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    <title><![CDATA[elDiario.es - Tribunales]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - Tribunales]]></description>
    <language><![CDATA[es]]></language>
    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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      <title><![CDATA[La Justicia vuelve a avalar la autorización para construir la central del Salto de Chira en Gran Canaria]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/justicia-avalar-autorizacion-central-chira-soria-gran-canaria_1_13507682.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/4061c853-aae3-4d09-8fdf-f6c2c384a7f1_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Justicia vuelve a avalar la autorización para construir la central del Salto de Chira en Gran Canaria"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El Tribunal Superior de Justicia de Canarias, de nuevo, desestima un recurso presentado por Turcón-Ecologistas en Acción contra la autorización administrativa y la declaración de utilidad pública de la central hidroeléctrica</p></div><p class="article-text">
        El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha avalado la autorizaci&oacute;n de la central el&eacute;ctrica hidroel&eacute;ctrica de Chira-Soria, promovida por Red El&eacute;ctrica en Gran Canaria, desestimando un recurso de Turc&oacute;n- Ecologistas en Acci&oacute;n contra la autorizaci&oacute;n administrativa y la declaraci&oacute;n de utilidad p&uacute;blica de dicha central. 
    </p><p class="article-text">
        La Sala recuerda que el n&uacute;cleo de la controversia planteada por Turc&oacute;n era de car&aacute;cter ambiental y se dirig&iacute;a, esencialmente, contra la Declaraci&oacute;n de Impacto Ambiental (DIA) favorable y condicionada emitida el 30 de julio de 2021. El tribunal precisa que la DIA no puede recurrirse aut&oacute;nomamente, pues se trata de &ldquo;un acto esencial, pero de tr&aacute;mite&rdquo;, que &ldquo;no es susceptible de recurso aut&oacute;nomo&rdquo;, de modo que debe cuestionarse junto con la autorizaci&oacute;n administrativa que incorpora sus determinaciones.
    </p><p class="article-text">
        El elemento decisivo para la desestimaci&oacute;n del recurso es, seg&uacute;n la sentencia, la falta de una prueba t&eacute;cnica suficiente que permitiera desacreditar las conclusiones de la Declaraci&oacute;n de Impacto Ambiental. La Sala destaca que la demanda estaba acompa&ntilde;ada de 51 documentos, entre escritos, mapas, fichas, informes, actas, estad&iacute;sticas y noticias, pero considera que faltaba un informe pericial t&eacute;cnico que contradijera con precisi&oacute;n el contenido de la DIA.
    </p><p class="article-text">
        El TSJC resalta que buena parte de las alegaciones de Turc&oacute;n no denunciaban una ausencia completa de evaluaci&oacute;n ambiental, sino una insuficiente valoraci&oacute;n de los impactos. La sentencia diferencia ambas situaciones y concluye que cuestionar la intensidad o suficiencia de una evaluaci&oacute;n ya realizada exige una prueba t&eacute;cnica particularmente s&oacute;lida. 
    </p><p class="article-text">
        La Sala destaca que la DIA fue adoptada tras una tramitaci&oacute;n ambiental extensa y que examin&oacute; las afecciones sobre el medio marino, la atm&oacute;sfera, el suelo, el subsuelo, la geodiversidad, el agua, la vegetaci&oacute;n, la fauna, los h&aacute;bitats, la Red Natura 2000, el paisaje, los efectos socioecon&oacute;micos, el patrimonio cultural, la vulnerabilidad del proyecto y los efectos acumulativos y sin&eacute;rgicos. 
    </p><p class="article-text">
        La resoluci&oacute;n incide en que la declaraci&oacute;n ambiental fue favorable, pero condicionada. Seg&uacute;n el tribunal, se trata de un documento &ldquo;de car&aacute;cter din&aacute;mico&rdquo;, que puede incorporar nuevos condicionantes a la vista de los resultados del programa de vigilancia ambiental. La DIA estableci&oacute; catorce condicionantes y orden&oacute; la creaci&oacute;n de una comisi&oacute;n t&eacute;cnica de seguimiento, con representaci&oacute;n de la Comunidad Aut&oacute;noma, el Cabildo de Gran Canaria y Red El&eacute;ctrica de Espa&ntilde;a.
    </p><p class="article-text">
        Se trata de un nuevo varapalo judicial para el colectivo ecologista contrario a la construcci&oacute;n de la central, despu&eacute;s de que en 2022 la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) <a href="https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/tribunal-superior-justicia-canarias-niega-recurso-presentado-ejecucion-central-chira-soria_1_8907559.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">denegase otro recurso</a> presentado por este colectivo en el que ped&iacute;a tomar medidas cautelares contra la ejecuci&oacute;n del proyecto de la central.
    </p><p class="article-text">
        Mientras, prosigue la tramitaci&oacute;n de otro recurso presentado por Turc&oacute;n ante el Tribunal Supremo contra el Decreto del Gobierno de Canarias que autoriz&oacute; el proyecto de Bombeo Reversible Soria - Chira, La organizaci&oacute;n acudi&oacute; al Alto Tribunal despu&eacute;s de otra sentencia desestimatoria del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) del pasado mes de abril.
    </p><p class="article-text">
        Turc&oacute;n record&oacute; entonces que el Decreto (noviembre de 2025) del Gobierno canario acord&oacute; la ejecuci&oacute;n del proyecto denominado <em>Central hidroel&eacute;ctrica de bombeo Chira- Soria; reformado del proyecto de construcci&oacute;n. Modificado II</em>, promovido por Red El&eacute;ctrica de Espa&ntilde;a, SAU y que suspend&iacute;a el planeamiento urban&iacute;stico y territorial vigente para dar encaje al proyecto citado. Un procedimiento, remarca Turc&oacute;n, &ldquo;totalmente in&eacute;dito, sin precedentes, utilizando art&iacute;culos excepcionales, desprotegiendo varios espacios naturales para legitimar la construcci&oacute;n de la obra en beneficio de Red El&eacute;ctrica&rdquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Canarias Ahora]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/justicia-avalar-autorizacion-central-chira-soria-gran-canaria_1_13507682.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 14 Sep 2026 10:06:03 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La Justicia vuelve a avalar la autorización para construir la central del Salto de Chira en Gran Canaria]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Energía,Gran Canaria,Ecologistas en Acción,Canarias,Tribunales]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El senador de El Hierro endosa al Cabildo una factura de 48.400 euros del abogado 'estrella' que lo defendió en el Supremo]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/senador-hierro-endosa-cabildo-factura-48-400-euros-abogado-estrella-defendio-supremo_1_13504965.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/ada47809-1741-405b-9549-d327a8f3283d_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x421y198.jpg" width="1200" height="675" alt="El senador de El Hierro endosa al Cabildo una factura de 48.400 euros del abogado &#039;estrella&#039; que lo defendió en el Supremo"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Javier Armas (Agrupación Herreña Independiente) contrató al reconocido penalista José Antonio Choclán tras aforarse. Su caso recuerda al de Fernando Clavijo, que cargó al Ayuntamiento de La Laguna los honorarios del mismo letrado tras el archivo del caso Grúas</p><p class="subtitle">Caso Vertederos: los papeles que el Supremo no contempló al archivar la causa contra el senador de El Hierro</p></div><p class="article-text">
        El senador <strong>Javier Armas</strong> (<strong>Agrupaci&oacute;n Herre&ntilde;a Independiente -AHI-</strong>) ha endosado al <strong>Cabildo de El Hierro</strong> facturas por un importe total de 70.474,5 euros para pagar los honorarios de los dos despachos de abogados (y procuradores) contratados para su defensa en el denominado <strong>caso Vertederos</strong>, que investig&oacute; durante cerca de dos d&eacute;cadas el descontrol en la gesti&oacute;n de tres puntos de vertidos de una isla declarada <strong>Reserva de la Biosfera</strong> en 2000.
    </p><p class="article-text">
        El aforamiento de Armas ante el <strong>Tribunal Supremo</strong> en 2023 dispar&oacute; el coste de esa factura. Antes de su designaci&oacute;n como senador por El Hierro, el dirigente de AHI (aliado de Coalici&oacute;n Canaria) estuvo representado en los juzgados de las islas por un bufete de Tenerife, <strong>Mesa Abogados</strong>. Las minutas de este despacho ascendieron a 21.400 euros.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, tras la elevaci&oacute;n del caso al Supremo, Armas contrat&oacute; al penalista<strong> Jos&eacute; Antonio Chocl&aacute;n</strong>, conocido como el <em>abogado de las estrellas</em>. Magistrado en excedencia de la <strong>Audiencia Nacional</strong>, este letrado ha defendido, entre otros, a <strong>Cristiano Ronaldo</strong>, <strong>Jos&eacute; Mourinho</strong>, <strong>Francisco Correa</strong>, <strong>Cristina Cifuentes</strong>, <strong>Rita Barber&aacute;</strong> o, m&aacute;s recientemente, al empresario <strong>V&iacute;ctor de Aldama</strong> o al cantante <strong>Julio Iglesias</strong>.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Chocl&aacute;n asumi&oacute; la defensa de Javier Armas en octubre de 2023. Catorce meses despu&eacute;s, en diciembre de 2024, el Supremo archiv&oacute; la causa al no apreciar delito en su actuaci&oacute;n. Entre medias, el despacho del reconocido penalista asisti&oacute; al senador en su declaraci&oacute;n en el alto tribunal en marzo de 2024 y nueve meses despu&eacute;s, en diciembre, present&oacute; un escrito en el que expresaba su oposici&oacute;n a la petici&oacute;n de la Fiscal&iacute;a para declarar compleja y prorrogar la causa y en el que, adem&aacute;s, solicitaba el sobreseimiento del caso Vertederos.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Por esas diligencias, el bufete de Chocl&aacute;n gir&oacute; una factura de 48.400 euros (40.000 euros m&aacute;s IVA), m&aacute;s del doble de lo que hab&iacute;a costado la defensa de Armas desde la incoaci&oacute;n de las diligencias en un juzgado de Valverde hace ya veinte a&ntilde;os.&nbsp;
    </p><h2 class="article-text"><strong>M&aacute;s de 100.000 euros: el impacto global para el Cabildo</strong></h2><p class="article-text">
        El aforamiento de Armas en el Supremo no s&oacute;lo encareci&oacute; la factura p&uacute;blica del caso Vertederos, sino que tambi&eacute;n alter&oacute; el destino del procedimiento. Antes de que el dirigente de AHI se convirtiera en senador, la <strong>Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife</strong> ya hab&iacute;a fijado fechas para el juicio oral contra Armas y las otras dos procesadas, la exconsejera <strong>Claribel Gonz&aacute;lez</strong> y la funcionaria <strong>Fabiola &Aacute;vila</strong>. La <strong>Fiscal&iacute;a</strong> ped&iacute;a once a&ntilde;os de c&aacute;rcel, cuatro de inhabilitaci&oacute;n y una multa de 19.800 euros para cada uno de ellos por un delito continuado con los recursos naturales, otro de prevaricaci&oacute;n medioambiental y un tercero sobre la ordenaci&oacute;n del territorio. El escrito de acusaci&oacute;n del Ministerio P&uacute;blico, que hab&iacute;a sido formulado en octubre de 2018, les acusaba de consentir tres vertederos ilegales.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Todo cambi&oacute; cuando el Supremo, con el magistrado <strong>Pablo Llarena</strong> como ponente, decidi&oacute; archivar la causa especial abierta contra Armas. En abril de este a&ntilde;o, la Audiencia Provincial sigui&oacute; los pasos del alto tribunal y decret&oacute; el sobreseimiento libre (definitivo) del procedimiento contra las otras dos procesadas. Lo hizo despu&eacute;s de que la Fiscal&iacute;a cambiara de criterio y pasara de acusar a alinearse con los postulados de la defensa.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Tras este archivo, las otras dos procesadas tambi&eacute;n han cargado a las arcas p&uacute;blicas los gastos de defensa. En el caso de la funcionaria Fabiola &Aacute;vila, 26.402,37 euros aprobados en un Consejo de Gobierno de junio. En el de la exconsejera Claribel Gonz&aacute;lez, 21.746,12 euros aprobados en el pleno que la corporaci&oacute;n insular celebr&oacute; en julio. En total, por lo tanto, el caso Vertederos ha costado en gastos de abogados m&aacute;s de 100.000 euros (en concreto, 118.623,07 euros) a las arcas del Cabildo de El Hierro. De esa cantidad, m&aacute;s del 40% se lo ha llevado el bufete de Chocl&aacute;n que Armas contrat&oacute; para el Supremo.&nbsp;&nbsp;
    </p><h2 class="article-text"><strong>Las razones para indemnizar&nbsp;</strong></h2><p class="article-text">
        Para que una administraci&oacute;n asuma los honorarios de la defensa penal de sus cargos electos o funcionarios deben cumplirse tres requisitos. El primero es que la imputaci&oacute;n tenga su origen en actuaciones realizadas en el ejercicio de funciones institucionales, no en su esfera personal. El segundo es que no se aprecie en la conducta del investigado &ldquo;abuso, exceso, desviaci&oacute;n de poder o prosecuci&oacute;n de intereses ajenos&rdquo;. Y el tercero es que el procedimiento termine sin responsabilidad penal, ya sea por absoluci&oacute;n tras la celebraci&oacute;n del juicio o por archivo o sobreseimiento de la causa antes de esa fase procesal.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        La jurisprudencia del Supremo ha reconocido en distintos pronunciamientos el derecho de un cargo o trabajador p&uacute;blico a ser resarcido de los gastos de su defensa en esos casos. Sin embargo, esa doctrina no despeja todas las dudas. En procedimientos similares en otras instituciones canarias, los servicios jur&iacute;dicos han planteado cuestiones adicionales antes de aprobar el pago: si exist&iacute;a autorizaci&oacute;n previa para contratar a un letrado externo en lugar de recurrir a los servicios jur&iacute;dicos de la propia administraci&oacute;n o si el importe reclamado se ajusta a los criterios orientadores de honorarios de los colegios de abogados.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        La abultada factura del despacho de Chocl&aacute;n fue objeto de debate en el pleno del Cabildo en el que se aprob&oacute; su pago. El acuerdo fue adoptado por unanimidad en octubre del a&ntilde;o pasado. Tanto los grupos de gobierno (<strong>PSOE, Asamblea Herre&ntilde;a </strong>e<strong> IUC-Reunir</strong>) como los de la oposici&oacute;n (<strong>AHI</strong> y <strong>PP</strong>) votaron a favor y Armas, que tambi&eacute;n es consejero y que lleg&oacute; a ser de manera ef&iacute;mera presidente de la corporaci&oacute;n (antes de una moci&oacute;n de censura liderada por su hermano, el socialista <strong>Alpidio Armas</strong>) se ausent&oacute; cuando se trat&oacute; este punto.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Durante ese pleno, y a pesar de respaldar con su voto el pago de esas facturas para resarcir al senador, el &uacute;nico consejero de IUC-Reunir, <strong>Amado Carballo</strong>, expres&oacute; cierta reticencia. &ldquo;No me hace ninguna gracia votar a favor de la totalidad de los honorarios plasmados. Por ejemplo, una minuta de 40.000 euros (sin IVA) por el tr&aacute;mite ante el Supremo&rdquo;, dijo este representante en relaci&oacute;n con los honorarios del despacho de Chocl&aacute;n.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Hab&iacute;a que haber analizado cantidades o haber esperado la respuesta de los colegios profesionales respecto a los criterios orientadores en cuanto a costas&rdquo;, se&ntilde;al&oacute; Carballo. El consejero advirti&oacute; de que este caso da &ldquo;v&iacute;a libre&rdquo; a la contrataci&oacute;n de despachos de reconocido prestigio &ldquo;a cualquier coste&rdquo; para que lo pague la administraci&oacute;n.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Por su parte, la consejera <strong>Mar&iacute;a Asunci&oacute;n Amaro</strong>, compa&ntilde;era de partido de Armas, defendi&oacute; el derecho del senador a elegir &ldquo;la mejor defensa&rdquo; y se&ntilde;al&oacute; que &ldquo;hay despachos m&aacute;s especializados&rdquo; en altas instancias judiciales. En una l&iacute;nea similar, el presidente del Cabildo de El Hierro, Alpidio Armas (PSOE), celebr&oacute; el archivo de la causa contra su hermano despu&eacute;s de casi dos d&eacute;cadas &ldquo;en vilo&rdquo;. &ldquo;Eso no se paga con dinero&rdquo;, apunt&oacute; el dirigente socialista, que compar&oacute; los honorarios de los abogados con el cach&eacute; de los cantantes. &ldquo;Hoy cobra 100.000 euros y de repente saca un disco que lo peta y te cobra 500.000 euros. Esto es as&iacute;. Es el camino correcto tener la mejor defensa para la gente que nos estamos dejando aqu&iacute; las pesta&ntilde;as&rdquo;, remat&oacute; el presidente insular.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Los acuerdos para el pago de los gastos de defensa de los tres procesados en el caso Vertederos inciden en que no hay ninguna disposici&oacute;n normativa que determine la cuant&iacute;a de esas indemnizaciones. Sin embargo, aceptan el montante total reclamado por los altos cargos y la funcionaria en todos los casos teniendo en cuenta que el proceso judicial &ldquo;ha durado m&aacute;s de quince a&ntilde;os&rdquo; y &ldquo;ha sido elevado a &oacute;rganos superiores y al Supremo&rdquo;.&nbsp;
    </p><h2 class="article-text"><strong>El precedente de Fernando Clavijo&nbsp;</strong></h2><p class="article-text">
        El caso de Javier Armas no es el primero en Canarias en el que un cargo p&uacute;blico aforado recurre a Chocl&aacute;n y termina trasladando la factura a una instituci&oacute;n p&uacute;blica. Su caso recuerda <a href="#" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link" target="_blank">al de </a><a href="#" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link" target="_blank"><strong>Fernando Clavijo</strong></a> (Coalici&oacute;n Canaria).&nbsp;El actual presidente del Gobierno de Canarias tambi&eacute;n endos&oacute; al Ayuntamiento de La Laguna los honorarios del reputado letrado (55.600 euros) por su defensa en el denominado caso Gr&uacute;as.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        El paralelismo entre Clavijo y Armas no es s&oacute;lo de abogado, sino tambi&eacute;n de mecanismo procesal. Un juzgado de La Laguna investigaba a Clavijo por prevaricaci&oacute;n, malversaci&oacute;n y tr&aacute;fico de influencias hasta que en julio de 2019 CC decidi&oacute; convertir a Clavijo en senador, lo que activ&oacute; su aforamiento y traslad&oacute; la causa a la Sala Segunda del Supremo, que entonces presid&iacute;a el canario <strong>Manuel Marchena</strong>. Apenas unos meses despu&eacute;s, el alto tribunal archiv&oacute; el procedimiento al no apreciar reproche penal en la actuaci&oacute;n de Clavijo como concejal y despu&eacute;s alcalde de ese municipio.&nbsp;&nbsp;&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Aquel expediente no estuvo exento de controversia interna. La Asesor&iacute;a Jur&iacute;dica municipal se mostr&oacute; contraria al pago, al considerar que Clavijo debi&oacute; recurrir a los abogados del propio Ayuntamiento salvo que hubiese mediado una autorizaci&oacute;n previa y motivada para contratar a un letrado externo. El informe tambi&eacute;n cuestionaba el importe de las minutas, que superaba ampliamente los criterios orientadores del <strong>Colegio de Abogados</strong>. Sin embargo, el actual presidente del Gobierno canario present&oacute; alegaciones y un segundo informe, en esta ocasi&oacute;n del &aacute;rea de <strong>Presidencia y Planificaci&oacute;n</strong>, termin&oacute; avalando el pago en parte por silencio administrativo, ya que el Ayuntamiento no hab&iacute;a respondido en plazo.&nbsp;
