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    <title><![CDATA[elDiario.es - Jesús C. Aguerri]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/autores/jesus_c_aguerri/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - Jesús C. Aguerri]]></description>
    <language><![CDATA[es]]></language>
    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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      <title><![CDATA[Al final impactó la bala y el que denunció al poder fue condenado]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/final-impacto-denuncio-poder-condenado_132_5956567.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/3bd9ed88-9175-4d95-afe6-0b62321a15c2_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="880" height="495" alt="Manteros en Madrid"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Un juzgado de lo penal de Zaragoza ha condenado a quien denunció el trato de la policía local a los manteros</p></div><p class="article-text">
        En demasiadas ocasiones se ha escrito estos dos &uacute;ltimos a&ntilde;os sobre balas contra mensajeros. <a href="https://www.eldiario.es/contrapoder/bala-mensajero_6_943215686.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Acad&eacute;micos denunciados</a> por llamar la atenci&oacute;n sobre la tortura en prisi&oacute;n, concejalas investigadas por clamar contra la polic&iacute;a tras la muerte de un ciudadano, <a href="https://www.eldiario.es/contrapoder/ciudadanos-ejemplares-libran-banquillo_6_817928212.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">presidentes de asociaciones imputados</a> por quejarse del trato a los manteros... En definitiva, demasiados casos de denuncias y querellas contra quienes elevaban p&uacute;blicamente la voz contra los abusos del poder. Con tanto disparo, alguno ten&iacute;a que dar en el blanco y, parad&oacute;jicamente (o no), le ha acabado tocando al negro.
    </p><p class="article-text">
        Idrissa, expresidente de la Asociaci&oacute;n de Inmigrantes Senegaleses de Arag&oacute;n, ha sido condenado por un delito de injurias contra la Polic&iacute;a Local de Zaragoza. Su se&ntilde;or&iacute;a ha considerado punible, v&iacute;a delito de injurias graves con publicidad del art&iacute;culo 209CP, que Idrissa, durante una rueda de prensa en la que se presentaba un informe que recog&iacute;a testimonios de abusos policiales a manteros de la ciudad, afirmara supuestamente que los polic&iacute;as de la ciudad &ldquo;Hacen negocio y recogen los beneficios&rdquo; y que &ldquo;les agreden y lo hacen solo porque son negros&rdquo;. El matiz <em>supuestamente</em> es relevante porque estas declaraciones fueron atribuidas a Idrissa por un medio de comunicaci&oacute;n, no habi&eacute;ndose probado durante el juicio que realmente las formulara en estos t&eacute;rminos. De hecho, la defensa de Idrissa se molest&oacute; en mostrar que la expresi&oacute;n &ldquo;hacen negocio y recogen los beneficios&rdquo; ni siquiera corresponde a ninguna declaraci&oacute;n del acusado sino a un comunicado del Grupo DDCC15mZgz publicado el 5 de abril de 2018: &ldquo;Los problemas sociales no llegan en patera. Los culpables de nuestros problemas vuelan en primera clase, usan coches de lujo, atizan el racismo, hacen negocio y recogen los beneficios&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Ante este fallo judicial cabe hacerse varias preguntas relativas a la t&eacute;cnica jur&iacute;dica. &iquest;C&oacute;mo es posible condenar en base a un delito, el de injurias del 209 CP, que protege el derecho al honor, por hacer unas declaraciones sobre una instituci&oacute;n del Estado que, seg&uacute;n el Tribunal Constitucional (STC 107/1988, de 8 de junio; STC 214/1991, de 11 de noviembre y STC 13/1995, de 24 de enero) y el Tribunal Supremo (STS 492/2017, de 13 de septiembre), no es titular de ese derecho? Es decir, &iquest;c&oacute;mo se da&ntilde;a el derecho al honor de una instituci&oacute;n del Estado que, como tal, no tiene Derecho al Honor? &iquest;C&oacute;mo se resuelve un &ldquo;concurso&rdquo; de leyes &ndash;situaci&oacute;n que se crea cuando una misma conducta puede encajarse en dos tipos penales - apelando al delito m&aacute;s beneficioso para el acusado? &iquest;Un concurso entre los art&iacute;culos 504 y 209CP no deber&iacute;a resolverse en base al criterio de especialidad? &iquest;Acaso una sentencia condenatoria por delito de injurias graves no exige una valoraci&oacute;n m&iacute;nimamente seria del &aacute;nimo (la voluntad) injuriosa y de la efectiva lesi&oacute;n en el honor que han producido las declaraciones? &iquest;Acaso puede ser considerado &ldquo;temeroso desprecio hacia la verdad&rdquo; &ndash; requisito necesario para condenar por injurias graves - presentar un informe a la autoridad competente en el que se respaldan las declaraciones hechas, solo porque esa autoridad competente acabara no sancionando a nadie ni emprendiendo procedimiento judicial alguno?
    </p><p class="article-text">
        Y por &uacute;ltimo: &iquest;no se supone que el Tribunal Supremo (STC 9/2007, de 15 de enero y STC 6/1981, de 16 de marzo) se ha cansado de recordar que la libertad de expresi&oacute;n ampara la cr&iacute;tica a las instituciones por ser este derecho, en el &aacute;mbito pol&iacute;tico, especialmente valioso para una sociedad democr&aacute;tica? &iquest;D&oacute;nde se supone que quedan estas palabras del Constitucional sobre las libertades de expresi&oacute;n e informaci&oacute;n?: &ldquo;Cuando operan como instrumento de los derechos de participaci&oacute;n pol&iacute;tica debe reconoc&eacute;rseles si cabe una mayor amplitud que cuando act&uacute;an en otros contextos, ya que el bien jur&iacute;dico fundamental por ellas tutelado, que es tambi&eacute;n aqu&iacute; el de la formaci&oacute;n de la opini&oacute;n p&uacute;blica libre, adquiere un relieve muy particular en esta circunstancia, haci&eacute;ndoles <em>especialmente resistente(s), inmune(s) a las restricciones que es claro que en otro contexto habr&iacute;an de operar</em>&rdquo; (STC 136/1999, de 20 de julio)
    </p><p class="article-text">
        Las respuestas a estas preguntas quiz&aacute;s pondr&iacute;an en duda esta resoluci&oacute;n y la actuaci&oacute;n profesional de quien la ha dictado, y tal cr&iacute;tica tambi&eacute;n estar&iacute;a amparada por la libertad de expresi&oacute;n seg&uacute;n sentencias del Tribunal Constitucional como la 35/2004, de 8 de marzo. Pero perm&iacute;tanme que, llegados a este punto, dude de la validez de la justisprudencia del &ldquo;supremo int&eacute;rprete de la Constituci&oacute;n&rdquo; en ciertos juzgados de lo Penal de este pa&iacute;s. Adem&aacute;s, todas las preguntas anteriores son meras cuestiones de t&eacute;cnica jur&iacute;dica. Precisamente, si algo brilla por su ausencia en la sentencia que condena a Idrissa es la t&eacute;cnica jur&iacute;dica. La sentencia es pol&iacute;tica, pura pol&iacute;tica, es el castigo a alguien en cuyas declaraciones puede entreverse una cr&iacute;tica a la polic&iacute;a por pr&aacute;cticas racistas. Y as&iacute; lo reconoce la propia sentencia al afirmar lo siguiente sin rubor:
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;El mero hecho de que algunos de esos ciudadanos senegaleses hayan podido transmitir quejas al acusado o incluso que el Ayuntamiento abriera esa investigaci&oacute;n, no le autorizaba a dar p&uacute;blicamente por ciertas conductas del colectivo policial il&iacute;citas e incluso racistas. Con temeridad, sin cerciorarse de si todas las quejas eran veraces y generalizando a todos los Agentes, transmiti&oacute; a la opini&oacute;n p&uacute;blica la imagen de una Polic&iacute;a Local que sistem&aacute;ticamente persigue a los manteros senegaleses por motivos &eacute;tnicos&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Esto no es otra cosa que defender la sacralidad de las instituciones del estado definiendo por la v&iacute;a del castigo lo que puede y no puede ser dicho en p&uacute;blico, lo que puede ser discutido y por lo tanto ser pensado. Si, como dice Slavoj &#381;i&#382;ek, la esencia de lo pol&iacute;tico es el poder para definir lo pol&iacute;tico &ndash;l&eacute;ase <em>lo opinable y discutible&ndash;</em>, esta sentencia supone una ofensiva pol&iacute;tica contra toda visi&oacute;n cr&iacute;tica con la actuaci&oacute;n de los poderes del Estado. Esta ofensiva es el hecho realmente grave del asunto. Las cuestiones de t&eacute;cnica jur&iacute;dica son solo v&iacute;ctimas sacrificadas en su nombre. Lo que aqu&iacute; est&aacute; en juego no es solo la condena a un sujeto, ni siquiera el (des)conocimiento por parte de un juez del derecho penal que aplica, sino la progresiva construcci&oacute;n, resoluci&oacute;n a resoluci&oacute;n, de un clima punitivo que desincentive la denuncia e imponga por v&iacute;a de los hechos un relato acr&iacute;tico sobre c&oacute;mo las instituciones ejercen el poder. La construcci&oacute;n, en suma, de una pr&aacute;ctica jur&iacute;dica sim&eacute;tricamente opuesta a los principios que, se supone, la fundamentan.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Jesús C. Aguerri]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/final-impacto-denuncio-poder-condenado_132_5956567.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 11 May 2020 19:50:22 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Al final impactó la bala y el que denunció al poder fue condenado]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Tribunal Supremo,Tribunal Constitucional,Top manta]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Otra bala contra el mensajero]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/bala-mensajero_132_1353299.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/17a7e7c7-186a-4c61-8133-5682e073d9fc_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="880" height="495" alt=""></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Nueva advertencia para aquel que denuncie los abusos del poder: el Director del Observatorio del Sistema Penal y los Derecho Humanos de la UB ha sido imputado por afirmar que en las prisiones hay tortura</p></div><p class="article-text">
        Otro septiembre y otra denuncia contra quien ose mencionar p&uacute;blicamente que los funcionarios del estado espa&ntilde;ol no son benem&eacute;ritos &aacute;ngeles sin alas. Hoy toca sentarse en el banquillo a <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/sociedad/querella-CCOO-profesor-UB-prisiones_0_942806331.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">I&ntilde;aki Rivera</a>, director del Observatorio del Sistema Penal y los Derechos Humanos de la Universidad de Barcelona, por afirmar que existen las torturas en prisi&oacute;n. Ocurri&oacute; durante un debate sobre el asimiento penitenciario en TV3. Un juez admiti&oacute; a tr&aacute;mite la denuncia de CC.OO. por calumnias a los funcionarios de prisiones.
    </p><p class="article-text">
        El a&ntilde;o pasado conoc&iacute;amos de la <a href="https://www.eldiario.es/contrapoder/denuncian-abusos-vuelven-sentarse-banquillo_6_808479159.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">denuncia de un sindicato policial contra dos asociaciones zaragozanas </a>(inicialmente por &ldquo;delito de odio&rdquo;) que presentaron al ayuntamiento un informe que recog&iacute;a testimonios de manteros denunciando abusos por parte de agentes de polic&iacute;a local. <a href="https://derechosciviles15mzgz.net/2019/06/cafe-informativo-en-solidaridad-con-idrissa-gueye.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Aquel caso sigue abierto y en breves se celebrar&aacute; un juicio</a> en el que la acusaci&oacute;n pide 2 a&ntilde;os de c&aacute;rcel y 15.000 euros de multa para el ex-presidente de la Asociaci&oacute;n de Inmigrantes Senegaleses de Arag&oacute;n, una de las asociaciones que presentaron el informe. La acusaci&oacute;n final: injurias y calumnias.
    </p><p class="article-text">
        Los que somos un poco lentos procesando la creatividad de algunos estamentos al interpretar la ley a&uacute;n estamos intentando entender qu&eacute; clase de Derecho se est&aacute; aplicando en aquel caso. Es la fase de &ldquo;justificaci&oacute;n&rdquo;. Por eso la imputaci&oacute;n de I&ntilde;aki Rivera nos ha pillado buscando qu&eacute; sentencias del Tribunal Constitucional se nos habr&aacute;n traspapelado en el intento. Otros casos previos como el de Valtonyc o La Insurgencia pertenecen a la primera fase, la de &ldquo;negaci&oacute;n&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Algo se nos tiene que escapar. Si no es as&iacute;, no puede entenderse que ciertos jueces se muestren tan dispuestos a coartar la libertad de expresi&oacute;n, un derecho especialmente protegido en el &aacute;mbito pol&iacute;tico seg&uacute;n la jurisprudencia conocida del Tribunal Constitucional (v&eacute;ase, por ejemplo, la STC 9/2007, de 15 de enero; y la STC 6/1981, de 16 de marzo). Esa protecci&oacute;n a la libertad de expresi&oacute;n no es un capricho del alto tribunal, pues deriva directamente del art&iacute;culo 20 de la Constituci&oacute;n. Se trata de un requisito imprescindible para hacer efectivos la libertad ideol&oacute;gica (art. 16 CE) y el derecho a participar en asuntos p&uacute;blicos (art. 23 CE). En palabras del propio Tribunal Constitucional, cuando la libertad de expresi&oacute;n y de informaci&oacute;n <em>operan como instrumento de los derechos de participaci&oacute;n pol&iacute;tica debe reconoc&eacute;rseles si cabe una mayor amplitud que cuando act&uacute;an en otros contextos, ya que el bien jur&iacute;dico fundamental por ellas tutelado, que es tambi&eacute;n aqu&iacute; el de la formaci&oacute;n de la opini&oacute;n p&uacute;blica libre, adquiere un relieve muy particular en esta circunstancia, haci&eacute;ndoles &lsquo;especialmente resistente(s), inmune(s) a las restricciones que es claro que en otro contexto habr&iacute;an de operar&rsquo;</em> (STC 136/1999, de 20 de julio).
    </p><p class="article-text">
        En efecto, algo se nos escapa, algo tremendamente b&aacute;sico. De no ser as&iacute;, tampoco se entiende que los jueces de instrucci&oacute;n no conozcan los art&iacute;culos 269 y 313 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en virtud de los cuales nunca debe admitirse a tr&aacute;mite una denuncia por <a href="http://www.juecesdemocracia.es/2018/05/30/libertad-de-expresion/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">hechos que, aunque fueran ciertos, no pueden ser constitutivos de delito</a>.
    </p><p class="article-text">
        Insistimos: tiene que ser culpa nuestra porque lo contrario llevar&iacute;a a pensar que ciertos jueces, en curiosa sincron&iacute;a con ciertos sindicatos, toman decisiones aun a sabiendas de que son contrarias a la ley. Dar&iacute;a incluso la impresi&oacute;n de que existe, en ciertos funcionarios, una clara voluntad de defender la sacrosanta incorruptibilidad del Estado silenciando a todo aquel que la ponga en duda. Pero eso, claro est&aacute;, no puede ser ni jam&aacute;s ha sucedido. &iquest;Verdad? Porque poner en marcha una maquinaria que castiga a quienes denuncian los abusos del estado ser&iacute;a cometer abuso de poder. En tal caso, adem&aacute;s de las posibles condenas, podr&iacute;amos hablar de penas: someter a alguien a un proceso penal es en s&iacute; mismo una pena, un poderoso mensaje para quien se atreva a denunciar los abusos del estado, una pena que ser&iacute;a arbitraria y tremendamente injusta, dictada de espaldas a la ley y que no guardar&iacute;a relaci&oacute;n real con unos hechos sino con la voluntad de procurar un castigo &ldquo;ejemplar&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Pero este no puede ser el caso porque no es as&iacute; como funciona un Estado Social y Democr&aacute;tico de Derecho. Esta clase de estados reconoce constitucionalmente unos Derechos Fundamentales que act&uacute;an como l&iacute;mites al poder y defienden al individuo frente al estado. Estos estados no permiten el castigo arbitrario porque el <em>ius puniendi</em> (su derecho a penar) est&aacute; sujeto y limitado por ley. Ni mucho menos se permite penar a alguien por el ejercicio de derechos reconocidos como fundamentales. Adem&aacute;s, los castigos tambi&eacute;n deben estar sujetos a la ley y respetar los Derechos Humanos. En un Estado Social y Democr&aacute;tico de Derecho, por ejemplo, nunca se permitir&iacute;a aislar a alguien en una celda para privarle de todo contacto humano durante un tiempo lo bastante largo como para causar un sufrimiento inconmensurable y grav&iacute;simas consecuencias psicol&oacute;gicas. Es decir, que si un estado as&iacute; supiera que <a href="https://www.eldiario.es/sociedad/aislamiento_penitenciario-tortura-salud-ciencia_0_840266174.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">15 d&iacute;as son el m&aacute;ximo que una persona puede soportar aislada sin que haya un grave riesgo de da&ntilde;os irreversibles</a>, nunca permitir&iacute;a castigos de hasta 42 d&iacute;as de aislamiento. Y si una situaci&oacute;n as&iacute; de an&oacute;mala se produjera, nunca se imputar&iacute;a por un delito de calumnias a quien la denunciara. &iquest;Verdad?
    </p><p class="article-text">
        Por supuesto, no es as&iacute; como funciona el estado espa&ntilde;ol. Algo se nos estar&aacute; escapando. Porque Espa&ntilde;a &ndash; Catalunya incluida, con competencias asumidas en materia penitenciaria - es un Estado Social y Democr&aacute;tico de Derecho (art. 1 CE). Sus jueces nunca ignoran los m&aacute;s b&aacute;sicos l&iacute;mites del poder que ejercen. As&iacute;, aunque lo afirme nuestro compa&ntilde;ero y maestro I&ntilde;aki Rivera, los <a href="http://www.prevenciontortura.org/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">informes anuales de la Coordinadora para la Prevenci&oacute;n de la Tortura</a>, el <a href="https://www.irekia.euskadi.eus/uploads/attachments/10779/INFORME_FINAL_-_investigacion_tortura_y_malos_tratos_18-12-2017.pdf" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Instituto Vasco de Criminolog&iacute;a</a> y las <a href="https://www.eldiario.es/norte/euskadi/Espana-investiga-Guardia-Civil-tratos_inhumanos-degradantes-torturas-ETA_Estrasburgo-Derechos_Humanos_0_739826669.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">9 condenas del TEDH a Espa&ntilde;a</a> por casos relacionados con la tortura, es imposible que en Espa&ntilde;a haya tortura y <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/opinions/ponemos-foco-prision-Brians_6_644345591.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">mucho menos en sus c&aacute;rceles</a>.
