Entre 13 céntimos y 1,4 euros

Los CD y DVD vírgenes incluirán un canon a partir de septiembre

Los CD y DVD vírgenes incluirán desde el 1 de septiembre un canon, que variará entre los 13 céntimos y 1,40 euros según sus características, y que pagará el consumidor, sea cual sea la información grabada y su destino, tras la firma el pasado 30 de julio de un acuerdo entre la Asociación Multisectorial de Empresas de Electrónica y Comunicaciones (ASIMELEC) y seis entidades de gestión de derechos de autor.

Según informó ASIMELEC en un comunicado, el acuerdo supone poner fin a “más de un periodo de 20 meses de negociación durante el cual incluso se ha producido una conflictividad judicial que ha afectado a algunas empresas asociadas”.

El acuerdo fue firmado por AIE (Artistas Intérpretes o Ejecutantes), AISGE (Artistas Intérpretes, Sociedad de Gestión), EGEDA (Entidad de Gestión de Derechos de Propiedad Intelectual), SGAE(Sociedad General de Autores y Editores), DAMA (Derechos de Autor de los Medios Audiovisuales) y CEDRO (Centro Español de Derechos Reprográficos), además de la propia ASIMELEC que, reúne en torno al 80% de los fabricantes e importadores de cedés de nuestro país.

Según éstos, el canon por copia privada es una tasa que se aplicaba hasta ahora a las cintas de audio y vídeo “para compensar a los autores del perjuicio ocasionado por realizar copias para uso privado”, y estaba previsto en la Ley de Propiedad Intelectual, aunque “no para compensar por los daños de la piratería”.

El acuerdo supone que los fabricantes e importadores se comprometen a aceptar la imposición de un canon por copia privada en los soportes digitales (CD-R/W, DVD-R/W) y, por su parte, las entidades de gestión se comprometen a renunciar o paralizar toda reclamación judicial sobre los soportes comercializados antes del 1 de septiembre.

“A pesar de que todos estamos convencidos que no todos estos soportes copian material protegido y que muchos se utilizan para aplicaciones profesionales (copias de seguridad, almacenamiento de información, etc.) y, por tanto, no debían pagar nada, no es menos cierto que los tribunales, en cinco sentencias, todas ellas recurridas, reconocieron el principio del pago y además con carácter retroactivo en algunos casos”, señaló el comunicado de ASIMELEC.

Riesgo de más denuncias Por ese motivo, “y ante el riesgo que más asociados fueran demandados”, la patronal decidió negociar con las entidades. “Así hemos conseguido rebajas en los importes previstos en la ley en lo que implica el reconocimiento de que no todos los soportes en su totalidad se destinan a hacer copias de música e imágenes”, señaló.

Finalmente, ASIMELEC aclaró que el acuerdo se refiere a las copias que los individuos realizan legalmente para su uso exclusivo. “Nada tiene que ver esta copia con la realización de miles de copias ilegales que no pagan derechos de autor y que son comercializadas de manera ilegal, esto es la piratería, situación delictiva que todos rechazamos”, concluyó.

Sin embargo, todas estas explicaciones no han conseguido apaciguar a la comunidad internauta, movilizada desde hace meses para luchar contra el establecimiento de este canon, organizada fundamentalmente en torno a la plataforma 'Sincanon'.

La Asociación de Internautas (AI) ha sido la primera en criticar la “pasividad de las autoridades de consumo”, al no haber contado con la participación de “ninguna entidad” que represente a los usuarios afectados. “La única parte perjudicada es la de siempre, la más débil, la más indefensa: el usuario”, denunció la AI en un comunicado.

La asociación lamentó que el acuerdo no haya atendido el artículo 25.3 de la Ley de Propiedad Intelectual que, al regular el derecho de remuneración por copia privada, establece que “lo dispuesto en los apartados anteriores no será de aplicación a los programas de ordenador”.

“A pasar por caja” “Sigue bastando que se reúnan algunas empresas de algún sector con los representantes de los mejores clientes de esas mismas empresas, para que resultemos finalmente lesionados los usuarios y consumidores, viéndonos obligados a pasar por caja con cualquier excusa y pretexto”, denunció la AI.

Ante esta situación, recomendó a los usuarios adquirir únicamente dichos productos de aquellas empresas que mantengan o reduzcan los precios, siempre que no repercutan al usuario final el canon por copia privada.

En caso contrario, sugiere a los usuarios solicitar la factura en la que conste su desglose para, con ella, “exigir de las entidades a las que se les va a entregar el importe de tal canon su reembolso por no haber destinado el soporte adquirido a copia privada, sino a copia de programas de ordenador con sus distintos componentes”.

Además, aconseja formular la correspondiente denuncia ante la Oficina municipal del Consumidor por “haberse exigido el pago por canon por copia privada en un supuesto claramente exento por disposición expresa de la ley, como son los programas de ordenador”, al igual que exigir hoja de reclamaciones del establecimiento para formula una denuncia “por no constar en sus condiciones generales de la contratación la repercusión del canon”.

Finalmente, la AI comunicó que publicará el 1 septiembre los formularios de ayuda para realizar las correspondientes denuncias, “para que puedan servir de orientación, no sólo a los internautas, sino también a todos los servicios municipales de ayuda y orientación a los consumidores”.

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