    </p><h2 class="article-text"><strong>Dos d&eacute;cadas de gesti&oacute;n incontrolada de vertidos</strong></h2><p class="article-text">
        El caso Vertederos se abri&oacute; en 2006 para investigar la gesti&oacute;n incontrolada de residuos en El Hierro. La causa se centr&oacute; en tres puntos de vertidos ilegales: el desguace contaminante de veh&iacute;culos de <strong>El Majano</strong>; el vertedero de<strong> La Dehesa</strong>, dentro del espacio natural protegido del <strong>Parque Rural de Frontera</strong>, y el ubicado en la monta&ntilde;a de <strong>La Cumbrecita</strong>.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        El <strong>Seprona</strong> (Servicio de Protecci&oacute;n de la Naturaleza de la Guardia Civil) ya hab&iacute;a denunciado en 2004 y 2005 infracciones como la apertura de zanjas de residuos que se quemaban y enterraban sin control. La <strong>Agencia de Protecci&oacute;n del Medio Urbano y Natural (APMUN)</strong> del <strong>Gobierno de Canarias</strong> tambi&eacute;n hab&iacute;a constatado incumplimientos no subsanados por el Cabildo de El Hierro, responsable de esas instalaciones.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Tras doce a&ntilde;os de instrucci&oacute;n, la <strong>Fiscal&iacute;a</strong> solicit&oacute; en octubre de 2018 la apertura de juicio oral contra los tres investigados, para los que pidi&oacute; <a href="https://www.eldiario.es/canariasahora/elhierroahora/isla/fiscalia-prision-acusados-caso-vertederos-el-hierro_1_1896217.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">once a&ntilde;os de c&aacute;rcel</a>. El juicio qued&oacute; se&ntilde;alado <a href="https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/nuevo-fugaz-presidente-cabildo-hierro-ira-juicio-octubre-consentir-vertidos-incontrolados_1_10335116.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">para octubre de 2023</a>, pero no lleg&oacute; a celebrarse porque tres meses antes uno de los procesados, Javier Armas, hab&iacute;a sido elegido senador y, por tanto, su causa se hab&iacute;a elevado al Supremo. La asociaci&oacute;n ecologista <strong>Ossinisa</strong>, denunciante original del caso en 2006, ejerci&oacute; la acusaci&oacute;n popular hasta que se vio obligada a retirarse por la duraci&oacute;n de la causa (17 a&ntilde;os por aquel entonces) y el coste econ&oacute;mico que supon&iacute;a para sus miembros.&nbsp;
    </p><h2 class="article-text"><strong>Los papeles que el Supremo no contempl&oacute;&nbsp;</strong></h2><p class="article-text">
        <a href="https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/caso-vertederos-papeles-supremo-no-contemplo-archivar-causa-senador-hierro_1_11931151.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">El Supremo archiv&oacute; la causa</a> especial contra Armas en un auto dictado el 12 de diciembre de 2024 por el magistrado Pablo Llarena. Seg&uacute;n esta resoluci&oacute;n, el actual senador y consejero del Cabildo de El Hierro no ostentaba en aquel mandato (2003-2007) las competencias delegadas en materia de Medio Ambiente, puesto que no era consejero sino director de &aacute;rea. El auto remarca que no constaban denuncias ni inspecciones sobre los vertederos de El Majano y La Dehesa anteriores a 2008.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Tras ese archivo, <strong>Ossinisa</strong> remiti&oacute; un escrito a la <strong>Fiscal&iacute;a General del Estado</strong> (FGE) para intentar reabrir el caso, al entender que en el sumario existen <a href="https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/caso-vertederos-papeles-supremo-no-contemplo-archivar-causa-senador-hierro_1_11931151.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">documentos que contradicen</a> los argumentos esgrimidos por el Supremo. Entre ellos, citaba un informe de la APMUN de 2007 que recoge denuncias del Seprona sobre ambos vertederos en 2004 y 2005 o un escrito firmado por el entonces presidente del Cabildo, <strong>Tom&aacute;s Padr&oacute;n</strong>, en el que identificaba a Armas como una de las personas con competencias medioambientales en la isla. Tambi&eacute;n le hizo llegar varios documentos firmados por Armas entre 2004 y 2007 relativos a la gesti&oacute;n de ambas instalaciones. Sin embargo, las gestiones ante la FGE fueron infructuosas.&nbsp;
    </p><h2 class="article-text"><strong>M&aacute;s de un mill&oacute;n de euros en restauraci&oacute;n&nbsp;</strong></h2><p class="article-text">
        En marzo de 2017, el <strong>Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n Europea</strong> conden&oacute; a<strong> Espa&ntilde;a </strong>por decenas de vertederos ilegales e incontrolados en Canarias, que operaban sin sistemas de sellado, control de lixiviados ni tratamiento previo. Entre ellos se encontraba el de La Dehesa (tambi&eacute;n llamado <strong>Faro de Orchilla</strong>). Esa sentencia oblig&oacute; a ejecutar de urgencia el sellado y restauraci&oacute;n del vertedero. El Gobierno de Canarias encomend&oacute; esta tarea a la empresa p&uacute;blica <strong>Gesplan</strong> por un importe de 496.103,73 euros. Esta actuaci&oacute;n fue cofinanciada al 85% con <strong>fondos Feder</strong> (Programa Operativo Canarias 2014-2020).&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        A ello hay que sumar la inversi&oacute;n de 561.252,54 euros sufragada de forma &iacute;ntegra a trav&eacute;s del <strong>Fondo de Cohesi&oacute;n de la Uni&oacute;n Europea</strong> para completar la planta de tratamiento de El Majano y para evitar el enterramiento incontrolado de basuras en vertederos. En total, por lo tanto, el coste de restauraci&oacute;n ha superado el mill&oacute;n de euros.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Iván Suárez]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/senador-hierro-endosa-cabildo-factura-48-400-euros-abogado-estrella-defendio-supremo_1_13504965.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sun, 13 Sep 2026 04:00:40 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/ada47809-1741-405b-9549-d327a8f3283d_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x421y198.jpg" length="71741" type="image/jpeg"/>
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      <media:title><![CDATA[El senador de El Hierro endosa al Cabildo una factura de 48.400 euros del abogado 'estrella' que lo defendió en el Supremo]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/ada47809-1741-405b-9549-d327a8f3283d_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x421y198.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Tribunal Supremo,El Hierro,Senadores,Abogados,vertidos]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Por qué el director general de Costas del Gobierno de Canarias declara este lunes como investigado por Cuna del Alma]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/director-general-costas-gobierno-canarias-declara-lunes-investigado-cuna-alma_1_13505161.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/e89a50ca-3bc3-46f9-9fa4-88c4e379e460_16-9-discover-aspect-ratio_default_1151055.jpg" width="3852" height="2167" alt="Por qué el director general de Costas del Gobierno de Canarias declara este lunes como investigado por Cuna del Alma"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Antonio Acosta autorizó las obras de la promotora en la zona de protección de la costa tras un primer informe interno que las rechazó. Se trata de una piscina descubierta, un restaurante y aparcamiento para buggies que forman parte de la urbanización de 420 villas de lujo proyectada en el Puertito de Adeje</p><p class="subtitle">La jueza cita como investigado al director general de Costas del Gobierno de Canarias por las obras de Cuna del Alma
</p></div><p class="article-text">
        La instrucci&oacute;n judicial que investiga presuntas irregularidades en la promoci&oacute;n del pol&eacute;mico <strong>proyecto tur&iacute;stico Cuna del Alma</strong>, en el<strong> Puertito de Adeje</strong> (sur de Tenerife), cobra este lunes una nueva dimensi&oacute;n con la declaraci&oacute;n como investigado del <strong>director general de Costas del Gobierno de Canarias, Antonio Acosta.</strong> El alto cargo, nombrado por Coalici&oacute;n Canaria, autoriz&oacute; las obras pese a que un primer informe interno las rechaz&oacute; y apel&oacute; a<a href="https://www.eldiario.es/canariasahora/ciencia_y_medio_ambiente/gobierno-canarias-permite-cuna-alma-ocupar-franja-proteccion-costa-le-viene-turismo_1_12857353.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"> la &ldquo;relevancia del turismo para la econom&iacute;a canaria&rdquo; </a>para defenderlas.
    </p><p class="article-text">
        Acosta fue citado el pasado mes de julio por la magistrada del Juzgado de Instrucci&oacute;n N&uacute;mero 1 de Arona, ante la que tambi&eacute;n han declarado ya como investigados el jefe del Servicio de Ordenaci&oacute;n del Litoral Oriental del Ejecutivo regional, Valeriano D&iacute;az, y el representante legal y los administradores de la promotora de la iniciativa, Segunda Casa Adeje SL, <a href="https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/cuna-alma-puertito-adeje-tribunales-costas-gobierno-canarias_1_13386239.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">as&iacute; como dos t&eacute;cnicos de Costas del Gobierno canario</a> en calidad de testigos. 
    </p><p class="article-text">
        La causa investiga presuntos delitos contra la ordenaci&oacute;n del territorio y el medio ambiente por la autorizaci&oacute;n concedida a Cuna del Alma para ocupar la zona de servidumbre de protecci&oacute;n de la costa, esto es, la franja de cien metros tierra adentro desde la orilla del mar. En ese espacio se estaban construyendo un restaurante, una piscina al aire libre y un aparcamiento para buggies, entre otras cosas, hasta que la justicia paraliz&oacute; las obras a petici&oacute;n de la Fiscal&iacute;a. 
    </p><p class="article-text">
        La promotora ya hab&iacute;a obtenido la licencia del Ayuntamiento de Adeje para construir gran parte de la controvertida urbanizaci&oacute;n de 420 villas de lujo proyectada en el Puertito, un paraje natural rodeado de espacios naturales protegidos y lugares de inter&eacute;s geol&oacute;gico. 
    </p><p class="article-text">
        Pero los trabajos en la zona de servidumbre, que solo ocupan el 5,25% de la parcela T2 del proyecto, de unos 45.000 metros cuadrados (el proyecto completo abarca cerca de 430.000), requieren una autorizaci&oacute;n expresa de la Direcci&oacute;n General de Costas del Gobierno de Canarias, ya que la normativa es muy restrictiva con respecto a los usos que pueden desplegarse en ella. <a href="https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/jueza-reabre-causa-penal-proyecto-turistico-cuna-alma_1_12909633.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Es precisamente esa autorizaci&oacute;n la que investiga la jueza</a> y por la que ha citado este lunes a Antonio Acosta.
    </p><h2 class="article-text"><strong>Rechazo primero, autorizaci&oacute;n despu&eacute;s</strong></h2><p class="article-text">
        Acosta autoriz&oacute; las obras el 30 de enero de 2025 tras un recorrido no exento de pol&eacute;mica por los despachos del Gobierno de Canarias.
    </p><p class="article-text">
        La solicitud inicial de Cuna del Alma fue rechazada en primera instancia por un t&eacute;cnico auton&oacute;mico. En un informe firmado en julio de 2024, concluy&oacute; que la piscina descubierta, el restaurante y el aparcamiento para buggies &ldquo;pueden tener otra ubicaci&oacute;n&rdquo; fuera de la franja de protecci&oacute;n del litoral. Sostuvo adem&aacute;s que esas construcciones &ldquo;no prestan un servicio necesario o conveniente&rdquo; al dominio p&uacute;blico mar&iacute;timo-terrestre, una exigencia expl&iacute;cita recogida en la Ley de Costas.
    </p><p class="article-text">
        La promotora del proyecto aleg&oacute;. Describi&oacute; la playa del Puertito de Adeje como &ldquo;peque&ntilde;a&rdquo; e &ldquo;incapaz de atender la demanda&rdquo; estival, asegur&oacute; que sus servicios son &ldquo;a todas luces insuficientes&rdquo; y se apoy&oacute; en jurisprudencia que caracteriza la restauraci&oacute;n como un complemento que permite &ldquo;un mejor disfrute&rdquo; de la costa. 
    </p><p class="article-text">
        Segunda Casa Adeje, de hecho, considera &ldquo;convenientes&rdquo; las actuaciones que propone para &ldquo;dar un mejor servicio&rdquo; a la playa. Y el Ejecutivo auton&oacute;mico no tard&oacute; en darle la raz&oacute;n. 
    </p><p class="article-text">
        En enero de 2025, un informe firmado por el jefe del Servicio de Ordenaci&oacute;n del Litoral Oriental del Ejecutivo regional, Valeriano D&iacute;az, propuso conceder la autorizaci&oacute;n a la promotora. Para ello, argument&oacute; que la Administraci&oacute;n debe &ldquo;velar por que [las playas] se encuentren equipadas&rdquo; y destac&oacute; que el futuro restaurante dar&iacute;a servicio tanto a los clientes del complejo como al p&uacute;blico general. El documento tambi&eacute;n concluy&oacute; que las alegaciones presentadas por Segunda Casa Adeje hab&iacute;an refutado el criterio expresado por el t&eacute;cnico que rechaz&oacute; las obras en julio de 2024.
    </p><p class="article-text">
        Ese informe fue avalado por el director general de Costas el 30 de enero de 2025. Acosta aprob&oacute; la ocupaci&oacute;n de los 2.400 metros cuadrados de zona de servidumbre que ocupar&iacute;an los equipamientos de Cuna del Alma y apel&oacute; a la &ldquo;relevancia del turismo para la econom&iacute;a canaria&rdquo;, al tiempo que catalog&oacute; los locales de hosteler&iacute;a como edificaciones clave para el disfrute de la costa. 
    </p><p class="article-text">
        En resumen: el Gobierno de Canarias permiti&oacute; a Cuna del Alma ocupar la franja de protecci&oacute;n del litoral porque le viene bien al turismo. 
    </p><p class="article-text">
        <a href="https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/fiscalia-recurre-archivo-cuatro-folios-causa-penal-proyecto-turistico-cuna-alma_1_12841086.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">La jueza hab&iacute;a dado carpetazo a la querella inicial contra la iniciativa</a>, presentada por la Asociaci&oacute;n Cultural Social Ecologista Puertito Libre (que agrupa a la Asociaci&oacute;n de Taxistas Permanentes de El Puertito, la familia Galindo, La Gaveta 20A, el Tagoror Permanente y Rebeli&oacute;n Cient&iacute;fica, adem&aacute;s de particulares), al considerar que exist&iacute;an autorizaciones administrativas que amparaban las actuaciones, entre ellas la concedida por la Direcci&oacute;n General de Costas.
    </p><p class="article-text">
        Pero la Fiscal&iacute;a recurri&oacute;. Entiende que las instalaciones propuestas por Cuna del Alma contravienen la Ley de Costas, en concreto el art&iacute;culo 47 de su reglamento, aprobado en 2014, que establece que en la franja de protecci&oacute;n de la costa solo est&aacute;n permitidas &ldquo;las obras, instalaciones y actividades que, por su naturaleza, no puedan tener otra ubicaci&oacute;n, como los establecimientos de cultivo marino o las salinas mar&iacute;timas, o aquellos que presten servicios necesarios o convenientes para el uso del dominio p&uacute;blico mar&iacute;timo-terrestre&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        La jueza acord&oacute; entonces reactivar la investigaci&oacute;n y paralizar los trabajos a petici&oacute;n del Ministerio P&uacute;blico, pero solo los que se estaban desarrollando en la costa. La magistrada, sin embargo, <a href="https://www.eldiario.es/canariasahora/ciencia_y_medio_ambiente/informe-pericial-estima-tercios-puertito-adeje-han-sido-danados-obras-cuna-alma_1_13122305.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">cerr&oacute; la puerta a suspender todo el proyecto</a>, como hab&iacute;an solicitado los querellantes, sin entrar en el fondo del asunto y limit&aacute;ndose a se&ntilde;alar que el procedimiento penal solo investiga las actuaciones en la zona de servidumbre.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Toni Ferrera]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/director-general-costas-gobierno-canarias-declara-lunes-investigado-cuna-alma_1_13505161.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sat, 12 Sep 2026 19:48:27 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Por qué el director general de Costas del Gobierno de Canarias declara este lunes como investigado por Cuna del Alma]]></media:title>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Prisión provisional para el hombre que apuñaló a su pareja en Santa Lucía de Tirajana]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/prision-provisional-hombre-apunalo-pareja-santa-lucia-tirajana_1_13503651.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/cd73f5de-2a75-4709-a366-3733e4406379_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Prisión provisional para el hombre que apuñaló a su pareja en Santa Lucía de Tirajana"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Los hechos ocurrieron el pasado día 9 y fue el propio detenido quien alertó de lo que había hecho a las autoridades </p><p class="subtitle">Detenido un hombre por apuñalar a su pareja en Santa Lucía de Tirajana
</p></div><p class="article-text">
        La plaza n&uacute;mero uno de la secci&oacute;n de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de instancia de San Bartolom&eacute; de Tirajana, en Gran Canaria, ha tomado declaraci&oacute;n este viernes a la persona detenida el pasado 9 de septiembre por el presunto apu&ntilde;alamiento de su pareja en Santa Luc&iacute;a de Tirajana. A petici&oacute;n del ministerio fiscal, a acordado su ingreso en prisi&oacute;n preventiva comunicada y sin fianza como presunto autor de un delito de homicidio en grado de tentativa. 