    </p><p class="article-text">
        <em>[ PS - Una lista de personas, colectivos, organizaciones e instituciones que opinan lo mismo en: http://www.ub.edu/ospdh/es ]</em><a href="http://www.ub.edu/ospdh/es" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">http://www.ub.edu/ospdh/es</a>
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Jesús C. Aguerri]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/bala-mensajero_132_1353299.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 19 Sep 2019 19:54:19 +0000]]></pubDate>
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      <media:keywords><![CDATA[Torturas,Prisiones,Sistema penitenciario]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Altsasu y el odio]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/altsasu-odio_132_1619917.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/fe744ee4-185c-4ab2-9189-dea299bb69df_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="880" height="495" alt=""></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La aplicación de un agravante por discriminación ideológica sienta un claro precedente que amenaza con fuerza a aquellos que rechazan o se oponen al poder del Estado</p></div><p class="article-text">
        La Audiencia Nacional confirm&oacute; hace unas semanas las penas para casi todos los acusados por el caso Altsasu (para todos menos para uno). El terrorismo ha quedado fuera de la ecuaci&oacute;n, pero, aun as&iacute;, ah&iacute; quedan las condenas de hasta 13 a&ntilde;os de prisi&oacute;n. Cabr&iacute;a preguntarse que, si finalmente no estamos ante un caso relacionado con el terrorismo, por qu&eacute; lo ha juzgado la Audiencia Nacional y no la Audiencia Provincial de Navarra. Puede que este asunto de la jurisdicci&oacute;n est&eacute; amparado por la m&aacute;s estricta legalidad procesal, pero esto no es &oacute;bice para que alguien le pida a la&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/politica/Lamela-terrorismo-Guardia-Civil-Alsasua_0_690481326.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Jueza Lamela</a> &minus;actualmente magistrada en el Tribunal Supremo&minus; alguna explicaci&oacute;n sobre d&oacute;nde estaba ese terrorismo que vio en la instrucci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        En cualquier caso, aun prescindiendo del terrorismo, las penas de prisi&oacute;n se han mantenido, alcanzando, como ya hemos mencionado, los 13 a&ntilde;os, de los cuales los acusados deber&aacute;n cumplir 9 (al limitar nuestro ordenamiento el internamiento al triple de la pena mayor) a menos que el Tribunal Supremo dicte otra cosa. Para poner en contexto esa cifra, cabe decir que el homicidio doloso (matar a alguien con voluntad y conciencia de que se le est&aacute; matando) est&aacute; castigado en nuestro c&oacute;digo penal con entre 10 y 15 a&ntilde;os de prisi&oacute;n. Tambi&eacute;n cabe se&ntilde;alar que,&nbsp;<a href="http://www.derechopenitenciario.com/comun/fichero.asp?id=2374" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">seg&uacute;n los estudios de los que disponemos, 15 a&ntilde;os es el l&iacute;mite</a> m&aacute;ximo que una persona puede permanecer en prisi&oacute;n sin que las secuelas psicol&oacute;gicas que deja el encierro sean incurables y dif&iacute;cilmente conciliables con su reintegraci&oacute;n en la vida social. Es decir, que aun aceptando que haya alguna pena de prisi&oacute;n que pueda no considerarse inhumana, 9 a&ntilde;os es una pena elevad&iacute;sima, y desproporcionada si atendemos a que se ha impuesto por unos delitos de lesiones.
    </p><p class="article-text">
        La cuesti&oacute;n est&aacute;&nbsp;en que, si finalmente no se ha apreciado ning&uacute;n delito relativo al terrorismo, &iquest;c&oacute;mo son posibles unas penas tan altas? La respuesta, como ya han comentado diversos medios, se encuentra en la aplicaci&oacute;n del art&iacute;culo 22.4 del C&oacute;digo Penal, en virtud del cual deben agravarse las penas de los delitos que se cometan por motivos racistas, antisemitas o discriminatorios. El citado art&iacute;culo reza as&iacute;:
    </p><p class="article-text">
        <em>&ldquo;[Ser&aacute;n circunstancias agravantes] Cometer el delito por motivos racistas, antisemitas u otra clase de discriminaci&oacute;n referente a la ideolog&iacute;a, religi&oacute;n o creencias de la v&iacute;ctima, la etnia, raza o naci&oacute;n a la que pertenezca, su sexo, orientaci&oacute;n o identidad sexual, razones de g&eacute;nero, la enfermedad que padezca o su discapacidad&rdquo;.</em>
    </p><p class="article-text">
        La aplicaci&oacute;n de este agravante implica que, de nuevo, la Audiencia Nacional ha estimado que las lesiones causadas por los acusados a los guardias civiles y sus parejas responden a motivos discriminatorios. Como, de momento, es dif&iacute;cil argumentar que pertenecer a la Guardia Civil sea una raza o una etnia, el tribunal ha aplicado el agravante en su modalidad de discriminaci&oacute;n ideol&oacute;gica. Es cu&aacute;nto menos discutible que el motivo de la pelea en Altsasu tuviera algo que ver con una cuesti&oacute;n ideol&oacute;gica, pero, aun aceptando lo se&ntilde;alado por la Audiencia Nacional, la aplicaci&oacute;n del agravante sigue siendo curiosa por dos motivos.
    </p><p class="article-text">
        En primer lugar, la ley impone que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FFCCSE) deben ser neutrales, por lo que deben carecer de ideolog&iacute;a, as&iacute; que cuesta entender c&oacute;mo se puede discriminar ideol&oacute;gicamente a unos individuos por pertenecer a <a href="https://www.elsaltodiario.com/conquista-derecho/cuerpos-policiales-delitos-de-odio" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">un cuerpo que por imperativo legal no puede tener ideolog&iacute;a</a>. En segundo lugar, se debe observar, como ya habr&aacute; hecho cualquier lector avispado, que el agravante, al hacer referencia a diferentes fuentes de discriminaci&oacute;n presentes en nuestra sociedad, est&aacute; tratando de, en teor&iacute;a, proteger a los grupos que sufren dicha discriminaci&oacute;n. &Eacute;ste es el elemento m&aacute;s relevante en todo este asunto porque nos lleva a preguntarnos &iquest;Son los FFCCSE un grupo discriminado? &iquest;Son una minor&iacute;a a la que haya que brindar especial protecci&oacute;n? La respuesta es: rotundamente no. No solo porque <a href="https://www.eldiario.es/piedrasdepapel/Instituciones-Confianza-CIS-Caso_Cifuentes_6_761233870.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">no hay ni una evidencia que lo se&ntilde;ale</a>, sino porque son los ejecutores del monopolio estatal de la violencia leg&iacute;tima, son parte del ente m&aacute;s poderoso de nuestras sociedades, del todav&iacute;a mayor centro del poder, son parte del Estado. Si, como dice el jurista Luigi Ferrajoli, el Derecho debe ser la ley del m&aacute;s d&eacute;bil, esto es todo lo contrario, es la sobreprotecci&oacute;n del m&aacute;s fuerte.
    </p><p class="article-text">
        Este hecho es especialmente aberrante en una democracia no militante como se supone que es Espa&ntilde;a. En teor&iacute;a, la construcci&oacute;n espa&ntilde;ola protege tambi&eacute;n a quien la niega o se opone frontalmente a ella. La traducci&oacute;n de esta idea es que se nos reconoce el derecho a oponernos al Estado, incluso se puede entender que tenemos el derecho a odiar abiertamente al Estado. Atendiendo a esto y teniendo en cuenta el inmenso poder que tiene el Estado, es tremendamente dif&iacute;cil justificar jur&iacute;dicamente esta sobreprotecci&oacute;n frente aquellos que lo rechazan u odian.&nbsp; Pueden caber rechazos morales al odio al Estado, como al odio en general, se puede incluso considerar malvados&nbsp;a aquellos que odian, pero aqu&iacute; est&aacute; el quid de la cuesti&oacute;n: el Derecho penal, de nuevo en teor&iacute;a, no funciona por criterios de bondad o maldad, ni por asuntos netamente morales, sino por el da&ntilde;o o el peligro causados a bienes jur&iacute;dicos.
    </p><p class="article-text">
        Es tentador forzar el Derecho para que castigue aquello que uno considera malvado, de hecho, la tentaci&oacute;n es tan grande que, a menudo, los Derechos Fundamentales, otrora escudo frente a los abusos del poder, se tornan molestos impedimentos para implementar esos castigos que se creen justos. Uno de los muchos problemas que tiene este camino es que ning&uacute;n poder puede poseerse, solo puede detentarse, ejercerlo un breve tiempo antes de perderlo. Y una vez perdido, las herramientas para el castigo quedan libres y dispuestas para que las use a voluntad el nuevo inquilino del poder. Da igual que el &ldquo;gran peligro&rdquo; que justificaba estas herramientas desaparezca, ya s&eacute; encargar&aacute; el poder de crear una nueva amenaza que justifique la excepcionalidad, la suspensi&oacute;n de los principios del Derecho. Es decir, mientras haya mecanismos excepcionales para el castigo, podr&aacute;n encontrarse siempre casos e individuos que justifiquen el recurso a la excepcionalidad.
    </p><p class="article-text">
        Una de las consecuencias de esta naturaleza del poder y la excepci&oacute;n son casos como el de Altsasu, en el que un agravante creado para &ldquo;proteger&rdquo; a colectivos socialmente discriminados se convierte en una herramienta usada para imponer un castigo ejemplar por una pelea de bar. Y ah&iacute; queda la ley, aguardando <a href="https://almacendederecho.org/la-policia-administrativa-la-libertad-expresion/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">nuevos refuerzos anunciados desde todas partes</a>, y queda el peligros&iacute;simo precedente que permite usar la &ldquo;discriminaci&oacute;n ideol&oacute;gica&rdquo; como argumento que permita imponer castigos desproporcionados a aquel que un tribunal considere que actu&oacute; movido por el rechazo al Estado o alguna de sus partes. Ah&iacute; queda la excepcionalidad convertida en norma.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Jesús C. Aguerri]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/altsasu-odio_132_1619917.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 01 Apr 2019 19:52:10 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Altsasu y el odio]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Guardia Civil,Tribunal Supremo]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[A un siglo de la huelga de La Canadiense los derechos laborales parecen ser todavía un sueño]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/canadiense-derechos-laborales-parecen-todavia_132_1699729.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/3a244633-fff9-48f5-b63d-b2cc08340aea_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="A un siglo de la huelga de La Canadiense los derechos laborales parecen ser todavía un sueño"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">En tiempo de ofensiva neoliberal contra los Derechos laborales, conviene recordar que sin ellos el resto de Derechos carecen de efectividad</p></div><p class="article-text">
        Este mes ha hecho 100 a&ntilde;os de la <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/huelga-Canadiense-consiguio-jornada-laboral_0_863014014.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">huelga de La Canadiense</a>. Un siglo ya de aquel hito en la lucha obrera que fue conseguir una jornada laboral de 8 horas. Un indudable logro viniendo de esas jornadas de 12 o 14 horas, aunque lejos todav&iacute;a de esas cuatro horas diarias que se trabaja de media en esas sociedades a las que denominamos primitivas y a las que, en t&eacute;rminos del <a href="https://www.traficantes.net/libros/la-sociedad-contra-el-estado" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">antrop&oacute;logo Pierre Clastres</a>, quiz&aacute;s debi&eacute;ramos&nbsp; denominar &ldquo;sociedades sin estado&rdquo; &ndash;un dato que puede parecer anecd&oacute;tico, pero que muestra muy bien todo lo que nuestro concepto de trabajo y su relaci&oacute;n con la vida tienen de socialmente construido.
    </p><p class="article-text">
        Cien a&ntilde;os desde la victoria de los trabajadores de La Canadiense y ciento treinta y dos desde el asesinato de los m&aacute;rtires de Chicago, otro hito en la lucha de los trabajadores por sus derechos, pero que, en este caso, se sald&oacute; con 8 asesinatos amparados por un proceso penal ama&ntilde;ado. Muchos a&ntilde;os, mucha sangre derramada y, aun as&iacute;, en buena parte de los trabajos de este pa&iacute;s, cuando uno menciona las 8 horas m&aacute;ximas de jornada la respuesta mayoritaria es una mueca entre amarga y burlona. Hasta la jornada semanal de 40 horas es vista como una excentricidad escrita en &ldquo;Dios sabe qu&eacute; extra&ntilde;o y rec&oacute;ndito reglamento&rdquo;. Si no creen este extremo, pregunten a su camarero m&aacute;s cercano qu&eacute; d&iacute;a de la semana cumpli&oacute; las 40 horas de trabajo y cu&aacute;ntos d&iacute;as m&aacute;s le quedan por trabajar.
    </p><p class="article-text">
        En el &uacute;ltimo siglo ha habido important&iacute;simos cambios en nuestras sociedades, ha habido avances tecnol&oacute;gicos incre&iacute;bles, acontecimientos que por m&eacute;ritos propios quedar&aacute;n se&ntilde;alados en la historia. Pero, cuando miramos a eso a lo que llamamos presente, nos encontramos con que lo que el postfordismo nos ha tra&iacute;do es la vuelta, si es que alguna vez se fue, a la explotaci&oacute;n m&aacute;s cruda. Seg&uacute;n el INE, cada semana los trabajadores de este pa&iacute;s hacen 2.962.000 horas extra que no se pagan, lo cual equivale a&nbsp;<a href="https://www.eleconomista.es/economia/noticias/9676455/02/19/Las-horas-extra-no-remuneradas-impiden-crear-74000-puestos-de-trabajo-en-Espana.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">74.000 trabajadores que las empresas no contratan</a> porque sacan adelante ese trabajo haciendo que sus empleados trabajen gratis. Quitando el desconocido porcentaje de horas realizadas por trabajadores por nadie sabe qu&eacute; motivos altruistas, estamos hablando de cientos de miles de horas de trabajo forzoso cada semana. Trabajo obligado bajo la amenaza directa o velada del despido, obligado mediante el enga&ntilde;o de que esas horas le traer&aacute;n alg&uacute;n d&iacute;a beneficios al trabajador. Trabajo involuntario realizado bajo la amenaza de una pena o en base a falsas promesas, <a href="https://www.ilo.org/global/topics/forced-labour/definition/lang--es/index.htm" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">es decir, trabajo forzoso</a>. Ante situaciones como la que acabamos de describir, merece la pena echar la vista atr&aacute;s para ver qu&eacute; ha ocurrido con esos Derechos que tant&iacute;simo costo conseguir.
    </p><p class="article-text">
        Aunque pueda haber debate en la terminolog&iacute;a, existe cierto consenso acad&eacute;mico a la hora de considerar que en los a&ntilde;os setenta del siglo pasado una serie de transformaciones en la infraestructura econ&oacute;mica supusieron el fin del modo de producci&oacute;n fordista &ndash;en el que el base de la econom&iacute;a era el trabajo industrial&ndash;, y marcaron el nacimiento de lo que se ha llamado sociedad post-industrial. En esta &ldquo;nueva sociedad&rdquo; el capitalismo se reestructura a escala global, el trabajo se divide internacionalmente y toman especial relevancia las industrias basadas en el conocimiento intensivo. De esto modo, se tornan hegem&oacute;nicas las grandes corporaciones tecnol&oacute;gicas, capaces de generar astron&oacute;micos beneficios a sus accionistas recurriendo a un n&uacute;mero nimio de trabajadores en sus pa&iacute;ses de origen. No obstante, estas transformaciones no se pueden desligar de las pol&iacute;ticas estatales que las posibilitaron y que reconfiguraron sus mercados seg&uacute;n el deseo de los nuevos intereses econ&oacute;micos.
    </p><p class="article-text">
        A estos cambios en la infraestructura econ&oacute;mica les acompa&ntilde;aron una serie de pol&iacute;ticas que, siguiendo a <a href="https://biblat.unam.mx/es/revista/herramienta-buenos-aires/articulo/tres-pasos-hacia-una-antropologia-historica-del-neoliberalismo-real" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Lo&iuml;c Wacquant</a>, podemos denominar: &ldquo;proyecto pol&iacute;tico neoliberal&rdquo;, un cuerpo te&oacute;rico y pol&iacute;tico &ldquo;del y para&rdquo; el capitalismo post-fordista. En el &aacute;mbito que nos ocupa, el neoliberalismo se concreta en una serie de pol&iacute;ticas que usan al Estado para crear regulaciones econ&oacute;micas que garanticen la apertura de mercados desregulados en los que la empresa pueda hacer y deshacer a su antojo. A la vez, el Estado se retira de determinadas &aacute;reas para dejar paso a la iniciativa privada, volc&aacute;ndose en la expansi&oacute;n y glorificaci&oacute;n de su ala penal &ndash;que se convierte en el principal &aacute;mbito de su responsabilidad y, por tanto, principal justificaci&oacute;n de su existencia.
    </p><p class="article-text">
        Retir&aacute;ndose de la provisi&oacute;n de bienestar, abriendo el camino a las privatizaciones y creando nuevas regulaciones m&aacute;s favorables al mundo de la empresa, los Estados fueron materializando un proyecto pol&iacute;tico neoliberal en el que la posici&oacute;n de los trabajadores se caracteriza por la precariedad, la inseguridad y la inestabilidad.&nbsp; En este contexto, los derechos laborales se han convertido en el objetivo de una ofensiva constante. Entre el rechazo de quienes sue&ntilde;an con un capital econ&oacute;mico sin restricciones y la indiferencia de quienes confunden progreso e explotaci&oacute;n al afirmar que es imposible oponerse al futuro, los derechos laborales han quedado como una barrera de defensa para muchos, pero defendida por muy pocos. &nbsp;
    </p><p class="article-text">
        No obstante, cabe hoy recordar que, como recoge el pre&aacute;mbulo de la Constituci&oacute;n de la Organizaci&oacute;n Internacional del Trabajo, los derechos laborales son un fundamento indispensable para la paz. Tras d&eacute;cadas de trabajadores luchando por sus derechos y con la I Guerra Mundial reci&eacute;n acabada, los estados europeos reconoc&iacute;an as&iacute; que su paz solo ser&iacute;a real si ced&iacute;an a las demandas de la clase obrera. Aunque todav&iacute;a no se encontraban constitucionalizados, en aquellos albores del siglo XX, los Derechos laborales fueron ya reconocidos como Derechos Humanos. Y no quedaron as&iacute; reconocidos por capricho, sino porque sin una existencia y trabajo dignos, el resto de Derechos fundamentales quedan reducidos a poco m&aacute;s que meras proclamas con escasa efectividad. Como explica de&nbsp; forma muy gr&aacute;fica el magistrado <a href="https://www.marcialpons.es/libros/breve-historia-del-trabajo-y-los-derechos-fundamentales/9788417310172/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Carlos Hugo Preciado Domenech</a>: &ldquo;poca libertad, igualdad, intimidad u honor podr&iacute;a disfrutar qui&eacute;n carece de pan y techo&rdquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Jesús C. Aguerri]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/canadiense-derechos-laborales-parecen-todavia_132_1699729.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 12 Feb 2019 20:37:55 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[A un siglo de la huelga de La Canadiense los derechos laborales parecen ser todavía un sueño]]></media:title>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Decidme si esto es un Estado de Derecho]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/decidme-derecho_132_1824090.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/30afcb74-61b7-4914-b8fc-ebcfa9f8390e_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Decidme si esto es un Estado de Derecho"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La idea de Estado Social y Democrático de Derecho es tan débil en la práctica que o es defendida siempre o desaparecerá más pronto que tarde</p></div><p class="article-text">
        El excomisario Villarejo se sabe rese&ntilde;able, parece convencido de que es Jack Nicholson en <em>Algunos Hombres Buenos</em>, y se esfuerza en que as&iacute; le reconozcamos. Cada nuevo audio de Villarejo es un gesto del comisario para que dirijamos hacia &eacute;l nuestra mirada. A diferencia de Villarejo, &ldquo;Billy el Ni&ntilde;o&rdquo; siempre reh&uacute;ye los focos, ha costado mucho que los que tuvimos la suerte de no pasar por su custodia podamos ponerle cara. Villarejo parece estar tan encantado de haberse conocido a si mismo que en alg&uacute;n momento decidi&oacute; que sus servicios eran dignos de copago. Por su parte, &ldquo;Billy el Ni&ntilde;o&rdquo; comprendi&oacute; mejor el juego, su trabajo ya estaba pagado en su n&oacute;mina de funcionario, lleg&oacute; a lo m&aacute;s alto de la Polic&iacute;a, fue varias veces condecorado y se retir&oacute; en lo m&aacute;s alto en los ochenta. Si Villarejo son las cloacas del Estado, &ldquo;Billy el Ni&ntilde;o&rdquo; es la sala de m&aacute;quinas del Estado.
