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    <title><![CDATA[elDiario.es - IRPF]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/temas/irpf/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - IRPF]]></description>
    <language><![CDATA[es]]></language>
    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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      <title><![CDATA[Renta 2025: Cuándo devuelve Hacienda el dinero de la Declaración]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/renta-2025-devuelve-hacienda-dinero-declaracion_1_13182452.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/e2ecf827-0e09-42ef-a02c-370d6d0239d9_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Renta 2025: Cuándo devuelve Hacienda el dinero de la Declaración"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El pago depende del momento de presentación y de las revisiones internas, con transferencias que pueden adelantarse o retrasarse dentro del plazo fijado por la normativa vigente</p><p class="subtitle">El seguro, las gafas, el dentista y otros gastos médicos que puedes incluir en la declaración de la Renta
</p></div><p class="article-text">
        La devoluci&oacute;n de la <a href="//www.eldiario.es/temas/declaracion-de-la-renta/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">declaraci&oacute;n de la renta</a> es uno de los momentos m&aacute;s esperados cada a&ntilde;o por quienes han obtenido un resultado a su favor. Tras completar el tr&aacute;mite, la atenci&oacute;n se centra en el ingreso, pero no siempre llega al mismo tiempo para todos. La Agencia Tributaria sigue un procedimiento con plazos definidos, aunque el ritmo real depende de varios factores que afectan a cada expediente.
    </p><p class="article-text">
        En los primeros d&iacute;as de la campa&ntilde;a ya empiezan a registrarse las primeras devoluciones, lo que suele generar la sensaci&oacute;n de que el proceso es inmediato. Sin embargo, esa rapidez inicial convive con casos en los que el pago se retrasa durante meses. La diferencia no responde a un criterio &uacute;nico, sino a c&oacute;mo avanza la tramitaci&oacute;n interna de cada declaraci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Por eso, m&aacute;s all&aacute; de las fechas generales, lo que marca los tiempos es el funcionamiento del sistema de gesti&oacute;n de Hacienda. La combinaci&oacute;n entre automatizaci&oacute;n y revisiones hace que el calendario no sea uniforme, de modo que entender c&oacute;mo se organiza ese proceso permite tener una referencia m&aacute;s clara sobre cu&aacute;ndo puede llegar la devoluci&oacute;n.
    </p><h2 class="article-text">Cu&aacute;ndo devuelve la Agencia Tributaria el dinero de la declaraci&oacute;n</h2><p class="article-text">
        Cuando el resultado de la declaraci&oacute;n es a devolver, el contribuyente puede hacer un seguimiento del estado de su solicitud a trav&eacute;s de su expediente en la plataforma Renta WEB, dentro de la sede electr&oacute;nica de la <a href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Agencia Tributaria</a>. Este sistema permite comprobar en qu&eacute; fase se encuentra la tramitaci&oacute;n, desde que la declaraci&oacute;n ha sido registrada hasta que se ordena el pago.
    </p><p class="article-text">
        El abono de la devoluci&oacute;n se realiza, por norma general, mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por el propio contribuyente en su declaraci&oacute;n. Por eso, uno de los aspectos m&aacute;s importantes es asegurarse de que los datos bancarios son correctos, ya que cualquier error en este punto puede retrasar el ingreso. 
    </p><p class="article-text">
        En cuanto a los plazos, la Agencia Tributaria dispone de un m&aacute;ximo de seis meses para efectuar la devoluci&oacute;n. Este periodo empieza a contar desde el final del plazo oficial de presentaci&oacute;n, fijado el 30 de junio de 2026, en el caso de las declaraciones presentadas dentro del calendario ordinario. Esto sit&uacute;a el l&iacute;mite en el 31 de diciembre de ese mismo a&ntilde;o. Si la declaraci&oacute;n se presenta fuera de plazo, el c&oacute;mputo de los seis meses comienza desde la fecha en la que se entrega.
    </p><p class="article-text">
        A pesar de este margen legal, lo habitual es que las devoluciones no se demoren tanto. Una parte importante de los contribuyentes recibe el dinero en las semanas posteriores a la presentaci&oacute;n, especialmente cuando la declaraci&oacute;n se entrega en los primeros compases de la campa&ntilde;a y no presenta errores. En estos casos, el proceso suele resolverse con rapidez gracias a los sistemas automatizados de verificaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, no todas las devoluciones siguen el mismo ritmo. Algunas pueden tardar varios meses, incluso cuatro o cinco, sin que exista una incidencia concreta. Esto suele estar relacionado con el volumen de expedientes que maneja la Agencia Tributaria o con la necesidad de realizar comprobaciones adicionales en determinados casos.
    </p><p class="article-text">
        Durante la tramitaci&oacute;n, Hacienda revisa la coherencia de los datos declarados, incluyendo ingresos, deducciones y otra informaci&oacute;n relevante. Si detecta alguna discrepancia o necesita m&aacute;s informaci&oacute;n, puede iniciar un procedimiento de comprobaci&oacute;n. En estos casos, es posible que se solicite documentaci&oacute;n adicional al contribuyente mediante un requerimiento formal. Cuando esto ocurre, el plazo de seis meses queda en suspenso hasta que se aporta la informaci&oacute;n solicitada. 
    </p><p class="article-text">
        Para conocer el estado de la devoluci&oacute;n, el contribuyente puede consultar su expediente en cualquier momento. Los mensajes que aparecen en el sistema permiten saber si la declaraci&oacute;n sigue en tramitaci&oacute;n, si est&aacute; siendo revisada o si la devoluci&oacute;n ya ha sido ordenada. Esta herramienta resulta especialmente &uacute;til en los casos en los que el ingreso se retrasa m&aacute;s de lo esperado.
    </p><p class="article-text">
        Otro aspecto relevante es qu&eacute; ocurre si Hacienda no cumple con el plazo m&aacute;ximo. En ese caso, la normativa establece que la Administraci&oacute;n debe abonar intereses de demora de forma autom&aacute;tica, sin que el contribuyente tenga que solicitarlos. Estos intereses se calculan sobre la cantidad finalmente reconocida a devolver, tanto si coincide con la solicitada inicialmente como si ha sido modificada tras una comprobaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        El momento en el que se presenta la declaraci&oacute;n tambi&eacute;n influye en los tiempos. Quienes la entregan en abril o a comienzos de mayo suelen situarse entre los primeros en recibir el ingreso, siempre que su expediente no requiera revisi&oacute;n. A medida que avanza la campa&ntilde;a, se acumulan m&aacute;s solicitudes y tambi&eacute;n m&aacute;s casos complejos, lo que puede ralentizar el proceso en determinadas fases.
    </p><p class="article-text">
        En definitiva, el calendario de devoluciones no responde a una fecha &uacute;nica, sino a un proceso que depende de m&uacute;ltiples variables. Aunque existe un plazo legal que llega hasta final de a&ntilde;o, la mayor&iacute;a de los pagos se realizan antes. La rapidez con la que se recibe el dinero est&aacute; condicionada por la fecha de presentaci&oacute;n, la complejidad de la declaraci&oacute;n y las comprobaciones que lleve a cabo la Agencia Tributaria en cada caso.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Edu Molina]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/renta-2025-devuelve-hacienda-dinero-declaracion_1_13182452.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 29 Apr 2026 12:35:53 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Renta 2025: Cuándo devuelve Hacienda el dinero de la Declaración]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Declaración de la Renta,Agencia Tributaria,Impuestos,IRPF,Renta]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Los economistas piden una reforma integral del IRPF y calculan que se ha pagado hasta un 22% más por no deflactarlo]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/economistas-piden-reforma-integral-irpf-calculan-pagado-22-no-deflactarlo_1_13181243.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/507de1d6-a087-4ab1-be49-5a50f930d5fe_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Los economistas piden una reforma integral del IRPF y calculan que se ha pagado hasta un 22% más por no deflactarlo"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Un sueldo medio habría pagado 800 euros de su incremento salarial por no actualizar la tarifa estatal del impuesto con la inflación, de acuerdo con los cálculos del Consejo General de Economistas</p><p class="subtitle">Entrevista - Arcadi España: “No vivimos en un infierno fiscal, ese eslogan del PP es peligroso”
</p></div><p class="article-text">
        El Consejo General de Economistas ha reclamado una reforma integral de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas F&iacute;sicas (IRPF), tras veinte a&ntilde;os de la &uacute;ltima revisi&oacute;n en profundidad de su estructura, para adaptar a los nuevos tiempos algunas figuras clave del tributo y actualizar con la <a href="https://www.eldiario.es/economia/inflacion-da-leve-respiro-abril-modera-3-2-gracias-bajada-precio-electricidad_1_13180795.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">inflaci&oacute;n</a> los m&iacute;nimos y las tarifas estatales.
    </p><p class="article-text">
        En una rueda de prensa para presentar su manual sobre la Declaraci&oacute;n de la Renta y Patrimonio 2025, con los principales cambios normativos a seguir para este a&ntilde;o, los t&eacute;cnicos del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) han presentado varios ejemplos del sobrecoste para los contribuyentes de la llamada <a href="https://www.eldiario.es/economia/recauda-10-000-millones-no-descontar-inflacion-irpf_1_12982126.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">&ldquo;progresividad en fr&iacute;o&rdquo;</a>. Esto es, cuando los salarios se actualizan para compensar la inflaci&oacute;n pero, al no actualizar al mismo ritmo las tarifas del impuesto, parte de la mejora de poder adquisitivo se convierte en una mayor tributaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        As&iacute;, desde el REAF han hecho la simulaci&oacute;n de cu&aacute;nto habr&iacute;an pagado de m&aacute;s cuatro contribuyentes solteros, sin hijos y que solo tributan por rendimientos de trabajo, con salarios en 2021 de 22.000 euros (la barrera a partir de la cual es obligatorio tributar), de 24.918 euros (el medio en ese ejercicio), de 45.000 euros y de 60.000 euros. Estas cuant&iacute;as se actualizan con la subida media pactada por convenio entre 2022 y 2025.
    </p><p class="article-text">
        La elecci&oacute;n del periodo tampoco es casual, ya que coincide con la escalada de la inflaci&oacute;n tras la salida de la pandemia y exacerbada por la guerra en Ucrania, que dispar&oacute; primero los precios de la energ&iacute;a y, despu&eacute;s, se traslad&oacute; a la cesta de la compra en la alimentaci&oacute;n. Desde enero de 2022 a marzo de 2026, el &uacute;ltimo dato definitivo, la subida acumulada es del 17,1%.
    </p><h2 class="article-text">De 600 euros a casi 1.500 m&aacute;s entre 2022 y 2025</h2><p class="article-text">
        De acuerdo con estos c&aacute;lculos, en el primero de los casos el contribuyente habr&iacute;a mejorado su renta en 3.189,29 euros entre 2022 y 2025, pero habr&iacute;a pagado el 19,7% de ese incremento (628,26 euros) por no actualizarlo. En el segundo, el sobrecoste acumulado ser&iacute;a de 820,77 euros (el 22,72% de los 3.612,31 euros de mejora salarial).
    </p><p class="article-text">
        En las simulaciones m&aacute;s elevadas, una renta de 45.000 euros en 2021 habr&iacute;a aumentado su salario en 6.523,55 euros, de los que habr&iacute;a pagado un 20,20% m&aacute;s a Hacienda (1.317,50 euros); en tanto que una de 60.000 euros habr&iacute;a subido su retribuci&oacute;n en 8.698,06 euros, pero solo pagar&iacute;a un 17,04% m&aacute;s al fisco (1.482,18 euros).
    </p><p class="article-text">
        M&aacute;s all&aacute; de la deflactaci&oacute;n, la vicepresidenta del REAF, Carmen Jover, ha puesto de manifiesto que desde que se aprob&oacute; la Ley del IRPF de 2006, que entr&oacute; en vigor el 1 de enero del a&ntilde;o siguiente, no ha habido una reforma en profundidad del principal impuesto recaudador del sistema tributario.
    </p><p class="article-text">
        Si bien los m&iacute;nimos personales se actualizaron en 2015, hay otras magnitudes absolutas como la exenci&oacute;n por un seguro m&eacute;dico que lleva congelada en 500 euros desde 2003, la de las dietas de manutenci&oacute;n es de 26,27 euros desde 2007 o la del cheque restaurante de 11 euros desde 2018.
    </p><p class="article-text">
        Preguntado por la deflactaci&oacute;n <a href="https://www.eldiario.es/economia/arcadi-espana-no-vivimos-infierno-fiscal-eslogan-pp-peligroso_1_13170654.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">en una entrevista con este peri&oacute;dico</a>, el nuevo ministro de Hacienda, Arcadi Espa&ntilde;a, el ministro defendi&oacute; que ya se ha actualizado el impuesto al <a href="https://www.eldiario.es/economia/hacienda-rebate-infierno-fiscal-feijoo-gobierno-aprobado-mayor-rebaja-irpf-historia_1_13127532.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">elevar los m&iacute;nimos exentos con el salario m&iacute;nimo interprofesional</a> (SMI) hasta 2024 y, desde 2025, aplicar una deducci&oacute;n sobre estas cuant&iacute;as. Y a eso habr&iacute;a que sumar otros cambios en otros impuestos.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Yo siempre soy partidario de ver el sistema fiscal desde el punto de vista global, no solo de una figura tributaria. Hay otras rebajas que hemos hecho en otro &aacute;mbito. Por ejemplo, las medidas tomadas ahora por la guerra de Ir&aacute;n, que hacen que te baje la factura de la luz, la factura del gas, la factura de la gasolina. En su conjunto, vemos que el sistema tributario est&aacute; apoyando a las familias, sobre todo a las clases medias y trabajadoras&rdquo;, respondi&oacute; Espa&ntilde;a.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Álvaro Celorio]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/economistas-piden-reforma-integral-irpf-calculan-pagado-22-no-deflactarlo_1_13181243.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 29 Apr 2026 10:04:05 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Los economistas piden una reforma integral del IRPF y calculan que se ha pagado hasta un 22% más por no deflactarlo]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Inflación,IPC - Índice de Precios de Consumo,IRPF,Renta,Hacienda,Arcadi España]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Gobierno exime del IRPF las donaciones de ONG a los afectados por la dana como pidieron los movimientos sociales]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/comunitat-valenciana/politica/gobierno-exime-irpf-donaciones-ong-afectados-dana-pidieron-movimientos-sociales_1_13178693.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/abd2fbea-6c40-4e75-887a-6093fe234f0b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Gobierno exime del IRPF las donaciones de ONG a los afectados por la dana como pidieron los movimientos sociales"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El Ministerio de Hacienda habilita una línea específica en los mecanismos extraordinarios de financiación de las Comunidades autónomas para los gastos vinculados a la DANA</p><p class="subtitle">El Gobierno rescata la exención de impuestos a las ayudas de la dana como pidió Pérez Llorca en un decreto negociado con Compromís
</p></div><p class="article-text">
        El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un Real Decreto-ley con nuevas exenciones fiscales que incluye facilidades para los afectados por la dana de octubre de 2024. El decreto habilita un compartimento espec&iacute;fico dentro del mecanismo extraordinario de financiaci&oacute;n de las Comunidades Aut&oacute;nomas para gastos vinculados a la dana y otras cat&aacute;strofes naturales. Tambi&eacute;n establece que las ayudas que organizaciones como C&aacute;ritas y otras ONG dieron a afectados por la DANA est&aacute;n exentas en el IRPF, una de las reclamaciones de los colectivos sociales y de los partidos pol&iacute;ticos con representaci&oacute;n en las Corts Valencianes.
    </p><p class="article-text">
        El texto aprobado este martes incluye varias medidas que perseveran en las ayudas aprobadas por la dana de Valencia entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024. En este sentido, se incluye una habilitaci&oacute;n para establecer para el a&ntilde;o 2026 una l&iacute;nea espec&iacute;fica dentro de los Mecanismos Extraordinarios de Financiaci&oacute;n para gastos vinculados a la dana. 
    </p><p class="article-text">
        Esta medida, que permitir&aacute; financiar unos 1.300 millones este a&ntilde;o para la Comunitat Valenciana, ya se incluy&oacute; en un Real-Decreto Ley aprobado en diciembre, pero fue rechazado en el Congreso de los Diputadoss con el voto en contra del PP y Vox. La medida se recupera en este nuevo real decreto y el ministro de Hacienda, el valenciano Arcadi Espa&ntilde;a, ha pedido sensibilidad a los grupos parlamentarios para que esta vez s&iacute; pueda salir adelante. De hecho, esta l&iacute;nea de financiaci&oacute;n ya se habilit&oacute; en los a&ntilde;os 2024 y 2025, cuando se asignaron 3.064 millones a la Comunitat Valenciana, que utiliz&oacute; 1.600 millones, se&ntilde;alan desde el ministerio. 
    </p><p class="article-text">
        En la misma l&iacute;nea, la norma aprobada este martes contempla que Extremadura pueda recibir recursos con cargo a los mecanismos extraordinarios de financiaci&oacute;n para hacer frente a gastos derivados de las inundaciones que ha sufrido recientemente.
    </p><p class="article-text">
        Atendiendo tambi&eacute;n a la petici&oacute;n de los ayuntamientos, el Ministerio de Hacienda establece que los gastos derivados de la dana no se contabilizar&aacute;n a efectos del cumplimiento de las reglas fiscales. Es decir, esos gastos no computar&aacute;n en lo establecido por la Ley de Estabilidad, ni se exigir&aacute; a esos ayuntamientos la elaboraci&oacute;n de planes econ&oacute;mico-financieros. 
    </p><p class="article-text">
        <strong>Exenciones en IRPF</strong>
    </p><p class="article-text">
        El Real Decreto-ley declara exentas de tributaci&oacute;n en el IRPF las donaciones efectuadas por las entidades sin &aacute;nimo de lucro a personas f&iacute;sicas afectadas por la DANA como, por ejemplo, las de C&aacute;ritas. El objetivo de esta medida es equiparar el tratamiento tributario de estas donaciones respecto al de las ayudas concedidas por las empresas a sus trabajadores y familiares afectados por esta cat&aacute;strofe, que ya estaban exentas. 
    </p><p class="article-text">
        En la misma l&iacute;nea, el Real Decreto-ley confirma que las ayudas para los afectados de la dana que dio la Generalitat Valenciana est&aacute;n exentas de tributaci&oacute;n en el IRPF, una medida que ya se incluy&oacute; en el Real Decreto-ley que no fue convalidado el pasado mes de enero. Aun as&iacute;, por v&iacute;a interpretativa, la Agencia Tributaria aclar&oacute; que estas ayudas no tributaban en la Campa&ntilde;a de la Renta 2025 que est&aacute; actualmente en vigor. El Real Decreto-ley refuerza la seguridad jur&iacute;dica y garantiza que esa exenci&oacute;n se mantendr&aacute; tambi&eacute;n para el a&ntilde;o 2026.
    </p><p class="article-text">
        El Ministerio de Hacienda recupera tambi&eacute;n la exenci&oacute;n en el IRPF de las ayudas percibidas por da&ntilde;os personales como consecuencia de los graves incendios forestales que devastaron amplias zonas del pa&iacute;s el pasado verano, una medida que tambi&eacute;n decay&oacute; en el Congreso de los Diputados.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[elDiariocv]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/comunitat-valenciana/politica/gobierno-exime-irpf-donaciones-ong-afectados-dana-pidieron-movimientos-sociales_1_13178693.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 28 Apr 2026 13:09:51 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El Gobierno exime del IRPF las donaciones de ONG a los afectados por la dana como pidieron los movimientos sociales]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[DANA,IRPF,Ministerio de Hacienda,Declaración de la Renta]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Campaña de la renta de 2025 en Álava, Bizkaia y Gipuzkoa: cómo consultar el borrador, plazos y novedades]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/euskadi/campana-renta-2025-alava-bizkaia-gipuzkoa-consultar-borrador-plazos-novedades_1_13159251.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/e3801681-371c-47d0-9140-f4e82d25ff7a_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x2747y1742.jpg" width="1200" height="675" alt="Campaña de la renta de 2025 en Álava, Bizkaia y Gipuzkoa: cómo consultar el borrador, plazos y novedades"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">A muchos contribuyentes les bastará con consultar el borrador que se les ha confeccionado y aceptarlo si están conformes, pero otros tendrán que hacer uso de las herramientas habilitadas por cada Diputación para cumplimentar la declaración</p><p class="subtitle">Euskadi activa "por fin" su decreto urgente de Vivienda anunciado en 2025 y la plena aplicación de la ley estatal de 2023</p></div><p class="article-text">
        La campa&ntilde;a de la renta de este a&ntilde;o (correspondiente al ejercicio 2025) ya est&aacute; en marcha en &Aacute;lava, Bizkaia y Gipuzkoa. Muchos contribuyentes ya pueden consultar el borrador de propuesta de autoliquidaci&oacute;n, modificarlo y aceptarlo y dar por hecho el tr&aacute;mite de forma sencilla. En otros casos en los que haya supuestos m&aacute;s complejos (que se haya transferido la vivienda habitual o si se tienen diversos pagadores, por ejemplo), los contribuyentes tendr&aacute;n que confeccionar su propia declaraci&oacute;n. La Hacienda de cada uno de los tres territorios habilita diferentes herramientas para cumplimentar este tr&aacute;mite.
    </p><p class="article-text">
        La fecha l&iacute;mite depende de cada provincia, pero oscila entre finales de junio y comienzos de julio. Pueden consultarse a continuaci&oacute;n algunas claves de cada uno de los territorios.
    </p><h2 class="article-text">&Aacute;lava</h2><p class="article-text">
        La campa&ntilde;a de la renta se extiende en &Aacute;lava hasta el 25 de junio. En &Aacute;lava, existen tres sistemas para presentar la declaraci&oacute;n de la renta:
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li>Rentaf&aacute;cil es el sistema que general propuestas de autoliquidaci&oacute;n: es la Diputaci&oacute;n la que calcula. Una vez recibida la propuesta (se puede consultar en <a href="https://egoitza.araba.eus/izapidetu/rentafacil/login?redirect=%2Frepresentacion-voluntaria" data-mrf-recirculation="links-noticia" target="_blank">este enlace</a> si se ha recibido), es posible modificar algunos detalles en&nbsp;<a href="https://web.araba.eus/es/hacienda/renta" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia">la p&aacute;gina web</a>. Una vez aceptada (y hay que aceptarla, porque, de lo contrario, se da por no efectuada), la Diputaci&oacute;n procede a devolver o domiciliar la cuota que resulte. Las modificaciones y confirmaciones pueden hacerse tambi&eacute;n en las oficinas de Hacienda, con cita previa, que se puede solicitar en <a href="https://web.araba.eus/es/renta/citaprevia" data-mrf-recirculation="links-noticia" target="_blank">este enlace</a>.</li>
                                    <li>Rent@raba es un servicio que se presta en las oficinas de Hacienda (en Vitoria, por ejemplo,&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/euskadi/hacienda-peligroso-alava-sustituira-seis-accidentes-ano-puerta-giratoria-edificio-foral_1_12166199.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia">se encuentran en la calle de F&eacute;lix Samaniego</a>) a determinadas personas (que hayan ejercido una actividad econ&oacute;mica o hayan transmitido su vivienda habitual, entre otros supuestos) para confeccionar la declaraci&oacute;n.</li>
                                    <li>Rentared es un programa inform&aacute;tico que permite a los contribuyentes confeccionar su propia declaraci&oacute;n.</li>
                            </ul>
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            <span class="title">
                Consultar el borrador con Rentafácil                            </span>
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        Hay varias novedades para esta campa&ntilde;a de la renta. &iquest;Cu&aacute;les son? Los j&oacute;venes menores de 36 a&ntilde;os, por ejemplo, ver&aacute;n incrementada la deducci&oacute;n por las cantidades destinadas al alquiler de vivienda habitual: hasta un porcentaje del 35% con un l&iacute;mite de 2.800 euros. Hay tambi&eacute;n nuevos l&iacute;mites en las aportaciones y contribuciones a sistemas de previsi&oacute;n social. Se pueden consultar todas las novedades, en detalle, en <a href="https://web.araba.eus/es/hacienda/renta/novedades-irpf" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link" target="_blank">este enlace</a>.