    </p><p class="article-text">
        El hombre, de 40 a&ntilde;os, prest&oacute; declaraci&oacute;n este viernes, pero ya hab&iacute;a confesado los hechos, que se produjeron en su vivienda, a la Guardia Civil el d&iacute;a que fue detenido. De hecho, fue &eacute;l mismo quien alert&oacute; de lo ocurrido a las autoridades.
    </p><p class="article-text">
        La mujer se encuentra ingresada en un centro hospitalario con heridas de gravedad. La v&iacute;ctima, de 38 a&ntilde;os y madre de tres hijos, se encuentra de alta en el sistema Viog&eacute;n por un caso relacionado con su anterior pareja sentimental, al igual que el agresor.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Canarias Ahora]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/prision-provisional-hombre-apunalo-pareja-santa-lucia-tirajana_1_13503651.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 11 Sep 2026 13:29:57 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Prisión provisional para el hombre que apuñaló a su pareja en Santa Lucía de Tirajana]]></media:title>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Tribunal Superior de Justicia de Canarias defiende la decisión de dejar libre a un detenido por golpear a su pareja]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/tribunal-superior-justicia-canarias-defiende-decision-libre-detenido-golpear-pareja_1_13503592.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/53b8a7e4-8db9-4f9e-95aa-257110c92e6e_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Tribunal Superior de Justicia de Canarias defiende la decisión de dejar libre a un detenido por golpear a su pareja"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Recuerda en su resolución que el juzgado no puede adoptar medidas en contra de la voluntad de todas las partes, ya que la mujer negó que se tratase de una agresión y lo circunscribió a unas prácticas de su intimidad consentidas por ambos</p></div><p class="article-text">
        El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) defiende la decisi&oacute;n de la jueza de Violencia contra la Mujer Victoria Rosell de dejar en libertad a un hombre detenido tras haber sido grabado en v&iacute;deo mientras golpeaba a su pareja, ya que recuerda que el juzgado no puede adoptar medidas en contra de la voluntad de todas las partes.
    </p><p class="article-text">
        El diario <em>Atl&aacute;ntico Hoy</em> publica en su p&aacute;gina web el v&iacute;deo que llev&oacute; a la Guardia Civil a detener a esta persona por un delito de violencia machista, en una versi&oacute;n difuminada para preservar el anonimato de los protagonistas, pero en el que se aprecian los golpes del hombre y los gritos de la mujer.
    </p><p class="article-text">
        Fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Canarias han confirmado a EFE que la jueza Rosell -que ese d&iacute;a sustitu&iacute;a a otro compa&ntilde;ero- dict&oacute; el sobreseimiento a petici&oacute;n de la Fiscal&iacute;a, que no aprecia delito, y de la afectada, que niega que fuera una agresi&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        La jueza dej&oacute; en libertad sin medidas cautelares al detenido despu&eacute;s de que la mujer negara en el juzgado que hubiera sido agredida por su pareja y alegara que lo que las im&aacute;genes muestran son unas pr&aacute;cticas de su intimidad consentidas por ambos.
    </p><p class="article-text">
        El TSJC ha precisado que el Juzgado de Violencia sobre la Mujer n&uacute;mero 3 no va a hacer p&uacute;blico el auto con las razones que motivan el sobreseimiento, porque contienen datos &iacute;ntimos y al haberse difundido un v&iacute;deo no autorizado se podr&iacute;a vulnerar el derecho a la intimidad de las personas afectadas.
    </p><p class="article-text">
        En cuanto a la puesta en libertad del detenido, fuentes del tribunal recuerdan que sin fiscal, sin acusaci&oacute;n y sin que el caso afecte a menores, el juzgado no puede seguir adelante y adoptar medidas en contra de la voluntad de todas las partes.
    </p><p class="article-text">
        Aunque la legislaci&oacute;n espa&ntilde;ola permite seguir adelante con denuncias por violencia machista aunque la mujer afectada no denuncie o incluso lo haya hecho y se retracte, en el proceso penal rige el principio acusatorio, consagrado por varias sentencias del Tribunal Supremo y el Constitucional como una expresi&oacute;n del derecho fundamental la tutela judicial efectiva y a un proceso con todas las garant&iacute;as (art&iacute;culo 24 de la Constituci&oacute;n).
    </p><p class="article-text">
        Ese principio determina que nadie puede ser llevado a juicio si nadie lo acusa y que no puede ser condenado por lo que no se imputa.
    </p><p class="article-text">
        Jueza de carrera antes de su paso por la pol&iacute;tica como diputada en el Congreso por las listas de Podemos, Victoria Rosell fue delegada del Gobierno contra la Violencia de G&eacute;nero de 2020 a 2023.&nbsp;
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Efe]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/tribunal-superior-justicia-canarias-defiende-decision-libre-detenido-golpear-pareja_1_13503592.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 11 Sep 2026 13:20:00 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El Tribunal Superior de Justicia de Canarias defiende la decisión de dejar libre a un detenido por golpear a su pareja]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/53b8a7e4-8db9-4f9e-95aa-257110c92e6e_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Tribunales,Canarias,Violencia,Justicia]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Supremo estudiará si el Estado debe compensar a Lopesan por una playa que era suya, pero explotaban otros]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/supremo-estudiara-si-debe-compensar-lopesan-playa-explotaban_1_13483579.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/d29ed49f-473a-42a8-bf90-3b8cc6780424_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Supremo estudiará si el Estado debe compensar a Lopesan por una playa que era suya, pero explotaban otros"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El Alto Tribunal admite un recurso de Dehesa de Jandía, del Grupo Lopesan, para dirimir si tiene derecho a la concesión que la Ley de Costas prevé para antiguos propietarios de terrenos que pasaron a ser de dominio público. La justicia reconoció su titularidad histórica sobre la playa del Matorral (Fuerteventura) en 2014, pero el Ayuntamiento de Pájara ha gestionado su aprovechamiento desde 1985

</p><p class="subtitle">Hemeroteca - El Gobierno de España contesta al de Canarias: la concesión del Oliva Beach es competencia estatal, no autonómica
</p></div><p class="article-text">
        El <strong>Tribunal Supremo</strong> ha admitido a tr&aacute;mite un recurso de la empresa<strong> Dehesa de Jand&iacute;a, vinculada al Grupo Lopesan</strong>, para estudiar si el Estado debe compensar a esa compa&ntilde;&iacute;a con una concesi&oacute;n de uso sobre una playa de Fuerteventura que fue de su propiedad, pero que han explotado terceros contratados por el Ayuntamiento de P&aacute;jara desde 1985. 
    </p><p class="article-text">
        Se trata de la <strong>playa del Matorral</strong>, en el municipio de <strong>P&aacute;jara</strong>. <a href="https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/60e56a584cf3b3be/20140314" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Una sentencia de 2014</a> reconoci&oacute; judicialmente que Dehesa de Jand&iacute;a hab&iacute;a sido la propietaria hist&oacute;rica de ese tramo del litoral hasta la entrada en vigor de la Ley de Costas en 1988, que estableci&oacute; el car&aacute;cter p&uacute;blico de las playas y otros bienes del dominio p&uacute;blico mar&iacute;timo-terrestre.
    </p><p class="article-text">
        Esa norma establece una f&oacute;rmula de compensaci&oacute;n para los propietarios de terrenos que pasaron a formar parte del dominio p&uacute;blico: una concesi&oacute;n de uso de hasta 60 a&ntilde;os que permite mantener a esos propietarios los mismos &ldquo;usos y aprovechamientos&rdquo; que se ven&iacute;an desarrollando hasta entonces.
    </p><p class="article-text">
        En la playa del Matorral, sin embargo, esos &ldquo;usos y aprovechamientos&rdquo; (que incluyen la colocaci&oacute;n de hamacas, la venta ambulante de bebidas y comida y las actividades n&aacute;uticas) no los explotaba Dehesa de Jand&iacute;a, sino terceros contratados por el Ayuntamiento de P&aacute;jara desde 1985.
    </p><p class="article-text">
        Fue en 2015, un a&ntilde;o despu&eacute;s de obtener por v&iacute;a judicial el reconocimiento hist&oacute;rico de la propiedad de la playa, cuando la compa&ntilde;&iacute;a vinculada al Grupo Lopesan reclam&oacute; al Ministerio para la Transici&oacute;n Ecol&oacute;gica la concesi&oacute;n de uso prevista <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1988-18762" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">en la Ley de Costas.</a>
    </p><p class="article-text">
        Pero el Ministerio deneg&oacute; la petici&oacute;n al indicar que las hamacas y los quioscos eran &ldquo;servicios de temporada gestionados por el Ayuntamiento de P&aacute;jara&rdquo;, no por Dehesa de Jand&iacute;a. La empresa recurri&oacute; ante la Audiencia Nacional, que aval&oacute; la resoluci&oacute;n del Ministerio <a href="https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/14f4b9eb2685d0d1a0a8778d75e36f0d/20260127" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">en otra sentencia de 2025</a>. El tribunal consider&oacute; que esos servicios no eran usos o aprovechamientos que &ldquo;beneficiaran&rdquo; a la compa&ntilde;&iacute;a y que, por tanto, esta no ten&iacute;a derecho a ser compensada por ellos. Y sentenci&oacute; que el consistorio del sur de Fuerteventura hab&iacute;a actuado &ldquo;en el ejercicio de sus competencias sobre servicios de temporadas en la zona de playas&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        La Audiencia s&iacute; reconoci&oacute;, no obstante, un derecho de preferencia a Dehesa de Jand&iacute;a para la obtenci&oacute;n de concesiones destinadas a nuevas actividades en ese tramo de la costa hasta 2048.
    </p><p class="article-text">
        Aun as&iacute;, la mercantil vinculada al Grupo Lopesan present&oacute; un nuevo recurso ante el Tribunal Supremo, alegando que ese fallo &ldquo;vac&iacute;a de contenido&rdquo; su derecho de propiedad hist&oacute;rica sobre la playa del Matorral y denunciando que el Ayuntamiento de P&aacute;jara gestion&oacute; de manera &ldquo;improcedente&rdquo; sus servicios, &ldquo;en contra&rdquo; de sus &ldquo;potestades dominicales&rdquo;. Algo que, a su juicio, &ldquo;no elimina&rdquo; su derecho a ser indemnizada.
    </p><p class="article-text">
        <strong>Canarias Ahora</strong> se puso en contacto con el Ayuntamiento de P&aacute;jara para conocer su valoraci&oacute;n sobre estas acusaciones. Pero hasta la fecha de la publicaci&oacute;n de este art&iacute;culo, no ha habido respuesta. 
    </p><p class="article-text">
        <a href="https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/a53d1e1e0f5c2dc3a0a8778d75e36f0d/20260730" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">En un auto</a> fechado el 7 de julio de 2026, la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha admitido a tr&aacute;mite el recurso de casaci&oacute;n de Dehesa de Jand&iacute;a al considerar que existe inter&eacute;s casacional en determinar si los usos y aprovechamientos desarrollados en un lugar posteriormente convertido en dominio p&uacute;blico, y que hubieran sido explotados por terceros y no por el propietario, deben ser compensados con una concesi&oacute;n de uso, en concreto la prevista en el apartado primero de la disposici&oacute;n transitoria primera de la Ley de Costas.
    </p><p class="article-text">
        El Alto Tribunal ha valorado el &ldquo;imprescindible esfuerzo argumental&rdquo; de la compa&ntilde;&iacute;a recurrente, que invoc&oacute; una sentencia del propio Supremo de 2004 en la que el tribunal entendi&oacute; que las concesiones previstas en la Ley de Costas no establecen como &ldquo;requisito&rdquo; que la explotaci&oacute;n de los usos y aprovechamientos hubiera sido realizada por el propietario del terreno. La Sala considera &ldquo;aconsejable&rdquo; volver a pronunciarse sobre esta cuesti&oacute;n, ya que aquella fue la &uacute;nica ocasi&oacute;n en la que lo hizo, hace ya m&aacute;s de veinte a&ntilde;os.
    </p><p class="article-text">
        Conviene recordar que este tipo de concesi&oacute;n tiene una duraci&oacute;n m&aacute;xima de treinta a&ntilde;os, prorrogable por otros treinta, y que las empresas o particulares beneficiarios deben respetar de manera escrupulosa los &ldquo;usos y aprovechamientos existentes&rdquo;, es decir, las actividades econ&oacute;micas que ya se ven&iacute;an realizando.
    </p><p class="article-text">
        En Canarias, uno de los ejemplos m&aacute;s conocidos de este modelo es el de los dos hoteles de RIU ubicados en el espacio protegido de las Dunas de Corralejo, tambi&eacute;n en Fuerteventura.
    </p><p class="article-text">
        Sobre uno de ellos, el complejo Tres Islas, se inici&oacute; un <a href="https://www.eldiario.es/canariasahora/ciencia_y_medio_ambiente/organo-ambiental-fuerteventura-reforma-hoteles-riu-dunas-corralejo-tres-islas_1_13431725.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">expediente de caducidad en julio de 2023</a> despu&eacute;s de que personal de Costas constatara un incumplimiento de la concesi&oacute;n de uso por la realizaci&oacute;n de obras de ampliaci&oacute;n del hotel. A d&iacute;a de hoy, no consta que ese expediente haya sido resuelto. 
    </p><p class="article-text">
        Con respecto al segundo, el establecimiento Oliva Beach, pesa desde febrero de 2024 una orden de demolici&oacute;n emitida por el Ministerio para la Transici&oacute;n Ecol&oacute;gica y el Reto Demogr&aacute;fico por el mismo motivo: unas obras que supusieron un aumento de la superficie del alojamiento y que, por tanto, <a href="https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/riu-anuncia-seguira-batallando-tribunales-no-derribe-hotel-oliva-beach-fuerteventura_1_11685504.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">incumpl&iacute;an las condiciones de la concesi&oacute;n</a>. RIU anunci&oacute; poco despu&eacute;s la presentaci&oacute;n de un recurso contra esa decisi&oacute;n.
    </p><h2 class="article-text"><strong>Propietaria desde 1941</strong></h2><p class="article-text">
        La Ley de Costas de 1988 exige que los titulares que pretendan beneficiarse de la concesi&oacute;n de uso que ahora reclama Lopesan demuestren, mediante una sentencia judicial firme, que fueron los propietarios hist&oacute;ricos de los terrenos.
    </p><p class="article-text">
        La empresa acudi&oacute; a los tribunales despu&eacute;s de que el Estado aprobara en 2005 el deslinde de un tramo de costa de aproximadamente 15.000 metros en la Pen&iacute;nsula de Jand&iacute;a, en el sur de Fuerteventura, que incluye la playa del Matorral.
    </p><p class="article-text">
        Dehesa de Jand&iacute;a defendi&oacute; que la Administraci&oacute;n hab&iacute;a expropiado terrenos de su propiedad. Acredit&oacute; que hab&iacute;a comprado en 1941 la finca matriz, de unas 35.000 hect&aacute;reas (casi la totalidad de la Pen&iacute;nsula de Jand&iacute;a), a los <strong>herederos del marqu&eacute;s de Lanzarote y conde de Santa Coloma</strong>, y que, tras varias segregaciones, la parcela afectada por el deslinde hab&iacute;a quedado inscrita en el Registro de la Propiedad en 1964.
    </p><p class="article-text">
        La Abogac&iacute;a del Estado, no obstante, sostuvo que era una &ldquo;mera afirmaci&oacute;n carente de prueba&rdquo; que la abolici&oacute;n del se&ntilde;or&iacute;o en Fuerteventura en 1812 hubiera dejado intactos los derechos de propiedad a favor de particulares y que, &ldquo;en todo caso&rdquo;, la soberan&iacute;a del Estado sobre la pen&iacute;nsula estaba &ldquo;fuera de toda duda&rdquo;. Lleg&oacute; incluso a negar que la finca hubiera sido inmatriculada por los mencionados herederos en 1865, como hab&iacute;a asegurado Dehesa de Jand&iacute;a. Y, para reconocer su titularidad, en una petici&oacute;n extrema, reclam&oacute; a la mercantil que acreditara documentalmente que hab&iacute;a adquirido los terrenos antes de la entrada en vigor de la Ley de Puertos de 1880.
    </p><p class="article-text">
        El Juzgado de Primera Instancia n&uacute;mero 6 de Las Palmas de Gran Canaria desestim&oacute; en 2011 los intentos de la empresa del Grupo Lopesan de obtener por v&iacute;a judicial el reconocimiento de la titularidad de la zona. 
    </p><p class="article-text">
        Pero, en el recurso que present&oacute; ante la Audiencia Provincial, aport&oacute; una certificaci&oacute;n que demostr&oacute; que la finca hab&iacute;a sido inmatriculada por los herederos del marqu&eacute;s de Lanzarote y conde de Santa Coloma en 1871, ocho a&ntilde;os antes de la entrada en vigor de la Ley de Puertos. 
