Mediaset, condenada a pagar 150.000 euros a una mujer anónima que relacionó con Antonio David por vulnerar su honor

La Justicia condena a Mediaset por vulnerar el honor de una supuesta amante de Antonio David Flores

Sergio Soriano

La Audiencia Provincial de Gijón ordena a Mediaset el pago de 150.000 euros por vulnerar el derecho al honor, la intimidad y la propia imagen de una mujer anónima señalada como supuesta examante de Antonio David Flores. Este fallo de la Justicia desestima el recurso de apelación interpuesto por el representante del grupo audiovisual en marzo de 2022. Conviene destacar que los hechos se remontan al contexto de emisión de la docuserie de Rocío Carrasco, así como la cobertura puesta en marcha desde otros formatos como Viva la vida, Ya es mediodía o Sálvame.

Según avanza El Confidencial Digital, la compañía debe indemnizar con 100.000 euros a la mujer y otros 50.000 euros a su marido —cuyos datos se omiten para preservar su identidad—. De igual modo, se ordena tanto la retirada de los contenidos emitidos como abstenerse de difundir informaciones similares en el futuro. El tribunal considera que el tratamiento provocó una pérdida del anonimato para personas sin relevancia en la esfera mediática, desvelando aspectos que “carecían de interés público”. Se considera, por lo tanto, una “vulneración de su derecho a la intimidad”.

La sentencia, a la que ha tenido acceso verTele, muestra una relación detallada de aquellos espacios de Telecinco en los que se habló abiertamente de la demandante. Así queda recogido en el apartado “fundamentos de derecho”:

  • Distintos capítulos de la docuserie Rocío, contar la verdad para seguir viva, donde se aborda la supuesta infidelidad de Antonio David Flores con la mujer que nos ocupa.
  • Una entrega de Viva la vida, donde se avanza el contenido de un reportaje “se dice que han conseguido localizar el lugar en el que se encuentra”. También se identificó al marido de la demandante, acompañando los datos con imágenes.
  • El programa Ya es mediodía se puso en contacto con la demandante, manteniendo una conversación posteriormente difundida.
  • Socialité abordó en directo un comunicado donde se pedía que Telecinco pusiera “fin de inmediato a la intromisión ilegítima y al salvaje acoso mediático”.
  • Las distintas versiones de Sálvame también se hicieron eco de esta situación, entrevistando a una amiga de la demandante. Posteriormente, el formato difundió “parte de una conversación telefónica”.

Esta resolución incluye el tiempo exacto que se dedicó a reconstruir la vida de la hoy demandante, con presencia de distintos reporteros en domicilios familiares. Se considera que la vulneración de su intimidad es “aún más clara” al difundirse parte de una conversación telefónica “grabada sin consentimiento” en el ya finalizado Sálvame. La Justicia lo acredita señalando la “falta de advertencia por parte de la periodista” encargada de hablar con la mujer anónima.

Se confirma la primera resolución

Vistos los preceptos legales aplicables, la Audiencia Provincial de Gijón desestima el recurso de apelación interpuesto por el representante legal de Mediaset contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Gijón. En consecuencia, se confirma dicha resolución en su integridad. La Justicia también impone al grupo de comunicación las costas del proceso en cuestión.

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