    </p><h2 class="article-text">Bizkaia</h2><p class="article-text">
        La campa&ntilde;a de la renta no concluir&aacute; en Bizkaia hasta el 30 de junio. El borrador de la declaraci&oacute;n de la renta en Bizkaia es accesible desde cualquier dispositivo en&nbsp;<a href="https://www.bizkaia.eus/es/renta-bizkaia#" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">este enlace</a>. Es necesario contar con un medio de identificaci&oacute;n electr&oacute;nica, como puede ser Bak, que asocia el DNI con una contrase&ntilde;a. Tambi&eacute;n sirven la BakQ, certificados electr&oacute;nicos, certificados ciudadanos y el DNIe. Tambi&eacute;n se puede consultar la informaci&oacute;n sobre el borrador en el n&uacute;mero de tel&eacute;fono 94 608 3000. De forma presencial, los tr&aacute;mites se pueden efectuar tanto en las oficinas de Hacienda como en Gertu.
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            <span class="title">
                Hay tres modalidades para presentar la declaración en Bizkaia                            </span>
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        La Diputaci&oacute;n asegura que, en caso de que la declaraci&oacute;n resulte a devolver, el importe no tardar&aacute; m&aacute;s de una semana en ingresarse en la cuenta. En caso de que haya que ingresar a Hacienda, es posible domiciliar el pago y de esa forma no se cobrar&aacute; hasta el mes de julio.
    </p><p class="article-text">
        Las novedades fiscales de esta campa&ntilde;a incluyen m&aacute;s deducciones por alquiler y compra de vivienda, con beneficios fiscales para los menores de 36 a&ntilde;os; nuevas deducciones por conciliaci&oacute;n (incluidos cuidados de menores, reincorporaci&oacute;n laboral y viudedad), y deducciones por transici&oacute;n verde, como, por ejemplo, por tener veh&iacute;culos ecol&oacute;gicos. Puede consultarse una lista con hasta 24 deducciones <a href="https://www.bizkaia.eus/es/renta-bizkaia/deducciones" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link" target="_blank">aqu&iacute;</a>.
    </p><h2 class="article-text">Gipuzkoa</h2><p class="article-text">
        Hay tres modalidades diferentes. La fecha l&iacute;mite para la aceptaci&oacute;n de propuestas, la modalidad de Internet y la renta mecanizada es, en todos los casos, el 2 de julio. Estos son los detalles de cada modalidad:
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li>Propuesta. Seg&uacute;n los datos de la Hacienda guipuzcoana, se han elaborado propuestas para la mitad. En la &uacute;ltima campa&ntilde;a (la de 2024 que se llev&oacute; a cabo en 2025), se aceptaron 234.627 de las propuestas preparadas, m&aacute;s del 82%. En caso de recibirla, sepuede aceptar o bien por tel&eacute;fono (en el 943 113 000) o bien por Internet, a trav&eacute;s de <a href="https://egoitza.gipuzkoa.eus/WAS/HACI/RNTProposamenakWEB/login" data-mrf-recirculation="links-noticia" target="_blank">este enlace</a>. En <a href="https://multimedia.gipuzkoa.eus/media/video/65052739.720.mp4" data-mrf-recirculation="links-noticia" target="_blank">este otro enlace</a>, se puede ver un videotutorial que muestra c&oacute;mo aceptar una propuesta por Internet modificando algunos par&aacute;metros.</li>
                                    <li>Internet. Est&aacute; disponible para particulares y representantes profesionales. Se requiere de alg&uacute;n tipo de identificaci&oacute;n electr&oacute;nica, como la BakQ. Hay varias gu&iacute;as disponibles en <a href="https://www.gipuzkoa.eus/es/web/ogasuna/impuestos/modelo/109/2025/modalidad-internet" data-mrf-recirculation="links-noticia" target="_blank">este enlace</a>, que cubren los diferentes tipos de declaraciones y una explicaci&oacute;n sobre c&oacute;mo hacerlo de manera telem&aacute;tica. La renta se confecciona a trav&eacute;s de <a href="https://zergabidea.gipuzkoa.eus/WAS/HACI/HGFZergaBideaWEB/info?locale=es_ES" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia">Zergabidea</a>. Para cualquier consulta, est&aacute; disponible el tel&eacute;fono 943 113 000 y un chat con asistencia para cualquier duda inform&aacute;tica.</li>
                                    <li>Renta mecanizada. Conlleva presentar la documentaci&oacute;n en una oficina, donde el personal t&eacute;cnico ayuda a hacer la autoliquidaci&oacute;n. Es necesario llevar los justificantes de ingresos, gastos, reducciones, deducciones y similares y el c&oacute;digo IBAN de la cuenta. Existen varias oficinas (se puede consultar cu&aacute;les en&nbsp;<a href="https://www.gipuzkoa.eus/es/web/ogasuna/oficinas-departamento#generated-id-3" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia">este enlace</a>) y se necesita solicitar cita previa (o llamando al 943 113 000 o en&nbsp;<a href="https://www.gipuzkoa.eus/es/web/ogasuna/renta/cita" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia">este enlace</a>).</li>
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                La declaración de la renta puede confeccionarse en Gipuzkoa a través de Zergabidea                            </span>
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      <dc:creator><![CDATA[Rubén Pereda]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/euskadi/campana-renta-2025-alava-bizkaia-gipuzkoa-consultar-borrador-plazos-novedades_1_13159251.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sun, 26 Apr 2026 19:45:19 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Campaña de la renta de 2025 en Álava, Bizkaia y Gipuzkoa: cómo consultar el borrador, plazos y novedades]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Álava,Bizkaia,Gipuzkoa,Renta,IRPF]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Renta 2025: Todos los beneficios fiscales de los que pueden beneficiarse los mayores de 65 años en la declaración]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/renta-2025-beneficios-fiscales-beneficiarse-mayores-65-anos-declaracion_1_13163119.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/5d206ae1-88ab-48ba-b4a5-3b49d15ed12b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Renta 2025: Todos los beneficios fiscales de los que pueden beneficiarse los mayores de 65 años en la declaración"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La normativa incorpora ajustes que reducen la carga tributaria mediante exenciones en operaciones clave y mayores mínimos en función de la edad y situación personal</p><p class="subtitle">Renta 2025: Cuándo devuelve la Agencia Tributaria el dinero de la Declaración</p></div><p class="article-text">
        La Declaraci&oacute;n de la Renta introduce cada a&ntilde;o cambios y matices que afectan de forma distinta seg&uacute;n el perfil del contribuyente. En el caso de las personas mayores de 65 a&ntilde;os, el sistema fiscal recoge un conjunto de medidas espec&iacute;ficas que pueden reducir de forma significativa la carga tributaria. Estas ventajas no siempre son evidentes en el borrador, por lo que conviene revisarlas con detalle antes de confirmar la declaraci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        En muchos casos, los ingresos de este colectivo proceden principalmente de pensiones o de ahorros acumulados durante su vida laboral. Por ese motivo, la normativa del IRPF contempla exenciones, m&iacute;nimos m&aacute;s elevados y tratamientos especiales en determinadas operaciones econ&oacute;micas. Conocer estas particularidades permite ajustar correctamente la declaraci&oacute;n y evitar pagar m&aacute;s de lo debido. 
    </p><h2 class="article-text">Rendimientos del trabajo</h2><p class="article-text">
        Dentro del IRPF, se consideran rendimientos del trabajo la mayor&iacute;a de las prestaciones que perciben los mayores de 65 a&ntilde;os. En este apartado se incluyen las pensiones procedentes de los reg&iacute;menes p&uacute;blicos de la Seguridad Social y de clases pasivas, derivadas de situaciones como jubilaci&oacute;n, incapacidad, accidente, enfermedad o viudedad, siempre que no est&eacute;n exentas.
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n forman parte de esta categor&iacute;a las prestaciones abonadas por mutualidades obligatorias de funcionarios, colegios de hu&eacute;rfanos u otras entidades similares. A esto se suman los importes que reciben los beneficiarios de planes de pensiones, as&iacute; como los derivados de contratos de seguros vinculados a mutualidades de previsi&oacute;n social. Igualmente, se integran las prestaciones de planes de previsi&oacute;n social empresarial, planes de previsi&oacute;n asegurados y seguros de dependencia regulados en el marco de la atenci&oacute;n a la dependencia.
    </p><h2 class="article-text">Rentas que no se declaran en el IRPF</h2><p class="article-text">
        Existen determinadas prestaciones y ayudas p&uacute;blicas que no deben incluirse en la declaraci&oacute;n. Entre ellas, figuran las relacionadas con el acogimiento de personas mayores de 65 a&ntilde;os o con discapacidad.
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n est&aacute;n exentas las ayudas econ&oacute;micas concedidas por administraciones p&uacute;blicas a personas con discapacidad igual o superior al 65% o mayores de 65 a&ntilde;os destinadas a cubrir gastos de residencia o centros de d&iacute;a, siempre que el resto de sus ingresos no supere los 16.800 euros. A esto se a&ntilde;aden determinadas prestaciones por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez reconocidas por la Seguridad Social o por entidades equivalentes, as&iacute; como las pensiones por inutilidad o incapacidad permanente en determinados reg&iacute;menes.
    </p><p class="article-text">
        En el caso de personas con discapacidad, tampoco tributan determinadas prestaciones percibidas en forma de renta procedentes de sistemas de previsi&oacute;n social, hasta un m&aacute;ximo anual de 25.200 euros. Las cantidades que superen ese l&iacute;mite s&iacute; deben declararse. Adem&aacute;s, quedan fuera del IRPF algunas ayudas p&uacute;blicas vinculadas a la dependencia y a cuidados en el entorno familiar. 
    </p><h2 class="article-text">Venta de la vivienda habitual</h2><p class="article-text">
        Las personas mayores de 65 a&ntilde;os no tienen que tributar por la ganancia patrimonial obtenida al vender su vivienda habitual. Este beneficio se aplica siempre que el inmueble tenga esa consideraci&oacute;n en el momento de la transmisi&oacute;n o en los dos a&ntilde;os anteriores. La exenci&oacute;n tambi&eacute;n se mantiene en los casos en los que se transmite la nuda propiedad y se conserva el usufructo vitalicio sobre la vivienda, lo que permite seguir utilizando el inmueble mientras se ha realizado la operaci&oacute;n.
    </p><h2 class="article-text">Transmisi&oacute;n de otros bienes y renta vitalicia</h2><p class="article-text">
        En la venta de otros elementos patrimoniales, como pueden ser activos financieros o inmuebles distintos de la vivienda habitual, tambi&eacute;n existe una ventaja fiscal. Las ganancias pueden quedar exentas si el importe obtenido se destina a constituir una renta vitalicia asegurada. Para ello, la reinversi&oacute;n debe realizarse en un plazo de seis meses desde la transmisi&oacute;n. Adem&aacute;s, la cantidad m&aacute;xima que puede destinarse a este fin es de 240.000 euros por contribuyente. Este mecanismo permite transformar el patrimonio en ingresos peri&oacute;dicos.
    </p><h2 class="article-text">Hipoteca inversa</h2><p class="article-text">
        Las cantidades que se perciben a trav&eacute;s de una hipoteca inversa no tributan en el IRPF. Este producto permite disponer de dinero utilizando la vivienda habitual como garant&iacute;a, sin necesidad de venderla. Siempre que la operaci&oacute;n se ajuste a la normativa que regula este tipo de instrumentos financieros, las disposiciones realizadas no se consideran renta a efectos fiscales.
    </p><h2 class="article-text">M&iacute;nimo personal y familiar</h2><p class="article-text">
        El m&iacute;nimo del contribuyente es, con car&aacute;cter general, de 5.500 euros anuales. Esta cantidad se incrementa en funci&oacute;n de la edad. En el caso de personas mayores de 65 a&ntilde;os, el aumento es de 1.150 euros anuales, al que se suman otros 1.400 euros adicionales cuando se superan los 75 a&ntilde;os. La normativa prev&eacute; que este m&iacute;nimo se mantenga incluso en el ejercicio en el que se produce el fallecimiento. En declaraciones conjuntas, el otro c&oacute;nyuge no genera derecho a este m&iacute;nimo, aunque s&iacute; se tiene en cuenta el incremento por edad si corresponde.
    </p><p class="article-text">
        El IRPF tambi&eacute;n contempla reducciones cuando el contribuyente convive con ascendientes, como padres o abuelos. Para aplicar este beneficio, el familiar debe tener m&aacute;s de 65 a&ntilde;os &mdash;o una discapacidad reconocida&mdash;, convivir con el contribuyente al menos la mitad del a&ntilde;o y no superar los 8.000 euros de ingresos anuales, excluidas las rentas exentas. Adem&aacute;s, no debe presentar declaraci&oacute;n con rentas superiores a 1.800 euros. Si se cumplen estos requisitos, el m&iacute;nimo es de 1.150 euros anuales por cada ascendiente mayor de 65 a&ntilde;os, que aumenta en 1.400 euros adicionales si supera los 75 a&ntilde;os.
    </p><h2 class="article-text">M&iacute;nimo por discapacidad</h2><p class="article-text">
        Las personas con discapacidad pueden aplicar reducciones adicionales en funci&oacute;n del grado reconocido. Cuando el grado es igual o superior al 33% e inferior al 65%, el m&iacute;nimo asciende a 3.000 euros. Si adem&aacute;s se acredita la necesidad de ayuda de terceras personas o movilidad reducida, se a&ntilde;aden otros 3.000 euros.
    </p><p class="article-text">
        En los casos de discapacidad igual o superior al 65%, la cuant&iacute;a se eleva a 9.000 euros, con un incremento adicional de 3.000 euros por gastos de asistencia, lo que sit&uacute;a el total en 12.000 euros. Estas reducciones tambi&eacute;n pueden aplicarse a ascendientes si generan derecho a ello y cumplen los requisitos establecidos.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Edu Molina]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/renta-2025-beneficios-fiscales-beneficiarse-mayores-65-anos-declaracion_1_13163119.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 22 Apr 2026 13:44:00 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Renta 2025: Todos los beneficios fiscales de los que pueden beneficiarse los mayores de 65 años en la declaración]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Declaración de la Renta,Agencia Tributaria,Personas mayores,IRPF,Renta,Impuestos,Jubilados,Fiscalidad]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Renta 2025: Cuándo devuelve Hacienda el dinero de la Declaración]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/renta-2025-devuelve-hacienda-dinero-declaracion_1_13159869.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/e2ecf827-0e09-42ef-a02c-370d6d0239d9_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Renta 2025: Cuándo devuelve Hacienda el dinero de la Declaración"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El pago depende del momento de presentación y de las revisiones internas, con transferencias que pueden adelantarse o retrasarse dentro del plazo fijado por la normativa vigente</p><p class="subtitle">Renta 2025: Cuándo y cómo debes solicitar cita para hacer la Declaración por teléfono</p></div><p class="article-text">
        La devoluci&oacute;n de la <a href="//www.eldiario.es/temas/declaracion-de-la-renta/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">declaraci&oacute;n de la renta</a> es uno de los momentos m&aacute;s esperados cada a&ntilde;o por quienes han obtenido un resultado a su favor. Tras completar el tr&aacute;mite, la atenci&oacute;n se centra en el ingreso, pero no siempre llega al mismo tiempo para todos. La Agencia Tributaria sigue un procedimiento con plazos definidos, aunque el ritmo real depende de varios factores que afectan a cada expediente.
    </p><p class="article-text">
        En los primeros d&iacute;as de la campa&ntilde;a ya empiezan a registrarse las primeras devoluciones, lo que suele generar la sensaci&oacute;n de que el proceso es inmediato. Sin embargo, esa rapidez inicial convive con casos en los que el pago se retrasa durante meses. La diferencia no responde a un criterio &uacute;nico, sino a c&oacute;mo avanza la tramitaci&oacute;n interna de cada declaraci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Por eso, m&aacute;s all&aacute; de las fechas generales, lo que marca los tiempos es el funcionamiento del sistema de gesti&oacute;n de Hacienda. La combinaci&oacute;n entre automatizaci&oacute;n y revisiones hace que el calendario no sea uniforme, de modo que entender c&oacute;mo se organiza ese proceso permite tener una referencia m&aacute;s clara sobre cu&aacute;ndo puede llegar la devoluci&oacute;n.
    </p><h2 class="article-text">Cu&aacute;ndo devuelve la Agencia Tributaria el dinero de la declaraci&oacute;n</h2><p class="article-text">
        Cuando el resultado de la declaraci&oacute;n es a devolver, el contribuyente puede hacer un seguimiento del estado de su solicitud a trav&eacute;s de su expediente en la plataforma Renta WEB, dentro de la sede electr&oacute;nica de la <a href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Agencia Tributaria</a>. Este sistema permite comprobar en qu&eacute; fase se encuentra la tramitaci&oacute;n, desde que la declaraci&oacute;n ha sido registrada hasta que se ordena el pago.
    </p><p class="article-text">
        El abono de la devoluci&oacute;n se realiza, por norma general, mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por el propio contribuyente en su declaraci&oacute;n. Por eso, uno de los aspectos m&aacute;s importantes es asegurarse de que los datos bancarios son correctos, ya que cualquier error en este punto puede retrasar el ingreso. 
    </p><p class="article-text">
        En cuanto a los plazos, la Agencia Tributaria dispone de un m&aacute;ximo de seis meses para efectuar la devoluci&oacute;n. Este periodo empieza a contar desde el final del plazo oficial de presentaci&oacute;n, fijado el 30 de junio de 2026, en el caso de las declaraciones presentadas dentro del calendario ordinario. Esto sit&uacute;a el l&iacute;mite en el 31 de diciembre de ese mismo a&ntilde;o. Si la declaraci&oacute;n se presenta fuera de plazo, el c&oacute;mputo de los seis meses comienza desde la fecha en la que se entrega.
    </p><p class="article-text">
        A pesar de este margen legal, lo habitual es que las devoluciones no se demoren tanto. Una parte importante de los contribuyentes recibe el dinero en las semanas posteriores a la presentaci&oacute;n, especialmente cuando la declaraci&oacute;n se entrega en los primeros compases de la campa&ntilde;a y no presenta errores. En estos casos, el proceso suele resolverse con rapidez gracias a los sistemas automatizados de verificaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, no todas las devoluciones siguen el mismo ritmo. Algunas pueden tardar varios meses, incluso cuatro o cinco, sin que exista una incidencia concreta. Esto suele estar relacionado con el volumen de expedientes que maneja la Agencia Tributaria o con la necesidad de realizar comprobaciones adicionales en determinados casos.
    </p><p class="article-text">
        Durante la tramitaci&oacute;n, Hacienda revisa la coherencia de los datos declarados, incluyendo ingresos, deducciones y otra informaci&oacute;n relevante. Si detecta alguna discrepancia o necesita m&aacute;s informaci&oacute;n, puede iniciar un procedimiento de comprobaci&oacute;n. En estos casos, es posible que se solicite documentaci&oacute;n adicional al contribuyente mediante un requerimiento formal. Cuando esto ocurre, el plazo de seis meses queda en suspenso hasta que se aporta la informaci&oacute;n solicitada. 
    </p><p class="article-text">
        Para conocer el estado de la devoluci&oacute;n, el contribuyente puede consultar su expediente en cualquier momento. Los mensajes que aparecen en el sistema permiten saber si la declaraci&oacute;n sigue en tramitaci&oacute;n, si est&aacute; siendo revisada o si la devoluci&oacute;n ya ha sido ordenada. Esta herramienta resulta especialmente &uacute;til en los casos en los que el ingreso se retrasa m&aacute;s de lo esperado.
    </p><p class="article-text">
        Otro aspecto relevante es qu&eacute; ocurre si Hacienda no cumple con el plazo m&aacute;ximo. En ese caso, la normativa establece que la Administraci&oacute;n debe abonar intereses de demora de forma autom&aacute;tica, sin que el contribuyente tenga que solicitarlos. Estos intereses se calculan sobre la cantidad finalmente reconocida a devolver, tanto si coincide con la solicitada inicialmente como si ha sido modificada tras una comprobaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        El momento en el que se presenta la declaraci&oacute;n tambi&eacute;n influye en los tiempos. Quienes la entregan en abril o a comienzos de mayo suelen situarse entre los primeros en recibir el ingreso, siempre que su expediente no requiera revisi&oacute;n. A medida que avanza la campa&ntilde;a, se acumulan m&aacute;s solicitudes y tambi&eacute;n m&aacute;s casos complejos, lo que puede ralentizar el proceso en determinadas fases.
    </p><p class="article-text">
        En definitiva, el calendario de devoluciones no responde a una fecha &uacute;nica, sino a un proceso que depende de m&uacute;ltiples variables. Aunque existe un plazo legal que llega hasta final de a&ntilde;o, la mayor&iacute;a de los pagos se realizan antes. La rapidez con la que se recibe el dinero est&aacute; condicionada por la fecha de presentaci&oacute;n, la complejidad de la declaraci&oacute;n y las comprobaciones que lleve a cabo la Agencia Tributaria en cada caso.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Edu Molina]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/renta-2025-devuelve-hacienda-dinero-declaracion_1_13159869.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 21 Apr 2026 12:29:43 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Renta 2025: Cuándo devuelve Hacienda el dinero de la Declaración]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Declaración de la Renta,Agencia Tributaria,Impuestos,IRPF,Renta]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Renta 2025: las seis deducciones más importantes que se suelen pasar por alto en la declaración]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/renta-2025-seis-deducciones-importantes-suelen-pasar-alto-declaracion_1_13155834.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/179a456b-2fcf-4e83-ae6c-daaf4550bd27_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Renta 2025: las seis deducciones más importantes que se suelen pasar por alto en la declaración"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Beneficios fiscales ligados a inversión, vivienda, movilidad sostenible o ahorro previsional exigen comprobar condiciones y límites para evitar perder reducciones relevantes en el resultado final</p><p class="subtitle">Renta 2025: Cuándo y cómo debes solicitar cita para hacer la Declaración por teléfono</p></div><p class="article-text">
        La <a href="https://www.eldiario.es/temas/declaracion-de-la-renta/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">campa&ntilde;a de la renta</a> correspondiente al ejercicio 2025 vuelve a situar a los contribuyentes ante un escenario en el que la revisi&oacute;n del borrador resulta determinante. Aunque la <a href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Agencia Tributaria</a> facilita una base de datos cada vez m&aacute;s completa, no todos los beneficios fiscales se incorporan autom&aacute;ticamente. Esto obliga a comprobar con detalle cada apartado de la declaraci&oacute;n para evitar errores y, sobre todo, para no dejar fuera deducciones que pueden reducir de forma significativa la cuota final.
    </p><p class="article-text">
        En este contexto, el sistema fiscal mantiene una estructura compleja en la que conviven incentivos estatales con otros auton&oacute;micos, adem&aacute;s de deducciones sujetas a requisitos muy concretos. La falta de informaci&oacute;n clara o la dificultad para interpretar la normativa provoca que muchos declarantes no apliquen correctamente todas las ventajas disponibles. Por ello, identificar las deducciones menos conocidas o que suelen pasar desapercibidas se convierte en un paso clave para ajustar la declaraci&oacute;n a la situaci&oacute;n real de cada contribuyente.
    </p><h2 class="article-text">Deducci&oacute;n por inversi&oacute;n en empresas de nueva o reciente creaci&oacute;n</h2><p class="article-text">
        El impuesto sobre la renta incluye un incentivo para quienes aportan capital a empresas de nueva creaci&oacute;n o con pocos a&ntilde;os de actividad. Esta medida permite aplicar una deducci&oacute;n en la cuota estatal por las cantidades invertidas en la suscripci&oacute;n de acciones o participaciones, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la normativa.
    </p><p class="article-text">
        Desde 2023, el porcentaje aplicable alcanza el 50% de la inversi&oacute;n realizada, con un l&iacute;mite m&aacute;ximo de base de 100.000 euros anuales. Esto significa que el beneficio fiscal se calcula sobre el valor de adquisici&oacute;n de las participaciones, dentro de ese tope. No obstante, la deducci&oacute;n exige condiciones como mantener la inversi&oacute;n durante un periodo determinado o que la empresa cumpla criterios espec&iacute;ficos. 
