fue escalando posiciones hasta hacerse con la jefatura del servicio ante la Comisi&oacute;n Europea y ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. En 2003 obtuvo su primera designaci&oacute;n a una labor jurisdiccional (sin ser juez de carrera): de la terna propuesta por el Gobierno de Aznar para juez del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, se impuso con holgura en la votaci&oacute;n de <a href="https://elpais.com/diario/2003/01/30/espana/1043881220_850215.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa</a>. Borrego sustituy&oacute; a una eminencia del derecho internacional p&uacute;blico en Espa&ntilde;a, Jos&eacute; Antonio Pastor Ridruejo.
    </p><p class="article-text">
        La tarea de un juez del TEDH supone valorar las posibles vulneraciones de los derechos humanos cometidas por pa&iacute;ses firmantes del Convenio Europeo de Derechos Humanos, manteniendo la independencia de su pa&iacute;s de procedencia. De un d&iacute;a para otro, Borrego pas&oacute; de representar los intereses de Espa&ntilde;a como abogado del Estado ante el TEDH a ser juez del TEDH. De parte a juez. &ldquo;Era <em>vox populi </em>entre el resto de jueces que se dedicaba a defender al Estado en lugar de a las v&iacute;ctimas. Era un juez no apreciado&rdquo;, recuerda una fuente con experiencia en el derecho internacional al m&aacute;s alto nivel. 
    </p><p class="article-text">
        En este sentido, es significativo un <a href="https://theobjective.com/elsubjetivo/opinion/2022-11-08/policia-nacional-no-racista/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">art&iacute;culo en </a><a href="https://theobjective.com/elsubjetivo/opinion/2022-11-08/policia-nacional-no-racista/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"><em>The Objective</em></a><em> </em>donde celebra la exoneraci&oacute;n de Espa&ntilde;a en un caso de presunto sesgo racial por parte de la Polic&iacute;a, y carga en abstracto contra el &ldquo;litigio estrat&eacute;gico&rdquo;, una herramienta a la que suelen recurrir ONGs para ampliar derechos consiguiendo reformas legales o interpretaciones extensivas de derechos (humanos, sociales, ambientales) a partir de casos escogidos capaces de sentar precedente.
    </p><h2 class="article-text">Cr&iacute;tico con la jurisprudencia del TEDH</h2><p class="article-text">
        Borrego termin&oacute; su mandato en Estrasburgo en 2008, pero no perdi&oacute; de vista lo que sucede en el TEDH, un escenario crucial donde se dirimen no s&oacute;lo las vulneraciones y abusos de los Estados, sino el alcance en la interpretaci&oacute;n de los derechos humanos, que destila las ideas dominantes de cada tiempo. 
    </p><p class="article-text">
        En 2009 <a href="https://www.iustel.com/diario_del_derecho/noticia.asp?ref_iustel=1039210" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">public&oacute; un art&iacute;culo en </a><a href="https://www.iustel.com/diario_del_derecho/noticia.asp?ref_iustel=1039210" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"><em>El Mundo</em></a><em> </em>en el que arremet&iacute;a contra la jurisprudencia del tribunal del que hab&iacute;a formado parte, acusando a sus jueces (singularmente, a los que proced&iacute;an de la academia) de producir &ldquo;una especie de lecciones profesorales, que no sentencias&rdquo; encaramados en su &ldquo;torre de marfil&rdquo;. El motivo de su embestida era la pol&eacute;mica sentencia <em>Lautsi, </em>que acababa de condenar a Italia por mantener el crucifijo en una escuela p&uacute;blica. La sentencia de condena en primera instancia (europea) fue adoptada por unanimidad de siete jueces de sala del TEDH, pero fue revocada por la Gran Sala dos a&ntilde;os despu&eacute;s, en 2011. 
    </p><p class="article-text">
        En 2016 volvi&oacute; a la carga, <a href="https://eclj.org/geopolitics/echr/problemes-de-frivolite-a-la-cour-europeenne-des-droits-de-lhomme" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">acusando a sus antiguos compa&ntilde;eros del TEDH de &ldquo;frivolidad&rdquo;</a> por, en su opini&oacute;n, recurrir razonamientos &ldquo;perif&eacute;ricos&rdquo; (el derecho a la vida privada) para atacar indirectamente los valores cristianos en sus sentencias relativas al aborto, la muerte asistida y el matrimonio homosexual. Empezaba ese art&iacute;culo asegurando que un magistrado del TEDH le hab&iacute;a reprendido en 2006 por colgar del corcho de su despacho la ecograf&iacute;a donde se ve&iacute;a a su futuro nieto. Lo conclu&iacute;a citando el Evangelio. 
    </p><h2 class="article-text">Regreso a Espa&ntilde;a: conflicto con el presidente de Sala en el Tribunal Supremo</h2><p class="article-text">
        En 2018 volver&iacute;a a dar el salto a la m&aacute;s alta funci&oacute;n jurisdiccional: fue aupado por la mayor&iacute;a conservadora en el CGPJ a magistrado de la Sala Tercera (Contencioso-Administrativo) del Tribunal Supremo por el turno de &ldquo;juristas de reconocido prestigio&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Dur&oacute; poco. Apenas dos a&ntilde;os algo turbulentos, en los que el Consejo General del Poder Judicial le abri&oacute; un expediente disciplinario a instancias del presidente de su Sala, Luis Mar&iacute;a D&iacute;ez-Picazo. Este &uacute;ltimo denunci&oacute; que Borrego le hab&iacute;a faltado al respeto y amenazado en su despacho tras una discusi&oacute;n a prop&oacute;sito del retraso con el que llevaba sus asuntos. Borrego contraatac&oacute; asegurando que D&iacute;ez-Picazo le neg&oacute; el saludo en un bar antes de mandarlo a paseo, seg&uacute;n <a href="https://www.elindependiente.com/politica/2019/09/04/guerra-de-togas-en-el-supremo-borrego-declara-que-diez-picazo-le-grito-en-un-bar/#google_vignette" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">inform&oacute; en su d&iacute;a </a><a href="https://www.elindependiente.com/politica/2019/09/04/guerra-de-togas-en-el-supremo-borrego-declara-que-diez-picazo-le-grito-en-un-bar/#google_vignette" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"><em>El Independiente</em></a><em>. </em>Finalmente, <a href="https://www.abc.es/espana/abci-cgpj-archiva-bronca-entre-juez-supremo-y-diez-picazo-no-desconsideracion-superior-201911211938_noticia.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">el CGPJ archiv&oacute; el expediente</a> por no haber quedado acreditada la falta disciplinaria. Borrego abandon&oacute; el Tribunal Supremo en 2020, apenas dos a&ntilde;os despu&eacute;s de llegar, al cumplir los 70 a&ntilde;os que marcan su jubilaci&oacute;n ordinaria. 
    </p><p class="article-text">
        Desde entonces se desempe&ntilde;a como abogado. Entre otros casos, lleva la defensa del <a href="https://www.eldiario.es/sociedad/borrar-isla-mapa-proteccion-municion-salvar-resort-lujo-valdecanas_1_12331465.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">resort de lujo Isla de Valdeca&ntilde;as (C&aacute;ceres)</a>, sobre el que desde 2022 pesa sentencia (recurrida ante el Tribunal Constitucional) de sus excompa&ntilde;eros del Tribunal Supremo ordenando su demolici&oacute;n por invadir zona protegida. Y sigue interviniendo como opinador all&aacute; donde se le d&eacute; una oportunidad, aunque a veces sus causas parezcan de otro tiempo: por ejemplo, sigue clamando contra el redactado del C&oacute;digo Civil que dice que el matrimonio tendr&aacute; los mismos requisitos y efectos &ldquo;cuando ambos contrayentes sean del mismo o de diferente sexo&rdquo;. &ldquo;Es decir, primero entre personas del mismo sexo, y luego el resto&rdquo;, <a href="https://confilegal.com/20211228-uno-dos-tres-jueguen-otra-vez/?amp" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">ha escrito &eacute;l</a>.
    </p><p class="article-text">
        En los &uacute;ltimos a&ntilde;os tambi&eacute;n ha formalizado su relaci&oacute;n con la defensa de las causas ultra. Al menos hasta 2022 integraba el patronato de la fundaci&oacute;n de Abogados Cristianos, <a href="https://www.eldiario.es/castilla-y-leon/sociedad/cuentas-abogados-cristianos-errores-retrasos-donaciones-alza-perseguir-ofensas-religion_1_11977609.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">seg&uacute;n public&oacute; elDiario.es</a>. Es coherente con la visi&oacute;n del mundo de quien nunca ha ocultado que sus ideas jur&iacute;dicas est&aacute;n marcadas por su misi&oacute;n como hidalgo de la tradici&oacute;n y las corrientes m&aacute;s rigoristas de la doctrina cat&oacute;lica. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Néstor Cenizo]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/javier-borrego-francisca-javiera-deriva-ultra-exjuez-mofo-trans-acto-vox-congreso_1_12581656.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 05 Sep 2025 20:39:16 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[De Javier Borrego a “Francisca Javiera”: la deriva ultra del exjuez que se mofó de las personas trans en un acto de Vox en el Congreso]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Vox,Ultras,Abogados Cristianos,Magistrados,TEDH - Tribunal Europeo de Derechos Humanos,Tribunal Supremo]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Cuatro ayuntamientos recurren ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos el cierre del tren convencional de Cuenca]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/castilla-la-mancha/cuenca/cuatro-ayuntamientos-recurren-tribunal-europeo-derechos-humanos-cierre-tren-convencional-cuenca_1_12551114.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/7d1cfc0d-10bc-4375-b6fb-89557d684773_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Cuatro ayuntamientos recurren ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos el cierre del tren convencional de Cuenca"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Acusan al Gobierno de España de "dejar a varias provincias, entre ellas la de Cuenca, sin una infraestructura vital y esencial, como es el tren, mediante un procedimiento más que dudoso", según el alcalde d Huete, Francisco Javier Doménech</p><p class="subtitle">Hemeroteca - “Seguiremos luchando por la reapertura”: la reacción de los alcaldes tras el carpetazo del Supremo al tren Tarancón-Utiel
</p></div><p class="article-text">
        Los Ayuntamientos de Huete, Carboneras de Guadaza&oacute;n, V&iacute;llora y Camporrobles han presentado un recurso ante al Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el que denuncian el incumplimiento, por parte del Gobierno de Espa&ntilde;a, de art&iacute;culos del Convenio Europeo de Derechos Humanos, &ldquo;al dejar a varias provincias, entre ellas la de Cuenca, sin una infraestructura vital y esencial, como es el tren, mediante un procedimiento m&aacute;s que dudoso&rdquo;, seg&uacute;n el alcalde de Huete, Francisco Javier Dom&eacute;nech.
    </p><p class="article-text">
        El alcalde optense ha recalcado la necesidad de que se juzgue, de una manera &ldquo;imparcial y externa&rdquo; el procedimiento del cierre de la l&iacute;nea de ferrocarril Madrid-Cuenca-Valencia, seg&uacute;n han trasladado en una nota de prensa remitida por el PP.
