Sentencia judicial

El Tribunal Supremo confirma que el despido de Antonio David Flores de Telecinco fue nulo

Antonio David Flores, en 'Sálvame'

Alberto Pozas

El despido de Antonio David Flores de La Fábrica de la Tele fue nulo y debe ser indemnizado. Así lo ha establecido en firme el Tribunal Supremo después de inadmitir el último recurso de la productora contra las decisiones judiciales que declararon la nulidad del despido como colaborador de Sálvame y la obligación de indemnizarle con 120.000 euros por daños morales y 30.000 más por daños y perjuicios.

La productora decidió prescindir de sus servicios, tras colaborar con distintos programas del corazón y entretenimiento de la cadena durante dos décadas, después de la emisión de la docuserie Rocío, contar la verdad para seguir viva, en la que Rocío Carrasco relataba, entre otras cosas, episodios de maltrato de los que había sido víctima a manos de Antonio David Flores cuando eran pareja.

Al día siguiente de su estreno, Sálvame y Telecinco anunciaban su despido: “Tras la emisión anoche de los dos primeros episodios de la serie documental Rocío, contar la verdad para seguir vivaSálvame anuncia hoy, 22 de marzo de 2021, el cese de la vinculación laboral de Antonio David Flores con este programa de televisión, así como con la productora La Fábrica de la Tele. Mediaset ha hecho extensiva esta medida también al resto de programas del grupo audiovisual”, dijo entonces la presentadora Carlota Corredera.

Flores recurrió ante los juzgados de lo social, y los tribunales le dieron la razón en primera instancia. Su despido fue declarado nulo y la indemnización subió por encima de los 80.000 euros. Ya en segunda instancia el Tribunal Superior de Justicia de la capital certificó la nulidad del despido y aumentó su indemnización hasta los 120.000 euros por daños morales. Ahora ha sido el Tribunal Supremo, a través de un auto, el que ha rechazado el último recurso que podía presentar La Fábrica de la Tele, dando firmeza tanto a la nulidad como a la indemnización.

Las alegaciones de La Fábrica de la Tele son “inaceptables”

En este punto del recorrido judicial de un caso de despido, la Sala de lo Social siempre establece un filtro previo para saber si un recurso merece ser estudiado en profundidad o si puede enviarse al cajón en un primer trámite. Y en este caso, el recurso de la productora no ha pasado ni ese primer trámite. Sus alegaciones, dice el Supremo, son “inaceptables” y además impone una condena en costas de otros 300 euros a La Fábrica de la Tele.

La sentencia del Tribunal Superior de Madrid que ahora queda confirmada entendió que Corredera y Sálvame afirmaron que se le despedía por el maltrato relatado por Rocío Carrasco cuando, en realidad, había sido exonerado por los tribunales. “La repercusión de las manifestaciones sujetas a examen sobre el derecho al honor y la reputación de Antonio David no puede negarse, máxime al constar en las actuaciones que desde su despido disciplinario no ha participado en ningún programa de entretenimiento, ni reality show en televisión”.

Los jueces del TSJ de Madrid recordaron que esa sala es “especialmente sensible con la lacra social que supone la violencia de género” pero sin hacerlo “a costa de vulnerar los derechos fundamentales de una persona que habiendo sido investigada en relación a esos mismos hechos no ha sido condenada, por haberse sobreseído las actuaciones penales”.

En ese momento su indemnización aumentó hasta los 120.000 euros porque los jueces entendieron que su honor fue vulnerado en directo y en horario de máxima audiencia. “Ha trascendido a su faceta personal, profesional y reputacional, con un grave demerito, descrédito y desprestigio profesional y escarnio público, y lo ha hecho de manera agravada a través de un programa audiovisual de máxima audiencia, con fuerte repercusión mediática y en redes sociales, con graves consecuencias en el ejercicio de su profesión”.

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