Bruselas

Una red paneuropea de reguladores audiovisuales controlará las emisiones que inciten al odio

Las autoridades nacionales de regulación del sector audiovisual lanzaron hoy en Bruselas una acción paneuropea destinada a combatir la incitación al odio en los programas audiovisuales. Entre las medidas adoptadas figura el refuerzo de la cooperación y el intercambio de información con el fin de garantizar la aplicación rápida, eficaz y coherente de las disposiciones de la UE que garantizan la libertad de los medios de comunicación, por una parte, y prohíben las emisiones que alienten el odio, por otra. Las autoridades audiovisuales invitaron a la Comisión Europea a tener encuenta este problema en el marco de las propuestas de modernización de la Directiva europea “Televisión sin fronteras” que presentará este año. A su juicio, el caso de los canales de TV “Al Manar” y, más recientemente, “Sahar 1”, prohibidos por las autoridades francesas por promover el odio racial, ilustra la necesidad de actuar conjuntamente para luchar contra elodio racial y religioso, tanto en Europa como en otras regiones del mundo. “El derecho a la libertad de expresión e información, que se inscribe en la Carta Europea de Derechos Fundamentales y que forma parte de la Constitución europea, constituye la piedra angular de una sociedad democrática y pluralista, en particular en el ámbito audiovisual”, subrayó la comisaria de Ciencias de la Información, Viviane Reding. “El respeto de la dignidad humana es, sin embargo, un valor europeo igualmente importante. No podemos por lo tanto tolerar contenidos audiovisuales racista en Europa”, añadió.

Con este acuerdo, las autoridades reguladoras de los 25 Estados miembros de la UE, países candidatos y países miembros del Espacio Económico Europeo intercambiarán información, por medio de puntos de contacto nacionales, sobre las cadenas autorizadas dependiendo de sus competencias respectivas. A medio plazo, podrían conectar sus bases de datos de autorización de nuevos canales, o incluso establecer una base de datos central, y crear unforo de Internet limitado a examinar los casos problemáticos. Los incentivos al odio por razones de raza, sexo, religión o nacionalidad son prohibidos por el Derecho comunitario y, en particular, por el artículo 22 bis de la Directiva “Televisión sin fronteras” de 1989. Los Estados miembros son los responsables de las cadenas, lo que incluye las cadenas de televisión de terceros países que utilizan una frecuencia, la capacidad de un satélite o una conexión ascendente bajo su control.

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