    </p><p class="article-text">
        Creen que en esta decisi&oacute;n han estado &ldquo;implicados&rdquo; el ex ministro de Fomento, Jos&eacute; Luis &Aacute;balos, y la ex presidenta de Adif, Isabel Pardo de Vera, actualmente sometidos a sendas investigaciones judiciales por otras razones, aunque en su opini&oacute;n, eso &ldquo;demuestra que estaban m&aacute;s centrados en otras cuestiones que en las defender la red ferroviaria espa&ntilde;ola y los derechos de los ciudadanos&rdquo;, ha a&ntilde;adido Dom&eacute;nech.
    </p><p class="article-text">
        El alcalde de Huete ha reiterado que &ldquo;siempre hemos mantenido que vamos a luchar hasta el final por recuperar el tren y no nos vamos a rendir porque creemos que somos v&iacute;ctimas de una tremenda injusticia&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Dom&eacute;nech ha criticado &ldquo;la hipocres&iacute;a y el ataque a Cuenca&rdquo; de los gobernantes socialistas en todos los niveles, &ldquo;por permitir que se nos discrimine de esta manera y no defender nuestra tierra&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Francisco Javier Dom&eacute;nech ha animado a los conquenses &ldquo;a seguir defendiendo lo que es nuestro&rdquo; y ha recibido de buen grado que en otros lugares de Castilla-La Mancha, como es el caso de Oca&ntilde;a, se haya constituido una plataforma ciudadana que reivindica lo mismo que la que ya existe, 'Pueblos con el Tren' y que es la vuelta del ferrocarril.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;El tren es sostenibilidad, riqueza, turismo, desarrollo empresarial y garantiza nuestro derecho a la movilidad. No podemos renunciar al desarrollo que trae consigo por el capricho de unos gobernantes m&aacute;s centrados en otros asuntos, que nada benefician a los espa&ntilde;oles y a los conquenses, que en nuestro bienestar&rdquo;, ha concluido Dom&eacute;nech.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[elDiarioclm.es]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/castilla-la-mancha/cuenca/cuatro-ayuntamientos-recurren-tribunal-europeo-derechos-humanos-cierre-tren-convencional-cuenca_1_12551114.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 22 Aug 2025 12:41:26 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Cuatro ayuntamientos recurren ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos el cierre del tren convencional de Cuenca]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Trenes,Derechos Humanos,PP - Partido Popular,Movilidad,Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana,Gobierno de España,TEDH - Tribunal Europeo de Derechos Humanos]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Nueva victoria parcial de la atleta Caster Semenya en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/sociedad/nueva-victoria-parcial-atleta-caster-semenya-tribunal-europeo-derechos-humanos_1_12453292.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/261ae66a-319b-40cb-bf2f-815c20afa097_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x536y82.jpg" width="1200" height="675" alt="Nueva victoria parcial de la atleta Caster Semenya en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Los jueces consideran que la atleta "no tuvo un juicio justo" en su proceso contra la Federación Internacional de Atletismo llevado a cabo en Suiza, pero no admiten que se violara su derecho a la privacidad ni a poder presentar un recurso judicial efectivo</p><p class="subtitle">El Tribunal de Estrasburgo sentencia que la atleta Caster Semenya fue discriminada por la Federación de Atletismo</p></div><p class="article-text">
        El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) considera que la atleta sudafricana y bicampeona ol&iacute;mpica, Caster Semenya, no tuvo &ldquo;un juicio justo&rdquo; en Suiza, donde los tribuales de ese pa&iacute;s avalaron la decisi&oacute;n de la Federaci&oacute;n Internacional de Atletismo de obligar a reducir su tasa natural de testosterona para poder competir.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, la victoria es parcial, ya que el Alto Tribunal de Estrasburgo no apreci&oacute; que, como denunciaba Semenya, haya habido una violaci&oacute;n de su derecho a la privacidad ni a poder presentar un recurso judicial efectivo.
    </p><p class="article-text">
        Esta nueva decisi&oacute;n del Tribunal supone un nuevo avance judicial para Semenya. En 2023, el tribunal ya fall&oacute; a su favor, cuando denunci&oacute; haber sido discriminada tras negarle la Federaci&oacute;n Internacional de Atletismo, ahora World Athletics, su participaci&oacute;n en la categor&iacute;a femenina de algunas pruebas por producir un nivel de testosterona por encima de lo habitual. La doble campeona ol&iacute;mpica (2012, 2016) y triple campeona mundial (2009, 2011, 2017) de los 800 metros produce naturalmente hormonas masculinas capaces de mejorar la masa muscular y, por tanto, el rendimiento f&iacute;sico.
    </p><p class="article-text">
        En aquella sentencia, los jueces aseguraron que la federaci&oacute;n viol&oacute; el art&iacute;culo del Convenio Europeo de Derechos Humanos que proh&iacute;be la discriminaci&oacute;n al obligar a la deportista a medicarse para reducir sus niveles de testosterona si quer&iacute;a competir en la categor&iacute;a femenina de determinadas pruebas.
    </p><p class="article-text">
        Los jueces europeos condenaron a Suiza, que es donde tiene su sede el Tribunal Arbitral Deportivo (TAS), que hab&iacute;a rechazado el arbitraje que ped&iacute;a Semenya para que no se le exigiera someterse a un tratamiento hormonal que le redujera el nivel de testosterona por debajo del umbral que le hab&iacute;a fijado la IAAF como condici&oacute;n para permitirle competir.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[EFE]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/sociedad/nueva-victoria-parcial-atleta-caster-semenya-tribunal-europeo-derechos-humanos_1_12453292.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 10 Jul 2025 10:05:12 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Nueva victoria parcial de la atleta Caster Semenya en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[TEDH - Tribunal Europeo de Derechos Humanos,Derechos Humanos,Deporte,Igualdad,Sociedad]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[De Meloni al socialismo danés: ofensiva contra las garantías del Tribunal Europeo de Derechos Humanos a los migrantes]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/desalambre/meloni-socialdemocracia-danesa-ofensiva-limites-anti-inmigracion-tribunal-derechos-humanos_1_12368665.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/7a8bc8d4-635d-483f-b8dd-a33c016eb8fb_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x1085y714.jpg" width="1200" height="675" alt="De Meloni al socialismo danés: ofensiva contra las garantías del Tribunal Europeo de Derechos Humanos a los migrantes"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Nueve países europeos se revuelven contra la "intepretación" del Convenio de Derechos Humanos de los jueces de Estrasburgo, que han condenado a varios Estados por devoluciones en caliente o deportaciones masivas. El tribunal paralizó los centros de deportación de Reino Unido en Ruanda, como los que la UE quiere impulsar ahora</p><p class="subtitle">Centros de expulsión fuera de la UE, multas y más detención: la puntilla al endurecimiento de la política migratoria</p></div><p class="article-text">
        El respeto a los derechos humanos, cada vez m&aacute;s en peligro. A la amenaza que EEUU y algunos pa&iacute;ses europeos, como Hungr&iacute;a, han<a href="https://www.eldiario.es/internacional/eeuu-impone-sanciones-cuatro-juezas-corte-penal-internacional-investigar-israel-vetar-resolucion-onu_1_12361474.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"> lanzado contra la Corte Penal Internacional por la investigaci&oacute;n del genocidio de Israel en la Franja de Gaza</a> se suma la ofensiva de nueve pa&iacute;ses de la UE contra el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) por sus l&iacute;mites a las pol&iacute;ticas antiinmigraci&oacute;n. De norte a sur y sin pr&aacute;cticamente diferencias por el color pol&iacute;tico, la ultraderechista italiana Giorgia Meloni y la socialdem&oacute;crata danesa Mette Frederiksen han iniciado una cruzada contra esa instituci&oacute;n, que se encarga de velar por el cumplimiento del Convenio de Derechos Humanos, uno de los tratados b&aacute;sicos del Consejo de Europa, nacido en 1949 para salvaguardar las democracias en un continente asolado por la Segunda Guerra Mundial. 
    </p><p class="article-text">
        Ahora, en 2025, los l&iacute;deres de nueve pa&iacute;ses de la Uni&oacute;n Europea consideran que el tribunal ha ido &ldquo;demasiado lejos&rdquo; en su defensa de los derechos de las personas migrantes y que constri&ntilde;e su capacidad pol&iacute;tica en un momento en el que la mayor&iacute;a de los gobiernos est&aacute;n endureciendo sus pol&iacute;ticas antinmigraci&oacute;n, con medidas como los controles fronterizos dentro del espacio de libre circulaci&oacute;n Schegen o el impulso legislativo a los centros de deportaci&oacute;n en terceros pa&iacute;ses. El TEDH ha condenado a varios pa&iacute;ses por pr&aacute;cticas como las devoluciones en caliente o la detenci&oacute;n de los menores no acompa&ntilde;ados. Tambi&eacute;n <a href="https://www.eldiario.es/internacional/justicia-britanica-rechaza-frenar-deportaciones-migrantes-ruanda_1_9079890.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">paraliz&oacute; el primer env&iacute;o de solicitantes de asilo de Reino Unido a Ruanda</a>.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Es necesario iniciar un debate sobre la adecuaci&oacute;n de los convenios internacionales a los retos a los que nos enfrentamos hoy en d&iacute;a. Lo que una vez fue correcto puede no ser la respuesta de ma&ntilde;ana. El mundo ha cambiado fundamentalmente desde que muchas de nuestras ideas se concibieron en las cenizas de las guerras mundiales. Las ideas en s&iacute; son universales e imperecederas. Sin embargo, ahora vivimos en un mundo globalizado en el que las personas migran a trav&eacute;s de las fronteras a una escala completamente diferente&rdquo;, se&ntilde;alan en una carta que suscriben tambi&eacute;n los l&iacute;deres conservadores de Polonia, Donald Tusk; Christian Stocker (Austria), Evika Sili&#326;a (Letonia), y Gitanas Naus&#279;da (Lituania); el liberal Kristen Michal (Estonia); y los de extrema derecha Bart De Wever (B&eacute;lgica) y Petr Fiala (Rep&uacute;blica Checa). 
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Tambi&eacute;n creemos que es necesario analizar c&oacute;mo ha desarrollado el Tribunal Europeo de Derechos Humanos su interpretaci&oacute;n del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Si el Tribunal, en algunos casos, ha ampliado demasiado el &aacute;mbito de aplicaci&oacute;n del Convenio en comparaci&oacute;n con las intenciones originales del mismo, desplazando as&iacute; el equilibrio entre los intereses que deber&iacute;an protegerse&rdquo;, agregan los jefes de Gobierno, que vinculan la inmigraci&oacute;n con la criminalidad: &ldquo;Hemos visto, por ejemplo, casos relativos a la expulsi&oacute;n de extranjeros delincuentes en los que la interpretaci&oacute;n del Convenio ha dado lugar a la protecci&oacute;n de las personas equivocadas y ha impuesto demasiadas limitaciones a la capacidad de los Estados para decidir a qui&eacute;n expulsar de sus territorios&rdquo;. <a href="https://www.eldiario.es/desalambre/estrasburgo-espana-expulsar-migrantes-antecedentes_1_1783448.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Estrasburgo conden&oacute; a Espa&ntilde;a por deportar a dos inmigrantes con antecedentes penales sin tener en cuenta su arraigo</a>.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Deber&iacute;amos tener m&aacute;s margen a nivel nacional para decidir cu&aacute;ndo expulsar a los extranjeros delincuentes&rdquo;, reclaman esos dirigentes: &ldquo;Necesitamos m&aacute;s libertad para decidir c&oacute;mo pueden nuestras autoridades seguir la pista, por ejemplo, a los extranjeros delincuentes que no pueden ser expulsados de nuestros territorios&rdquo;. &ldquo;Tenemos que ser capaces de tomar medidas eficaces para contrarrestar a los Estados hostiles que intentan utilizar nuestros valores y derechos en nuestra contra. Por ejemplo, instrumentalizando a los migrantes en nuestras fronteras&rdquo;, agregan en referencia a los conflictos en la frontera este de la UE con Bielorrusia. 
