Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

Este es el calendario de la Declaración de la Renta para el año que acaba de empezar

La presentación de la Renta de manera presencial tiene plazas limitadas y está dirigida a colectivos como personas mayores o pensionistas

Alberto Gómez

0

Con la nueva hoja del calendario es probable que haya muchos contribuyentes que estén pensando en prepararse para ajustar sus cuentas con Hacienda. Pero, ante las dudas precisamente respecto a las fechas, es bueno saber que por parte de la Agencia Tributaria la mencionada campaña de la Renta 2026, correspondiente al ejercicio fiscal de 2025, ya cuenta con una hoja de ruta definida, un camino que además introduce cambios significativos tanto en plazos como en normativas. Este año, el calendario presenta ligeras variaciones respecto a ejercicios anteriores, obligando a los ciudadanos a estar más atentos a las fechas clave para evitar posibles sanciones o recargos.

El pistoletazo de salida oficial de esta nueva campaña tendrá lugar el miércoles 8 de abril, fecha en la que se habilitará la presentación exclusivamente por internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio a través de Renta Web o la aplicación móvil oficial. Se trata de una fecha que supone que la mencionada campaña arranque seis días más tarde que la del año anterior, proporcionando un margen de tiempo distinto para que los contribuyentes organicen su documentación. Los servicios telemáticos, que requieren DNI electrónico, Cl@ve PIN o número de referencia, estarán disponibles de forma ininterrumpida para facilitar el cumplimiento de esta obligación desde el primer día.

A partir del 6 de mayo, la Agencia Tributaria pondrá en marcha el plan «Le llamamos», una modalidad de atención telefónica diseñada para confeccionar la declaración con el apoyo de técnicos de la administración. Quienes deseen optar por esta vía deberán solicitar una cita previa, que podrá tramitarse desde el 29 de abril hasta el 29 de junio a través de la sede electrónica o mediante los números telefónicos habilitados específicamente para este servicio. Este canal busca acompañar al contribuyente que, a pesar del avance tecnológico, sigue necesitando un asesoramiento directo para completar sus trámites con seguridad.

El cierre definitivo de la campaña es el martes 30 de junio, último día hábil para presentar la declaración por cualquier vía

Para aquellos ciudadanos que prefieran la atención presencial, las oficinas de la Agencia Tributaria abrirán sus puertas el 1 de junio. La solicitud de cita para ser atendido físicamente por el personal de Hacienda comenzará el 29 de mayo y, al igual que en la modalidad telefónica, se extenderá hasta el 29 de junio. Es fundamental recordar que estas plazas suelen ser limitadas y están especialmente dirigidas a colectivos como personas mayores o pensionistas con rentas sencillas que requieren una asistencia presencial obligatoria mediante cita concertada.

El cierre definitivo de la campaña está marcado para el martes 30 de junio, siendo el último día hábil para presentar la declaración por cualquier vía. Sin embargo, los contribuyentes cuyo resultado salga a ingresar y deseen domiciliar el pago en su cuenta bancaria deberán adelantar el trámite al 25 de junio. Pasada esa fecha, la domiciliación dejará de estar disponible como método de pago, aunque el plazo general de presentación se mantenga vigente hasta el último día del mes. En cuanto a la obligación de declarar, los umbrales de ingresos se mantienen estables respecto a la campaña anterior. 

Por norma general, no estarán obligados a presentar el IRPF aquellos contribuyentes que no superen los 22.000 euros brutos anuales de un solo pagador. En el caso de percibir rentas de dos o más pagadores, el límite de obligación desciende a los 15.876 euros anuales, siempre que los ingresos del segundo y posteriores pagadores superen en conjunto la cifra de 1.500 euros. Una de las novedades más destacadas y comentadas de esta campaña es la exención definitiva para los desempleados que perciben subsidios del SEPE. Aunque inicialmente se planteó una obligación de declarar para este colectivo, el Gobierno ha dado marcha atrás mediante el Real Decreto-ley 16/2025, suprimiendo este trámite para los beneficiarios de prestaciones no contributivas. Esta medida de justicia administrativa beneficia a más de dos millones de personas, evitando cargas burocráticas innecesarias en colectivos vulnerables que no tienen otras fuentes de renta significativas.

El sector de los trabajadores autónomos, por el contrario, mantiene una normativa estricta que les obliga a presentar la declaración de la renta en todos los casos, independientemente de sus ingresos. Además, para este colectivo y para las sociedades civiles con actividad económica, la presentación deberá realizarse exclusivamente por medios electrónicos. La Agencia Tributaria continúa así con su plan de eliminar progresivamente el papel, reforzando la digitalización con el objetivo de que en el futuro cercano la totalidad de las declaraciones se gestionen en formato digital.

Pagos más controlados

La transparencia y el control sobre las operaciones financieras también se ven reforzados en 2026 a través de nuevos modelos informativos que afectan a los pagos electrónicos. Hacienda ha introducido el Modelo 170, una declaración informativa mensual sobre cobros realizados con tarjetas o dispositivos móviles, incluyendo sistemas como Bizum. Con esta medida se suprime el antiguo umbral de 3.000 euros que limitaba esta obligación, permitiendo a la administración disponer de una trazabilidad mensual mucho más exhaustiva sobre las operaciones de empresarios y profesionales.

Complementando este sistema de supervisión, entra en vigor el Modelo 174 para informar anualmente sobre todo tipo de tarjetas emitidas y sus movimientos asociados. Aunque la información relativa al ejercicio 2026 se presentará formalmente en enero de 2027, su implementación desde el inicio del año marca un cambio de paradigma en la vigilancia fiscal de las transacciones electrónicas. Estos modelos son responsabilidad de las entidades financieras y pasarelas de pago, no de los usuarios particulares, pero facilitarán a la Agencia Tributaria el cruce de datos en futuras comprobaciones fiscales.

Antes de proceder al envío de la declaración, los expertos recomiendan revisar los datos fiscales con antelación, que suelen estar disponibles desde finales de marzo en la sede electrónica. Es el momento ideal para verificar las deducciones autonómicas por vivienda, número de hijos o eficiencia energética, que pueden variar sustancialmente según la región de residencia. En definitiva, se acerca una nueva campaña de la Renta y desde la Agencia Tributaria insisten en la digitalización, un enfoque social que alivia la presión sobre los desempleados con rentas bajas, la lucha contra el fraude y la simplificación de procesos para los contribuyentes.

Etiquetas
stats