Atresmedia paga 525.000 euros tras una nueva multa de la CNMC por emitir publicidad encubierta

Redacción verTele / Agencias

2 de julio de 2025 11:53 h

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha multado a Atresmedia por emitir publicidad encubierta en un contenido protagonizado por Joaquín Sánchez y el chef Dani García que el grupo ofreció en 2023 en dos de sus ventanas, laSexta y Atresplayer. La empresa de comunicación ha abonado un total de 525.468,80 euros por la sanción, aplicando una reducción del 20% por pago anticipado.

Así lo comunica la propia CNMC en una nota de prensa que recoge también Europa Press, y en la que se explican los detalles del caso. La sanción se debe a la emisión en el segundo canal del grupo y en la plataforma de streaming de dos programas publicitarios sin cumplir con los requisitos legales de identificación y diferenciación de la publicidad.

Los contenidos sancionados se emitieron en noviembre y diciembre de 2023 bajo el título 'El pedido más esperado'. Primero se ofrecieron en laSexta, estando disponibles desde ese momento en Atresplayer. Estaban protagonizados por el entonces todavía futbolista Joaquín Sánchez y el cocinero Dani García, en el marco de la campaña promocional 'Big Good' de McDonald's España. “En ellos se narraba, con tono documental y de entretenimiento, el proceso de producción de los ingredientes utilizados por la cadena de restauración en sus productos”, detalla la Comisión.

En este sentido, la CNMC recuerda que, según la Ley General de Comunicación Audiovisual, los contenidos publicitarios deben estar claramente identificados con la palabra “publicidad” y diferenciarse del resto de la programación. “Sin embargo, los programas de Atresmedia no incluían la sobreimpresión exigida ni figuraban en la guía de programación como contenidos publicitarios. En Atresplayer aparecían clasificados como programas de cocina”, ha explicado.

Una infracción tipificada como “grave”

La CNMC considera que “se trataba de comunicaciones comerciales audiovisuales con finalidad promocional, presentadas con apariencia de contenido editorial, lo que puede inducir a error al espectador medio sobre su naturaleza publicitaria”. De este modo, estas cuatro infracciones (dos en el canal laSexta y dos en Atresplayer) vulneran los artículos 136.1 y 136.2 de la Ley General de Comunicación Audiovisual y están tipificadas como graves.

Atresmedia ha abonado la sanción con una reducción del 20% (525.468,80 euros) por pago anticipado. No obstante, la Comisión recuerda que contra la resolución puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su notificación.

En la actualidad, el contenido que ha motivado la sanción ya sí aparece catalogado como “patrocinado” y “ofrecido por McDonald's” en la plataforma Atresplayer.