    </p><p class="article-text">
        El tribunal consider&oacute; que la exigencia de la Abogac&iacute;a del Estado quedaba satisfecha si se demostraba que los &ldquo;causantes&rdquo; (los nobles de quienes hab&iacute;a adquirido los terrenos) ten&iacute;an la parcela registrada. Por lo que estim&oacute; el recurso y reconoci&oacute; su propiedad.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Toni Ferrera]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/supremo-estudiara-si-debe-compensar-lopesan-playa-explotaban_1_13483579.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 08 Sep 2026 18:50:42 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El Supremo estudiará si el Estado debe compensar a Lopesan por una playa que era suya, pero explotaban otros]]></media:title>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El TSJC libra a un pensionista de devolver 15.000 euros: puede sumar el subsidio para mayores de 52 a la incapacidad total]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/tsjc-libra-pensionista-devolver-15-000-euros-sumar-subsidio-mayores-52-incapacidad-total-canarias_1_13484314.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/ec9541a6-d63d-4a5c-bcf7-c8bd49229c9e_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El TSJC libra a un pensionista de devolver 15.000 euros: puede sumar el subsidio para mayores de 52 a la incapacidad total"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El alto tribunal canario aplica la doctrina del Supremo, establece que ambas prestaciones son compatibles y reprocha al servicio público de empleo que pretendiera dejar sin protección a un vecino de Gran Canaria que apenas cobraba 310 euros de pensión</p><p class="subtitle">Las pensiones suben en Canarias en agosto un 4,8% interanual, pero siguen por debajo de la media</p></div><p class="article-text">
        Miguel (nombre ficticio) sobreviv&iacute;a con una <strong>pensi&oacute;n de incapacidad</strong> de apenas <strong>310 euros </strong>cuando, en octubre de 2022, pidi&oacute; el <strong>subsidio de desempleo para mayores de 52 a&ntilde;os</strong>, una prestaci&oacute;n que protege a este sector de poblaci&oacute;n vulnerable. La respuesta del <strong>Servicio P&uacute;blico de Empleo Estatal (SEPE)</strong> fue inmediata. El mismo d&iacute;a de la solicitud le concedi&oacute; la ayuda como puente econ&oacute;mico hasta su jubilaci&oacute;n, prevista en principio en 2035 (ampliada despu&eacute;s a 2037). En aquellas fechas, el subsidio rondaba los <strong>465 euros</strong> (en la actualidad, los 480), de manera que los ingresos de este vecino de<strong> Gran Canaria</strong> ascendieron a unos <strong>775 euros al mes</strong>. 
    </p><p class="article-text">
        La sorpresa lleg&oacute; dos a&ntilde;os y medio despu&eacute;s, en mayo de 2025. Un procedimiento de control de la administraci&oacute;n convirti&oacute; esa red de seguridad en una condena de cinco cifras. El SEPE detect&oacute; que Miguel cobraba la prestaci&oacute;n por incapacidad permanente total desde 2012 y que no cumpl&iacute;a los requisitos para percibir a la vez el subsidio para mayores de 52. 
    </p><p class="article-text">
        La raz&oacute;n era estrictamente t&eacute;cnica: el solicitante deb&iacute;a haber <strong>cotizado al menos 15 a&ntilde;os</strong>. Sin embargo, Miguel ya hab&iacute;a <em>gastado</em> sus cotizaciones anteriores a 2012 para obtener su pensi&oacute;n de incapacidad. Al no acumular suficientes a&ntilde;os cotizados desde esa fecha, la administraci&oacute;n le reclam&oacute; la devoluci&oacute;n de cada euro recibido. En total, 14.675,22 euros. 
    </p><p class="article-text">
        El caso se ha tenido que dirimir en los juzgados. La <strong>Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias</strong> (TSJC) dict&oacute; recientemente una sentencia que, confirmando la de primera instancia, da la raz&oacute;n al pensionista y le libra de tener que devolver esa cantidad. 
    </p><p class="article-text">
        El alto tribunal canario ha aplicado la doctrina fijada por el <strong>Supremo</strong> en sentencias dictadas en septiembre de 2025 y abril de 2026. Los magistrados del TSJC, con <strong>Ram&oacute;n Toubes</strong> como ponente, precisan que ese requisito de los quince a&ntilde;os de cotizaci&oacute;n &ldquo;no aparece dise&ntilde;ado como carencia necesaria para acceder al subsidio de mayores de 52 a&ntilde;os&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        La sentencia incide en la naturaleza de este subsidio, pensado para el acceso futuro a la jubilaci&oacute;n de un sector vulnerable y con serias dificultades de inserci&oacute;n laboral. &ldquo;No parece haber ninguna causa que lleve a dejar sin proteger al <strong>desempleado mayor de 52 a&ntilde;os</strong> en tal situaci&oacute;n de espera de su jubilaci&oacute;n prevista legalmente, siempre y cuando al llegar a esa edad ya tenga a lo largo de su vida laboral la carencia suficiente (el tiempo m&iacute;nimo trabajado y cotizado) para lucrar la futura jubilaci&oacute;n, para lo cual se computar&aacute;n tanto las cotizaciones posteriores a la incapacidad permanente total como las anteriores&rdquo;, expone. 
    </p><p class="article-text">
        El tribunal diferencia la prestaci&oacute;n contributiva por desempleo, el paro com&uacute;n, del subsidio para mayores de 52 a&ntilde;os. En el primer caso, la exigencia de que los quince a&ntilde;os cotizados sean posteriores a la incapacidad permanente total para su profesi&oacute;n habitual s&iacute; se aplica para evitar fraudes de ley. Si una persona pierde su trabajo por la incapacidad y opta por cobrar la pensi&oacute;n, no puede usar las cotizaciones previas de ese mismo empleo para percibir a la vez el paro, puesto que ambas cubren la p&eacute;rdida de la misma ocupaci&oacute;n. 
    </p><p class="article-text">
        No ocurre lo mismo con el subsidio asistencial para mayores de 52, que persigue un fin social distinto. Sirve para proteger a los trabajadores de esa franja de edad en situaci&oacute;n de desempleo, dadas sus dificultades para reincorporarse al mercado laboral. M&aacute;s en casos como el de Miguel, que arrastra una i<strong>ncapacidad total para ejercer su profesi&oacute;n habitual</strong>. 
    </p><p class="article-text">
        La sentencia del TSJC precisa que el requisito de los quince a&ntilde;os es, en el caso del subsidio para mayores de 52, &ldquo;un efecto reflejo de la exigencia de que en el momento de la solicitud re&uacute;nen todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensi&oacute;n contributiva de jubilaci&oacute;n en el sistema de la Seguridad Social&rdquo;. Es decir, se articula como un <strong>puente hacia la jubilaci&oacute;n</strong> para este sector de <strong>poblaci&oacute;n vulnerable</strong>, para evitar que quede en <strong>exclusi&oacute;n social</strong>. 
    </p><p class="article-text">
        Por lo tanto, entiende que la interpretaci&oacute;n de la administraci&oacute;n es incoherente con el esp&iacute;ritu protector de la norma. Transformar el requisito de los quince a&ntilde;os en un obst&aacute;culo para el subsidio y posterior jubilaci&oacute;n &ldquo;ir&iacute;a en contra de la l&oacute;gica del sistema&rdquo;, insiste la Sala para concluir que Miguel puede cobrar a la vez la pensi&oacute;n de incapacidad y el subsidio para mayores de 52 y, en consecuencia, para exonerarlo de tener que devolver al servicio p&uacute;blico de empleo los cerca de 15.000 euros que se le reclamaban y para consolidar su derecho a seguir percibiendo esa ayuda hasta la fecha de su retiro. 
    </p><h2 class="article-text"><strong>M&aacute;s de 450.000 beneficiarios</strong></h2><p class="article-text">
        Seg&uacute;n datos correspondientes a 2025 del <strong>Ministerio de Trabajo</strong>, m&aacute;s de <strong>450.000 personas</strong> son beneficiarias del subsidio para mayores de 52 a&ntilde;os, la cifra m&aacute;s alta desde que hay registros. M&aacute;s de la mitad de los parados de esta franja de edad son <strong>de larga duraci&oacute;n</strong> (llevan m&aacute;s de un a&ntilde;o buscando trabajo), frente al 38,2% de media general. A trav&eacute;s de esta prestaci&oacute;n, el SEPE no s&oacute;lo entrega una ayuda mensual, sino que cotiza por el desempleado para su jubilaci&oacute;n al <strong>125% de la base m&iacute;nima</strong>. 
    </p><p class="article-text">
        La O<strong>rganizaci&oacute;n para la Cooperaci&oacute;n y el Desarrollo Econ&oacute;mico</strong> (OCDE) ha puesto en el punto de mira este subsidio. En un informe publicado en enero de 2026 y titulado<em> &iquest;Estancados a los 52?</em>, este organismo internacional insta a repensar esta prestaci&oacute;n para las personas mayores en Espa&ntilde;a. A juicio de las economistas que firman este informe, su dise&ntilde;o genera un incentivo que cronifica el desempleo de larga duraci&oacute;n. La OCDE presiona para recortar la cotizaci&oacute;n o limitar el car&aacute;cter indefinido de la sentencia. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Iván Suárez]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/tsjc-libra-pensionista-devolver-15-000-euros-sumar-subsidio-mayores-52-incapacidad-total-canarias_1_13484314.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sat, 05 Sep 2026 18:01:08 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El TSJC libra a un pensionista de devolver 15.000 euros: puede sumar el subsidio para mayores de 52 a la incapacidad total]]></media:title>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Cascada de recursos en las oposiciones a bombero en Gran Canaria por sospechas de favoritismo a interinos]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/cascada-recursos-oposiciones-bombero-gran-canaria-sospechas-favoritismo-interinos_1_13486455.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/baed998f-61e8-4c17-8807-8fc279d30276_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Cascada de recursos en las oposiciones a bombero en Gran Canaria por sospechas de favoritismo a interinos"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">15 de los 17 bomberos interinos del Consorcio de Emergencias de Gran Canaria han superado todas las pruebas. Un grupo de aspirantes denuncia que la entrevista personal se extralimitó y fue usada como “filtro” para excluir a opositores cualificados. El Consorcio no entra a responder estas valoraciones</p><p class="subtitle">Continúa adelante la ampliación de la plantilla del Consorcio de Emergencias de Gran Canaria con 638 aspirantes
</p></div><p class="article-text">
        Un numeroso grupo de aspirantes a las <strong>37 plazas de bombero</strong> del <strong>Consorcio de Emergencias de</strong> <strong>Gran Canaria</strong> ha presentado recurso para exigir su reincorporaci&oacute;n al proceso selectivo. Sostienen que la entrevista personal, el tercer ejercicio de la <strong>convocatoria</strong> tras las pruebas f&iacute;sicas y te&oacute;ricas, se extralimit&oacute; y fue utilizada como &ldquo;filtro&rdquo; para excluir a opositores cualificados, con sospechas de beneficiar a los bomberos interinos del Consorcio: <strong>15 de los 17 han superado todas las pruebas.</strong>
    </p><p class="article-text">
        Media docena de opositores entrevistados por<strong> Canarias Ahora</strong> denuncian un denominador com&uacute;n en el desarrollo del tercer ejercicio del <a href="https://emergenciasgc.org/document_category/procesos-selectivos/convocatoria-para-la-provision-de-37-plazas-de-bombero-a-mediante-el-sistema-de-concurso-oposicion-turno-libre/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">proceso selectivo</a>, que estuvo dividido en dos partes. La primera fue un test psicot&eacute;cnico, consistente en un cuestionario escrito para evaluar trece dimensiones de la personalidad, como la sinceridad, el trabajo en equipo o la inteligencia social. Despu&eacute;s tuvo lugar una entrevista personal de 15 minutos con un profesional de la psicolog&iacute;a. 
    </p><p class="article-text">
        El test psicot&eacute;cnico, de unos 40 minutos, se realiz&oacute; el 28 de junio de este a&ntilde;o, mientras que las entrevistas personales tuvieron lugar los d&iacute;as 8, 9, 10 y 11 de julio. 
    </p><p class="article-text">
        Para superar el ejercicio, los aspirantes no deb&iacute;an presentar m&aacute;s de cinco de las trece dimensiones evaluadas fuera de rango, o sea, declaradas &ldquo;no apto&rdquo;. En el listado de calificaciones solo se les informaba si hab&iacute;an superado o no el ejercicio completo, sin detallar la puntuaci&oacute;n obtenida en cada una de las partes.
    </p><p class="article-text">
        El procedimiento, sin embargo, part&iacute;a de los resultados del test psicot&eacute;cnico, que constaba de 160 &iacute;tems de opci&oacute;n m&uacute;ltiple con una escala de respuesta del 1 al 4 (desde &ldquo;muy en desacuerdo&rdquo; hasta &ldquo;muy de acuerdo&rdquo;). A partir de esas calificaciones, los opositores deb&iacute;an ser entrevistados sobre las dimensiones que se encontraban &ldquo;por debajo de la puntuaci&oacute;n solicitada&rdquo;, con el fin de &ldquo;comprobar su posible validaci&oacute;n&rdquo;,<a href="https://emergenciasgc.org/wp-content/uploads/2026/06/20260625_Otros_Anuncio_17_Informacion-acerca-del-desarrollo-del-tercer-ejercicio.pdf" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"> seg&uacute;n el anuncio oficial de la prueba</a>. 
    </p><p class="article-text">
        Es decir: los opositores cre&iacute;an que la entrevista personal solo tratar&iacute;a las escalas en las que hab&iacute;an obtenido la calificaci&oacute;n de &ldquo;no apto&rdquo; en el test psicot&eacute;cnico, para estudiar si era posible revertir esa valoraci&oacute;n. Pero muchos observaron que ocurri&oacute; justo lo contrario.
    </p><p class="article-text">
        Aspirantes contactados por esta redacci&oacute;n que presentaron reclamaciones formales contra la calificaci&oacute;n del tercer ejercicio y tuvieron acceso a los resultados de ambas pruebas comprobaron que, pese a haber obtenido menos de cinco dimensiones calificadas como &ldquo;no apto&rdquo; en el test psicot&eacute;cnico, algunas de las que figuraban como &ldquo;apto&rdquo; fueron modificadas despu&eacute;s de la entrevista personal y pasaron a constar como &ldquo;no apto&rdquo;. De este modo, el c&oacute;mputo total de dimensiones fuera de rango se elev&oacute; a seis, lo que los dej&oacute; fuera del proceso selectivo. Ocurri&oacute; con opositores que pasaron de tener dos dimensiones &ldquo;no apto&rdquo; a seis, de tres a seis o de cuatro a seis.
    </p><p class="article-text">
        El Consorcio de Emergencias de Gran Canaria ha respondido a estos aspirantes recordando que el propio anuncio sobre el funcionamiento de la entrevista personal establec&iacute;a que esta tendr&iacute;a car&aacute;cter &ldquo;tanto de contraste como evaluativo&rdquo;. Sus resultados servir&iacute;an para &ldquo;confirmar, matizar o, en su caso, refutar las conclusiones derivadas del test de personalidad&rdquo;, como un elemento adicional para determinar la adecuaci&oacute;n de cada candidatura al perfil requerido.
    </p><p class="article-text">
        El mismo anuncio, el n&uacute;mero 17 de las oposiciones, se&ntilde;alaba adem&aacute;s que<a href="https://emergenciasgc.org/wp-content/uploads/2026/03/Anuncio-BOP-n-153-de-22-12-25-Bases-y-convocatoria-37-plazas-bombero.pdf" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"> las bases del proceso selectivo</a> ya advert&iacute;an de que &ldquo;en ning&uacute;n caso la evaluaci&oacute;n del resultado de la entrevista vendr&aacute; condicionada o vinculada de modo exclusivo a los resultados en la prueba de personalidad, ya que constituyen un elemento previo para que el tribunal pueda orientar, si lo estima conveniente, el contenido de esta&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Es precisamente esta aparente contradicci&oacute;n en la documentaci&oacute;n del concurso (entre el anuncio oficial de la entrevista que establece que las preguntas deb&iacute;an centrarse en las dimensiones fuera de rango y unas bases que permiten utilizarla para refutar las conclusiones del test) la que vertebra los recursos de alzada presentados por un grupo muy numeroso de opositores, algunos de ellos bomberos profesionales en otros puntos del Archipi&eacute;lago.
    </p><p class="article-text">
        Muchos sospechan, adem&aacute;s, que este sistema ha beneficiado a los bomberos interinos del Consorcio de Emergencias de Gran Canaria que <a href="https://www.eldiario.es/canariasahora/sociedad/ampliacion-plantilla-pruebas-consorcio-emergencias-gran-canaria_1_13243543.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">han solicitado sin &eacute;xito acceder a la condici&oacute;n de funcionarios de carrera</a>. Son 17 profesionales que ocupan sus puestos desde 2020.
    </p><p class="article-text">
        Todos ellos se presentaron al proceso selectivo despu&eacute;s de que la justicia rechazara sus intentos de paralizarlo de manera cautelar e incorporarse autom&aacute;ticamente al cuerpo. De los 17, uno qued&oacute; excluido en la prueba te&oacute;rica y otro, en la f&iacute;sica. Los 15 que superaron ambas y llegaron a la prueba psicosocial tambi&eacute;n la superaron. 
    </p><p class="article-text">
        Ante esto, bomberos que quedaron excluidos del concurso y que prefieren no dar sus nombres sospechan de favoritismo hacia los interinos. Algunos consideran que este grupo deber&iacute;a haber sido ya estabilizado para poner fin al &ldquo;abuso de temporalidad&rdquo; en el que se encuentra. Creen, sin embargo, que pudo producirse una presunta desviaci&oacute;n de poder en las oposiciones para excluir en la prueba psicosocial a aspirantes con buenas notas en las pruebas te&oacute;rica y f&iacute;sica, adem&aacute;s de experiencia profesional, que habr&iacute;an puesto en riesgo el futuro de los interinos.  
    </p><p class="article-text">
        El Consorcio de Emergencias de Gran Canaria se ha limitado a responder al respecto que &ldquo;son cuestiones sobre las que el tribunal ya ha dado respuesta o se encuentra en proceso de ello&rdquo; y que no va a entrar en &ldquo;valoraciones u opiniones subjetivas&rdquo; de los aspirantes. Una fuente muy cercana al tribunal del proceso ha se&ntilde;alado tambi&eacute;n que esas sospechas son &ldquo;percepciones personales&rdquo; y que &ldquo;si est&aacute;n dentro es porque han superado las pruebas&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Uno de los recursos a los que ha tenido acceso este peri&oacute;dico detalla que, de los 38 aspirantes que se presentaron a la prueba psicosocial y que trabajan como bomberos en otras administraciones p&uacute;blicas, 19 fueron declarados no aptos, frente al 100% de los interinos, que fueron declarados aptos. El escrito denuncia que estas cifras reflejan &ldquo;una desviaci&oacute;n estad&iacute;stica asombrosa y ajena a las reglas de la probabilidad en los procesos&rdquo;, y sostiene que la entrevista se utiliz&oacute; entonces &ldquo;como un filtro para asegurar la estabilizaci&oacute;n de personal propio&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Otro de los puntos pol&eacute;micos radica en que las bases del proceso exig&iacute;an que los psic&oacute;logos encargados de realizar las entrevistas personales estuvieran colegiados en el Colegio Oficial de la Psicolog&iacute;a de Las Palmas. Sin embargo, el principal asesor t&eacute;cnico del ejercicio, el especialista Antonio Pamos de la Hoz, est&aacute; colegiado en Madrid. Es &eacute;l quien ha firmado las respuestas a las reclamaciones de los opositores que solicitaron conocer sus valoraciones.