    </p><h2 class="article-text">El secretario general pide &ldquo;no politizar&rdquo; el tribunal</h2><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n mencionan el endurecimiento de las pol&iacute;ticas migratorias que est&aacute;n llevando a cabo la mayor&iacute;a de pa&iacute;ses de la UE bajo el eufemismo de las &ldquo;nuevas soluciones a los retos que plantea la migraci&oacute;n&rdquo;. La presi&oacute;n ha llevado a la <a href="https://www.eldiario.es/desalambre/bruselas-sienta-bases-centros-deportacion-migrantes-fuera-ue-similares-meloni_1_12121816.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Comisi&oacute;n Europea a sentar las bases para la creaci&oacute;n de centros de deportaci&oacute;n en terceros pa&iacute;ses</a>, como los que Meloni financi&oacute; en Albania y que ha paralizado la justicia italiana, adem&aacute;s de haber acordado un Pacto de Migraci&oacute;n y Asilo que contribuye a la 'Europa fortaleza' con la posibilidad de pagar por rechazar a solicitantes de asilo. La persecuci&oacute;n de las ONG tambi&eacute;n cobra fuerza ante el intento del Consejo de la UE de <a href="https://www.eldiario.es/desalambre/ue-aprieta-ong-planea-retirar-clausula-humanitaria-permite-no-criminalizar-asistencia-migrantes_1_11895690.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">retirar de la legislaci&oacute;n europea la denominada la 'cl&aacute;usula humanitaria' </a>que permite no criminalizar la asistencia a los migrantes. 
    </p><p class="article-text">
        El ataque al TEDH ha obligado al secretario general del Consejo de Europa, Alain Berset, a salir en su defensa: &ldquo;El respeto a la independencia e imparcialidad del Tribunal forma parte de nuestros fundamentos. Debatir es sano; pero politizar el Tribunal, no. En una sociedad gobernada por el Estado de derecho, ning&uacute;n poder judicial deber&iacute;a verse sometido a presiones pol&iacute;ticas. Las instituciones que protegen los derechos fundamentales no pueden doblegarse a los vaivenes c&iacute;clicos de la pol&iacute;tica. Si lo hicieran, nos arriesgar&iacute;amos a comprometer la misma estabilidad cuya garant&iacute;a es la raz&oacute;n por la que fueron creadas estas instituciones&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;El Tribunal no debe ser utilizado como arma, ni contra los gobiernos, ni por parte de los gobiernos&rdquo;, agrega el suizo, que recuerda que el tribunal es el &ldquo;brazo legal&rdquo; del Consejo de Europa, que fue creado por los Estados miembros y &ldquo;establecido por elecci&oacute;n soberana e &iacute;ntimamente ligado a un Convenio cuyos 46 miembros han firmado y ratificado libremente&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        La carta de los nueve jefes de Gobierno, firmada el 22 de mayo a ra&iacute;z de una reuni&oacute;n de Meloni y su hom&oacute;loga danesa en Roma, se produce a las puertas de una reuni&oacute;n de los ministros de Justicia de la UE en la que debatir&aacute;n la adhesi&oacute;n del club comunitario al Convenio de Derechos Humanos, que los 27 han ratificado de forma individual. Sin embargo, la UE no lo ha hecho todav&iacute;a, a pesar de que suscribirlo es una de las obligaciones recogidas en el art&iacute;culo 6 del Tratado de Funcionamiento de la UE. No obstante, existen dudas jur&iacute;dicas respecto a ese paso, entre otros motivos por una argumentaci&oacute;n del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) que cuestionaba que los organismos jurisdiccionales de la UE queden supeditados a otro tribunal. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Irene Castro]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/desalambre/meloni-socialdemocracia-danesa-ofensiva-limites-anti-inmigracion-tribunal-derechos-humanos_1_12368665.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 11 Jun 2025 20:28:24 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[De Meloni al socialismo danés: ofensiva contra las garantías del Tribunal Europeo de Derechos Humanos a los migrantes]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[TEDH - Tribunal Europeo de Derechos Humanos,Migrantes,Migraciones,UE - Unión Europea,Giorgia Meloni]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Supremo deja a Puigdemont sin amnistía y sin poder volver a España a la espera del Constitucional]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/supremo-deja-puigdemont-amnistia-volver-espana-espera-constitucional_1_12210047.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/6ff66952-33d7-478a-b3b1-0727adbd732e_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Supremo deja a Puigdemont sin amnistía y sin poder volver a España a la espera del Constitucional"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La decisión del tribunal de no amnistiar la malversación del expresident señala el camino hacia el recurso de amparo, lo que amplía el horizonte sobre una decisión hasta, aproximadamente, dentro de un año</p><p class="subtitle">El Supremo confirma que no amnistiará a Puigdemont por el delito de malversación</p></div><p class="article-text">
        El Tribunal Supremo <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/supremo-confirma-no-amnistiara-puigdemont-delito-malversacion_1_12208614.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">ha cerrado la puerta</a> a amnistiar a <a href="https://www.eldiario.es/temas/carles-puigdemont/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Carles Puigdemont</a>. La decisi&oacute;n de la sala de confirmar el criterio del juez Pablo Llarena y dejar el delito de malversaci&oacute;n fuera de la ley de perd&oacute;n del proc&eacute;s marca un camino largo para el expresident catal&aacute;n: tendr&aacute; que acudir al Constitucional, pero no es previsible que reciba una respuesta antes de un a&ntilde;o. Mientras tanto, la vigencia del delito de malversaci&oacute;n mantiene intacta su orden de detenci&oacute;n y la prohibici&oacute;n, por tanto, de volver a Espa&ntilde;a. 
    </p><p class="article-text">
        Los jueces no han estimado los argumentos del l&iacute;der de Junts, pero tampoco los de la Fiscal&iacute;a. El Ministerio P&uacute;blico <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/fiscalia-pide-supremo-malversacion-puigdemont-sea-amnistiada-norma-clara_1_12117852.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">pidi&oacute; a la Sala de lo Penal</a> que corrigiera a Llarena y que tuviera en cuenta que la intenci&oacute;n del legislador cuando puso en marcha la amnist&iacute;a era perdonar todos los delitos relacionados con el proc&eacute;s catal&aacute;n de 2017 y no algunos hechos de forma selectiva. Tambi&eacute;n critic&oacute; que el juez hubiera planteado, por primera vez en ocho a&ntilde;os de proceso judicial, que el desaf&iacute;o soberanista afect&oacute; a los intereses de la Uni&oacute;n Europea para justificar su negativa a amnistiar la malversaci&oacute;n. 
    </p><p class="article-text">
        La respuesta del Tribunal Supremo ha sido avalar estos razonamientos punto por punto. La malversaci&oacute;n del proc&eacute;s, entienden los magistrados, no es amnistiable porque Puigdemont y el resto de pol&iacute;ticos encausados s&iacute; se enriquecieron personalmente: no pagaron de su bolsillo el refer&eacute;ndum del 1-O porque tiraron del dinero y recursos p&uacute;blicos de la Generalitat. Y porque la independencia de Catalu&ntilde;a no se consum&oacute;, pero de haberlo hecho habr&iacute;a afectado, a&ntilde;aden, a la relaci&oacute;n de Espa&ntilde;a con la Uni&oacute;n Europea. 
    </p><p class="article-text">
        Esta decisi&oacute;n, explican fuentes del caso a elDiario.es, deja un &uacute;nico camino al expresident catal&aacute;n: recurrir ante el Tribunal Constitucional. Previamente tendr&aacute; que plantear una improbable nulidad ante el mismo Supremo y despu&eacute;s ya presentar alegaciones en amparo ante el tribunal que preside C&aacute;ndido Conde-Pumpido. Lo que aleja el horizonte de una decisi&oacute;n inmediata hasta, aproximadamente, dentro de un a&ntilde;o. Despu&eacute;s, si el Constitucional no le es favorable, podr&aacute; acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo. 
    </p><p class="article-text">
        El delito de malversaci&oacute;n es el &uacute;nico il&iacute;cito del proc&eacute;s que se mantiene en pie en la causa que, ocho a&ntilde;os despu&eacute;s, sigue abierta contra los pol&iacute;ticos catalanes que nunca volvieron a Espa&ntilde;a para declarar ante los jueces de la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo. La reforma del delito de sedici&oacute;n cercen&oacute; esa parte de la acusaci&oacute;n, con los jueces rechazando que pudiera ser sustituido por unos simples des&oacute;rdenes p&uacute;blicos, y la malversaci&oacute;n de dinero p&uacute;blico se mantiene desde entonces como &uacute;nico vestigio de la causa penal contra el desaf&iacute;o independentista de 2017. 
    </p><p class="article-text">
        El tribunal de la Sala de lo Penal que ha examinado el caso no se refiere de forma expl&iacute;cita a las medidas cautelares que derivan de la imputaci&oacute;n por este delito. No era algo que se hubiera recurrido en este tr&aacute;mite. Pero en la pr&aacute;ctica, el aval a que siga acusado de malversaci&oacute;n implica que la orden de detenci&oacute;n nacional que pesa sobre &eacute;l sigue intacta: la que, supuestamente, le impide entrar en Espa&ntilde;a sin ser detenido, aunque en agosto de 2024 acudi&oacute; a las inmediaciones del Parlament en <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/puigdemont-reaparece-catalunya-despues-siete-anos-justo-investidura-illa_1_11576516.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la sesi&oacute;n de investidura de Salvador Illa</a> para despu&eacute;s escapar de los Mossos y volver a Bruselas sin ser arrestado. 
    </p><h2 class="article-text">El camino hasta el Constitucional</h2><p class="article-text">
        La decisi&oacute;n del Supremo, por tanto, mantiene viva la situaci&oacute;n que desde Junts consideran un fallo de la ley de amnist&iacute;a: la aprobaci&oacute;n de la norma, <a href="https://www.eldiario.es/politica/acuerdo-junts-psoe-amnistia-apuntala-estabilidad-legislatura_1_10990425.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">esencial para obtener el apoyo independentista</a> en la &uacute;ltima investidura de Pedro S&aacute;nchez como Presidente del Gobierno en 2023, no ha tenido el efecto esperado y Carles Puigdemont no puede volver a Espa&ntilde;a sin miedo a ser detenido y ser enviado inmediatamente a prisi&oacute;n por parte de Llarena. 
    </p><p class="article-text">
        El camino hasta el Tribunal Constitucional no es corto. Su recurso de amparo, que solo podr&aacute; presentar despu&eacute;s de intentar la nulidad ante el propio Supremo, tendr&aacute; que pasar en primer lugar el filtro de la admisi&oacute;n a tr&aacute;mite y despu&eacute;s esperar durante meses a que los magistrados den una respuesta. Hasta entonces es improbable que la amnist&iacute;a se le aplique de forma cautelar. 
