Retraso al entregar un informe

Orange, sancionada con 16.000 euros por infringir la Ley de financiación del cine

Orange, sancionada con 16.000 euros por la CNMC

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha multado a Orange con 16.000 euros por una infracción administrativa leve contra la Ley General de Comunicación Audiovisual.

Retraso en el informe sobre sus obligaciones de financiación

Según el organismo sancionado y tal como recoge Europa Press, la compañía no presentó el informe sobre el cumplimiento de sus obligaciones de financiar la producción europea de películas, series, documentales y producciones de animaciones relativas al ejercicio 2014.

Según ha informado este martes la Comisión mediante una nota de prensa, el pasado mes de julio inició un expediente sancionador contra Orange. Este se produjo como consecuencia de que la compañía de telecomunicaciones había remitido con más de 300 días de retraso la información que permite a la CNMC comprobar si ha cumplido con la obligación que tienen de financiar determinados contenidos audiovisuales de producción europea.

Orange y otras compañías, obligadas a destinar un porcentaje de sus ingresos

En este sentido, el organismo estatal ha recordado que La Ley General de la Comunicación Audiovisual obliga a dichas compañías que difundan canales de televisión a destinar el 5% de sus ingresos de explotación a financiar obras audiovisuales europeas: películas para cine, series de televisión y producciones de animación y documentales. En el caso de que la empresa sea de titularidad pública, este porcentaje aumenta hasta el 6%.

Así, tras la instrucción del expediente, la CNMC ha acreditado que Orange “incumplió su deber de presentar el informe en el que se indica la forma en que se ha dado cumplimiento a sus obligaciones de financiar anticipadamente la producción europea de películas cinematográficas, películas y series para televisión, así como documentales y películas y series de animación relativo al ejercicio 2014”.

Según ha concretado la Comisión, este hecho supone una infracción de lo dispuesto en el artículo 5.3, en relación con lo dispuesto en el artículo 57.3 de la Ley.

Por último, la CNMC recuerda que contra esta Resolución Orange podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

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