    </p><p class="article-text">
        Otro aspecto relevante es que este incentivo no se puede combinar con deducciones auton&oacute;micas similares sobre las mismas cantidades. Esta incompatibilidad obliga a elegir qu&eacute; beneficio aplicar en cada caso. La falta de conocimiento de estas condiciones hace que muchos contribuyentes no incluyan esta deducci&oacute;n, pese a haber realizado inversiones que podr&iacute;an dar derecho a ella. 
    </p><h2 class="article-text">Deducciones por obras de mejora de la eficiencia energ&eacute;tica de viviendas</h2><p class="article-text">
        Las actuaciones dirigidas a mejorar la eficiencia energ&eacute;tica de las viviendas cuentan con varias deducciones espec&iacute;ficas en el IRPF. Estas medidas se aplican sobre las cantidades invertidas en obras que reduzcan la demanda energ&eacute;tica o mejoren el rendimiento del inmueble, y se han configurado como incentivos temporales. 
    </p><p class="article-text">
        Existen tres modalidades diferenciadas. La primera permite deducir un 20% del gasto cuando las obras logran reducir la demanda de calefacci&oacute;n o refrigeraci&oacute;n, con una base m&aacute;xima de 5.000 euros. La segunda, orientada a disminuir el consumo de energ&iacute;a primaria no renovable, eleva el porcentaje hasta el 40%, con un l&iacute;mite de 7.500 euros. La tercera modalidad, centrada en la rehabilitaci&oacute;n energ&eacute;tica de edificios residenciales, alcanza el 60%, tambi&eacute;n con una base m&aacute;xima de 5.000 euros.
    </p><p class="article-text">
        Para acceder a estas deducciones es imprescindible contar con certificados de eficiencia energ&eacute;tica que acrediten la mejora obtenida. Este requisito t&eacute;cnico, junto con los l&iacute;mites y condiciones establecidos, explica que algunos contribuyentes no lleguen a aplicarlas, incluso cuando han realizado obras que podr&iacute;an encajar en estos supuestos.
    </p><h2 class="article-text">Deducci&oacute;n por la adquisici&oacute;n de veh&iacute;culos el&eacute;ctricos y puntos de recarga</h2><p class="article-text">
        La normativa tambi&eacute;n contempla incentivos fiscales para fomentar la movilidad el&eacute;ctrica. En concreto, se han establecido deducciones temporales que permiten reducir la cuota por la compra de veh&iacute;culos el&eacute;ctricos y por la instalaci&oacute;n de puntos de recarga.
    </p><p class="article-text">
        En el caso de la adquisici&oacute;n de un veh&iacute;culo, el contribuyente puede deducirse el 15% del importe, siempre que se respeten los l&iacute;mites fijados. La base m&aacute;xima se sit&uacute;a en 20.000 euros, incluyendo el precio, los gastos y los impuestos asociados, y el coste del veh&iacute;culo no puede superar los 45.000 euros antes de aplicar el IVA.
    </p><p class="article-text">
        Por otro lado, tambi&eacute;n se incluyen las inversiones destinadas a instalar infraestructuras de recarga en viviendas. Ambas medidas est&aacute;n sujetas a plazos concretos y a requisitos espec&iacute;ficos, lo que hace necesario revisar cada caso. El desconocimiento de estas condiciones provoca que no siempre se reflejen en la declaraci&oacute;n.
    </p><h2 class="article-text">Deducciones por donativos</h2><p class="article-text">
        Las donaciones a entidades sin &aacute;nimo de lucro constituyen uno de los beneficios fiscales m&aacute;s extendidos, aunque no todos los contribuyentes lo aplican correctamente. Este incentivo permite reducir la cuota en funci&oacute;n de las cantidades aportadas a organizaciones acogidas al r&eacute;gimen fiscal correspondiente.
    </p><p class="article-text">
        En t&eacute;rminos generales, los primeros 250 euros donados permiten aplicar una deducci&oacute;n del 80%. A partir de esa cantidad, el porcentaje se reduce al 40%, siempre dentro de los l&iacute;mites establecidos. Adem&aacute;s, el total deducible no puede superar el 10% de la base liquidable del contribuyente.
    </p><p class="article-text">
        Para beneficiarse de esta deducci&oacute;n es necesario contar con el certificado emitido por la entidad receptora. La falta de este documento o el desconocimiento de los porcentajes aplicables hace que algunas aportaciones no se incluyan en la declaraci&oacute;n, pese a su impacto directo en el resultado.
    </p><h2 class="article-text">Sistemas de previsi&oacute;n social</h2><p class="article-text">
        Las aportaciones a sistemas de previsi&oacute;n social, como los planes de pensiones, permiten reducir la base imponible del impuesto, lo que puede traducirse en un ahorro fiscal relevante. Este mecanismo no act&uacute;a como una deducci&oacute;n directa, pero s&iacute; disminuye la cantidad sobre la que se calcula el IRPF.
    </p><p class="article-text">
        En el caso de los planes individuales, el l&iacute;mite de reducci&oacute;n se sit&uacute;a en 1.500 euros anuales, siempre que no supere el 30% de los rendimientos del trabajo y de actividades econ&oacute;micas. A esto se suma la posibilidad de aplicar una reducci&oacute;n adicional por aportaciones a planes de empleo, que puede alcanzar hasta 8.500 euros.
    </p><p class="article-text">
        Para trabajadores aut&oacute;nomos, el l&iacute;mite adicional es menor, con un m&aacute;ximo de 4.250 euros en determinados supuestos. A pesar de estos incentivos, no todos los contribuyentes aprovechan el margen disponible, lo que reduce el efecto fiscal del ahorro destinado a la jubilaci&oacute;n.
    </p><h2 class="article-text">Deducciones por alquiler o adquisici&oacute;n de vivienda habitual</h2><p class="article-text">
        En el &aacute;mbito de la vivienda existen dos deducciones principales que siguen generando dudas. Por un lado, la deducci&oacute;n por adquisici&oacute;n de vivienda habitual se mantiene &uacute;nicamente para quienes compraron su vivienda antes de 2013 y contin&uacute;an pagando el pr&eacute;stamo. Este r&eacute;gimen transitorio permite seguir aplicando el beneficio bajo las condiciones establecidas.
    </p><p class="article-text">
        Por otro lado, la deducci&oacute;n por alquiler a nivel estatal se limita a contratos anteriores a 2015 y est&aacute; sujeta a determinados niveles de renta. En estos casos, se puede deducir un porcentaje de las cantidades pagadas, siempre que se cumplan los requisitos de base imponible y l&iacute;mites fijados.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, las comunidades aut&oacute;nomas han desarrollado sus propias deducciones en materia de vivienda, lo que ampl&iacute;a las posibilidades de aplicaci&oacute;n. A esto se a&ntilde;ade que los propietarios que alquilan inmuebles destinados a vivienda habitual pueden aplicar reducciones sobre el rendimiento neto, que en algunos casos pueden alcanzar porcentajes elevados si se cumplen determinadas condiciones.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Edu Molina]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/renta-2025-seis-deducciones-importantes-suelen-pasar-alto-declaracion_1_13155834.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 20 Apr 2026 09:50:18 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Renta 2025: las seis deducciones más importantes que se suelen pasar por alto en la declaración]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Declaración de la Renta,Agencia Tributaria,Impuestos,IRPF,Renta]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Renta 2025: Cuándo y cómo debes solicitar cita para hacer la Declaración por teléfono]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/renta-2025-debes-solicitar-cita-declaracion-telefono_1_13146789.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/26e8df4d-6c9d-4d9b-a6d3-17bfbb5bf98f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Renta 2025: Cuándo y cómo debes solicitar cita para hacer la Declaración por teléfono"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El plan "Le Llamamos" permite completar el trámite con asistencia directa durante la campaña fiscal, dentro de un calendario concreto y con disponibilidad limitada según la demanda</p><p class="subtitle">Renta 2025: Estos son los seguros de vivienda, el coche o de salud que puedes incluir en la declaración</p></div><p class="article-text">
        La <a href="https://www.eldiario.es/temas/declaracion-de-la-renta/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">campa&ntilde;a de la renta</a> correspondiente al ejercicio fiscal 2025 se desarrolla, como cada a&ntilde;o, con un calendario organizado en varias fases que permiten a los contribuyentes elegir c&oacute;mo presentar su declaraci&oacute;n. El proceso arranca con la v&iacute;a telem&aacute;tica, que concentra una parte importante de las gestiones, pero a medida que avanza el calendario se habilitan otros canales de asistencia. Entre ellos, la atenci&oacute;n telef&oacute;nica vuelve a ocupar un lugar relevante para quienes necesitan apoyo durante el tr&aacute;mite o prefieren no gestionarlo por su cuenta.
    </p><p class="article-text">
        En este contexto, la&nbsp;Agencia Tributaria&nbsp;mantiene el servicio conocido como &ldquo;<a href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/cita.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Le Llamamos</a>&rdquo;, un sistema que permite confeccionar la declaraci&oacute;n mediante una llamada con personal t&eacute;cnico. Este modelo requiere una planificaci&oacute;n previa por parte del contribuyente, ya que solo se puede utilizar con cita previa y dentro de unos plazos concretos. La gesti&oacute;n de este servicio se realiza principalmente a trav&eacute;s de la sede electr&oacute;nica oficial, donde tambi&eacute;n se detallan los requisitos y condiciones para acceder a esta modalidad dentro de la campa&ntilde;a.
    </p><h2 class="article-text">Cu&aacute;ndo se puede solicitar cita para hacer la declaraci&oacute;n por tel&eacute;fono</h2><p class="article-text">
        El servicio telef&oacute;nico de la Agencia Tributaria tiene su propio <a href="https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/calendario-fechas-declaracion-renta-2025-2026_1_12968672.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">calendario</a> dentro de la campa&ntilde;a. Este sistema estar&aacute; operativo desde el 6 de mayo hasta el 30 de junio, fecha en la que finaliza la campa&ntilde;a de la renta por cualquier v&iacute;a. No obstante, el acceso a este servicio no es inmediato desde su inicio. 
    </p><p class="article-text">
        Para poder utilizarlo, es obligatorio reservar cita previa dentro de un plazo concreto. La solicitud podr&aacute; realizarse desde el 29 de abril y permanecer&aacute; abierta hasta el 29 de junio. Este margen establece el periodo en el que los contribuyentes pueden elegir d&iacute;a y hora para recibir la llamada de la Agencia Tributaria. 
    </p><p class="article-text">
        La diferencia entre el calendario de solicitud y el de atenci&oacute;n implica que la cita debe pedirse con antelaci&oacute;n. El sistema asigna las franjas disponibles en funci&oacute;n de la demanda, por lo que la disponibilidad de horarios puede variar a medida que avanza la campa&ntilde;a. Esto hace que quienes est&eacute;n interesados en este canal deban anticiparse para encontrar fechas que se ajusten a su disponibilidad.
    </p><p class="article-text">
        El cierre definitivo de la campa&ntilde;a est&aacute; previsto para el 30 de junio, lo que marca tambi&eacute;n el final del servicio telef&oacute;nico. A partir de ese momento, ya no ser&aacute; posible presentar la declaraci&oacute;n ni solicitar asistencia por este medio. Este l&iacute;mite afecta a todos los canales, incluidos el presencial y el telem&aacute;tico.
    </p><p class="article-text">
        Dentro del mismo calendario, la Agencia Tributaria tambi&eacute;n contempla otras modalidades de atenci&oacute;n. La asistencia en oficinas, por ejemplo, se activa m&aacute;s tarde: las citas pueden solicitarse desde el 29 de mayo y la atenci&oacute;n presencial se presta entre el 1 y el 30 de junio. Aunque esta opci&oacute;n sigue disponible, el servicio telef&oacute;nico se mantiene como una alternativa intermedia entre la gesti&oacute;n aut&oacute;noma por internet y la atenci&oacute;n en oficinas.
    </p><h2 class="article-text">C&oacute;mo solicitar cita para hacer la declaraci&oacute;n por tel&eacute;fono</h2><p class="article-text">
        El proceso para reservar cita previa se gestiona principalmente a trav&eacute;s de la sede electr&oacute;nica de la&nbsp;Agencia Tributaria. En el apartado habilitado para este tr&aacute;mite, el contribuyente debe identificarse mediante alguno de los sistemas admitidos, como el NIF o NIE, Cl@ve, el n&uacute;mero de referencia, el DNI electr&oacute;nico o el certificado electr&oacute;nico. Tambi&eacute;n existe la posibilidad de realizar la solicitud por tel&eacute;fono a trav&eacute;s de los n&uacute;meros habilitados para la campa&ntilde;a. 
    </p><p class="article-text">
        Una vez dentro del sistema, es necesario seleccionar el servicio correspondiente a la campa&ntilde;a de la renta y elegir la opci&oacute;n de confecci&oacute;n de la declaraci&oacute;n por v&iacute;a telef&oacute;nica. A continuaci&oacute;n, el sistema muestra un calendario con las fechas disponibles, entre las que el usuario puede escoger la que mejor se ajuste a su situaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Durante la reserva, se solicita un n&uacute;mero de tel&eacute;fono de contacto. Este dato es esencial, ya que ser&aacute; el canal utilizado por la Agencia Tributaria para realizar la llamada en el d&iacute;a y la franja horaria elegidos. La llamada se efectuar&aacute; desde el n&uacute;mero 913 335 333, por lo que se recomienda estar disponible en ese intervalo horario previamente seleccionado.
    </p><p class="article-text">
        La gesti&oacute;n de la cita no termina con la reserva inicial. El sistema permite modificar o cancelar la cita por los mismos canales utilizados para solicitarla. En caso de no poder atender la llamada, la Agencia Tributaria indica que se debe anular la cita con al menos 24 horas de antelaci&oacute;n. Si no se realiza este tr&aacute;mite, ser&aacute; necesario solicitar una nueva dentro del periodo disponible, siempre que queden huecos libres.
    </p><h2 class="article-text">Documentaci&oacute;n necesaria para presentar la declaraci&oacute;n por tel&eacute;fono</h2><p class="article-text">
        Para que la atenci&oacute;n telef&oacute;nica se desarrolle correctamente, es imprescindible preparar previamente toda la documentaci&oacute;n necesaria. La Agencia Tributaria se&ntilde;ala que deben estar presentes las personas titulares de la declaraci&oacute;n en el momento de la llamada, ya que ser&aacute; necesario verificar la identidad. En caso de utilizar el sistema Cl@ve, se debe disponer del tel&eacute;fono asociado al registro; si no, ser&aacute; necesario contar con el n&uacute;mero de referencia.
    </p><p class="article-text">
        Entre la documentaci&oacute;n b&aacute;sica exigida se encuentran el DNI, as&iacute; como copia del de otros contribuyentes incluidos en la declaraci&oacute;n, el n&uacute;mero IBAN de la cuenta bancaria y las referencias catastrales de los inmuebles. Esta informaci&oacute;n es imprescindible para completar el tr&aacute;mite, y su ausencia impide que se pueda elaborar la declaraci&oacute;n durante la llamada.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, la Agencia Tributaria indica que deben prepararse documentos adicionales en caso de haber percibido determinadas rentas que no figuren en los datos fiscales. Esto incluye ingresos por trabajo, rendimientos de capital, actividades econ&oacute;micas, operaciones con inmuebles o activos financieros, as&iacute; como posibles deducciones auton&oacute;micas u otros beneficios fiscales. La falta de estos datos puede impedir la correcta elaboraci&oacute;n de la declaraci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        El servicio telef&oacute;nico funciona en tiempo real, lo que significa que la declaraci&oacute;n se confecciona durante la llamada con la informaci&oacute;n disponible en ese momento. Por este motivo, la preparaci&oacute;n previa es un requisito clave para evitar incidencias y completar el proceso en una sola gesti&oacute;n.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Edu Molina]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/renta-2025-debes-solicitar-cita-declaracion-telefono_1_13146789.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 16 Apr 2026 10:06:35 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Renta 2025: Cuándo y cómo debes solicitar cita para hacer la Declaración por teléfono]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Declaración de la Renta,Agencia Tributaria,Impuestos,IRPF,Renta,Teléfono móvil]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Renta 2025: Qué es y cómo puedo conocer la referencia catastral de mi vivienda para hacer la declaración]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/renta-2025-conocer-referencia-catastral-vivienda-declaracion_1_13141336.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/ae4e3a44-611b-4781-9500-65439183930c_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Renta 2025: Qué es y cómo puedo conocer la referencia catastral de mi vivienda para hacer la declaración"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Un código de letras y números que asigna el Catastro a cada inmueble para identificarlo de forma única y que se puede encontrar en documentos habituales de la vivienda o consultar por vías oficiales</p><p class="subtitle">Renta 2025: Cuáles son las principales deducciones para autónomos y PYMES</p></div><p class="article-text">
        Cada a&ntilde;o, al hacer la <a href="https://www.eldiario.es/temas/declaracion-de-la-renta/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Declaraci&oacute;n de la Renta</a>, los contribuyentes deben revisar con detalle la informaci&oacute;n vinculada a sus inmuebles, un apartado que incluye tanto la vivienda habitual como segundas residencias o propiedades en alquiler. En este procedimiento, la Agencia Tributaria solicita una serie de datos que permiten identificar correctamente cada inmueble, y aunque en muchos casos parte de esa informaci&oacute;n ya aparece incorporada en el borrador, no siempre consta de forma completa o actualizada.         
    </p><p class="article-text">
        Dentro de esos datos, la referencia catastral es uno de los elementos que m&aacute;s dudas genera. Se trata de un identificador oficial que permite asociar cada inmueble a su registro correspondiente dentro del Catastro. Su funci&oacute;n es facilitar la localizaci&oacute;n exacta de una vivienda o propiedad dentro del sistema administrativo, y su presencia se ha vuelto habitual en tr&aacute;mites fiscales, especialmente en la Declaraci&oacute;n de la Renta y en otros procedimientos relacionados con la propiedad inmobiliaria.
    </p><p class="article-text">
        El incremento del uso de plataformas digitales ha simplificado la consulta de esta informaci&oacute;n, pero todav&iacute;a es frecuente que los contribuyentes tengan que recurrir a documentos antiguos o a distintos canales para localizarla. En muchos casos, este c&oacute;digo ya ha sido utilizado en declaraciones anteriores, aunque no siempre se conserva a mano.
    </p><h2 class="article-text">Qu&eacute; es la referencia catastral y para qu&eacute; sirve</h2><p class="article-text">
        La referencia catastral es un c&oacute;digo alfanum&eacute;rico formado por 20 caracteres que identifica de manera &uacute;nica cada inmueble registrado en Espa&ntilde;a. Este identificador lo asigna el Catastro, organismo dependiente de la Direcci&oacute;n General del Catastro, y permite diferenciar cada propiedad dentro de su base de datos oficial. No existen dos inmuebles con la misma referencia, lo que convierte este c&oacute;digo en un elemento exclusivo para cada vivienda, oficina, garaje, finca o construcci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Este n&uacute;mero funciona como una especie de identificador del inmueble. A trav&eacute;s de &eacute;l, el sistema catastral asocia datos b&aacute;sicos de la propiedad, como su ubicaci&oacute;n exacta, su uso, su superficie o determinadas caracter&iacute;sticas f&iacute;sicas. En algunos casos tambi&eacute;n permite consultar informaci&oacute;n adicional vinculada al inmueble dentro del registro, lo que lo convierte en una pieza habitual en tr&aacute;mites relacionados con la propiedad.
    </p><p class="article-text">
        Su uso no se limita a la Declaraci&oacute;n de la Renta. La referencia catastral aparece en distintos procedimientos administrativos vinculados a la vivienda, como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, operaciones de compraventa, herencias o contratos de alquiler. En todos estos casos, sirve para identificar sin ambig&uuml;edades el bien inmueble al que se hace referencia.
    </p><p class="article-text">
        En el &aacute;mbito del IRPF, su inclusi&oacute;n es obligatoria en determinados casos cuando se declara una vivienda o cuando el sistema lo requiere para completar los datos del inmueble. Si el contribuyente tiene varios bienes, este c&oacute;digo permite distinguir cada uno de ellos de forma precisa dentro del formulario.
    </p><h2 class="article-text">C&oacute;mo consultar la referencia catastral de una vivienda</h2><p class="article-text">
        Existen varias formas de localizar la referencia catastral sin necesidad de iniciar un tr&aacute;mite complejo. Una de las m&aacute;s habituales es revisar el recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, donde este c&oacute;digo suele aparecer reflejado junto a los datos de la vivienda. Este documento es una de las fuentes m&aacute;s directas para acceder a esta informaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Otra v&iacute;a frecuente es la documentaci&oacute;n relacionada con la propiedad. En el caso de viviendas en propiedad, las escrituras de compraventa suelen incluir la referencia catastral dentro de la descripci&oacute;n del inmueble. Tambi&eacute;n puede aparecer en contratos de alquiler, donde se incorpora como parte de los datos identificativos de la vivienda arrendada.
    </p><p class="article-text">
        Si no se dispone de estos documentos, la consulta puede realizarse a trav&eacute;s de la <a href="https://www.sedecatastro.gob.es" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Sede Electr&oacute;nica del Catastro</a>. En esta plataforma es posible introducir la direcci&oacute;n del inmueble mediante la opci&oacute;n de b&uacute;squeda por calle y n&uacute;mero. Una vez localizada la vivienda, el sistema muestra los datos asociados, entre ellos la referencia catastral y otras caracter&iacute;sticas b&aacute;sicas del inmueble, como su superficie o su uso. Este m&eacute;todo es uno de los m&aacute;s utilizados porque permite acceder directamente a la informaci&oacute;n sin necesidad de documentaci&oacute;n adicional, siempre que se conozca la direcci&oacute;n exacta del inmueble.
    </p><p class="article-text">
        Otra alternativa es recurrir a Declaraciones de la Renta de a&ntilde;os anteriores. En muchos casos, este dato ya fue incluido en ejercicios previos, por lo que puede recuperarse revisando la documentaci&oacute;n presentada en campa&ntilde;as anteriores. Esto resulta &uacute;til especialmente cuando no se dispone de otros documentos f&iacute;sicos o digitales.     
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n es posible consultar la referencia catastral a trav&eacute;s de los servicios de atenci&oacute;n del Catastro, tanto de forma presencial como telef&oacute;nica. Este canal se utiliza cuando no es posible localizar el c&oacute;digo por medios habituales o cuando existen dudas sobre la correspondencia entre la direcci&oacute;n del inmueble y los datos registrados. En estos casos, suele ser necesario aportar informaci&oacute;n b&aacute;sica del inmueble para facilitar la b&uacute;squeda.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Edu Molina]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/renta-2025-conocer-referencia-catastral-vivienda-declaracion_1_13141336.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 14 Apr 2026 12:39:47 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Renta 2025: Qué es y cómo puedo conocer la referencia catastral de mi vivienda para hacer la declaración]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Declaración de la Renta,Vivienda,Renta,Agencia Tributaria,Impuestos,IRPF]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Renta 2025: Cuáles son las principales deducciones para autónomos y PYMES]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/renta-2025-son-principales-deducciones-autonomos-pymes_1_13137929.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/8ac1724d-f7f2-4f64-9663-858acf5930df_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Renta 2025: Cuáles son las principales deducciones para autónomos y PYMES"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Trabajadores por cuenta propia y empresas deben acreditar los gastos ligados a su actividad real para que puedan ser tenidos en cuenta en el cálculo de la campaña</p><p class="subtitle">Renta 2025: Estas son las deducciones fiscales y bonificaciones que se pueden aplicar en cada comunidad</p></div><p class="article-text">
        En la <a href="https://www.eldiario.es/temas/declaracion-de-la-renta/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Declaraci&oacute;n de la Renta</a> correspondiente al ejercicio fiscal 2025, que se presenta en 2026, los aut&oacute;nomos y las peque&ntilde;as y medianas empresas (PYMES) disponen de diferentes mecanismos fiscales que permiten aliviar su carga tributaria, siempre que los gastos est&eacute;n debidamente justificados y vinculados a la actividad econ&oacute;mica. En un contexto de aumento de costes, estas deducciones se han convertido en una herramienta esencial para mejorar la liquidez y la viabilidad de los negocios, aunque su aplicaci&oacute;n requiere un conocimiento preciso de la normativa para evitar errores ante la administraci&oacute;n tributaria.