    </p><p class="article-text">
        Aspirantes entrevistados sostienen asimismo que Pamos de la Hoz no fue quien realiz&oacute; sus entrevistas, sino otra persona cuya identidad, aseguran, &ldquo;no coincide con ninguno de los asesores formalmente nombrados&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Los opositores denuncian que el Consorcio ha pretendido que admitieran &ldquo;como incuestionable&rdquo; una valoraci&oacute;n t&eacute;cnica cuya autor&iacute;a &ldquo;ni siquiera ha quedado plenamente identificada y sin que exista garant&iacute;a alguna de que quien emiti&oacute; el juicio fuera realmente quien practic&oacute; la entrevista&rdquo;. Tambi&eacute;n cuestionan que las entrevistas no fueran grabadas, ni en audio ni en v&iacute;deo, y que las dimensiones que pasaron de &ldquo;apto&rdquo; a &ldquo;no apto&rdquo; fueran modificadas de forma gen&eacute;rica, sin identificar las preguntas concretas que motivaron el cambio ni sus respuestas.
    </p><p class="article-text">
        Los recursos de alzada invocan por otra parte una <a href="https://vlex.es/vid/1035941175" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">sentencia del Tribunal Supremo de abril de 2024</a> que se&ntilde;ala que la &ldquo;discrecionalidad t&eacute;cnica&rdquo; de la que disfrutan los especialistas encargados de valorar las pruebas en los procesos selectivos no es un cheque en blanco, sino que debe cumplir tres condiciones: expresar el material o las fuentes de informaci&oacute;n sobre las que se va a operar; precisar qu&eacute; se va a evaluar y, por &uacute;ltimo, justificar por qu&eacute; la aplicaci&oacute;n de esos criterios ha conducido al resultado que &ldquo;niega la aptitud de un aspirante o que otorga la preferencia a un candidato frente a los dem&aacute;s&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Ahora, dicen los aspirantes contactados, se da la paradoja de que, pese a estar en activo en otros puntos del Archipi&eacute;lago (Las Palmas de Gran Canaria, Puerto del Rosario, San Bartolom&eacute; de Tirajana, Consorcio de Bomberos de Tenerife&hellip;) y estar obligados a intervenir como bomberos en situaciones de emergencia en Gran Canaria si fueran requeridos, se les considera &ldquo;no apto&rdquo; para ocupar el puesto. Al menos en la isla redonda.
    </p><p class="article-text">
        El plazo para presentar los recursos de alzada expir&oacute; esta semana. El Consorcio tiene ahora tres meses para responder. Los opositores entrevistados han anunciado que acudir&aacute;n a los tribunales si sus reclamaciones no prosperan por la v&iacute;a administrativa.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Toni Ferrera]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/cascada-recursos-oposiciones-bombero-gran-canaria-sospechas-favoritismo-interinos_1_13486455.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sat, 05 Sep 2026 04:02:01 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Cascada de recursos en las oposiciones a bombero en Gran Canaria por sospechas de favoritismo a interinos]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Oposiciones,Gran Canaria,Tribunales,Bomberos]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Un magistrado de Tenerife, juez de enlace de España ante EEUU y Canadá]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/magistrado-tenerife-juez-enlace-espana-eeuu-canada_1_13487733.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/56bc0a23-f4de-4103-b03d-5801f353d8fa_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x319y196.jpg" width="1200" height="675" alt="Un magistrado de Tenerife, juez de enlace de España ante EEUU y Canadá"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El juez de Puerto de la Cruz Íñigo Herrero había sido designado enlace ante la Conferencia de la Haya en el pasado mayo</p></div><p class="article-text">
        El magistrado I&ntilde;igo Herrero Elejalde, titular de la Plaza dos de la Secci&oacute;n Civil y de Instrucci&oacute;n del Tribunal de Instancia de Puerto de la Cruz (Santa Cruz de Tenerife), ha sido designado juez de enlace de Espa&ntilde;a ante las autoridades de Estados Unidos de Am&eacute;rica con acreditaci&oacute;n extendida ante las autoridades competentes de Canad&aacute;, en virtud de la Orden PJC/892/2026, de 21 de agosto, publicada en el Bolet&iacute;n Oficial del Estado. El nombramiento, formalizado en resoluci&oacute;n de concurso por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, reconoce su trayectoria y especializaci&oacute;n en el &aacute;mbito de la cooperaci&oacute;n judicial internacional. 
    </p><p class="article-text">
        Herrero ya hab&iacute;a sido designado en mayo pasado magistrado de enlace de Espa&ntilde;a ante la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado, cargo que ahora abandona. La figura del juez de enlace tiene como principal cometido reforzar la cooperaci&oacute;n jur&iacute;dica internacional, facilitando la coordinaci&oacute;n entre autoridades judiciales de distintos pa&iacute;ses, la aplicaci&oacute;n de convenios internacionales y la resoluci&oacute;n de conflictos transfronterizos. 
    </p><h2 class="article-text"><strong>Experiencia </strong></h2><p class="article-text">
        I&ntilde;igo Herrero es un magistrado con s&oacute;lida experiencia jurisdiccional, especializado en cooperaci&oacute;n jur&iacute;dica internacional, Derecho de familia internacional y redes europeas. Acumula un conocimiento profundo de los mecanismos de la Conferencia de La Haya, amplia experiencia en auxilio judicial internacional y dominio avanzado de ingl&eacute;s, franc&eacute;s e italiano. Accedi&oacute; a la carrera judicial en el a&ntilde;o 2012 habiendo servido en Burgos, Miranda de Ebro y Puerto de la Cruz, interviniendo en comisi&oacute;n de servicio con relevaci&oacute;n de funciones en las secciones 1&ordf;, 3&ordf; y 4&ordf; (civiles) de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife. Ha participado en congresos internacionales (Sevilla, Alicante, Par&iacute;s) y es autor de publicaciones relacionadas con cooperaci&oacute;n judicial internacional, menores y derechos humanos. 
    </p><p class="article-text">
        El magistrado es docente desde el curso 2022-2023 en asignaturas del &aacute;rea de Derecho Internacional Privado del Departamento de Derecho P&uacute;blico, Privado y Especial de la empresa de la Universidad de La Laguna. Ha ejercido labores de coordinaci&oacute;n t&eacute;cnica en redes judiciales europeas e internacionales, como experto designado por Espa&ntilde;a en reuniones de Comitolog&iacute;a de la Comisi&oacute;n Europea). 
    </p><p class="article-text">
        Es miembro activo de la REJUE (2019&ndash;actualidad) e integrante de la Comisi&oacute;n de actualizaci&oacute;n del Prontuario Judicial de Cooperaci&oacute;n Internacional (desde 2024). Desde 2024, es representante en el Grupo Focal de Eurojust sobre Migrant Smuggling, y ha participado en proyectos internacionales y cooperaci&oacute;n al desarrollo como experto judicial de corta duraci&oacute;n en Serbia, Turqu&iacute;a o Colombia. 
    </p><p class="article-text">
        El nombramiento de Herrero, que cuenta con informe favorable del Ministerio de Asuntos Exteriores y del Consejo General del Poder Judicial,  refuerza la presencia de Espa&ntilde;a en los organismos internacionales y contribuye al impulso de una justicia m&aacute;s coordinada, eficaz y adaptada a los nuevos desaf&iacute;os globales.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Canarias Ahora]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/magistrado-tenerife-juez-enlace-espana-eeuu-canada_1_13487733.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 04 Sep 2026 12:27:27 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Un magistrado de Tenerife, juez de enlace de España ante EEUU y Canadá]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Tribunales,Canarias]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Sanidad, condenada a pagar vacaciones a la expresidenta del banco de sangre, a quien cesó tras mentir sobre su titulación]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/sanidad-condenada-pagar-vacaciones-expresidenta-banco-sangre-ceso-mentir-titulacion-canarias_1_13484911.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/ff5206c0-8981-493f-a312-291be7522ebe_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x942y611.jpg" width="1200" height="675" alt="Sanidad, condenada a pagar vacaciones a la expresidenta del banco de sangre, a quien cesó tras mentir sobre su titulación"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La sentencia obliga a abonar más de 7.000 euros a Gemma Torres porque la Consejería no pudo acreditar que hubiera descansado durante su año y medio en el cargo. La jueza, en cambio, rechaza la pretensión de la ex alto cargo de ser indemnizada por el cese </p><p class="subtitle">Hemeroteca - El currículo desmiente a la presidenta del banco público de sangre de Canarias: no tiene la titulación que dijo</p></div><p class="article-text">
        La Consejer&iacute;a canaria de <strong>Sanidad </strong>ha tenido que pagar <strong>m&aacute;s de 7.000 euros</strong> a <strong>Gemma Torres</strong>, expresidenta del<strong> banco p&uacute;blico de sangre </strong>del Archipi&eacute;lago, en concepto de  <strong>vacaciones devengadas y no disfrutadas</strong> en el a&ntilde;o y medio en que ocup&oacute; ese puesto. 
    </p><p class="article-text">
        Una sentencia firme de la plaza 3 de la Secci&oacute;n Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Las Palmas de Gran Canaria ha estimado de forma parcial un recurso de la ex alto cargo, que fue <strong>cesada en diciembre de 2024</strong>, meses despu&eacute;s de que se descubriera que hab&iacute;a <strong>mentido sobre su titulaci&oacute;n</strong>, presumiendo de un grado en Derecho que no ten&iacute;a. 
    </p><p class="article-text">
        Tras su salida del Gobierno canario, Torres hab&iacute;a reclamado<strong> m&aacute;s de 11.000 euros</strong> por distintos conceptos. La Consejer&iacute;a de Sanidad acept&oacute; alguno de ellos, como la parte proporcional de las pagas extra o una peque&ntilde;a diferencia salarial, pero rechaz&oacute; la indemnizaci&oacute;n por cese o por vacaciones devengadas y no disfrutadas en 2023 y 2024.
    </p><p class="article-text">
        En una sentencia dictada el pasado mes de marzo pero conocida ahora despu&eacute;s de que la propia Torres la haya difundido, la magistrada le da la raz&oacute;n a medias. Seg&uacute;n el fallo, la administraci&oacute;n no logr&oacute; acreditar que la expresidenta del banco de sangre disfrutara de vacaciones en ese tiempo. Para oponerse a esa reclamaci&oacute;n econ&oacute;mica, los servicios jur&iacute;dicos del <strong>Servicio Canario de Salud</strong> (SCS) presentaron como &uacute;nica prueba de sus descansos las &ldquo;respuestas autom&aacute;ticas&rdquo; de su correo institucional en caso de ausencia.
    </p><p class="article-text">
        Sanidad defendi&oacute; que la alto cargo no utilizaba <strong>sistema de fichaje</strong> alguno. La jueza se&ntilde;ala que esas respuestas autom&aacute;ticas del correo no bastan para acreditar que estaba de vacaciones, puesto que no permite conocer el verdadero motivo de su ausencia. Es decir, si saltaba ese mensaje porque estaba de permiso ordinario, extraordinario o de vacaciones. 
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Esta misma juzgadora tampoco est&aacute; sujeta a sistema alguno de fichaje pero, como todo funcionario p&uacute;blico, debe solicitar los permisos y vacaciones oportunos y todo queda registrado en su expediente personal&rdquo;, se&ntilde;ala la magistrada, que dice no entender que la administraci&oacute;n &ldquo;no haya sido capaz de demostrar la ausencia del trabajo&rdquo; de Torres. 
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n ha informado la expresidenta del <strong>Instituto Canario de Hemodonaci&oacute;n y Hemoterapia</strong> con una captura de la transferencia, la administraci&oacute;n le pag&oacute; a finales de agosto, cinco meses despu&eacute;s de la sentencia, la cantidad de <strong>7.481,59 euros</strong> como indemnizaci&oacute;n. 
    </p><p class="article-text">
        La sentencia rechaza, en cambio, que deba percibir una <strong>indemnizaci&oacute;n por cese</strong>. Cuando una persona asume un puesto de alta direcci&oacute;n en el Gobierno de Canarias y no es funcionario de carrera (como es el caso de Torres, que proced&iacute;a del sector privado), la normativa auton&oacute;mica le obliga a elegir, justo al tomar posesi&oacute;n del cargo, entre dos opciones: cotizar por desempleo a la <strong>Seguridad Social</strong> durante el mandato, de manera que, al ser cesada, tiene derecho a solicitar y cobrar la prestaci&oacute;n ordinaria (el paro) o recibir una indemnizaci&oacute;n equivalente a una mensualidad de su sueldo de alto cargo cuando lo deja.  
    </p><p class="article-text">
        Torres solicit&oacute; cobrar esa indemnizaci&oacute;n por cese cuando dej&oacute; el cargo. Sin embargo, el SCS aport&oacute; sus n&oacute;minas, en las que aparec&iacute;a reflejado mes a mes el descuento (la cotizaci&oacute;n) bajo el ep&iacute;grafe de &ldquo;desempleo&rdquo;. Es decir, la sanidad canaria estuvo pagando esas cantidades para que ella obtuviese el <strong>derecho a cobrar paro</strong> cuando cesara. Esto demostraba que la alto cargo hab&iacute;a renunciado a la indemnizaci&oacute;n en el momento de la toma de posesi&oacute;n. 
    </p><p class="article-text">
        Por lo tanto, la sentencia concluye que no procede el abono de esa indemnizaci&oacute;n por cese, por lo que s&oacute;lo le da la raz&oacute;n en lo referente a las vacaciones no disfrutadas (el resto de pretensiones de la demandante ya hab&iacute;an sido aceptadas por la administraci&oacute;n). 
    </p><h2 class="article-text"><strong>El grado en Derecho</strong></h2><p class="article-text">
        Gemma Torres fue la &uacute;ltima presidenta del ya extinto Instituto Canario de Hemodonaci&oacute;n y Hemoterapia, integrado desde enero de 2025 en el SCS a trav&eacute;s de una direcci&oacute;n general. Fue su primer -y hasta ahora &uacute;nico- cargo en pol&iacute;tica. En febrero de 2023, cinco meses antes de su nombramiento, hab&iacute;a sido designada presidenta de <strong>J&oacute;venes por Gran Canaria</strong>, la rama juvenil de <strong>Unidos por Gran Canaria</strong>, la formaci&oacute;n aliada a Coalici&oacute;n Canaria (CC) en la que militaba la actual consejera de Sanidad del Gobierno regional, <strong>Esther Monz&oacute;n</strong>. 
    </p><p class="article-text">
        En mayo de 2024, menos de un a&ntilde;o despu&eacute;s de tomar posesi&oacute;n del cargo, este peri&oacute;dico public&oacute; que Torres <a href="https://www.eldiario.es/canariasahora/politica/curriculo-desmiente-presidenta-banco-publico-sangre-canarias-no-titulacion-dijo_1_11405223.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">hab&iacute;a mentido al afirmar</a> hasta en cuatro ocasiones en comunicados oficiales (uno del propio Gobierno) y entrevistas radiof&oacute;nicas que era graduada en Derecho por la <strong>Universidad Europea de Madrid</strong>. Sin embargo, el curr&iacute;culo que tuvo que presentar en el <strong>Portal de Transparencia</strong> tras la presi&oacute;n sindical demostr&oacute; que carec&iacute;a de esta titulaci&oacute;n y que, hasta esa fecha, s&oacute;lo hab&iacute;a podido acreditar el Bachillerato. 
    </p><p class="article-text">
        La consejera mantuvo a Torres en el puesto <a href="https://www.eldiario.es/canariasahora/sociedad/sanidad-aparta-presidenta-banco-publico-sangre-canarias-mintio-titulacion_1_11934738.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">hasta finales de a&ntilde;o</a>. Monz&oacute;n aprovech&oacute; el acuerdo de integraci&oacute;n del Instituto de Hemodonaci&oacute;n y Hemoterapia en el SCS para cesar a su entonces presidente y nombrar para el cargo (ya de director general) a otro miembro de Unidos por Gran Canaria, <strong>Iv&aacute;n Santiago Falc&oacute;n</strong>, que acabar&iacute;a dimitiendo diez meses despu&eacute;s en medio de una <a href="https://www.eldiario.es/canariasahora/sociedad/tres-anos-convulsos-banco-sangre-canarias-tres-directores-perdida-plasma-futuro-incierto_1_13421932.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">grave crisis</a> en el banco p&uacute;blico de sangre y siendo <a href="https://www.eldiario.es/canariasahora/sociedad/dimitio-frente-banco-sangre-canarias-plena-crisis-mes-sanidad-premio-puesto-asesor_1_13411548.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">recolocado como asesor</a> en el gabinete de la consejera de Sanidad. 
    </p><h2 class="article-text"><strong>&ldquo;Cuando llegu&eacute; hab&iacute;a un aut&eacute;ntico caos&rdquo;</strong></h2><p class="article-text">
        En una nota remitida a este peri&oacute;dico, Torres sostiene que durante su etapa al frente del ICHH mantuvo una dedicaci&oacute;n absoluta al cargo y que no disfrut&oacute; de las vacaciones que ahora le han sido reconocida judicialmente: &ldquo;Cuando llegu&eacute; al Instituto (de Hemodonaci&oacute;n y Hemoterapia) me encontr&eacute; una situaci&oacute;n de aut&eacute;ntico caos. Hab&iacute;a much&iacute;simo trabajo que hacer, problemas que resolver y una guerra constante. Era imposible desconectar. Mi dedicaci&oacute;n al cargo fue del 100% desde el primer d&iacute;a hasta el &uacute;ltimo. No cog&iacute; vacaciones porque estaba completamente dedicada a sacar adelante la instituci&oacute;n&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        La ex alto cargo atribuye su salida del Gobierno a &ldquo;circunstancias pol&iacute;ticas y personales&rdquo; y considera que su trabajo y dedicaci&oacute;n &ldquo;tuvieron menos peso que las relaciones personales dentro del entorno de la Consejer&iacute;a&rdquo; de Sanidad que lidera Esther Monz&oacute;n.  