    </p><p class="article-text">
        El Constitucional ya tiene dos decenas de recursos contra la amnist&iacute;a encima de la mesa y, tal y como ha explicado recientemente su presidente C&aacute;ndido Conde-Pumpido, tiene intenci&oacute;n de resolver los m&aacute;s relevantes antes del pr&oacute;ximo verano: el que interpuso el PP contra toda la ley, los interpuestos por algunas comunidades aut&oacute;nomas y tambi&eacute;n la cuesti&oacute;n prejudicial del propio Tribunal Supremo. Pero tambi&eacute;n tiene otros que tratan casos id&eacute;nticos al de Carles Puigdemont y eso puede acelerar los tr&aacute;mites y las deliberaciones al ser la misma acusaci&oacute;n.  
    </p><p class="article-text">
        El pleno admiti&oacute; estudiar, el pasado mes de febrero, los recursos de <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/supremo-confirma-no-aplicara-amnistia-delito-malversacion-atribuido-lideres-proces_1_11692854.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">otros pol&iacute;ticos encausados</a> por el proc&eacute;s que ten&iacute;an la misma queja: que el Supremo no hubiera accedido a amnistiar su malversaci&oacute;n. Es el caso de Oriol Junqueras, Ra&uuml;l Romeva y Dolors Bassa, cuyas condenas de prisi&oacute;n por este delito fueron indultadas por el Gobierno pero con unas condenas de inhabilitaci&oacute;n que, a d&iacute;a de hoy, les impiden presentarse a unas elecciones. 
    </p><p class="article-text">
        Esos pleitos iniciados a instancias de sus antiguos compa&ntilde;eros de Govern tratan sobre si la amnist&iacute;a se aplica o no al delito de malversaci&oacute;n, aunque sus casos tienen matices distintos: ya fueron condenados, los indultos borraron sus condenas de prisi&oacute;n y su pelea se centra, sobre todo, en una inhabilitaci&oacute;n para ejercer cargos p&uacute;blicos que, en el caso de Junqueras, <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/supremo-confirma-junqueras-no-podra-presentar-elecciones-catalanas-2025-reforma-sedicion_1_9947860.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">no vence hasta el a&ntilde;o 2031</a>. Pero una decisi&oacute;n sobre sus alegaciones podr&iacute;a tener incidencia en el caso de Puigdemont y acelerar la respuesta del Constitucional una vez sentadas las bases de su doctrina. 
    </p><p class="article-text">
        La causa principal del proc&eacute;s se ha convertido en la &uacute;nica cita judicial pendiente de Carles Puigdemont despu&eacute;s de que el Supremo haya dado carpetazo a la conocida como '<a href="https://www.eldiario.es/catalunya/supremo-entierra-causa-trama-rusa-proces-impulso-irregularmente-juez-aguirre_1_12129927.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">trama rusa</a>' que el juez Joaqu&iacute;n Aguirre impuls&oacute; de forma ilegal en contra de las &oacute;rdenes de la Audiencia de Barcelona. Todo tambi&eacute;n a la espera de la vertiente internacional del caso sobre su posible extradici&oacute;n: el juez Llarena lleva casi dos a&ntilde;os a la espera de tomar una decisi&oacute;n despu&eacute;s de que el Tribunal General de la UE <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/justicia-europea-retira-inmunidad-puigdemont_1_10351636.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">retirara la inmunidad</a> al expresident. 
    </p><p class="article-text">
        Las alegaciones de Puigdemont tienen al Supremo en contra pero algunos puntos de apoyo: el criterio de la Fiscal&iacute;a y tambi&eacute;n los votos particulares de la magistrada Ana Ferrer que considera que la ley s&iacute; ten&iacute;a la intenci&oacute;n de amnistiar la malversaci&oacute;n. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alberto Pozas]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/supremo-deja-puigdemont-amnistia-volver-espana-espera-constitucional_1_12210047.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 10 Apr 2025 20:26:03 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El Supremo deja a Puigdemont sin amnistía y sin poder volver a España a la espera del Constitucional]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Carles Puigdemont,Tribunal Supremo,Tribunal Constitucional,Amnistía,Pablo Llarena,TEDH - Tribunal Europeo de Derechos Humanos,Procés]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Un menor lleva a España ante Estrasburgo por no investigar la agresión de un vigilante: "La falta de diligencia es total"]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/menor-lleva-espana-estrasburgo-no-investigar-agresion-vigilante-falta-diligencia-total_1_12208802.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/171a1802-4b8f-4b45-8492-8d1c4b790305_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Un menor lleva a España ante Estrasburgo por no investigar la agresión de un vigilante: &quot;La falta de diligencia es total&quot;"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El centro Irídia denuncia la "sistemática" negativa de los jueces a investigar denuncias de malos tratos y torturas contra policías o agentes de seguridad privada</p><p class="subtitle">La abogada que ayudó a un menor ante la policía en la calle, denunciada por la 'ley mordaza': “Fue totalmente arbitrario”
</p></div><p class="article-text">
        Aport&oacute; un v&iacute;deo de los hechos y un parte de lesiones. Pidi&oacute; una investigaci&oacute;n exhaustiva de la agresi&oacute;n de dos vigilantes de seguridad en plena calle en 2022. Pero la jueza rechaz&oacute; abrir una causa para indagar en los hechos y absolvi&oacute; a los agentes tras un juicio por delito leve.
    </p><p class="article-text">
        Tras agotar las instancias judiciales en Espa&ntilde;a, este joven de Barcelona, que ten&iacute;a 16 a&ntilde;os cuando fue reducido con contundencia en plena calle por dos agentes de seguridad privada del Metro, ha acudido al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo. Representado por el centro Ir&iacute;dia, denuncia la falta de investigaci&oacute;n efectiva de su agresi&oacute;n por parte del sistema judicial, <a href="https://www.eldiario.es/sociedad/gobierno-silencia-torturas-policiales-espana_1_3970915.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">una mala pr&aacute;ctica que en el pasado ya le ha valido condenas a Espa&ntilde;a.</a>
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;La falta de diligencia del juzgado y de la Fiscal&iacute;a para investigar los hechos fue total&rdquo;, ha lamentado el abogado de la v&iacute;ctima y de Ir&iacute;dia, Ton Mansilla. El juzgado absolvi&oacute; a los vigilantes de seguridad <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/palabra-policia-suficiente-condenar-desmontable_1_8462124.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">tras dar por probada su palabra</a>, esta es, que el joven estaba &ldquo;alterado&rdquo; y que por eso se le tuvo que reducir. 
    </p><p class="article-text">
        La agresi&oacute;n ocurri&oacute; en noviembre de 2022. Al intentar acceder a la estaci&oacute;n, el <em>contactless </em>de su tarjeta de transporte no funcion&oacute;, pese a ser v&aacute;lida y vigente. Pas&oacute; por detr&aacute;s de su pareja sin llegar a validar su tarjeta. Los agentes lo vieron, y discutieron. Despu&eacute;s, los vigilantes salieron a buscarle en plena calle, fuera de las instalaciones del metro.
    </p><p class="article-text">
        Los agentes nunca denunciaron al menor. En el v&iacute;deo de los hechos, que encabeza esta informaci&oacute;n, se aprecia que los agentes hacen caso omiso a los avisos de la mujer que acompa&ntilde;aba al menor y que les advert&iacute;a de que estaban ahogando al menor porque le agarraban del cuello mientras lo reduc&iacute;an.
    </p><p class="article-text">
        Este caso particular ha servido a Ir&iacute;dia para denunciar que los juzgados no indagan de forma exhaustiva las denuncias de malos tratos. &ldquo;El sistema judicial falla en la investigaci&oacute;n de las denuncias de torturas por parte de agentes de autoridad, ya sean vigilantes de seguridad privada, funcionarios de prisiones, polic&iacute;as o CNI&rdquo;, ha aseverado la directora de Ir&iacute;dia, Ana&iuml;s Franquesa.
    </p><p class="article-text">
        La coordinadora de litigios de Ir&iacute;dia, S&ograve;nia Olivella, ha alertado que los &ldquo;fallos&rdquo; de la Justicia a la hora de investigar malos tratos &ldquo;hace que las v&iacute;ctimas lo perciban como un sistema injusto y arbitrario&rdquo;. &ldquo;La impunidad debilita el Estado de Derecho&rdquo;, ha agregado.
    </p><p class="article-text">
        De los 49 procedimientos que lleva Ir&iacute;dia contra agentes de la autoridad, en 32 el alg&uacute;n momento se ha archivado la causa, se ha tramitado como delito leve o se han archivado sin practicar todas las diligencias para esclarecer los hechos. Ello ha comportado que las instancias superiores (la Audiencia Provincial) corrijan a los jueces de instrucci&oacute;n en 24 casos y ordenen investigar debidamente los hechos.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Los juzgados de instrucci&oacute;n no investigan adecuadamente, asumen de forma incuestionable la versi&oacute;n de la polic&iacute;a sin contrastar adecuadamente con la de las denunciantes&rdquo;, ha criticado Olivella.
    </p><p class="article-text">
        Cira Mart&iacute;nez, psic&oacute;loga de Ir&iacute;dia, ha explicado que la falta de investigaci&oacute;n de las denuncias de torturas y malos tratos empeora el trauma de las v&iacute;ctimas: &ldquo;Se sienten solas y que toda la presi&oacute;n recae en ellas&rdquo;. Ir&iacute;dia ha denunciado que, adem&aacute;s de jueces y fiscales, la desidia a la hora de indagar en estos hechos se extiende a los forenses de los juzgados, que no eval&uacute;an correctamente la afectaci&oacute;n en las v&iacute;ctimas.
    </p><p class="article-text">
        Para cambiar esta situaci&oacute;n, Franquesa ha reclamado &ldquo;m&aacute;s y mejor&rdquo; formaci&oacute;n de jueces y fiscales en derechos fundamentales, adem&aacute;s de crear juzgados y fiscal&iacute;as especializadas y un organismo independiente de control de las actuaciones policiales.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Oriol Solé Altimira]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/menor-lleva-espana-estrasburgo-no-investigar-agresion-vigilante-falta-diligencia-total_1_12208802.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 10 Apr 2025 09:58:46 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Un menor lleva a España ante Estrasburgo por no investigar la agresión de un vigilante: "La falta de diligencia es total"]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Irídia,Seguridad privada,Metro,Barcelona,Derechos Humanos,TEDH - Tribunal Europeo de Derechos Humanos]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Dos juezas de Estrasburgo ven a España "muy lejos" de asegurar los derechos de los acusados con discapacidad intelectual]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/juezas-estrasburgo-ven-espana-lejos-asegurar-derechos-acusados-discapacidad-intelectual_1_12129105.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/140bac75-0b60-4389-8b32-18a1ff906e24_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Dos juezas de Estrasburgo ven a España &quot;muy lejos&quot; de asegurar los derechos de los acusados con discapacidad intelectual"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">"Todavía queda mucho por hacer", dicen las magistradas del Tribunal Europeo de Derechos Humanos acerca de la legislación española sobre los derechos de las personas con discapacidad que acaban encausadas en causas penales</p><p class="subtitle">Las trabas de la Justicia para los acusados con discapacidad intelectual: “No recuerdo el juicio, estaba muy medicada”
</p></div><p class="article-text">
        &ldquo;Todav&iacute;a queda mucho por hacer&rdquo;. Esta es la advertencia que han dejado por escrito este jueves dos magistradas del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) sobre los derechos de las personas con discapacidad intelectual que est&aacute;n acusadas en juicios en Espa&ntilde;a. Las das juezas de Estrasburgo, entre ellos la espa&ntilde;ola Mar&iacute;a El&oacute;segui, consideran que las leyes nacionales est&aacute;n &ldquo;muy lejos&rdquo; de garantizar los est&aacute;ndares europeos en protecci&oacute;n a los discapacitados intelectuales en los procesos penales.