    </p><p class="article-text">
        En t&eacute;rminos generales, tanto aut&oacute;nomos como sociedades pueden deducir gastos corrientes como suministros, alquileres o servicios profesionales, adem&aacute;s de beneficiarse de incentivos ligados a la inversi&oacute;n, el empleo o la innovaci&oacute;n. No obstante, existen diferencias relevantes entre ambos reg&iacute;menes fiscales que condicionan el alcance de estas ventajas y su impacto real en la tributaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        En esta campa&ntilde;a, adem&aacute;s, se mantienen determinados l&iacute;mites que afectan a la actividad econ&oacute;mica. Entre ellos, los relativos al volumen de ingresos y operaciones, que siguen funcionando como referencia para distintas obligaciones fiscales: 250.000 euros en el caso de rendimientos &iacute;ntegros, 125.000 euros cuando existen operaciones con obligaci&oacute;n de facturar a otros empresarios y otros 250.000 euros en el volumen de compras.
    </p><h2 class="article-text">Deducciones para aut&oacute;nomos</h2><p class="article-text">
        En el caso de los trabajadores por cuenta propia, la deducci&oacute;n de gastos sigue estando condicionada a su vinculaci&oacute;n directa con la actividad econ&oacute;mica. Solo pueden incluirse aquellos que est&eacute;n relacionados con el desarrollo del negocio y que tengan impacto en la obtenci&oacute;n de ingresos.
    </p><p class="article-text">
        Para que un gasto sea aceptado, es necesario que est&eacute; respaldado por documentaci&oacute;n v&aacute;lida. Esto implica disponer de facturas completas que cumplan los requisitos legales, ya que los tickets o justificantes simplificados no suelen ser suficientes en el &aacute;mbito empresarial. Junto a ello, los gastos deben poder acreditarse y estar correctamente relacionados con la actividad, de forma que resulten coherentes con el trabajo desarrollado.
    </p><p class="article-text">
        Entre los gastos m&aacute;s habituales se encuentra la cuota de aut&oacute;nomos, que puede deducirse &iacute;ntegramente en el IRPF. Tambi&eacute;n se mantiene la deducci&oacute;n del alquiler de locales cuando estos se destinan de forma exclusiva a la actividad, en cuyo caso el gasto puede deducirse al 100%.
    </p><p class="article-text">
        Cuando el trabajo se realiza desde el domicilio habitual, los suministros como electricidad, agua, gas, internet o telefon&iacute;a pueden deducirse aplicando un criterio espec&iacute;fico. En estos casos, se toma el 30% de la proporci&oacute;n existente entre la superficie destinada a la actividad y el total de la vivienda, lo que determina la parte deducible del gasto.
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n se incluyen como gastos deducibles los servicios profesionales externos, como asesor&iacute;as, gestor&iacute;as, servicios jur&iacute;dicos o consultor&iacute;as. A ello se suman otros costes habituales del d&iacute;a a d&iacute;a del negocio, como material de oficina, equipos inform&aacute;ticos, software, mobiliario o cualquier recurso necesario para el desarrollo de la actividad.
    </p><p class="article-text">
        En el &aacute;mbito comercial, entran igualmente los gastos vinculados al marketing y la publicidad, como campa&ntilde;as digitales, anuncios en plataformas o la creaci&oacute;n y mantenimiento de p&aacute;ginas web. En el caso de los veh&iacute;culos, la deducci&oacute;n queda limitada a los supuestos en los que se pueda acreditar un uso exclusivamente profesional, de manera que los desplazamientos deben estar directamente relacionados con la actividad y se excluye cualquier utilizaci&oacute;n personal o no justificada.
    </p><p class="article-text">
        Una de las novedades de este ejercicio es la incorporaci&oacute;n de ajustes vinculados a las cotizaciones a la Seguridad Social. Tras la implantaci&oacute;n del sistema de cotizaci&oacute;n en funci&oacute;n de ingresos, pueden producirse regularizaciones posteriores de cuotas. Estas variaciones podr&aacute;n reflejarse en la declaraci&oacute;n mediante nuevas casillas espec&iacute;ficas, lo que permitir&aacute; incorporarlas como gasto o ingreso seg&uacute;n corresponda.
    </p><p class="article-text">
        En este ejercicio tambi&eacute;n se introduce una reducci&oacute;n del 30% sobre determinados rendimientos netos procedentes de actividades art&iacute;sticas, cient&iacute;ficas, literarias o esc&eacute;nicas cuando estos ingresos se obtienen de forma excepcional. Esta medida se aplica sobre un m&aacute;ximo de 150.000 euros anuales.
    </p><p class="article-text">
        A ello se suma la actualizaci&oacute;n de los l&iacute;mites de otra reducci&oacute;n destinada a contribuyentes con ingresos m&aacute;s bajos. Podr&aacute;n acogerse quienes tengan rendimientos netos inferiores a 19.747,50 euros, siempre que no dispongan de otras rentas superiores a 6.500 euros. En este caso, la reducci&oacute;n alcanza hasta 6.498 euros anuales para los tramos m&aacute;s bajos, mientras que en niveles intermedios se aplica una f&oacute;rmula progresiva en funci&oacute;n del rendimiento obtenido. 
    </p><p class="article-text">
        En estimaci&oacute;n directa simplificada, se mantiene adem&aacute;s la reducci&oacute;n del 5% por gastos de dif&iacute;cil justificaci&oacute;n, con un l&iacute;mite m&aacute;ximo de 2.000 euros anuales. Este beneficio no es compatible con otros incentivos espec&iacute;ficos en determinados supuestos de dependencia econ&oacute;mica. En estimaci&oacute;n objetiva, por su parte, se conserva una reducci&oacute;n del 5% sobre el rendimiento neto de m&oacute;dulos.
    </p><h2 class="article-text">Deducciones para pymes</h2><p class="article-text">
        En el caso de las peque&ntilde;as y medianas empresas, los gastos deducibles son aquellos que pueden restarse de los ingresos para determinar el beneficio sobre el que se aplica el Impuesto sobre Sociedades. Para ello, deben cumplirse una serie de requisitos que garantizan su validez fiscal.
    </p><p class="article-text">
        En primer lugar, los gastos deben estar directamente relacionados con la actividad econ&oacute;mica de la empresa y contribuir al desarrollo del negocio. A esto se suma la obligaci&oacute;n de contar con documentaci&oacute;n justificativa adecuada, lo que implica disponer de facturas completas que cumplan los requisitos legales, ya que los tickets o justificantes simplificados no suelen ser suficientes en el &aacute;mbito empresarial.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, los gastos deben estar correctamente registrados en la contabilidad de la empresa, lo que permite su seguimiento y control dentro del ejercicio fiscal correspondiente. Tambi&eacute;n es necesario que se imputen en el periodo en el que realmente se producen, sin trasladarlos a otros ejercicios, ya que esto podr&iacute;a alterar el resultado fiscal.
    </p><p class="article-text">
        Dentro de este marco, las pymes pueden deducir gastos habituales como suministros, alquileres de locales, servicios profesionales externos, inversiones en tecnolog&iacute;a o software y otros costes asociados al funcionamiento diario del negocio. Tambi&eacute;n se incluyen las amortizaciones de bienes de inversi&oacute;n, que permiten repartir el coste de determinados activos a lo largo de varios ejercicios.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Edu Molina]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/renta-2025-son-principales-deducciones-autonomos-pymes_1_13137929.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 13 Apr 2026 13:06:10 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Renta 2025: Cuáles son las principales deducciones para autónomos y PYMES]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Declaración de la Renta,Autónomos,Pymes,Impuestos,IRPF,Agencia Tributaria,Renta]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Renta 2025: Estas son las deducciones fiscales y bonificaciones que se pueden aplicar en cada comunidad]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/renta-2025-son-deducciones-fiscales-bonificaciones-aplicar-comunidad_1_13132380.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/4fd38da6-fd07-4c7e-b44e-334af0ad8b9f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Renta 2025: Estas son las deducciones fiscales y bonificaciones que se pueden aplicar en cada comunidad"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Cada territorio incorpora ventajas fiscales propias que, según la situación personal o familiar, pueden rebajar el importe final del impuesto o aumentar la devolución en la declaración anual</p><p class="subtitle">Renta 2025: Cuándo y cómo debes solicitar cita para hacer la Declaración por teléfono
</p></div><p class="article-text">
        En la declaraci&oacute;n de la renta, una parte importante del resultado final no depende &uacute;nicamente del Estado, sino tambi&eacute;n de las comunidades aut&oacute;nomas. Estas pueden establecer deducciones propias dentro del IRPF que, en muchos casos, no se tienen en cuenta, pese a que pueden suponer un ahorro relevante: reducen la cantidad a pagar o incrementan la devoluci&oacute;n seg&uacute;n el caso. Se trata de un conjunto de beneficios fiscales que se aplican en situaciones muy diversas, especialmente vinculadas a la vivienda, y que abarcan desde el alquiler y la compra hasta la rehabilitaci&oacute;n o el apoyo a determinados colectivos como j&oacute;venes o familias.
    </p><p class="article-text">
        Para poder acceder a estas ventajas es necesario cumplir un requisito clave: haber tenido la residencia fiscal en una misma comunidad durante la mayor parte del a&ntilde;o, lo que en la pr&aacute;ctica supone haber permanecido en ese territorio al menos 183 d&iacute;as durante el ejercicio. Solo entonces pueden aplicarse las deducciones auton&oacute;micas correspondientes. La campa&ntilde;a de la renta del ejercicio 2025 podr&aacute; presentarse entre el 8 de abril de 2026 y el 30 de junio, por lo que conviene tener presentes estas medidas antes de realizar la declaraci&oacute;n. 
    </p><p class="article-text">
        A continuaci&oacute;n, se recogen las deducciones aprobadas para el IRPF en cada comunidad aut&oacute;noma para el ejercicio 2025:  
    </p><h2 class="article-text">Andaluc&iacute;a</h2><p class="article-text">
        Los contribuyentes que hayan desarrollado su residencia habitual en la <a href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/vivienda-otros-inmuebles/irpf-deducciones-autonomicas/andalucia.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Comunidad Aut&oacute;noma de Andaluc&iacute;a</a> durante 2025 podr&aacute;n beneficiarse de las siguientes deducciones fiscales auton&oacute;micas:
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li>Por inversi&oacute;n en vivienda habitual que tenga la consideraci&oacute;n de protegida y por las personas j&oacute;venes</li>
                                    <li>Por cantidades invertidas en el alquiler de la vivienda habitual </li>
                            </ul>
            </div><h2 class="article-text">Arag&oacute;n</h2><p class="article-text">
        En <a href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/vivienda-otros-inmuebles/irpf-deducciones-autonomicas/aragon.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Arag&oacute;n</a>, quienes hayan fijado all&iacute; su residencia habitual durante 2025 podr&aacute;n acogerse a las siguientes deducciones auton&oacute;micas:
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li>Por adquisici&oacute;n o rehabilitaci&oacute;n de vivienda habitual en n&uacute;cleos rurales o an&aacute;logos</li>
                                    <li>Por arrendamiento de vivienda social (deducci&oacute;n del arrendador) </li>
                                    <li>Por arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de daci&oacute;n en pago</li>
                                    <li>Por adquisici&oacute;n de vivienda habitual por v&iacute;ctimas del terrorismo</li>
                            </ul>
            </div><h2 class="article-text">Principado de Asturias</h2><p class="article-text">
        Durante 2025, los contribuyentes con residencia habitual en el <a href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/vivienda-otros-inmuebles/irpf-deducciones-autonomicas/principado-asturias.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Principado de Asturias</a> podr&aacute;n acceder a estas deducciones auton&oacute;micas:
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li>Por gastos derivados del arrendamiento de viviendas</li>
                                    <li>Por adquisici&oacute;n o adecuaci&oacute;n de la vivienda habitual para contribuyentes con discapacidad</li>
                                    <li>Por adquisici&oacute;n o rehabilitaci&oacute;n de vivienda habitual para determinados colectivos</li>
                                    <li>Por inversi&oacute;n en vivienda habitual que tenga la consideraci&oacute;n de protegida</li>
                                    <li>Por arrendamiento de vivienda habitual</li>
                            </ul>
            </div><h2 class="article-text">Illes Balears</h2><p class="article-text">
        En las Illes Balears, los residentes habituales durante 2025 podr&aacute;n beneficiarse de las siguientes <a href="https://www.eldiario.es/illes-balears/economia/renta-2025-24-deducciones-nuevas-medidas-fiscales-puedes-acoger-balears_1_13126950.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">medidas fiscales auton&oacute;micas</a>:
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li>Por arrendamiento de vivienda en el territorio de las Illes Balears derivado del traslado temporal de residencia por motivos laborales</li>
                                    <li>Para el arrendador de bienes inmuebles destinados a vivienda permanente en el territorio de las Illes Balears. Otros gastos</li>
                                    <li>Para compensar los gastos derivados de una vivienda ocupada ilegalmente o por raz&oacute;n de suspensi&oacute;n del lanzamiento</li>
                                    <li>Para el arrendador de bienes inmuebles destinados a vivienda permanente en el territorio de las Illes Balears. Primas de seguros</li>
                                    <li>Por arrendamiento de la vivienda habitual en el territorio de las Illes Balears</li>
                            </ul>
            </div><h2 class="article-text">Canarias</h2><p class="article-text">
        Quienes hayan residido en la <a href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/vivienda-otros-inmuebles/irpf-deducciones-autonomicas/canarias.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Comunidad Aut&oacute;noma de Canarias</a> durante el ejercicio 2025 podr&aacute;n aplicar estas deducciones auton&oacute;micas:
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li>Por gastos en primas de seguros de cr&eacute;dito para cubrir impagos de rentas de arrendamientos de vivienda (deducci&oacute;n del arrendador)</li>
                                    <li>Por la puesta de viviendas en el mercado de arrendamiento de viviendas habituales</li>
                                    <li>Por alquiler de vivienda habitual</li>
                                    <li>Por arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de daci&oacute;n en pago</li>
                                    <li>Por inversi&oacute;n en vivienda habitual</li>
                                    <li>Por gastos derivados de la adecuaci&oacute;n de un inmueble con destino al arrendamiento como vivienda habitual</li>
                            </ul>
            </div><h2 class="article-text">Cantabria</h2><p class="article-text">
        Los residentes en <a href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/vivienda-otros-inmuebles/irpf-deducciones-autonomicas/cantabria.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Cantabria</a> durante 2025 tendr&aacute;n acceso a estas deducciones auton&oacute;micas:
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li>Por obras de mejora</li>
                                    <li>Por arrendamiento de vivienda situada en zonas de Cantabria con reto demogr&aacute;fico que constituya o vaya a constituir la vivienda habitual del arrendatario (deducci&oacute;n para el arrendatario)</li>
                                    <li>Por el arrendamiento de viviendas vac&iacute;as</li>
                            </ul>
            </div><h2 class="article-text">Castilla-La Mancha</h2><p class="article-text">
        En Castilla-La Mancha, quienes hayan mantenido su residencia habitual durante 2025 podr&aacute;n beneficiarse de las siguientes <a href="https://www.eldiario.es/castilla-la-mancha/social/arranca-campana-renta-2025-son-deducciones-vigentes-castilla-mancha_1_13124329.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">deducciones fiscales</a>:
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li>Por arrendamiento de vivienda habitual por familias numerosas</li>
                                    <li>Por arrendamiento de vivienda habitual por familias monoparentales</li>
                                    <li>Por adquisici&oacute;n o rehabilitaci&oacute;n de la vivienda habitual en zonas rurales</li>
                                    <li>Por los gastos en intereses por la financiaci&oacute;n ajena de la adquisici&oacute;n de primera vivienda habitual por menores de 40 a&ntilde;os</li>
                                    <li>Por arrendamiento de vivienda habitual por menores de 36 a&ntilde;os</li>
                                    <li>Por arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de daci&oacute;n en pago</li>
                            </ul>
            </div><h2 class="article-text">Castilla y Le&oacute;n</h2><p class="article-text">
        Durante 2025, los contribuyentes con residencia habitual en <a href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/vivienda-otros-inmuebles/irpf-deducciones-autonomicas/castilla-leon.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Castilla y Le&oacute;n</a> podr&aacute;n acceder a estas deducciones auton&oacute;micas:
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li>Por arrendamiento de vivienda habitual por j&oacute;venes</li>
                                    <li>Por rehabilitaci&oacute;n de viviendas en el medio rural destinadas a su alquiler</li>
                                    <li>Por adquisici&oacute;n de vivienda de nueva construcci&oacute;n para residencia habitual</li>
                                    <li>Por adquisici&oacute;n o rehabilitaci&oacute;n de vivienda habitual por j&oacute;venes en el medio rural</li>
                            </ul>
            </div><h2 class="article-text">Catalunya</h2><p class="article-text">
        En <a href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/vivienda-otros-inmuebles/irpf-deducciones-autonomicas/cataluna.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Catalunya</a>, los contribuyentes residentes en 2025 podr&aacute;n acogerse a las siguientes deducciones:
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li>Por rehabilitaci&oacute;n de la vivienda habitual</li>
                                    <li>Tramo auton&oacute;mico de la deducci&oacute;n por inversi&oacute;n en vivienda habitual</li>
                                    <li>Por alquiler de la vivienda habitual de v&iacute;ctimas de violencia machista</li>
                                    <li>Por alquiler de la vivienda habitual</li>
                            </ul>
            </div><h2 class="article-text">Extremadura</h2><p class="article-text">
        Quienes hayan tenido su residencia habitual en <a href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/vivienda-otros-inmuebles/irpf-deducciones-autonomicas/extremadura.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Extremadura</a> durante 2025 podr&aacute;n beneficiarse de estas deducciones auton&oacute;micas:
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li>Por adquisici&oacute;n o rehabilitaci&oacute;n de la vivienda habitual en zonas rurales</li>
                                    <li>Para arrendadores de viviendas vac&iacute;as</li>
                                    <li>Por arrendamiento de vivienda habitual</li>
                                    <li>Por inversiones en la rehabilitaci&oacute;n de viviendas en zonas rurales para ser destinadas a su alquiler</li>
                                    <li>Por intereses de financiaci&oacute;n ajena para la inversi&oacute;n en vivienda habitual para j&oacute;venes</li>
                                    <li>Por adquisici&oacute;n o rehabilitaci&oacute;n de vivienda habitual para j&oacute;venes y para v&iacute;ctimas del terrorismo</li>
                            </ul>
            </div><h2 class="article-text">Galicia</h2><p class="article-text">
        En <a href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/vivienda-otros-inmuebles/irpf-deducciones-autonomicas/galicia.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Galicia</a>, durante 2025, los contribuyentes residentes podr&aacute;n acceder a las siguientes deducciones:
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li>Por adquisici&oacute;n y rehabilitaci&oacute;n de viviendas en los proyectos de aldeas modelo</li>
                                    <li>Por alquiler de la vivienda habitual</li>
                                    <li>Por el arrendamiento de viviendas vac&iacute;as</li>
                                    <li>Por rehabilitaci&oacute;n de bienes inmuebles situados en centros hist&oacute;ricos</li>
                            </ul>
            </div><h2 class="article-text">Comunidad de Madrid</h2><p class="article-text">
        En la <a href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/vivienda-otros-inmuebles/irpf-deducciones-autonomicas/madrid.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Comunidad de Madrid</a>, quienes hayan residido durante 2025 podr&aacute;n beneficiarse de estas deducciones fiscales:
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li>Por adquisici&oacute;n de vivienda habitual en municipios en riesgo de despoblaci&oacute;n</li>
                                    <li>Por arrendamiento de viviendas vac&iacute;as</li>
                                    <li>Por el incremento de los costes de la financiaci&oacute;n ajena para la inversi&oacute;n en vivienda habitual derivado del alza de los tipos de inter&eacute;s</li>
                                    <li>Por gastos derivados del arrendamiento de viviendas</li>
                                    <li>Por adquisici&oacute;n de vivienda habitual por nacimiento o adopci&oacute;n de hijos</li>
                                    <li>Por el pago de intereses de pr&eacute;stamos para la adquisici&oacute;n de vivienda por j&oacute;venes menores de treinta a&ntilde;os</li>
                                    <li>Por arrendamiento de la vivienda habitual</li>
                            </ul>
            </div><h2 class="article-text">Regi&oacute;n de Murcia</h2><p class="article-text">
        En la <a href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/vivienda-otros-inmuebles/irpf-deducciones-autonomicas/region-murcia.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Regi&oacute;n de Murcia</a>, los contribuyentes con residencia habitual durante 2025 podr&aacute;n aplicar estas deducciones:
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li>Por arrendamiento de vivienda habitual</li>
                                    <li>R&eacute;gimen transitorio de la deducci&oacute;n por inversi&oacute;n en vivienda habitual</li>
                                    <li>Por adquisici&oacute;n de nueva vivienda habitual o ampliaci&oacute;n de la vivienda habitual actual por familias numerosas</li>
                                    <li>Por inversi&oacute;n en vivienda habitual por j&oacute;venes de edad igual o inferior a 40 a&ntilde;os</li>
                            </ul>
            </div><h2 class="article-text">La Rioja</h2><p class="article-text">
        En <a href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/vivienda-otros-inmuebles/irpf-deducciones-autonomicas/rioja.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">La Rioja</a>, quienes hayan residido durante 2025 podr&aacute;n beneficiarse de las siguientes deducciones auton&oacute;micas:
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li>Por arrendamiento de vivienda habitual para contribuyentes menores de 36 a&ntilde;os</li>
                                    <li>Por las cantidades invertidas en obras de rehabilitaci&oacute;n de la vivienda habitual</li>
                                    <li>Para paliar la subida de los intereses de los pr&eacute;stamos hipotecarios destinados a la adquisici&oacute;n de vivienda habitual</li>
                                    <li>Por adquisici&oacute;n o rehabilitaci&oacute;n de segunda vivienda en el medio rural</li>
                                    <li>Por la adquisici&oacute;n, construcci&oacute;n o rehabilitaci&oacute;n de vivienda habitual en peque&ntilde;os municipios de La Rioja</li>
                                    <li>Por cantidades invertidas en adquisici&oacute;n o construcci&oacute;n de vivienda habitual para j&oacute;venes </li>
                                    <li>Por inversi&oacute;n en vivienda habitual de j&oacute;venes menores de 36 a&ntilde;os</li>
                            </ul>
            </div><h2 class="article-text">Comunitat Valenciana</h2><p class="article-text">
        En la <a href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/vivienda-otros-inmuebles/irpf-deducciones-autonomicas/comunitat-valenciana.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Comunitat Valenciana</a>, durante 2025, los contribuyentes residentes podr&aacute;n acceder a estas deducciones:
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li>Por cantidades destinadas a la adquisici&oacute;n o rehabilitaci&oacute;n de vivienda habitual, procedentes de ayudas p&uacute;blicas</li>
                                    <li>Por obtenci&oacute;n de rentas derivadas de arrendamientos de vivienda, cuya renta no supere el precio de referencia de los alquileres privados de la Comunitat Valenciana (deducci&oacute;n del arrendador)</li>
                                    <li>Por arrendamiento o pago por la cesi&oacute;n en uso de la vivienda habitual</li>
                                    <li>Por el incremento de los costes de la financiaci&oacute;n ajena en la inversi&oacute;n de la vivienda habitual</li>
                                    <li>Por adquisici&oacute;n de vivienda habitual por personas con discapacidad</li>
                                    <li>Por arrendamiento de una vivienda, como consecuencia de la realizaci&oacute;n de una actividad, por cuenta propia o ajena, en distinto municipio</li>
                                    <li>Por primera adquisici&oacute;n de su vivienda habitual por contribuyentes de edad igual o inferior a 35 a&ntilde;os</li>
                            </ul>
            </div>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Edu Molina]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/renta-2025-son-deducciones-fiscales-bonificaciones-aplicar-comunidad_1_13132380.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 10 Apr 2026 09:25:53 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Renta 2025: Estas son las deducciones fiscales y bonificaciones que se pueden aplicar en cada comunidad]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Declaración de la Renta,Comunidades Autónomas,Renta,Agencia Tributaria,Impuestos,IRPF]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Empieza la renta: no, el problema no son los impuestos (son la vivienda y la pobreza infantil)]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/blog/contraoferta/empieza-renta-no-problema-no-son-impuestos-son-vivienda-pobreza-infantil_132_13128378.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/08eea389-6925-4b84-ba1b-f45454324680_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Empieza la renta: no, el problema no son los impuestos (son la vivienda y la pobreza infantil)"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Arranca la campaña de la renta. Mientras el PP se centra en cuánto pagamos, la piedra de toque es la progresividad fiscal: quién paga y para qué en el nuevo Estado del bienestar de la infancia y de los cuidados</p><p class="subtitle">Apúntate para que te enviemos cada semana las claves de cómo afecta la economía a tu día a día - Recibe Contraoferta en tu correo</p></div><p class="article-text">
        Arranca esta semana <a href="https://www.eldiario.es/economia/claves-campana-renta-2025-son-novedades-declaracion-irpf_1_13114994.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la campa&ntilde;a de la renta</a> y, como cada a&ntilde;o, vuelve el viejo debate sobre los impuestos. <a href="https://www.eldiario.es/politica/feijoo-promete-bajar-impuestos-si-llega-gobierno-si-no-dejare-presidente_1_13126753.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Para el PP y determinados c&iacute;rculos empresariales pagamos demasiados</a>, vivimos en un infierno fiscal, aunque <a href="https://www.eldiario.es/economia/espana-no-infierno-fiscal-recaudacion-aumenta-sigue-lejos-grandes-europeas_1_12846009.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la realidad se obstine en decir lo contrario</a>. M&aacute;s all&aacute; del tr&aacute;mite, conviene mirarlo desde la econom&iacute;a real: la de las familias que las pasan canutas. Porque es ah&iacute; donde el sistema fiscal deja de ser una abstracci&oacute;n y se convierte en un mecanismo concreto y central de redistribuci&oacute;n de la riqueza. Y en un momento en el que dos grandes grietas &mdash;<a href="https://www.eldiario.es/economia/precio-vivienda-sube-espana-triple-potencias-europeas-pese-moderarse_1_13124711.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la vivienda</a> y la pobreza infantil&mdash; condicionan la vida de millones de personas, esa funci&oacute;n adquiere un sentido especialmente tangible.