    </p><p class="article-text">
        A aquellos que con eficiencia y diligencia forman parte del Estado suele costar m&aacute;s ponerles cara. Al fin y al cabo, ha supuesto un esfuerzo tit&aacute;nico sacar a la luz las torturas de este segundo personaje. Y, aun as&iacute;, Billy es tan solo la punta de un iceberg. Si miramos, por ejemplo, el conflicto vasco, veremos que entre 1960 y 2014 el Instituto Vasco de criminolog&iacute;a ha podido documentar <a href="https://www.irekia.euskadi.eus/uploads/attachments/10779/INFORME_FINAL_-_investigacion_tortura_y_malos_tratos_18-12-2017.pdf" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">4113 casos de tortura y malos tratos</a>. Por su parte, la Coordinadora para la Prevenci&oacute;n y Denuncia de la Tortura recogi&oacute; <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/tortura_0_779722128.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">m&aacute;s de 1000 denuncias de tortura y malos tratos durante el a&ntilde;o 2017 en el estado espa&ntilde;ol</a>.
    </p><p class="article-text">
        Pero, si como hace nuestro Ministro de Interior, no creemos en los informes y consideramos que &ldquo;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/tortura_0_779722128.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la &uacute;nica verdad es la verdad judicial</a>&rdquo;, debemos recurrir a la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). Entre 2010 y 2018, el TEDH ha condenado 9 veces a Espa&ntilde;a por casos de tortura o malos tratos, <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/tortura_0_779722128.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">bien por auspiciar la tortura o bien por no investigarla</a>. Incluso los responsables de estas condenas son mucho m&aacute;s dif&iacute;ciles de identificar que Villarejo o Billy el Ni&ntilde;o. Pero hay uno al que todos conocemos, uno al que s&iacute; podemos ponerle cara, nuestro Ministro de Interior, Grande Marlaska[G1]&nbsp;, que es, como ha dictaminado el TEDH, uno de los jueces espa&ntilde;oles que se neg&oacute; a investigar casos de tortura. &nbsp;&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Ante estos hechos, tendemos a pensar que algo no funciona bien, solemos verlos como acontecimientos excepcionales producto de alguna deficiencia en el funcionamiento del Estado. Pero, si echamos la vista atr&aacute;s, es posible que nos encontremos con que lo que consideramos excepciones quiz&aacute;s no lo sean realmente.
    </p><p class="article-text">
        Dec&iacute;a el historiador Charles Tilly que el Estado tiene su origen en la acumulaci&oacute;n de poder en manos de peque&ntilde;os grupos a los cuales, por sus caracter&iacute;sticas y acciones, hoy no dudar&iacute;amos en calificar de organizaciones criminales. Esto lleva a Tilly a hablar del <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/tortura_0_779722128.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">origen del Estado como crimen organizado</a>. Estos grupos, crimen tras crimen, saqueo tras saqueo, guerra tras guerra, llegar&aacute; un momento que acumulen tal poder, tal cantidad de recursos, que, como desarroll&oacute; el soci&oacute;logo Norbert Ellias, necesitar&aacute;n &ldquo;socializar&rdquo; el poder en una clase que se encargare de gestionarlo y crear una estructura para su gesti&oacute;n, surge as&iacute; lo que hoy denominamos Estado. El Estado se funda de este modo a trav&eacute;s y para la acumulaci&oacute;n de poder, como dice la cl&aacute;sica definici&oacute;n weberiana: &ldquo;el Estado es un grupo humano que reclama para s&iacute;, con &eacute;xito, el monopolio de la violencia leg&iacute;tima&rdquo;. &nbsp;En el Estado-moderno, esta legitimidad para ejercer la violencia y para concentrar poder descansa en cierta raz&oacute;n burocr&aacute;tica. El veh&iacute;culo para esta raz&oacute;n es el Derecho, el cual surge durante este proceso como codificaci&oacute;n de la acumulaci&oacute;n de poder y como fuente de la legitimidad de su desigual distribuci&oacute;n. Lo que, con trazo muy grueso, acabamos de describir, es el escenario de partida. De ah&iacute; es de d&oacute;nde venimos, de un Derecho como mera p&aacute;tina de legitimidad para los cr&iacute;menes que los poderosos cometen a trav&eacute;s del Estado. &nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Es inevitable mirar hacia ese &ldquo;pasado&rdquo; cuando vemos las &ldquo;brillantes carreras&rdquo; de quien ejerci&oacute; o auspici&oacute; la tortura. Pero tambi&eacute;n es inevitable echar la vista atr&aacute;s, cuando se anuncia que Manuel Marchena, padre de ese atentado contra la libertad de expresi&oacute;n que es la <a href="https://www.eldiario.es/contrapoder/juicios-enaltecimiento-terrorismo-radicales_6_742685743.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">doctrina Strawberry</a>, iba a ser nombrado presidente del Consejo General del Poder Judicial. Finalmente, <a href="https://www.eldiario.es/zonacritica/Jugada-plano-secuencia_6_837876245.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Marchena ha renunciado a tal honor </a>al hacerse p&uacute;blico que iba a ser el hombre del PP que controlar&aacute; la justicia &ldquo;desde atr&aacute;s&rdquo;. Esto ha desembocado en un aluvi&oacute;n de declaraciones pol&iacute;ticas y de editoriales period&iacute;sticos loando su profesionalidad y el extraordinario papel que realizar&aacute; Marchena controlando desde delante, desde la presidencia, el tribunal que juzgar&aacute; el caso del &ldquo;Proc&eacute;s&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        La instrucci&oacute;n del Proc&eacute;s, un proceso, cuanto menos, irregular, con abusos injustificables de la prisi&oacute;n provisional y con imputaciones de delitos que no se sostienen desde ning&uacute;n punto de vista jur&iacute;dico, es otro de esos casos que nos obligan a girar el cuello y sospechar que el pasado no queda tan lejos. Y, por citar un &uacute;ltimo ejemplo, uno tambi&eacute;n se acuerda de ese origen criminal del Estado cuando el Tribunal Supremo, haci&eacute;ndose eco del &ldquo;enorme impacto econ&oacute;mico y social&rdquo;, se rinde a los poderes salvajes y con un &ldquo;donde dije digo, digo Diego&rdquo; salva los intereses de la banca.
    </p><p class="article-text">
        Viendo estos casos cabe preguntarse: &iquest;Entonces qu&eacute; es el Derecho? &iquest;Es tan solo una herramienta para el control de la sociedad, la mera codificaci&oacute;n de los intereses de los poderosos?
    </p><p class="article-text">
        Es dif&iacute;cil contestar a esta pregunta, de hecho, llevamos varios cientos de a&ntilde;os a vueltas con ella. Sin embargo, lo que s&iacute; se puede decir es que, lo que hoy llamamos Derecho se construye, al menos en teor&iacute;a, como herramienta para evitar que ocurran los casos comentados arriba. Es decir, que al margen del origen del Estado y del Derecho, es innegable que en los &uacute;ltimos siglos ha habido un importante esfuerzo intelectual por convertir al Derecho en un l&iacute;mite al poder y en la codificaci&oacute;n de una serie de garant&iacute;as que, como dec&iacute;a Ferrajoli, auspician al individuo frente al Estado.
    </p><p class="article-text">
        Si en alg&uacute;n momento toda esa construcci&oacute;n que son el Estado y el Derecho tuvo alg&uacute;n tipo de legitimidad, fue porque, en teor&iacute;a, bajo la forma de Estado Social y Democr&aacute;tico de Derecho, se reconoc&iacute;an una serie de Derechos Fundamentales ante los cuales ten&iacute;a que plegarse cualquier poder, incluido el Estado, que, adem&aacute;s de respetarlos, deb&iacute;a garantizarlos.
    </p><p class="article-text">
        Los casos comentados en este art&iacute;culo, un peque&ntilde;o cuadro de cuestiones medi&aacute;ticas, no son hechos excepcionales, son el poder funcionando como poder, son el Estado siguiendo su inercia hist&oacute;rica, lo realmente excepcional es que un Estado siga las normas de un Estado Social y Democr&aacute;tico de Derecho. En tanto excepcional, es un camino dif&iacute;cil y una construcci&oacute;n d&eacute;bil, y requiere de un constante esfuerzo y vigilancia, porque si justificamos que el Estado se salte los Derecho Fundamentales, todo deja de tener sentido, si es que lo tuvo en alg&uacute;n momento.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Jesús C. Aguerri]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/decidme-derecho_132_1824090.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 22 Nov 2018 20:57:34 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Decidme si esto es un Estado de Derecho]]></media:title>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La razón neoliberal o por qué un día nuestros derechos dejaron de importar]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/razon-neoliberal-derechos-dejaron-importar_132_1874264.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/390bfa68-e092-40bd-a137-93cff9dcb67b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La razón neoliberal o por qué un día nuestros derechos dejaron de importar"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Subordinar el cumplimiento efectivo de los Derechos Fundamentales a razonamientos economicistas es el sino de cierta política contemporánea. Un camino que no lleva a buen puerto</p></div><p class="article-text">
        Parece que de vez en cuando algunos pol&iacute;ticos tienen extra&ntilde;as ocurrencias. Ideas tan peregrinas que no podemos evitar re&iacute;rnos de ellas. Una especialmente llamativa es la que tuvieron los responsables de la CCAA de Madrid hace unas semanas, la cual consiste en <a href="https://www.eldiario.es/madrid/Comunidad-Madrid-mendigos-cuantifiquen-mensuales_0_820668728.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">obligar a aquellos que reciban el ingreso m&iacute;nimo de inserci&oacute;n a presentar una declaraci&oacute;n jurada de sus ingresos</a>. Como los medios ya destacaron, esta medida se traduce (como caso ilustrativo) en que los mendigos que cobren la Renta M&iacute;nima de Inserci&oacute;n tendr&aacute;n que declarar cu&aacute;nto ganan con la mendicidad.
    </p><p class="article-text">
        Esta idea nos resulta hilarante solo porque es un poco m&aacute;s osada de lo habitual. Sin embargo, no es una excentricidad, es solo un paso m&aacute;s, una traba m&aacute;s en el kafkiano proceso que es conseguir una prestaci&oacute;n p&uacute;blica. Cualquiera que haya aspirado en alg&uacute;n momento de su vida a recibir una ayuda de la administraci&oacute;n ha pasado por dos fases. La primera es el descubrimiento de que tiene derecho a ella y la segunda es una yincana burocr&aacute;tica compuesta por una extensa ristra de certificados, los cuales debe aportar para probar que efectivamente tiene derecho a la ayuda. Cada tr&aacute;mite, cada administraci&oacute;n visitada para solicitar un documento es una prueba, un reto que se debe superar para mostrar que no se est&aacute; tratando de enga&ntilde;ar al Estado.
    </p><p class="article-text">
        La justificaci&oacute;n que se esgrime para esto es la siguiente: no hay recursos p&uacute;blicos suficientes para todos, as&iacute; que hay que ser responsables y asignarlos eficientemente. Hubo un tiempo en el que, en teor&iacute;a, esto no era as&iacute;, en el que a la persona se le reconoc&iacute;an unos derechos que el Estado estaba obligado a garantizar (o al menos, a eso se aspiraba). Pero hoy la obsesi&oacute;n por la sostenibilidad y la eficiencia son omnipresentes, conceptos que ocupan el centro del sentido com&uacute;n. Estos conceptos no solo justifican que se endurezcan las condiciones que debe cumplir un individuo para poder ejercer sus derechos, sino que tambi&eacute;n permiten extender una sombra de sospecha sobre los que reciben alg&uacute;n tipo de ayuda p&uacute;blica. As&iacute;, en nombre de la eficiencia, los que reciben algo del Estado deben ser vigilados, controlados y disciplinados. Curiosamente, este celo por los recursos p&uacute;blicos nunca se aplica a los beneficios fiscales de la gran empresa o a los millones que se inyectaron a la banca.
    </p><p class="article-text">
        Como bien explica el fil&oacute;sofo Slavoj &#381;i&#382;ek, conceptos como desigualdad, pobreza o ayudas p&uacute;blicas son &ldquo;universales&rdquo;, conceptos abstractos que para ser pensados deben ser puestos en relaci&oacute;n con nuestra experiencia real del mundo. Al relacionarnos con lo que nosotros conocemos, los volvemos concretos y podemos trabajar con ellos en nuestra cabeza. Este ejercicio es la esencia de la batalla pol&iacute;tica por la hegemon&iacute;a ideol&oacute;gica. El que gana la posici&oacute;n hegem&oacute;nica es el que consigue que su forma de concretar las cosas abstractas sea compartida y percibida como de sentido com&uacute;n. Por ejemplo, en Estados Unidos cuando se habla de ayudas sociales se habla de madres afroamericanas solteras. Y en Espa&ntilde;a, cuando se mencionan las prestaciones sociales se habla de inmigrantes que reciben ayudas sociales que no merecen porque se dedican a actividades econ&oacute;micas no legales.
    </p><p class="article-text">
        Al comenzar a debatir sobre prestaciones sociales, pocos se imaginan como beneficiario de estas a un veintea&ntilde;ero de Zaragoza que publica art&iacute;culos en eldiairo.es, lo m&aacute;s com&uacute;n es que aparezca el arquetipo del inmigrante, generalmente asociado a la idea de delincuente, como gran beneficiario de la asistencia social. Esta asociaci&oacute;n es bidireccional, es decir, cada vez que se discute de inmigraciones, aparece el tema de las ayudas como excusa para justificar la ley de extranjer&iacute;a. Nadie reconoce que ha creado y est&aacute; aplicando una ley terriblemente racista, es mucho m&aacute;s f&aacute;cil revestir el racismo propio de resignaci&oacute;n ante la existencia de recursos p&uacute;blicos limitados. Y as&iacute; se crea la idea, completamente falsa, de que los inmigrantes son los grandes responsables del gasto social. Esta asociaci&oacute;n penetra incluso en posiciones que se dicen cr&iacute;ticas con el sistema. Al fin y al cabo: &ldquo;si tenemos pocos recursos, &iquest;c&oacute;mo vamos a garantizar los derechos de millones de seres humanos que podr&iacute;an cruzar nuestras fronteras huyendo de la miseria? Son muchos, es puro calculo&rdquo;. Efectivamente, es cuesti&oacute;n de c&aacute;lculo, calculo econ&oacute;mico que devora al Derecho. Este es el sino de la pol&iacute;tica de nuestro tiempo, la subordinaci&oacute;n de los Derechos Fundamentales a una supuesta racionalidad econ&oacute;mica.
    </p><h3 class="article-text">El proyecto pol&iacute;tico neoliberal</h3><p class="article-text">
        Como plantea el soci&oacute;logo Lo&iuml;c Wacquant, podemos entender las transformaciones pol&iacute;ticas e institucionales de las &uacute;ltimas d&eacute;cadas como virajes que responden al proyecto pol&iacute;tico neoliberal. Este proyecto se caracteriza por buscar una reconstrucci&oacute;n del Estado que favorezca a los mercados, por un giro disciplinario de la pol&iacute;tica social, y por la expansi&oacute;n y glorificaci&oacute;n del ala penal del Estado. El ideario neoliberal ha sido un fantasma que ha recorrido la pol&iacute;tica mundial en las &uacute;ltimas d&eacute;cadas, mostr&aacute;ndose de formas diversas, pero logrando posiciones hegem&oacute;nicas en casi todo el mundo.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        El neoliberalismo impone su propia raz&oacute;n sobre la intervenci&oacute;n social del Estado. Los individuos dejan de ser sujetos con derechos que deben ser garantizados y emerge una concepci&oacute;n behavorista que niega los factores estructurales, y achaca la situaci&oacute;n del individuo a su responsabilidad individual. La pobreza (o cualquier otra situaci&oacute;n social) se convierte en un problema de los pobres, que no emprenden, no aprovechan sus oportunidades y no se conducen como deben.&nbsp; Esta concepci&oacute;n del individuo justifica que las pol&iacute;ticas sociales dejen de tener como objetivo la protecci&oacute;n y tomen como objetivo central disciplinar a esos individuos que no han gestionado adecuadamente su vida. De este modo se produce una progresiva uni&oacute;n entre pol&iacute;tica social y pol&iacute;tica penal, entre pobreza y delito.
    </p><p class="article-text">
        Paralelamente, el Estado se retira del &aacute;mbito social, se desentiende de sus ciudadanos y se vuelca en garantizar los intereses de los grandes agentes econ&oacute;micos. No es que el estado gobierne para el mercado, sino que ambas entidades se fusionan y el mercado gobierna desde el Estado. Las l&oacute;gicas se unifican y una supuesta racionalidad econ&oacute;mica lo impregna todo. Desde esta racionalidad el Estado justifica el abandono de su papel como garante de los derechos de sus ciudadanos.
    </p><p class="article-text">
        Esta l&oacute;gica parece no ser exclusiva de la actividad estatal, sino que ha pasado a formar parte de nuestras propias mentes. No solo lo aceptamos todo si lo manda la sostenibilidad del presupuesto, sino que somos capaces de justificarlo todo apelando a ese punto central del sentido com&uacute;n ocupado por una racionalidad neoliberal disfrazada de buen juicio econ&oacute;mico. Y as&iacute; dejamos que los cad&aacute;veres se amontonen en nuestras fronteras, le vendemos armas a Arabia Saud&iacute;, imponemos reg&iacute;menes disciplinarios disfrazados de asistencia social y, en definitiva, entramos en un juego en el que el fascismo se nos parece tanto que tambi&eacute;n llena palacios de congresos.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Jesús C. Aguerri]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/razon-neoliberal-derechos-dejaron-importar_132_1874264.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 22 Oct 2018 19:41:07 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La razón neoliberal o por qué un día nuestros derechos dejaron de importar]]></media:title>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Ni los "ciudadanos ejemplares" se libran del banquillo]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/ciudadanos-ejemplares-libran-banquillo_132_2750371.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/8de00084-f609-4245-8da2-fae75c8487ae_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Ni los &quot;ciudadanos ejemplares&quot; se libran del banquillo"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Asociaciones en defensa de los derechos civiles acusadas de injurias contra la policía. Periodistas de eldiario.es sentados ante el juez. Un abogado denunciado ante la Audiencia Nacional. Tres ejemplos de que denunciar las irregularidades de las instituciones aún no se tolera bien</p></div><p class="article-text">
        El pasado 17 de septiembre, la Asociaci&oacute;n de Inmigrantes Senegaleses de Arag&oacute;n y el Grupo Derechos Civiles-15M Zaragoza <a href="https://www.eldiario.es/contrapoder/denuncian-abusos-vuelven-sentarse-banquillo_6_808479159.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">comparecieron en un juzgado de instrucci&oacute;n acusados de un delito de injurias contra la polic&iacute;a</a>. &nbsp;Estos dos colectivos fueron denunciados por un sindicato de trabajadores del Ayuntamiento de Zaragoza por denunciar el trato que la polic&iacute;a zaragozana da a los manteros. Aunque nunca deber&iacute;a haber sido as&iacute;, el asunto est&aacute; a&uacute;n en manos de un juzgado que, de momento, se ha limitado a tomar declaraci&oacute;n. Sin embargo, un conocido medio local ya se ha aventurado a afirmar que &ldquo;los manteros no logran probar que la Polic&iacute;a Local les robara mercanc&iacute;a&rdquo;, osada afirmaci&oacute;n que refleja a partes iguales partidismo y <a href="http://derechosciviles15mzgz.net/2018/09/comunicado-basta-ya-de-racismo-de-represion-a-la-defensa-de-los-derechos-de-mentiras-periodisticas-y-de-manipulacion-politica.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">total desconocimiento del asunto.</a>
    </p><p class="article-text">
        No obstante, la actitud de ciertos medios de comunicaci&oacute;n ante esta clase de procesos absurdos no puede sorprendernos. El abogado Gonzalo Boye viene sufriendo durante todo este mes una campa&ntilde;a medi&aacute;tica de desprestigio. La veda para disparar contra el abogado la abri&oacute; &ndash;al menos la impuls&oacute;&ndash; una<a href="https://www.eldiario.es/politica/Juristas-querellan-Puigdemont-demanda-Llarena_0_810869929.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"> querella presentada por el Movimiento 24DOS</a> ante la Audiencia Nacional y una denuncia de un eurodiputado ante el Colegio de Abogados de Madrid. Parece que algunos juristas no se han tomado muy bien <a href="https://www.eldiario.es/contrapoder/Imparcialidad-espera_6_796930318.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">que Boye haya puesto en duda</a>, v&iacute;a demanda civil en B&eacute;lgica, la imparcialidad del Excm. Sr. Magistrado Manuel Marchena, presidente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo.