    </p><p class="article-text">
        La opini&oacute;n de la jueza espa&ntilde;ola y de la magistrada francesa St&eacute;phanie Mourou-Vikstr&ouml;m est&aacute; incluida en un voto concurrente en una sentencia del TEDH que ha rechazado la demanda de un hombre parcialmente incapacitado por sus problemas psiqui&aacute;tricos condenado por defraudar a Hacienda. Los jueces de Estrasburgo consideran que el condenado s&iacute; tuvo un juicio justo, al contrario de lo que alegaba el hombre, defendido por los letrados Arnau Xumetra y Josep Maria Torrent.
    </p><p class="article-text">
        M&aacute;s all&aacute; de coincidir en el resultado del caso concreto, las dos magistradas advierten en su voto concurrente de los d&eacute;ficits que presenta el sistema legal espa&ntilde;ol a la hora de asegurar los derechos de los acusados con discapacidad intelectual.<a href="https://www.eldiario.es/catalunya/trabas-justicia-acusados-discapacidad-intelectual-no-recuerdo-juicio-medicada_1_11854465.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"> La falta de medios para facilitar la mera comprensi&oacute;n de un procedimiento o de sus derechos lleva a las personas con problemas mentales</a> detenidas a depender de la empat&iacute;a y la buena voluntad de abogados y jueces. Ambas se dan en algunos casos, pero en otros no.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;El sistema legal espa&ntilde;ol debe mejorar y desarrollar con mayor claridad medidas positivas&rdquo; respecto a los acusados con discapacidad intelectual, apuntan las dos magistradas en su voto concurrente, donde dejan constancia de las lagunas de Espa&ntilde;a en este campo en comparaci&oacute;n con otros pa&iacute;ses de nuestro entorno.
    </p><p class="article-text">
        En Irlanda, Francia y Luxemburgo, explican las magistradas, es posible solicitar adaptaciones procesales durante los procesos penales respecto de personas diagnosticadas con una enfermedad mental. En Irlanda, agregan, corresponde a los abogados solicitar adaptaciones procesales, y no al juez hacerlo de oficio, y existe una clara distinci&oacute;n procesal la discapacidad como causa para poner fin al juicio o como raz&oacute;n para que se adopten medidas especiales para ayudar a una persona con dificultades intelectuales o de comunicaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Por el contrario, la legislaci&oacute;n espa&ntilde;ola en este sentido est&aacute; mucho menos desarrollada, tal y como vienen denunciando desde hace a&ntilde;os entidades del tercer sector, colectivos de discapacitados y algunos abogados, fiscales y magistrados. El Colegio de la Abogac&iacute;a de Barcelona estudia crear un turno de oficio espec&iacute;fico para atender a estas personas.
    </p><p class="article-text">
        El caso que ha llegado y ha sido desestimado por el TEDH trata sobre un hombre de Menorca al que un juzgado de Ciutadella declar&oacute; en 2016 parcialmente incapacitado al hombre y orden&oacute; que se le pusiera bajo curatela, como apoyo en la toma de decisiones. Informes forenses acreditaron que de ni&ntilde;o sufri&oacute; un desorden de d&eacute;ficit de atenci&oacute;n por hiperactividad que le hab&iacute;a dejado secuelas y que mostraba signos de un trastorno de la personalidad con rasgos esquizofr&eacute;nicos.
    </p><p class="article-text">
        Los informes de su proceso civil de incapacitaci&oacute;n constataron que la condici&oacute;n m&eacute;dica del hombre pod&iacute;a alterar su capacidad para comprender sus acciones y actuar adecuadamente, especialmente en lo relativo a tareas administrativas.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, el hombre, investigado desde 2013 por fraude fiscal, fue llevado igualmente a juicio ante la Audiencia de Barcelona. Los forenses catalanes concluyeron que, pese al historial psiqui&aacute;trico del hombre, &ldquo;era capaz de identificar la diferencia entre el bien y el mal y de actuar adecuadamente&rdquo;. En ese momento, no detect&oacute; &ldquo;signos de ning&uacute;n desorden cognitivo o volitivo&rdquo;, por lo que concluy&oacute; que estaba en condiciones de enfrentarse a un juicio, al contrario de lo alegado por la defensa.
    </p><p class="article-text">
        La secci&oacute;n 2&ordf; de la Audiencia de Barcelona, que le juzg&oacute; y conden&oacute;, encarg&oacute; dos informes forenses y, conforme a sus conclusiones, decidi&oacute; que pod&iacute;a enfrentarse a la vista oral, algo que avalaron posteriormente tanto el Tribunal Supremo como el Constitucional, que inadmiti&oacute; su recurso de amparo. 
    </p><p class="article-text">
        La petici&oacute;n de esos dos informes forenses lleva a los jueces europeos a concluir que la Audiencia de Barcelona s&iacute; garantiz&oacute; al hombre su derecho a un juicio justo y a la defensa, ya que se verific&oacute; si el acusado &ldquo;entend&iacute;a los cargos y el alcance del procedimiento penal&rdquo;. Los jueces espa&ntilde;oles, agrega el TEDH, tambi&eacute;n analizaron los informes adicionales aportados por la defensa y &ldquo;se aseguraron de que pudiera ejercer su derecho a guardar silencio&rdquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Oriol Solé Altimira]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/juezas-estrasburgo-ven-espana-lejos-asegurar-derechos-acusados-discapacidad-intelectual_1_12129105.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 13 Mar 2025 12:38:19 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Dos juezas de Estrasburgo ven a España "muy lejos" de asegurar los derechos de los acusados con discapacidad intelectual]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Discapacidad intelectual,TEDH - Tribunal Europeo de Derechos Humanos,Justicia]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Tribunal de Estrasburgo avala el veto del Constitucional a debates en el Parlament sobre el rey y el referéndum]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/tribunal-estrasburgo-avala-constitucional-impidiera-debates-parlament_1_12087578.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/f70d6af7-95c4-4b10-882c-5f676f762837_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Tribunal de Estrasburgo avala el veto del Constitucional a debates en el Parlament sobre el rey y el referéndum"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El TEDH concluye que fue una medida "proporcionada y necesaria" y ha negado que se vulnerara "la libertad de expresión y los derechos políticos de los diputados"</p><p class="subtitle">Las tres veces que el Constitucional ha vetado debates en el Parlament</p></div><p class="article-text">
        El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha avalado este jueves el veto del Tribunal Constitucional a la tramitaci&oacute;n de las propuestas de resoluci&oacute;n sobre la autodeterminaci&oacute;n y la monarqu&iacute;a en el Parlament de Catalunya en oto&ntilde;o de 2019, informa la agencia ACN. 
    </p><p class="article-text">
        A ra&iacute;z de la demanda de los exmiembros de la Mesa Josep Costa y Eusebi Campdepadr&oacute;s contra Espa&ntilde;a, el tribunal con sede en Estrasburgo ha concluido que fue una medida &ldquo;proporcionada y necesaria&rdquo; y ha negado que se vulnerara &ldquo;la libertad de expresi&oacute;n y los derechos pol&iacute;ticos de los diputados&rdquo;, como alegaban los demandantes. La prohibici&oacute;n, dice el TEDH, no impidi&oacute; a los parlamentarios ejercer sus derechos porque el veto se impuso &ldquo;tras numerosos debates que hab&iacute;an tenido lugar libremente&rdquo; en la c&aacute;mara catalana.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;El Tribunal Constitucional ejerci&oacute; su potestad, en circunstancias extremas, para ejecutar sus propias decisiones anteriores que protegen a la Constituci&oacute;n como garante de la integridad territorial del Estado&rdquo;, afirma la decisi&oacute;n de Estrasburgo que declara inadmisibles las demandas de Costa y Campdepadr&oacute;s.
    </p><p class="article-text">
        La demanda de Costa y otros exparlamentarios de Junts versaba sobre una de las pol&eacute;micas del proc&eacute;s que tuvo menos relevancia medi&aacute;tica en comparaci&oacute;n con las causas penales y los encarcelamientos de los l&iacute;deres soberanistas, pero que entra&ntilde;aba un debate jur&iacute;dico con afectaci&oacute;n directa en la vida parlamentaria. 
    </p><p class="article-text">
        En suma, se trataba de pronunciarse sobre los avisos que el Tribunal Constitucional mand&oacute; a la Mesa del Parlament para recordarles su deber de impedir debates que reiteraran los objetivos de la primera resoluci&oacute;n parlamentaria sobre el proc&eacute;s del 2015 (estos eran, la independencia y la cr&iacute;tica al rey de Espa&ntilde;a). 
    </p><p class="article-text">
        Para varios juristas, estos avisos supon&iacute;an una extralimitaci&oacute;n de funciones del Constitucional, ya que en realidad para cumplir con el control constitucional bastaba con que el tribunal anulara las resoluciones y no era necesario un aviso previo para impedir debates parlamentarios. 
    </p><p class="article-text">
        Las advertencias del Constitucional al legislativo catal&aacute;n no versaban sobre leyes org&aacute;nicas, <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/tres-veces-constitucional-vetado-debates-parlament_1_9797063.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">sino sobre otros dos tipos de debates parlamentarios</a>: resoluciones simb&oacute;licas sin consecuencias jur&iacute;dicas y la pol&eacute;mica investidura fallida de Carles Puigdemont y otros diputados encausados en 2018.
    </p><p class="article-text">
        Una de las decisiones m&aacute;s controvertidas del Constitucional fue la prohibici&oacute;n de debatir y aprobar resoluciones para reprobar a la Monarqu&iacute;a, hasta el punto de llegar a advertir en 2019 al entonces presidente de la C&aacute;mara Roger Torrent y su Mesa de consecuencias penales si admit&iacute;an a tr&aacute;mite resoluciones que reafirmasen sus cr&iacute;ticas al rey o que manifestasen que Catalunya tiene derecho a la autodeterminaci&oacute;n. En la pr&aacute;ctica, esto supuso la prohibici&oacute;n de debates propuestos por los grupos parlamentarios y la responsabilidad penal de la Mesa, cuyos miembros acabaron siendo juzgados por una supuesta desobediencia al Constitucional&nbsp;de<a href="https://www.eldiario.es/catalunya/justicia-absuelve-roger-torrent-desobedecer-constitucional-reprobar-monarquia_1_9731218.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"> la que quedaron absueltos.</a>
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n Costa y el resto de exparlamentarios, las advertencias del Constitucional vulneraban sus derechos a la libertad de expresi&oacute;n y de asociaci&oacute;n, as&iacute; como a su representaci&oacute;n pol&iacute;tica y a su derecho a ejercer como diputados.
