Bruselas nos lanza un ultimátum para reducir la publicidad
La Comisión Europea lanzó hoy un ultimátum formal a España en el que le exige que tome medidas para garantizar que todas las cadenas, tanto públicas como privadas, respeten los topes que fija la legislación comunitaria para la publicidad en televisión.
Un estudio encargado por Bruselas ha constatado que las cadenas españolas “superan ampliamente y de forma regular el límite de 12 minutos de anuncios y teletienda por hora”. Este límite, según destacó el Ejecutivo comunitario, “tiene como objetivo proteger al público contra un exceso de interrupciones publicitarias y promover un modelo europeo de televisión de calidad”.
El ultimátum de la Comisión adopta la forma de un dictamen motivado, segunda fase de un procedimiento de infracción. Si en el plazo de dos meses las autoridades españolas no han adoptado las medidas exigidas, el Ejecutivo comunitario podría llevar el caso al Tribunal de Justicia de Luxemburgo (TUE).
Europa amenaza con acudir al Tribunal de Justicia
“España no ha tomado las medidas necesarias para garantizar, por fin, el respeto del límite europeo de 12 minutos de anuncios publicitarios por hora de reloj. Quisiera hacer un llamamiento a las autoridades españolas para que actúen urgentemente y se ajusten a lo dispuesto por la directiva 'Televisión sin fronteras'. Si no lo hicieran, pediré a la Comisión que recurra al Tribunal de Justicia”, dijo la comisaria responsable de Medios de Comunicación, Viviane Reding.
Reding insistió en que “todos los anuncios publicitarios o de telecompra, tanto si se les llama telepromociones, publirreportajes u otra cosa, deben contabilizarse en los 12 minutos por hora de reloj”. “Cualquier otra interpretación sería denegar el respeto debido a los telespectadores y los ciudadanos”, remachó.
El estudio sobre el cumplimiento de la normativa europea sobre publicidad en las cadenas españolas se llevó a cabo en dos fases: primero entre el 1 de mayo y el 30 de junio de 2005 y después con muestras de una semana por mes entre julio de 2005 y julio de 2006.
Las conclusiones revelan en particular, según Bruselas, que el concepto de anuncio publicitario se interpreta de manera “demasiado restringida” en España, de forma que “un gran número de espacios publicitarios habituales en el paisaje audiovisual español (microespacios publicitarios, anuncios de telepromoción, publirreportajes, etc.) se escapan al límite de los 12 minutos por hora de reloj que fija la directiva”. En estos casos, España aplica otro límite establecido por la normativa nacional (17 minutos a la hora).
Por este motivo, Bruselas abrió un expediente contra España en julio de 2007. Las autoridades españolas contestaron a este expediente en octubre de ese mismo año, pero “rehusaron ajustar su interpretación a la defendida por la Comisión”, lo que ha obligado a ésta a seguir adelante con la segunda fase del procedimiento.
La decisión tomada este martes tiene lugar cuatro meses después de la entrada en vigor de la nueva directiva de medios audiovisuales, que mantiene el límite de los 12 minutos de anuncios publicitarios y teletiendas por hora de reloj.