    </p><p class="article-text">
        La pobreza infantil, en particular, resume bien el problema: empezar mal la carrera te marca para siempre. Por eso gana fuerza la idea de abordarla como un derecho desde el inicio. El ministro Pablo Bustinduy lo plantea con claridad al defender una <a href="https://www.eldiario.es/sociedad/prestacion-universal-crianza-ayuda-200-euros-menores-18-anos-horizonte-lejano_1_12979849.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">prestaci&oacute;n universal por crianza</a>. No como una ayuda condicionada, sino como un mecanismo eficaz que llega a todos de forma inmediata. Y quien no la necesite la devolver&aacute; v&iacute;a impuestos. Es decir, la redistribuci&oacute;n no se hace en la puerta de entrada, sino a trav&eacute;s del sistema fiscal, como ocurre con la sanidad, la educaci&oacute;n o las pensiones. Si quieres profundizar en el tema<a href="https://www.eldiario.es/politica/bustinduy-promete-actuaciones-defender-inquilinos-confia-ganar-votacion-decreto-vivienda_1_13103887.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">, te recomiendo esta entrevista</a>.
    </p><p class="article-text">
        El enfoque del ministro conecta con una corriente econ&oacute;mica cada vez m&aacute;s influyente. Carles Manera, catedr&aacute;tico de Historia Econ&oacute;mica y consejero del Banco de Espa&ntilde;a, insiste en que invertir en infancia es <a href="https://www.eldiario.es/illes-balears/economia/carles-manera-economista-politicos-viven-matrix-no-puedes-bajar-impuestos-mantener-servicios-publicos_1_12661726.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la pol&iacute;tica con mayor retorno posible</a>, mientras que el presidente del Consejo Econ&oacute;mico y Social (CES), <a href="https://www.eldiario.es/illes-balears/economia/carles-manera-economista-politicos-viven-matrix-no-puedes-bajar-impuestos-mantener-servicios-publicos_1_12661726.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Ant&oacute;n Costas, sit&uacute;a el debate en la necesidad de un nuevo contrato social</a>: menos redistribuci&oacute;n ex post y m&aacute;s predistribuci&oacute;n de oportunidades. En palabras de Costas: esto va de c&oacute;mo tratamos a nuestros ni&ntilde;os y a nuestros j&oacute;venes antes de que entren en el mercado de trabajo.<strong> </strong>Las tres ideas apuntan en la misma direcci&oacute;n: garantizar condiciones de partida m&aacute;s igualitarias no solo es justo, tambi&eacute;n es eficiente. Y Espa&ntilde;a, con niveles de pobreza infantil an&oacute;malamente altos, tiene ah&iacute; un margen de mejora evidente.
    </p><p class="article-text">
        Pero es que a todo lo anterior se suma otra presi&oacute;n estructural: el envejecimiento. Viviremos m&aacute;s y necesitaremos m&aacute;s cuidados, lo que obliga a construir un sistema p&uacute;blico adaptado a esta nueva realidad, como contamos en la <a href="https://www.eldiario.es/socios/disponible-version-digital-nueva-revista-sueno-vida-eterna_132_13061218.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">nueva edici&oacute;n de nuestra revista trimestral</a><strong>:&nbsp;</strong>&lsquo;El sue&ntilde;o de la vida eterna. Una vieja aspiraci&oacute;n entre la realidad y el delirio'. No se trata solo de gastar m&aacute;s, sino de gastar mejor. De nuevo, hablamos de derechos que requieren financiaci&oacute;n estable y sostenida en el tiempo.
    </p><p class="article-text">
        Y ah&iacute; es donde la campa&ntilde;a de la renta vuelve a cobrar sentido. Si la vivienda y la infancia deben ser derechos, y si los cuidados van a ser el pr&oacute;ximo gran pilar del Estado del bienestar, alguien tiene que sostenerlos. La respuesta pasa por <a href="https://www.eldiario.es/economia/sistema-tributario-espanol-progresivo-resto-europa-reduce-8-puntos-desigualdad_1_12793013.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">reforzar la progresividad</a>: que los que m&aacute;s tienen aporten m&aacute;s. No solo porque de esa contribuci&oacute;n depende que las prestaciones universales funcionen con la eficacia que se les presupone, sino por equidad.
    </p><h2 class="article-text"><strong>El gr&aacute;fico</strong></h2><figure class="ni-figure">
        
                                            






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                </figure><p class="article-text">
        El titular del gr&aacute;fico es lo que dicen los datos analizados por este diario sobre qu&eacute; hogares se benefician m&aacute;s de la rebaja de impuestos a los combustibles, una de las medidas que <a href="https://www.eldiario.es/politica/gobierno-rebajara-10-iva-combustibles-guerra-iran_1_13083277.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"><strong>el Gobierno ha puesto en marcha para paliar la subida de precios provocada por el despegue del crudo</strong></a>&nbsp;tras el ataque de Estados Unidos e Israel a Ir&aacute;n, y que cuenta con&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/politica/congreso-convalida-decreto-paliar-efectos-economicos-guerra-iran_1_13100625.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"><strong>el respaldo del Congreso</strong></a>.&nbsp;Te las recuerdo por si ahora no caes: una reducci&oacute;n del IVA de los combustibles al 10% y otra del tipo impositivo del Impuesto sobre Hidrocarburos en los productos m&aacute;s consumidos, como son el gas&oacute;leo y la gasolina sin plomo, entre otros. El texto tambi&eacute;n recoge una bajada de los impuestos de la electricidad.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Por cierto, no s&eacute; si sabes que esta semana <a href="https://www.eldiario.es/economia/bruselas-avisa-espana-bajar-10-iva-combustible-incumple-ley-europea_1_13125489.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Bruselas ha advertido a Espa&ntilde;a</a> de que rebajar el IVA de los combustibles al tipo reducido del 10%, se desv&iacute;a de la normativa europea sobre este impuesto, aunque tambi&eacute;n es cierto que la Comisi&oacute;n no va a tomar ninguna medida al respecto.
    </p><p class="article-text">
        Volviendo al gr&aacute;fico, seg&uacute;n los datos, si segmentamos a la poblaci&oacute;n en diferentes grupos en funci&oacute;n del nivel de ingresos &mdash;siendo los m&aacute;s ricos quienes ingresan m&aacute;s de 5.000 euros al mes y los que menos, quienes no superan los 1.000 euros&mdash; los m&aacute;s favorecidos por estas medidas fiscales son, por tanto, los hogares que m&aacute;s ingresos disponibles tienen, que pueden ahorrar unos 25 euros de media al mes, frente a unos nueve euros de media en los escalones m&aacute;s bajos.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Gran parte del plan se basa en bajar impuestos para todos. 
    </p><p class="article-text">
        &mdash;&iquest;Por qu&eacute; no se ha apostado por ayudas m&aacute;s focalizadas en quienes realmente no pueden pagar la factura, en lugar de beneficiar tambi&eacute;n a rentas altas?&ldquo; &mdash;pregunt&eacute; hace unos d&iacute;as a la vicepresidenta tercera y ministra para la Transici&oacute;n Ecol&oacute;gica y el Reto Demogr&aacute;fico, Sara Aagesen, durante&nbsp;el <a href="https://www.eldiario.es/eventos/foro-economico-vi/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">VI Foro Econ&oacute;mico de elDiario.es</a>. 
    </p><p class="article-text">
        Se fue un poco por la tangente. Si te interesa <a href="https://www.eldiario.es/economia/sara-aagesen-foro-economico-eldiario-mayor-riesgo-dependencia-combustibles-fosiles-vulnerables_1_13099050.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la entrevista la tienes en este enlace</a>, y si quieres saber <a href="https://www.eldiario.es/economia/dicen-datos-hogares-benefician-rebaja-impuestos-combustibles_1_13104143.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">m&aacute;s sobre el asunto del gr&aacute;fico pincha aqu&iacute;</a>.
    </p><h2 class="article-text"><strong>El dato</strong></h2><blockquote class="quote">

    
    <div class="quote-wrapper">
      <div class="first-quote"></div>
      <p class="quote-text">1,7%</p>
          </div>

  </blockquote><p class="article-text">
        Es el porcentaje de asalariados que fueron contratados en 2025 gracias a la intermediaci&oacute;n de las oficinas p&uacute;blicas de empleo. Son dos d&eacute;cimas menos que en 2024. Seg&uacute;n datos de la Encuesta de Poblaci&oacute;n Activa (EPA), 319.700 asalariados obtuvieron el a&ntilde;o pasado un puesto de trabajo gracias a la intermediaci&oacute;n de una oficina p&uacute;blica de empleo. 
    </p><p class="article-text">
        Un poco desastre trat&aacute;ndose de un servicio p&uacute;blico y teniendo en cuenta que en Espa&ntilde;a hay a&uacute;n 2,4 millones de parados, casi el 10% de la poblaci&oacute;n activa, pese al <a href="https://www.eldiario.es/economia/mercado-laboral-vuelve-mostrar-resistencia-e-acelera-estallido-guerra-iran_1_13121568.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">nuevo r&eacute;cord hist&oacute;rico de trabajadores</a>, con casi 21,9 millones de personas de media afiliadas a la Seguridad Social. El SEPE y los servicios de empleo de cada comunidad llevan <a href="https://www.eldiario.es/economia/sepe-punto-mira-registro-parados-servicio-encontrar-empleo_1_10533439.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">a&ntilde;os en el punto de mira</a>, al parecerse m&aacute;s a un registro de parados que un servicio para encontrar empleo.
    </p><p class="article-text">
        Este dato contrasta con el registrado por las empresas de trabajo temporal (ETT), cuya tasa de intermediaci&oacute;n duplica la de las oficinas p&uacute;blicas de empleo, seg&uacute;n Europa Press. Las ETT y las agencias de empleo sellaron 4,36 millones de contratos de puesta a disposici&oacute;n en 2025, seg&uacute;n c&aacute;lculos de la patronal del sector, Asempleo.
    </p><p class="article-text">
        La plantilla del SEPE se estimaba en 2025 en unas 7.400 personas, un millar menos que en 2019, que se ocupan de coordinar el pago de las prestaciones; son las llamadas pol&iacute;ticas pasivas. Las activas &ndash;buscarte empleo&mdash;dependen de los servicios auton&oacute;micos de empleo. El de Andaluc&iacute;a (SAE), uno de los m&aacute;s grandes tiene m&aacute;s de 3.000 empleados dedicados a la orientaci&oacute;n y gesti&oacute;n. Catalunya (SOC) y Comunidad de Madrid (Empl&eacute;ate) cuentan tambi&eacute;n con estructuras robustas que superan los 2.000 efectivos cada una para atender a sus respectivos mercados laborales.
    </p><h2 class="article-text"><strong>No todo nos parece mal&nbsp;</strong></h2><p class="article-text">
        Buenas noticias para Grifols. La multinacional de hemoderivados catalana ha comunicado la intenci&oacute;n de <a href="https://www.eldiario.es/economia/grifols-plantea-salida-bolsa-eeuu-division-biopharma_1_13095390.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">colocar en la bolsa de Estados Unidos</a> una participaci&oacute;n minoritaria de su negocio de Biopharma en este pa&iacute;s. Bloomberg la cifra en el 20% del capital. Se trata de su divisi&oacute;n estrella &ndash;el a&ntilde;o pasado le aport&oacute; 6.487 millones de euros de un total de 7.524&ndash; e incluye el desarrollo y la comercializaci&oacute;n de medicamentos derivados del plasma humano (prote&iacute;nas plasm&aacute;ticas) y otras terapias biotecnol&oacute;gicas. Las principales prote&iacute;nas plasm&aacute;ticas que produce esta divisi&oacute;n a nivel global son las inmunoglobulinas, indicadas para tratar inmunodeficiencias primarias, por ejemplo; la alb&uacute;mina, para restaurar el volumen circulatorio, o bien otras como el factor VIII o la alfa-1 antitripsina, destinadas a tratar trastornos o deficiencias gen&eacute;ticas.
    </p><p class="article-text">
        El plasma es la parte l&iacute;quida de la sangre y Grifols se encarga de fraccionarlo para poder obtener las prote&iacute;nas plasm&aacute;ticas que comercializa.
    </p><p class="article-text">
        Fuentes del mercado han asegurado a EFE que el negocio de Biopharma en EEUU tiene una valoraci&oacute;n empresarial superior a los 20.000 millones de d&oacute;lares.
    </p><p class="article-text">
        La operaci&oacute;n est&aacute; pensada para reducir la deuda y coger pulm&oacute;n financiero &ldquo;para respaldar la inversi&oacute;n en sus prioridades estrat&eacute;gicas de crecimiento&rdquo;, apunt&oacute; la compa&ntilde;&iacute;a en un comunicado. <a href="https://www.eldiario.es/economia/grifols-gana-402-millones-2025-156-recorta-deuda_1_13024410.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Grifols cerr&oacute; 2025 con una deuda financiera neta</a> por valor de unos 8.818 millones de euros, por lo que contin&uacute;a siendo una ratio de apalancamiento elevada. Si Biopharma es la principal divisi&oacute;n de negocio para Grifols, EEUU es un pa&iacute;s realmente relevante para la multinacional, aunque no detalla exactamente cu&aacute;nto aporta ese pa&iacute;s. Contando todas las divisiones de negocio, la regi&oacute;n formada por EEUU y Canad&aacute; aport&oacute; 4.253 millones de euros en 2025, el 56,5 % del total, mientras que la UE report&oacute; 1.613 millones, el 21,44 %, y la regi&oacute;n denominada Resto del Mundo gener&oacute; otros 1.657 millones (22 %).
    </p><h2 class="article-text"><strong>Tipos (y tipas) de inter&eacute;s</strong></h2><figure class="ni-figure">
        
                                            






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                </figure><p class="article-text">
        Sube <strong>Arcadi Espa&ntilde;a, ministro de Hacienda. </strong>Hay perfiles que irrumpen y otros que se deslizan con naturalidad por las costuras del poder. <a href="https://www.eldiario.es/comunitat-valenciana/politica/arcadi-espana-discipulo-ximo-puig-lidero-reforma-fiscal-izquierda-generalitat-valenciana_1_13101349.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Arcadi Espa&ntilde;a pertenece a estos &uacute;ltimos</a>: hijo de un hist&oacute;rico del PSPV, formado en la cultura de partido y con una habilidad notable para situarse junto a quien deb&iacute;a estar en cada momento. En ese ecosistema es una virtud muy cotizada. 
    </p><p class="article-text">
        Aunque ha tenido un paso por la esfera privada como asesor financiero en AFI, ha vivido poco al margen de la pol&iacute;tica. Disc&iacute;pulo pol&iacute;tico de Ximo Puig, fue ganando peso en la Generalitat Valenciana hasta pilotar la Conselleria de Hacienda. All&iacute; construy&oacute; un perfil de gestor con discurso &mdash;esa idea suya de que los impuestos &ldquo;dan civilidad a una sociedad&rdquo; lo define bien&mdash;, aunque no logr&oacute; esquivar del todo las cr&iacute;ticas. Las m&aacute;s persistentes apuntan a una gesti&oacute;n con m&aacute;s relato que huella, especialmente si se compara con su predecesor y maestro, Vicent Soler, m&aacute;s combativo y reformista. Tambi&eacute;n se le reprocha haber rebajado la presi&oacute;n sobre la infrafinanciaci&oacute;n valenciana, tras la salida de Mariano Rajoy de la Moncloa.
    </p><p class="article-text">
        Ahora, ya <a href="https://www.eldiario.es/politica/sanchez-nombra-vicepresidente-carlos-cuerpo-ministro-hacienda-arcadi-espana_1_13101087.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">en el Ministerio de Hacienda</a>, le toca comprobar si ese equilibrio entre discurso y pr&aacute;ctica aguanta en primera l&iacute;nea. Tiene por delante dos pruebas que no admiten ret&oacute;rica: sacar adelante unos Presupuestos en un Congreso fragmentado y encarar de una vez la reforma del modelo de financiaci&oacute;n auton&oacute;mica. 
    </p><h2 class="article-text"><strong>Nos gusta la competencia&nbsp;</strong></h2><p class="article-text">
        Estas informaciones de otros medios me han parecido interesantes:
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li><a href="https://elpais.com/economia/vivienda/2026-03-21/la-privatizacion-de-la-vivienda-protegida-se-abre-paso-en-madrid-y-la-comunidad-valenciana.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia"><strong>La privatizaci&oacute;n de la vivienda protegida se abre paso en Madrid y la Comunidad Valenciana</strong></a><strong>.</strong> Las autonom&iacute;as pierden el control del suelo y las adjudicaciones en promociones privadas a la vez que siguen descalificando pisos. (El Pa&iacute;s)</li>
                                    <li><a href="https://www.ft.com/content/805f78f3-8da3-4fc0-b860-207a859ac723?syn-25a6b1a6=1" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia"><strong>&iquest;Se convertir&aacute; el auge de los centros de datos de IA en un fracaso de 9 billones de d&oacute;lares?</strong></a><strong> </strong>Puede que los grandes grupos que est&aacute;n gastando a lo grande no recuperen su inversi&oacute;n, pero es casi seguro que sobrevivir&aacute;n para contarlo. (Financial Times)</li>
                                    <li><a href="https://agendapublica.es/noticia/20868/desigualdad-global-aumenta-pero-disminuye-espana" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia"><strong>La desigualdad global aumenta, pero disminuye en Espa&ntilde;a</strong></a><strong>. </strong>La extrema concentraci&oacute;n de la riqueza amenaza la supervivencia del sistema democr&aacute;tico global. Frente a esta preocupante tendencia, Espa&ntilde;a emerge como una excepci&oacute;n, gracias a las pol&iacute;ticas redistributivas, pero no est&aacute; exenta de desaf&iacute;os. (Agenda P&uacute;blica)</li>
                                    <li><a href="https://www.elperiodico.com/es/sociedad/20260328/cambio-de-hora-espana-doble-personas-trabajan-ocho-tarde-europa-reforma-horaria-128403597" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia"><strong>Nadie en la UE sale tan tarde de trabajar como en Espa&ntilde;a.</strong></a><strong> </strong>Uno de cada tres empleados a&uacute;n est&aacute; en su puesto de trabajo a las siete de la tarde. A las 20.00 trabajan el doble de personas que en el resto de la UE. Los expertos alertan de que los horarios espa&ntilde;oles, que van con dos horas de retraso respecto a Europa, penalizan la salud y la conciliaci&oacute;n. (El Peri&oacute;dico)</li>
                                    <li><a href="https://elpais.com/estilo-de-vida/2026-03-27/frugalismo-o-la-felicidad-de-tener-menos-no-va-de-privarse-va-de-simplificar-y-saber-elegir.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia"><strong>Frugalismo o la felicidad de tener menos: &ldquo;No va de privarse, va de simplificar y saber elegir&rdquo;</strong></a><strong>. </strong>Frente a una cultura que identifica el &eacute;xito con el consumo, hay una forma consciente de relacionarnos con el dinero, el tiempo y el deseo para vivir con m&aacute;s calma y libertad. (El Pa&iacute;s)</li>
                                    <li><a href="https://www.lamarea.com/2026/03/28/las-otras-voces-del-campo-1/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia"><strong>Las otras voces del campo.</strong></a><strong> </strong>Las crisis afectan especialmente al sector primario, pero las personas que lo representan en los medios siempre tienen el mismo perfil: terratenientes, grupos de presi&oacute;n, pol&iacute;ticos de extrema derecha&hellip; Sin embargo, hay otro campo (en contacto directo con la tierra, maltratado, precarizado, laborioso, luchador) al que apenas se le escucha. Estas son sus voces. (La Marea)</li>
                                    <li><a href="https://www.bloomberg.com/news/articles/2026-03-27/instagram-and-tiktok-ban-for-australian-kids-is-put-to-the-test?srnd=homepage-europe" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia"><strong>Australia descubre que mantener a los adolescentes alejados de las redes sociales no es tan sencillo</strong></a><strong>. </strong>La hist&oacute;rica ley que proh&iacute;be a los menores de 16 a&ntilde;os el uso de aplicaciones como Instagram y TikTok est&aacute; cambiando los h&aacute;bitos de algunos adolescentes, pero tambi&eacute;n est&aacute; resultando f&aacute;cil de eludir. (Bloomberg)</li>
                            </ul>
            </div><p class="article-text">
        Hasta aqu&iacute; por hoy.
    </p><p class="article-text">
        El martes que viene vuelvo a tu correo.
    </p><p class="article-text">
        Mientras, puedes escribirme a <a href="mailto:contraoferta@eldiario.es" target="_blank" class="link">contraoferta@eldiario.es</a> con tus sugerencias o quejas.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        &iexcl;Un abrazo!