    </p><p class="article-text">
        El TEDH parte de la base de que el veto del Constitucional buscaba &ldquo;el objetivo leg&iacute;timo&rdquo; de &ldquo;proteger el orden constitucional y los procedimientos para revisar la Constituci&oacute;n&rdquo;. Ahora bien, lo que analiza es si las medidas adoptadas fueron &ldquo;proporcionadas&rdquo;, ya que las decisiones del Alto Tribunal &ldquo;prohibieron determinados debates&rdquo; en el Parlament.
    </p><p class="article-text">
        La jurisprudencia del tribunal establece que hay &ldquo;poco margen&rdquo; para restringir el debate pol&iacute;tico en un pa&iacute;s democr&aacute;tico. &ldquo;Las ideas pol&iacute;ticas que desaf&iacute;an el orden existente, y cuya realizaci&oacute;n se defiende por medios pac&iacute;ficos, deben tener una oportunidad adecuada de expresi&oacute;n&rdquo;, recoge.
    </p><p class="article-text">
        El Tribunal de Estrasburgo recuerda que el concepto de &ldquo;lealtad inconstitucional&rdquo; en Espa&ntilde;a no implica una &ldquo;adherencia ideol&oacute;gica&rdquo; a la Constituci&oacute;n, sino al cumplimiento de las &ldquo;normas pol&iacute;ticas&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        En cualquier caso, concluye que el veto del TC a los debates &ldquo;encaminados a eludir o simplemente prescindir de estos procedimientos&rdquo; es una medida &ldquo;proporcionada&rdquo; porque exist&iacute;an otras v&iacute;as para mantener estos debates. Tanto la autodeterminaci&oacute;n como la monarqu&iacute;a se pueden &ldquo;debatir libremente en las Cortes Generales&rdquo;, dice Estrasburgo.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Las resoluciones parlamentarias anuladas por el Constitucional exclu&iacute;an conscientemente el uso de las v&iacute;as constitucionales para la revisi&oacute;n de la Constituci&oacute;n para intentar convertir lo que hoy es la comunidad aut&oacute;noma de Catalunya en un 'Estado independiente' y cuestionar el sistema de gobierno como monarqu&iacute;a parlamentaria&rdquo;, remarca el escrito de los magistrados europeos.
    </p><p class="article-text">
        Por otra parte, el TEDH niega que los incidentes de ejecuci&oacute;n de 2019 sean una prohibici&oacute;n &ldquo;ex ante&rdquo; en los debates parlamentarios en Catalunya. &ldquo;Las medidas impugnadas fueron adoptadas por el TC tras numerosos debates libres y tras la adopci&oacute;n de una serie de resoluciones parlamentarias similares, que fueron anuladas por el TC ex post facto, con amplias razones para su inconstitucionalidad&rdquo;, subrayan los jueces de la secci&oacute;n quinta.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[elDiario.es Catalunya]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/tribunal-estrasburgo-avala-constitucional-impidiera-debates-parlament_1_12087578.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 27 Feb 2025 09:58:42 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El Tribunal de Estrasburgo avala el veto del Constitucional a debates en el Parlament sobre el rey y el referéndum]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Tribunal Constitucional,TEDH - Tribunal Europeo de Derechos Humanos,Parlament de Catalunya,Proceso soberanista,Independencia de Catalunya]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Tribunal de Derechos Humanos examina la negativa de España a una investigación independiente en Angrois]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/galicia/tribunal-derechos-humanos-examina-negativa-espana-investigacion-independiente-angrois_1_12059241.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/1ff7d9ea-ee19-41ce-9294-be1d50185b51_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Tribunal de Derechos Humanos examina la negativa de España a una investigación independiente en Angrois"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Para la Plataforma de Víctimas del mayor accidente ferroviario de la democracia ya es "un éxito" que su demanda haya sido admitida por un órgano que acepta "menos del 5%" de las que recibe</p><p class="subtitle">Hemeroteca - El Supremo avala que la misma Comisión decida si abre una nueva investigación técnica sobre la tragedia de Angrois</p></div><p class="article-text">
        El Tribunal Europeo de Derechos Humanos someter&aacute; a examen &ldquo;tan pronto como sea posible&rdquo; la demanda con la que la plataforma de v&iacute;ctimas del accidente del tren Alvia ocurrido en Angrois (Santiago) en junio de 2013 sigue reclamando que el Estado espa&ntilde;ol haga una investigaci&oacute;n independiente sobre el siniestro ferroviario.
    </p><p class="article-text">
        En el plano judicial, tras una instrucci&oacute;n que dur&oacute; a&ntilde;os y un macroproceso, la sentencia conden&oacute; tanto al maquinista del tren como al ex director de seguridad de la empresa p&uacute;blica Adif, a ambos por un imprudencia profesional grave.
    </p><p class="article-text">
        En lo relativo a la comisi&oacute;n de investigaci&oacute;n de accidentes ferroviarios (CIAF), esta realiz&oacute; en su d&iacute;a un informe que determina que &uacute;nicamente hubo responsabilidad por parte del maquinista, debido al exceso de velocidad, si bien hizo una serie de recomendaciones para incrementar las medidas de seguridad en la red ferroviaria.
    </p><p class="article-text">
        Por eso, para exigir una nueva investigaci&oacute;n e &ldquo;independiente&rdquo;, la plataforma interpuso una demanda por lo contencioso que es la que ahora llega a Europa.
    </p><p class="article-text">
        En un escrito del pasado 5 de febrero, la secretar&iacute;a del Tribunal Europeo de Derechos Humanos informa a la asociaci&oacute;n de v&iacute;ctimas que &ldquo;el caso ser&aacute; sometido a examen tan pronto como sea posible&rdquo; y que &ldquo;en el momento oportuno&rdquo; informar&aacute; &ldquo;de las decisiones adoptadas&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        El tribunal tambi&eacute;n apunta que tiene la intenci&oacute;n de &ldquo;agilizar al m&aacute;ximo el proceso de examen de las demandas&rdquo; y que podr&aacute; solicitar informaci&oacute;n a lo largo del procedimiento.
    </p><p class="article-text">
        Un tribunal que, seg&uacute;n subrayan las v&iacute;ctimas en un comunicado de prensa en el que informan de esta noticia, &ldquo;admite menos del 5% de las demandas presentadas&rdquo;, seg&uacute;n datos que cita del Consejo General de la Abogac&iacute;a Espa&ntilde;ola.
    </p><p class="article-text">
        La denuncia, en concreto, fue interpuesta en julio de 2021 ante la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), frente al Gobierno y al comit&eacute; que investig&oacute; la tragedia.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Solicit&aacute;bamos que se llevara a cabo una nueva investigaci&oacute;n independiente que cumpliera con los requisitos legalmente establecidos: el tr&aacute;mite de audiencia a las v&iacute;ctimas y que atendiera las graves deficiencias se&ntilde;aladas por la Comisi&oacute;n Europea, en un informe de la Agencia Ferroviaria Europea&rdquo;, recuerda la plataforma.
    </p><h2 class="article-text">&ldquo;Vergonzante&rdquo;</h2><p class="article-text">
        <a href="https://www.eldiario.es/galicia/politica/investigacion-accidente-alvia-analizarlo-ue_1_1112374.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Agotadas todas las v&iacute;as que el derecho interno espa&ntilde;ol ofrece</a> (Tribunal Supremo y Tribunal Constitucional), la plataforma, de la mano de Administrativando Abogados, acudi&oacute; al Tribunal Europeo, &ldquo;que ha admitido la demanda y deber&aacute; pronunciarse sobre la vulneraci&oacute;n del derecho a un proceso equitativo y verificar si el Estado espa&ntilde;ol respet&oacute; y tutel&oacute; los derechos de las v&iacute;ctimas y sus familiares&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Dice muy poco de nuestras instituciones y de nuestros gobernantes que a&uacute;n no se haya realizado la investigaci&oacute;n independiente que ha solicitado la UE reiteradamente. M&aacute;s de 11 a&ntilde;os, cuatro gobiernos y cinco ministros de Fomento y todav&iacute;a no hay una investigaci&oacute;n t&eacute;cnica independiente como reclama la UE&rdquo;, censura.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, considera que &ldquo;es cuanto menos vergonzante que el actual ministro &Oacute;scar Puente no da la cara y se niegue&rdquo; a recibirles. &ldquo;Un ministro que desprecia a los usuarios del ferrocarril y a su seguridad, y que como alcalde de Valladolid aprob&oacute; en 2016 una moci&oacute;n para 'instar al gobierno a constituir una comisi&oacute;n de investigaci&oacute;n compuesta por expertos y t&eacute;cnicos independientes&rdquo;, incide. En ello ve &ldquo;un acto m&aacute;s de hipocres&iacute;a&rdquo;.
    </p><h2 class="article-text">&ldquo;Haciendo historia&rdquo;</h2><p class="article-text">
        Para el abogado de la asociaci&oacute;n, Antonio Ben&iacute;tez Ostos, director de Administrativando Abogados, &ldquo;es un &eacute;xito absoluto que Europa decida revisar la actuaci&oacute;n llevada a cabo por la jurisdicci&oacute;n espa&ntilde;ola en el que ha sido el accidente ferroviario m&aacute;s grave de la democracia&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Esperamos obtener una resoluci&oacute;n favorable que ordene al Estado espa&ntilde;ol a realizar una nueva investigaci&oacute;n independiente&rdquo;, destaca. &ldquo;Dada la complejidad del asunto y la inexistencia de precedentes, que al menos yo conozca, considero que las v&iacute;ctimas del Alvia est&aacute;n haciendo historia en esta lucha judicial&rdquo;, subraya.
    </p><p class="article-text">
        Para la plataforma, el &ldquo;objetivo&rdquo; de no llevar a cabo esta investigaci&oacute;n &ldquo;es claro: evitar cualquier tipo de responsabilidad pol&iacute;tica y contaminar a la opini&oacute;n p&uacute;blica para ocultar la verdad, las negligencias y los incumplimientos normativos de seguridad&rdquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[elDiario.es Galicia]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/galicia/tribunal-derechos-humanos-examina-negativa-espana-investigacion-independiente-angrois_1_12059241.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 17 Feb 2025 10:33:48 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El Tribunal de Derechos Humanos examina la negativa de España a una investigación independiente en Angrois]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Angrois,Accidente de Angrois,TEDH - Tribunal Europeo de Derechos Humanos,Justicia,Demandas]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Las claves del debate entre verificadores y el modelo de Elon Musk: "Esto acabará en el Tribunal de Derechos Humanos"]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/tecnologia/claves-debate-verificadores-modelo-elon-musk-acabara-tribunal-derechos-humanos_1_11952119.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/aab8e981-4a09-4400-9945-832522969d33_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x324y159.jpg" width="1200" height="675" alt="Las claves del debate entre verificadores y el modelo de Elon Musk: &quot;Esto acabará en el Tribunal de Derechos Humanos&quot;"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La polémica hace aflorar el gran problema de fondo de las redes sociales: no existe un consenso sobre cómo frenar la desinformación y moderar comentarios</p><p class="subtitle">Directivos trumpistas y narrativa ultra: el giro de Zuckerberg que va más allá del fin de los verificadores</p></div><p class="article-text">
        Meta se dispone a cambiar su sistema para controlar la desinformaci&oacute;n en sus redes sociales. La corporaci&oacute;n va a poner fin al modelo basado en verificadores independientes que ha venido manteniendo en el &uacute;ltimo lustro para pasarse al m&eacute;todo de Elon Musk en X, que se apoya en la labor de los propios usuarios a la hora de se&ntilde;alar y contextualizar los bulos.