    </p><p class="article-text">
        Pero no todo lo que ronda nuestras pantallas son periodistas ocupados en disparar contra quien trata de defender, de una forma u otra, a quienes sus amos han tomado como enemigos. &nbsp;Ah&iacute; tenemos a Raquel Ejerique e Ignacio Escolar, que en este mismo medio destaparon el esc&aacute;ndalo de los m&aacute;steres que la Universidad Rey Juan Carlos parece haber estado regalando. Un ejercicio de oficio period&iacute;stico que les ha llevado <a href="https://www.eldiario.es/politica/Ignacio-Escolar-Raquel-Ejerique-Cifuentes_0_811569730.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">ante los tribunales acusados de un delito de revelaci&oacute;n de secretos</a>.
    </p><p class="article-text">
        Estos casos son solo tres ejemplos de la agitada actualidad judicial del mes de septiembre. Tambi&eacute;n se podr&iacute;a mencionar la condena (aunque rebajada) a La Insurgencia, la detenci&oacute;n de Willy Toledo o la negativa de la justicia belga a la extradici&oacute;n de Valt&ograve;nyc. Pero los tres ejemplos mencionados son especialmente ilustrativos porque presentan a &ldquo;buenos ciudadanos&rdquo; &ndash;que no son raperos ni gente que se caga en divinidades&ndash; cumpliendo con sus respectivos deberes: denunciar en p&uacute;blico y ante la administraci&oacute;n el mal funcionamiento de una instituci&oacute;n, ejercer la abogac&iacute;a o tomarse en serio el oficio de periodista.
    </p><p class="article-text">
        Parece evidente que la denuncia de las irregularidades de las instituciones, que es el elemento com&uacute;n en los tres casos, no es bien recibida ni por ciertos medios de comunicaci&oacute;n ni por ciertos sujetos y colectivos. Tampoco por ciertos jueces. Esto &uacute;ltimo es muy raro porque, al fin y al cabo, lo que vienen a hacer las conductas comentadas es contribuir a la realizaci&oacute;n efectiva de derechos fundamentales.
    </p><p class="article-text">
        Es obvio que en una sociedad pueden darse conflictos entre derechos, lo cual llevar&aacute; a que entre en juego, en ciertas ocasiones, el Derecho Penal. No obstante, como afirma -en el pr&oacute;logo de un <a href="https://www.dykinson.com/libros/derecho-procesal-penal-para-policias-y-criminologos/9788415276760/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">libro de reciente publicaci&oacute;n</a>- el mism&iacute;simo Manuel Marchena, el proceso penal es muy intrusivo, por lo que es indispensable que los conflictos generados sean resueltos &ldquo;a partir del canon constitucional que ofrece nuestro sistema&rdquo;. Este &ldquo;canon constitucional&rdquo; consta de una serie de derechos y deberes consagrados como fundamentales en la Constituci&oacute;n, entre los que se encuentra el derecho a la informaci&oacute;n veraz (art. 20 CE), y los derechos a la defensa y a la tutela judicial (art. 24 CE). Adem&aacute;s, como han recalcado en m&uacute;ltiples ocasiones tanto el TC como el TEDH, la denuncia de irregularidades en las instituciones es una conducta que debe estar especialmente protegida, pues de ella deriva la realizaci&oacute;n efectiva de otros derechos imprescindibles para al funcionamiento democr&aacute;tico de una sociedad. Dada esta especial protecci&oacute;n y atendiendo a nuestro &ldquo;canon constitucional&rdquo;, el ejercicio de los derechos mencionados no deber&iacute;a dar lugar a procesos penales, al menos no deber&iacute;a ser as&iacute; en una democracia. Esta cuesti&oacute;n, la relaci&oacute;n entre democracia y derechos, es lo que en el fondo se est&aacute; debatiendo en los tres casos.
    </p><h3 class="article-text">&iquest;Democracia y garant&iacute;as?</h3><p class="article-text">
        En teor&iacute;a, lo que hace democr&aacute;tica a una sociedad no es permitir el voto cada cierto tiempo sino garantizar los derechos y libertades fundamentales que la dotan de sustancia. Estos derechos y libertades, que est&aacute;n al margen del mercado e incluso de las decisiones de la mayor&iacute;a, han de ser garantizados por los poderes p&uacute;blicos, pues estos son la fuente de legitimidad del mismo Estado. En nuestro ordenamiento jur&iacute;dico, estos derechos est&aacute;n recogidos en la Constituci&oacute;n, cumbre magna e inexpugnable del ordenamiento jur&iacute;dico. Todas las leyes y todas las actuaciones de los poderes p&uacute;blicos est&aacute;n obligadas a regirse por estos derechos y garantizarlos universalmente. <a href="http://www.trotta.es/libros/derechos-y-garantias/9788498796711/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Como dice Luigi Ferrajoli</a>, &ldquo;son derechos hacia y, si es necesario, contra el Estado&rdquo;. Son, por tanto, &ldquo;leyes del m&aacute;s d&eacute;bil&rdquo;. Eso es lo que dice la teor&iacute;a, pero la pr&aacute;ctica siempre ha sido m&aacute;s discutible.
    </p><p class="article-text">
        La discusi&oacute;n sobre si el Derecho puede ser una &ldquo;ley del m&aacute;s d&eacute;bil&rdquo; o si, por el contrario, es una mera burocratizaci&oacute;n de la desigual distribuci&oacute;n del poder en la sociedad, tiene ya varios cientos de a&ntilde;os. En la segunda mitad del siglo XX, las ideas sobre democracia y derechos fundamentales arriba descritas parecieron triunfar en distintas sociedades. Los derechos fundamentales se restringieron a &ldquo;los ciudadanos&rdquo;, de modo que quien carec&iacute;a de esa consideraci&oacute;n pod&iacute;a ser pisoteado sin mucha dificultad. Incluso siendo &ldquo;ciudadano&rdquo;, el Estado se reservaba la posibilidad de tildarte de enemigo y as&iacute; legitimarse para no tener que respetar su propia ley.
    </p><p class="article-text">
        Obviando estas y otras muchas &ldquo;excepciones&rdquo;, aceptemos que se produjo un importante avance en materia de reconocimiento de derechos y en la creaci&oacute;n de garant&iacute;as para que estos se hicieran efectivos. Al consagrarse en la Constituci&oacute;n del 78 como Estado Social y Democr&aacute;tico de Derecho, el estado espa&ntilde;ol se incorpor&oacute; te&oacute;ricamente a este grupo de democracias garantistas. Digo &ldquo;te&oacute;ricamente&rdquo; porque, si bien la excepcionalidad del no-ciudadano sigue vigente &ndash;ah&iacute; est&aacute;n los CIE, monumentos a la verg&uuml;enza&ndash;, la democracia garantiza que, entre otras cuestiones, sus ciudadanos puedan criticar a sus instituciones. Por eso no se entiende del todo bien qu&eacute; est&aacute; pasando en nuestros juzgados y tribunales. &iquest;Por qu&eacute; estas denuncias? &iquest;Por qu&eacute; estos procesos penales? &iquest;Por qu&eacute; las campa&ntilde;as medi&aacute;ticas que los auspician? &iquest;Por qu&eacute; se est&aacute; usando el Derecho como arma contra todo aquel que ose criticar a las instituciones? Es como si ciertos actores sociales no supieran que vivimos en un Estado social y democr&aacute;tico de derecho donde la cr&iacute;tica a las instituciones se considera un bien valioso, un requisito para la democracia. O quiz&aacute; nos estemos dando cuenta de que, por muchas garant&iacute;as constitucionales que podamos citar, el Derecho no ha dejado de ser un arma esgrimida por los poderosos para hacer su voluntad. Estas dos visiones subyacen a los tres ejemplos comentados. Esto es lo que se debate en ellos. Si nos tomamos en serio como sociedad las garant&iacute;as constituciones y, por tanto, en qu&eacute; clase de sociedad vivimos.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Jesús C. Aguerri]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/ciudadanos-ejemplares-libran-banquillo_132_2750371.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 24 Sep 2018 19:37:14 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Ni los "ciudadanos ejemplares" se libran del banquillo]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Constitución Española]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Los que denuncian los abusos del poder vuelven a sentarse en el banquillo]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/denuncian-abusos-vuelven-sentarse-banquillo_132_1961108.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/62b609ea-a3bf-4d06-b04a-6ca1faf0917c_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Los que denuncian los abusos del poder vuelven a sentarse en el banquillo"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La libertad de expresión de nuevo a juicio: Dos colectivos de vecinos zaragozanos afrontan una querella por haber denunciado el trato que la policía brinda a los manteros de la ciudad</p></div><p class="article-text">
        Vaya veranito. Se nos acab&oacute; el esp&iacute;ritu solidario y los que llegaron en el Aquarius ya <a href="https://www.eldiario.es/cv/gobierno-expulsara-migrantes-Aquarius-Valencia_0_798970774.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">han empezado a ser deportados</a>. &nbsp;Los que cruzando el mar o saltando vallas para intentar huir de la miseria a la que nuestros intereses econ&oacute;micos los han condenado se han convertido en peligrosos invasores <a href="https://www.eldiario.es/desalambre/Gobierno-migratoria-anfitrion-Aquarius-devoluciones_0_807019463.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">a los que hay que despachar con urgencia</a>. Los manteros de Barcelona se pelearon con un turista y ahora son mafiosos despiadados que est&aacute;n arruinando al peque&ntilde;o comercio. Y ciudadanos, en un alarde de modernidad y neoliberalismo sensato, ha resucitado el eslogan nazi:&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/politica/discurso-miedo-Ciudadanos-convivencia-analistas_0_802120031.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">&ldquo;Ordnung und Sicherheit&rdquo;</a> (&ldquo;aka: orden y seguridad&rdquo;).
    </p><p class="article-text">
        No obstante, todos hacemos locuras en verano, nosotros comemos m&aacute;s de la cuenta, los medios emprenden campa&ntilde;as para criminalizar la inmigraci&oacute;n y la ultraderecha retoma consignas nazis. Pero el verano ya se acaba, volvemos a estar en guardia y ya nadie en su sano juicio intentar&aacute; colarnos que hace falta m&aacute;s seguridad <a href="https://www.eldiario.es/sociedad/discurso-Ciudadanos-alarmista-Espana-Europa_0_802120289.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">en uno de los pa&iacute;ses m&aacute;s seguros del mundo</a>, o que los manteros le quitan clientes a Gucci. Y si alguien lo intenta, contestaremos, rebatiremos sus mentiras y denunciaremos sus acciones, y entonces... entonces quiz&aacute;s acabemos sentados en el banquillo de los acusados. Al menos, <a href="http://derechosciviles15mzgz.net/2018/08/zaragoza-no-se-calla-todas-y-todos-somos-manteros.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">esto es lo parece que les va a ocurrir </a>a la Asociaci&oacute;n de Inmigrantes Senegaleses de Arag&oacute;n (AISA) y al grupo de trabajo Derechos Civiles 15M-Zaragoza.
    </p><p class="article-text">
        El pasado mes de febrero ambas asociaciones le hicieron llegar al ayuntamiento de Zaragoza un informe en el que se recog&iacute;an diversos casos de abusos policiales sufridos por los manteros de la ciudad (relatados&nbsp;<a href="http://derechosciviles15mzgz.net/2018/02/sobre-la-vida-del-mantero-informe-y-denuncia-publica-ddcc.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">aqu&iacute;</a> y <a href="https://www.eldiario.es/aragon/mantero-Policia-mercancia-Solo-queremos_0_735976753.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">aqu&iacute;</a>). Este que leen y un pu&ntilde;ado de medios m&aacute;s se hicieron eco de la noticia, y la respuesta no se hizo esperar. A las pocas semanas el Sindicato Trabajadores del Ayuntamiento de Zaragoza (STAZ) amenazaba a ambas asociaciones con una querella por delito de odio contra la polic&iacute;a.
    </p><p class="article-text">
        STAZ cumpli&oacute; su amenaza y, aunque el juez ha tenido a bien cambiar la calificaci&oacute;n jur&iacute;dica de los hechos, este mes de septiembre AISA y Derechos Civiles 15M-Zaragoza est&aacute;n llamados a declarar por un presunto delito de injurias y calumnias a la polic&iacute;a. Es decir, que despu&eacute;s de un verano en el que el discurso del odio contra los inmigrantes pobres se ha hecho omnipresente en nuestras pantallas, llega septiembre y nos encontramos con los manteros y los vecinos que se han puesto de su lado investigados por denunciar abusos policiales.
    </p><p class="article-text">
        Podr&iacute;amos hablar de lo ir&oacute;nico del caso, de lo absurdo de la querella o de su poca base jur&iacute;dica, pero aqu&iacute; lo relevante no es eso, aqu&iacute; lo relevante es que una vez m&aacute;s qui&eacute;n denuncia los abusos del poder vuelve a sufrir una pena de banquillo.
    </p><p class="article-text">
        La pena de banquillo es el castigo que sufre aquel al que se le obliga a personarse como acusado en un procedimiento penal. No importa el resultado del procedimiento, el hecho de tener que presentarse a &eacute;l, de sentir por un tiempo a toda la maquinaria penal del estado mir&aacute;ndote fijamente, es en s&iacute; mismo una llamada de atenci&oacute;n notablemente persuasiva.
    </p><p class="article-text">
        Como se&ntilde;ala<a href="http://www.juecesdemocracia.es/2018/05/30/libertad-de-expresion/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"> el penalista Jacobo Dopico</a>, para evitar la pena de banquillo existen el art&iacute;culos 269 y 313 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en virtud de los cuales los Juzgados de Instrucci&oacute;n no deben admitir a tr&aacute;mite querellas por hechos que, aunque fueran ciertos, no pueden ser constitutivos de delito. &nbsp;Sin embargo, algunos jueces de instrucci&oacute;n parecen desconocer estos art&iacute;culos y cada cierto tiempo llegan a nuestros o&iacute;dos casos tan controvertidos como el que hoy nos ocupa. Curiosamente, estos casos suelen tener que ver con el ejercicio de la libertad de expresi&oacute;n, y no de cualquier libertad de expresi&oacute;n, sino con la libertad de expresi&oacute;n en el &aacute;mbito pol&iacute;tico.
    </p><p class="article-text">
        Y digo curiosamente porque el Tribunal Constitucional ha sido, en repetidas ocasiones, muy claro al se&ntilde;alar que la libertad de expresi&oacute;n es un derecho constitucionalmente consagrado que debe protegerse especialmente en el &aacute;mbito pol&iacute;tico (v&eacute;anse, por ejemplo: la STC 9/2007, de 15 de enero; y la STC 6/1981, de 16 de marzo), lo que incluye la denuncia p&uacute;blica de los posibles abusos por parte de las instituciones del Estado.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        <strong>La importancia democr&aacute;tica de la libertad de expresi&oacute;n:</strong>&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        El alto tribunal no se&ntilde;ala por capricho que la libertad de expresi&oacute;n deba ser especialmente protegida en estos &aacute;mbitos, lo hace porque este derecho es fundamental para la existencia de una sociedad democr&aacute;tica. Como muy bien recoge <a href="https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=4027740" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Rafael Alc&aacute;cer Guirao</a>, la libertad de expresi&oacute;n en el &aacute;mbito pol&iacute;tico es requisito para una verdadera la libertad ideol&oacute;gica (art. 16 CE) y para que sea efectivo el derecho a la participaci&oacute;n en asuntos p&uacute;blicos (art. 23 CE).
    </p><p class="article-text">
        En consecuencia, como afirm&oacute; el Tribunal Constitucional en la STC 136/1999, de 20 de julio, cuando la libertad de expresi&oacute;n y de informaci&oacute;n: &ldquo;operan como instrumento de los derechos de participaci&oacute;n pol&iacute;tica debe reconoc&eacute;rseles si cabe una mayor amplitud que cuando act&uacute;an en otros contextos, ya que el bien jur&iacute;dico fundamental por ellas tutelado, que es tambi&eacute;n aqu&iacute; el de la formaci&oacute;n de la opini&oacute;n p&uacute;blica libre, adquiere un relieve muy particular en esta circunstancia, haci&eacute;ndoles &lsquo;especialmente resistente(s), inmune(s) a las restricciones que es claro que en otro contexto habr&iacute;an de operar&rsquo;&rdquo;.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Este car&aacute;cter fundamental de la libertad de expresi&oacute;n hace que sea especialmente preocupante el efecto desaliento que puede provocar que se admitan a tr&aacute;mite querellas contra qui&eacute;n denuncia los abusos que cometen las instituciones. El efecto desaliento surge en la doctrina del Tribunal Supremo Norteamericano y hace referencia a la posibilidad de que una norma ambigua disuada o desaliente del ejercicio de un Derecho Fundamental.&nbsp; En el caso que nos ocupa, la norma y la jurisprudencia son muy claras, sin embargo, ciertos sectores sociales parecen empe&ntilde;ados en restringir la libertad de expresi&oacute;n del resto de ciudadanos cuanto el contenido de esta no es de su agrado. Esto no ser&iacute;a especialmente grave si estos individuos con vocaci&oacute;n de censores no encontraran el respaldo de algunos jueces de instrucci&oacute;n que, ignorando la Ley de Enjuiciamiento Criminal, admiten a tr&aacute;mite querellas que solo tienen por objeto utilizar el sistema judicial para silenciar ciertas opiniones y ocultar ciertas denuncias.