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Serafí del Arco]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/blog/contraoferta/empieza-renta-no-problema-no-son-impuestos-son-vivienda-pobreza-infantil_132_13128378.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 09 Apr 2026 07:00:26 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Empieza la renta: no, el problema no son los impuestos (son la vivienda y la pobreza infantil)]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[IRPF,Impuestos,Pobreza infantil,Vivienda,Arcadi España,Empleo,Gasolina]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Renda 2025: les 24 deduccions i les noves mesures fiscals a les quals et pots acollir a Balears]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/illes-balears/cat/renda-2025-les-24-deduccions-i-les-noves-mesures-fiscals-les-quals-et-pots-acollir-les-balears_1_13127391.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/7ccdecd0-3c07-4566-abe1-3d2317c35f6c_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Renda 2025: les 24 deduccions i les noves mesures fiscals a les quals et pots acollir a Balears"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La campanya de la declaració de l'IRPF corresponent al passat exercici ha començat aquest 8 d'abril i es perllongarà fins al 30 de juny. En el cas de les illes, el paquet fiscal incorpora deduccions per despeses associades a habitatges ocupats, incentius al treball autònom i ampliacions de llindars en determinats supòsits</p><p class="subtitle">Avui comena campanya de la Renda 2025: totes les claus per realitzar la Declaració
</p></div><p class="article-text">
        La campanya de la declaraci&oacute; de la renda corresponent a l&rsquo;exercici 2025 ha comen&ccedil;at aquest dimecres, 8 d&rsquo;abril, i es perllongar&agrave; fins al 30 de juny. En el cas de les Balears, els contribuents podran aplicar fins a 24 deduccions auton&ograve;miques, un paquet fiscal que incorpora noves mesures i ajustos amb especial focus en l&rsquo;habitatge &mdash;com la deducci&oacute; per despeses associades a habitatges ocupats&mdash;, el refor&ccedil; dels incentius al treball aut&ograve;nom i l&rsquo;ampliaci&oacute; dels l&iacute;mits de renda en determinats sup&ograve;sits, com fam&iacute;lies nombroses o monoparentals, amb l&rsquo;objectiu d&rsquo;estendre l&rsquo;acc&eacute;s a aquests beneficis.
    </p><p class="article-text">
        En concret, els l&iacute;mits de renda per accedir a les deduccions auton&ograve;miques es mantenen, amb car&agrave;cter general, en els 33.000 euros en tributaci&oacute; individual i en els 52.800 en tributaci&oacute; conjunta, mentre que en el cas de les fam&iacute;lies nombroses i monoparentals els llindars s&rsquo;eleven fins als 39.600 i els 63.360 euros, respectivament.
    </p><p class="article-text">
        En aquests moments ja &eacute;s possible sol&middot;licitar i confirmar l&rsquo;esborrany a trav&eacute;s d&rsquo;internet, mentre que el 6 de maig s&rsquo;obrir&agrave; l&rsquo;opci&oacute; de tramitar la declaraci&oacute; per tel&egrave;fon i, a partir de l&rsquo;1 de juny, de manera presencial, per a les quals caldr&agrave; sol&middot;licitar cita pr&egrave;via. Aquestes s&oacute;n les deduccions que els contribuents poden aplicar-se a les Balears:
    </p><h2 class="article-text"><strong>Habitatge</strong></h2><p class="article-text">
        En mat&egrave;ria d&rsquo;habitatge, els contribuents poden deduir-se el 15% del lloguer de l&rsquo;habitatge habitual, amb un l&iacute;mit m&agrave;xim de 530 euros anuals, percentatge que s&rsquo;eleva al 20% amb un m&agrave;xim de 650 euros en determinats col&middot;lectius, com joves, persones amb discapacitat o fam&iacute;lies amb c&agrave;rregues. Per als propietaris que lloguen, es permet deduir fins al 75% de determinades despeses associades a l&rsquo;arrendament, amb un l&iacute;mit de 1.500 euros, mentre que les inversions en millora de la sostenibilitat de l&rsquo;habitatge poden beneficiar-se de deduccions que arriben fins al 50% de la despesa realitzada, dins dels l&iacute;mits establerts.
    </p><p class="article-text">
        La principal novetat d&rsquo;aquesta campanya &eacute;s la creaci&oacute; d&rsquo;una deducci&oacute; espec&iacute;fica per a propietaris afectats per l&rsquo;ocupaci&oacute; d&rsquo;habitatges o per la suspensi&oacute; judicial de desnonaments per vulnerabilitat. Aquesta mesura permet deduir fins al 40% de les despeses associades a l&rsquo;immoble, amb un m&agrave;xim de 500 euros, incloent-hi costos com tributs, subministraments, despeses comunit&agrave;ries o procediments judicials sempre que estiguin degudament acreditats.
    </p><h2 class="article-text"><strong>Educaci&oacute; i fam&iacute;lia</strong></h2><p class="article-text">
        El bloc d&rsquo;educaci&oacute; inclou deduccions per llibres de text &mdash;que poden arribar al 100% de la despesa amb l&iacute;mits per fill&mdash;, per classes extraescolars d&rsquo;idiomes &mdash;amb percentatges al voltant del 15% i topalls espec&iacute;fics&mdash; i per estudis superiors fora de l&rsquo;illa de resid&egrave;ncia, amb deduccions que poden arribar fins als 1.800 euros anuals en determinats sup&ograve;sits.
    </p><p class="article-text">
        En l&rsquo;&agrave;mbit de la fam&iacute;lia i la conciliaci&oacute;, les deduccions per naixement o adopci&oacute; arriben als 800 euros per fill, xifra que pot incrementar-se en casos de discapacitat. Les despeses de guarderia o cura de menors permeten deduir el 40% del cost, amb un m&agrave;xim de 660 euros anuals. Les fam&iacute;lies nombroses poden aplicar deduccions d&rsquo;entre 400 i 800 euros, segons la categoria, mentre que les monoparentals compten amb beneficis similars. A m&eacute;s, els contribuents amb discapacitat poden accedir a deduccions de fins a 150 euros, que augmenten en funci&oacute; del grau reconegut.
    </p><h2 class="article-text"><strong>Ocupaci&oacute; i activitat econ&ograve;mica</strong></h2><p class="article-text">
        El tercer gran bloc &eacute;s el d&rsquo;ocupaci&oacute; i activitat econ&ograve;mica, on les Balears han refor&ccedil;at els incentius a l&rsquo;autoocupaci&oacute;. Es mant&eacute; la deducci&oacute; de fins a 1.000 euros per inici d&rsquo;activitat per a nous aut&ograve;noms, aix&iacute; com una deducci&oacute; del 30% de la inversi&oacute; en empreses de nova creaci&oacute;, amb un l&iacute;mit de 6.000 euros. Tamb&eacute; hi ha beneficis per a qui ocupa llocs de dif&iacute;cil cobertura, amb deduccions que poden arribar als 2.000 euros en funci&oacute; de les circumst&agrave;ncies.
    </p><p class="article-text">
        Juntament amb aquests eixos principals, el sistema auton&ograve;mic inclou altres deduccions m&eacute;s espec&iacute;fiques, com les vinculades al mecenatge, que permeten deduir entre el 15% i el 25% de les donacions, o les relacionades amb situacions d&rsquo;emerg&egrave;ncia, que contemplen deduccions variables segons el tipus d&rsquo;ajuda percebuda.
    </p><p class="article-text">
        En conjunt, el disseny de les deduccions a les Balears reflecteix una doble l&ograve;gica: per una banda, alleujar la c&agrave;rrega fiscal en &agrave;mbits sensibles com l&rsquo;habitatge o la crian&ccedil;a; per altra banda, utilitzar l&rsquo;IRPF com a eina per incentivar determinades pol&iacute;tiques p&uacute;bliques, des de l&rsquo;acc&eacute;s al lloguer fins a l&rsquo;impuls del treball aut&ograve;nom o la fixaci&oacute; de poblaci&oacute; al territori.
    </p><h2 class="article-text"><strong>Com presentar la declaraci&oacute; a trav&eacute;s d&rsquo;internet</strong></h2><p class="article-text">
        Amb el termini obert per a la campanya d&rsquo;aquest 2025, ja &eacute;s possible presentar-la a trav&eacute;s d&rsquo;internet. A trav&eacute;s del portal Renda WEB de l&rsquo;Ag&egrave;ncia Tribut&agrave;ria o des de l&rsquo;aplicaci&oacute; m&ograve;bil, els contribuents poden consultar i revisar el seu esborrany i aquelles dades fiscals que Hisenda ha recopilat del passat exercici. Finalment, podran confirmar o modificar la informaci&oacute; abans d&rsquo;enviar la declaraci&oacute;. Per fer-ho, hauran de seguir aquests passos:
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li>Accedir a l&rsquo;esborrany: mitjan&ccedil;ant certificat, Cl@ve o n&uacute;mero de refer&egrave;ncia</li>
                                    <li> Despr&eacute;s d&rsquo;iniciar sessi&oacute;, haureu d&rsquo;especificar si presenteu la declaraci&oacute; en nom propi o en representaci&oacute; d&rsquo;un tercer.</li>
                                    <li> Despr&eacute;s, haureu d&rsquo;escollir l&rsquo;opci&oacute; de &ldquo;nova declaraci&oacute;&rdquo; si comen&ccedil;au aquest tr&agrave;mit, o carregar una versi&oacute; anterior si ho desitjau</li>
                                    <li> Despr&eacute;s de seleccionar l&rsquo;idioma entre les opcions de &ldquo;Castell&agrave;&rdquo;, &ldquo;Catal&agrave;&rdquo;, &ldquo;Gallec&rdquo; i &ldquo;Valenci&agrave;&rdquo;, haureu de revisar les dades identificatives presents a l&rsquo;esborrany, prestant especial atenci&oacute; a aquelles que hagin pogut variar amb el temps, com l&rsquo;adre&ccedil;a fiscal</li>
                                    <li> Una vegada confirmades les dades identificatives, apareixer&agrave; el resum de resultats de la declaraci&oacute;, amb el desglossament dels diferents conceptes de la renda. Es tracta d&rsquo;un c&agrave;lcul autom&agrave;tic realitzat amb la informaci&oacute; aportada pel declarant, per la qual cosa &eacute;s recomanable revisar la finestra d&rsquo;&ldquo;Apartats declaraci&oacute;&rdquo;, en la qual apareix cada concepte. Si es coneix la casella, &eacute;s possible cercar-la pel seu n&uacute;mero o concepte</li>
                                    <li> Un cop revisat tot, a l&rsquo;opci&oacute; &ldquo;Validar&rdquo; apareixeran tots els possibles errors o caselles buides de la declaraci&oacute;, donant l&rsquo;oportunitat de revisar-los un a un</li>
                                    <li> Despr&eacute;s d&rsquo;aix&ograve;, apareixer&agrave; el resultat del que el declarant haur&agrave; d&rsquo;ingressar o retornar. Cal tenir en compte que els valors positius indiquen que &eacute;s el declarant qui ha d&rsquo;ingressar diners a Hisenda, mentre que els negatius suposen que Hisenda ha de retornar diners al contribuent</li>
                                    <li> Abans de presentar la declaraci&oacute; &eacute;s possible descarregar-la en format PDF mitjan&ccedil;ant l&rsquo;opci&oacute; &ldquo;Vista pr&egrave;via&rdquo;. &Eacute;s un fitxer consultiu, que no t&eacute; validesa per a la seva presentaci&oacute;</li>
                                    <li> Finalment, nom&eacute;s queda presentar la Renda i indicar a Hisenda en quin compte bancari haur&agrave; d&rsquo;efectuar l&rsquo;ingr&eacute;s o la devoluci&oacute;.</li>
                            </ul>
            </div><h2 class="article-text"><strong>Com saber si &eacute;s necessari presentar la declaraci&oacute;</strong></h2><p class="article-text">
        Per regla general, tenen l&rsquo;obligaci&oacute; de presentar la declaraci&oacute; de la renda els aut&ograve;noms, els beneficiaris de l&rsquo;Ingr&eacute;s M&iacute;nim Vital (IMV) i aquells que rebin anualitats per aliments. Fora d&rsquo;aquests grups, no tots els contribuents han de presentar la declaraci&oacute; de la renda. Existeixen una s&egrave;rie de requisits que el declarant ha de complir, com el l&iacute;mit d&rsquo;ingressos del treball:
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li>Un sol pagador: no hauran de presentar la renda aquells contribuents amb un sol pagador i ingressos inferiors als 22.000 euros bruts anuals</li>
                                    <li> Dos o m&eacute;s pagadors: si el segon i restants pagadors han abonat m&eacute;s de 1.500 euros, el l&iacute;mit per no tenir obligaci&oacute; de declarar es redueix a 15.876 euros anuals. En el cas que els pagadors addicionals no hagin superat aquest l&iacute;mit de 1.500 euros, no hauran de presentar la declaraci&oacute; aquells que hagin percebut 22.000 euros bruts anuals</li>
                            </ul>
            </div><p class="article-text">
        Com a novetat a nivell estatal, en l&rsquo;exercici fiscal de 2025 s&rsquo;ha suprimit l&rsquo;obligatorietat de presentar la renda per a aquells declarants que rebin prestacions no contributives o subsidis del SEPE. Aix&ograve; nom&eacute;s s&rsquo;aplica, aix&ograve; s&iacute;, si el contribuent no t&eacute; cap altra font d&rsquo;ingressos com lloguers o beneficis en borsa.
    </p><h2 class="article-text"><strong>Pagament per Bizum o fraccionat</strong></h2><p class="article-text">
        Si la declaraci&oacute; &eacute;s a pagar, es podr&agrave; domiciliar l&rsquo;abonament, fer-ho amb targeta o a trav&eacute;s de Bizum. Es podr&agrave; fraccionar en dos pagaments: el primer del 60% de l&rsquo;import en presentar la declaraci&oacute; i el segon del 40%, que, si tamb&eacute; es domicilia, es pagar&agrave; el 5 de novembre.
    </p><p class="article-text">
        En el cas que surti a retornar, l&rsquo;Ag&egrave;ncia Tribut&agrave;ria t&eacute; de marge fins al 31 de desembre per efectuar els reintegraments sense interessos.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Esther Ballesteros]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/illes-balears/cat/renda-2025-les-24-deduccions-i-les-noves-mesures-fiscals-les-quals-et-pots-acollir-les-balears_1_13127391.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 08 Apr 2026 12:56:24 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Renda 2025: les 24 deduccions i les noves mesures fiscals a les quals et pots acollir a Balears]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Declaración de la Renta,IRPF,Renta,Hacienda,Agencia Tributaria,Impuestos,Fiscalidad,Islas Baleares]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Renta 2025: las 24 deducciones y las nuevas medidas fiscales a las que te puedes acoger en Balears]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/illes-balears/economia/renta-2025-24-deducciones-nuevas-medidas-fiscales-puedes-acoger-balears_1_13126950.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/7ccdecd0-3c07-4566-abe1-3d2317c35f6c_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Renta 2025: las 24 deducciones y las nuevas medidas fiscales a las que te puedes acoger en Balears"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La campaña de la declaración del IRPF correspondiente al pasado ejercicio ha comenzado este 8 de abril y se prolongará hasta el 30 de junio. En el caso de las islas, el paquete fiscal incorpora deducciones por gastos asociados a viviendas okupadas, incentivos al trabajo autónomo y ampliación de umbrales en determinados supuestos</p><p class="subtitle">Hoy empieza campaña de la Renta 2025: todas las claves para realizar la Declaración
</p></div><p class="article-text">
        La campa&ntilde;a de la declaraci&oacute;n de la renta correspondiente al ejercicio 2025 ha comenzado este mi&eacute;rcoles, 8 de abril, y se prolongar&aacute; hasta el 30 de junio. En el caso de Balears, los contribuyentes podr&aacute;n aplicar hasta 24 deducciones auton&oacute;micas, un paquete fiscal que incorpora nuevas medidas y ajustes con especial foco en la vivienda -como la deducci&oacute;n por gastos asociados a viviendas okupadas-, el refuerzo de los incentivos al trabajo aut&oacute;nomo y la ampliaci&oacute;n de los l&iacute;mites de renta en determinados supuestos, como familias numerosas o monoparentales, con el objetivo de extender el acceso a estos beneficios. 
    </p><p class="article-text">
        En concreto, los l&iacute;mites de renta para acceder a las deducciones auton&oacute;micas se mantienen, con car&aacute;cter general, en los 33.000 euros en tributaci&oacute;n individual y en los 52.800 de forma conjunta, mientras que en el caso de las familias numerosas y monoparentales los umbrales se elevan hasta los 39.600 y los 63.360 euros, respectivamente.
    </p><p class="article-text">
        En estos momentos ya es posible solicitar y confirmar el borrador a trav&eacute;s de internet, mientras que el 6 de mayo se abrir&aacute; la opci&oacute;n de tramitar la declaraci&oacute;n por tel&eacute;fono y, desde el 1 de junio, de forma presencial, para las cuales deber&aacute; solicitarse cita previa. Estas son las deducciones que los contribuyentes pueden aplicarse en Balears:
    </p><h2 class="article-text"><strong>Vivienda</strong></h2><p class="article-text">
        En materia de vivienda, los contribuyentes pueden deducirse el 15% del alquiler de la vivienda habitual, con un l&iacute;mite m&aacute;ximo de 530 euros anuales, porcentaje que se eleva al 20% con un m&aacute;ximo de 650 euros en determinados colectivos, como j&oacute;venes, personas con discapacidad o familias con cargas. Para los propietarios que alquilan, se permite deducir hasta el 75% de determinados gastos asociados al arrendamiento, con un l&iacute;mite de 1.500 euros, mientras que las inversiones en mejora de la sostenibilidad de la vivienda pueden beneficiarse de deducciones que alcanzan hasta el 50% del gasto realizado, dentro de los l&iacute;mites establecidos. 
    </p><p class="article-text">
        La principal novedad de esta campa&ntilde;a es la creaci&oacute;n de una deducci&oacute;n espec&iacute;fica para propietarios afectados por la ocupaci&oacute;n de viviendas o por la suspensi&oacute;n judicial de desahucios por vulnerabilidad. Esta medida permite deducir hasta el 40% de los gastos asociados al inmueble, con un m&aacute;ximo de 500 euros, incluyendo costes como tributos, suministros, gastos comunitarios o procedimientos judiciales siempre que est&eacute;n debidamente acreditados.
    </p><h2 class="article-text"><strong>Educaci&oacute;n y familia</strong></h2><p class="article-text">
        El bloque de educaci&oacute;n incluye deducciones por libros de texto -que pueden alcanzar el 100% del gasto con l&iacute;mites por hijo-, por clases extraescolares de idiomas -con porcentajes en torno al 15% y topes espec&iacute;ficos- y por estudios superiores fuera de la isla de residencia, con deducciones que pueden llegar hasta los 1.800 euros anuales en determinados supuestos.
    </p><p class="article-text">
        En el &aacute;mbito de la familia y la conciliaci&oacute;n, las deducciones por nacimiento o adopci&oacute;n alcanzan los 800 euros por hijo, cifra que puede incrementarse en casos de discapacidad. Los gastos de guarder&iacute;a o cuidado de menores permiten deducir el 40% del coste, con un m&aacute;ximo de 660 euros anuales. Las familias numerosas pueden aplicar deducciones de entre 400 y 800 euros, seg&uacute;n categor&iacute;a, mientras que las monoparentales cuentan con beneficios similares. Adem&aacute;s, los contribuyentes con discapacidad pueden acceder a deducciones de hasta 150 euros, que aumentan en funci&oacute;n del grado reconocido.
    </p><h2 class="article-text"><strong>Empleo y actividad econ&oacute;mica</strong></h2><p class="article-text">
        El tercer gran bloque es el de empleo y actividad econ&oacute;mica, donde Balears ha reforzado los incentivos al autoempleo. Se mantiene la deducci&oacute;n de hasta 1.000 euros por inicio de actividad para nuevos aut&oacute;nomos, as&iacute; como una deducci&oacute;n del 30% de la inversi&oacute;n en empresas de nueva creaci&oacute;n, con un l&iacute;mite de 6.000 euros. Tambi&eacute;n existen beneficios para quienes ocupan puestos de dif&iacute;cil cobertura, con deducciones que pueden alcanzar los 2.000 euros en funci&oacute;n de las circunstancias.
    </p><p class="article-text">
        Junto a estos ejes principales, el sistema auton&oacute;mico incluye otras deducciones m&aacute;s espec&iacute;ficas, como las vinculadas al mecenazgo, que permiten deducir entre el 15% y el 25% de las donaciones, o las relacionadas con situaciones de emergencia, que contemplan deducciones variables seg&uacute;n el tipo de ayuda percibida.
    </p><p class="article-text">
        En conjunto, el dise&ntilde;o de las deducciones en Balears refleja una doble l&oacute;gica: por un lado, aliviar la carga fiscal en &aacute;mbitos sensibles como la vivienda o la crianza; por otro, utilizar el IRPF como herramienta para incentivar determinadas pol&iacute;ticas p&uacute;blicas, desde el acceso al alquiler hasta el impulso del trabajo aut&oacute;nomo o la fijaci&oacute;n de poblaci&oacute;n en el territorio.
    </p><h2 class="article-text"><strong>C&oacute;mo presentar la declaraci&oacute;n a trav&eacute;s de internet</strong></h2><p class="article-text">
        Con el plazo abierto para la campa&ntilde;a de este 2025, ya es posible presentarla a trav&eacute;s de internet. A trav&eacute;s del portal&nbsp;<a href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/eu_es/ayuda/consultas-informaticas/renta-ayuda-tecnica/renta-web-tramitacion-borrador-declaracion.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Renta WEB</a>&nbsp;de la Agencia Tributaria o desde la aplicaci&oacute;n m&oacute;vil, los contribuyentes pueden consultar y revisar su borrador y aquellos datos fiscales que Hacienda ha recopilado del pasado ejercicio. Por &uacute;ltimo, podr&aacute;n confirmar o modificar la informaci&oacute;n antes de enviar la declaraci&oacute;n. Para ello, deber&aacute;n seguir estos pasos:
    </p><div class="list">
                    <ol>
                                    <li>Acceder al borrador: mediante certificado, Cl@ve o n&uacute;mero de referencia</li>
                                    <li>Tras iniciar sesi&oacute;n, deber&aacute; especificar si presenta la declaraci&oacute;n en nombre propio o en representaci&oacute;n de un tercero.</li>
                                    <li>Despu&eacute;s, tendr&aacute; que elegir la opci&oacute;n de &ldquo;nueva declaraci&oacute;n&rdquo; si acaba de comenzar con este tr&aacute;mite, o cargar una versi&oacute;n anterior si lo desea</li>
                                    <li>Tras seleccionar el idioma entre las opciones de 'Castellano', 'Catal&aacute;n, 'Gallego' y 'Valenciano', deber&aacute; repasar los datos identificativos presentes en el borrador, prestando especial atenci&oacute;n a aquellos que hayan podido variar en el tiempo, como la direcci&oacute;n fiscal</li>
                                    <li>Una vez confirmados los datos identificativos, aparecer&aacute; el resumen de resultados de la declaraci&oacute;n, con el desglose de los distintos conceptos de la renta. Se trata de un c&aacute;lculo autom&aacute;tico realizado con la informaci&oacute;n aportada por el declarante, por lo que es recomendable revisar la ventana de &ldquo;Apartados declaraci&oacute;n&rdquo;, en la que aparece cada concepto. De conocer la casilla, es posible buscarla por su n&uacute;mero o concepto</li>
                                    <li>Una vez revisado todo, en la opci&oacute;n &ldquo;Validar&rdquo; aparecer&aacute;n todos los posibles errores o casillas vac&iacute;as de la declaraci&oacute;n, d&aacute;ndote la oportunidad de revisarlos uno a uno</li>
                                    <li>Tras esto, aparecer&aacute; el resultado de lo que el declarante deber&aacute; ingresar o devolver. Es preciso tener en cuenta que los valores los positivos indican que es el declarante el que debe ingresarle dinero a Hacienda, mientras que los negativos suponen que Hacienda debe devolver dinero al contribuyente</li>
                                    <li>Antes incluso de presentar la declaraci&oacute;n es posible descargarla en formato PDF mediante la opci&oacute;n &ldquo;Vista previa&rdquo;. Es un fichero consultivo, que no tiene validez para su presentaci&oacute;n</li>
                                    <li>Por &uacute;ltimo, solo queda presentar la Renta, e indicar a Hacienda en qu&eacute; cuenta bancaria deber&aacute; efectuar el ingreso o retirada de efectivo.</li>
                            </ol>
            </div><h2 class="article-text"><strong>C&oacute;mo saber si es necesario presentar la declaraci&oacute;n</strong></h2><p class="article-text">
        Por lo general, tienen la obligaci&oacute;n de presentar la declaraci&oacute;n de la renta los aut&oacute;nomos, los beneficiarios del Ingreso M&iacute;nimo Vital (IMV) y aquellos que reciban anualidades por alimentos. Fuera de estos grupos, no todos los contribuyentes deben presentar la declaraci&oacute;n de la renta. Existen una serie de requisitos que el declarante debe cumplir, como el l&iacute;mite de ingresos por el trabajo:
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li>Un solo pagador: no deber&aacute;n presentar la renta aquellos contribuyentes con un solo pagador e ingresos inferiores a los 22.000 euros brutos anuales</li>
                                    <li>Dos o m&aacute;s pagadores: si el segundo y restantes pagadores han abonado m&aacute;s de 1.500 euros, el l&iacute;mite para no tener obligaci&oacute;n de declarar se reduce a 15.876 euros anuales. En el caso de que los pagadores adicionales no hayan superado ese l&iacute;mite de 1.500 euros, no tendr&aacute;n que presentar la declaraci&oacute;n aquellos que hayan percibido 22.000 euros brutos anuales</li>
                            </ul>
            </div><p class="article-text">
        Como novedad a nivel estatal, en el ejercicio fiscal de 2025 se ha suprimido la obligatoriedad de presentar la renta para aquellos declarantes que reciban prestaciones no contributivas o subsidios del SEPE. Esto solo se aplica, eso s&iacute;, si el contribuyente carece de otra fuente de ingresos como alquileres o beneficios en bolsa.
