La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto una multa de 221.155 euros a Atresmedia por la emisión de “imágenes extremadamente violentas” en el programa Al Rojo Vivo (laSexta) sin las debidas cautelas. El grupo de comunicación aceptó el pago anticipado de la sanción el pasado mes de marzo, así que esta se redujo un 20% hasta quedarse en 176.924 euros. Desde la empresa anuncian a verTele su decisión de presentar un recurso contra esta resolución.
La CNMC ha constatado que, tal y como advertía la denuncia que le trasladó un particular a principios de 2023, el programa de actualidad que presenta Antonio García Ferreras, emitió un vídeo con imágenes “extremadamente violentas” que muestran, “de forma explícita y repetida”, la ejecución de un soldado ucraniano.
Ocurrió el 7 de marzo de 2023 a las 14:15 de la tarde, dentro del horario de protección infantil y sin la debida advertencia.
“El contenido se emitió hasta seis veces en apenas un minuto, incluyendo planos cercanos, sonido realista de los disparos y detalles visuales de las heridas”, explica el organismo regulador, y añade que el vídeo se tendría que haber “calificado como no recomendado para menores de 18 años, lo que habría exigido otras condiciones de emisión”.
En su escrito de alegaciones, Atresmedia recordó que Al Rojo Vivo es un programa “calificado como no apto para menores de 16 años, que se emitió fuera de la antigua franja de protección al menor y que el presentador avisó varias veces de que las imágenes que se iban a emitir eran muy duras”. Además, reivindicó su derecho a la información y defendió que la grabación tenía “un alto interés informativo” y era “esencial” para que el público comprendiera “la magnitud del conflicto bélico”.
Desde Competencia recuerdan que “toda libertad reconocida debe ser considerada en relación con las demás libertades, y, en caso de conflicto, han de aplicarse los principios de proporcionalidad, valorando el equilibrio entre el bien que se protege y el bien que se ve afectado”. “La difusión de la información contenida en el vídeo debió haberse realizado considerando los derechos del menor. En ningún caso se trataría de un ejercicio de censura, sino un mero condicionante para garantizar su compatibilidad con los derechos de los menores”.
Por todo ello, la CNMC “considera acreditado” que Atresmedia, propietaria de laSexta y, por lo tanto, responsable de lo que en ella se emita, incurrió en una “infracción administrativa de carácter grave” que viene tipificada en el artículo 156.1 de la Ley General de Comunicación Audiovisual.
No obstante, Atresmedia, que ya ha pagado la sanción para beneficiarse de la reducción del 20%, interpondrá un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.