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Iván Suárez]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/sanidad-condenada-pagar-vacaciones-expresidenta-banco-sangre-ceso-mentir-titulacion-canarias_1_13484911.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 03 Sep 2026 18:59:46 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Sanidad, condenada a pagar vacaciones a la expresidenta del banco de sangre, a quien cesó tras mentir sobre su titulación]]></media:title>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Justicia anula la absolución de la propietaria de una vivienda vacacional en El Hierro acusada de construir una piscina en suelo protegido]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/justicia-anula-absolucion-propietaria-vivienda-vacacional-el-hierro-piscina-suelo-protegido_1_13485568.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/799441ec-5c81-4e72-a867-8e3ae4b1ebed_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Justicia anula la absolución de la propietaria de una vivienda vacacional en El Hierro acusada de construir una piscina en suelo protegido"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Los hechos se remontan a diciembre de 2022, y fue una inspección del Seprona en mayo de 2023 dio lugar al inicio del expediente por disciplina urbanística en el que la promotora pidió la legalización de la obra sin que nunca se llevara a cabo
</p></div><p class="article-text">
        La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha estimado el recurso de la Fiscal&iacute;a y ha anulado la <strong>absoluci&oacute;n de una propietaria</strong> de una <strong>vivienda vacacional en El Hierro</strong> que construy&oacute; una <strong>piscina en suelo protegido</strong> al considerar que existen indicios de que es autora de un <strong>delito contra la ordenaci&oacute;n del territorio</strong>.
    </p><p class="article-text">
        Ahora el procedimiento regresa al Juzgado de instancia para que otro tribunal unipersonal proceda a la celebraci&oacute;n de un nuevo juicio y adem&aacute;s se limita la posibilidad de presentar un recurso ante el <strong>Tribunal Supremo</strong> (TS) que debe basarse en infracciones muy acotadas.
    </p><p class="article-text">
        La acusada construy&oacute; en diciembre de 2022 una piscina con base de hormig&oacute;n en forma de L, de unos 35 metros de superficie con zona de descanso, duchas, depuradora y apertura de acceso, todo ello en un suelo clasificado como r&uacute;stico de protecci&oacute;n ambiental paisaj&iacute;stica y una parte cultural.
    </p><p class="article-text">
        Un perito de la defensa y otro municipal coincidieron durante el juicio en que pese a carecer de licencia la obra ser&iacute;a autorizable si se vincula el uso de la piscina al tur&iacute;stico de la vivienda, lo que no se valor&oacute; en el fallo y por ello ahora es anulado.
    </p><p class="article-text">
        La Audiencia reprocha al juzgado que justifique la absoluci&oacute;n en &ldquo;conjeturas y posibilidades&rdquo; como es una posible legalizaci&oacute;n bas&aacute;ndose en unos dict&aacute;menes inexistentes y sin tener en cuenta que la piscina se construy&oacute; antes de la vivienda vacacional y no consta en la licencia municipal.
    </p><p class="article-text">
        Una inspecci&oacute;n del Seprona en mayo de 2023 dio lugar al inicio del expediente por disciplina urban&iacute;stica en el que la promotora pidi&oacute; la legalizaci&oacute;n de la obra sin que nunca se llevara a cabo.
    </p><p class="article-text">
        Pese a ello, en primera instancia la encausada qued&oacute; absuelta, por lo que el Ministerio P&uacute;blico present&oacute; el recurso para que se anulara la sentencia, a lo que acaba de acceder la Audiencia Provincial por error en la valoraci&oacute;n de la prueba, insuficiencia y falta de racionalidad en la motivaci&oacute;n del fallo.
    </p><p class="article-text">
        La procesada, por su parte, ahora propone una nueva prueba consistente en una imagen obtenida por Grafcan y acta notarial para demostrar que la piscina est&aacute; vinculada a la casa rural, tal y como se anunciaba en varias plataformas.
    </p><p class="article-text">
        La respuesta de la Audiencia en no aceptar en este momento esta prueba, aunque indica que si se demostrara esta relaci&oacute;n con la explotaci&oacute;n tur&iacute;stica la piscina ser&iacute;a legalizable, siempre que contara con los informes preceptivos. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[EFE]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/justicia-anula-absolucion-propietaria-vivienda-vacacional-el-hierro-piscina-suelo-protegido_1_13485568.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 03 Sep 2026 14:51:53 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La Justicia anula la absolución de la propietaria de una vivienda vacacional en El Hierro acusada de construir una piscina en suelo protegido]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Viviendas vacacionales,El Hierro,Justicia,Canarias]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Los tres canteranos del Real Madrid que grabaron el vídeo sexual aceptan un año de cárcel y Asencio queda libre]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/jugador-real-madrid-raul-asencio-futbolistas-absueltos-perdon-victimas_1_13484914.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/626a0946-36ce-4fb3-a5f4-eb582afecdb6_16-9-discover-aspect-ratio_default_1150413.jpg" width="2443" height="1374" alt="Los tres canteranos del Real Madrid que grabaron el vídeo sexual aceptan un año de cárcel y Asencio queda libre"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La condena ha sido pactada con carácter firme por todas las acusaciones y defensas después de que las dos jóvenes que aparecen en las imágenes, una de las cuales tenía 16 años entonces, hayan confirmado en el juicio que han perdonado a los cuatro jugadores</p></div><p class="article-text">
        Los <strong>exjugadores de la cantera del Real Madrid</strong> Ferr&aacute;n Ruiz, Juan Rodr&iacute;guez y Andr&eacute;s Garc&iacute;a han aceptado una condena de un a&ntilde;o de c&aacute;rcel por <strong>pornograf&iacute;a infantil </strong>por el v&iacute;deo sexual que grabaron en 2023 en Gran Canaria, mientras que el defensa del primer equipo <strong>Ra&uacute;l Asencio</strong> ha quedado absuelto (no estaba acusado de este delito, sino de revelaci&oacute;n de secretos, del que ha sido perdonado por las v&iacute;ctimas).
    </p><p class="article-text">
        La condena, dictada este jueves en plaza n&uacute;mero 5 de la Secci&oacute;n Penal del Tribunal de Instancia de Las Palmas de Gran Canaria, ha sido pactada con car&aacute;cter firme por todas las acusaciones y defensas despu&eacute;s de que las dos v&iacute;ctimas que aparecen en las im&aacute;genes, una de las cuales era menor de edad cuando ocurrieron los hechos (ten&iacute;a 16 a&ntilde;os), hayan confirmado en el juicio que han perdonado a los cuatro jugadores.
    </p><p class="article-text">
        Su perd&oacute;n anula el &uacute;nico cargo al que se enfrentaba Ra&uacute;l Asencio (revelaci&oacute;n de secretos: haber mostrado a un tercero el v&iacute;deo que le enviaron los otros procesados a sabiendas de que se grab&oacute; sin permiso de las denunciantes) y ha servido para que la Fiscal&iacute;a se haya avenido a aplicar una atenuante al delito m&aacute;s grave que se imputaba a sus tres excompa&ntilde;eros, el del pornograf&iacute;a infantil.
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            <span class="title">
                El jugador del Real Madrid Raúl Asencio, en el juicio celebrado este jueves.                            </span>
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        Antes de que se cerrara esta condena de conformidad, el Ministerio Fiscal ped&iacute;a cuatro a&ntilde;os y siete meses de c&aacute;rcel para Ferr&aacute;n Ruiz, Juan Rodr&iacute;guez y Andr&eacute;s Garc&iacute;a, y dos a&ntilde;os y medio para Ra&uacute;l Asencio.
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            <span class="title">
                El jugador Andrés García, durante el juicio.                            </span>
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        El futbolista <a href="https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/futbolista-real-madrid-raul-asencio-condenado-gran-canaria-conducir-ebrio_1_13481298.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Ra&uacute;l Asencio tambi&eacute;n ha sido condenado</a> este mes de agosto por conducir casi cuadruplicando la tasa permitida de alcoholemia por el sur de Gran Canaria. Tendr&aacute; que pagar una multa de 14.400 euros y se le ha retirado el carn&eacute; durante ocho meses.
    </p><p class="article-text">
        Tras conocerse este mismo mi&eacute;rcoles esta condena, que lleg&oacute; mediante un juicio r&aacute;pido celebrado en San Bartolom&eacute; de Tirajana (Gran Canaria) el pasado 19 de agosto, el entrenador del primer equipo del Real Madrid, Jos&eacute; Mourinho, declar&oacute; que &ldquo;todos cometemos errores, pero acumularlos es una cosa diferente&rdquo;, y advirti&oacute; de que un jugador del Real Madrid lo es &ldquo;24 horas al d&iacute;a&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        El club, por su parte, <a href="https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/real-madrid-abre-expediente-asencio-mourinho-advierte-acumular-errores-cosa-diferente_1_13484489.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">ha abierto un expediente al jugador</a>.
    </p><p class="article-text">
        Tras conocerse su absoluci&oacute;n, Asencio ha difundido un comunicado en sus redes sociales.
    </p><blockquote class="twitter-tweet" data-lang="es"><a href="https://twitter.com/X/status/2095545145592561851?ref_src=twsrc%5Etfw"></a></blockquote><script async src="https://platform.twitter.com/widgets.js" charset="utf-8"></script>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Canarias Ahora]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/jugador-real-madrid-raul-asencio-futbolistas-absueltos-perdon-victimas_1_13484914.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 03 Sep 2026 11:50:49 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Los tres canteranos del Real Madrid que grabaron el vídeo sexual aceptan un año de cárcel y Asencio queda libre]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Real Madrid,Canarias,Tribunales,Futbolistas,Gran Canaria]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Real Madrid abre expediente a Asencio y Mourinho advierte de que "acumular errores es una cosa diferente"]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/real-madrid-abre-expediente-asencio-mourinho-advierte-acumular-errores-cosa-diferente_1_13484489.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/b2b5975c-add1-4c8e-bf57-90821322e089_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x1233y412.jpg" width="1200" height="675" alt="El Real Madrid abre expediente a Asencio y Mourinho advierte de que &quot;acumular errores es una cosa diferente&quot;"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El defensa, lesionado y apartado de la competición durante las próximas semanas, afronta este jueves en Gran Canaria un juicio en el que la Fiscalía pide inicialmente dos años y medio de prisión</p></div><p class="article-text">
        El entrenador del Real Madrid, Jos&eacute; Mourinho, ha endurecido este jueves su mensaje hacia <strong>Ra&uacute;l Asencio</strong> despu&eacute;s de que el futbolista haya sido <strong>condenado a pagar una multa de 14.400 euros </strong>y a ocho meses sin carnet por <a href="https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/futbolista-real-madrid-raul-asencio-condenado-gran-canaria-conducir-ebrio_1_13481298.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">conducir bajo los efectos del alcohol. </a>&ldquo;Todos cometemos errores, pero acumularlos es una cosa diferente&rdquo;, ha advertido el t&eacute;cnico portugu&eacute;s, que ha recordado que un jugador del Real Madrid lo es &ldquo;24 horas al d&iacute;a&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Mourinho ha explicado que habl&oacute; con Asencio sobre &ldquo;cosas del pasado&rdquo; cuando lleg&oacute; al banquillo madridista, pero que desde entonces no ha querido entrar en situaciones relacionadas con su vida fuera de Valdebebas. El entrenador s&iacute; ha destacado su <strong>comportamiento dentro del club,</strong> especialmente durante su actual lesi&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;En Valdebebas es un profesional de verdad. Cuando estaba bien nadie entrenaba m&aacute;s y mejor que &eacute;l, ahora que est&aacute; lesionado es el primero en llegar, el &uacute;ltimo en salir... Es una dedicaci&oacute;n extrema en su recuperaci&oacute;n&rdquo;, ha se&ntilde;alado.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, Mourinho ha marcado una l&iacute;nea clara entre el rendimiento deportivo y la conducta fuera del campo. &ldquo;Todo lo que haces fuera de tu &aacute;rea profesional da&ntilde;a el prestigio de un club que es intocable. Con esto te estoy diciendo, pr&aacute;cticamente, que <strong>no estoy feliz</strong>&rdquo;, ha afirmado.
    </p><p class="article-text">
        El t&eacute;cnico tambi&eacute;n ha confirmado que<strong> el Real Madrid ha abierto un expediente al futbolista</strong>. &ldquo;Continuar&aacute; lesionado m&iacute;nimo un par de semanas m&aacute;s. Y eso me ayuda a estar fuera de ese problema&rdquo;, ha dicho Mourinho, que ha evitado pronunciarse sobre si Asencio seguir&aacute; contando con &eacute;l cuando se recupere.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Lo que define bien mi modo de reaccionar a todo esto es que un jugador del Real Madrid lo es 24 horas al d&iacute;a, siete d&iacute;as a la semana y 12 meses al a&ntilde;o&rdquo;, ha insistido.
    </p><h2 class="article-text"><strong>El juicio por la difusi&oacute;n de un v&iacute;deo sexual</strong></h2><p class="article-text">
        Las palabras de Mourinho llegan, adem&aacute;s, el mismo d&iacute;a en que <a href="https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/juicio-raul-asencio-tres-canteranos-real-madrid-grabar-videos-sexuales-jovenes-menor_1_13482900.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Asencio afronta en Gran Canaria el juicio por la difusi&oacute;n de un v&iacute;deo sexual </a>que presuntamente grabaron tres de sus excompa&ntilde;eros de la cantera del Real Madrid con dos j&oacute;venes de 17 y 18 a&ntilde;os.
    </p><p class="article-text">
        Asencio est&aacute; acusado de haber mostrado a otra persona el v&iacute;deo que lleg&oacute; a su tel&eacute;fono m&oacute;vil y se enfrenta a una petici&oacute;n de dos a&ntilde;os y medio de prisi&oacute;n por dos delitos contra la intimidad. No obstante, la Fiscal&iacute;a ha adelantado que est&aacute; dispuesta a retirar la acusaci&oacute;n si las dos mujeres confirman durante el juicio que han perdonado al futbolista, algo que ya han manifestado durante la fase de instrucci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        La posibilidad de retirar la acusaci&oacute;n responde a que el delito que se atribuye a Asencio tiene car&aacute;cter semip&uacute;blico en el C&oacute;digo Penal espa&ntilde;ol. En estos casos, el perd&oacute;n de la persona ofendida puede extinguir la responsabilidad penal, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por la ley.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[EFE]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/real-madrid-abre-expediente-asencio-mourinho-advierte-acumular-errores-cosa-diferente_1_13484489.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 03 Sep 2026 10:07:30 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El Real Madrid abre expediente a Asencio y Mourinho advierte de que "acumular errores es una cosa diferente"]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Real Madrid,Justicia]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Oposiciones a la Policía Canaria: la jueza cita como investigados al presidente del tribunal y al alto cargo que lo nombró]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/oposiciones-policia-canaria-jueza-cita-investigados-presidente-tribunal-alto-cargo-nombro_1_13482602.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/a8aac351-a012-4dee-b30a-a6a37fddd141_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Oposiciones a la Policía Canaria: la jueza cita como investigados al presidente del tribunal y al alto cargo que lo nombró"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El inspector Ángel Nichel Acosta y el director general José Manuel González Afonso deberán comparecer ante la instructora el 22 de octubre. Una funcionaria advirtió de que el presidente del tribunal no era apto para el puesto porque daba clases en una academia, algo que prohíben las bases</p><p class="subtitle">La Fiscalía manda al juzgado las oposiciones a la Policía Canaria por apreciar delitos</p></div><p class="article-text">
        La causa penal que investiga las <strong>pol&eacute;micas oposiciones</strong> para el acceso de <strong>141 agentes</strong> a la <strong>Polic&iacute;a Canaria</strong> avanza. La jueza que instruye el caso, <strong>Ana Isabel de Vega</strong>, ha citado a declarar para el <strong>22 de octubre</strong> en calidad de investigados al presidente del tribunal, <strong>&Aacute;ngel Nichel Acosta</strong>, y al alto cargo que lo nombr&oacute; para esta responsabilidad, <strong>Jos&eacute; Manuel Gonz&aacute;lez Afonso</strong>, director general de Estudios, Formaci&oacute;n e Investigaci&oacute;n en Seguridad P&uacute;blica en la Consejer&iacute;a de Seguridad que lidera <strong>Nieves Lady Barreto </strong>(Coalici&oacute;n Canaria). 
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, cinco testigos deben comparecer ese mismo d&iacute;a ante la magistrada titular de la Plaza 5 de la Secci&oacute;n de Instrucci&oacute;n del Tribunal de Instancia de Las Palmas de Gran Canaria. Se trata de cuatro opositores y de una <strong>jefa de servicio</strong>, todos ellos propuestos por la acusaci&oacute;n particular que ejerce el grupo de aspirantes que present&oacute; la denuncia original en Fiscal&iacute;a. 
    </p><p class="article-text">
        Tras analizar los hechos, el Ministerio P&uacute;blico apreci&oacute; <a href="https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/fiscalia-aprecia-delitos-oposiciones-policia-canaria_1_13255407.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">indicios de delito</a> en la actuaci&oacute;n de los ahora investigados y remiti&oacute; una denuncia al juzgado decano de Las Palmas. Al presidente del tribunal calificador, &Aacute;ngel Nichel Acosta, inspector de la Polic&iacute;a Canaria, se le investiga por un presunto delito de <strong>falsedad documental</strong> y por otro de <strong>prevaricaci&oacute;n</strong>, en su modalidad de <strong>aceptaci&oacute;n de</strong> <strong>nombramiento ilegal</strong>. Al alto cargo Jos&eacute; Manuel Gonz&aacute;lez se le imputa otro delito de prevaricaci&oacute;n, pero en su modalidad de <strong>nombramiento ilegal</strong>. 
    </p><p class="article-text">
        La causa se centra, por ahora, en la designaci&oacute;n de Acosta como presidente del tribunal de las oposiciones. Los denunciantes sostienen que este inspector de la Polic&iacute;a Canaria nunca debi&oacute; ostentar ese cargo porque incurr&iacute;a en causa de abstenci&oacute;n al haber participado en la preparaci&oacute;n de aspirantes en los cinco a&ntilde;os anteriores a la publicaci&oacute;n de la convocatoria. 