    </p><p class="article-text">
        El cambio puede suponer un nuevo conflicto entre la multinacional y Bruselas, ya que el Ejecutivo comunitario tiene abierta una investigaci&oacute;n sobre el modelo que usa X ante sus dudas de que se ajuste a la legislaci&oacute;n. &ldquo;Antes de desplegar nuevas pol&iacute;ticas o caracter&iacute;sticas que puedan tener un impacto cr&iacute;tico en los riesgos sist&eacute;micos, las plataformas muy grandes, incluida Meta, tienen que realizar un an&aacute;lisis previo de evaluaci&oacute;n de riesgos y enviarlo a la Comisi&oacute;n&rdquo;, avisan fuentes comunitarias a este peri&oacute;dico.
    </p><p class="article-text">
        Hasta ahora, Meta se ha apoyado en la colaboraci&oacute;n con agencias de verificaci&oacute;n de hechos independientes. Estas organizaciones, como Newtral, Maldita.es o EFE en Espa&ntilde;a, se encargaban de analizar el contenido viral en Facebook, Instagram o WhatsApp para determinar su veracidad y detectar posibles<em> deepfakes</em> o desinformaci&oacute;n.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        El proceso de verificaci&oacute;n inclu&iacute;a la revisi&oacute;n del contenido por parte de verificadores cuando este empezaba a compartirse masivamente. Si se identificaba contenido falso o enga&ntilde;oso, los verificadores a&ntilde;ad&iacute;an etiquetas a las publicaciones para informar al resto de usuarios. Sin embargo, Mark Zuckerberg ha descartado a los verificadores por favorecer la censura. &ldquo;Incluso si censuran accidentalmente solo el 1% de las publicaciones, eso significa millones de personas, y hemos llegado a un punto en el que son demasiados errores y demasiada censura&rdquo;, afirma.
    </p><p class="article-text">
        Las organizaciones que ven&iacute;an realizando este trabajo <a href="https://www.eldiario.es/tecnologia/directivos-trumpistas-narrativa-ultra-giro-zuckerberg-verificadores_1_11947752.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">han denunciado que esto no es cierto</a>, pero la decisi&oacute;n est&aacute; tomada y el cambio es inminente. 
    </p><h2 class="article-text">Usuarios verificadores</h2><p class="article-text">
        El sistema de los verificadores desat&oacute; las iras de Donald Trump y la extrema derecha estadounidense desde sus inicios, que cargaron contra ellos por se&ntilde;alar sus bulos. Por ello, fue uno de los primeros cambios que implement&oacute; Elon Musk cuando tom&oacute; el control de Twitter, ahora X.
    </p><p class="article-text">
        En su lugar, Musk implement&oacute; un sistema contra la desinformaci&oacute;n basado en &ldquo;notas de la comunidad&rdquo;. Se basa en ap&eacute;ndices que los usuarios pueden a&ntilde;adir a tuits virales, para aportar contexto o desmentidos a las publicaciones que consideran falsas o enga&ntilde;osas. Todos los miembros de X pueden votar si consideran &ldquo;&uacute;tiles&rdquo; las notas a&ntilde;adidas a las publicaciones, pero no todos pueden escribirlas. 
    </p><p class="article-text">
        Para escribir notas sobre las publicaciones del resto de usuarios es necesario conseguir el rango de &ldquo;usuario verificador&rdquo;. Para ello hay que tener una cuenta con m&aacute;s de 7 meses de antig&uuml;edad, tener un n&uacute;mero de tel&eacute;fono asociado a ella y no haber cometido infracciones recientes de las normas de comunidad de X. Los que cumplan las condiciones pueden inscribirse en el programa para optar a recibir la aprobaci&oacute;n de la plataforma para ser verificadores. 
    </p><p class="article-text">
        Al principio, los usuarios verificadores solo pueden valorar las notas ya existentes. Tras haber valorado un n&uacute;mero suficiente de notas existentes, y que estas acumulen suficientes valoraciones para publicarse, X les permite empezar a enviar sus propias notas originales. Si estas son consideradas &uacute;tiles por el resto de usuarios, se publicar&aacute;n junto a los tuits originales.
    </p><h2 class="article-text">Dudas sobre el sistema de X</h2><p class="article-text">
        Musk defiende que su m&eacute;todo es m&aacute;s respetuoso con la libertad de expresi&oacute;n que el de los verificadores, ya que no se basa en organizaciones con poderes especiales, sino en la sabidur&iacute;a de la masa, capaz de detectar y neutralizar errores puntuales. Otros expertos opinan lo contrario.
    </p><p class="article-text">
        <a href="https://counterhate.com/wp-content/uploads/2024/10/CCDH.CommunityNotes.FINAL-30.10.pdf" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link" target="_blank">Un estudio</a> realizado por el Centro Contra el Odio Digital publicado en octubre de 2024 revel&oacute; que hasta el 74% de las notas de la comunidad sobre mensajes enga&ntilde;osos relacionados con las elecciones estadounidenses en X no eran visibles. Adem&aacute;s, las publicaciones enga&ntilde;osas recibieron 13 veces m&aacute;s visitas que las Notas de la Comunidad que las correg&iacute;an, seg&uacute;n esta ONG creada en 2017 para combatir el odio y la desinformaci&oacute;n en las plataformas digitales. En total, los bulos analizados que no recibieron notas de la comunidad recibieron 2.200 millones de visitas.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Este algoritmo, que se supon&iacute;a que iba a resolver el problema de los verificadores de datos sesgados, b&aacute;sicamente significa que no hay verificaci&oacute;n de datos&rdquo;,<a href="https://www.poynter.org/fact-checking/2023/why-twitters-community-notes-feature-mostly-fails-to-combat-misinformation/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link" target="_blank"> denuncia Alex Mahadevan, del Instituto Poynter</a>, centrado en la promoci&oacute;n de pr&aacute;cticas &eacute;ticas en medios de comunicaci&oacute;n.&nbsp;El experto se&ntilde;ala que la falta de visibilidad de las notas<strong> </strong>se debe al requisito de un &ldquo;consenso ideol&oacute;gico&rdquo; para que una nota sea p&uacute;blica, lo que significa que personas de diferentes espectros pol&iacute;ticos deben estar de acuerdo en su veracidad. Mahadevan se&ntilde;ala que este sistema es problem&aacute;tico en un entorno polarizado, ya que es poco probable que se alcance un consenso sobre temas controvertidos. 
    </p><p class="article-text">
        Este tipo de cuestiones llevaron a la Comisi&oacute;n Europea a abrir una investigaci&oacute;n contra X en diciembre de 2023 por el sistema de notas de la comunidad, al que ahora se sumara Meta.
    </p><h2 class="article-text">Un problema sin resolver</h2><p class="article-text">
        Los problemas de las notas de la comunidad no implican que el sistema basado en verificadores sea perfecto. Este programa enfrenta tres cr&iacute;ticas principales: La primera es su legitimidad, pues decisiones sobre veracidad recaen en periodistas y no en jueces. El segundo es su impacto limitado, ya que los bulos son m&aacute;s virales que los desmentidos. La tercera es que su eficacia es dudosa, dado que durante su existencia han aumentado tanto la desinformaci&oacute;n como la polarizaci&oacute;n en redes sociales.
    </p><p class="article-text">
        Borja Adsuara, jurista experto en derecho y estrategia digital, se&ntilde;ala que existe opacidad en la selecci&oacute;n de verificadores y en los criterios que utilizan para determinar la veracidad de la informaci&oacute;n. Esta falta de transparencia &ldquo;genera desconfianza&rdquo; y alimenta las acusaciones de sesgo ideol&oacute;gico.
    </p><p class="article-text">
        En conversaci&oacute;n con este medio, Adsuara argumenta que la Ley de Servicios Digitales (DSA, por sus siglas en ingl&eacute;s, en su af&aacute;n por combatir la desinformaci&oacute;n, puede llevar a &ldquo;una censura indirecta&rdquo; por parte de los gobiernos. Esto se debe a que la ley obliga a las plataformas a tomar &ldquo;medidas adecuadas&rdquo; contra la desinformaci&oacute;n, pero no define claramente qu&eacute; se considera desinformaci&oacute;n: &ldquo;Se oblig&oacute; a las redes sociales a intervenir con poderes editoriales para suprimir contenidos que no eran ilegales, lo cual es muy peligroso&rdquo;.
    </p><blockquote class="quote">

    
    <div class="quote-wrapper">
      <div class="first-quote"></div>
      <p class="quote-text">La Ley de Servicios Digitales de la UE obligó a las redes sociales a intervenir con poderes editoriales para suprimir contenidos que no eran ilegales, lo cual es muy peligroso</p>
                <div class="quote-author">
                        <span class="name">Borja Adsuara</span>
                                        <span>—</span> jurista especializado en derechos digitales
                      </div>
          </div>

  </blockquote><p class="article-text">
        Esta ambig&uuml;edad permite a la Comisi&oacute;n Europea, a trav&eacute;s de convenios de buenas pr&aacute;cticas, presionar a las plataformas para que eliminen contenido que no es ilegal, pero que los gobiernos consideran &ldquo;inadecuado&rdquo; o &ldquo;perjudicial&rdquo;. &ldquo;A trav&eacute;s de esos convenios, se le indica a las redes sociales lo que deben permitir y lo que no&rdquo;, refleja el jurista, poniendo como ejemplo el discurso del odio, donde comentarios ofensivos que no implican un comportamiento delictivo pueden llegar a ser borrados. 
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;El&nbsp;derecho a la libertad de expresi&oacute;n incluye el derecho a decir idioteces. El &uacute;nico l&iacute;mite es la ley. Que uno haga chistes hom&oacute;fobos y de mal gusto no es un delito. Podr&aacute; ser idiota y los dem&aacute;s, ejerciendo su libertad de expresi&oacute;n, podr&aacute;n decir que lo es. Retirar contenidos de este tipo implica censura&rdquo;, detalla Adsuara.