    </p><p class="article-text">
        Querella tras querella admitida a tr&aacute;mite se crean dudas sobre el alcance real del derecho a la libertad de expresi&oacute;n, se obliga a los ciudadanos a pensar sobre lo que pueden o no decir y, mientras algunos callan ante la duda, otros se sienten legitimados para continuar presionando a favor de sus interpretaciones absolutamente antidemocr&aacute;ticas de la libertad de expresi&oacute;n.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Jesús C. Aguerri]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/denuncian-abusos-vuelven-sentarse-banquillo_132_1961108.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 28 Aug 2018 18:14:34 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Los que denuncian los abusos del poder vuelven a sentarse en el banquillo]]></media:title>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Sobre las contradicciones del fascismo y las contradicciones propias]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/contradicciones-fascismo-propias_132_2057427.html]]></link>
      <description><![CDATA[<div class="subtitles"><p class="subtitle">Volvemos a asustarnos por la posibilidad de que el horror se repita. Sin embargo, a veces parece que no sabemos muy bien a qué le tenemos miedo</p></div><p class="article-text">
        <a href="https://www.eldiario.es/internacional/Salvini-propone-censar-personas-Italia_0_783572501.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Parece que el fantasma vuelve a recorrer Europa. </a>A veces a ese fantasma lo llamamos fascismo, otro totalitarismo, ultraderecha, neo-fascismo, populismo de derechas y de otras tantas maneras seg&uacute;n lo creativos que nos pongamos. Siempre nos cuesta ponerle nombre. Nos asustamos primero y luego nos sumergimos en debates sobre qu&eacute; es realmente el fascismo. Este es un movimiento bastante l&oacute;gico porque, mientras discutimos sobre qu&eacute; es eso que nos da miedo, retrasamos el momento de enfrentarlo. Adem&aacute;s, quiz&aacute;s al diseccionarlo descubramos que no estamos ante verdadero fascismo, quiz&aacute;s podamos concluir que &ldquo;la cosa&rdquo; s&oacute;lo era un poquito fascista. Ten&iacute;a unos elementos y no otros, as&iacute; que es tolerable. No habr&iacute;a por tanto nada de lo que preocuparse.
    </p><p class="article-text">
        El problema es que el fascismo rara vez respeta su propia ortodoxia. <a href="https://dialnet.unirioja.es/servlet/libro?codigo=287872" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Como sostiene &#381;i&#382;ek</a>, &ldquo;en todo verdadero fascismo encontramos elementos que nos hacen decir: &laquo;Esto no es puro fascismo&raquo;&rdquo;. Al fascismo lo caracteriza un discurso completamente contradictorio. Una sucesi&oacute;n hip&oacute;crita de consignas que se contradicen constantemente.
    </p><p class="article-text">
        <a href="https://www.eldiario.es/contrapoder/fantasma-recorre-Europa-hipocresia_6_782231795.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Como muy bien se&ntilde;alaba Gabriel Moreno</a>&nbsp;hace unas semanas, el primer ministro italiano, Matteo Salvini, se permite el lujo de declararse cat&oacute;lico y a la vez &ldquo;cerrar los puertos de su pa&iacute;s a barcos repletos de seres humanos&rdquo;. Para este autor, los fascistas parecen aquejados de una constante hipocres&iacute;a: dicen defender el Estado de Derecho mientras lo destruyen, dicen defender los derechos sociales mientras se los niegan a quien creen conveniente.
    </p><p class="article-text">
        Estas contradicciones hacen parecer d&eacute;bil y f&aacute;cilmente rebatible al andamiaje te&oacute;rico fascista. Sin embargo, en esta constante contradicci&oacute;n reside la principal fortaleza del discurso fascista. La vieja proclama de &ldquo;al fascismo no se le discute, se le destruye&rdquo; no puede ser reducida a un mero grito de batalla. Al fascismo no se le puede discutir porque no hay nada contra lo que discutir. El fascismo es por definici&oacute;n contradictorio e incoherente. Un d&iacute;a dice A y al siguiente B, y as&iacute; el p&uacute;blico puede elegir libremente entre A y B. De nuevo con &#381;i&#382;ek, el fascismo es &ldquo;una determinada l&oacute;gica de desplazamiento mediante disociaci&oacute;n y condensaci&oacute;n de comportamientos contradictorios&rdquo;. La contradicci&oacute;n est&aacute; en la esencia del fascismo, por eso siempre se pierden los debates con fascistas.
    </p><p class="article-text">
        Entonces &iquest;qu&eacute; esperanza cabe? Si el fascismo es indiscutible, &iquest;c&oacute;mo destruirlo sin tener que volver a recurrir al sentido m&aacute;s obvio de la palabra &ldquo;destruir&rdquo;? Pues, aunque no sea la fuente m&aacute;s ortodoxa, creo que en este punto conviene recordar las palabras de Olmo en la pel&iacute;cula Noveccento:
    </p><figure class="embed-container embed-container--type-embed ">
    
            <blockquote class="inset pullquote-sk2">Los fascistas no son como los hongos, que nacen así en una noche, no. Han sido los patronos los que han plantado los fascistas, los han querido, les han pagado. Y con los fascistas, los patronos han ganado cada vez más, hasta no saber dónde meter el dinero.<br/><br/></blockquote>
    </figure><p class="article-text">
        Al fascismo hay que cortarlo de ra&iacute;z, hay que evitar que sea plantado y alimentado. Y en este punto es donde tenemos el mayor problema. En las &uacute;ltimas d&eacute;cadas hemos normalizado la contradicci&oacute;n, hemos naturalizado que los discursos sobre derechos y libertades deben tener excepciones y muchos l&iacute;mites.
    </p><p class="article-text">
        En nuestras sociedades se dice defender los Derechos Humanos, pero se deja que miles de personas mueran ahogadas en el mediterr&aacute;neo. Se les ofrece refugio a los que vienen en unos barcos, pero a otros se les encierra en los CIE. Se reconoce el Derecho a la vivienda, pero&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/politica/acelerar-desalojos-heredada-PP-servicios_0_781822792.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">se reforma la ley</a> para incentivar que se especule con ella. Se proclama la importancia de los Derechos Sociales, pero se subordinan a los intereses del mercado y al pago de la deuda. Nos declaramos Estados de Derecho, pero encarcelamos a raperos y no investigamos los casos de tortura.
    </p><p class="article-text">
        Hemos sumergido el Derecho en la dualidad amigo y enemigo, al Estado en la l&oacute;gica de consumidores y consumidos. &ldquo;T&uacute; tienes derechos y t&uacute; no&rdquo;. &ldquo;Me gustar&iacute;a ayudarte, pero es que los recursos p&uacute;blicos son limitados&rdquo;. &ldquo;Es el marcado, amigo&rdquo;. &ldquo;Eres el &uacute;nico responsable de tus actos, podr&iacute;as haber emprendido&rdquo;. Hemos naturalizado estas proclamas, las hemos incorporado a nuestra cotidianeidad.
    </p><p class="article-text">
        Nunca hemos abandonado el discurso sobre los Derechos Humanos, ni hemos dejado de definirnos como un Estado Social y Democr&aacute;tico de Derecho, pero progresivamente hemos ido aceptando que hab&iacute;a que hacer excepciones, que hay &ldquo;personas mal&iacute;simas&rdquo; a las que es pr&aacute;ctico quitarles algunos derechos, que la econom&iacute;a es como es y poco se puede hacer contra ella. &nbsp;El fascismo se erige sobre esta resignaci&oacute;n ante una supuesta realidad que obliga a renunciar a nuestros ideales sobre Derecho y derechos.
    </p><p class="article-text">
        El fascismo se ha plantado, se ha abonado y al hacerlo&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/economia/numero-millonarios-Espana-inicio-crisis_0_783921941.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">unos pocos se han llenado los bolsillos.</a> Algunos incluso afirman que nos hemos sumergido en un <a href="http://atheneadigital.net/article/view/n5-espaienblanc/127-pdf-es" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"><em>fascismo postmoderno</em></a>. La constante contradicci&oacute;n se ha convertido en algo asumible. El neoliberalismo ha colonizado a los Estados y sus proclamas han calado en casi todos los niveles. El Estado Social y Democr&aacute;tico de Derecho se ha vuelto algo extra&ntilde;o que oscila entre un horizonte y una mera mascara ret&oacute;rica. Se supone que a&uacute;n no han ganado y nosotros ya hemos renunciado a casi todo.
    </p><p class="article-text">
        Quiz&aacute;s, si lo que queremos es frenar el auge del fascismo que representan el Frente Nacional, Liga Norte o Alternativa para Alemania (por citar tres ejemplos no muy pol&eacute;micos), deber&iacute;amos empezar por dejar de asumir y aceptar &ldquo;esas cosas meramente neoliberales&rdquo;, solo un poquito fascistas o solo un poquito represoras.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Jesús C. Aguerri]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/contradicciones-fascismo-propias_132_2057427.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sun, 24 Jun 2018 20:56:43 +0000]]></pubDate>
      <media:title><![CDATA[Sobre las contradicciones del fascismo y las contradicciones propias]]></media:title>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El delito de autoadoctrinamiento o por qué deberíamos cuidar lo que leemos]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/delito-autoadoctrinamiento-deberiamos-cuidar-leemos_132_2096551.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/78292c14-9a08-4071-b0ea-77b49f816228_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="880" height="495" alt=""></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El artículo 575.2 del Código Penal permite juzgar a todo aquel que acceda de forma habitual a contenidos que “resulten idóneos” para colaborar con un grupo terrorista o con sus fines. En base a este tipo penal se puede encarcelar a cualquiera cuyas ideas puedan considerarse próximas a las de “los terroristas”</p></div><p class="article-text">
        Como hace unos d&iacute;as se expuso ante el Parlamento Europeo, la libertad de expresi&oacute;n en Espa&ntilde;a se est&aacute; viendo seriamente amenazada. Tristemente, todos conocemos casos de personas condenadas, encarceladas o <a href="https://www.eldiario.es/politica/Valtonyc-Belgica-evitar-entrar-prision_0_774473582.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">forzadas al exilio</a> por haber ejercido este derecho. La punta de lanza de esta ofensiva contra nuestros derechos ha sido -con perd&oacute;n de otros tipos penales tambi&eacute;n incompatibles con un Estado de Derecho- el delito de enaltecimiento del terrorismo. Este tipo penal se est&aacute; usando para encarcelar a aquel que manifieste en p&uacute;blico cierto discurso que, a ojos de la justicia, pueda ser <a href="https://www.eldiario.es/contrapoder/juicios-enaltecimiento-terrorismo-radicales_6_742685743.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">considerado radical y, por tanto, intr&iacute;nsecamente peligroso</a>.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, acusar de enaltecimiento del terrorismo no es la &uacute;nica forma que tiene nuestro estado de encarcelar a quien considere un radical. Existe en nuestro c&oacute;digo penal la posibilidad de condenar a penas de entre 2 y 5 a&ntilde;os de prisi&oacute;n a todo aquel que acceda regularmente, o posea, contenidos que, como reza la ley: &ldquo;est&eacute;n dirigidos o resulten id&oacute;neos para incitar a la incorporaci&oacute;n a una organizaci&oacute;n o grupo terrorista, o a colaborar con cualquiera de ellos o en sus fines&rdquo;. Esta posibilidad de encuentra recogida en el art&iacute;culo 575.2 del C&oacute;digo Penal, y se conoce como delito de autoadoctrinamiento terrorista.
    </p><p class="article-text">
        El autoadoctrinamiento terrorista fue introducido en el C&oacute;digo Penal por la LO 2/2015, de 30 de marzo &ndash;s&iacute;, la misma reforma que cre&oacute; un<a href="https://www.eldiario.es/contrapoder/Banalizacion-terrorismo-fase_6_761233889.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"> concepto de terrorismo tan amplio</a> que estuvo a punto de usarse contra los CDR&ndash;, la cual fue fruto del &ldquo;pacto antiyihadista&rdquo; que firmaron los dos grandes partidos tras los atentados de <em>Charlie Hebdo</em>. La reforma del a&ntilde;o 2015 continuaba la tendencia, ya seguida por sus predecesoras de 2000 y 2010, de llevar la intervenci&oacute;n de la justicia cada vez m&aacute;s atr&aacute;s en la cadena de causalidad que, se presupone, conduce a un atentado.
    </p><p class="article-text">
        Cuando en 1995 entr&oacute; en vigor nuestro actual C&oacute;digo Penal, los delitos de terrorismo eran, fundamentalmente, delitos comunes que, realizados en el marco de una organizaci&oacute;n o fines terroristas, recib&iacute;an una pena mayor. Es decir, se trataba de conductas ya prohibidas (secuestro, robo, asesinato, etc.) que cometidas en relaci&oacute;n con el terrorismo se sancionaba con mayor dureza. Pero las sucesivas reformas han permitido que de condenar la comisi&oacute;n de un atentado o el hecho de estar plane&aacute;ndolo, se haya retrocediendo hasta llegar a condenar a alguien por acceder a informaci&oacute;n que pudiera llevarle a colaborar con un grupo terrorista, como se recoge en el presente art&iacute;culo 575.2 CP.
    </p><p class="article-text">
        Para condenar a alguien por autoadoctrinamiento no es necesario que el tribunal argumente que se est&aacute; preparando alg&uacute;n otro tipo de delito, o que se est&eacute;n adquiriendo las capacidades t&eacute;cnicas para hacerlo. Ni siquiera es necesario que se demuestre que el individuo juzgado ha tomado la resoluci&oacute;n de integrarse en alg&uacute;n grupo terrorista, o que tiene alg&uacute;n contacto con otros individuos pertenecientes o cercanos a alg&uacute;n grupo. El tipo penal solo exige que se acceda &ndash;o se posea&ndash; a ciertos contenidos, y que dicho acceso se realice con la finalidad de integrarse o colaborar con un grupo terrorista.
    </p><p class="article-text">
        La cuesti&oacute;n central en la aplicaci&oacute;n de este tipo est&aacute; en que la relaci&oacute;n entre la conducta y su finalidad solo existe en el interior del sujeto. Como ya se&ntilde;al&oacute; el jurista <a href="http://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:revistaDerechoPenalyCriminologia-2016-15-5010" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Alfonso Gal&aacute;n Mu&ntilde;oz</a>, esta relaci&oacute;n solo existe en la voluntad futura del sujeto, as&iacute; que no se pone de manifiesto en ning&uacute;n hecho externo que no sea el de adquirir conocimientos te&oacute;ricos. Esta circunstancia hace que el tribunal deba entrar dentro del sujeto, concretamente en su ideolog&iacute;a, en busca de tal relaci&oacute;n. Como demuestran las sentencias en las que se ha aplicado este delito, para conocer la finalidad con la que el individuo accede a los contenidos el tribunal realiza un an&aacute;lisis de dichos contenidos. Es decir, realiza un juicio sobre el car&aacute;cter radical de los contenidos que se consumen. Una vez realizado tal juicio, sus conclusiones se extrapolan al sujeto. Si por el car&aacute;cter de los contendidos que el sujeto consume o posee se puede deducir que el sujeto es un &ldquo;radical&rdquo;, se considerara probado que se cumple el requisito finalista del tipo
    </p><p class="article-text">
        Este tipo penal abre la puerta a penar a todo aquel que adquiera conocimientos te&oacute;ricos que un tribunal considere que le sit&uacute;an cerca de unirse a un grupo terrorista. Es decir: se crea la posibilidad de usar la justicia penal contra todo aquel que, a ojos de la Audiencia Nacional, pueda estar ideol&oacute;gicamente cercano al terrorismo
    </p><p class="article-text">
        <strong>Del terrorista al radical: el progresivo avance hacia la punici&oacute;n de las ideas</strong>
    </p><p class="article-text">
        Durante las &uacute;ltimas d&eacute;cadas del siglo XX, la ampliaci&oacute;n progresiva de lo que se considera una organizaci&oacute;n terrorista y de lo que puede ser considerado colaboraci&oacute;n con el terrorismo fueron los m&eacute;todos seguidos por el estado espa&ntilde;ol para adelantar las posibilidades de intervenir penalmente en materia de terrorismo. Los l&iacute;mites de lo que se consideraba colaborar o pertenecer a un grupo terrorista eran deliberadamente ambiguos. Pero, al menos sobre el papel, el Derecho Penal ten&iacute;a unos l&iacute;mites claros, unos frenos a la capacidad punitiva del estado. Entre ellos estaba el viejo principio &ndash;ya presente en la obra de autores del siglo XVIII como Kant o Beccaria&ndash; de <em>responsabilidad penal por el hecho</em>, en virtud del cual la responsabilidad y los tipos penales deben tener como n&uacute;cleo actos externos, nunca meros pensamientos
    </p><p class="article-text">
        Pero, las sucesivas reformas del C&oacute;digo Penal en materia de terrorismo han ido ampliando las conductas que pod&iacute;an ser consideradas delito de terrorismo. Han puesto en juego una definici&oacute;n <em>preventivista</em> del Derecho Penal en la que no existen l&iacute;mites y en la que apelando a la necesidad de seguridad se justifica el control social y la ausencia de garant&iacute;as legales.
    </p><p class="article-text">
        Delitos como el de autoadoctrinamiento y el de enaltecimiento del terrorismo son la muestra de que se ha pasado de luchar contra los actos terroristas a luchar contra la difusi&oacute;n o adopci&oacute;n de ciertas ideas. Se ha pasado de combatir acciones sobre el mundo a combatir subjetividades, pensamientos sobre el mundo, lo cual supone crear restricciones a derechos tan b&aacute;sicos como la libertad ideol&oacute;gica.
    </p><p class="article-text">
         El car&aacute;cter grave y excepcional del terrorismo permite al gobierno usarlo como excusa para devaluar el estatus jur&iacute;dico de los ciudadanos y mejorar las herramientas de castigo y control social. Aunque se afirme que estas herramientas est&aacute;n dise&ntilde;adas para combatir al terrorismo &ndash;para, como dijo Mariano Rajoy, protegernos de aquellos que amenazan &ldquo;nuestros valores y nuestro estilo de vida&rdquo;&ndash; el concepto de terrorismo es lo suficientemente ambiguo en nuestro pa&iacute;s como para que, bajo ciertas circunstancias, cualquier reivindicaci&oacute;n social pueda ser tachada de terrorista. Adem&aacute;s, mientras el Estado se blinda contra la movilizaci&oacute;n pol&iacute;tica, se lanza a combatir a los futuros terroristas y crea un Derecho Penal instrumentalizable pol&iacute;ticamente, el gobierno que ocupa su cima puede venderse como eficaz y como &uacute;til mientras abandona a las inclemencias de los mercados a la mayor&iacute;a de su poblaci&oacute;n.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Jesús C. Aguerri]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/delito-autoadoctrinamiento-deberiamos-cuidar-leemos_132_2096551.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 28 May 2018 19:11:00 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El delito de autoadoctrinamiento o por qué deberíamos cuidar lo que leemos]]></media:title>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Cuidémonos del populismo punitivo]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/cuidemonos-populismo-punitivo_132_2145700.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/9d672341-3ca7-4ea0-868f-c4ad11255bb8_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Cuidémonos del populismo punitivo"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Por mucho que endurezcamos el sistema penal, no nos libraremos de la decepción</p></div><p class="article-text">
        A veces ocurren cosas horribles. Lo horrible, de hecho, ocurre constantemente. A veces lo dejamos correr. &ldquo;Cosas que pasan&rdquo;, se dice, porque ning&uacute;n sistema es perfecto. Otras veces vestimos lo horrible con aspectos, rostros y marcas, se&ntilde;as de v&iacute;ctimas y tambi&eacute;n de verdugos, y volvemos a comprobar que el ser humano puede hacer cosas horribles. Lo que antes era difuso, la larga cadena que conectaba a la v&iacute;ctima y al verdugo, se torna muy claro de repente: salta a escena un monstruo (o m&aacute;s de uno) cuya imagen apreciamos con aparente nitidez. Autom&aacute;ticamente todos volvemos la mirada hacia el sistema penal, esa m&aacute;quina presuntamente creada para proteger nuestros bienes m&aacute;s importantes de las m&aacute;s graves agresiones. La ilusi&oacute;n nos embriaga porque empu&ntilde;amos la gran espada penal y, por un instante, la creemos nuestra.
