'No hay incitación al racismo', esgrimen

Archivadas las denuncias de asociaciones de mujeres gitanas contra Mediaset

Archivadas las denuncias de asociaciones de mujeres gitanas contra Mediaset

La Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC) ha archivado las dos denuncias interpuestas por la Federación de Asociaciones de Mujeres Gitanas de Andalucía (FAKALI) contra Mediaset España por los programas 'Los Gipsy Kings' y 'Palabra de Gitano' (Cuatro), así como por la ficción de Telecinco 'Anclados'.

Según ha informado el grupo de comunicación, el organismo ha archivado las denuncias “por no encontrar elementos de juicio suficientes que justifiquen el inicio de un procedimiento sancionador”.

“No se observa una incitación al odio, racismo o xenofobia”

Así, Mediaset ha precisado que el organismo no aprecia “circunstancias o situaciones que pudieran parecer ofensas a la comunidad gitana, más cuando son opiniones de los propios gitanos” en los programas 'Los Gipsy Kings' y 'Palabra de Gitano' (Cuatro). “El programa no incita a declaraciones que no quieran dar, siendo ellos mismos (los protagonistas) los que cuentan las distintas tradiciones o situaciones que se abordan, por lo que, en definitiva, no se observa una incitación al odio, racismo o xenofobia”, según la CNMC.

Sobre 'Anclados': “Se proporciona una visión humorística de todos los personajes que aparecen”

En relación con 'Anclados', el grupo de comunicación ha señalado que la CNMC concluye que se trata de una “serie de ficción realizada en tono de humor y parodia”. “Se proporciona una visión humorística de todos los personajes que aparecen en la ficción, y cualquier actitud o comentario debe enmarcarse dentro de los límites aceptables para este género de la ficción, no apreciándose intención ofensiva”, añade el organismo.

“Se considera que los contenidos emitidos por el operador están amparados por el derecho a la libertad de expresión”, apunta la CNMC, al tiempo que concluye que “los programas denunciados carecen de la cualificación necesaria como para incluirlos en el tipo infractor por vulneración del artículo 57.1 LGCA”, que tipifica como infracción grave la emisión de contenidos que de forma manifiesta fomenten el odio, el desprecio, o la discriminación por motivos de nacimiento, raza, sexo, religión, nacionalidad, opinión, o cualquier otra circunstancia personal o social.

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