    </p><h2 class="article-text"><strong>Pago por Bizum o fraccionado</strong></h2><p class="article-text">
        Si la declaraci&oacute;n es a pagar, se podr&aacute; domiciliar el abono, hacerlo por tarjeta o a trav&eacute;s de Bizum. Se podr&aacute; fraccionar en dos pagos: el primero del 60% del importe al presentar la declaraci&oacute;n y el segundo del 40% que si tambi&eacute;n se domicilia se pagar&aacute; el 5 de noviembre.
    </p><p class="article-text">
        En el caso de que salga a devolver, la Agencia Tributaria tiene de margen hasta el 31 de diciembre para efectuar los reintegros sin intereses.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Esther Ballesteros]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/illes-balears/economia/renta-2025-24-deducciones-nuevas-medidas-fiscales-puedes-acoger-balears_1_13126950.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 08 Apr 2026 12:45:49 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Renta 2025: las 24 deducciones y las nuevas medidas fiscales a las que te puedes acoger en Balears]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Declaración de la Renta,IRPF,Renta,Hacienda,Agencia Tributaria,Impuestos,Fiscalidad,Islas Baleares]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La declaración de la renta más solidaria: por qué tu 'X' en la casilla 106 vale más que nunca en Extremadura]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/extremadura/sociedad/declaracion-renta-solidaria-x-casilla-106-vale-extremadura_1_13127204.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/9f513846-e377-4771-bdfb-fb54106052d6_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La declaración de la renta más solidaria: por qué tu &#039;X&#039; en la casilla 106 vale más que nunca en Extremadura"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Más de 75.000 extremeños se benefician del apoyo a esta acción, que no tiene ningún coste para el contribuyente</p><p class="subtitle">Hoy empieza campaña de la Renta 2025: todas las claves para realizar la Declaración
</p></div><p class="article-text">
        Entidades y administraciones han llamado a la ciudadan&iacute;a a marcar la casilla de la X solidaria en su declaraci&oacute;n de la renta, lo que hicieron 306.622 extreme&ntilde;os en la campa&ntilde;a de 2024, en beneficio de proyectos sociales, m&aacute;s si cabe a tenor del &ldquo;r&eacute;cord&rdquo; en recaudaci&oacute;n que se prev&eacute; este a&ntilde;o en el pa&iacute;s.
    </p><p class="article-text">
        Marcar la casilla 106 de fines sociales permite destinar un 0,7% de los impuestos a proyectos sociales, sin ning&uacute;n coste para el contribuyente, y es compatible con marcar la casilla destinada a la Iglesia.
    </p><p class="article-text">
        El presidente de la Plataforma del Tercer Sector de Extremadura, Sebasti&aacute;n Gonz&aacute;lez, ha expresado en una comparecencia que &ldquo;este ejercicio se espera un r&eacute;cord hist&oacute;rico en la recaudaci&oacute;n de la renta&rdquo;. &ldquo;Si se obtiene m&aacute;s puede haber bastante m&aacute;s dinero para proyectos sociales, para necesidades de la poblaci&oacute;n, para colectivos como los mayores, personas en situaci&oacute;n de exclusi&oacute;n o vulnerabilidad, con discapacidad, infancia, mujeres y menores v&iacute;ctimas de violencia de g&eacute;nero...&rdquo;, ha dicho.
    </p><p class="article-text">
        El delegado del Gobierno en Extremadura, Jos&eacute; Luis Quintana, ha explicado a su vez que &ldquo;en la actualidad hay m&aacute;s de 22 millones de personas con empleo, lo que conlleva un aumento en la recaudaci&oacute;n del Impuesto de la Renta de las Personas F&iacute;sicas (IRPF), de las aportaciones del Estado en este &aacute;mbito y de las partidas destinadas a proyectos gracias a la casilla solidaria&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        La consejera de Salud en funciones, Sara Garc&iacute;a Espada, ha manifestado por su parte que esta solicitud llega adem&aacute;s en un a&ntilde;o &ldquo;muy especial&rdquo; para las asociaciones de la comunidad aut&oacute;noma, pues por primera vez se ha abonado el importe alcanzado durante el a&ntilde;o (m&aacute;s de 10,8 millones de euros gracias a la campa&ntilde;a de 2025) antes de comenzar el siguiente ejercicio (el de ejecuci&oacute;n de los programas beneficiados), al haberse aportado antes del 31 de diciembre de 2025. &ldquo;Esta circunstancia ha representado una estabilidad, pues algunas entidades se ve&iacute;an obligadas incluso a solicitar pr&eacute;stamos&rdquo; para impulsar sus respectivos programas beneficiados, ha dicho.
    </p><p class="article-text">
        Las entidades tambi&eacute;n solicitaban conocer antes de acabar el a&ntilde;o qu&eacute; asociaciones y programas ser&iacute;an subvencionados en el ejercicio siguiente, lo cual tambi&eacute;n se ha logrado, pues esta informaci&oacute;n se aport&oacute; antes de acabar 2025.
    </p><p class="article-text">
        M&aacute;s de 75.000 extreme&ntilde;os se benefician del apoyo a los programas que representa marcar la X solidaria, gesto que hicieron 306.622 extreme&ntilde;os (datos de la campa&ntilde;a 2024), un 54,08% del global de contribuyentes.
    </p><p class="article-text">
        Rosa Gallardo, madre de un ni&ntilde;o con s&iacute;ndrome de Down, la integrante de un programa de Cruz Roja destinado a mayores Mar&iacute;a Angeles L&oacute;pez y Alejandro Pizano, persona sorda que ayuda a chavales del colectivo en su integraci&oacute;n, han trasladado por su parte &ldquo;la gran relevancia&rdquo; que representa que la ciudadan&iacute;a realice este gesto de solidaridad al presentar su declaraci&oacute;n.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[elDiarioex]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/extremadura/sociedad/declaracion-renta-solidaria-x-casilla-106-vale-extremadura_1_13127204.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 08 Apr 2026 12:39:36 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La declaración de la renta más solidaria: por qué tu 'X' en la casilla 106 vale más que nunca en Extremadura]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Extremadura,IRPF,Declaración de la Renta,Renta,Solidaridad,Entidades sociales,ONGs]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Renta 2025: Cuál es el mínimo de ingresos que obliga a hacer la declaración este año]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/renta-2025-minimo-ingresos-obliga-declaracion-ano_1_13126169.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/8edb0115-e434-4430-9515-76c456b939b9_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Renta 2025: Cuál es el mínimo de ingresos que obliga a hacer la declaración este año"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Existen unos límiten que pueden eximir al contribuyente, relativos a los ingresos por los rendimientos del trabajo, la naturaleza del empleo, o haber optado a ciertos subsidios o deducciones</p><p class="subtitle">Empieza campaña de la Renta 2025: todas las claves para realizar la Declaración</p></div><p class="article-text">
        La <a href="https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/hoy-empieza-campana-renta-2025-claves-realizar-declaracion_1_13120909.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">campa&ntilde;a de la Renta 2025</a> comienza este mi&eacute;rcoles 8 de abril, por lo que los declarantes ya pueden presentar a trav&eacute;s de internet la declaraci&oacute;n de los ingresos generados el pasado ejercicio fiscal. No todos los contribuyentes est&aacute;n en la obligaci&oacute;n de rendir cuentas con Hacienda a trav&eacute;s de la Renta. Existen unos l&iacute;mites que pueden eximir al usuario de presentar la declaraci&oacute;n por el IRPF del pasado 2025. Se trata de l&iacute;mites relativos a los ingresos por los rendimientos del trabajo, la naturaleza del empleo, o haber optado a ciertos subsidios o deducciones.
    </p><h2 class="article-text">Cu&aacute;l es el m&iacute;nimo de ingresos que obliga a hacer la declaraci&oacute;n</h2><p class="article-text">
        Por supuesto, todos aquellos que quieran optar a la devoluci&oacute;n derivada de la normativa del IRPF deber&aacute;n presentar la declaraci&oacute;n de la Renta. Respecto al resto de contribuyentes, en general existen los siguientes grupos de personas f&iacute;sicas que est&aacute;n obligadas a presentar la declaraci&oacute;n de la renta este 2025:
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li>Los ciudadanos con un solo pagador que hayan recibido un salario superior a los 22.000 euros brutos anuales durante el a&ntilde;o 2025</li>
                                    <li>En el caso de que el contribuyente haya tenido m&aacute;s de un pagador, existen dos supuestos, dependientes de la cuant&iacute;a abonada por los pagadores adicionales. Si han pagado al contribuyente m&aacute;s de 1.500 euros, el l&iacute;mite para tener que declarar de forma obligatoria baja a 15.876 euros brutos anuales. Por otro lado, si no superan este margen, ser&aacute; de 22.000 euros brutos anuales</li>
                                    <li>Todos los aut&oacute;nomos con independencia de los ingresos declarados, tambi&eacute;n los contribuyentes sujetos al R&eacute;gimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar. Esto incluye a los familiares colaboradores dados de alta por estos trabajadores.</li>
                                    <li>Aquellos con el derecho de aplicar el r&eacute;gimen transitorio de la deducci&oacute;n por inversi&oacute;n en vivienda habitual o la deducci&oacute;n por doble imposici&oacute;n internacional. Tambi&eacute;n deber&aacute;n presentar la declaraci&oacute;n los contribuyentes que hayan reducido la base imponible tras aportar a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad, planes de pensiones, planes de previsi&oacute;n asegurados, planes de previsi&oacute;n social empresarial, seguros de dependencia o mutualidades de previsi&oacute;n social.</li>
                                    <li>Los beneficiarios del Ingreso M&iacute;nimo Vital (IMV): esto incluye no solo al solicitante del IMV, tambi&eacute;n a todas las personas de la unidad de convivencia que se beneficien de este subsidio. En el caso de que haya menores viviendo en la unidad de convivencia beneficiada del Ingreso M&iacute;nimo Vital, estos deber&aacute;n presentar declaraci&oacute;n de forma individual o conjunta con sus progenitores</li>
                                    <li>Los contribuyentes que reciban rendimientos por capital mobiliario o que hayas recibido ganancias patrimoniales sujetas a retenci&oacute;n superiores a 1.600 euros anuales</li>
                            </ul>
            </div><h2 class="article-text">Qui&eacute;n no tiene que presentar la declaraci&oacute;n de 2025</h2><p class="article-text">
        Por otro lado, hay una serie de criterios excluyentes que eximen al contribuyente de presentar la declaraci&oacute;n de la renta 2025:
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li>Pensionistas cuyo &uacute;nico rendimiento que reciben son prestaciones pasivas, incluso si se trata de dos o m&aacute;s pagadores. Existen l&iacute;mites, por ejemplo no debe haber aumentado a lo largo del ejercicio el n&uacute;mero de los pagadores estas prestaciones respecto a cuando se comunic&oacute; al formular la solicitud, tampoco podr&aacute;n diferir estos ingresos en m&aacute;s de 300 euros anuales</li>
                                    <li>Ciudadanos que reciban pensiones compensatorias del c&oacute;nyuge o anualidades por alimentos no exentas</li>
                                    <li>En el caso de que el pagador de los rendimientos de trabajo no est&eacute; en la obligaci&oacute;n de retener</li>
                                    <li>Los contribuyentes con rendimientos del trabajo sujetos a tipo fijo de retenci&oacute;n: en el ejercicio fiscal de 2025 tiene esta consideraci&oacute;n el tipo de retenci&oacute;n del 35% o del 19% (en el caso de que los rendimientos procedan de entidades con un importe neto de la cifra de negocios inferior a 100.000 euros) de las retribuciones percibidas por los administradores y miembros de los Consejos de Administraci&oacute;n, de las Juntas y dem&aacute;s miembros de otros &oacute;rganos representativos. Lo mismo ocurre con el tipo del 15%, aplicable a los rendimientos derivados de impartir cursos, conferencias y similares, o fruto de la elaboraci&oacute;n de obras literarias, art&iacute;sticas o cient&iacute;ficas, siempre que se haya cedido el derecho a la explotaci&oacute;n de estos contenidos.</li>
                            </ul>
            </div><h2 class="article-text">Cu&aacute;l es la deducci&oacute;n por la subida del SMI</h2><p class="article-text">
        Una de las novedades que introduce la campa&ntilde;a de la renta de este a&ntilde;o afecta precisamente a los perceptores del <a href="https://www.eldiario.es/politica/trabajo-hacienda-alcanzan-acuerdo-perciben-salario-minimo-no-tributen-irpf-2025_1_12171632.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">salario m&iacute;nimo interprofesional (SMI)</a>, que estar&aacute;n obligados a presentar la declaraci&oacute;n si quieren que la Agencia Tributaria les devuelva las retenciones adicionales que se les haya realizado durante el a&ntilde;o pasado. As&iacute;, los trabajadores que percibieron el SMI en 2025 (16.576 euros anuales) y aquellos que ganaron rentas por valor de hasta 18.276 euros anuales, tendr&aacute;n derecho a una deducci&oacute;n nueva.
    </p><p class="article-text">
        En el caso de que los rendimientos del trabajo sean iguales a los del SMI del a&ntilde;o pasado, la deducci&oacute;n ser&aacute; de 340 euros, por lo que ver&aacute;n compensada la parte que dejaron de recibir de la subida de este sueldo base. Para aquellas rentas entre 16.576 euros anuales y 18.276 euros, la deducci&oacute;n ser&aacute; de 340 euros menos el resultado de multiplicar por 0,2 la diferencia entre los rendimientos &iacute;ntegros del trabajo y 16.576 euros anuales.  
    </p><h2 class="article-text">Fechas de la declaraci&oacute;n de la renta 2025</h2><p class="article-text">
        Una vez abierta la campa&ntilde;a de la Renta del ejercicio fiscal del pasado 2025, estas son sus fechas clave:
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li>8 de abril: el mi&eacute;rcoles 8 de abril es la apertura de la campa&ntilde;a de este a&ntilde;o, por lo que los contribuyentes ya pueden confirmar su borrador a trav&eacute;s de Internet. Este plazo se extiende hasta el pr&oacute;ximo 30 de junio</li>
                                    <li>6 de mayo: tras esta fecha ser&aacute; posible presentar la declaraci&oacute;n de la renta por tel&eacute;fono, siempre y cuando se haya pedido cita previa. De nuevo, el plazo es hasta el 30 de junio</li>
                                    <li>1 de junio: a partir de este d&iacute;a se podr&aacute; formalizar la declaraci&oacute;n de forma presencial con cita previa en alguna de las oficinas de la Agencia Tributaria, hasta el 30 de junio</li>
                            </ul>
            </div>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Elena Segura]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/renta-2025-minimo-ingresos-obliga-declaracion-ano_1_13126169.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 08 Apr 2026 10:56:45 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Renta 2025: Cuál es el mínimo de ingresos que obliga a hacer la declaración este año]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Renta,Declaración de la Renta,Impuestos,IRPF,Agencia Tributaria,SMI - Salario Mínimo Interprofesional]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Claves de la campaña de la Renta de 2025 en Navarra: novedades y fechas]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/navarra/claves-campana-renta-2025-navarra-novedades-fechas_1_13126006.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/d837f180-7d54-4d69-a002-3d895f24837f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Claves de la campaña de la Renta de 2025 en Navarra: novedades y fechas"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">A partir de este 9 de abril se puede realizar la declaración del IRPF a través de internet, así como pedir cita previa para la declaración telefónica. A partir del 20 de abril se podrá realizar de manera presencial y el 15 comenzarán las devoluciones </p><p class="subtitle">La Federación Navarra de Municipios insta a los ayuntamientos a aplicar el impuesto sobre viviendas vacías
</p></div><p class="article-text">
        Este jueves, 9 de abril, arranca la Campa&ntilde;a de la Renta de 2025 en Navarra, que finalizar&aacute; el pr&oacute;ximo 25 de junio. Durante algo m&aacute;s de tres meses los contribuyentes podr&aacute;n hacer su declaraci&oacute;n el IRPF correspondiente al a&ntilde;o pasado mediante tres modalidades: online, telef&oacute;nica o presencial. Entre las principales novedades de la declaraci&oacute;n del 2025 destacan las deducciones por alquiler de vivienda permanente o las deducciones para pensionistas, entre otras. El lema de la campa&ntilde;a de este a&ntilde;o es &ldquo;Si yo pude, t&uacute; tambi&eacute;n&rdquo; con el que se pretende &ldquo;romper la barrera del miedo&rdquo; de realizar la declaraci&oacute;n, as&iacute; como animar a la ciudadan&iacute;a a decantarse por las modalidades online y telef&oacute;nica para realizar la declaraci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n ha informado el consejero de Econom&iacute;a y Hacienda, Jos&eacute; Luis Arasti, la Hacienda Foral de Navarra ha elaborado este a&ntilde;o 221.446 propuestas de declaraci&oacute;n que los contribuyentes podr&aacute;n revisar desde este d&iacute;a 8 en la web&nbsp;<a href="http://www.renta.navarra.es/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">www.renta.navarra.es</a>&nbsp;y tambi&eacute;n se enviar&aacute;n a los domicilios de las personas mayores de 65 a&ntilde;os. De ellas, 134.661 propuestas son a devolver, un 60,8%. Seg&uacute;n los c&aacute;lculos, ser&aacute;n 115,6 millones de euros los que la Hacienda Foral comenzar&aacute; a devolver a partir del 15 de abril. Las 86.785 propuestas restantes son a pagar, una cantidad estimada de 62,1 millones de euros.
    </p><p class="article-text">
        Ser&aacute; a partir del 9 de abril cuando se abrir&aacute; el plazo para realizar la declaraci&oacute;n a trav&eacute;s de internet. Seg&uacute;n ha apuntado el consejero, desde el a&ntilde;o 2020 est&aacute; modalidad &ldquo;ha crecido mucho&rdquo; y el a&ntilde;o asado ya represent&oacute; el 35% del total de las declaraciones. Adem&aacute;s, 221.444 contribuyentes tendr&aacute;n ya una propuesta de declaraci&oacute;n elaborada por Hacienda. El 13 de abril empezar&aacute; la renta telef&oacute;nica. Si se opta por esta modalidad, han informado desde el Gobierno, solamente ser&aacute; necesario recopilar la documentaci&oacute;n necesaria y esperar la correspondiente llamada en el d&iacute;a y a la hora reservada para que el personal de Hacienda la confeccione como si de una renta presencial se tratara.
    </p><p class="article-text">
        Unos d&iacute;as despu&eacute;s, el 20 de abril, se iniciar&aacute; la renta presencial en las oficinas, para la cual se podr&aacute; reservar cita desde el d&iacute;a 16. Por primera vez este a&ntilde;o y como experiencia piloto, Hacienda incorporar&aacute; la Oficina M&oacute;vil de Renta. El objetivo es facilitar el tr&aacute;mite de la declaraci&oacute;n a los habitantes de tres zonas de la geograf&iacute;a foral en las que no hay en un radio cercano una oficina de Hacienda. Del 27 de abril al 15 de mayo estar&aacute; en Sang&uuml;esa, del 18 de mayo al 5 de junio en San Adri&aacute;n y del 8 al 25 de junio en Alsasua. La reserva de cita se realiza exactamente igual que en la presencial, pero seleccionando la localidad correspondiente. &ldquo;Es otra manera m&aacute;s de facilitar al m&aacute;ximo a las personas contribuyentes que puedan llevar a cabo este tr&aacute;mite. Entendemos que hay a quien le da m&aacute;s seguridad un tr&aacute;mite guiado y esta es otra manera de ofrecerlo, sobre todo, all&aacute; donde resulta m&aacute;s complicado, en n&uacute;cleos rurales&rdquo;, ha expuesto Jos&eacute; Luis Arasti.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n las estimaciones de la Hacienda Foral, este a&ntilde;o se agendar&aacute;n unas 24.000 citas presenciales para realizar la declaraci&oacute;n de la renta y unas 10.000 por v&iacute;a telef&oacute;nica.
    </p><h2 class="article-text">Novedades tributarias: vivienda, pensiones y donaciones</h2><p class="article-text">
        Entre las novedades tributarias de la declaraci&oacute;n de la renta del 2025 en Navarra destaca las deducciones por el alquiler de vivienda permanente, especialmente de aquellas que se encuentran en zonas declaradas zonas de mercado tensionado. La reducci&oacute;n en estos casos ser&aacute; del 50% sobre el rendimiento neto positivo. Asimismo, se contempla la reducci&oacute;n del 70% para arrendamientos intermediados por la sociedad p&uacute;blica de vivienda Nasuvinsa y una reducci&oacute;n del 90%, si la vivienda est&aacute; en la bolsa de alquiler de Nasuvinsa y adem&aacute;s se encuentra en una zona de mercado residencial tensionado. Todav&iacute;a no hay estimaciones de cuantas personas se acoger&aacute;n a estas deducciones tras la declaraci&oacute;n de zonas tensionadas en mayo del 2025.
    </p><p class="article-text">
        Otra novedad es la referente a las pensiones. Se trata del aumento de las deducciones por pensiones de viudedad y jubilaci&oacute;n contributivas. As&iacute;, se elevan para el a&ntilde;o 2025 los importes de las deducciones por pensiones de viudedad y por pensiones de jubilaci&oacute;n, una medida que tendr&aacute; un coste estimado de 16,7 millones de euros.
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n habr&aacute; deducciones por la compra de veh&iacute;culos el&eacute;ctricos con un aumento del l&iacute;mite base de deducci&oacute;n a 35.000 euros; un aumento del umbral para tributar en EDE para contribuyentes del sector primario de 300.000 a 350.000 euros; y una deducci&oacute;n del 80% hasta 250 euros y del 40% a partir de esa cantidad en las donaciones por mecenazgo.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;La fiscalidad es ideolog&iacute;a y por eso la apuesta de Navarra en materia fiscal siempre es la progresividad y el reparto de la riqueza para alcanzar el mayor estado de bienestar com&uacute;n&rdquo;, ha destacado el consejero de Econom&iacute;a y Hacienda. &ldquo;Muchas miradas interesadas ponen el foco en nuestro tipo m&aacute;ximo, pero poco hablan de que el m&iacute;nimo es, con diferencia, el m&aacute;s bajo de todo el pa&iacute;s; tenemos un tipo m&iacute;nimo agregado del 13%&rdquo;, ha a&ntilde;adido.