    </p><p class="article-text">
        La primera decepci&oacute;n tarda poco en llegar: una espada no repara, no sirve para arreglar nada, lo que ha sido destrozado no recompondr&aacute; sus piezas por violento, certero o &ldquo;ajustado a derecho&rdquo; que sea el golpe. Pero golpeamos, golpeamos m&aacute;s y m&aacute;s fuerte, convencidos de que eso es &ldquo;hacer justicia&rdquo;. Si quien viola la norma genera un mal y da&ntilde;a al orden en su conjunto, quienes golpean de vuelta generan otro mal en sentido contrario. En su versi&oacute;n menos sofisticada, esto se llam&oacute; ley del tali&oacute;n. En su versi&oacute;n m&aacute;s refinada, lo llamamos &ldquo;fundamento retributivo de la pena&rdquo;. Este golpe de vuelta deber&iacute;a, se supone, restituir simb&oacute;licamente el orden da&ntilde;ado, pero el golpe nunca es lo bastante fuerte. Jam&aacute;s sentimos haber arreglado nada. Quiz&aacute; sea porque de ese modo jam&aacute;s se ha arreglado nada.
    </p><p class="article-text">
        No importa: el due&ntilde;o de la espada aparece siempre con una sonrisa amable y se ofrece a afilarla. Mientras muestra su condolencia y solidaridad, promete &ldquo;firmeza y ejemplaridad&rdquo; para que nadie vuelva a osar infringir la nueva norma. Ahora s&iacute;, creemos haber hecho algo &uacute;til y volvemos a nuestras vidas, pero la segunda decepci&oacute;n no tarda en llegar. La realidad nos golpea de nuevo cuando constatamos que las cosas siguen ocurriendo, que pocos piensan en qu&eacute; norma violan cuando lo hacen y muchos menos piensan en las consecuencias de hacerlo.
    </p><p class="article-text">
        Presos de la desesperaci&oacute;n, defraudados porque nuestra poderosa espada se revela in&uacute;til, nos quedar&aacute; el consuelo de pensar que quien haga lo horrible ser&aacute; golpeado con tal fuerza que jam&aacute;s podr&aacute; repetirlo. Y esto s&iacute; nos convence porque ya no queremos reparar ni mandar mensajes, solo queremos meter una vida entre cuatro paredes hasta que se pudra y desintegre. A estas alturas ya solo queremos romper, y la espada es el instrumento perfecto. Por mucho que la Constituci&oacute;n hable de reinserci&oacute;n social como primer objetivo de las penas, el p&uacute;blico no pide que el reo aprenda nada. La audiencia desea purgar sus propios pecados, sublimar la frustraci&oacute;n de saber que no se hizo nada para evitar ese da&ntilde;o al que ahora respondemos.
    </p><p class="article-text">
        Y en ese momento, decididos a apu&ntilde;alar con toda nuestra fuerza, o&iacute;mos una voz que pregunta: &ldquo;&iquest;est&aacute;s seguro? &iquest;Si tu golpe es una respuesta a un mal previo, c&oacute;mo sabes que tu estocada es proporcional al mal sufrido? &iquest;Si ese golpe quiere restituir el orden da&ntilde;ado, no deber&iacute;a respetar las normas propias del ordenamiento que dice defender? Son preguntas odiosas que ponen un espejo ante nosotros. En &eacute;l nos vemos reflejados con la espada en la mano.
    </p><p class="article-text">
        &iquest;Nos da igual que 15 a&ntilde;os de encierro destrocen la personalidad de cualquier sujeto? &iquest;Nos da igual que pisar la c&aacute;rcel no sea garant&iacute;a de no volver a entrar sino m&aacute;s bien todo lo contrario? Ignoramos estas preguntas, afiliamos la espada y golpeamos. Tras el golpe, volvemos a nuestras vidas. Nunca miramos atr&aacute;s. Jam&aacute;s miramos dentro de los muros de la prisi&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Si mir&aacute;semos atr&aacute;s, una tercera decepci&oacute;n nos asaltar&iacute;a al comprobar que no hemos hecho pr&aacute;cticamente nada para &ldquo;arreglar&rdquo; nada. Aqu&iacute; solo ha ganado el due&ntilde;o de la espada: ahora, lejos de nuestra mirada, blandir&aacute; su renovada arma a discreci&oacute;n. Si mir&aacute;semos atr&aacute;s, nos ver&iacute;amos cayendo una y otra vez en la trampa del populismo punitivo. Nuestra legitima rabia, nuestra indignaci&oacute;n y nuestra voluntad de evitar el horror acaban digeridas en nombre del &ldquo;orden&rdquo; y la &ldquo;ley&rdquo;, encauzadas hacia la nada. Una y otra vez, nos mantuvieron ocupados pensando en c&oacute;mo responder, para evitar que pens&aacute;ramos en c&oacute;mo evitar volver a vernos en esta situaci&oacute;n.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Jesús C. Aguerri]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/cuidemonos-populismo-punitivo_132_2145700.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sun, 29 Apr 2018 18:12:34 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Cuidémonos del populismo punitivo]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[La Manada,Código Penal]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Lo que encubre y lo que muestra el protagonismo mediático del Derecho Penal]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/encubre-protagonismo-mediatico-derecho-penal_132_2193620.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/1a911386-6916-4207-b136-3b7f9a04f858_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="880" height="495" alt=""></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Tras la constante presencia de lo penal en la actualidad informativa se encuentra un gobierno que se ha desvinculado de lo social y de lo político</p><p class="subtitle">Estamos ante una huida hacia el Derecho Penal que se está realizando a costa de nuestros derechos</p></div><p class="article-text">
        &Uacute;ltimamente parece que el Derecho Penal est&aacute; en todas partes. Sobrevuela a cada programa informativo la supuesta necesidad de <a href="https://www.eldiario.es/temas/prision_permanente_revisable/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">encerrar de por vida a ciertos sujetos</a>. El <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/politica/juez-Llarena-orden_0_753125216.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">exGovern catal&aacute;n &ndash;junto con otros l&iacute;deres independentistas&ndash; est&aacute; en prisi&oacute;n</a> acusado de graves delitos. Los j&oacute;venes de Altsasu llevan centenares de d&iacute;as en prisi&oacute;n provisional. <a href="https://www.eldiario.es/politica/Condenados-Insurgencia-Valtonyc-Pablo-Hasel_0_742276624.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Varios raperos</a> est&aacute;n a punto de entrar en la c&aacute;rcel por cantar. Algunos de los encausados en las &ldquo;Operaciones Ara&ntilde;a&rdquo; <a href="https://www.eldiario.es/norte/euskadi/primer-tuitero-operacion_Arana-prision-enaltecimiento_del_terrorismo-Guardia_Civil-Audiencia_Nacional_0_703429860.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">ya aguardan en prisi&oacute;n</a> y otros quiz&aacute;s se les sumen pronto. Y, <a href="https://www.eldiario.es/politica/Fallece-mantero-parada-cardiorrespiratoria-Lavapies_0_750326084.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">verbigracia de una tremenda desgracia</a> (as&iacute; se dice cuando se muere un pobre), nos hemos enterado de que los manteros tambi&eacute;n son delincuentes que atentan contra la propiedad intelectual e industrial. De repente, todo se ha vuelto violencia, sobre nosotros parecen cernirse cientos de amenazas ante las cuales solo podemos responder con todo el peso del Derecho.
    </p><p class="article-text">
        Todo parece girar en torno al Derecho Penal, parece ser el &uacute;ltimo recurso que nos queda antes de sucumbir al caos. A trav&eacute;s de las pantallas nos susurran que las amenazas est&aacute;n en todas partes, que los manifestantes, antes sonrientes, ahora amenazan con quemarnos y que nuestra paz est&aacute; en serio peligro por culpa de lo que alguien dijo en twitter. Ante esto, el Derecho Penal, esa herramienta creada para protegernos de las m&aacute;s graves formas de agresi&oacute;n contra los bienes jur&iacute;dicos m&aacute;s importantes, parece que debe volverse hiperactiva. Cada d&iacute;a ocupa unos segundos m&aacute;s en nuestros &ldquo;mejores&rdquo; magazines. Ante esta situaci&oacute;n, es normal preguntarse &iquest;Qu&eacute; est&aacute; pasando? &iquest;Por qu&eacute; esta necesidad repentina de encarcelar?
    </p><p class="article-text">
        Algunos les dir&aacute;n que no pasa absolutamente nada, que todo va bien. Que la ley est&aacute; para cumplirse y que deber&iacute;amos regocijarnos ante lo bien que funcionan nuestras instituciones. Deber&iacute;amos alegrarnos de que se encarcele a raperos porque, si aqu&iacute; cada uno se pone a cantar lo que quiera, montar&iacute;amos tal &ldquo;sin Dios&rdquo; que sucumbir&iacute;amos a la barbarie. Desde esta perspectiva, no hay leyes ileg&iacute;timas y <a href="https://www.eldiario.es/tribunaabierta/Rebelion-sedicion-fracaso-politico_6_753884610.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">no caben las interpretaciones absurdas de &eacute;stas</a>. Convocar manifestaciones es violencia equiparable a repartir fusiles entre los afiliados, porque as&iacute; lo ha dictado el santo magistrado, supremo int&eacute;rprete de la palabra revelada por el legislador.
    </p><p class="article-text">
        No obstante, otros les diremos precisamente lo contrario, que todo va mal y que durante las &uacute;ltimas d&eacute;cadas el Derecho Penal est&aacute; sumergido en unas din&aacute;micas que amenazan con destruir cualquier resquicio de lo que en teor&iacute;a debe ser el Derecho en una sociedad democr&aacute;tica. A esto que asalta sus televisores pueden llamarlo Derecho Penal del Enemigo &ndash;si hubo una vez en la que el Derecho fue otra cosa&ndash; o, como voy a hacer yo, Derecho Penal Moderno &ndash;para evitar distraerse discutiendo sobre cu&aacute;l es la verdadera naturaleza del Derecho Penal.
    </p><p class="article-text">
        Siguiendo al catedr&aacute;tico <a href="https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=46402" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Winfried Hassemer</a> podemos afirmar que el Derecho Penal Moderno tiene tres caracter&iacute;sticas principales:
    </p><p class="article-text">
        -Tiende a expandirse, a ocupar cada vez m&aacute;s terreno, a criminalizar nuevas conductas. Para justificar esta expansi&oacute;n se abusa del &ldquo;peligro abstracto&rdquo; que suponen ciertas acciones y a la necesidad de proteger bienes jur&iacute;dicos colectivos y supraindividuales. Estos dos recursos permiten, por ejemplo, encarcelar a raperos cuyas letras ponen en peligro &ndash;de alguna forma que no es necesario probar, por eso es un &ldquo;peligro abstracto&rdquo;- nuestra seguridad.
    </p><p class="article-text">
        - Es un instrumento de pol&iacute;tica interior destinado a contener problemas sociales, para lo cual olvida el principio de taxatividad y torna sus conceptos flexibles y amplios. El ejemplo m&aacute;s claro de esto es la gesti&oacute;n penal de la crisis catalana y, concretamente, la interpretaci&oacute;n por parte del juez Llanera del concepto de violencia que exige el delito de Rebeli&oacute;n
    </p><p class="article-text">
        -Y, por &uacute;ltimo, implica una reducci&oacute;n del Derecho Penal a sus funciones simb&oacute;licas, quedando reducido a una forma utilizada por el legislador para &ldquo;dar respuesta&rdquo;. &iquest;Soluciona algo la prisi&oacute;n permanente revisable? &iquest;Haber convertido en delincuentes a los manteros les ha permitido acceder a empleos dignamente remunerados en la econom&iacute;a legal?
    </p><p class="article-text">
        Viendo lo bien que encaja nuestro Derecho Penal con las caracter&iacute;sticas del Derecho Penal Moderno, cabe preguntarse &iquest;por qu&eacute; ocurre esto? &iquest;Por qu&eacute; la actualidad pol&iacute;tica est&aacute; pre&ntilde;ada de Derecho Penal?
    </p><p class="article-text">
        <strong>La expansi&oacute;n y glorificaci&oacute;n del ala penal del Estado</strong>
    </p><p class="article-text">
        En primer lugar, hay que se&ntilde;alar que este af&aacute;n de protagonismo del Derecho Penal no es una singularidad de la pol&iacute;tica espa&ntilde;ola y tampoco es cosa precisamente reciente. Desde los 70, todos los estados occidentales se han encontrado en varias ocasiones con una agenda pol&iacute;tica protagonizada por &ldquo;los delincuentes&rdquo; y por las formas de protegerse de esas personas amenazantes. Curiosamente estos momentos coinciden en el tiempo con la existencia de graves problemas econ&oacute;micos y sociales de los que el Estado no tiene voluntad de hacerse cargo &ndash;estos problemas, a menudo, han sido causados por la propia actividad desreguladora del Estado.
    </p><p class="article-text">
        Cuando el Estado se retira para dejar paso a los intereses de los mercados y abandona sus funciones sociales, corre el riesgo de que se ponga en cuesti&oacute;n su legitimidad. Para evitar ser cuestionado, el Estado recurre a lo que el soci&oacute;logo Lo&iuml;c Wacquant denomina &ldquo;expansi&oacute;n y glorificaci&oacute;n del ala penal del Estado&rdquo;. Este recurso permite al Estado colocar la seguridad y la existencia de graves peligros en el centro del debate, y as&iacute; salvar su inacci&oacute;n en lo social apelando a su papel como garante del orden.
    </p><p class="article-text">
        Emerge as&iacute; el populismo punitivo, la exhibici&oacute;n orgullosa de la expansi&oacute;n del Derecho Penal. M&aacute;s conductas consideradas delictivas, desaparici&oacute;n de las garant&iacute;as procesales, m&aacute;s encierro, m&aacute;s prisi&oacute;n, reg&iacute;menes m&aacute;s duros de cumplimiento de las penas y soluci&oacute;n penal para los conflictos pol&iacute;ticos todo esto se ha puesto encima de la mesa durante las &uacute;ltimas semanas. Por supuesto, detr&aacute;s de esta expansi&oacute;n no hay una voluntad de solucionar ning&uacute;n problema real que ata&ntilde;a a la poblaci&oacute;n, tan solo es marketing pol&iacute;tico hecho a costa de nuestros derechos y del propio Derecho.
    </p><p class="article-text">
        Este Derecho Penal Moderno del que hace gala nuestro Estado encubre el abandono de sus responsabilidades. Este uso del Derecho Penal como herramienta predilecta para la gesti&oacute;n de las problem&aacute;ticas sociales y pol&iacute;ticas nos sit&uacute;a en medio de debates penales en los que debemos mirar hacia el futuro y luchar porque se respeten unas m&iacute;nimas garant&iacute;as y una m&iacute;nima raz&oacute;n. De este modo, se nos impide mirar m&aacute;s all&aacute; de una agenda que nos viene impuesta y, sobre todo, se nos impide mirar hacia atr&aacute;s, hacia el origen de los problemas. Si lo hici&eacute;ramos, ver&iacute;amos la aut&eacute;ntica violencia, descubrir&iacute;amos un Estado que ha abandonado cualquier responsabilidad pol&iacute;tica o social y solo ofrece como respuestas prisi&oacute;n e indiferencia.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Jesús C. Aguerri]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/encubre-protagonismo-mediatico-derecho-penal_132_2193620.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 02 Apr 2018 18:57:47 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Lo que encubre y lo que muestra el protagonismo mediático del Derecho Penal]]></media:title>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Educar en “la Defensa” es educar en el “no-Derecho”]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/educar-defensa-educar-no-derecho_132_2229134.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/f1f86d7e-6483-4b22-ba91-89f4665853de_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Educar en “la Defensa” es educar en el “no-Derecho”"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Introducir en los colegios el estudio de los flujos migratorios irregulares como amenaza para la seguridad es educar en la necesidad de relajar las garantías jurídicas y criminalizar “al otro”</p></div><p class="article-text">
        La semana pasada conoc&iacute;amos <a href="https://www.eldiario.es/sociedad/Defensa-La_Banderita-Cospedal_0_747526054.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">el temario que Defensa quiere implantar en los colegios</a>. La bandera, el Rey, los himnos militares, la defensa de Espa&ntilde;a y la inmigraci&oacute;n irregular como riesgo, entre otros. Quiz&aacute;s est&eacute; &uacute;ltimo sea el que m&aacute;s llame la atenci&oacute;n. Aceptando cierta l&oacute;gica... digamos vetusta&hellip; podemos entender que nuestro gobierno crea conveniente meter en vena a los ni&ntilde;os los s&iacute;mbolos naciones y eso que llaman &ldquo;cultura de la defensa&rdquo;, pero &iquest;la inmigraci&oacute;n? &iquest;Qu&eacute; pinta aqu&iacute; la inmigraci&oacute;n?
    </p><p class="article-text">
        Pues pinta much&iacute;simo, porque la inmigraci&oacute;n irregular es &ldquo;una de las 12 principales amenazas para la seguridad de Espa&ntilde;a&rdquo;, tal como reconoce nuestra estrategia de seguridad nacional &ndash;<a href="http://www.lamoncloa.gob.es/documents/seguridad_1406connavegacionfinalaccesiblebpdf.pdf" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la ESN-2013</a>. Este documento estrat&eacute;gico de interesante lectura ofrece, adem&aacute;s de un sensible pr&oacute;logo de nuestro presidente, una lista de las principales amenazas y riesgos que acechan a Espa&ntilde;a. A saber: conflictos armados, terrorismo, ciberamenazas, crimen organizado, inestabilidad econ&oacute;mica y financiera, vulnerabilidad energ&eacute;tica, proliferaci&oacute;n de armas de destrucci&oacute;n masiva, flujos migratorios irregulares, espionaje, emergencias y cat&aacute;strofes, vulnerabilidad del espacio mar&iacute;timo, y vulnerabilidad de las infraestructuras cr&iacute;ticas y los servicios esenciales.
    </p><p class="article-text">
        Como vemos, la inmigraci&oacute;n se encuentra en esta lista de &ldquo;amenazas&rdquo; entre las armas de destrucci&oacute;n masiva y el espionaje. M&aacute;s all&aacute; de su cuestionable presencia en esta lista, lo llamativo es que la inmigraci&oacute;n irregular se considera una amenaza al nivel de las cat&aacute;strofes naturales. Nuestro gobierno aduce que ciertas &ldquo;condiciones especialmente preocupantes&rdquo; pueden hacer que los inmigrantes &ldquo;sean instrumentalizados por organizaciones extremistas y violentas o terroristas&rdquo; o se vean tentados por un &ldquo;repliegue identitario que dificulta su integraci&oacute;n social&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Estas &ldquo;condiciones especialmente preocupantes&rdquo; a las que hace referencia la estrategia de seguridad nacional son las siguientes: 
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;a) Un incremento de los procesos de inadaptabilidad y falta de identificaci&oacute;n con la sociedad espa&ntilde;ola derivados del debilitamiento de la cohesi&oacute;n social.
    </p><p class="article-text">
        b) Un incremento de la conflictividad social derivado del empeoramiento de las condiciones de vida y del aumento de los procesos de exclusi&oacute;n. 
    </p><p class="article-text">
        c) La creaci&oacute;n de guetos urbanos y sus efectos sobre la convivencia, la cohesi&oacute;n social y la integraci&oacute;n de los inmigrantes. 