    </p><h2 class="article-text">El frente com&uacute;n de X y Meta ante la UE</h2><p class="article-text">
        El jurista apunta a que todo esto hace aflorar un problema de fondo: no hay un consenso sobre c&oacute;mo combatir la desinformaci&oacute;n ni c&oacute;mo moderar el debate en unas redes sociales cada vez m&aacute;s polarizadas y agresivas. Pero el frente com&uacute;n que forman ahora Mark Zuckerberg y Elon Musk podr&iacute;a hacer que el asunto escalara por encima de plataformas y reguladores europeos.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Si la Comisi&oacute;n abre un expediente informativo a Meta, y en el que le han abierto a X llegan a la conclusi&oacute;n de que son medidas insuficientes y les imponen una sanci&oacute;n, van a unirse para recurrir la sanci&oacute;n al Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n Europea o incluso el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, ya que esto tiene que ver con la libertad de expresi&oacute;n&rdquo;, adelanta. Una concatenaci&oacute;n de hechos que considerar&iacute;a positivo: &ldquo;Me encantar&iacute;a porque as&iacute; tendr&iacute;amos una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre un tema tan delicado como la libertad de expresi&oacute;n y sus l&iacute;mites en las redes sociales&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        ---
    </p><p class="article-text">
        <em>Rectificaci&oacute;n, 10 de enero de 2025: una versi&oacute;n anterior de este art&iacute;culo informaba de que la Comisi&oacute;n Europea ya hab&iacute;a sido informada por Meta de que se dispone a cambiar su m&eacute;todo de verificaci&oacute;n de datos tambi&eacute;n en la Uni&oacute;n Europea. Sin embargo, el Ejecutivo comunitario ha rectificado este viernes, asegurando ahora que esa comunicaci&oacute;n a&uacute;n no se ha producido.</em>
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Carlos del Castillo]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/tecnologia/claves-debate-verificadores-modelo-elon-musk-acabara-tribunal-derechos-humanos_1_11952119.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 09 Jan 2025 23:25:41 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Las claves del debate entre verificadores y el modelo de Elon Musk: "Esto acabará en el Tribunal de Derechos Humanos"]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Desinformacion,Meta,Facebook,Instagram,Mark Zuckerberg,Elon Musk,Twitter,UE - Unión Europea,TEDH - Tribunal Europeo de Derechos Humanos,Libertad de expresión]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Un batallón de 300 abogados para cambiar la partida del clima: los ciudadanos no deben ser los acusados]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/ballenablanca/crisis_climatica/batallon-300-abogados-cambiar-partida-clima-ciudadanos-no-deben-acusados_1_11923807.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/1c576523-c83e-4f69-a385-58f471b089ca_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Un batallón de 300 abogados para cambiar la partida del clima: los ciudadanos no deben ser los acusados"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">En Suiza, a la vanguardia en la lucha climática, los abogados que defienden a los activistas climáticos han creado una red para que sean los propios ciudadanos los que emprendan acciones legales contra el Estado y las compañías contaminantes</p><p class="subtitle">Un fallo pionero del Tribunal de Estrasburgo concluye que la inacción climática viola los derechos humanos </p></div><p class="article-text">
        En abril,<a href="https://www.eldiario.es/internacional/tribunal-estrasburgo-declara-inadmisible-demanda-seis-jovenes-espana-31-paises-europeos-inaccion-climatica_1_11273837.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"> tras el hist&oacute;rico fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos contra Suiza</a> por su inacci&oacute;n ante el cambio clim&aacute;tico, Asti Roesle, director de campa&ntilde;as de la Alianza Suiza por el Clima &ndash;integrada por m&aacute;s de cien organizaciones de la sociedad civil&ndash;, se uni&oacute; a una decena de activistas para bloquear el acceso al Banco Nacional Suizo. La Polic&iacute;a tom&oacute; los datos de todos los manifestantes y los remiti&oacute; a la Fiscal&iacute;a para abrir un expediente judicial.
    </p><p class="article-text">
        Roesle es uno de los muchos activistas clim&aacute;ticos suizos que tienen causas abiertas por desobediencia civil ante la inacci&oacute;n clim&aacute;tica de Estados y empresas. Ahora, los abogados que llevan a&ntilde;os defendiendo a este colectivo han decidido unirse para invertir los roles en los juicios: que los ciudadanos sean los demandantes y los Gobiernos y compa&ntilde;&iacute;as los que ocupen el banquillo de los acusados.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Se trata de una red jur&iacute;dica que invierta la actual din&aacute;mica. Es decir, que quienes alzan su voz a favor del clima dejen de estar del lado de los acusados y que ese lugar lo ocupen los verdaderos responsables de la crisis clim&aacute;tica&rdquo;, resume Tali Paschoud, abogada en Ginebra e integrante del comit&eacute; de <a href="https://avocatclimat.ch/comite/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">&ldquo;Avocates pour le climat&rdquo;</a> (Abogados por el clima), el nombre de esta organizaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        El grupo, formado en septiembre de 2021, ha superado este a&ntilde;o los 300 miembros, entre abogados y profesionales que trabajan en el &aacute;mbito jur&iacute;dico, como profesores universitarios y estudiantes de doctorado. La asociaci&oacute;n tiene tres grandes metas: aglutinar a todos los abogados &ldquo;sensibles&rdquo; con la causa clim&aacute;tica, reunir &ldquo;recursos legales &uacute;tiles&rdquo; en esta cruzada y &ldquo;tener una voz fuerte&rdquo; en el debate p&uacute;blico sobre la importancia de los litigios clim&aacute;ticos.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;La mayor&iacute;a de los fundadores nos conocimos durante los juicios penales en defensa de los activistas clim&aacute;ticos. Sentimos la necesidad de invertir la din&aacute;mica repetida de ciudadanos acusados por las empresas contaminantes. Por eso, la asociaci&oacute;n ofrece a los ciudadanos la posibilidad de emprender acciones contra el Estado o contra las empresas por la grave responsabilidad que tienen en la actual crisis clim&aacute;tica. Queremos pasar de la defensa al ataque&rdquo;, explica Paschoud.
    </p><p class="article-text">
        La asociaci&oacute;n, cuenta la abogada, est&aacute; o ha estado activa en una decena de procedimientos. &ldquo;Es una plataforma desde la que los abogados implicados preparamos y llevamos a cabo procedimientos judiciales. Es decir, el derecho se pone al servicio del clima y del medio ambiente. Los abogados tenemos que ser muy creativos y audaces para presentar estas cuestiones ante los tribunales&rdquo;, subraya.
    </p><p class="article-text">
        A su entender, los gobiernos, tanto en Suiza como en la mayor&iacute;a de los pa&iacute;ses desarrollados, tienen &ldquo;serias dificultades&rdquo; para responder a la emergencia clim&aacute;tica a pesar de &ldquo;evidencias cient&iacute;ficas cada vez m&aacute;s contundentes&rdquo;. &ldquo;Ante esta realidad, pretendemos recurrir a la justicia para dar forma concreta al derecho a un medio ambiente limpio, saludable y sostenible&rdquo;, detalla.
    </p><h2 class="article-text">Los casos</h2><p class="article-text">
        En estos momentos, la asociaci&oacute;n tiene a varios representados. Ente ellos hay un grupo de agricultores, viticultores, horticultores y arboricultores de varias regiones (Z&uacute;rich, Schwyz, Ginebra, Neuch&acirc;tel y Vaud) que ha demandado al Departamento Federal Suizo de Medio Ambiente, Transportes, Energ&iacute;a y Comunicaciones (DETEC) por &ldquo;su inacci&oacute;n ante el cambio clim&aacute;tico, que amenaza los rendimientos de las cosechas&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        El argumento de la demanda es que, por su &ldquo;insuficiente pol&iacute;tica clim&aacute;tica&rdquo;, este organismo estatal compromete la &ldquo;libertad econ&oacute;mica y propiedad privada&rdquo; de los agricultores. &ldquo;De hecho, al no tomar medidas serias para proteger la poblaci&oacute;n suiza contra el calentamiento global, DETEC est&aacute; perjudicando la rentabilidad de estos terrenos&rdquo;, asegura Paschoud.
    </p><p class="article-text">
        En 2023, tras la difusi&oacute;n en la prensa de obras ilegales en el glaciar de Th&eacute;odule, en los Alpes, donde se celebr&oacute; la Copa del Mundo de Esqu&iacute;, estos abogados presentaron una denuncia en nombre de varias organizaciones ecologistas ante la Comisi&oacute;n Cantonal de Construcci&oacute;n del Valais para arrojar luz sobre la legalidad de estas obras. El fallo judicial orden&oacute; la paralizaci&oacute;n urgente de los trabajos y prohibi&oacute; la utilizaci&oacute;n de todas las partes de la pista situadas fuera de la zona de esqu&iacute;, es decir una superficie de 25.000m<sup>2</sup>.
    </p><p class="article-text">
        La FIFA tambi&eacute;n ha estado en la diana de la asociaci&oacute;n. A finales de 2022 se present&oacute; una denuncia ante la Comisi&oacute;n Suiza para la Lealtad Comercial &ldquo;por lavado de imagen&rdquo;.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        La instituci&oacute;n futbolera que preside Gianni Infantino afirm&oacute; p&uacute;blicamente que el Mundial organizado por Qatar ser&iacute;a &ldquo;neutro en carbono&rdquo;. En junio de 2023, la FIFA fue declarada culpable por su ecopostureo. La comisi&oacute;n suiza inst&oacute; a la FIFA a abstenerse en el futuro de formular estas afirmaciones en sus pr&oacute;ximos eventos.
    </p><h2 class="article-text"><strong>Asociaci&oacute;n de utilidad p&uacute;blica</strong></h2><p class="article-text">
        Paschoud aclara que los abogados miembros de la asociaci&oacute;n son &ldquo;voluntarios&rdquo;, ninguno cobra por prestar estos servicios. No obstante, las acciones &ldquo;requieren fondos para financiar los costes legales&rdquo;. El grupo tiene abierto un formulario de donaci&oacute;n en su p&aacute;gina web.
    </p><p class="article-text">
        Este a&ntilde;o, las autoridades fiscales de Ginebra reconocieron a este colectivo &ldquo;asociaci&oacute;n de utilidad p&uacute;blica&rdquo;, una distinci&oacute;n que confirma la importancia de &ldquo;poner al derecho en primera l&iacute;nea del clima y el medio ambiente&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Tiene que quedar claro que los ciudadanos del mundo se enfrentan hoy a una crisis clim&aacute;tica sin precedentes. Un motivo principal es que nuestras autoridades pol&iacute;ticas no est&aacute;n cumpliendo la ley, por lo que muchas empresas nos est&aacute;n llevando por un camino totalmente incompatible con los objetivos clim&aacute;ticos firmados&rdquo;, denuncia la abogada.
    </p><p class="article-text">
        La &ldquo;buena noticia&rdquo;, dice, es que &ldquo;ya estamos viendo c&oacute;mo las autoridades alemanas, francesas y holandesas est&aacute;n siendo juzgadas por esta inacci&oacute;n&rdquo;. Lo mismo ocurre con las compa&ntilde;&iacute;as m&aacute;s contaminantes, todas ellas ligadas a la industria de los combustibles f&oacute;siles.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Somos optimistas sobre la voluntad de los jueces de hacer un derecho respetuoso con los l&iacute;mites del planeta. Creemos que nuestro papel como auxiliar de la justicia es necesario para concretar una voluntad que, por lo general, sigue en el aire&rdquo;, concluye.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Andrés Actis]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/ballenablanca/crisis_climatica/batallon-300-abogados-cambiar-partida-clima-ciudadanos-no-deben-acusados_1_11923807.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 24 Dec 2024 20:28:04 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Un batallón de 300 abogados para cambiar la partida del clima: los ciudadanos no deben ser los acusados]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Cambio climático,Activistas,Suiza,TEDH - Tribunal Europeo de Derechos Humanos]]></media:keywords>
    </item>
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