Tribunales

Ratifican la condena a “Salsa rosa” por intromisión en la intimidad de Juan Ramón Lucas

La Audiencia Provincial de Madrid ha ratificado una sentencia por la que se condena a la productora Boomerang TV a indemnizar con 50.000 euros al periodista Juan Ramón Lucas por intromisión ilegítima en los derechos a la intimidad personal y familiar, en un reportaje del programa 'Salsa Rosa'.

La sentencia también condena a la directora del programa, Sandra Fernández, a Aprok Imagen, la entidad que obtuvo las imágenes y a Ángela Portero, periodista que hizo comentarios en dicho programa del corazón.

La condena se produce a raíz del reportaje emitido el pasado 21 de mayo de 2005, donde se difundía un vídeo sobre Lucas y la modelo Sandra Ibarra paseando por la calle. Además, otras imágenes mostraban al presentador abrazando y dándole un beso a Ibarra y ofrecían el momento en que el periodista recogía a su hija, menor de edad, del colegio.

La Audiencia estima que este reportaje afecta “de forma indudable” a la vida personal de Lucas y, en concreto, a la esfera afectiva, “la más íntima de todas”. Además, advierte que la emisión de este vídeo debió de haberse realizado con el consentimiento del presentador de televisión.

La Audiencia considera que la profesión de presentador de espacios no justifica que Lucas sea el protagonista de noticias “tan íntimas” relativas a sus relaciones afectivas y profesionales.

“Empeño constante” para que hablase de sus relaciones afectivas

Además, destaca que Ibarra, que acudió ese mismo día a 'Salsa Rosa', mostró siempre su intención de limitar sus comentarios a una dolencia pasada. Pese a ello, el juez llama la atención sobre el “empeño constante” de los comentaristas para que hablase de sus relaciones afectivas.

Para el juez, no es motivo de amparo el hecho de que las relaciones afectivas de Lucas hayan sido publicadas previamente en otras revistas e insiste en que las imágenes deberían haberse emitido con la autorización previa del presentador.

Esta sentencia prohibe la emisión de las imágenes del reportaje en cualquier otro programa, así como el uso de fotogramas en medios escritos.

Asimismo, el fallo obliga a 'Salsa Rosa' u otro programa “con relevancia semejante” a informar a los espectadores del fallo el mismo día y en la misma franja horaria “sin comentarios ni apostillas”. Este espacio del 'corazón', presentado por Santiago Acosta, dejó de emitirse el 5 de agosto de 2005.

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