    </p><p class="article-text">
        Uno de los testigos declar&oacute; en Fiscal&iacute;a que durante los a&ntilde;os 2020 y 2021 asisti&oacute; a las clases que Acosta impart&iacute;a con su propio temario en la <strong>academia Forma2</strong>, ubicada en el barrio de <strong>Tamaraceite </strong>de la capital grancanaria y regentada por la pareja del inspector. 
    </p><p class="article-text">
        Otro de los aspirantes aport&oacute; la grabaci&oacute;n de una de esas clases, impartida el 13 de marzo de 2021, dos a&ntilde;os y medio antes de la publicaci&oacute;n de la convocatoria del proceso selectivo en el <strong>Bolet&iacute;n Oficial de Canarias</strong> (22 de noviembre de 2023). <a href="https://www.eldiario.es/canariasahora/sociedad/oposiciones-policia-canaria-audio-70-minutos-contradice-presidente-tribunal-avalado-gobierno_1_12929561.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Como public&oacute; </a><a href="https://www.eldiario.es/canariasahora/sociedad/oposiciones-policia-canaria-audio-70-minutos-contradice-presidente-tribunal-avalado-gobierno_1_12929561.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"><strong>Canarias Ahora</strong></a> el pasado enero, se trata de un <strong>audio de 70 minutos</strong> en el que se escucha al presidente del tribunal explicar a un grupo de aspirantes c&oacute;mo deb&iacute;an resolver un supuesto pr&aacute;ctico, una de las fases principales del proceso selectivo para el ingreso en la Polic&iacute;a Canaria. 
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;No s&eacute; si han venido otras veces conmigo. Yo les voy a transmitir desde mi punto de vista, bas&aacute;ndome en mi experiencia en la Polic&iacute;a Auton&oacute;mica&rdquo;, dice Acosta al principio de esa grabaci&oacute;n. En este audio tambi&eacute;n se le escucha dar su n&uacute;mero de tel&eacute;fono a un aspirante. Seg&uacute;n la Fiscal&iacute;a, los opositores le pagaban las clases a trav&eacute;s de la <strong>aplicaci&oacute;n Bizum</strong>. 
    </p><p class="article-text">
        La denuncia que remiti&oacute; el Ministerio P&uacute;blico a los juzgados contiene una novedad relevante con respecto a lo conocido hasta ahora de estas pol&eacute;micas oposiciones. Se trata del testimonio de una jefa de servicio que hab&iacute;a recibido el encargo de realizar la propuesta para el nombramiento de los miembros del tribunal calificador. En su declaraci&oacute;n en las diligencias preprocesales de la <strong>Fiscal&iacute;a Provincial de Las Palmas</strong>, esta funcionaria manifest&oacute; que no incluy&oacute; en ese listado a &Aacute;ngel Nichel Acosta ni como presidente ni como miembro del tribunal porque ten&iacute;a conocimiento de que daba clases en una academia y de que, por lo tanto, incumpl&iacute;a un requisito para ocupar el cargo. 
    </p><p class="article-text">
        La investigaci&oacute;n judicial deber&aacute; esclarecer, por tanto, qu&eacute; ocurri&oacute; desde ese momento hasta que el director general de Estudios, Formaci&oacute;n e Investigaci&oacute;n en Seguridad P&uacute;blica firm&oacute; la resoluci&oacute;n de nombramiento del tribunal calificador el <strong>19 de diciembre de 2024</strong>. De hecho, la jueza instructora ha solicitado a la jefa de servicio que aporte todos los <strong>correos electr&oacute;nicos </strong>que remiti&oacute; a los que posteriormente fueron miembros del tribunal, as&iacute; como las declaraciones responsables que tuvieron que presentar para garantizar que no estaban incursos en ninguna de las causas de abstenci&oacute;n previstas en las bases. 
    </p><p class="article-text">
        M&aacute;s de un a&ntilde;o despu&eacute;s del nombramiento del tribunal y ante las numerosas recusaciones formuladas por los aspirantes, el propio Gonz&aacute;lez Afonso rechaz&oacute; apartar a su presidente y dio por buenas sus explicaciones. Acosta defendi&oacute; entonces que se hab&iacute;a limitado a dar de manera ocasional charlas &ldquo;meramente informativas y preliminares, destinadas a valorar la posibilidad de ofrecer clases preparatorias, sin orientaci&oacute;n alguna a superar pruebas selectivas&rdquo; y que al final desisti&oacute; de continuar con esta actividad.
    </p><p class="article-text">
        En el informe que remiti&oacute; al director general, Acosta admiti&oacute; que elabor&oacute; un <strong>&ldquo;borrador&rdquo; de temario</strong> para las oposiciones entre 2018 y 2019, pero al mismo tiempo asegur&oacute; que &ldquo;no fue publicado ni utilizado con fines formativos&rdquo;. Y tambi&eacute;n neg&oacute; que hubiera impartido clases de preparaci&oacute;n para oposiciones de cuerpos policiales en la academia que regenta su pareja, pese a lo manifestado por los aspirantes denunciados y pese a la grabaci&oacute;n aportada.  
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Nunca ha existido interacci&oacute;n dirigida a la preparaci&oacute;n de oposiciones ni seguimiento personal, ni se ha facilitado informaci&oacute;n privilegiada o asesoramiento a candidatos ni tampoco existe material distribuido que pudiera otorgar una ventaja competitiva a alguno de ellos&rdquo;, resumi&oacute; a modo de defensa Acosta ante la <strong>Consejer&iacute;a de Seguridad del Gobierno canario</strong>. 
    </p><h2 class="article-text"><strong>Cronolog&iacute;a</strong></h2><p class="article-text">
        La convocatoria inicial de las pol&eacute;micas oposiciones se public&oacute; en noviembre de 2023 con <strong>61 plazas</strong>. Cinco meses despu&eacute;s, la administraci&oacute;n acord&oacute; ampliar el proceso selectivo hasta las 141. Durante el proceso se presentaron <strong>m&aacute;s de 2.600 solicitudes</strong>. Las quejas comenzaron en 2025. Un colectivo de aspirantes cuestionaba la forma en la que se hab&iacute;an desarrollado determinadas pruebas y, en especial, la actuaci&oacute;n del tribunal calificador. A las primeras reclamaciones le sucedieron las denuncias en los medios de comunicaci&oacute;n y en el <strong>Parlamento</strong> regional. Al final, un grupo de opositores decidi&oacute; presentar la denuncia an&oacute;nima ante la Fiscal&iacute;a que se sit&uacute;a en el origen del procedimiento penal abierto en los juzgados de Las Palmas. 
    </p><p class="article-text">
        Los denunciantes ponen en duda la imparcialidad del presidente del tribunal y exigen conocer qu&eacute; ocurri&oacute;, qui&eacute;n tom&oacute; determinadas decisiones y sobre qu&eacute; documentaci&oacute;n y argumentos. Adem&aacute;s de esa presunta irregularidad en la designaci&oacute;n de Acosta como presidente del tribunal, los aspirantes pusieron en conocimiento de la Fiscal&iacute;a determinadas relaciones personales y profesionales entre opositores y miembros del tribunal o miembros del cuerpo de la Polic&iacute;a Canaria que, en su opini&oacute;n, pod&iacute;an tener relevancia en el proceso. 
    </p><p class="article-text">
        La Fiscal&iacute;a no hace menci&oacute;n en su decreto a esos v&iacute;nculos, pero los denunciantes no descartan que puedan abrirse nuevas l&iacute;neas de investigaci&oacute;n a partir de las declaraciones de octubre. Los aspirantes insisten en que su prop&oacute;sito es conocer si se garantizaron los principios de igualdad, m&eacute;rito y capacidad en el acceso al cuerpo de la Polic&iacute;a Canaria. 
    </p><p class="article-text">
        Los 141 aspirantes que obtuvieron plaza en esta oposici&oacute;n ya han sido nombrados funcionarios en pr&aacute;cticas y contin&uacute;an en la academia. Cuando la Fiscal&iacute;a remiti&oacute; su denuncia al juzgado decano de Las Palmas, los aspirantes afectados solicitaron la paralizaci&oacute;n inmediata del proseo selectivo, al enteder que su continuidad podr&iacute;a provocar &ldquo;consecuencias irreversibles y un grave perjuicio tanto para los opositores perjudicados como para la propia credibilidad institucional de la Polic&iacute;a Canaria&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        En un comunicado remitido a Canarias Ahora, los denunciantes advert&iacute;an de que seguir&aacute;n ejerciendo &ldquo;todas las acciones legales necesarias hasta el total esclarecimiento de los hechos&rdquo;. &ldquo;Lo que est&aacute; ocurriendo trasciende unas simples oposiciones. Est&aacute; en juego la confianza de la ciudadan&iacute;a en las instituciones p&uacute;blicas, en la limpieza del acceso a la funci&oacute;n p&uacute;blica y en la credibilidad del sistema&rdquo;, dec&iacute;an entonces.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Iván Suárez]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/oposiciones-policia-canaria-jueza-cita-investigados-presidente-tribunal-alto-cargo-nombro_1_13482602.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 02 Sep 2026 19:01:16 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Oposiciones a la Policía Canaria: la jueza cita como investigados al presidente del tribunal y al alto cargo que lo nombró]]></media:title>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Arranca este jueves el juicio contra Raúl Asencio y otros tres canteranos del Real Madrid por grabar y difundir un vídeo sexual con jóvenes, una de ellas menor]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/juicio-raul-asencio-tres-canteranos-real-madrid-grabar-videos-sexuales-jovenes-menor_1_13482900.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/c77fd022-9d5b-4d8f-baf7-a15e492e448f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x1188y392.jpg" width="1200" height="675" alt="Arranca este jueves el juicio contra Raúl Asencio y otros tres canteranos del Real Madrid por grabar y difundir un vídeo sexual con jóvenes, una de ellas menor"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El inicio de la vista oral estará marcado por la figura del perdón del ofendido, ya que las dos denunciantes deberán decidir si aceptan las disculpas del jugador para que se retire la acusación de los delitos de revelación de secretos </p><p class="subtitle">El futbolista del Real Madrid Raúl Asencio, condenado en Gran Canaria por conducir ebrio
</p></div><p class="article-text">
        La Plaza n&uacute;mero 5 de la Secci&oacute;n Penal del Tribunal de Instancia de Las Palmas de Gran Canaria iniciar&aacute; este jueves, 3 de septiembre, la <a href="https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/desestima-nulidad-canteranos-real-madrid-delitos-intimidad-porno-infantil_1_13417730.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"><strong>vista oral del juicio </strong></a>contra el <strong>futbolista del Real Madrid Ra&uacute;l Asencio </strong>y otros tres <strong>canteranos </strong>por presuntos delitos de descubrimiento y revelaci&oacute;n de secretos y distribuci&oacute;n de <strong>pornograf&iacute;a infantil</strong>, al ser <strong>menor </strong>una de las j&oacute;venes afectadas.
    </p><p class="article-text">
        En concreto, se trata de la <strong>grabaci&oacute;n de un acto sexual </strong>consentido en un club de playa del municipio de Mog&aacute;n, en el sur de Gran Canaria, el 15 de junio de 2023, y la supuesta difusi&oacute;n de las im&aacute;genes de ese encuentro.
    </p><p class="article-text">
        En el caso de Ra&uacute;l Asencio, se le procesa por los delitos de revelaci&oacute;n de secretos, al exhibir el v&iacute;deo a una tercera persona, y por el de pornograf&iacute;a infantil, por hacerlo a sabiendas de que en las im&aacute;genes aparec&iacute;a una menor.
    </p><p class="article-text">
        El inicio del juicio, que continuar&aacute; los d&iacute;as 4 y 7 de septiembre, estar&aacute; marcado por la figura del perd&oacute;n del ofendido, ya que las dos denunciantes deber&aacute;n decidir si aceptan las disculpas de Ra&uacute;l Asencio.
    </p><p class="article-text">
        En junio de este a&ntilde;o, la <a href="https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/fiscalia-retirar-peticion-condena-jugador-real-madrid-raul-asencio-video-sexual-menor_1_13309924.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Fiscal&iacute;a Provincial</a> anunci&oacute; que retirar&aacute; la acusaci&oacute;n contra Asencio por los delitos de revelaci&oacute;n de secretos que se le imputan si las v&iacute;ctimas ratifican esa decisi&oacute;n ante la autoridad judicial, durante la vista oral.
    </p><p class="article-text">
        La fiscal del caso recalc&oacute; que quiere que se cumplan las formalidades legales, que Asencio se siente en el banquillo y que sea en la vista oral donde pida perd&oacute;n a las ofendidas y estas se pronuncien. 
    </p><p class="article-text">
        As&iacute;, la responsabilidad penal puede quedar extinguida por el perd&oacute;n de las ofendidas, ya que al jugador del Real Madrid se le acusa de dos delitos contra la intimidad de car&aacute;cter semip&uacute;blico, en los que la legislaci&oacute;n espa&ntilde;ola reconoce esa posibilidad. Adem&aacute;s, el defensa tiene a su favor que las dos v&iacute;ctimas ya han retirado la acusaci&oacute;n contra &eacute;l, tras haber sido indemnizadas.
    </p><p class="article-text">
        Hace un a&ntilde;o, el futbolista del Real Madrid remiti&oacute; a ambas una carta donde reconoce expresamente que cometi&oacute; &ldquo;el error&rdquo; de ense&ntilde;ar a un amigo el v&iacute;deo.
    </p><p class="article-text">
        <strong>Ra&uacute;l Asencio</strong> ha sido condenado este mi&eacute;rcoles en un jucio r&aacute;pido por un <a href="https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/futbolista-real-madrid-raul-asencio-condenado-gran-canaria-conducir-ebrio_1_13481298.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">delito contra la seguridad vial </a>por <strong>conducir ebrio</strong> en la isla de <strong>Gran Canaria</strong>.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s del jugador del Real Madrid est&aacute;n procesados tambi&eacute;n Ferr&aacute;n Ruiz, Juan Rodr&iacute;guez y Andr&eacute;s Garc&iacute;a, los tres futbolistas a los que se les atribuye el hecho de haber grabado el v&iacute;deo durante una relaci&oacute;n sexual consentida que mantuvieron con dos j&oacute;venes en un club de la playa de Amadores y de haberlo difundido por WhatsApp a varios contactos y chats colectivo a pesar de las chicas les pidieron que lo borraran.
    </p><p class="article-text">
        La solicitud de condena para ellos es m&aacute;s severa: cuatro a&ntilde;os y siete meses de c&aacute;rcel, porque la Fiscal&iacute;a considera que filmaron y difundieron esas im&aacute;genes sexuales sin consentimiento y a sabiendas de que aparec&iacute;a una menor, lo que le lleva a formular el cargo de distribuci&oacute;n de pornograf&iacute;a infantil, delito este en el que un hipot&eacute;tico perd&oacute;n de las v&iacute;ctimas no tendr&iacute;a efecto legal alguno.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Canarias Ahora]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/juicio-raul-asencio-tres-canteranos-real-madrid-grabar-videos-sexuales-jovenes-menor_1_13482900.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 02 Sep 2026 16:18:59 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Arranca este jueves el juicio contra Raúl Asencio y otros tres canteranos del Real Madrid por grabar y difundir un vídeo sexual con jóvenes, una de ellas menor]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Real Madrid,Juicios,Fútbol,Fiscalía]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El futbolista del Real Madrid Raúl Asencio, condenado en Gran Canaria por conducir ebrio]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/futbolista-real-madrid-raul-asencio-condenado-gran-canaria-conducir-ebrio_1_13481298.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/2213b164-9d21-4342-9a50-f9e1baf60a1a_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x948y261.jpg" width="1200" height="675" alt="El futbolista del Real Madrid Raúl Asencio, condenado en Gran Canaria por conducir ebrio"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Se trata del mismo jugador que está siendo juzgado, junto a otros tres canteranos del equipo madrileño, por presuntos delitos de descubrimiento y revelación de secretos y distribución de pornografía infantil</p><p class="subtitle">https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/jugador-real-madrid-raul-asencio-futbolistas-absueltos-perdon-victimas_1_13484914.html</p></div><p class="article-text">
        El <strong>futbolista del Real Madrid Ra&uacute;l Asencio</strong> acaba de ser <strong>condenado</strong> en un jucio r&aacute;pido por un delito contra la seguridad vial por <strong>conducir ebrio</strong> en la isla de <strong>Gran Canaria</strong>. 
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n ha adelantado el peri&oacute;dico <a href="https://www.atlanticohoy.com/deportes-sa/condenado-futbolista-real-madrid-raul-asencio-por-conducir-bebido-en-gran-canaria_1566344_102.html" target="_blank" rel="nofollow" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"><em>Atl&aacute;ntico Hoy</em></a><em>,</em> Asencio fue interceptado el pasado 16 de agosto en un control preventivo de tr&aacute;fico en el municipio de San Bartolom&eacute; de Tirajana, concretamente, a la 6.30 horas en el kil&oacute;metro 37,5 de la autov&iacute;a GC-1, cuando conduc&iacute;a un Porsche Macan GTS.
    </p><p class="article-text">
        Al realiz&aacute;rsele la prueba de alcoholemia, arroj&oacute; un resultado positivo de 0,9mg/l. La tasa permitida es de 0,25 (en aire), por tanto superaban en m&aacute;s de tres veces el l&iacute;mite permitido.
    </p><p class="article-text">
        Al superar los 0,60 mg/l, se considera que la infracci&oacute;n es un <strong>delito penal</strong>, que, en algunos casos, puede acarrear incluso penas de prisi&oacute;n. Ese d&iacute;a, Asencio iba acompa&ntilde;ado por otra persona que se hizo cargo del coche tras comprobarse que estaba en condiciones de conducir.
    </p><p class="article-text">
        A continuaci&oacute;n, se celebr&oacute; un juicio r&aacute;pido el d&iacute;a 19, que acab&oacute; condenando al jugador.
    </p><p class="article-text">
        Se le ha impuesto una multa de cuatro meses a raz&oacute;n de una cuota diaria de 120 euros, unos 14.400 euros en total, adem&aacute;s de la retirada del permiso de conducir durante ocho meses. 
    </p><p class="article-text">
        Se trata del mismo jugador que est&aacute; siendo juzgado, junto a otros tres canteranos del equipo madrile&ntilde;o, por presuntos delitos de descubrimiento y revelaci&oacute;n de secretos y distribuci&oacute;n de pornograf&iacute;a infantil.
