Expedientes a Mediaset y Atresmedia por exceso de publi, y sanción a Telecinco y Cuatro
La Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC) ha decidido sancionar a Mediaset con 229.136 euros por haber superado los límites de tiempo de emisión de publicidad y le ha abierto otros dos expedientes sancionadores por el mismo motivo, al igual que a Atresmedia.
Competencia ha sancionado a Mediaset por haber superado en los canales Telecinco y Cuatro, durante diferentes fechas del mes de julio de 2014, el límite de emisión de 12 minutos por hora natural de espacios publicitarios y televenta, regulados en el Art. 14.1 de la Ley General de Comunidación Audiovisual (LGCA).
Según el citado artículo, para el cómputo de esos 12 minutos se tendrá sólo en cuenta el conjunto de los mensajes publicitarios y la televenta, excluyéndose el patrocinio y el emplazamiento. También se excluirá del cómputo la telepromoción cuando el mensaje individual tenga una duración superior a la de un mensaje publicitario y el conjunto de telepromociones no supere los 36 minutos al día, ni los tres minutos por hora de reloj.
A esta sanción, contra la que cabe recurso ante la Audiencia Nacional, se suman otros dos expedientes por infracciones leves por el mismo motivo a Telecinco y Cuatro cometidas en los meses de enero y febrero de 2015.
Igualmente, la CNMC ha decidido incoar un expediente sancionador a Atresmedia al haber superado, en sus canales La Sexta y Nova, por superar los límites de tiempo de emisión dedicados a los mensajes publicitarios en enero de 2015.
En el caso de la incoación de los expedientes sancionadores, Atresmedia y Mediaset disponen de un plazo de quince días para presentar alegaciones.