    </p><p class="article-text">
        d) Un incremento de la vulnerabilidad de los migrantes como destinatarios de formas de explotaci&oacute;n laboral, de la acci&oacute;n de grupos criminales organizados vinculados a la trata de personas y el tr&aacute;fico de drogas&ldquo;.
    </p><p class="article-text">
        Por si no quedara bastante claro que este documento est&aacute; colocando las sospechas de radicalizaci&oacute;n sobre la poblaci&oacute;n migrante, entre las razones por las que el terrorismo es una amenaza para Espa&ntilde;a se cita la &ldquo;posible radicalizaci&oacute;n de los emigrantes, tanto de primera como de segunda generaci&oacute;n, que est&aacute;n asentados en Espa&ntilde;a&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Obviamente, ligar terrorismo e inmigraci&oacute;n es, cuanto menos, injusto. Sin embargo, se podr&iacute;a hacer cierta lectura positiva de esta argumentaci&oacute;n, pues en ella el gobierno parece reconocer que la radicalizaci&oacute;n puede tener cierta base en las condiciones a las que nuestro pa&iacute;s somete a algunos sectores de su poblaci&oacute;n. Este reconocimiento podr&iacute;a ser una buena noticia. Supondr&iacute;a un enfoque novedoso y valiente sobre el tema y podr&iacute;a dar lugar a una intervenci&oacute;n a trav&eacute;s de medidas y pol&iacute;ticas sociales. Pero se trata de un documento sobre seguridad y no sobre cualquier idea de seguridad, sino sobre una seguridad entendida como inseparable de la guerra &ndash;ahora llamada eufem&iacute;sticamente, defensa. Este documento marca la l&iacute;nea estrat&eacute;gica de nuestro estado pregonando la uni&oacute;n entre la seguridad interior y la exterior. Al afirmar que &ldquo;la seguridad y el bienestar de Espa&ntilde;a y sus ciudadanos se determinan y gestan dentro y fuera de nuestras fronteras&rdquo;, la separaci&oacute;n entre orden interno y pol&iacute;tica b&eacute;lica se elimina: nada parece separar las nociones de Derecho y guerra.
    </p><p class="article-text">
        Borrar la l&iacute;nea entre seguridad y defensa significa importar la guerra y sus l&oacute;gicas a nuestra propia casa, traer esa horrible excepcionalidad que es la guerra al interior de las fronteras y <a href="https://www.eldiario.es/desalambre/escuchado-testigos-muertes-Ceuta-encuentre_0_733527489.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">a sus contornos</a>. Frente al ciudadano emerge un enemigo de quien debemos defendernos, ese Otro a quien debemos hacer la guerra. El ciudadano tiene derechos porque es parte de una sociedad. Sus bienes, relaciones e intereses est&aacute;n protegidos por el Derecho por ser valiosos para esa esa sociedad. El enemigo es una amenaza, un individuo al que se sit&uacute;a al margen de la sociedad, una encarnaci&oacute;n del riesgo y el peligro. No se busca integrar al enemigo, no se pretende dotarle de una igualdad material que garantice la plena realizaci&oacute;n de sus Derechos. Ante &eacute;l solo cabe defenderse mediante control, encierro o expulsi&oacute;n. Esa necesidad justifica la aplicaci&oacute;n de un Derecho Penal del Enemigo que tiene en el encarcelamiento un recurso cotidiano y disuelve las garant&iacute;as que ofrece un Estado de Derecho.
    </p><p class="article-text">
        Sumergirse en esta ret&oacute;rica belicista &ndash; seg&uacute;n la cual hay individuos cuya peligrosidad potencial los convierte en amenazas para la seguridad &ndash; no tiene otro fin que justificar un Derecho Penal del Enemigo. Como se&ntilde;alara Manuel Cancio, ese instrumento sirve para &ldquo;identificar precisamente al no-Derecho penal&rdquo;. Al enemigo se le hace la guerra y en la guerra no hay Derecho. La guerra es la excusa para eliminar el Derecho y sustituirlo por un conjunto de normas y tratados de eficacia tristemente limitada.
    </p><p class="article-text">
        Educar en la defensa, educar en el presunto riesgo que ciertos grupos humanos pueden suponer para &ldquo;la seguridad&rdquo;, es educar en la excepcionalidad. Educar en la presunta necesidad de la guerra es educar en el no-Derecho.
    </p><h3 class="article-text">&ldquo;Los inmigrantes&rdquo; como enemigos convenientes</h3><p class="article-text">
        Visto lo que implica educar en el supuesto peligro que suponen los flujos migratorios irregulares, a&uacute;n cabe preguntarse &iquest;por qu&eacute; los inmigrantes?, &iquest;por qu&eacute; son ellos los se&ntilde;alados como enemigos?
    </p><p class="article-text">
        Se les se&ntilde;ala porque, continuando la l&iacute;nea que marca el capitalismo posfordista y la pol&iacute;tica neoliberal, nuestro estado se niega a aceptar que la pobreza pueda deberse a sus pol&iacute;ticas. De ah&iacute; el recurso, como se&ntilde;ala <a href="https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=4240177" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Lu&iacute;s Enrique Alonso</a>, a una &ldquo;ret&oacute;rica de la segregaci&oacute;n&rdquo; que liga la pobreza a un nuevo problema cultural, &eacute;tnico y migratorio. Se construye as&iacute; una imagen de los &ldquo;inmigrantes&rdquo; &ndash;l&eacute;ase comunidades &eacute;tnicamente definidas&ndash; como una otredad no asimilada, no integrada y al borde del &ldquo;estallido social&rdquo;, sospechosa de dedicarse al tr&aacute;fico de drogas o a actividades terroristas. As&iacute; se construye una s&oacute;lida asociaci&oacute;n entre inmigraci&oacute;n, ilegalidad y criminalidad que, como plantea Lo&iuml;c Wacquant, convierte a los inmigrantes y a sus hijos, en un &ldquo;<a href="http://journals.sagepub.com/doi/abs/10.1177/14624749922227784" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">enemigo adecuado</a> [&hellip;], a la vez s&iacute;mbolo y objetivo de todas las ansiedades sociales&rdquo;. Esta criminalizaci&oacute;n de la inmigraci&oacute;n permite justificar la regulaci&oacute;n de la pobreza a trav&eacute;s del sistema penal y, en paralelo, expandir el aparato punitivo y securitario del Estado.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Jesús C. Aguerri]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/educar-defensa-educar-no-derecho_132_2229134.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sun, 11 Mar 2018 20:39:36 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Educar en “la Defensa” es educar en el “no-Derecho”]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Defensa,Educación,Inmigrantes]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Los juicios por enaltecimiento del terrorismo como juicios contra "los radicales"]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/juicios-enaltecimiento-terrorismo-radicales_132_2778387.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/871ee4da-3b2c-4132-b158-715352970e76_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Los juicios por enaltecimiento del terrorismo como juicios contra &quot;los radicales&quot;"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Casos como el de La Insurgencia o el de Valtonyc muestran que Incluso cuando el tribunal aprecia el contexto de los mensajes lanzados, lo hace averiguando sobre la ideología de la persona juzgada, convirtiendo el proceso en una suerte de juicio ideológico</p></div><p class="article-text">
        &Uacute;ltimamente a muchos nos viene una pregunta a la mente de forma recurrente: &iquest;pueden condenarme por enaltecimiento del terrorismo por decir &ldquo;esto&rdquo;? Quiz&aacute;s se te ha ocurrido un chiste, o una buena rima o puede que creas que ciertas acciones de cierto grupo pudieran estar justificadas.
    </p><p class="article-text">
        <a href="http://www.publico.es/politica/enaltecimiento-terrorismo-delito-chistes-bromas-carrero-blanco.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Como explic&oacute; Isabel Elbal</a>, actualmente la justicia espa&ntilde;ola est&aacute; siguiendo dos doctrinas de forma alternativa. Por una parte, tenemos la doctrina Strawberry, que consiste en la interpretaci&oacute;n literal del mensaje que se haya lanzado, sin atender pr&aacute;cticamente a nada m&aacute;s. Y, por otra parte, tenemos una doctrina que atiende al contexto de los mensajes para valorar si son delictivos.
    </p><p class="article-text">
        La diferencia entre estas l&iacute;neas de actuaci&oacute;n est&aacute; en la interpretaci&oacute;n que se haga de los &ldquo;elementos subjetivos del tipo&rdquo; y de la importancia que se les asigne. Este es un concepto complejo y t&eacute;cnico que, en el caso que nos ocupa, podemos entender, simplificando mucho, como la tendencia, la voluntad o la intenci&oacute;n con la que se realiza la conducta.
    </p><p class="article-text">
        La doctrina Strawberry se caracteriza por no tener en cuenta estos elementos. Mientras que la otra doctrina s&iacute; que se atiende a la intencionalidad con la que el sujeto ha lanzado los mensajes por los que se le est&aacute; juzgando. Proceder de esta forma tiene cierto sentido porque, t&eacute;cnicamente, permite distinguir entre alguien que hace un chiste y alguien que pretende que se cometan atentados terroristas. Sin embargo, este proceder tambi&eacute;n tiene un reverso perverso y es que, en ocasiones, el contexto se extrae de la ideolog&iacute;a de aquel que emite los mensajes.
    </p><p class="article-text">
        Buenafuente puede hacer un <a href="http://www.eldiario.es/vertele/noticias/Buenafuente-entrevista-Carrero-Negro-desafiantes_0_1891010882.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">sketch con chistes sobre Carrero Blanco</a>, David Broncano puede sugerir que<a href="https://twitter.com/LaResistencia/status/963923624884305921" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"> se tire un &ldquo;cobete&rdquo; sobre Murcia</a>. Ambos son humoristas profesionales, no es dif&iacute;cil entender que lo que hacen son bromas. No obstante, la fiscal&iacute;a s&iacute; que podr&iacute;a dirigir un procedimiento contra ellos. Pero, para poder condenarlos &ndash;sin recurrir a la doctrina Strawberry&ndash; habr&iacute;a que argumentar que bajo sus chistes subyace una intencionalidad real de que retorne ETA o de que Korea del Norte bombardee Murcia. A menos que el juez opte por interpretar los mensajes de forma literal, no tienen nada de que temer.
    </p><p class="article-text">
        Pero, la cosa cambia cuando hablamos, por ejemplo, del grupo de rap &ldquo;La insurgencia&rdquo;. Dado que se trata de un colectivo dedicado a la m&uacute;sica, podr&iacute;a entenderse que sus versos quedan amparados por la libertad que otorga &ldquo;la creaci&oacute;n art&iacute;stica&rdquo;. Pero estos m&uacute;sicos no ocultan que son comunistas y cantan constantemente contra los abusos de nuestro sistema econ&oacute;mico y pol&iacute;tico. Son, por tanto, radicales, como recoge la sentencia en la se les condena: &ldquo; la ideolog&iacute;a de sus componentes es muy radicalizada, manteniendo una t&oacute;nica subversiva y antisistema&rdquo; (SAN 4390/2017). Dada su ideolog&iacute;a &ldquo;subversiva y antisistema&rdquo;, se estima que no pueden excusarse en que son m&uacute;sicos y en que simplemente est&aacute;n haciendo letras de rap.
    </p><p class="article-text">
        El caso de Valtonyc, cuya sentencia de prisi&oacute;n acaba de ser ratificada por el Tribunal Supremo, es muy similar, aunque se le ha aplicado una interpretaci&oacute;n de la ley cercana a la del caso Strawberry. Nos encontramos, de nuevo, con un rapero al que no se le permite ampararse en la libertad de expresi&oacute;n, ni en la libertad para la creaci&oacute;n art&iacute;stica. Seg&uacute;n la Audiencia Nacional las letras de Valtonyc &ldquo;tienen un car&aacute;cter laudatorio de las organizaciones terroristas ETA y GRAPO&rdquo;, y, como reza la sentencia, esta actitud: &ldquo;va m&aacute;s all&aacute; de la expresi&oacute;n de coincidencia con objetivos pol&iacute;ticos, solidaridad con los presos o camarader&iacute;a nacida de v&iacute;nculos ideol&oacute;gicos&rdquo; y &ldquo;comporta una alabanza, no ya de los objetivos pol&iacute;ticos sino de los medios violentos empleados por las citadas organizaciones&rdquo; (SAN 494/2017).
    </p><p class="article-text">
        Las m&uacute;ltiples letras de canciones que se citan en ambas sentencias no est&aacute;n ah&iacute; -o no solo- en calidad de mensajes que seg&uacute;n el tribunal ponen en riesgo nuestra seguridad porque aumentan el riesgo de atentados. Sino para probar que aquellos que los lanzan son &ldquo;radicales y subersivos&rdquo;. El elemento central no es tan solo &ldquo;aquello que se diga&rdquo;, sino qui&eacute;n lo diga. No solo se juzgan unos hechos, se juzga la ideolog&iacute;a del acusado. Es derecho de Penal de autor, por tanto, la respuesta a la pregunta con la que comenz&aacute;bamos el art&iacute;culo es que no importa tanto lo que digas, sino qui&eacute;n seas.
    </p><p class="article-text">
        Esto no es una particularidad de las sentencias citadas, es una l&iacute;nea muy com&uacute;n cuando se juzgan delitos de enaltecimiento del terrorismo. De hecho, ni siquiera es un particularismo de los delitos de enaltecimiento del terrorismo, el caso Altsasu responde a la misma din&aacute;mica penal. Pegarse en un bar con alguien &ndash;aunque sea guardia civil&ndash; es un delito, pegarse con alguien siendo de Altsasu, te convierte en un terrorista. Lo hemos visto tambi&eacute;n con los exconsellers: da igual lo que hayas hecho, da igual que los cargos que se dirigen contra ti no sean sostenibles, lo que importa es qui&eacute;n seas, cu&aacute;l sea tu ideolog&iacute;a; de ah&iacute; procede tu peligrosidad y debes abandonarla si no quieres acabar en prisi&oacute;n.
    </p><h3 class="article-text">Del terrorista al radical</h3><p class="article-text">
        Los cambios legislativos en materia de terrorismo de las &uacute;ltimas d&eacute;cadas han ido introduciendo el derecho Penal cada vez m&aacute;s atr&aacute;s en la cadena de causalidad que supuestamente lleva al acto terrorista. De condenar la comisi&oacute;n de un atentado o el hecho de estar plane&aacute;ndolo, como se recog&iacute;a en la redacci&oacute;n original del C&oacute;digo Penal de 1995, se ha ido retrocediendo hasta llegar a condenar a alguien por acceder a informaci&oacute;n que &ldquo;sea id&oacute;nea para integrarse&rdquo; en un grupo terrorista, como se recoge en el art&iacute;culo 575 de la ley actual. Esta din&aacute;mica preventivista ha hecho que &ldquo;la lucha contra los terroristas&rdquo; se ampl&iacute;e hasta &ldquo;la lucha contra los radicales&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        El <em>radical </em>es por tanto aquel que, seg&uacute;n el criterio del Estado, est&aacute; tocado por las ideas de los terroristas, comparte su subjetividad. En un momento de bajo impacto del terrorismo en nuestro pa&iacute;s, nuestro estado ha encontrado a su nuevo enemigo predilecto en el radical. Teniendo en cuenta que seg&uacute;n nuestro ordenamiento jur&iacute;dico terrorismo es &ldquo;subertir el orden constitucional o alterar la paz p&uacute;blica&rdquo;, la lista de posibles radicales es muy amplia, casi inagotable y esa es su principal virtud.
    </p><p class="article-text">
        El Derecho Penal ha dejado de limitarse al plano de las <em>acciones sobre el mundo</em> y se est&aacute; dotando de la capacidad para juzgar ideas e ideolog&iacute;as. Habr&aacute; quien alegue que solo se est&aacute; condenando a cierta gente que ha hecho &ldquo;comentarios desagradables&rdquo;. Habr&aacute; qui&eacute;n, incluso con una ideolog&iacute;a cercana las personas condenadas, crea que mientras no se toque &ldquo;lo del terrorismo&rdquo; no tiene porqu&eacute; pasarle nada. Son posturas muy leg&iacute;timas, pero, mientras, la Audiencia Nacional hace razonamientos como este en sus sentencias, aunque, de momento, solo cuando se juzga a &ldquo;yihadistas&rdquo;:
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;[&hellip;] de igual manera que se castiga la tenencia de armas sin licencia, &iquest;no es tambi&eacute;n un adelanto de la punici&oacute;n?; la tenencia de un arma sin la autorizaci&oacute;n administrativa del Estado se considera objetiva e intr&iacute;nsecamente peligrosa, y &iquest;por qu&eacute; no, el auto adoctrinamiento de una persona en una ideolog&iacute;a pat&oacute;gena que est&aacute; orientada a la aniquilaci&oacute;n del adversario?&rdquo; (SAN 269/2017).
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Jesús C. Aguerri]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/juicios-enaltecimiento-terrorismo-radicales_132_2778387.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 21 Feb 2018 20:01:11 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Los juicios por enaltecimiento del terrorismo como juicios contra "los radicales"]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Libertad de expresión]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Honorables ex-consellers, bienvenidos a la chusma]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/honorables-ex-consellers-bienvenidos-chusma_132_2795716.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/3969af9c-aa19-460d-9a1f-5bb28a46167a_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Honorables ex-consellers, bienvenidos a la chusma"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Siento tener que informarles de que ahora son ustedes sujetos torturables para deleite del público, carne que quemar para orgullo del gobierno y tranquilidad de los negocios.</p></div><p class="article-text">
        Nos llena de aflicci&oacute;n haber conocido la noticia de que el se&ntilde;or Oriol Junqueras <a href="http://www.eldiario.es/zonacritica/escandalo_6_735336488.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">ser&aacute; procesado por rebeli&oacute;n en primavera</a>. Entendemos que no sepan qu&eacute; clase de interpretaci&oacute;n est&aacute; haciendo la fiscal&iacute;a de la <a href="http://www.eldiario.es/politica/Fiscalia-Puigdemont-inmunidad-derivar-impunidad_0_731427059.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">inmunidad de los parlamentarios</a>. Es perfectamente comprensible que sigan indignados porque <a href="http://www.eldiario.es/contrapoder/Guia-entender-sucede-causa-rebelion_6_732886718.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">les imputen unos delitos sin que haya base alguna para ello</a>. Compartimos, por supuesto, su tristeza ante la permanencia en prisi&oacute;n provisional de Junqueras, Fon y los Jordis. Comprendemos su estupefacci&oacute;n al ver que el Estado de Derecho no se atiene al derecho. Siento dec&iacute;rselo: bienvenidos a la chusma.
    </p><p class="article-text">
        Ver&aacute;n, aqu&iacute; es donde est&aacute;n los <a href="http://www.eldiario.es/rastreador/Insurgencia-enaltecimiento-terrorismo-Voy-canciones_6_716438359.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">encarcelados por las letras de sus canciones</a>. Aqu&iacute; te llevan a juicio por <a href="http://www.eldiario.es/politica/Hasel-defiende-Juan-Carlos-legitima_0_604740029.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">denunciar al capitalismo o criticar las instituciones</a>. Aqu&iacute; est&aacute;n las personas castigadas por participar en manifestaciones. Aqu&iacute; est&aacute;n los atrapados entre leyes antiterroristas por pelearse en un bar o hacer unas pintadas. Aqu&iacute; est&aacute;n las v&iacute;ctimas de la represi&oacute;n pol&iacute;tica. Gente con propuestas, ideas o discursos que el Estado no puede tolerar.
