El Consejo de Ministros ha aprobado en su reunión de hoy el tercer canal para las Comunidades Autónomas de Extremadura y de las Illes Balears. La concesión debe estar subordinada al desarrollo de la televisión digital terrenal y, en consecuencia, se prevé ya desde este momento la necesaria emisión simultánea en digital y analógico. Esto se debe a que la emisión en analógico para las televisiones locales tiene un plazo limitado y deberá cesar en el plazo que se establezca en el Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrenal. En el tránsito desde una a otra tecnología deberá facilitarse, tanto la ordenada migración, como que la programada conclusión de las emisiones con tecnología analógica no se traduzca en una reducción del ámbito de cobertura en términos de población. Extremadura En el caso de Extremadura será la empresa pública Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales la titular de la concesión de dominio público radioeléctrico necesaria para la prestación del servicio de difusión de televisión. Esta empresa pública podrá emitir utilizando sus propios servicios portadores o contratando éstos con terceros. En este último supuesto ambos serán responsables solidarios del cumplimiento de la normativa vigente en materia de telecomunicaciones, en particular de la relativa al uso del espectro radioeléctrico. Illes Balears En lo que se refiere al nuevo canal balear, será el Ente Público de Radiotelevisión de las Illes Balears quien podrá emitir o bien utilizando sus propios servicios portadores o contratando estos servicios con otras empresas. Pero en este último supuesto la responsabilidad será mutua. El Ministerio de Ciencia y Tecnología se encargará de aprobar los proyectos técnicos de las instalaciones tanto para Extremadura como para las Islas Baleares, así como de realizar las correspondientes inspecciones antes de que comiencen las emisiones.