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Renta 2025: Cómo solicitar el borrador de la Declaración por Internet

La campaña de 2025 ha arrancado con importantes novedades para los contribuyentes.

Edu Molina

La campaña de la Declaración de la Renta 2026 ha comenzado este 8 de abril y se extenderá hasta el próximo 30 de junio, período en el que los contribuyentes podrán presentar su declaración correspondiente al ejercicio fiscal. La Agencia Tributaria mantiene su plataforma digital Renta WEB como principal herramienta de acceso, ofreciendo un método seguro y centralizado para gestionar el borrador y la declaración sin necesidad de acudir presencialmente a una oficina.

Durante esta campaña, y a partir del próximo 6 de mayo al 30 de junio, quienes prefieran atención directa también podrán realizar la declaración por teléfono con personal de la Agencia Tributaria. Este servicio permite resolver dudas concretas sobre el borrador y facilita la tramitación para quienes necesiten orientación sin desplazarse, combinando eficiencia y asistencia profesional.

Además, del 1 al 30 de junio quedará habilitado el plazo para confeccionar la declaración de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria. Esta opción asegura que todos los contribuyentes tengan acceso a asistencia personalizada, garantizando la correcta presentación de la declaración dentro de los plazos establecidos y adaptándose a distintos perfiles y necesidades.

Cómo solicitar el borrador de la Declaración de la Renta

Los contribuyentes que deseen acceder al borrador de la declaración pueden hacerlo a través de varias opciones de identificación electrónica que garantiza la Agencia Tributaria. Una de las formas más utilizadas es mediante certificado electrónico o DNI electrónico, ambos válidos y emitidos por entidades oficiales. Tras disponer de uno de estos medios, el usuario debe ingresar al servicio de Renta WEB en el apartado de “Gestiones destacadas” y seleccionar la opción correspondiente para identificarse con su firma electrónica, lo que permite acceder de forma segura a los datos fiscales y al borrador de la declaración.

Otra alternativa es el sistema Cl@ve Móvil, antes conocido como Cl@ve PIN, que combina una clave personal elegida por el usuario con un PIN temporal enviado por SMS. Para utilizar esta opción, es necesario registrarse previamente, ya sea de forma presencial en una oficina de la Agencia Tributaria o mediante procedimientos en línea. Una vez registrado, el contribuyente puede acceder al borrador desde Renta WEB pulsando en el apartado destinado a Cl@ve Móvil, identificándose con la combinación de clave y PIN, disponible durante un tiempo limitado.

Finalmente, también se puede recurrir al número de referencia de Renta, un código que se obtiene introduciendo el NIF, la fecha de caducidad del DNI o el número de soporte del NIE, y ciertos datos de la declaración del año anterior, o en su defecto, un IBAN si no se presentó declaración previamente. Con esta referencia válida, el acceso al borrador se realiza de manera similar a las otras opciones: desde Renta WEB, seleccionando la opción correspondiente y completando la autenticación. Cada uno de estos métodos asegura la confidencialidad de la información y facilita la consulta, modificación y confirmación del borrador de la declaración de manera íntegra y segura.

Cómo acceder a tus datos fiscales

Los datos fiscales del contribuyente incluyen toda la información fiscal del ejercicio 2025 que le consta a la Agencia Tributaria y que son la base fundamental del borrador de la Declaración de la Renta. Entre la información que puede recopilar la Agencia Tributaria se encuentra, por ejemplo, el domicilio fiscal y los datos personales, los rendimientos del trabajo o de actividades económicas, rendimientos de cuentas bancarias, amortización de bienes inmuebles e ingresos por alquileres.

Se trata de una compilación de datos que interesa revisar, puesto que es responsabilidad del contribuyente subsanar cualquier error que puedan presentar, o actualizar datos antiguos. Esta responsabilidad también se traslada al borrador de la Renta. De estar incompleto, recae sobre el contribuyente el deber de introducir las modificaciones que sean pertinentes y aportar la información necesaria. Confirmar a ciegas el borrador de la Declaración de la Renta, sin consultarlo, puede acabar acarreando una sanción posterior si los datos son incorrectos.

Para consultar estos datos fiscales del contribuyente, es necesario acceder a través de la sede electrónica o mediante la aplicación de la Agencia Tributaria. Si lleva a cabo esta consulta desde el ordenador, deberá acceder a la sede electrónica de la Agencia Tributaria al apartado de 'Datos fiscales' e identificarse con uno de los sistemas que ofrece la plataforma, Cl@ve Móvil, certificado electrónico o DNI electrónico. En el caso de carecer de ellos, se puede solicitar a la Agencia Tributaria un número de referencia para iniciar la declaración.

Cuáles son las grandes novedades de este año

La campaña de 2025 ha arrancado con importantes novedades para los contribuyentes, especialmente aquellos trabajadores que hayan percibidio el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Los trabajadores que percibieron el SMI en 2025 (16.576 euros anuales) y aquellos que ganaron rentas por valor de hasta 18.276 euros anuales tendrán derecho a una deducción nueva en la declaración de la renta. Además, las personas que hayan estado en el paro no tendrán la obligación de declarar.

Otras novedades afectan a aquellos perceptores de ayudas por los efectos de la dana y los incendios. La Generalitat Valenciana ha aprobado unas deducciones de hasta el 100% de los gastos de reparación de la vivienda, mientras que los afectados por la oleada de incendios del pasado verano contarán con deducciones para compensar las pérdidas sufrudas en ¡ explotaciones agrarias.

En cuanto al abono del resultado de la declaración, en el caso de que salga a pagar, los contribuyentes podrán realizarlo mediante tarjeta o a través de Bizum, con la posiblidad de fraccionarlo en dos pagos.

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