Expediente a Mediaset por posible publicidad encubierta en 'Qué tiempo tan feliz'
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha incoado un expediente sancionador a Mediaset por presunto incumplimiento de la Ley General Audiovisual, por publicidad encubierta de productos y servicios durante la emisión del programa 'Qué tiempo tan feliz'.
La CNMC ha constatado estas irregularidades en diferentes espacios entre diciembre de 2014 y febrero de 2015. Este supuesto incumplimiento está tipificado como infracción administrativa de carácter grave y podría suponer la imposición de una multa de 100.001 euros hasta 500.000 euros.
Por el microespacio de salud con Meli Camacho
En concreto, en este programa, se ha detectado un microespacio o sección de unos cinco minutos de duración, durante el cual la presentadora, María Teresa Campos, entrevista a Meli Camacho, una periodista y prescriptora de medicina estética, salud y belleza.
Durante el tiempo en que Meli Camacho está en antena se tratan temas relacionados con la salud, el peso o la belleza, entre otros, a la vez que se dan consejos sobre ello. Asimismo, se presentan de manera evidente los envases de los productos referidos al tema concreto que tratan ese día acompañados de sobreimpresiones relativas a sus funciones y virtudes.
En algunas ocasiones también se indican los precios y las marcas de estos productos y se acaba reenviando al telespectador al blog de la colaboradora, vinculado directamente a una distribuidora online, para obtener más información. Mediaset dispone de un plazo de quince días para presentar alegaciones.
Respuesta de Telecinco: “No hay elementos suficientes para considerarlo publicidad, presentaremos alegaciones”
La cadena ya ha anunciado su desacuerdo con el expediente, que recurrirá: “Podemos afirmar de manera categórica que no hay elementos suficientes para considerar publicidad el contenido en el espacio al que hace mención el expediente, dado que ni se menciona la marca ni se muestra. Presentaremos alegaciones y confiamos en que el expediente se resuelva sin la imposición de ninguna sanción”.