    </p><p class="article-text">
        De hecho, Asencio debe comparecer este jueves ante la juez de lo Penal n&uacute;mero 5 de Las Palmas de Gran Canaria en el juicio por caso del v&iacute;deo sexual.
    </p><p class="article-text">
        El defensa espera quedar libre en esa misma vista en cuanto las dos v&iacute;ctimas confirmen formalmente que le perdonan por haber mostrado esas im&aacute;genes (grabadas sin su consentimiento y siendo una de ellas menor de edad en el momento de los hechos) a otra persona cuando las recibi&oacute; en su m&oacute;vil, tras haberse disculpado en privado con ellas y haberlas indemnizado.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Canarias Ahora]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/futbolista-real-madrid-raul-asencio-condenado-gran-canaria-conducir-ebrio_1_13481298.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 02 Sep 2026 08:21:06 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El futbolista del Real Madrid Raúl Asencio, condenado en Gran Canaria por conducir ebrio]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Real Madrid,Canarias,Tribunales,Seguridad vial,Gran Canaria]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Los detenidos tras una pelea en La Isleta, en libertad con cargos por lesiones]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/detenidos-pelea-isleta-libertad-cargos-lesiones_1_13470670.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/283eb9fe-05bc-400d-98b3-42fae1f74499_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Los detenidos tras una pelea en La Isleta, en libertad con cargos por lesiones"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El titular del juzgado de guardia ha impuesto a ambos una orden de alejamiento mutua de 500 metros tras escucharles en sede judicial, y continuará la instrucción por posibles delitos de lesiones</p></div><p class="article-text">
        Los dos hombres detenidos por protagonizar una <a href="https://www.eldiario.es/canariasahora/sucesos/heridos-arma-blanca-durante-pelea-palmas-gran-canaria_1_13468468.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">pelea en plena v&iacute;a p&uacute;blica</a> en Las Palmas de Gran Canaria el pasado martes por la tarde han quedado en libertad con cargos por delito de lesiones tras pasar a disposici&oacute;n judicial este jueves.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n ha informado la oficina de comunicaci&oacute;n del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), ambos han declarado ante el titular de la plaza en funciones de guardia de Las Palmas de Gran Canaria tras los hechos, en los que uno termin&oacute; herido por arma blanca y el otro con contusiones en la cara, seg&uacute;n informaron fuentes del 112 de Canarias y de la Polic&iacute;a Local.
    </p><p class="article-text">
        El titular del juzgado de guardia ha impuesto a ambos una orden de alejamiento mutua de 500 metros tras escucharles en sede judicial, y continuar&aacute; la instrucci&oacute;n por sendos posibles delitos de lesiones.
    </p><p class="article-text">
        Los hechos que se investigan tuvieron lugar la tarde del pasado martes, sobre las 19:45 horas, cuando estas dos personas protagonizaron una pelea en plena v&iacute;a p&uacute;blica, en la calle Juan Rej&oacute;n de la capital grancanaria, por motivos que se est&aacute;n investigando.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n una portavoz del Cecoes, una de ellas presentaba contusiones de car&aacute;cter leve en el rostro, mientras que la otra ten&iacute;a una herida de arma blanca a la altura del pecho. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Canarias Ahora]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/detenidos-pelea-isleta-libertad-cargos-lesiones_1_13470670.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 27 Aug 2026 13:01:13 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Los detenidos tras una pelea en La Isleta, en libertad con cargos por lesiones]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Tribunales,Canarias,Las Palmas de Gran Canaria,Sucesos]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Fiscalía pide cárcel para cuatro alcaldes y exalcaldes de Tenerife por los vertidos en el polígono de Güímar]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/fiscalia-pide-carcel-cuatro-alcaldes-exalcaldes-tenerife-vertidos-poligono-guimar_1_13468633.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/3dbb1fa0-3d32-4794-adc7-ff4252f0405b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Fiscalía pide cárcel para cuatro alcaldes y exalcaldes de Tenerife por los vertidos en el polígono de Güímar"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El Ministerio Público les atribuye un delito de prevaricación por omisión y otro contra los recursos naturales y el medio ambiente y pide para ellos 13 años de inhabilitación</p><p class="subtitle">Hemeroteca  - Varios alcaldes de Tenerife, a juicio por los vertidos en el polígono industrial de Güímar tras desestimarse sus recursos
</p></div><p class="article-text">
        La Fiscal&iacute;a pide cuatro a&ntilde;os de c&aacute;rcel para dos alcaldesas y dos exalcaldes de Tenerife por el caso de los <strong>vertidos en el pol&iacute;gono industrial de G&uuml;&iacute;mar</strong>. El Ministerio P&uacute;blico, seg&uacute;n el escrito de acusaci&oacute;n al que ha tenido acceso Canarias Ahora, atribuye los <strong>delitos de prevaricaci&oacute;n por omisi&oacute;n y contra los recursos naturales y el medio ambiente</strong> a la alcaldesa de G&uuml;&iacute;mar, Carmen Luisa Castro (PP); la de Candelaria, Mar&iacute;a Concepci&oacute;n Brito (PSOE); al exalcalde de Candelaria, Jos&eacute; Gumersindo Garc&iacute;a Trujillo (PSOE) y al de Arafo, Jos&eacute; Juan Lemes Exp&oacute;sito (ahora en Coalici&oacute;n Canaria). Este &uacute;ltimo es, en la actualidad, asesor del presidente del Gobierno canario, Fernando Clavijo. 
    </p><p class="article-text">
        El Ministerio P&uacute;blico solicita adem&aacute;s para todos ellos una pena de <strong>13 a&ntilde;os de inhabilitaci&oacute;n</strong> especial para empleo o cargo p&uacute;blico sea o no electivo en el &aacute;mbito municipal, insular, auton&oacute;mico y estatal que comporte la asunci&oacute;n de competencias de decisi&oacute;n o gesti&oacute;n en los &aacute;mbitos medioambiental y urban&iacute;stico. 
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n el escrito, adelantado por <em>El D&iacute;a </em>y al que ha tenido acceso <strong>Canarias Ahora</strong>, los dirigentes, ''de forma deliberada y sin justificaci&oacute;n'', se ''abstuvieron'' de adoptar las actuaciones administrativas que estaban ''imperativamente obligados'' a tomar para el mantenimiento, la conservaci&oacute;n y la adecuaci&oacute;n de las instalaciones de evacuaci&oacute;n de residuos, control, tratamiento y legalizaci&oacute;n de los vertidos de aguas residuales al medio marino. 
    </p><p class="article-text">
        De este modo, ''permitieron el vertido continuo e incontrolado de aguas residuales'' procedentes de todas las empresas del pol&iacute;gono industrial m&aacute;s grande de la isla y de las urbanizaciones. Este pol&iacute;gono abarca una superficie de 1,8 millones de metros cuadrados y delimita por el sur por el &aacute;rea de sensibilidad ecol&oacute;gica de la Reserva Natural Especial. All&iacute; desarrollan su actividad entre 200 y 220 empresas, entre las que se encuentran algunas dedicadas a la industria l&aacute;ctea, cervecera y de lavander&iacute;a que requieren una autorizaci&oacute;n ambiental espec&iacute;fica por la naturaleza de los residuos que generan. 
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n el escrito, el vertido conjunto de agua residual industrial proveniente de entre las 200 y 300 empresas junto a las aguas fecales de las urbanizaciones devino ''en situaci&oacute;n de absoluta ilegalidad''. Esto, contin&uacute;a la Fiscal&iacute;a, provoc&oacute; un ''riesgo grave'' tanto para la calidad de las aguas, el equilibrio de los sistemas naturales y la salud de las personas en las zonas de ba&ntilde;o de las playas. En estas zonas, se super&oacute; de forma continuada en ''cien veces'' la bacteria fecal <strong>E.coli (</strong><em><strong>Escherichia coli)</strong></em>, ''quebrando directamente la normativa medioambiental aplicable''. 
    </p><p class="article-text">
        Una inspecci&oacute;n submarina, reza el texto, permiti&oacute; comprobar que todas las aguas sucias se vert&iacute;an exclusivamente a trav&eacute;s del punto final del ramal sureste y por un &uacute;nico difusor, ya que todos los dem&aacute;s estaban obstruidos. Adem&aacute;s, se efectu&oacute; la diligencia judicial de recoger muestras tanto a la entrada como a la salida de las instalaciones, que revelaron que no exist&iacute;an ''diferencias apreciables'' entre los resultados de las muestras recogidas a la entrada y a la salida que permitieran deducir que se hubiera realizado un tratamiento sobre las aguas residuales.
    </p><p class="article-text">
        En las muestras tomadas en varios puntos de la red de saneamiento se detectaron varios valores como sulfitos y sulfuros totales, detergentes y E.coli que superaban ''con creces'' los l&iacute;mites del reglamento de vertidos, y ''disparados del l&iacute;mite'', aceites, grasas y metales.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n el Ministerio Fiscal, no fue hasta despu&eacute;s de que se incoara la causa penal por los vertidos cuando empez&oacute; a revelarse una ''intensa actividad municipal'', entre las que destaca la contrataci&oacute;n de una empresa especializada en materia de saneamiento o la contrataci&oacute;n de un informe t&eacute;cnico multidisciplinar. 
    </p><h2 class="article-text"><strong>Riesgos para la salud </strong></h2><p class="article-text">
        El escrito de acusaci&oacute;n de la Fiscal&iacute;a establece que se han generado riesgos ''evidentes'' para la salud de las personas, identificados a largo plazo en las propiedades ''cancer&iacute;genas y mutag&eacute;nicas'' de los metales pesados que se puedan adherir a organismos y matrices s&oacute;lidas, incorpor&aacute;ndose a la cadena tr&oacute;fica y, a corto plazo, en los contenidos fecales del vertido.
    </p><p class="article-text">
        El Ministerio P&uacute;blico advierte de que la bacteria E.coli puede provocar en zonas de ba&ntilde;o infecci&oacute;n urinaria, enfermedades gastrointestinales, infecci&oacute;n de ojos, irritaciones de piel, otitis o fiebre tifoidea y, en menor medida, infecciones respiratorias o meningitis en reci&eacute;n nacidos. Tambi&eacute;n se detectaron concentraciones de coliformes fecales o la presencia de salmonella.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, la continuidad de los vertidos no depurados ha generado ''evidentes'', ''especiales'' y ''significativos'' riesgos para el equilibrio de los sistemas naturales. En concreto, por la potencial alteraci&oacute;n de los ecosistemas y reducci&oacute;n de especies o h&aacute;bitats de inter&eacute;s comunitario, vulnerables o catalogadas en peligro de extinci&oacute;n. Es el caso de los sebadales, que disminuyen en la zona cercana al emisario y aumenta en las m&aacute;s alejadas. La Fiscal&iacute;a tambi&eacute;n hace referencia al delf&iacute;n mular, a la tortuga boba, al delf&iacute;n com&uacute;n, al cachalote, la pardela cenicienta o el delf&iacute;n moteado, entre otros. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Natalia G. Vargas]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/fiscalia-pide-carcel-cuatro-alcaldes-exalcaldes-tenerife-vertidos-poligono-guimar_1_13468633.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 26 Aug 2026 17:03:52 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La Fiscalía pide cárcel para cuatro alcaldes y exalcaldes de Tenerife por los vertidos en el polígono de Güímar]]></media:title>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Audiencia Provincial de Tenerife ordena revisar el ingreso en prisión de una mujer condenada por estafa]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/audiencia-provincial-tenerife-revisar-ingreso-prision-mujer-condenada-estafa_1_13468310.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/45f318fd-baf4-4d78-a66d-533808e4bed8_16-9-discover-aspect-ratio_default_1099185.jpg" width="1920" height="1080" alt="La Audiencia Provincial de Tenerife ordena revisar el ingreso en prisión de una mujer condenada por estafa"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La pena, inferior a dos años, debía ser suspendida, pero no lo fue, por lo que se presentó un recurso, que ahora ha sido estimado</p></div><p class="article-text">
        La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha ordenado a la secci&oacute;n penal de un tribunal que revise su decisi&oacute;n de no suspender la entrada en prisi&oacute;n de una mujer condenada a seis meses por haber sido autora de un delito de estafa.
    </p><p class="article-text">
        La procesada y un hombre reconocieron los hechos y aceptaron la pena de c&aacute;rcel de medio a&ntilde;o cada uno y la obligaci&oacute;n de indemnizar con 700 euros a la v&iacute;ctima, que pueden pagar a raz&oacute;n de 20 euros mensuales.
    </p><p class="article-text">
        Pero acto seguido no se procedi&oacute; a la suspensi&oacute;n de la entrada en prisi&oacute;n de la condenada pese a que el tiempo es inferior a dos a&ntilde;os, l&iacute;mite habitual que se fija para evitar que se ejecuten las penas de privaci&oacute;n de libertad, y a que tampoco tiene antecedentes penales.
    </p><p class="article-text">
        A ambos procesados se les atribuye haber elaborado &ldquo;de mutuo acuerdo un arduo plan&rdquo;, de manera que en noviembre de 2021 se interesaron por la venta de una caldera que una mujer ofrec&iacute;a a trav&eacute;s de una p&aacute;gina de anuncios.
    </p><p class="article-text">
        Para ello, los encausados se hicieron pasar por responsables del portal web y as&iacute; consiguieron que le hicieran una transferencia de 200 euros con la excusa de que ya hab&iacute;a un comprador al que le hab&iacute;an bloqueado 700 euros.
    </p><p class="article-text">
        A continuaci&oacute;n, simularon que trabajaban para una empresa de transportes por lo que exigieron un segundo pago, esta vez de 500 euros, cantidades que los acusados hicieron suyas sin devolverlas a la estafada ni prestar los servicios comprometidos.
    </p><p class="article-text">
        Una vez aceptados los hechos y su autor&iacute;a, se present&oacute; un recurso &uacute;nicamente con respecto a la denegaci&oacute;n de la suspensi&oacute;n de entrada en prisi&oacute;n de la mujer que ha sido estimado en el sentido de que el Tribunal deber&aacute; pronunciarse sobre este extremo de nuevo, tal y como ha dictaminado la Audiencia. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Efe]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/audiencia-provincial-tenerife-revisar-ingreso-prision-mujer-condenada-estafa_1_13468310.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 26 Aug 2026 12:42:04 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La Audiencia Provincial de Tenerife ordena revisar el ingreso en prisión de una mujer condenada por estafa]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Tribunales,Canarias,Tenerife,Justicia,Estafas]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Supremo anula una condena a un conductor canario por conducir sin puntos por un error de la DGT]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/supremo-anula-condena-conductor-canario-conducir-puntos-error-dgt_1_13460726.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/13107770-eb57-4a4d-9516-771b386b536d_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Supremo anula una condena a un conductor canario por conducir sin puntos por un error de la DGT"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El encausado demostró “de forma fehaciente” que disponía del suficiente saldo de puntos para conducir en el momento en el que fue detenido, tras ser parado en un control de alcoholemia</p></div><p class="article-text">
        El<strong> Tribunal Supremo </strong>(TS) ha aceptado anular la <strong>condena </strong>impuesta a un <strong>conductor canario</strong> por un<strong> supuesto delito contra la seguridad vial </strong>al conducir sin contar con el <strong>saldo de puntos </strong>suficientes, lo que luego se demostr&oacute; que se deb&iacute;a a un error en la base de datos de la <strong>Direcci&oacute;n General de Tr&aacute;fico (DGT)</strong>.
    </p><p class="article-text">
        El fallo de conformidad de un Juzgado de Granadilla de Abona fue emitido tras un juicio r&aacute;pido y seg&uacute;n el TS es &ldquo;inaut&eacute;ntico&rdquo;, una vez que se present&oacute; la acreditaci&oacute;n que demuestra la vigencia del permiso de conducir cuando el conductor fue parado para realizarle un control de alcoholemia.
    </p><p class="article-text">
        El TS concluye que efectivamente la nueva prueba introduce &ldquo;dudas significativas sobre la culpabilidad que hab&iacute;a sido afirmada en la sentencia&rdquo; y adem&aacute;s acredita &ldquo;de forma fehaciente e indubitada que no existe elemento penal, lo que determina necesariamente la absoluci&oacute;n&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        La condena queda as&iacute; sin efecto tras la aceptaci&oacute;n de este recurso de revisi&oacute;n extraordinario, presentado seis meses despu&eacute;s de que el fallo firme fuera emitido.
    </p><p class="article-text">
        La defensa del condenado consider&oacute; que se daban los supuestos para interponer la apelaci&oacute;n, como es que tras la condena se conozcan pruebas que de haber sido aportadas habr&iacute;an implicado la absoluci&oacute;n o una pena menor, dado que en la ley actual basta con que se generen dudas sobre la culpabilidad.
    </p><p class="article-text">
        En este caso el encausado demostr&oacute; &ldquo;de forma fehaciente&rdquo; que dispon&iacute;a del suficiente saldo de puntos para conducir en el momento en el que fue detenido, lo que seg&uacute;n su abogado pone en evidencia el error de la DGT y su valor como nueva prueba que concluye en la absoluci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Este documento no pudo ser aportado con anterioridad porque la informaci&oacute;n err&oacute;nea sigui&oacute; constando durante varios meses m&aacute;s en los sistemas inform&aacute;ticos y no ser&iacute;a subsanada hasta fechas posteriores, tal y como se recoge en el certificado remitido al TS.
    </p><p class="article-text">
        En este caso, &ldquo;la resoluci&oacute;n de la DGT no solo corrige la equivocaci&oacute;n, sino que lo hace de manera oficial y fehaciente, demostrando que la imputaci&oacute;n carec&iacute;a de fundamento objetivo desde el origen&rdquo;, indica el abogado del recurrente, por lo que la condena iba en contra de su derecho a la presunci&oacute;n de inocencia. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[EFE]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/supremo-anula-condena-conductor-canario-conducir-puntos-error-dgt_1_13460726.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 21 Aug 2026 16:55:27 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El Supremo anula una condena a un conductor canario por conducir sin puntos por un error de la DGT]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Tribunal Supremo,Canarias,Condenados,DGT - Dirección General de Tráfico]]></media:keywords>
    </item>
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