    </p><p class="article-text">
        El consejero Arasti tambi&eacute;n ha avanzado que si la inflaci&oacute;n cierra el 2026 por encima del 2% , el Gobierno de Navarra llevar&aacute; a la mesa de fiscalidad una propuesta para la deflactaci&oacute;n del IRPF para &ldquo;corregir los efectos al alza sobre los precios por la propia guerra de Ir&aacute;n&rdquo;. La mesa de fiscalidad se convocar&aacute; en la segunda quincena de abril, seg&uacute;n ha apuntado el consejero.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Rodrigo Saiz]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/navarra/claves-campana-renta-2025-navarra-novedades-fechas_1_13126006.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 08 Apr 2026 10:48:40 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Claves de la campaña de la Renta de 2025 en Navarra: novedades y fechas]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Hacienda,Consejería de Hacienda,Renta,Declaración de la Renta,IRPF,Navarra,Gobierno de Navarra]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Renta 2025: Cómo solicitar el borrador de la Declaración de la Renta por Internet]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/renta-2025-solicitar-borrador-declaracion-internet_1_13126294.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/36b82068-4b13-442a-a6ac-bcd6379801e5_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Renta 2025: Cómo solicitar el borrador de la Declaración de la Renta por Internet"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Los contribuyentes ya pueden consultar y gestionar su borrador a través de Internet, asegurando un proceso ágil, seguro y totalmente controlado por medios electrónicos oficiales</p><p class="subtitle">Calendario y fechas de la Declaración de la Renta 2025 - 2026</p></div><p class="article-text">
        La campa&ntilde;a de la&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/calendario-declaracion-renta-ano-acaba-empezar-pm_1_12908539.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Declaraci&oacute;n de la Renta 2026</a>&nbsp;ha comenzado este 8 de abril y se extender&aacute; hasta el pr&oacute;ximo 30 de junio, per&iacute;odo en el que los contribuyentes podr&aacute;n presentar su declaraci&oacute;n correspondiente al ejercicio fiscal. La Agencia Tributaria mantiene su plataforma digital <a href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/static_files/common/html/selector_acceso/SelectorAccesos.html?rep=S&amp;ref=%2Fwlpl%2FDASR-CORE%2FAccesoDR2024RVlt&amp;aut=CPRE" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Renta WEB</a>&nbsp;como principal herramienta de acceso, ofreciendo un m&eacute;todo seguro y centralizado para gestionar el borrador y la declaraci&oacute;n sin necesidad de acudir presencialmente a una oficina.
    </p><p class="article-text">
        Durante esta campa&ntilde;a, y a partir del pr&oacute;ximo&nbsp;6 de mayo al 30 de junio, quienes prefieran atenci&oacute;n directa tambi&eacute;n podr&aacute;n realizar la declaraci&oacute;n por tel&eacute;fono con personal de la Agencia Tributaria. Este servicio permite resolver dudas concretas sobre el borrador y facilita la tramitaci&oacute;n para quienes necesiten orientaci&oacute;n sin desplazarse, combinando eficiencia y asistencia profesional.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, del&nbsp;1 al 30 de junio&nbsp;quedar&aacute; habilitado el plazo para confeccionar la declaraci&oacute;n de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria. Esta opci&oacute;n asegura que todos los contribuyentes tengan acceso a asistencia personalizada, garantizando la correcta presentaci&oacute;n de la declaraci&oacute;n dentro de los plazos establecidos y adapt&aacute;ndose a distintos perfiles y necesidades.
    </p><h2 class="article-text">C&oacute;mo solicitar el borrador de la Declaraci&oacute;n de la Renta</h2><p class="article-text">
        Los contribuyentes que deseen acceder al borrador de la declaraci&oacute;n pueden hacerlo a trav&eacute;s de varias opciones de identificaci&oacute;n electr&oacute;nica que garantiza la Agencia Tributaria. Una de las formas m&aacute;s utilizadas es mediante&nbsp;<a href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/consultas-informaticas/renta-ayuda-tecnica/obtener-borrador-renta-web-referencia.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">certificado electr&oacute;nico o DNI electr&oacute;nico</a>, ambos v&aacute;lidos y emitidos por entidades oficiales. Tras disponer de uno de estos medios, el usuario debe ingresar al servicio de&nbsp;Renta WEB&nbsp;en el apartado de &ldquo;Gestiones destacadas&rdquo; y seleccionar la opci&oacute;n correspondiente para identificarse con su firma electr&oacute;nica, lo que permite acceder de forma segura a los datos fiscales y al borrador de la declaraci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Otra alternativa es el&nbsp;<a href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/consultas-informaticas/renta-ayuda-tecnica/obtener-borrador-renta-web-clave-pin.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">sistema Cl@ve M&oacute;vil</a>, antes conocido como Cl@ve PIN, que combina una clave personal elegida por el usuario con un PIN temporal enviado por SMS. Para utilizar esta opci&oacute;n, es necesario registrarse previamente, ya sea de forma presencial en una oficina de la Agencia Tributaria o mediante procedimientos en l&iacute;nea. Una vez registrado, el contribuyente puede acceder al borrador desde Renta WEB pulsando en el apartado destinado a Cl@ve M&oacute;vil, identific&aacute;ndose con la combinaci&oacute;n de clave y PIN, disponible durante un tiempo limitado.
    </p><p class="article-text">
        Finalmente, tambi&eacute;n se puede recurrir al&nbsp;<a href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/consultas-informaticas/renta-ayuda-tecnica/obtener-borrador-renta-web-referencia.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">n&uacute;mero de referencia de Renta</a>, un c&oacute;digo que se obtiene introduciendo el NIF, la fecha de caducidad del DNI o el n&uacute;mero de soporte del NIE, y ciertos datos de la declaraci&oacute;n del a&ntilde;o anterior, o en su defecto, un IBAN si no se present&oacute; declaraci&oacute;n previamente. Con esta referencia v&aacute;lida, el acceso al borrador se realiza de manera similar a las otras opciones: desde Renta WEB, seleccionando la opci&oacute;n correspondiente y completando la autenticaci&oacute;n. Cada uno de estos m&eacute;todos asegura la confidencialidad de la informaci&oacute;n y facilita la consulta, modificaci&oacute;n y confirmaci&oacute;n del borrador de la declaraci&oacute;n de manera &iacute;ntegra y segura. 
    </p><h2 class="article-text">C&oacute;mo acceder a tus datos fiscales</h2><p class="article-text">
        Los datos fiscales del contribuyente incluyen toda la informaci&oacute;n fiscal del ejercicio 2025 que le consta a la Agencia Tributaria y que son la base fundamental del borrador de la Declaraci&oacute;n de la Renta. Entre la informaci&oacute;n que puede recopilar la Agencia Tributaria se encuentra, por ejemplo, el domicilio fiscal y los datos personales, los rendimientos del trabajo o de actividades econ&oacute;micas, rendimientos de cuentas bancarias, amortizaci&oacute;n de bienes inmuebles e ingresos por alquileres.
    </p><p class="article-text">
        Se trata de una compilaci&oacute;n de datos que interesa revisar, puesto que es responsabilidad del contribuyente subsanar cualquier error que puedan presentar, o actualizar datos antiguos. Esta responsabilidad tambi&eacute;n se traslada al borrador de la Renta. De estar incompleto, recae sobre el contribuyente el deber de introducir las modificaciones que sean pertinentes y aportar la informaci&oacute;n necesaria. Confirmar a ciegas el borrador de la Declaraci&oacute;n de la Renta, sin consultarlo, puede acabar acarreando una sanci&oacute;n posterior si los datos son incorrectos.
    </p><p class="article-text">
        Para consultar estos datos fiscales del contribuyente, es necesario acceder a trav&eacute;s de la sede electr&oacute;nica o mediante la <a href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/app-agencia-tributaria.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">aplicaci&oacute;n</a> de la Agencia Tributaria. Si lleva a cabo esta consulta desde el ordenador, deber&aacute; acceder a la <a href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/static_files/common/html/selector_acceso/SelectorAccesos.html?rep=S&amp;ref=%2Fwlpl%2FDFPA-D182%2FSvVisDF25Net&amp;aut=CPRE" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">sede electr&oacute;nica</a> de la Agencia Tributaria al apartado de 'Datos fiscales' e identificarse con uno de los sistemas que ofrece la plataforma, Cl@ve M&oacute;vil, certificado electr&oacute;nico o DNI electr&oacute;nico. En el caso de carecer de ellos, se puede solicitar a la Agencia Tributaria un n&uacute;mero de referencia para iniciar la declaraci&oacute;n.
    </p><h2 class="article-text">Cu&aacute;les son las grandes novedades de este a&ntilde;o</h2><p class="article-text">
        La campa&ntilde;a de 2025 ha arrancado con importantes <a href="https://www.eldiario.es/economia/claves-campana-renta-2025-son-novedades-declaracion-irpf_1_13114994.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">novedades</a> para los contribuyentes, especialmente aquellos trabajadores que hayan percibidio el <a href="https://www.eldiario.es/politica/trabajo-hacienda-alcanzan-acuerdo-perciben-salario-minimo-no-tributen-irpf-2025_1_12171632.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Salario M&iacute;nimo Interprofesional (SMI)</a>. Los trabajadores que percibieron el SMI en 2025 (16.576 euros anuales) y aquellos que ganaron rentas por valor de hasta 18.276 euros anuales tendr&aacute;n derecho a una deducci&oacute;n nueva en la declaraci&oacute;n de la renta. Adem&aacute;s, las personas que hayan estado en el paro no tendr&aacute;n la obligaci&oacute;n de declarar. 
    </p><p class="article-text">
        Otras novedades afectan a aquellos perceptores de ayudas por los efectos de la dana y los incendios. La Generalitat Valenciana ha aprobado unas deducciones de hasta el 100% de los gastos de reparaci&oacute;n de la vivienda, mientras que los afectados por la oleada de incendios del pasado verano contar&aacute;n con deducciones para compensar las p&eacute;rdidas sufrudas en &iexcl; explotaciones agrarias.
    </p><p class="article-text">
        En cuanto al abono del resultado de la declaraci&oacute;n, en el caso de que salga a pagar, los contribuyentes podr&aacute;n realizarlo mediante tarjeta o a trav&eacute;s de Bizum, con la posiblidad de fraccionarlo en dos pagos.  
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Edu Molina]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/renta-2025-solicitar-borrador-declaracion-internet_1_13126294.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 08 Apr 2026 09:46:29 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Renta 2025: Cómo solicitar el borrador de la Declaración de la Renta por Internet]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Declaración de la Renta,Hacienda,Agencia Tributaria,Impuestos,IRPF]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El encarecimiento de la vivienda dispara un 18,4% la previsión de ingresos de Hacienda en la campaña de la Renta]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/campana-renta-encarecimiento-vivienda-dispara-18-4-prevision-ingresos-agencia-tributaria_1_13126190.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/046bf820-62d8-4e38-8d1c-55963f2a7c8f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El encarecimiento de la vivienda dispara un 18,4% la previsión de ingresos de Hacienda en la campaña de la Renta"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La Agencia Tributaria estima que ingresará 24.628 millones por las devoluciones 'a pagar', mientras que aquellas a devolver caen un 3,2%</p><p class="subtitle">Claves de la Campaña de la Renta 2025: estas son todas las novedades para la declaración del IRPF</p></div><p class="article-text">
        La <a href="https://www.eldiario.es/temas/agencia-tributaria/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Agencia Tributaria</a> ha disparado un 18,4% sus previsiones de ingresos al arranque de la <a href="https://www.eldiario.es/canariasahora/lapalmaahora/sociedad/comienza-campana-renta-2025-presentar-declaracion-internet_1_13125902.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Campa&ntilde;a de la renta</a> de 2025, hasta los 24.628 millones de euros, procedentes de 7,7 millones de declaraciones 'a pagar', unas proyecciones impulsadas por el subid&oacute;n que ha experimentado <a href="https://www.eldiario.es/economia/precio-vivienda-sube-espana-triple-potencias-europeas-pese-moderarse_1_13124711.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">el precio de la vivienda </a>el a&ntilde;o pasado.
    </p><p class="article-text">
        La directora general de la Agencia Tributaria, Soledad Fern&aacute;ndez, ha detallado este mi&eacute;rcoles las principales proyecciones del organismo, que espera superar los 25 millones de declaraciones este ejercicio, un 2,1% m&aacute;s que en la campa&ntilde;a de 2024, gracias a la creaci&oacute;n de empleo.
    </p><p class="article-text">
        De estas 25.251.054 declaraciones que estima alcanzar la Agencia Tributaria, 15.706.190 ser&aacute;n a devolver, un 1,8% menos que el a&ntilde;o pasado. En total, el fisco espera devolver a los ciudadanos 13.271 millones (un 3,2% menos) que ingres&oacute; de m&aacute;s en 2025.
    </p><p class="article-text">
        A la inversa, 7.709.632 declarantes (un 10,3% m&aacute;s) tendr&aacute;n que pagar 24.628 millones de euros (un 18,4% m&aacute;s). As&iacute;, Hacienda espera obtener un resultado positivo de la campa&ntilde;a por valor de 11.357 millones de euros, un 60% superior a los 7.089 millones obtenidos a cierre de 2025.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n los datos oficiales, a las 10:45 de la ma&ntilde;ana se hab&iacute;an presentado 640.000 declaraciones, un 5,7% que a la misma hora del a&ntilde;o pasado. Las primeras devoluciones se producir&aacute;n ya este viernes.
    </p><h2 class="article-text">La vivienda y la bolsa disparan los ingresos de Hacienda</h2><p class="article-text">
        Fern&aacute;ndez ha detallado que estas previsiones de ingresos se fundamentan en tres supuestos. Por un lado, el precio de la vivienda, sobre todo la de aquella de segunda mano. &ldquo;Eso va a generar unos incrementos de patrimonio para quienes hayan realizado esas ventas&rdquo;, ha explicado, unas ganancias que derivar&aacute;n en mayores cuant&iacute;as de ingresos.
    </p><p class="article-text">
        Por otro, la revalorizaci&oacute;n de las acciones y el capital mobiliario, que se incrementaron un 40% en 2025, tambi&eacute;n impulsar&aacute; la subida de ingresos, bien porque no se produjo la retenci&oacute;n en el momento de la venta de los t&iacute;tulos o porque fue inferior a lo que deb&iacute;a.
    </p><p class="article-text">
        La entrada en vigor de la subida de 2 puntos porcentuales a las rentas del capital de m&aacute;s de 300.000 euros, que entr&oacute; en vigor con la reforma fiscal de finales de 2024, aportar&aacute; a ese resultado positivo.
    </p><p class="article-text">
        Esos mismos factores impulsar&aacute;n al alza los ingresos del Impuesto de Patrimonio, hasta los 2.473 millones de euros, un 15,4% que los 2.143 millones de la campa&ntilde;a de 2024.
    </p><p class="article-text">
        Esta subida se producir&aacute; a pesar de una ca&iacute;da del 2,5% en el n&uacute;mero de declaraciones, motivada por algunas decisiones auton&oacute;micas como el incremento del m&iacute;nimo exento en el impuesto de 500.000 a un mill&oacute;n de euros en la Comunitat Valenciana o por la bonificaci&oacute;n del 100% que se ha aprobado en La Rioja. &ldquo;Sin estos efectos, con nuestras estimaciones creemos que el n&uacute;mero total de declaraciones habr&iacute;a tenido un incremento del 3,9%&rdquo;, ha dicho la responsable de la Agencia Tributaria.
    </p><h2 class="article-text">Sin c&aacute;lculos de la deflactaci&oacute;n</h2><p class="article-text">
        Fern&aacute;nez ha asegurado que no cuenta con datos sobre los efectos de no deflactar -es decir, adaptar a la subida de los precios- los tramos del IRPF en la recaudaci&oacute;n. &ldquo;Algunos c&aacute;lculos que hemos hecho, por ejemplo, con los incrementos de recaudaci&oacute;n de 2025, que han subido un 10,4%, ya el otro d&iacute;a el Ministerio en una nota de prensa destacaba que, como mucho, el efecto de la inflaci&oacute;n pod&iacute;a ser de 1,3 puntos porcentuales respecto a esos 10,4 puntos&rdquo;, ha dicho.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n los c&aacute;lculos del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), un contribuyente con una renta de 30.000 euros puede llegar a pagar unos 350 euros m&aacute;s y otro con una renta de 70.000 euros, en torno a 760 euros m&aacute;s, como consecuencia de no ajustar el impuesto a la inflaci&oacute;n acumulada entre 2022 y 2026. Este c&aacute;lculo parte de una subida acumulada aproximada del 18,1%.
    </p><p class="article-text">
        En la Agencia Tributaria tampoco estiman que el impacto de la deducci&oacute;n para compensar la subida del salario m&iacute;nimo interprofesional (SMI), que se aplica por primera vez este a&ntilde;o, vaya a ser muy elevada, ya que gran parte de los potenciales beneficiarios ya estaban exentos por otras circunstancias, como el ser declarante con hijos.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Una parte ya eran declarantes y otra parte no ten&iacute;a retenciones. A lo mejor el impacto en la deducci&oacute;n, en cuanto a n&uacute;mero de personas, no es tan alto como se pod&iacute;a pensar&rdquo;, han se&ntilde;alado.
    </p><h2 class="article-text">Intensifica el control sobre las ventas online</h2><p class="article-text">
        De cara a la declaraci&oacute;n, la Agencia Tributaria ha reforzado los avisos sobre aquellos ingresos obtenidos a trav&eacute;s de la venta a trav&eacute;s de plataformas online o por la tenencia de criptoactivos, entre otros.
    </p><p class="article-text">
        As&iacute;, Hacienda emitir&aacute; 437.000 avisos sobre las transacciones de bienes y servicios online, as&iacute; como de alquileres tur&iacute;sticos o de medios de transporte a trav&eacute;s de estas plataformas, frente a las 329.000 del a&ntilde;o pasado.
    </p><p class="article-text">
        Sobre las criptomonedas, emitir&aacute; 1.243.000 avisos, frente a 1.022.000 del a&ntilde;o pasado. Tambi&eacute;n mandar&aacute; 1.012.000 cartas por rentas obtenidas en otros pa&iacute;ses y 867.000 por las fianzas del alquiler de inmuebles.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Álvaro Celorio]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/campana-renta-encarecimiento-vivienda-dispara-18-4-prevision-ingresos-agencia-tributaria_1_13126190.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 08 Apr 2026 09:35:53 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/046bf820-62d8-4e38-8d1c-55963f2a7c8f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="1500330" type="image/jpeg"/>
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      <media:title><![CDATA[El encarecimiento de la vivienda dispara un 18,4% la previsión de ingresos de Hacienda en la campaña de la Renta]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Agencia Tributaria,Ingresos,Renta,Impuestos,Tributos,Fiscalidad,Declaración de la Renta,IRPF]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Campaña de la Renta en La Rioja: 27 deducciones y tres nuevas para celíacos, actividad en el medio rural y asociacionismo agrario]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/la-rioja/campana-renta-rioja-27-deducciones-tres-nuevas-celiacos-actividad-medio-rural-asociacionismo-agrario_1_13124717.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/ed64b127-af78-4d11-8e4a-f4037f584377_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Campaña de la Renta en La Rioja: 27 deducciones y tres nuevas para celíacos, actividad en el medio rural y asociacionismo agrario"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El Gobierno de La Rioja calcula que estas deducciones ahorrarán más de 13,5 millones de euros a los contribuyentes riojanos</p></div><p class="article-text">
        El consejero de Hacienda, Gobernanza P&uacute;blica, Sociedad Digital y Portavoc&iacute;a, Alfonso Dom&iacute;nguez, ha presentado hoy al Grupo de expertos tributarios la bater&iacute;a de 27 deducciones auton&oacute;micas en el IRPF que ahorrar&aacute;n 13,67 millones de euros a casi 95.000 contribuyentes riojanos en la campa&ntilde;a de la Renta que comienza ma&ntilde;ana martes. Entre ellas, las 3 nuevas para cel&iacute;acos, inicio de actividad econ&oacute;mica en el medio rural y asociacionismo agrario.
    </p><p class="article-text">
        Tras repasar las bonificaciones en &aacute;mbitos como la familia, la vivienda, el deporte, la juventud, la movilidad sostenible, el mecenazgo y el sector agrario, Alfonso Dom&iacute;nguez ha destacado que &ldquo;la pol&iacute;tica fiscal del Gobierno de La Rioja se orienta a apoyar a las familias, favorecer la actividad econ&oacute;mica y reforzar la cohesi&oacute;n territorial&rdquo;. Tambi&eacute;n ha subrayado que &ldquo;una fiscalidad &uacute;til y responsable es esencial para acompa&ntilde;ar a quienes m&aacute;s lo necesitan y para estimular el crecimiento y el desarrollo en toda la comunidad&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Durante la reuni&oacute;n, el consejero ha presentado las tres nuevas deducciones auton&oacute;micas que se incorporan en la campa&ntilde;a de la Renta de este a&ntilde;o:
    </p><div class="list">
                    <ul>
                                    <li>Deducci&oacute;n de 250 euros para personas cel&iacute;acas con el prop&oacute;sito de compensar en parte el sobrecoste que supone la compra de alimentos sin gluten. La estimaci&oacute;n es que se beneficien unas 1.300 personas.&nbsp;</li>
                                    <li>Bonificaci&oacute;n de 1.000 euros el primer a&ntilde;o por inicio de actividad econ&oacute;mica en el medio rural. Se prev&eacute;n unos 450 beneficiarios.</li>
                                    <li>Deducci&oacute;n de 100 euros por las cuotas y las inscripciones a las organizaciones profesionales agrarias. Se estiman unos 5.170 beneficiarios.</li>
                            </ul>
            </div><p class="article-text">
        Estas nuevas bonificaciones se suman a otras ya consolidadas como las pioneras deducciones sociales por pr&aacute;ctica deportiva, y por intereses hipotecarios para viviendas adquiridas despu&eacute;s de 2013, las relacionadas con el nacimiento y adopci&oacute;n de hijos, el cuidado infantil en peque&ntilde;os municipios, la rehabilitaci&oacute;n de vivienda o las destinadas a favorecer la emancipaci&oacute;n de los j&oacute;venes.
    </p><p class="article-text">
        Por n&uacute;mero de beneficiarios destacan las vinculadas a la pr&aacute;ctica deportiva (64.392) y a paliar la subida de intereses hipotecarios (12.837), as&iacute; como las deducciones por nacimiento y adopci&oacute;n (1.902) y por arrendamiento de vivienda para j&oacute;venes (1.198).
    </p><p class="article-text">
        El consejero ha agradecido al Grupo de expertos tributarios su labor de an&aacute;lisis y ha reafirmado que &ldquo;La Rioja avanza hacia un marco fiscal claro, estable y moderno, que favorece la inversi&oacute;n y el crecimiento econ&oacute;mico, reconoce y devuelve el esfuerzo de los contribuyentes, trabajadores y empresas, y protege la capacidad adquisitiva de las familias&rdquo;.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        En este sentido, &ldquo;y gracias a una agenda intensa de rebajas y mejoras normativas, 14 en lo que va de legislatura, somos la comunidad aut&oacute;noma que m&aacute;s ha avanzado en competitividad fiscal en los &uacute;ltimos dos a&ntilde;os, y somos junto a Madrid la comunidad aut&oacute;noma de r&eacute;gimen con los impuestos m&aacute;s bajos de Espa&ntilde;a&rdquo;. Solo en el IRPF, &ldquo;ofertamos ya el tramo auton&oacute;mico m&aacute;s reducido de Espa&ntilde;a para las rentas m&aacute;s bajas&rdquo;, ha concluido. &nbsp;
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Rioja2]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/la-rioja/campana-renta-rioja-27-deducciones-tres-nuevas-celiacos-actividad-medio-rural-asociacionismo-agrario_1_13124717.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 07 Apr 2026 14:20:27 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Campaña de la Renta en La Rioja: 27 deducciones y tres nuevas para celíacos, actividad en el medio rural y asociacionismo agrario]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[La Rioja,Renta,IRPF,Fiscalidad]]></media:keywords>
    </item>
  </channel>
</rss>