    </p><p class="article-text">
        Pero aqu&iacute; hay mucha m&aacute;s gente, no todo son activistas. No son mayor&iacute;a, ni siquiera una minor&iacute;a num&eacute;ricamente relevante. Somos tantos que apenas podemos contarnos, tan diversos que no es posible definirnos sin invocar certeras pero pol&eacute;micas teor&iacute;as pol&iacute;ticas. Somos los que volvemos a casa tras 10 o 12 horas de jornada (8 en contrato) con quemaduras y cortes en los brazos. Son cosas del trabajo, no hay nadie a quien denunciar por lesiones. A veces, en esos mismos trabajos, morimos. Pero son accidentes, nunca homicidios imprudentes. Aqu&iacute; la empresa puede deberte varios meses de sueldo, pero sabes que si los exiges puedes acabar en la calle. Eso no es un delito, no es ninguna coacci&oacute;n, ning&uacute;n chantaje, sino el &ldquo;libre mercado, amigo&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Quiz&aacute;s les cueste un poco adaptarse, pero est&eacute;n tranquilos, la gente es muy amable en estos lares, aunque quiz&aacute; haya quien les mire con recelo porque incluso en esta tierra somos unos privilegiados. Aqu&iacute; tambi&eacute;n est&aacute;n aquellos humanos a quienes se encierra en CIES sin mediar juicio alguno. Aqu&iacute; tambi&eacute;n est&aacute;n los <a href="http://www.eldiario.es/aragon/mantero-Policia-mercancia-Solo-queremos_0_735976753.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">manteros golpeados y robados por la polic&iacute;a</a>, y los <a href="https://www.elespanol.com/espana/20180125/yassin-abdessadek-walid-carcel-terroristas-sin-serlo/279723003_0.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">musulmanes encarcelados &ldquo;por si acaso&rdquo;</a>.
    </p><p class="article-text">
        Los nacidos fuera de las fronteras de este reino y sus hijos son los grandes enemigos de nuestro Estado. Solo ellos tienen el dudoso privilegio de ser considerados por la Estrategia de Seguridad Nacional como una de las principales amenazas para Espa&ntilde;a. Nosotros somos enemigos circunstanciales. Si no nos movemos mucho y nos conducimos con docilidad, podemos esperar que nos exploten con cierta humanidad. Con todo, aun as&iacute;, todos somos chusma. Como explica <a href="http://www.ed-bellaterra.com/php/llibresInfo.php?idLlibre=1023" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">I. Mendiola</a>, somos sujetos torturables cuando dejamos de ser explotables, &ldquo;no-personas&rdquo; cuya imagen y existencia personifican una amenaza que justifica el gobierno a trav&eacute;s del miedo.
    </p><p class="article-text">
        Entiendo que a ustedes, hombres de despacho y formas institucionales, todo esto les resulte extra&ntilde;o y aterrador. Es muy posible que la situaci&oacute;n les huela a rancio fascismo, a la herencia de ciertos anacronismos, pero me temo que su situaci&oacute;n no es fruto &uacute;nico de los ecos franquistas.
    </p><p class="article-text">
        En los t&eacute;rminos utilizados por Santiago Lopez-Petit, est&aacute;n ustedes lidiando con el &ldquo;estado-guerra&rdquo;. Una enorme maquinaria dispuesta a combatir por todos los medios a quien no sea calificable como &ldquo;ciudadanos de bien&rdquo;, a todo aquel que quede &ldquo;fuera del sistema&rdquo; &ndash;sea por la fuerza o por &ldquo;voluntad pol&iacute;tica&rdquo;. Esta es la &ldquo;otra&rdquo; cara del laissez faire, el reverso del leviat&aacute;n neoliberal.
    </p><p class="article-text">
        El mercado contempor&aacute;neo necesita libertad de movimiento, sociedades &ldquo;abiertas y tolerantes&rdquo; a nuevos productos y formas de explotaci&oacute;n, pero tambi&eacute;n requiere seguridad. A diferencia de lo que se suele creer, el libre mercado necesita regulaciones que le den seguridad. Sin reglas fuertes que protejan al mercado y medios eficaces para su cumplimiento, cualquier hambriento podr&iacute;a entrar en un supermercado y llevarse la comida, cualquier pol&iacute;tico insensato podr&iacute;a deso&iacute;r a las empresas y preocuparse por las necesidades materiales de sus ciudadanos. Nuestros sistemas econ&oacute;micos, pol&iacute;tico y judicial responden al mismo esquema y a la misma estructura bic&eacute;fala del leviat&aacute;n neoliberal. Y no lo hacen por anacronismo sino porque no hay nada m&aacute;s moderno, civilizado, europeo y chic que un sistema liberal en la cima y punitivo en su base.
    </p><p class="article-text">
        Est&aacute;n ustedes frente a frente con la posmodernidad. Lo que tienen delante es un esquema de marketing puro y duro. Su sufrimiento es espect&aacute;culo, material de telediario, alegr&iacute;a para los que tienen su bandera rojigualda en el balc&oacute;n, tranquilidad para los responsables de que el dinero circule libre.
    </p><p class="article-text">
        Ya no se trata de hechos, ni del uso de la c&aacute;rcel para rehabilitar, ni de un derecho garantista llamado a defender la ley del m&aacute;s d&eacute;bil. El nuevo concepto central es el riesgo, la peligrosidad, la existencia de individuos se&ntilde;alados como amenaza constante. Dada su &ldquo;excepcional peligrosidad&rdquo;, el Estado los convierte en enemigos p&uacute;blicos y les declara la guerra. Da igual que sean yihadistas, secesionistas, extranjeros pobres, raperos rojos o criminales de cualquier otra cala&ntilde;a. No importa que la amenaza no sea real, solo que sea vendible.
    </p><p class="article-text">
        Somos chusma, mera carne susceptible de convertirse en combustible para la maquinaria neoliberal. Sujetos explotables, encarcelables sin juicio, encerrables de por vida. Vidas que se queman para que los ciudadanos de bien vivan calientes y tranquilos, seguros de que nada va a cambiar porque los malos est&aacute;n encerrados. Cuerpos que se doblan para que sobre ellos se alce un gobierno orgulloso a pesar de la corrupci&oacute;n y de la injusticia social.
    </p><p class="article-text">
        En clave jur&iacute;dica, lo que les est&aacute; pasando puede definirse como Derecho Penal del Enemigo, Derecho Penal de Autor, Derecho Penal Simb&oacute;lico o, simplemente, <a href="https://www.boe.es/publicaciones/anuarios_derecho/abrir_pdf.php?id=ANU-P-1992-10023500250_ANUARIO_DE_DERECHO_PENAL_Y_CIENCIAS_PENALES_Rasgos_y_crisis_del_Derecho_Penal_moderno" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Derecho Penal &ldquo;moderno&rdquo;</a>. En las &uacute;ltimas d&eacute;cadas hemos asistido a un uso pol&iacute;tico del Derecho Penal que iba acabando con las garant&iacute;as y principios que deb&iacute;an guiarlo y limitarlo. Quiz&aacute;s hace unos a&ntilde;os tuviera sentido discutir si el Derecho Penal estaba viciado de origen o estaba siendo malogrado por los vientos neoliberales. Hoy, el escenario es un derecho plagado de agujeros, migrantes encerrados, j&oacute;venes musulmanes detenidos, raperos sentados en el banquillo... y ex-consellers presos. Todas estas situaciones atentan contra los principios m&aacute;s b&aacute;sicos y cl&aacute;sicos del Derecho Penal, pero se dan al amparo de un presunto Estado de Derecho.
    </p><p class="article-text">
        Como dec&iacute;a al principio, entiendo su sorpresa ante esta situaci&oacute;n. Enfrentarse a la realidad siempre es duro, incluso cuando &eacute;sta es conocida de antemano. Tienen ustedes la teor&iacute;a de su parte. <a href="http://www.eldiario.es/contrapoder/Posverdad-judicial_6_736386366.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">T&eacute;cnicamente, la ley les ampara</a>, igual que a nosotros nos amparaba tantas veces&hellip; Nadie sabe qu&eacute; va a ser de ustedes. Quiz&aacute;s firmen la paz con el Estado, quiz&aacute;s vuelvan triunfantes a su tierra, quiz&aacute;s consigan algo de justicia. Pase lo que pase, intenten no olvidar que la chusma, explotada y torturada por el estado para justificar su gobierno del miedo, seguir&aacute; aqu&iacute;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Jesús C. Aguerri]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/honorables-ex-consellers-bienvenidos-chusma_132_2795716.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 12 Feb 2018 20:32:44 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Honorables ex-consellers, bienvenidos a la chusma]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Prisión]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[De terrorismo y toboganes de agua]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/terrorismo-toboganes-agua_132_2892530.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/67e547fa-20f6-41fc-82a5-4bb2394378cc_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="880" height="495" alt=""></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Si como advirtió en 2008 Martin Scheinin, Relator Especial de Naciones Unidas, ya entonces el concepto de terrorismo de la justicia española estaba en una pendiente resbaladiza, el caso de Altsasu evidencia que ahora se encuentra cayendo por un tobogán de agua. Y cae acompañado de todo el Estado de Derecho</p></div><p class="article-text">
        Los tres j&oacute;venes de Altsasu llevan m&aacute;s de un a&ntilde;o en la c&aacute;rcel.&nbsp; Seg&uacute;n la Audiencia Nacional por, presuntamente, haber &ldquo;hecho cosas de terroristas&rdquo;, ergo por ser terroristas. Es incre&iacute;ble la facilidad con la que la opini&oacute;n p&uacute;blica ha aceptado que la posibilidad de haber cometido un delito es motivo suficiente para estar en prisi&oacute;n. Tambi&eacute;n es sorprendente que, <a href="http://www.publico.es/sociedad/abogados-altsasu-denuncian-audiencia-nacional-dejado-acusados-mas-absoluta-indefension.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">como declara la defensa</a>, las garant&iacute;as procesales en Espa&ntilde;a brillen por su ausencia. Y, por supuesto, es sorprendente c&oacute;mo nuestra justicia asocia hacer algo que pudiera hacer un terrorista con ser un terrorista.
    </p><p class="article-text">
        Pero de estas cuestiones, que realmente no son tan sorprendentes sino m&aacute;s bien preocupantes, nos ocuparemos otro d&iacute;a -al que le apremie la curiosidad puede echar un ojo a los conceptos de Estado-guerra y fascismo posmoderno del profesor L&oacute;pez Petit.
    </p><p class="article-text">
        Hoy vamos a ocuparnos de otro hecho tambi&eacute;n sorpre... preocupante: &iquest;En qu&eacute; narices est&aacute; pensando la audiencia Nacional para imputar un delito de terrorismo por una pelea de bar? Tristemente la respuesta es: en hacer cumplir la ley. Supongo que para la gente de bien aqu&iacute; acaba el debate. &ldquo;La ley es la ley, y de ella emerge el bien y el mal, y Montesquieu ya tal &rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, si no compramos este hobbesianismo 21 century edition, emergen dos preguntas: &iquest;Qu&eacute; es la Audiencia Nacional y qu&eacute; clase de concepto de terrorismo tiene la ley espa&ntilde;ola? Pues resulta que ambas preguntas se las hizo durante su viaje a Espa&ntilde;a en 2007 Martin Scheinin, &ldquo;Relator Especial de Nacionales Unidas sobre la promoci&oacute;n y la protecci&oacute;n de los derechos humanos y las libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Lo primero que le llam&oacute; la atenci&oacute;n al se&ntilde;or Scheinin es que la Audiencia Nacional, un tribunal especializado en ciertos delitos, centralizado y creado por un Real Decreto Ley previo a las primeras elecciones democr&aacute;ticas, se encargara de juzgar los delitos de terrorismo.
    </p><p class="article-text">
        Los tribunales especiales, especializados en ciertos delitos, son una pr&aacute;ctica abandonada por los estados democr&aacute;ticos hace varias d&eacute;cadas por tender a erosionar los derechos humanos y a no respetar las garant&iacute;as procesales. El se&ntilde;or Scheinin era consciente de la existencia de una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en la que se reconoc&iacute;a a la Audiencia Nacional como un tribunal no especial, pero a pesar de esto, concluy&oacute; (simplificando mucho sus palabras): &ldquo;si esto no es un tribunal especial se le parece mucho, lo mismo deber&iacute;ais hac&eacute;roslo mirar, por lo de los derechos humanos y tal&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Por tanto, a la primera pregunta podemos contestar: la Audiencia Nacional son unos se&ntilde;ores de Madrid que, atendiendo al Derecho y a Naciones Unidos, lo mismo no son los mejores para juzgar una pelea de bar en un pueblo de Navarra. La referencia geogr&aacute;fica no es balad&iacute;, todo lo contrario. Una pelea de bar en cualquier otro territorio del espa&ntilde;ol no ser&iacute;a considerada un delito de terrorismo. Por tanto, las acusaciones de un delito de terrorismo se construyen, en buena parte, sobre la idiosincrasia particular de Altsasu. Una idiosincrasia que juzga un tribunal afincado en Madrid y especializado en construir causas de terrorismo.
    </p><p class="article-text">
        El concepto de terrorismo que ten&iacute;amos en Espa&ntilde;a fue otra de las cuestiones que le llamaron la atenci&oacute;n al se&ntilde;or Scheinin. De hecho, Scheinin le advirti&oacute; al estado espa&ntilde;ol sobre el riesgo de adentrarse en una &ldquo;pendiente resbaladiza&rdquo; consistente en &ldquo;la ampliaci&oacute;n gradual del concepto de terrorismo a conductas que no suponen ni tienen suficiente relaci&oacute;n con la comisi&oacute;n de actos de violencia graves contra los ciudadanos&rdquo; &nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Y es que, seg&uacute;n el Derecho, en nuestro pa&iacute;s el terrorismo se define por buscar &ldquo;subvertir el orden constitucional o alterar la paz p&uacute;blica&rdquo; (Sentencia del Tribunal Supremo 2/1997, de 29 de noviembre). Adem&aacute;s, un terrorista puede ser todo aquel que comparta los fines de los terroristas o de alguna forma colabore con ellos. Estos fines pueden ser, por ejemplo, un proceso de paz (STS 2/1997, de 29 de noviembre).&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Encaja aqu&iacute; una pelea de bar... pues... como se&ntilde;alaba Mr. Scheinin, nuestro concepto de terrorismo, ya en 2008, se caracterizaba por andar rodando por una pendiente resbaladiza. &nbsp;En 2017, sentencia a sentencia y dos reformas del C&oacute;digo Penal (en materia de terrorismo) mediante, nuestra idea de terrorismo <a href="http://ctxt.es/es/20170705/Firmas/13745/ctxt-editorial-terrorismo-alsasua-Audiencia-nacional.htm" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">es un aut&eacute;ntico chicle</a>. Nuestro concepto de terrorismo ya no est&aacute; en una pendiente resbaladiza, sino que se desliza por un enorme tobog&aacute;n de agua.
    </p><p class="article-text">
        Hacer chistes de Carrero blanco es enaltecer el terrorismo, acceder a p&aacute;ginas web es autoadoctrinamiento terrorista (art. 575.2 del C&oacute;digo Penal) y administrar un grupo de Facebook es ser el l&iacute;der de una c&eacute;lula terrorista (SAN 4551/2016).
    </p><p class="article-text">
        Lo dicho, deslizando por un empinado y h&uacute;medo tobog&aacute;n. Sin frenos y a lo loco. &iquest;En qu&eacute; est&aacute; pensando la Audiencia Nacional? En hacer su trabajo: hacer cumplir la ley. Bueno y que en el tobog&aacute;n se est&aacute; fresquito y se lo pasa uno muy bien.
    </p><p class="article-text">
        <strong>&iquest;Y c&oacute;mo es esto posible?: El Estado de Derecho entero est&aacute; en el tobog&aacute;n. </strong>
    </p><p class="article-text">
        Aunque ya hemos contestado a las preguntas de las que part&iacute;amos, es inevitable que emerja una nueva: &iquest;Pero, por qu&eacute; tenemos leyes que dan lugar a considerar terrorismo una pelea de bar?, &iquest;c&oacute;mo es esto posible?
    </p><p class="article-text">
        La respuesta es que un Estado, especialmente uno al que no le importa que su poblaci&oacute;n pase fr&iacute;o o hambre, que no tenga trabajo o trabaje 10 horas por una miseria, necesita enemigos. Necesita a alguien que amenace con subvertir el orden y con alterar la paz, una amenaza constante, antagonistas contra los que batallar, algo que le permita mirar a su poblaci&oacute;n y decir: veis, sirvo para algo. &nbsp;Y si nos los encuentra, pues tiene que inventarlo.
    </p><p class="article-text">
        De entre todos los enemigos que el estado puede fabricarse, el terrorista es la gran estrella. Es un monstruo que amenaza constantemente. Es la excepcionalidad que se requiere para devaluar el estatus jur&iacute;dico de los ciudadanos y penalizar nuevas conductas. Como document&oacute; Rodr&iacute;guez Yag&uuml;e, el terrorismo ha sido usado por el estado espa&ntilde;ol como el &ldquo;motor de un cambio jurisprudencial&rdquo;. Argumentando la necesidad de luchar contra la amenaza terrorista, se justifica que la prisi&oacute;n preventiva sea un recurso com&uacute;n, que se pueda detener a alguien en r&eacute;gimen de incomunicaci&oacute;n, que el sistema penal sea un arma contra adversarios pol&iacute;ticos y que la Estrategia de Seguridad Nacional incluya a la inmigraci&oacute;n como uno de los riesgos para la seguridad del estado y de su poblaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Para el estado neoliberal es vital el recurso al riesgo y a la excepcionalidad como ariete contra las garant&iacute;as jur&iacute;dicas y contra los Derechos Humanos. Esta ofensiva tiene dos funciones principales. Por una parte, le deja claro a todo aquel que se emocione con eso de &ldquo;cambiar cosas&rdquo; que con un chasquido de dedos y un par de hostias lo encerraran una buena temporada.
    </p><p class="article-text">
        Y, por otra parte, consigues que la poblaci&oacute;n apoye la creaci&oacute;n de una serie de herramientas que luego se utilizaran para &ldquo;gestionar&rdquo; el excedente humano que las pol&iacute;ticas econ&oacute;micas han creado. Enti&eacute;ndase por &ldquo;gestionar&rdquo;, vigilar y encarcelar; y por &ldquo;excedente humano&rdquo;, a todos aquellos que no comulgan con la cultura dominante o que no son &uacute;tiles para el mercado.
    </p><p class="article-text">
        No es que nuestra legislaci&oacute;n antiterrorista est&eacute; desliz&aacute;ndose por el tobog&aacute;n, es que el Estado de Derecho entero est&aacute; cayendo por &eacute;l. Mientras, &ldquo;el legislador&rdquo; les pide que sonr&iacute;an para las fotos que ma&ntilde;ana, para regocijo de todos, los medios pondr&aacute;n en portada.
    </p><p class="article-text">
        Casos como el de Altsasu no son una excentricidad de la Audicencia Nacional, no son el resultado del exceso de celo de nuestro sistema de justicia, no son un curioso accidente derivado de un ordenamiento jur&iacute;dico creado para protegernos. Casos como el de Altsasu son parte de una estrategia pol&iacute;tica, de una ofensiva contra las garant&iacute;as jur&iacute;dicas que t&eacute;cnicamente ofrece un Estado Social de Derecho, del despliegue del leviat&aacute;n neoliberal
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Jesús C. Aguerri]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contrapoder/terrorismo-toboganes-agua_132_2892530.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 19 Jan 2018 19:43:21 +0000]]></pubDate>
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